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2 Existiendo en el Centro un proyecto de Apertura a la Comunidad Educativa debe considerarse el comedor escolar como una actividad propia de este proyecto. COMEDOR ESCOLAR El marco legislativo en el que se fundamenta esta normativa es el siguiente: Orden de 24 de noviembre de 1992 por las que se regulan los comedores escolares Orden de 30 de septiembre de 1993, por la que se modifica parcialmente la de 24 de noviembre de 1992, reguladora de los comedores escolares Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, (BOPA 22/10/2007) por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias. Hará las funciones de encargado/a del servicio de comedor el/la director/a del centro. Sus funciones serán: - Solicitar al Ayuntamiento las infraestructuras necesarias para el servicio de comedor y/o su mantenimiento. - Participar en la mesa de contratación del Ayuntamiento para la selección anual de la empresa de catering. - Realizar las gestiones oportunas para su conservación. - Tener al servicio de la Inspección sanitaria un libro de registro de Sanidad. - Velar por que se cumplan las normas y acuerdos de funcionamiento del comedor escolar. - Proponer organización y regulación del servicio al Claustro y al Consejo Escolar, así como el servicio de vigilancia. Sus funciones estarán sujetas a las orientaciones del Consejo Escolar y de la normativa vigente sobre comedores escolares. - Informar a la Comunidad Educativa de la regulación del uso de comedorderecho de uso, matrícula, coste, pérdida de derecho

3 Normativa del Comedor Escolar Durante el curso escolar 2002/03 el C.P. La Llamiella después de realizar una encuesta a las familias en las que éstas se manifestaron en un porcentaje alto favorables a la apertura de un Comedor Escolar, el centro realizó las gestiones oportunas para ponerlo en funcionamiento en el curso 2003/04, mediante la modalidad de catering en base a poder prestar un nuevo servicio a nuestra comunidad escolar. Actualmente, creemos necesario la continuidad del funcionamiento de este servicio en base a la conciliación familiar y laboral, condiciones socioeconómicas de las familias, creación de hábitos con el compromiso del consejo Escolar del centro de garantizar la correcta organización y funcionamiento del mismo, tanto en sus aspectos de calidad nutricional como de atención educativa. Si por alguna circunstancia no se pudiera garantizar el Consejo Escolar se replantearía su continuidad. Asimismo, el Consejo Escolar de nuestro centro educativo con fecha 18 de septiembre de 2008 ha acordado la autorización del uso de este servicio al alumnado del C.P. Clara Campoamor, siempre y cuando haga la solicitud correspondiente y cuente con la autorización expresa de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y de su conformidad a la normativa señalada y aprobada por este órgano, recogiendo en el mismo la forma y modo en que el alumnado de dicho Centro acudirá al Comedor Escolar, así como la salida del mismo. Tanto las actuaciones como la normativa referente al funcionamiento del comedor escolar están desarrolladas a partir de la legislación vigente respecto a los comedores escolares. Las actuaciones del servicio de comedor escolar serán las siguientes: - Servicio de comidas a través de la contratación de una empresa de catering por parte del Ayuntamiento que facilitará la programación, elaboración y distribución de los menús, así como el personal necesario - Servicio de atención educativa, tanto en la prestación del servicio como en los periodos anterior y posterior al mismo. El funcionamiento del comedor se regirá por la siguiente normativa: 1. El servicio del comedor escolar se iniciará, siempre que sea posible, el primer día lectivo del mes de septiembre de cada curso escolar y finalizará el último día lectivo del mes de junio. Funcionará de lunes a viernes, siempre y cuando sean días lectivos del calendario escolar, en un único turno con horario desde las 14:00 a las 16:00 horas (excepto los meses de septiembre y junio que será de 13:00 a 15:00

4 horas). En este horario se engloba el horario propio de almuerzo y el horario de actividades realizadas por los/as cuidadores/as. 2. El servicio de comedor se prestará mediante el suministro de comidas elaboradas en cocinas centrales y transportadas al centro docente, a cargo de una empresa adjudicataria. 3. El proceso de selección de la empresa se llevará a cabo por el Ayuntamiento, con la participación en la mesa de contratación de la Dirección del Centro, siempre y cuando sea convocada para la misma. 4. Todo el alumnado del centro podrá ser usuario del servicio de comedor escolar. También podrán utilizar dicho servicio el alumnado del C.P. Clara Campoamor mediante el pago del menú más una cantidad en concepto de prestación de servicios, uso de instalaciones, menaje que será fijada por el Consejo Escolar de acuerdo a la normativa establecida. Cuando haya más solicitudes que plazas disponibles la selección y admisión de usuarios del servicio de comedor corresponde al Consejo Escolar del centro teniendo prioridad el alumnado escolarizado en el C.P. La Llamiella. 5. Podrán utilizar el comedor escolar aquellos/as profesores/as que lo deseen. 6. El menú será único para todos los usuarios del servicio de comedor, salvo en aquellos casos que por razones excepcionales y justificadas sean aprobados por el Consejo Escolar. El menú será elaborado por la empresa de catering, entregando a las familias una copia del mismo y siendo publicitados a través del tablón de anuncios del centro y otros documentos de información a las familias. 7. El coste diario del servicio de comedor tendrá un precio único para todos y será a cargo de los usuarios del mismo, quedando exceptuados del pago del menú total o parcialmente los beneficiarios de las ayudas de comedor en función de la ayuda que cada uno tenga. 8. En el precio del comedor se repercuten no sólo los gastos de alimentación sino también los correspondientes a personal laboral (salario y Seguridad Social). El coste de la dieta de comedor será el determinado anualmente por el Ayuntamiento, según la selección de la empresa adjudicataria. 9. Al principio del curso escolar los usuarios fijos de comedor tendrán que cubrir el impreso de alta correspondiente donde se detallará la información relativa al horario, coste, forma de pago, alta y baja 10. Las altas y bajas del alumnado como comensales fijos sólo podrán efectuarse a final de mes (Anexo II y III)

5 11. El pago del precio mensual se hará directamente mediante domiciliación bancaria a la empresa adjudicataria por adelantado en los primeros días del mes o mediante el procedimiento que se exprese en el contrato. El impago del comedor tendrá como consecuencia la pérdida del derecho al uso del mismo. 12. En el caso de alumnado beneficiario de una beca éste tendrá que abonar en los primeros días del mes al/a la monitor/a responsable del comedor, si fuera el caso, la diferencia resultante entre el coste del comedor y la ayuda obtenida. Anualmente se informará a las familias del coste. En el caso de impago se dará aviso a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Langreo o a la entidad responsable de la ayuda. 13. Los contribuyentes o comensales esporádicos pagarán el precio fijado por día y podrán hacer uso de este servicio avisando y pagando el precio del menú al menos con un día de antelación al/a la monitor/a responsable del servicio. Sólo por causas excepcionales y debidamente justificadas podrán avisar el mismo día de la prestación del servicio. 14. El servicio de comedor escolar dispondrá de un programa anual aprobado por el Consejo Escolar que se integrará en la PGA. La elaboración del programa anual del servicio de comedor corresponderá a una Comisión de seguimiento integrada al menos por el/la Jefa/a de Estudios, el Coordinador/a del Programa de Apertura de Centros y dos representantes del Consejo Escolar (profesorado y padres/madres). 15. Al principio del curso se elaborará un listado en el que figurarán los nombres y apellidos, nivel, número de teléfono de contacto, actividad extraescolar a la que se incorpora y días de la semana (cuando proceda) y observaciones médicas si hubiera. Dicho listado se facilitará al monitor/a encargado del comedor. Igualmente, el C.P. Clara Campoamor deberá facilitar el listado correspondiente de su Centro al/ a la monitor/a responsable en el caso de hacer uso de este servicio. 16. Asimismo, se elaborará un listado con los comensales fijos que se facilitará a cada tutor/a para ser expuesto en el aula. 17. Diariamente se hará un control de asistencia del alumnado de comedor escolar, tanto fijo como esporádico, que serán registrados por el Equipo directivo dando notificación del número a la empresa adjudicataria. 18. El programa anual del servicio de comedor escolar se referirá a los siguientes objetivos y actuaciones

6 16.1- Objetivos relativos a la educación para la salud y actividades que desarrollen hábitos de correcta alimentación e higiene Objetivos educativos que fomenten actitudes de colaboración, convivencia y solidaridad Objetivos encaminados al desarrollo de hábitos sociales: cortesía, correcto uso y conservación de los útiles de comedor Actividades que fomenten actitudes de ayuda y colaboración entre los compañeros, prestando especial atención a los más pequeños, ayuda en las labores de puesta y recogida del servicio a través de la figura del responsable de mesa Actividades de libre elección y lúdicas que contribuyan al desarrollo de la personalidad y al fomento de hábitos sociales y culturales. 17. La evaluación del programa anual del servicio de comedor escolar se contemplará en la Memoria anual a través de un Informe realizado por la Comisión de seguimiento y contendrá los modelos e instrumentos de evaluación así como las posibles mejoras en el servicio para actuaciones posteriores. (Anexo IV- Ficha de registro para evaluación). 18. El personal de atención al alumnado en el comedor escolar depende de la empresa de catering, siendo personal no laboral del centro con las siguientes funciones: El/la monitor/a cuidador/a es la persona encargada de la atención del alumnado que asiste al comedor durante el horario del mismo Todo el alumnado de comedor escolar será recogido por el/la monitor/a de comedor a las 14:00 horas en el pasillo de entrada principal del colegio. Igualmente, recogerá al alumnado del C.P. Clara Campoamor que accederá al Centro por la puerta lateral de la Planta Baja (puerta de salida a los patios) Acompañará a los alumnos/as a los aseos de la planta baja para realizar la actividad de aseo personal previo a la entrada al comedor Resolverá las incidencias que pudieran presentarse durante el horario de comedor escolar Prestará atención a la adquisición de fomentos de hábitos alimentarios, sociales, higiénico-sanitarios en la mesa Acompañará a los/las alumnos/as a los aseos de la planta baja para realizar la actividad de cepillado de dientes Diariamente, al término del horario de comedor, en la entrada de la puerta principal, hará entrega de los escolares a las familias, profesorado o monitores/as de actividades extraescolares según corresponda.

7 18.8- A la salida del comedor, si fuera posible, al alumno/a que no hubiera comido bien informará de ello a las familias y reforzará en el alumnado las conductas positivas Comunicará a las Direcciones de los Centros cuantas incidencias se produzcan en el comedor llevando un registro de las mismas en el libro creado para tal efecto (Anexo V- Modelo Hoja de Registro de Incidencias). Éstas determinarán en el ámbito de su centro educativo las sanciones pertinentes de acuerdo a la normativa vigente Cualquier propuesta de mejora lo comunicará a la Dirección del Centro Diariamente hará la limpieza del menaje y mesas usado por el alumnado. Asimismo, y se hará cargo de la limpieza de las dependencias relacionadas con el comedor en los días establecido en el Centro llevando un registro de la misma Diariamente y después de finalizar el horario de comedor escolar será responsable de bajar las persianas del comedor, cerrar los baños de la planta baja, así como la puerta del pasillo de acceso a los mismos y la dependencia aneja al comedor Al finalizar el periodo de comedor escolar deberá realizar la limpieza de la nevera y demás electrodomésticos que hayan sido utilizados Si por alguna circunstancia (enfermedad, visita médica, asuntos personales ) no pudiera asistir a su trabajo deberá informar con la suficiente antelación a la empresa adjudicataria para que tome las medidas oportunas para suplir su ausencia y a la Dirección del Centro para tener conocimiento de que va a ser sustituida. 19. Las normas referentes al alumnado en el comedor escolar que estarán expuestas en el comedor escolar serán las siguientes: Antes de la entrada al comedor el alumnado se lavará las manos, siendo supervisado por el/la monitor/a La entrada al comedor se hará con orden Cada alumno/a hará uso de la misma percha y ocupará diariamente el puesto asignado Durante el tiempo de comida el alumnado no deberá salir al aseo, salvo causa urgente o enfermedad y siempre con el permiso de la persona encargada de comedor En horario de comedor no se puede subir a las aulas ni salir del recinto escolar Los alimentos se tomarán haciendo un correcto uso de cubiertos, vasos y servilletas.

8 19.7- Adoptarán comportamientos de buena educación y conducta: pedir por favor, dar las gracias, comer con la boca cerrada, conversar en tono moderado Durante la comida el alumnado no se levantará sin permiso del/ la monitor/a En todo momento se mantendrá un trato correcto con los/las compañeros/as y la persona responsable del comedor Al finalizar la comida el alumnado bajo la supervisión del/la cuidador/a procederá al lavado de manos y cepillado de dientes, regresando al comedor escolar para realizar actividades lúdicorecreativas o de descanso en el espacio dedicado a tal efecto. Cuando sea posible el alumnado saldrá al patio exterior para realizar actividades de esparcimiento, acompañados en todo momento por la persona responsable El alumnado deberá respetar el mobiliario, equipamiento del comedor e instalaciones del Centro. En caso de que algún alumno/a causase daños o deterioros a pertenencias del centro o compañeros/as por no observar un adecuado comportamiento se atenderá a lo estipulado en el ROC respecto a faltas y sanciones, debiendo reponer el objeto dañado Las incidencias serán registradas en los partes correspondientes y comunicadas a la Dirección del Centro El alumnado que reiteradamente haga un uso inadecuado del servicio de comedor será citado por la Dirección del Centro que adoptará las medidas oportunas (amonestación/corrección) para subsanar los problemas planteados. Si la falta es reiterativa y grave perderá el derecho de uso del mismo temporal o definitivamente en función de la gravedad de la falta. 20. Las normas referentes a las familias respecto al uso del comedor escolar serán las siguientes: Las familias del alumnado usuario del comedor deberán respetar las normas de funcionamiento de este servicio y del Centro, de las que serán debidamente informados La recogida de los alumnos/as será puntual a las 16:00 horas a la puerta del Centro. En los meses de septiembre, junio y día anterior a periodos vacacionales el horario será de 13:00 a 15:00 horas La familia que decida cambiar o dar de baja a su hijo/a de la actividad extraescolar a la que estaba inscrito después del

9 periodo de comedor deberá notificarlo a las Direcciones de los Centros para efectuar las actuaciones oportunas Para cualquier salida del Centro en el periodo de horario de comedor y antes de su finalización, será imprescindible la firma del padre/madre o tutor/a en el Libro de Registro establecido a tal efecto. Deberá venir a recogerlos la persona que habitualmente lo haga o la persona a la que los padres o tutores autoricen por escrito Si por alguna causa justificada (visita médica, incidente ) algún alumno/a usuario/a del comedor no asistiera a primera hora de la mañana al centro educativo y se prevé su incorporación a las actividades lectivas durante el horario escolar su familia deberá informar de ello a primera hora de la mañana para tenerlo en cuenta en el cómputo diario de los usuarios de comedor Bajo ningún concepto un/a alumno/a que no haya asistido durante el periodo lectivo al centro educativo o pretenda incorporarse al final del mismo sin una causa debidamente justificada podrá incorporarse al mismo en el horario de comedor Los padres o tutores serán los responsables de la restitución o reparación de los daños o desperfectos causados a las instalaciones y/o pertenencias del centro o compañeros/as cuando su hijo/a no observara un adecuado comportamiento, de lo que serán debidamente informados Las familias tendrán derecho a recibir toda la información relativa al servicio de Comedor Escolar Cuando por alguna circunstancia las familias tengan alguna queja respecto al funcionamiento de este servicio darán cuenta de ello a la Dirección del Centro. Actuaciones del Centro cuando no se observen las conductas adecuadas: Las incidencias serán recogidas en el Libro de Registro de las mismas que tendrá el/la monitor/a para tal efecto, comunicándolas a la Dirección del Centro (Anexo V). La Dirección del Centro a la vista de las mismas juzgará la gravedad de las conductas inadecuadas de acuerdo a la legislación vigente.

10 Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia: 1.- Perturbar el normal desarrollo de la actividad. 2.- No participar en la realización de actividades 3.- Faltar al respeto y malas contestaciones a el/la monitor/a. 4.- Causar pequeños daños a las instalaciones, materiales o recursos Las sanciones pueden ser las siguientes: 1.- Amonestación oral 2.- Comparecencia ante Dirección 3.- Privación del uso de materiales lúdico- recreativos del comedor 3.- Comunicación escrita a la familia 4.- Privación del uso del comedor hasta tres días 5- Restitución o reparación de los daños o desperfectos causados a las instalaciones y/o pertenencias del centro Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia: 1.- Insultos, agresiones o coacciones entre compañeros/as, especialmente con los más pequeños. 2.- Insultos o agresiones a el/la monitor/a. 2.- Mal uso y descuido continuado del equipamiento de comedor, materiales e instalaciones del centro. 3.- Reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia. 4.- La no aceptación de las normas de funcionamiento, comportamiento y actitud dentro del comedor. Las sanciones pueden ser las siguientes: 1.- Privación del uso de comedor (periodo superior a tres días hasta un mes) 2.- Privación definitiva del uso de comedor. 3- Restitución o reparación de los daños o desperfectos causados a las instalaciones y/o pertenencias del centro

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