PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO- ENFERMEDAD PROFESIONAL-INCIDENTE EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
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- Clara Aguirre San Segundo
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1 PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO- ENFERMEDAD PROFESIONAL-INCIDENTE EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA CON EL OBJETIVO DE MEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y ELIMINAR O REDUCIR LOS RIESGOS, QUE PUEDAN DERIVAR EN DAÑOS A LA SEGURIDAD Y SALUD DEL PERSONAL DE LA UGR, SE COMUNICA QUE ES IMPRESCINDIBLE NOTIFICAR LOS ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES PROFESIONALES E INCIDENTES, RELACIONADOS CON SU SEGURIDAD Y SALUD, A LA UNIVERSIDAD DE GRANADA. PROCEDIMIENTO: 1- PARA EL PERSONAL ADSCRITO AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2- PARA EL PERSONAL ADSCRITO AL RÉGIMEN DE MUFACE: 1- PARA EL PERSONAL ADSCRITO AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1. El trabajador/a deberá informar cuanto antes al Administrador/a, Director/a de Departamento, jefe/a de Servicio o al responsable del centro del que la persona dependa funcional y organizativamente. 2. En el caso de no ser necesaria asistencia sanitaria, ni acudir a la Mutua, el accidente deberá ser comunicado al SPRL por el Administrador/a, Director/a de Departamento, jefe/a de Servicio o al responsable del centro del que la persona dependa organizativamente cumplimentando el impreso: otificacion Es importante recabar en el citado documento la firma del Responsable del Centro/Departamento/Servicio. 3. En caso de tener falta de movilidad, podrá llamar al teléfono Fremap Asistencia para que la Mútua de Accidentes de trabajo y Enfermedades Rev. 1 1
2 profesionales de la Seguridad Social: Fremap le proporcione un medio de transporte adecuado. 4. En caso de poder acudir al centro asistencial de la Mutua con medios propios debe hacerlo para recibir asistencia sanitaria. 5. Si se tratara de una Urgencia / Emergencia, podrá acudir al Centro Sanitario más cercano. (Es necesario que, posteriormente, asista a las instalaciones de la Mutua para el inicio de los trámites pertinentes). Se recuerda que: el Servicio Fremap Asistencia está disponible las 24 horas del día. El Teléfono de Fremap Asistencia es el Si la persona accidentada o enferma no puede dar información por si misma, se recomienda que vaya acompañado de otra persona que pueda informar de lo ocurrido y pueda ofrecer la información necesaria al personal sanitario como el Nombre y Apellido de la persona accidentada, DNI y Domicilio, así como el Nombre de la Empresa, hora del accidente, lugar, etc. 7. Toda persona accidentada, enferma o que haya sufrido un incidente relacionado con su trabajo deberá cumplimentar el impreso de notificación de Accidentes de trabajo/enfermedades profesionales/incidentes disponible en la dirección 1 : otificacion Es importante recabar en el citado documento la firma del Responsable del Centro/Departamento/Servicio. Ante cualquier duda al respecto podrá contactar con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales: Teléfono: Fax: Correo-e.: sprl@ugr.es 8. El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de esta Universidad, emitirá informe sobre la investigación de las causas del Accidente de trabajo/enfermedad Profesional/Incidente así como la propuesta de medidas preventivas del mismo. Una vez realizada la primera asistencia sanitaria se pueden presentar dos situaciones: 1 Se adjunta modelo de notificación de Accidente de Trabajo Enfermedad Profesional Incidente. Rev. 1 2
3 A) Que la persona accidentada NO cause baja laboral: La persona accidentada o enferma se puede reincorporar al trabajo sin necesidad de faltar ningún día (excepto el día del accidente). En este caso si, durante la incorporación al puesto de trabajo, la persona se sintiera incapacitada para realizar sus tareas, deberá de nuevo acudir al Centro Asistencial de Fremap para referir tal hecho. B) Que la persona accidentada CAUSE baja laboral: La persona no acude a su puesto de trabajo al menos durante un día. El médico de la Mutua le entrega el Parte Médico de Baja. El documento oficial de Parte Médico de Baja consta de tres ejemplares, que son: Original, destinado a la Mutua. Primera copia, destinada al Trabajador/a. - Segunda copia, destinada a la Empresa (copia que deberá ser entregada al Administrador/a-para hacer llegar al Servicio de Habilitación y Seguridad Social de la UGR). Para más información: Rev. 1 3
4 2- PARA EL PERSONAL ADSCRITO AL RÉGIMEN DE MUFACE: 1. El trabajador/a deberá informará cuanto antes al Administrador/a Delegado/a, Director/a de Departamento, jefe/a de Servicio o al responsable del centro del que la persona dependa funcional o organizativamente. 2. El trabajador/a deberá acudir al Centro de Urgencias/ Centro Sanitario de su entidad Médica (elegida de forma previa). En todo caso podrá acudir al Centro de Urgencias más cercano. 3. En el Centro Sanitario se prestará el servicio correspondiente. Presentándose dos situaciones: causa baja laboral, no causa baja laboral. En ambos casos, el trabajador/a está obligado/a, una vez cumplimente el Parte de notificación de accidentes/enfermedades Profesionales/Incidentes localizado en: otificacion a enviarlo directamente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de esta Universidad. Es importante recabar, en el citado documento, la firma del Responsable del Centro/Departamento/Servicio. 4. Si causa baja laboral, ésta será emitida por el médico que corresponda (siempre de su entidad Médica). 5. El trabajador/a deberá entregar el citado parte de baja laboral en el Departamento al que esté inscrito/a, que a su vez lo remitirá al Servicio de Personal Docente e Investigador por el cauce ya establecido. 6. El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de esta Universidad, emitirá informe sobre la investigación de las causas del Accidente de trabajo/enfermedad Profesional/Incidente así como la propuesta de medidas preventivas del mismo. 7. Finalizadas las actuaciones, el Órgano de Personal competente en materia de Personal Docente Funcionario, pondrá de manifiesto al trabajador/a-mutualistaafectado/a el expediente instruido, incluida la propuesta de resolución elaborada. 8. La normativa de aplicación a estos supuestos está recogida en la Orden APU/3554/2005, de 7 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para Rev. 1 4
5 reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y accidentes en acto de servicio en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE (BOE de ). (Se adjunta impreso de notificación del Accidente de trabajo-enfermedad Profesional- Incidente del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales) Rev. 1 5
6 Rev. 1 6
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