PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SEGURO VEHÍCULOS AYUNTAMIENTO MIAJADAS

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1 AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SEGURO VEHÍCULOS AYUNTAMIENTO MIAJADAS CLAUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato El objeto del contrato es la prestación de servicios de cobertura de riesgos mediante seguro para los vehículos incluidos en el inventario municipal de acuerdo con lo establecido en este pliego y en el anexo que se acompaña al mismo. El tomador del seguro objeto de contratación será el Ayuntamiento de MIAJADAS, representado por el Sr. Alcalde-Presidente, órgano de contratación competente. En el ámbito de actuación y coberturas se incluyen las pedanías de Alonso de Ojeda y Casar de Miajadas CLÁUSULA SEGUNDA, Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación del contrato será el correspondiente a un contrato menor a la vista de su cuantía. Se solicitarán ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato. Cada invitado a participar o licitador no podrá presentar más de una proposición conforme a lo previsto en el artículo 145 de la Ley de Contratos. La adjudicación se realizará a la oferta económica más ventajosa para la entidad licitante. CLÁUSULA TERCERA: El Perfil de Contratante 1 Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato I El importe del presente contrato asciende a la cuantía máxima de (nueve mil euros) cantidad en la que se incluyen los correspondientes impuestos. El importe se abonará con cargo al vigente Presupuesto Municipal existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato. CLÁUSULA QU i NÍA. Duración del Contrato \ La duración del contrato será desde el 21 de octubre de 2015 hasta el 31 de diciembre del 2015 y del 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive. CLAUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que sean invitadas a concurrir al mismo conforme a lo establecido en la normativa de contratos del sector público. Plaza de España, IO Telf Fax IOIOO Miajadas (Cáceres)

2 CLAUSULA SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa 1. Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Miajadas, Plaza de España, n 10 en horario de atención al público, (de 8 a 15 horas) hasta el 5 de octubre del Las ofertas podrán presentarse presencialmente en el registro de entrada municipal, por correo postal (Ayuntamiento de Miajadas, Plaza de España, 10. Miajadas 10100), por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, (secretariageneral@miajadas.org) y en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. Cuando las ofertas se envíen por correo postal, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax ( ), telegrama o correo electrónico en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato. 4. La acreditación de la recepción del referido télex, fax, telegrama o correo electrónico se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. 5. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. 6. Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas. 7. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. 8. Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en un sobre cerrado, firmado por los candidatos y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para el contrato de cobertura de riesgos de la flota de vehículos del Ayuntamiento de Miajadas » a) Oferta económica Se presentará conforme al siguiente modelo, adjuntando el detalle del precio por cada vehículo y el montante total mediante la cumplimentación de la casilla correspondiente del anexo del pliego de condiciones técnicas que se adjunta:

3 AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (CÁCERES) «D., con domicilio a efectos de notificaciones en, c/, 77., con DNI n, en representación de la Entidad, con CIF n., Declaro que he recibido invitación para la presentación de oferta y quedo enterado de las cláusulas administrativas y requisitos para la adjudicación de un contrato menor de cobertura de seguros para los vehículos que componen el inventario municipal del Ayuntamiento de Miajadas que sirve de base al contrato y que lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros, todos los gastos e impuestos incluidos. Exento de IVA. b) Propuesta Técnica. En, a de de 20_. Firma del candidato, Fdo.:». Deberá contener la memoria explicativa del seguro que se oferta con sus cláusulas particulares y condiciones generales, las garantías a cubrir, las exclusiones y los supuestos de no cobertura. Asimismo se acompañará informe sobre los procedimientos a seguir en la tramitación de los expedientes de reclamación de siniestros. Se deberá igualmente hacer referencia a la existencia de franquicia general o especial y la cuantía de la misma. CLÁUSULA OCTAVA. Aspectos Objeto de Negociación con Ja Empresa Para la valoración de las ofertas y la determinación de la más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios: - Cuantía total de la prima. CLAUSULA NOVENA. Prerrogativas cte la Administración El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas: a) Interpretación del contrato. b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento. c) Modificación del contrato por razones de interés público. d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta. CLAUSULA DÉCIMA. Apertura de Ofertes El órgano de contratación procederá a realizar la apertura del sobre «A» con las ofertas recibidas el tercer día hábil siguiente a la fecha final del plazo de presentación de ofertas y se realizará informe sobre características de cada una de las ofertas recibidas. CLAUSULA DECIMQPRIMERA. Requerimiento de la Documentación Recibidos los informes y reunido de nuevo el órgano de contratación se procederá a la adjudicación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa. Plaza de España, IO Telf Fax IOIOO Miajadas (Cáceres)

4 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello), de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. CLÁUSULA Definithra ~~ Por ser el procedimiento de este contrato referido a las normas de un contrato menor, no es necesario prestar garantías. CLÁUSULA DECIMOTERCERA. del Contrato 1. Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. 2. En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. 3. La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a todos los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. 4. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe precederse a su formalización. CLÁUSULA DECIMOCUARTA» Formalizado» dal Contrato I La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. La prima del contrato de seguro se abonará en el plazo máximo de diez días siguientes a la formalización del mismo.

5 AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (CÁCERES) CLÁUSULA DECIMOQUINTA, Derechos y Obligaciones del Adjudicatario I 1.- El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. 2.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. 3.- El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre) y al resto de obligaciones previstas en la ley mencionada. 4. El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas. 5. Serán de cuenta del adjudicatario, además de todos aquellos gastos previstos legalmente, los tributos, tasas y gastos ocasionados como consecuencia del contrato o de su ejecución, incluida la retribución correspondiente a los Mediadores de Seguros que pudieran intervenir. Todos ellos se entienden incluidos en las proposiciones presentadas por los licitadores como el precio de adjudicación. 6. La empresa adjudicataria facilitará al Ayuntamiento de Miajadas, sin coste adicional alguno, los servicios profesionales necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del seguro objeto de la presente contratación. En particular, facilitará información detallada de los seguros contratados con suficiente antelación, en particular sus fechas de vencimiento y demás circunstancias que puedan afectar al objeto del presente contrato. 7. Asimismo, una vez que le sea comunicado el siniestro, el asegurador estará obligado colaborar con la Administración en la tramitación del expediente que pueda incoarse, principalmente en lo relativo a la determinación de la relación de causalidad del siniestro, realización de labores periciales y valoración de daños. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA, Epcyoién del Contrato 1 El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación. t CLÁUSULA DÉCIMO SÉPÜMA. Modificación de! Contrato 1.- De conformidad con el artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, sin perjuicio de los supuestos previstos en dicha normativa para los Plaza de España, IO Telf Fax IOIOO Miajadas (Cáceres)

6 casos sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, los contratos del sector público solo podrán modificarse cuando así se haya previsto en los pliegos de condiciones o en el anuncio de licitación, o en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del mismo texto legal. En el resto de supuestos, si fuese necesario que la prestación se ejecutase de forma distinta a la pactada, inicialmente deberá precederse a la resolución del contrato en vigor y a la celebración de otro bajo las condiciones pertinentes. 2.- Si no se ha previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación, solo podrán efectuarse modificaciones cuando se justifique la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias: Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas. Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas. Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos. Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato. Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA. Resolución del Contrato ~~ La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: Régimen Jurídico del Coiitrato ~ Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas(vigente hasta el 5 de noviembre de 2015) en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de

7 AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS ' (CÁCERES) derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. En Miajadas a ptiembre del dos mil quince Plaza de España, IO Telf Fax IOIOO Miajadas (Cáceres)

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