Comisiones de Administración. Comisiones de Administración. Fondo de Cesantías. Fondo de Pensiones Obligatorias. Fondo de Pensiones Voluntarias

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1 Comisiones de Administración Comisiones de Administración Por favor, haga clic sobre la opción que desea consultar Pensiones Obligatorias Pensiones Voluntarias Cesantías

2 Comisión por administración sobre los aportes obligatorios PORVENIR S.A. cobrará mensualmente a sus afiliados, por concepto de comisión de administración de aportes obligatorios, el 1.55% del ingreso base de cotización. Pensiones Obligatorias Comisión por la administración de aportes voluntarios. PORVENIR S.A. cobrará mensualmente a sus afiliados por concepto de comisión por la administración de los aportes voluntarios realizados en Ia cuenta de pensiones obligatorias, el 4% efectivo anual sobre el saldo en aportes voluntarios que registren las cuentas de los afiliados activos y las cuentas de afiliados cesantes. Comisión por la administración de pensiones bajo Ia modalidad de retiro programado. PORVENIR S.A. cobrará a sus pensionados bajo la modalidad de Retiro. Programado una comisión del 1%, mes vencido, sobre los rendimientos abonados durante el mes en la cuenta, a partir del primer mes en que deba reconocerse la respectiva mesada, sin exceder del 1.5% del valor de la mesada. Comisión por la administración de recursos de afiliados cesantes. PORVENIR S.A. podra cobrar mensualmente por Ia administración de los recursos de afiliados cesantes un valor maximo equivalente al 4.5% de los rendimientos abonados durante el mes en la cuenta individual, sin que dicho valor exceda el valor que resulte de aplicar al último ingreso base de cotización del aliliado cesante, reajustado el 1 de enero de cada ano segun la variacion porcentual del IPC certificado por el DANE para el ano inmediatamente anterior, el 50% del porcentaje de comisión de administración de cotizaciones obligatorias que se encuentre cobrando Porvenir a los aflliados cotizantes. Comisión por traslado de Afiliados. PORVENIR S.A. cobrará a los afiliados al Pensiones Obligatorias que decidan trasladarse a otra entidad administradora del Sistema, el 1% del ingreso base de cotizacion sobre el cual se efectuo el ultimo recaudo, por concepto de Comisión por Traslado, sin que exceda del 1% de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta comisión será descontada de la cuenta individual en el momento en el cual queden a disposición de la administradora a Ia cual se traslada el afiliado, el valor de los recursos a trasladar.

3 Pensiones Voluntarias PLANES INDIVIDUALES: 1.1. Comisión de Administración. PORVENIR podrá cobrar para cada de las alternativas una de las siguientes comisiones de administración que será informada a los Partícipes al momento de la vinculación: Comisión diferencial. Se cobrará para los Partícipes del Fondo una comisión diferencial teniendo en cuenta la participación total en el Fondo y el monto (saldo diario) de la cuenta, de acuerdo con los rangos establecidos en la siguiente Tabla I: Saldo diario en salarios mínimos mensuales legales vigentes (s.m.m.l.v) II. Comisión de Administración (Nominal Anual) % Desde 0 s.m.m.l.v. a 0.25 s.m.m.l.v. 4.00% 4.00% Desde 0.25 s.m.m.l.v.a 100 s.m.m.l.v. 3,95% 3,95% Mayor a 100 s.m.m.l.v. a 399 s.m.m.l.v. 3,65% 3,65% Mayor a 399 s.m.m.l.v. a 898 s.m.m.l.v. 3,25% 3,25% Mayor a 898 s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 2,85% 2,85% Mayor a s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 2.35% 2.35% Mayor a s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 2.15% 2.15% Mayor a a s.m.m.l.v. 1,65% 1,65% Mayor a a s.m.m.l.v. 1.25% 1.25% Mayor a s.m.m.l.v. 1.00% PORVENIR podrá disminuir el porcentaje de la comisión de administración en función del saldo que se encuentre en la cuenta individual del partícipe, siempre y cuando la cuenta individual se encuentre activa, permanezca abierta durante 2 años, y el afiliado en su solicitud a través de cualquier canal habilitado para el efecto manifieste expresamente que acepta que el reintegro de los valores por efecto de la disminución se acrediten en su cuenta al cierre de cada mes en el que sea efectivamente aplicado. El porcentaje de disminución de la comisión de administración se aplicará conforme a lo que se dispone en la siguiente Tabla II: Saldo diario en salarios mínimos mensuales legales vigentes (s.m.m.l.v) II. % de Disminución de la comisión Desde 0 s.m.m.l.v. a 0.25 s.m.m.l.v. 1.00% Desde 0.25 s.m.m.l.v.a 100 s.m.m.l.v. 1,25% Mayor a 100 s.m.m.l.v. a 399 s.m.m.l.v. 0.95% Mayor a 399 s.m.m.l.v. a 898 s.m.m.l.v. 1.15% Mayor a 898 s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 1,35% Mayor a s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 1.35% Mayor a s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 1,15% Mayor a a s.m.m.l.v. 0.65% Mayor a a s.m.m.l.v. 0.25% Mayor a s.m.m.l.v 0% Aplica sobre el porcentaje de la Comisión de Administración de la Tabla I. El rango de saldo diario expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes descrito en las Tablas I y II, aplica para todas las alternativas con excepción de: (i) La alternativa Alta Liquidez que tendrá una comisión de administración del 1.95% nominal anual; (ii) Las Alternativas Especiales que les aplica la comisión que se señala más adelante

4 Comisión de Éxito: PORVENIR podrá cobrar una de las siguientes comisiones: Una comisión de hasta el cuatro por ciento (4%) nominal anual sobre el saldo diario del Partícipe en la correspondiente alternativa, más hasta un veinte por ciento (20%) sobre los rendimientos generados, siempre y cuando estos rendimientos superen una rentabilidad anual establecida por PORVENIR. Las rentabilidades a partir de las cuales se cobra comisión sobre rendimientos las establecerá PORVENIR al momento de la oferta y estarán entre el cero por ciento (0%) y el treinta por ciento (30%) efectivo anual, y deberá ser expresada en términos netos una vez descontada la comisión sobre el saldo diario del Partícipe. La comisión sobre rendimientos se liquidará periódicamente, sobre los rendimientos que superen la rentabilidad establecida por PORVENIR Una comisión de entrada hasta del diez por ciento (10%) sobre el valor del aporte efectuado por el Partícipe, a cobrar en el momento de su acreditación, más una comisión hasta del veinte por ciento (20%) de comisión de éxito sobre rendimientos generados durante su vigencia, la cual se cobrará al momento de recibir los rendimientos. PARAGRAFO PRIMERO: La elección de la modalidad de comisión de administración para las alternativas será determinada por PORVENIR teniendo en cuenta las variables del mercado y/o régimen de inversión. Sus modificaciones se informarán a los Partícipes en un diario de circulación nacional y en la Guía de Administración de la cuenta, con ocho (8) días de anticipación a la entrada en vigencia de la misma y tendrán la opción de retirarse si no están de acuerdo con los cambios efectuados, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la notificación, sin que haya lugar al cobro de comisión de retiro, siempre y cuando el Partícipe manifieste de manera razonable y sustentada que el mismo se debe a su inconformidad con los cambios efectuados y que implican una restricción o limitación adicional a las vigentes en el plan de pensiones. 2. PLANES EMPRESARIALES Comisión de Administración. PORVENIR podrá cobrar para cada de las alternativas una de las siguientes comisiones de administración que será informada a los Partícipes al momento de la vinculación: Comisión diferencial. Se cobrará para los Partícipes del Fondo una comisión diferencial teniendo en cuenta la participación total en el Fondo y el monto (saldo diario) de la cuenta, de acuerdo con los rangos establecidos en la siguiente tabla: Saldo diario en salarios mínimos mensuales legales vigentes (s.m.m.l.v) II. Comisión de Administración (Nominal Anual) % Desde 0 s.m.m.l.v.a 100 s.m.m.l.v. 4,15% Mayor a 100 s.m.m.l.v. a 399 s.m.m.l.v. 3,80% Mayor a 399 s.m.m.l.v. a 898 s.m.m.l.v. 3,40% Mayor a 898 s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 3.00% Mayor a s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 2.50% Mayor a s.m.m.l.v. a s.m.m.l.v. 2.30% Mayor a a s.m.m.l.v. 1,80% Mayor a a s.m.m.l.v. 1.40% Mayor a s.m.m.l.v. 1.15% El porcentaje de comisión de Administración descrita en la columna II aplicará para todos los Partícipes que se encuentren en la misma condición prevista en la columna I.

5 El rango de saldo diario expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes descrito en la columna I, aplica para todas las alternativas con excepción de: (i) La alternativa Alta Liquidez que tendrá una comisión de administración del 1.95% nominal anual; (ii) Las Alternativas Especiales que les aplica la comisión que se señala más adelante; Comisión de Éxito: PORVENIR podrá cobrar una de las siguientes comisiones: Una comisión de hasta el cuatro por ciento (4%) nominal anual sobre el saldo diario del Partícipe en la correspondiente alternativa, más hasta un veinte por ciento (20%) sobre los rendimientos generados, siempre y cuando estos rendimientos superen una rentabilidad anual establecida por PORVENIR. Las rentabilidades a partir de las cuales se cobra comisión sobre rendimientos las establecerá PORVENIR al momento de la oferta y estarán entre el cero por ciento (0%) y el treinta por ciento (30%) efectivo anual, y deberá ser expresada en términos netos una vez descontada la comisión sobre el saldo diario del Partícipe. La comisión sobre rendimientos se liquidará periódicamente, sobre los rendimientos que superen la rentabilidad establecida por PORVENIR Una comisión de entrada hasta del diez por ciento (10%) sobre el valor del aporte efectuado por el Partícipe, a cobrar en el momento de su acreditación, más una comisión hasta del veinte por ciento (20%) de comisión de éxito sobre rendimientos generados durante su vigencia, la cual se cobrará al momento de recibir los rendimientos. PARAGRAFO: La elección de la modalidad de comisión de administración para las alternativas será determinada por PORVENIR teniendo en cuenta las variables del mercado y/o régimen de inversión. Sus modificaciones se informarán a los Partícipes en en un diario de circulación nacional y en la Guía de Administración de la cuenta, con ocho (8) días de anticipación a la entrada en vigencia de la misma y tendrán la opción de retirarse si no están de acuerdo con los cambios efectuados, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la notificación, sin que haya lugar al cobro de comisión de retiro, siempre y cuando el Partícipe manifieste de manera razonable y sustentada que el mismo se debe a su inconformidad con los cambios efectuados y que implican una restricción o limitación adicional a las vigentes en el plan de pensiones Comisión para las Alternativas Especiales: Se cobrarán de manera independiente o en forma conjunta, las siguientes comisiones a elección de PORVENIR: Comisión Tipo A: Corresponde a la comisión establecida en el numeral 1 del presente artículo Comisión Tipo B: Corresponde a una comisión de hasta el cuatro por ciento (4%) nominal anual sobre el saldo diario del Partícipe en la correspondiente alternativa Comisión Tipo C: Corresponde a una comisión de hasta el cuatro por ciento (4%) nominal anual sobre el saldo diario del Partícipe en la correspondiente alternativa, más hasta un veinte por ciento (20%) sobre los rendimientos generados durante el período que establezca PORVENIR en el momento de la alternativa Comisión Tipo D: Corresponde a una comisión de hasta el cuatro por ciento (4%) nominal anual sobre el saldo diario del Partícipe en la correspondiente alternativa, más hasta un veinte por ciento (20%) sobre los rendimientos generados, siempre y cuando estos rendimientos superen una rentabilidad anual establecida por PORVENIR. Las rentabilidades a partir de las cuales se cobra comisión sobre rendimientos las establecerá PORVENIR al momento de la oferta de la alternativa

6 entre el cero por ciento (0%) y el treinta por ciento (30%) efectivo anual, y deberá ser expresada en términos netos una vez descontada la comisión sobre el saldo diario del Partícipe. La comisión sobre rendimientos se liquidará al momento del vencimiento de la alternativa, sobre los rendimientos que superen la rentabilidad establecida por PORVENIR Comisión Tipo E: Corresponde a una comisión de hasta el diez por ciento (10%) sobre el valor de la inversión inicial del Partícipe en la correspondiente alternativa, a cobrar en el momento en que el Partícipe ingrese a la alternativa Comisión Tipo F: Corresponde a una comisión de hasta el diez por ciento (10%) sobre el valor de la inversión inicial del Partícipe en la correspondiente alternativa, a cobrar en el momento en que el Partícipe ingrese a la alternativa, más una comisión hasta del diez por ciento (10%) sobre el saldo del Partícipe en la alternativa a su vencimiento Comisión Tipo G: Corresponde a una comisión de entrada hasta del diez por ciento (10%) sobre el valor de la inversión inicial del Partícipe en la correspondiente alternativa, a cobrar en el momento en que el Partícipe ingrese a la alternativa, más una comisión hasta del veinte por ciento (20%) de comisión de éxito sobre rendimientos generados en la alternativa durante su vigencia, la cual se cobrará al momento de recibir los rendimientos en la alternativa o al momento de liquidar la inversión, lo cual será informado en los términos y condiciones de la alternativa. Las comisiones a cobrar en las alternativas especiales serán informadas al Partícipe en el momento de la oferta y se entienden aceptadas en el momento en que ingrese a la alternativa Comisión por falta de continuidad en los aportes. Se cobrará el equivalente a treinta y seis por ciento (36%) de un salario mínimo diario legal vigente de manera mensual sobre el saldo de la cuenta individual del Partícipe, cuando la misma se encuentre en el segmento Evolución Personal y que además, la sumatoria de los aportes del trimestre inmediatamente anterior sea inferior a veinte (20) salarios mínimos diarios legales vigentes. PORVENIR podrá cobrar esta comisión en las Alternativas Especiales, de lo cual quedará constancia en los términos y condiciones de la Alternativa ofrecida. PARAGRAFO: PORVENIR podrá determinar que esta comisión no se aplique en los planes empresariales Comisión de retiro. Se cobrará de la siguiente manera: Para todas las Alternativas ofrecidas por el Fondo, excepto Alta Liquidez, PORVENIR cobrará una comisión hasta del 3,00% sobre el valor del retiro, de acuerdo con la siguiente tabla: Tiempo de Permanencia del aporte en el Fondo Comisión de Retiro De 0 a 4 meses 3% Mayor a 4 meses hasta 7 meses 2% Mayor a 7 meses hasta 12 meses 1% Mayor a 12 meses No cobra comisión Para la Alternativa Alta Liquidez, cobrará una comisión del 1% sobre el valor del retiro cuandoel mismo se efectúe sobre aportes que tengan un tiempo de permanencia menor a cuatro (4) meses.

7 La comisión establecida en la tabla del literal a. cuando el retiro se efectúe sobre los aportes que se encuentran en la Alternativa Alta Liquidez, y que provengan de un traslado de otra(s) alternativa(s) ofrecidas por el Fondo sin cumplir el tiempo de permanencia descrito en la misma tabla. PORVENIR podrá determinar que no haya lugar al cobro de comisión en traslados que se efectúen en cumplimiento de los términos y condiciones establecidos en las Alternativas Especiales ofrecidas por PORVENIR Una comisión equivalente al sesenta y cinco por ciento (65%) de un salario mínimo diario legal vigente cuando PORVENIR entregue los recursos por cualquier medio diferente a la transferencia electrónica de conformidad con la solicitud de retiro efectuada por el Partícipe. PARAGRAFO PRIMERO: Se considera que existe retiro y se cobrará la comisión prevista en el presente numeral cuando: 1. Se efectúe el retiro de dinero de PORVENIR. 2. Se efectúe el traslado de aportes entre cuentas de diferentes Partícipes. PARAGRAFO SEGUNDO: No habrá lugar al cobro de comisión de retiro en los siguientes casos: 1. Los pagos que hayan sido programados previamente con PORVENIR en desarrollo de una renta temporal. 2. Si se realiza el retiro antes de ocho (8) días calendario de haber efectuado el aporte. 3. Si el retiro se realiza para trasladar la suma a una cuenta AFC ó para la adquisición de vivienda nueva o usada con o sin financiación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes que regulan la materia. 4. El traslado de los aportes de un mismo titular entre las diferentes alternativas, salvo aquel que se efectúe en las condiciones descritas en el literal c. del numeral 3. del presente Artículo. 5. Cuando el Partícipe ejerza la opción de retiro dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la notificación de alguna modificación efectuada al reglamento del Fondo, al Plan ó la comisión de administración a cobrar por parte de PORVENIR, siempre y cuando manifieste de una manera razonable y sustentada que el mismo obedece a su inconformidad con las mismas y que implican una restricción o limitación adicional a las vigentes. PARÁGRAFO TERCERO: El retiro o traslado de aportes entre las alternativas ofrecidas, se efectuará deacuerdo a las instrucciones impartidas en el documento de adhesión al Plan, en los tiempos de servicio determinados por PORVENIR en la Guía de Administración de la Cuenta.

8 La Sociedad Administradora podrá cobrar por Ia administración de los portafolios de inversión del fondo de cesantías, las siguientes comisiónes: Cesantías Sobre el valor del portafolio de inversión de corto plazo, una comisión del uno por ciento (1%) anual, liquidada en forma diaria. Sobre el valor del portafolio de inversión de Iargo plazo, una comisión del tres por ciento (3%) anual, liquidada en forma diaria. Sobre el valor de cada retiro anticipado, una comisión del cero punto ocho por ciento (0.8%). Los valores anteriores se causarán a favor de la administradora solamente cuando se acredite que esta ha cumplido con la obligación de obtener Ia rentabilidad mínima de que trata el artículo 101 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 52 de la Ley 1328 de 2009 y demás normas que lo adicionen o modifiquen. Para todos los efectos a que haya Lugar, se entiende por retiro anticipado el que efectúa el afiliado para cualquiera de los fines contemplados en los numerales 2 y 3 del articulo 102 de la Ley 50 de 1990.

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