RENTAS DEL ART. 42 Nº 1 (SUELDOS, PENSIONES, ETC.)

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1 CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 RENTAS DEL ART. 42 Nº 1 (SUELDOS, PENSIONES, ETC.) 9 (A) Contribuyentes que deben utilizar esta línea (1) Esta línea debe ser utilizada por los trabajadores dependientes, jubilados, pensionados y montepiados, que hayan declarado rentas en alguna de las Líneas 1 a la 7 anteriores considerando los resultados negativos de igual naturaleza asociados con las rentas de las líneas 2 y 7 y su respectivo incremento de la Línea 10 (Código 159), cuando corresponda, a declarar en la línea 12 (Código 169) para incluir en dicha línea, cualquiera sea su monto, las remuneraciones (sueldos, pensiones, rentas accesorias o complementarias a las anteriores, etc.), que hayan percibido durante el ejercicio 2009, en su calidad de trabajador, jubilado, montepiado o pensionado. (2) Esta obligación alcanza tanto a aquellas personas que perciban dichas rentas de un solo empleador, habilitado o pagador durante el ejercicio 2009, como también a aquellos trabajadores que perciban tales remuneraciones simultáneamente de más de un empleador, habilitado o pagador durante dicho período, con la única condición de que las mencionadas personas hayan obtenido en el transcurso del año 2009 otras rentas afectas al impuesto Global Complementario y declaradas en alguna de las Líneas 1 a la 7 anteriores, considerando los resultados negativos de igual naturaleza asociados con las rentas de las líneas 2 y 7 y su respectivo incremento de la Línea 10 (Código 159), cuando corresponda, a declarar en la líneas 12 (Código 169). (3) La exigencia precedente también afecta al empresario individual, socios de sociedades de personas y socios gestores de sociedades en comandita por acciones propietarios o dueños de empresas acogidas a los regímenes de tributación de los Arts. 14, Letra A) ó 14 bis respecto de las cantidades asignadas o pagadas por concepto de sueldo empresarial durante el ejercicio comercial 2009, en virtud de lo dispuesto por el inciso tercero del Nº 6 del Art. 31 de la Ley de la Renta (circulares SII Nºs. 31 y 42, de 1990 y 17, de 1993) (4) Se hace presente, que la obligación de declarar las rentas del artículo 42 Nº 1 de la Ley de la Renta en esta Línea 9, también procederá aunque no se declaren rentas en las Líneas 1 a la 8 anteriores, cuando el contribuyente tenga derecho a reliquidar el Impuesto Único de Segunda Categoría por las franquicias o rebajas tributarias a que se refieren los Códigos (750) ó (740) de la Línea 15 y Códigos (822) y/o (765) de la Línea 16; todo ello según las instrucciones impartidas para las líneas antes mencionadas. (5) La obligación precedente no regirá, cuando el trabajador dependiente o pensionado o jubilado deba declarar el débito fiscal, a que se refiere la Línea 19 del Formulario Nº 22 o el impuesto único del artículo 42 bis de la Ley de la Renta en la Línea 46 del citado Formulario Nº 22. Es decir, en estos casos, cuando las personas antes indicadas, deban declarar únicamente los impuestos a que se refieren las líneas 19 y/o 46 del Formulario Nº 22, NO deben declarar los sueldos o pensiones en la Línea 9 del mencionado formulario, siempre y cuando también obtengan sólo este tipo de rentas. (B) Forma en que deben declararse las rentas (1) Las citadas rentas deben declararse debidamente reajustadas por los factores de actualización, considerando para tales fines el mes de percepción de la renta. (2) Las rentas accesorias o complementarias a los sueldos y pensiones devengadas en más de un período habitual de pago y pagadas con retraso, tales como gratificaciones, TEMA DE COLECCIÓN MARZO

2 TEMA DE COLECCIÓN participaciones, horas extraordinarias, etc., además de actualizadas, deben incluirse debidamente ajustadas de acuerdo al procedimiento establecido en el inciso 2º del Art. 46 de la Ley de la Renta. Las rentas accesorias o complementarias al sueldo o pensión, que deben declararse en esta Línea 9, son aquellas devengadas durante el año 2009 y que correspondan al mismo período por el cual se está declarando el impuesto Global Complementario, siempre que dichas remuneraciones hayan sido percibidas a la fecha de la declaración del presente Año Tributario 2010 las cuales deberán estar incluidas en el certificado que los respectivos empleadores, habilitados o pagadores deben emitir a sus beneficiarios, según lo explicado en la letra (C) siguiente. (C) Forma en que deben acreditarse las rentas (1) Las rentas a declarar en esta línea, deben acreditarse mediante los Modelos de Certificados Nºs 6 y 29 que se presentan a continuación, emitidos por los respectivos empleadores, habilitados y pagadores, hasta el 14 de marzo del año 2010 y confeccionado de acuerdo a las instrucciones impartidas por Circular del Servicio Nº 9, del año 2010, y Suplemento Tributario sobre "Instrucciones Generales para la Emisión de Certificados y Declaraciones Juradas 2010", publicado en el Diario El Mercurio el día 30 de diciembre del año MODELO DE CERTIFICADO Nº 6, SOBRE SUELDOS Y OTRAS RENTAS SIMILARES Trasladar a linea 9 Form. N 22 Trasladar a linea 29 Form. N 22 Trasladar a linea 51 (codigo 54) Form. N MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS

3 CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 (2) Si el contribuyente declarante respecto de uno o más empleadores, habilitados o pagadores no recibió los certificados pertinentes, para proporcionar la información requerida en las líneas 9 y 51 (Código 54), deberá procederse en los mismos términos indicados en el último párrafo de la línea "HONORARIOS ANUALES CON RETENCIÓN" del Recuadro Nº 1, analizado en el Nº (2) de la letra (B) de la Línea 6 anterior, respecto de los comprobantes o documentos que acrediten la percepción de las remuneraciones y la retención del impuesto. A continuación se formulan algunos ejemplos prácticos, mediante los cuales se explica la forma en que deben declarar los trabajadores dependientes, cuando, además de los sueldos han percibido otras rentas, tales como, dividendos de S.A. abiertas, mayor valor obtenido en la venta de acciones de S.A., intereses por depósitos bancarios, rentas determinadas sobre retiros efectuados de las cuentas de ahorro voluntario de las AFP acogidas a las normas generales de la Ley de la Renta, mayor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos, etc. Ejemplo Nº 1 (1) Antecedentes a) Sueldos percibidos como trabajador dependiente, según certificado emitido por el respectivo empleador: * Rut Empleador : * Nº Certificado : 69 * Sueldos anuales actual. : $ * Impto. único de 2ª Categoría anual retenido actual : $ b) Dividendos percibidos de S.A. abierta, según certificado emitido por la respectiva empresa. * Monto neto dividendos actualizados... $ * Crédito por impuesto de 1ª Categoría e incremento por concepto de dicho tributo, con tasa de 17%. (Factor 0,204819)... $ * Crédito por impto. tasa Adic. ex. Art $ c) Intereses por depósitos de cualquier naturaleza informados por institución bancaria nacional, según certificado. * Interés real positivo actualizado... $ * Interés real negativo actualizado... $ ( ) d) Renta determinada sobre retiros efectuados de la Cuenta de Ahorro Voluntario, según certificado emitido por la respectiva A.F.P., acogida a las normas generales de la Ley de la Renta. * Monto renta anual actualizada... $ (2) Desarrollo * En la Sección Identificación del Contribuyente tanto en el anverso como en el reverso del Formulario Nº 22, se deben anotar los datos que se requiere en dicha Sección, los cuales son obligatorios. * Los sueldos se declaran en la línea 9 y el impuesto único de Segunda Categoría retenido en la línea 29. TEMA DE COLECCIÓN MARZO

4 TEMA DE COLECCIÓN * Los dividendos se declaran en la Línea 2 (Código 105) y el crédito por impto. de 1ª Categoría en las Líneas 2 (Código 601), 10 (Código 159) y 31 y el crédito por impto. tasa Adicional del ex-art. 21, en la Línea 24. * Los intereses reales positivos se declaran en la Línea 7 (Código 155) y los negativos en la Línea 12. * La renta por la Cuenta de Ahorro Voluntario de la AFP, se declara en la Línea 7 (Código 155). NOTA: El contribuyente por las rentas de capitales mobiliarios (dividendos, más el incremento por impuesto de 1ª Categoría e intereses) y por las provenientes de la Cuenta de Ahorro Voluntario de la AFP, no goza de la exención de impuesto Global Complementario, debido a que dichas rentas exceden los límites máximos establecidos para cada una de ellas, equivalentes a $ y $ , respectivamente. (3) Confección Formulario Nº 22 Línea 2 (Código 105): Dividendos de S.A, abiertas... $ (+) Crédito 1ª Categ. Código $ Línea 7 (Código 155): Intereses reales positivos y renta determinada sobre retiros Cuenta de Ahorro Voluntario AFP... $ (+) Línea 9: Sueldos... $ (+) Línea 10: (Código159) Incremento por impuesto de 1ª Categoría por los dividendos percibidos... $ (+) Línea 12: Intereses reales negativos... $ (-) Línea 13: SUBTOTAL... $ (=) Línea 17: Base Imponible de Global Complementario... $ (=) Línea 18: Impuesto Global Complementario según tabla... $ (+) Línea 24: Crédito por impto. tasa Adic. ex-art $ (-) Línea 29: Crédito por impto. único de 2ª Categ.... $ (-) Línea 31: Crédito por impto. de 1ª Categoría... $ (-) Líneas 33 (Código 304) y 34 (Código 31): Impto. Global Complementario determinado... $ (+) Línea 56: Resultado Liquidación Anual Impto. Renta... $ (=) Línea 60: Impuesto a pagar, más reajuste Art. 72 Ley de la Renta, (supuesto 0%) según Línea $ (+) Ejemplo Nº 2 (1) Antecedentes a) Sueldos percibidos como trabajador dependiente, según certificado emitido por el respectivo empleador. 160 MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS

5 CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 * Rut empleador * Nº Certif * Sueldos anuales actual... $ * Impuesto único de 2ª Categoría anual retenido actual... $ b) Dividendos percibidos de S.A. abierta, según certificado emitido por la respectiva empresa. * Monto neto dividendos actualizados... $ * Crédito por impuesto 1a. Categoría e incremento por concepto de dicho tributo, con tasa de 17% (Factor 0,204819).. $ * Crédito por impto. tasa Adic. ex.art $ c) Rentas obtenidas en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos, adquiridas con anterioridad al , según certificado emitido por la respectiva Sociedad Administradora de Fondos Mutuos, y no acogidas al mecanismo de ahorro de los artículos 42 bis y 57 bis de la Ley de la Renta. * Mayor valor actualizado... $ * Menor valor actualizado... $ ( ) * Crédito por Fondo Mutuo accionario... 3% (2) Desarrollo * En la Sección Identificación del Contribuyente, tanto en el anverso como en el reverso del Form. Nº 22, se deben anotar los datos que se requieren en dicha Sección, los cuales son obligatorios. * Los sueldos se declaran en la Línea 9 y el Impuesto Único de 2ª Categoría en la Línea 29. * Los dividendos se declaran en la Línea 2 (Código 105) como rentas afectas por exceder del límite exento de $ y el crédito por impuesto de Primera Categoría se registra en la Línea 2 (Código 601), 10 (Código 159) y 31, y el crédito por impuesto tasa Adicional del ex. Art. 21, se anota en la Línea 24. * El mayor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos se declara en la Línea 8 (Código 152) en calidad de renta exenta por no exceder su monto neto del límite exento de $ * El menor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos se declara en la Línea 12. * El crédito por rentas de Fondos Mutuos, equivalente al 3% del valor neto, se declara en la Línea 22. * El crédito por las rentas netas exentas declaradas en línea 8, se registra en la línea 22. (3) Confección Formulario Nº 22 Línea 2 (Código 105): Dividendos de S.A. abiertas... $ (+) Créd. 1ª Categ. Código $ TEMA DE COLECCIÓN MARZO

6 TEMA DE COLECCIÓN Línea 8: Mayor valor obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos (Código 152)... $ (+) Línea 9: Sueldos... $ (+) Línea 10: (Código 159) Incremento por impuesto de 1ª Categoría por los dividendos percibidos... $ (+) Línea 12: Menor valor obtenido en rescate de cuotas de Fondos Mutuos... $ (-) Línea 13: SUBTOTAL... $ (=) Línea 17: Base Imponible de Global Complementario... $ (=) Línea 18: Impuesto Global Complementario según tabla... $ (+) Línea 22: Crédito por rentas exentas declaradas en Línea 8 $ = 0,073 x ($ $ ) =... $ (-) $ Línea 23: Créditos por rentas de Fondos Mutuos... $ (-) (3% s/mayor Valor Neto (Línea 8-12) $ ) Línea 24: Crédito por impto. tasa Adic. ex-art $ (-) Línea 29: Crédito por impto. único de 2ª Categoría... $ (-) Línea 31: Crédito por impto. de 1a. Categoría... $ (-) Línea 33 Código (304) Remanente de créditos... $ ( 704) (=) Línea 54: 4: (Códigos 116 y 757) Remanente de crédito por impto. de 1ª Categoría proveniente de Línea $ 704 (-) Línea 56: Resultado Liquidación Anual Impto. Renta... $ (704) (=) Línea 57: Saldo a favor... $ 704 (+) Línea 59: Monto devolución solicitada... $ 704 (=) Ejemplo Nº 3 (1) Antecedentes a) Sueldos percibidos en calidad de trabajador dependiente, según certificado emitido por el respectivo empleador. * Rut empleador : * Nº Certificado : 042 * Sueldos anuales actual. : $ * Impto. único de 2ª Categoría anual retenido actual. : $ MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS

7 CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 b) Dividendos percibidos de S.A. abierta, según certificado emitido por la respectiva empresa. * Monto neto dividendos actualizados... $ * Crédito por impto. de 1ª Categoría e incremento por concepto de dicho tributo, con tasa de 17% (Factor 0,204819)... $ * Crédito por impto. tasa Adic. ex. Art $ -.- c) Intereses de depósitos de cualquier naturaleza informados por institución bancaria nacional, según certificado. * Interés real positivo actualizado... $ d) Renta determinada sobre retiros efectuados de la Cuenta de Ahorro Voluntario, según certificado emitido por la respectiva AFP, acogida a las normas generales de la Ley de la Renta. * Monto renta anual actualizada (2) Desarrollo * En la Sección Identificación del Contribuyente tanto en el anverso como en el reverso del Form. Nº 22, se deben anotar los datos que se requiere en dicha Sección, los cuales son obligatorios. * Por los dividendos percibidos, más el incremento por impuesto de 1ª Categoría y los intereses, y por las rentas de la Cuenta de Ahorro Voluntario, el contribuyente se encuentra exento del impuesto Global Complementario, por no exceder dichos ingresos de los límites exentos de $ y $ , respectivamente. Por lo tanto, en tal caso no existe obligación de presentar una declaración anual de impuesto por todas las rentas percibidas en el año. * No obstante lo anterior, el contribuyente puede presentar una declaración de impuesto para el solo efecto de recuperar el crédito por impuesto de 1ª. Categoría a que le da derecho los dividendos percibidos, declarando únicamente dichas rentas en la línea 8 (Código 152), y el crédito por impuesto de 1ª Categoría en las líneas 8 (Código 606), 10 (Código 159) y 30 para su recuperación. No hay obligación de declarar en la línea 9, los sueldos y los demás ingresos obtenidos, ya que el contribuyente no ha percibido rentas afectas al impuesto Global Complementario. Ahora bien, si los citados dividendos no dieran derecho al crédito por impuesto de Primera Categoría, en tal caso no está obligado a presentar una declaración de impuesto. (3) Confección Formulario Nº 22 Línea 8 (Código 152): Dividendos de S.A. abiertas... $ (+) Créd. 1ª Categ. Código $ Línea 10: (Código 159) Incremento por impuesto de 1ª Categoría por los dividendos percibidos... $ (+) Línea 13: SUBTOTAL... $ (=) Línea 17: Base Imponible de Global Complementario... $ (=) TEMA DE COLECCIÓN MARZO

8 TEMA DE COLECCIÓN Línea 31: Crédito por impto. de 1ª Categoría... $ (-) Línea 33: Código(304) Remanente de crédito por impto. 1ª Categoría... $ (61.084) (=) Línea 54: (Códigos 116 y 757) Remanente de crédito por impto. de 1ª Categoría proveniente de Línea $ (-) Línea 56: Resultado Liquidación Anual Impto. Renta... $ (61.084)(=) Línea 57: Saldo a favor... $ (+) Línea 59: Monto devolución solicitada... $ (=) Ejemplo Nº 4 (1) Antecedentes a) Sueldos percibidos en calidad de trabajador dependiente, según certificado emitido por el respectivo empleador. * Rut empleador : * Nº Certificado : 91 * Monto anual sueldos actual. : $ * Impto. Único de 2ª Categoría anual retenido actual. : $ b) Dividendos percibidos de S.A. abierta, según certificado emitido por la respectiva empresa. * Monto neto dividendos actualizados... $ * Crédito por impuesto de Primera Categoría e incremento por concepto de dicho tributo, con tasa de 17% (Factor 0,204819)... $ * Crédito por impuesto tasa Adicional ex. Art $ -.- c) Resultados obtenidos en venta de acciones de S.A. abierta, las cuales las tuvo en su poder menos de un año, no acogidos a las normas del artículo 18 ter de la Ley de la Renta. * Monto utilidad obtenida (Precio de venta menos precio adquisición acciones, actualizado a la fecha de la venta), actualizada al $ * Pérdida obtenida (Precio de venta menos precio de adquisición actualizado a la fecha de la Venta), actualizada al $ ( ) d) Interés real positivo por depósitos bancarios de cualquier naturaleza informado por institución bancaria nacional, según certificado, actualizado... $ e) Con fecha , efectuó en forma directa un depósito de ahorro previsional voluntario en la AFP, en la cual se encuentra afiliado equivalente a 96,50 UF actualizado por UF al $ $ MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS

9 CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 (2) Desarrollo * En la Sección Identificación del Contribuyente tanto en el anverso como en el reverso del Form. Nº 22, se deben anotar los datos que se requieren en dicha Sección, los cuales son obligatorios. * Los sueldos se declaran en la Línea 9 y el impuesto único de Segunda Categoría en la Línea 29. * Los dividendos se declaran en la Línea 2 (Código 105) y los intereses en la línea 7 (Código 155) en calidad de rentas afectas por ser su monto más el incremento por impuesto Primera Categoría superior al límite exento de $ * La utilidad neta en la venta de acciones se declara en la Línea 35 (previo registro en Recuadro Nº 2 y 5 del reverso del Form. Nº 22) y, además, en la línea 7 (Código 155) para afectarla con el impuesto de Primera Categoría y Global Complementario, por exceder su monto el límite exento de $ * El crédito por impuesto de Primera Categoría por los dividendos percibidos se declara en las Líneas 2 (Código 601), 10 (Código 159) y 31. * El impuesto de Primera Categoría declarado por la utilidad neta obtenida en la venta de acciones se registra en las Líneas 7 (Código 605) y 30, sin anotarlo en la línea 10 (Código 159). * La rebaja por ahorro previsional voluntario, se registra en la Línea 16 (Códigos 765 y 766). (3) Confección Formulario Nº 22 Línea 2 (Código 105): Dividendos de S.A, abiertas... $ (+) Créd. 1ª Categ. Código $ Línea 7 (Código 155): Intereses reales positivos y mayor valor neto obtenido en venta de acciones de S.A. $ (+) Créd. 1ª Categ. Código $ Intereses reales positivos... $ Mayor valor en venta de acciones... $ Menor valor en venta de acciones... $ ( ) $ Total a declarar en Línea 7 (Código 155)... $ TEMA DE COLECCIÓN Línea 9: Sueldos... $ (+) Línea 10: (Código 159) Incremento por impuesto de 1a. Categoría por los dividendos percibidos $ (+) Línea 13: SUBTOTAL... $ (=) Línea 16: (Código 765) Rebaja por ahorro previsional voluntario al ,50 UF x $ ,88 Tope: 600 UF $ ,88 MARZO

10 TEMA DE COLECCIÓN Cantidad a registrar en Códigos (765) y (766) $ $ $ (-) Línea 17: Base Imponible de Global Complementario... $ (=) Línea 18: Impuesto Global Complementario según tabla... $ (+) Línea 29: Crédito por Impto. Único de 2ª Categ.... $ (-) Línea 31: Crédito por impto. de 1ª Categoría por dividendos percibidos y mayor valor neto por venta de acciones (Líneas 2 Código 601) + 7 (Código 605)... $ (-) Línea 33: Código(304) Remanente de crédito impto. 1ª Categoría... $ ( ) (=) Línea 35 (Código 20): Impto. de 1ª Categ. por mayor valor neto obtenido en venta de acciones ($ $ ) = $ x 17%... $ (+) Línea 54: (Códigos 119, 116 y 757) Remanente de impto. Único de Segunda Categoría por ahorro previsional voluntario proveniente de Línea 29, a registrar en (Código 119)... $ Remanente de crédito por impto. de Primera Categoría proveniente de Línea 31, a registrar en (Código 116)... $ Total a registrar en (Código 757)... $ (-) Línea 56: Resultado Liquidación Anual Impto. Renta... $ ( ) (=) 57: Saldo a favor... $ (+) Ejemplo Nº 5 (1) Antecedentes a) Sueldos percibidos en calidad de trabajador dependiente, según certificado emitido por el respectivo empleador * Rut empleador : * Nº Certificado : 72 * Monto anual sueldos actual. : $ * Monto impto. Único de 2ª Categoría retenido actual. : $ b) Dividendos percibidos de S.A. abierta, cuyas acciones se transan en Bolsas de Valores del país, según certificado emitido por la respectiva empresa. * Monto neto dividendos actualizados... $ MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS

11 CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 * Crédito por impuesto de Primera Categoría e incremento por concepto de dicho tributo, con tasa de 17% (Fac-- tor 0,204819)... $ * Crédito por impto. tasa Adic. ex-art $ -.- c) Utilidad obtenida en venta de acciones de S.A., las cuales tuvo en su poder más de un año, no es habitual en dicho tipo de operaciones, no existen normas de relación y no se encuentran acogidas al artículo 18 ter de la LIR. * Monto utilidad obtenida (Precio de venta menos precio adquisición actualizado a la fecha de la venta), actualizada... $ (2) Desarrollo En la Sección Identificación del Contribuyente, tanto en el anverso como en el reverso del Form. Nº 22, se deben anotar los datos que se requieren en dicha Sección, los cuales son obligatorios. Los sueldos se declaran en la Línea 9 y el impuesto Único de Segunda Categoría en la Línea 29. Los dividendos se declaran en la Línea 2 (Código 105) en calidad de rentas afectas por exceder su monto más el incremento por impuesto de Primera Categoría, el límite exento de $ , y el crédito por impuesto de Primera Categoría en las Líneas 2 (Código 601), 10 (Código 159) y 31. La utilidad obtenida en la venta de las acciones se declara en la Línea 38 (previo detalle en los Recuadros Nºs. 2 y 5, del reverso del Form. Nº 22), por exceder su monto del límite exento de $ (10 UTA). (3) Confección Formulario Nº 22 Línea 2 (Código 105): Dividendos de S.A, abiertas... $ (+) Créd. 1ª Categ. Código $ Línea 9: Sueldos... $ (+) Línea 10: (Código 159) Incremento por impuesto de 1ª Categoría por los dividendos percibidos... $ (+) Línea 13: SUBTOTAL... $ (=) Línea 17: Base Imponible de Global Complementario... $ (=) Línea 18: Impuesto Global Complementario según tabla... $ (+) Línea 29: Crédito por Iimpto. Único de 2ª Categ.... $ (-) Línea 31: Crédito por impto. de 1ª Categoría... $ (-) Líneas 33 : Código(304) Impto. Global Complementario determinado... $ (=) TEMA DE COLECCIÓN MARZO

12 TEMA DE COLECCIÓN Línea 34: (Código 31) Línea 38: Código (196) Impuesto Global Complementario... $ (+) Impto. Único de 1ª Categ. por mayor valor obtenido en venta de acciones de S.A. $ x 17%... $ (+) Línea 56: Resultado Liquidación Anual Impto. Renta... $ (=) Línea 62: Impto. a Pagar más reajuste Art. 72 Ley de la Renta, según Línea $ (+) Ejemplo Nº 6 (1) Antecedentes a) Sueldos percibidos en calidad de trabajador dependiente, según certificado emitido por el respectivo empleador. * Rut empleador : * Nº Certificado : 86 * Monto anual sueldos, actual. : $ * Monto impto.único de 2ª Categoría retenido. actual. : $ b) Dividendos percibidos de S.A., según certificado emitido por la respectiva empresa. * Monto neto dividendo actualizado... $ * Crédito por impuesto de 1ª Categoría e incremento por concepto de dicho tributo, con tasa de 17% (Factor 0,204819)... $ * Crédito por impto. tasa Adicional ex. art $ c) Rentas percibidas por arrendamiento de bien raíz no agrícola, no acogido a las normas del D.F.L. Nº 2/59, superior al 11% de avalúo fiscal del inmueble vigente al * Monto anual rentas de arrendamiento, actualizadas... $ * Contribuciones de bienes raíces pagadas durante el año 2009, por el bien raíz arrendado correspondiente al período que se declara, actualizadas... $ (2) Desarrollo En la Sección Identificación del Contribuyente, tanto en el anverso como en el reverso del Form. Nº 22, se deben anotar los datos que se requieren en dicha Sección, los cuales son obligatorios. Los sueldos se declaran en la línea 9 y el impuesto Único de Segunda Categoría en la línea 29. Los dividendos se declaran en la Línea 2 (Código 105) como rentas afectas por percibir el contribuyente otras rentas distintas a los sueldos y capitales mobiliarios, como son los arriendos. El crédito por impuesto de Primera Categoría se declara en 168 MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS

13 CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 las Líneas 2 (Código 601), 10 (Código 159) y 31, y el crédito por impuesto tasa Adicional se anota en la Línea 24. Las rentas de arrendamiento se declaran en la Línea 35 ( previo detalle en Recuadro Nº 2 del reverso del Form. Nº 22) y en la Línea 5 (Código 109) para su afectación con el impuesto de Primera Categoría y Global Complementario, por exceder del 11% del avalúo fiscal del inmueble arrendado. Las contribuciones de bienes raíces se dan de crédito al impuesto de Primera Categoría en la columna "Rebajas al Impuesto" de la Línea 35, anotándolas previamente en el Recuadro Nº 7 "Créditos Imputables al Impuesto de Primera Categoría", del reverso del Form. Nº 22, y también en la Línea 11 (Código 166), como rebaja de la renta bruta del impuesto Global Complementario. El impuesto de Primera Categoría declarado por las rentas de arrendamiento se registra como crédito en las líneas 5 (Código 604) y 31, sin anotarlo en la Línea 10 (Código 159). (3) Confección Formulario Nº 22 Línea 2 Código 105): Dividendos de S.A, abiertas... $ (+) Créd. 1ª Categ. (Código 601)... $ Línea 5 (Código 109): Rentas de arrendamiento percibidas... $ Créd. 1ª Categ. (Código 604)... $ $ (+) Línea 9: Sueldos... $ (+) Línea 10: (Código 159) Incremento por impuesto de 1ª Categoría por los dividendos percibidos... $ (+) Línea 11: (Códigos 166 y 764) Contribución de Bienes Raíces pagadas por inmueble arrendado en el año $ ( -) Línea 13: SUBTOTAL... $ (=) Línea 17: Base Imponible de Global Complementario... $ (=) TEMA DE COLECCIÓN Línea 18: Impuesto Global Complementario según tabla... $ (+) Línea 24: Crédito por impto. tasa Adic. ex.art $ (-) Línea 29: Crédito por Impto. Único de 2a. Categoría... $ (-) Línea 31: Crédito por impto. de 1ª Categoría por dividendos y rentas de arrendamiento percibidas (Línea 2 Código Línea 5 MARZO

14 TEMA DE COLECCIÓN Código 604)... $ (-) Línea 33: Código(304) Remanente de crédito impto. 1ª Categoría... $ ( ) (=) Línea 35 (Código 20): Impto. de 1ª Categ. por rentas de arrendamiento percibidas... $ (+) Rentas de arrendamiento... $ Impto. 1ª Categ.: 17% s/$ $ Menos: Crédito por Contrib. Bienes Raíces... $ ( ) Impuesto determinado... $ Línea 54: (Códigos 116 y 757) Remanente de crédito por impto. de 1ª Categoría proveniente de Línea $ (-) Línea 56: Resultado Liquidación Anual Impuesto Renta... $ (=) Línea 62: Impuesto a pagar, más reajuste Art. 72 Ley de la Renta, según Línea $ (+) 170 MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS

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