núm. 216 viernes, 14 de noviembre de 2014 NÚMERO 507 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
|
|
- Daniel Ruiz Fidalgo
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 ÍNDICE. NÚMERO 507 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES I. PRECEPTOS GENERALES. Artículo 1. Potstad rglamntaria y tributaria. II. HECHO IMPONIBLE Y EXENCIONES. Artículo 2. Hcho imponibl. Artículo 3. Exncions. III. DEVENGO Y PERIODO IMPOSITIVO. Artículo 4. Dvngo y priodo impositivo. IV. SUJETO PASIVO Y RESPONSABLES. Artículo 5. Sujto pasivo, afcción ral n la transmisión y rsponsabilidad solidaria n la cotitularidad. V. BASES DE IMPOSICIÓN Y CUOTAS TRIBUTARIAS. Artículo 6. Bas imponibl. Artículo 7. Bas liquidabl. Artículo 8. Cuota íntgra y cuota líquida. Artículo 9. Tipos d gravamn. VI. BONIFICACIONES. SECCIÓN I. BONIFICACIONES OBLIGATORIAS. Artículo 10. Emprsas d urbanización, construcción y promoción inmobiliaria. Artículo 11. Vivindas d protcción oficial. Artículo 12. Cooprativas agrarias y d xplotación comunitaria d la tirra. SECCIÓN II. BONIFICACIONES ROGADAS. Artículo 13. Caráctr rogado. Artículo 14. Familias numrosas. Artículo 14 bis. VII. NORMAS DE GESTIÓN. Artículo 15. Gstión dl impusto. Artículo 16. Liquidación, rcaudación y rvisión. VIII. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS. Artículo 17. DISPOSICIONES FINALES. I. PRECEPTOS GENERALES Artículo 1. Potstad rglamntaria y tributaria. El prsnt txto s apruba n jrcicio d la potstad rglamntaria y tributaria rconocida al municipio d Burgos n su calidad d Administración Pública d caráctr 183
2 trritorial n los artículos 4-1-a)-b) y 106 d la Ly 7/1985, d 2 d abril, rguladora d las Bass dl Régimn Local, d conformidad con lo prvisto n los artículos 60 al 77 dl Ral Dcrto Lgislativo 2/2004, d 5 d marzo, por l qu s apruba l txto rfundido d la Ly rguladora d las Hacindas Locals, y n uso d las facultads qu confir la citada Ly, n su artículo 15.2, n ordn a la fijación d los lmntos ncsarios para dtrminar las cuotas tributarias. Artículo 2. Hcho imponibl. II. HECHO IMPONIBLE Y EXENCIONES 1. El impusto sobr bins inmubls s un tributo dircto d caráctr ral qu grava l valor d los bins inmubls n los términos stablcidos n l Ral Dcrto Lgislativo 2/ Constituy l hcho imponibl dl impusto la titularidad d los siguints drchos sobr los bins inmubls rústicos y urbanos y sobr los inmubls d caractrísticas spcials: a) D una concsión administrativa sobr los propios inmubls o sobr los srvicios públicos a qu s halln afctos. b) D un drcho ral d suprfici. c) D un drcho ral d usufructo. d) Dl drcho d propidad. La ralización dl hcho imponibl qu corrsponda d ntr los dfinidos n l apartado antrior por l ordn n él stablcido dtrminará la no sujción dl inmubl urbano o rústico a las rstants modalidads n l mismo prvistas. En los inmubls d caractrísticas spcials s aplicará sta misma prlación, salvo cuando los drchos d concsión qu pudan rcar sobr l inmubl no agotn su xtnsión suprficial, supusto n l qu también s ralizará l hcho imponibl por l drcho d propidad sobr la part dl inmubl no afctada por una concsión. 3. A los fctos d st impusto tndrán la considración d bins inmubls rústicos, d bins inmubls urbanos y d bins inmubls d caractrísticas spcials los dfinidos como tals n las normas rguladoras dl Catastro Inmobiliario. 4. En caso d qu un mismo inmubl s ncuntr localizado n distintos términos municipals s ntndrá, a fctos d st impusto, qu prtnc a cada uno d llos por la suprfici qu ocup n l rspctivo término municipal. 5. No stán sujtos a st impusto: a) Las carrtras, los caminos, las dmás vías trrstrs y los bins dl dominio público marítimo-trrstr hidráulico, simpr qu san d aprovchaminto público y gratuito. b) Los siguints bins inmubls propidad d los municipios n qu stén nclavados: 184
3 Los d dominio público, afctos a uso público. Los d dominio público, afctos a un srvicio público gstionado dirctamnt por l Ayuntaminto, xcpto cuando s trat d inmubls cdidos a trcros mdiant contraprstación. Los bins patrimonials, xcptuados igualmnt los cdidos a trcros mdiant contraprstación. Artículo 3. Exncions. 1. Exncions obligatorias. Estarán xntos los siguints inmubls: a) Los qu san propidad dl Estado, d las Comunidads Autónomas o d las Entidads Locals qu stén dirctamnt afctos a la sguridad ciudadana y a los srvicios ducativos y pnitnciarios, así como los dl Estado afctos a la Dfnsa Nacional. b) Los bins comunals y los monts vcinals n mano común. c) Los d la Iglsia Católica, n los términos prvistos n l Acurdo ntr l Estado Español y la Santa Sd sobr Asuntos Económicos, d 3 d nro d 1979, y los d las asociacions confsionals no católicas lgalmnt rconocidas, n los términos stablcidos n los rspctivos acurdos d coopración suscritos n virtud d lo dispusto n l artículo 16 d la Constitución. d) Los d la Cruz Roja Española. ) Los inmubls a los qu sa d aplicación la xnción n virtud d convnios intrnacionals n vigor y, a condición d rciprocidad, los d los Gobirnos xtranjros dstinados a su rprsntación diplomática, consular, o a sus organismos oficials. f) La suprfici d los monts poblados con spcis d crciminto lnto rglamntariamnt dtrminadas, cuyo principal aprovchaminto sa la madra o l corcho, simpr qu la dnsidad dl arbolado sa la propia o normal d la spci d qu s trat. g) Los trrnos ocupados por las línas d frrocarrils y los dificios nclavados n los mismos trrnos, qu stén ddicados a stacions, almacns o a cualquir otro srvicio indispnsabl para la xplotación d dichas línas. No stán xntos, por consiguint, los stablcimintos d hostlría, spctáculos, comrcials y d sparciminto, las casas dstinadas a vivindas d los mplados, las oficinas d la dircción ni las instalacions fabrils. h) Asimismo starán xntos los inmubls urbanos y rústicos cuya cuota líquida no supr 3,00 uros, a cuyo fcto s tomará n considración para los sgundos la cuota agrupada qu rsulta d lo prvisto n l apartado 2 dl artículo 77 dl R.D. Lgislativo 2/ Exncions rogadas. Asimismo, prvia solicitud, starán xntos: a) Los bins inmubls qu s dstinn a la nsñanza por cntros docnts acogidos, total o parcialmnt, al régimn d concirto ducativo, n cuanto a la suprfici afctada a la nsñanza concrtada. Esta xnción dbrá sr compnsada por la Administración comptnt. 185
4 b) Los dclarados xprsa individualizadamnt monumnto o jardín histórico d intrés cultural, mdiant Ral Dcrto n la forma stablcida por l artículo 9 d la Ly 16/1985, d 25 d junio, dl Patrimonio Histórico Español, inscritos n l Rgistro Gnral a qu s rfir su artículo 12 como intgrants dl Patrimonio Histórico Español, así como los comprndidos n las disposicions adicionals primra, sgunda y quinta d dicha Ly. Esta xnción no alcanzará a cualsquira class d bins urbanos ubicados dntro dl prímtro dlimitativo d las zonas arquológicas y sitios y conjuntos históricos, globalmnt intgrados n llos, sino, xclusivamnt, a los qu rúnan las siguints condicions: En zonas arquológicas, los incluidos como objto d spcial protcción n l instrumnto d planaminto urbanístico a qu s rfir l artículo 20 d la Ly 16/1985, d 25 d junio, dl Patrimonio Histórico Español. En sitios o conjuntos históricos, los qu cuntn con una antigüdad igual o suprior a cincunta años y stén incluidos n l catálogo prvisto n l Ral Dcrto 2159/1978, d 23 d junio, por l qu s apruba l Rglamnto d Planaminto para l Dsarrollo y Aplicación d la Ly sobr Régimn dl Sulo y Ordnación Urbana, como objto d protcción intgral n los términos prvistos n l artículo 21 d la Ly 16/1985, d 25 d junio. c) La suprfici d los monts n qu s ralicn rpoblacions forstals o rgnración d masas arboladas sujtas a proyctos d ordnación o plans técnicos aprobados por la Administración forstal. Esta xnción tndrá una duración d quinc años dsd su fctividad. 3. Sin prjuicio d las antriors xncions prvistas n l R.D. Lgislativo 2/2004, gozarán asimismo d xnción n st impusto los bins inmubls d los qu san titulars las ntidads sin fins lucrativos a las qu s rfir l artículo 2.º d la Ly 49/2002, d 23 d dicimbr, d Régimn Fiscal d las ntidads sin fins lucrativos y d los Incntivos Fiscals al Mcnazgo, y simpr qu cumplan con los rquisitos stablcidos n los artículos 15.1 y 7 d la citada Ly. 4. En todo caso stas xncions surtirán fcto a partir dl jrcicio siguint al d su solicitud. III. DEVENGO Y PERIODO IMPOSITIVO Artículo 4. Dvngo y priodo impositivo. 1. El impusto s dvngará l primr día dl priodo impositivo. 2. El priodo impositivo coincid con l año natural. 3. Los hchos, actos y ngocios qu dbn sr objto d dclaración o comunicación ant l Catastro Inmobiliario tndrán fctividad n l dvngo d st impusto inmdiatamnt postrior al momnto n qu produzcan fctos catastrals. La fctividad d las inscripcions catastrals rsultants d los procdimintos d valoración colctiva y d dtrminación dl valor catastral d los bins inmubls d caractrísticas spcials coincidirá con la prvista n las normas rguladoras dl Catastro Inmobiliario. 186
5 IV. SUJETO PASIVO Y RESPONSABLES Artículo 5. Sujto pasivo, afcción ral n la transmisión y rsponsabilidad solidaria n la cotitularidad. 1. Son sujtos pasivos, a título d contribuynts, las prsonas naturals y jurídicas y las ntidads a qu s rfir l artículo 35.4 d la Ly 58/2003, d 17 d dicimbr, Gnral Tributaria, qu ostntn la titularidad dl drcho qu, n cada caso, sa constitutivo dl hcho imponibl d st impusto. 2. En l supusto d bins inmubls d caractrísticas spcials, cuando la condición d contribuynt rcaiga sobr uno o varios concsionarios, cada uno d llos lo srá por su cuota, qu s dtrminará n razón a la part dl valor catastral qu corrsponda a la suprfici concdida y a la construcción dirctamnt vinculada a cada concsión. Sin prjuicio dl dbr d los concsionarios d formalizar las dclaracions a qu s rfir l artículo 76 d sta Ly, l nt u organismo público al qu s hall afctado o adscrito l inmubl o aqul a cuyo cargo s ncuntr su administración y gstión, stará obligado a suministrar anualmnt al Ministrio d Economía y Hacinda la información rlativa a dichas concsions n los términos y dmás condicions qu s dtrminn por ordn. Para sa misma clas d inmubls, cuando l propitario tnga la condición d sujto pasivo contribuynt por la suprfici no afctada por las concsions, actuará como sustituto dl mismo l nt u organismo público a qu s hall afctado o adscrito l inmubl o aqul a cuyo cargo s ncuntr su administración y gstión, l cual no podrá rprcutir n l contribuynt l import d la duda tributaria satisfcha. 3. Lo dispusto n l apartado antrior srá d aplicación sin prjuicio d la facultad dl sujto pasivo d rprcutir la carga tributaria soportada conform a las normas d drcho común. El Ayuntaminto d Burgos rprcutirá la part d cuota líquida qu corrsponda n quins, no runindo la condición d sujtos pasivos, hagan uso mdiant contraprstación d sus bins dmanials o patrimonials, los cuals starán obligados a soportar la rprcusión. A tal fcto la cuota rprcutibl s dtrminará n razón a la part dl valor catastral qu corrsponda a la suprfici utilizada y a la construcción dirctamnt vinculada a cada arrndatario o csionario dl drcho d uso. 4. En los supustos d cambio, por cualquir causa, n la titularidad d los drchos qu constituyn l hcho imponibl d st impusto, los bins inmubls objto d dichos drchos qudarán afctos al pago d la totalidad d la cuota tributaria n los términos prvistos n la Ly Gnral Tributaria. A stos fctos, los notarios solicitarán información y advrtirán xprsamnt a los comparcints sobr las dudas pndints por l impusto sobr bins inmubls asociadas al inmubl qu s transmit, sobr l plazo dntro dl cual stán obligados los intrsados a prsntar dclaración por l impusto, cuando tal obligación subsista por no habrs aportado la rfrncia catastral dl inmubl, conform al apartado 2 dl artículo 43 dl txto rfundido d la Ly dl Catastro Inmobiliario y otras normas tributarias, sobr la afcción d los bins al pago d la cuota tributaria y, asimismo, sobr las rsponsabilidads n qu 187
6 incurran por la falta d prsntación d dclaracions, l no fctuarlas n plazo o la prsntación d dclaracions falsas, incompltas o inxactas, conform a lo prvisto n l artículo 70 dl txto rfundido d la Ly dl Catastro Inmobiliario y otras normas tributarias. 5. Rspondn solidariamnt d la cuota d st impusto, y n proporción a sus rspctivas participacions, los copartícips o cotitulars d las ntidads a qu s rfir l artículo 35.4 d la Ly 58/2003, d 17 d dicimbr, Gnral Tributaria, si figuran inscritos como tals n l Catastro Inmobiliario. D no figurar inscritos, la rsponsabilidad s xigirá por parts iguals n todo caso. V. BASES DE IMPOSICIÓN Y CUOTAS TRIBUTARIAS Artículo 6. Bas imponibl. La bas imponibl d st impusto stará constituida por l valor catastral d los bins inmubls, qu s dtrminará, notificará y srá suscptibl d impugnación conform a lo dispusto n las normas rguladoras dl Catastro Inmobiliario. Artículo 7. Bas liquidabl. 1. La bas liquidabl d st impusto srá l rsultado d practicar n la bas imponibl las rduccions qu procdan n los términos prvistos n los artículos 66 a 70 dl Ral Dcrto Lgislativo 2/2004, por l qu s apruba l txto rfundido d la Ly rguladora d las Hacindas Locals. 2. A los inmubls urbanos cuyo valor catastral s haya incrmntado como conscuncia d la rvisión ralizada d acurdo con la Ponncia d Valors aprobada n l año 2009, s ls aplicará durant nuv años a contar dsd la ntrada n vigor d los nuvos valors la rducción qu s dtrmina n los apartados siguints. 3. La cuantía d la rducción, qu dcrcrá anualmnt, srá l rsultado d aplicar un coficint rductor, único para todos los inmubls dl municipio, a un componnt individual d la rducción calculado para cada inmubl. El coficint anual d rducción a aplicar tndrá l valor d 0,9 l primr año d su aplicación, irá disminuyndo un 0,1 por año hasta su dsaparición. El componnt individual d la rducción srá la difrncia positiva ntr l nuvo valor catastral asignado al inmubl y su valor bas qu srá la bas liquidabl dl jrcicio inmdiato antrior a la ntrada n vigor d aquél. 4. En los procdimintos d valoración colctiva la dtrminación d la bas liquidabl srá comptncia d la Dircción Gnral dl Catastro y rcurribl ant los Tribunals Económico-Administrativos dl Estado. 5. D acurdo con lo dispusto n l artículo 77 dl txto rfundido d la Ly rguladora d las Hacindas Locals, una vz transcurrido l plazo d impugnación prvisto n las notificacions dl valor catastral y bas liquidabl prvistas n los procdimintos d valoración colctiva, s ntndrán consntidas y firms las bass imponibl y liquidabl notificadas, sin qu pudan sr objto d nuva impugnación al procdrs a la xacción anual dl impusto. 188
7 Artículo 8. Cuota íntgra y cuota líquida. 1. La cuota íntgra d st impusto srá l rsultado d aplicar a la bas liquidabl l tipo d gravamn. 2. La cuota líquida s obtndrá minorando la cuota íntgra n l import d las bonificacions prvistas lgalmnt. Artículo 9. Tipos d gravamn. D conformidad con lo prvisto n l artículo 72 dl R.D. Lgislativo 2/2004, l Ayuntaminto aplicará los siguints tipos d gravamn: a) A los bins d naturalza urbana: 0,4568%. b) A los bins d naturalza rústica: 0,727%. c) A los bins inmubls d caractrísticas spcials: 0,632%. VI. BONIFICACIONES SECCIÓN I. BONIFICACIONES OBLIGATORIAS Artículo 10. Emprsas d urbanización, construcción y promoción inmobiliaria. Tndrán drcho a una bonificación dl 50 por 100 n la cuota íntgra dl impusto, simpr qu así s solicit por los intrsados ants dl inicio d las obras, los inmubls qu constituyan l objto d la actividad d las mprsas d urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto d obra nuva como d rhabilitación quiparabl a ésta, y no figurn n los bins d su inmovilizado. S ntndrá a stos fctos como obras d rhabilitación las d adcuación, mjora d condicions d habitabilidad o rdistribución dl spacio intrior, mantnindo n todo caso las caractrísticas structurals dl dificio. Para disfrutar d sta bonificación habrán d tnrs n cunta las siguints rglas: a) El plazo d aplicación d sta bonificación comprndrá dsd l priodo impositivo siguint a aqul n qu s inicin las obras hasta l postrior a la trminación d las mismas, simpr qu durant s timpo s ralicn obras d urbanización o construcción fctiva, y sin qu n ningún caso puda xcdr d trs priodos impositivos. b) El Ayuntaminto dngará automáticamnt la concsión d sta bonificación cuando a través d cualquir mdio d pruba tnga constancia d qu las obras d urbanización o construcción fctiva sobr los inmubls n los qu rca st bnficio fiscal s han iniciado ants d la fcha d solicitud dl mismo por los intrsados. c) Junto con la solicitud d bonificación los intrsados dbrán acrditar su condición d mprsa d urbanización, construcción o promoción inmobiliaria, acompañando la documntación n la qu s rflj qu s ncuntran dados d alta n los pígrafs 501.1, 501.2, 501.3, 507, u dl impusto sobr actividads conómicas. D no figurar dados d alta n cualquira d stos pígrafs, s considrará qu no rúnn los rquisitos subjtivos prcisos para sr bnficiarios d la mncionada bonificación. 189
8 d) Al objto d acrditar qu los inmubls sobr los qu rca l bnficio fiscal no figuran ntr los bins dl inmovilizado dl bnficiario d la bonificación, también dbrán acompañar a la solicitud copia compulsada dl balanc o crtificación dl auditor jurado n la qu s rflj sta condición. ) Para dtrminar los priodos impositivos a los qu srá d aplicación st bnficio fiscal, los intrsados dbrán prsntar ant la oficina administrativa gstora dl impusto sobr bins inmubls una crtificación dl Técnico Dirctor d las obras xprsiva d la fcha d inicio d las mismas visada por l Colgio Oficial comptnt, o un jmplar dl Acta d Comprobación dl rplanto, así como la Crtificación Final d obra xpdida por l mismo, n la qu s acrdit la fcha d su conclusión. f) Para sr bnficiario d sta bonificación l sujto pasivo dbrá ncontrars al corrint n l cumpliminto d pago d sus obligacions tributarias por st impusto. Artículo 11. Vivindas d protcción oficial. Tndrán drcho a una bonificación dl 50% n la cuota íntgra dl impusto, durant los trs priodos impositivos siguints al dl otorgaminto d la calificación dfinitiva, las vivindas d protcción oficial y las qu rsultn quiparabls a éstas conform a la normativa d la rspctiva Comunidad Autónoma. Dicha bonificación s concdrá a ptición dl intrsado, la cual podrá fctuars n cualquir momnto antrior a la trminación d los trs priodos impositivos d duración d la misma. La bonificación surtirá fctos dsd l priodo impositivo siguint a aqul n qu s solicit. Para sr bnficiario d sta bonificación l sujto pasivo dbrá ncontrars al corrint n l cumpliminto d pago d sus obligacions tributarias por st impusto. Artículo 12. Cooprativas agrarias y d xplotación comunitaria d la tirra. Tndrán drcho a una bonificación dl 95% d la cuota íntgra y, n su caso, dl rcargo dl impusto a qu s rfir l artículo 153 dl Ral Dcrto Lgislativo 2/2004, d 5 d marzo, los bins rústicos d las cooprativas agrarias y d xplotación comunitaria d la tirra, n los términos stablcidos n la Ly 20/1990, d 19 d dicimbr, sobr Régimn Fiscal d las Cooprativas. Para sr bnficiario d sta bonificación l sujto pasivo dbrá ncontrars al corrint n l cumpliminto d pago d sus obligacions tributarias por st impusto. Artículo 13. Caráctr rogado. SECCIÓN II. BONIFICACIONES ROGADAS Las bonificacions d caráctr rogado d la prsnt ordnanza rqurirán para su fctividad qu los intrsados prsntn la corrspondint solicitud d aplicación dl bnficio fiscal n l Ayuntaminto d Burgos n los plazos sñalados, surtindo fcto para l mismo jrcicio n l qu s solicitn. Estas bonificacions srán compatibls ntr sí, y a su vz con las bonificacions d caráctr obligatorio. 190
9 Artículo 14. Familias numrosas. Los sujtos pasivos qu ostntn la condición d titulars d familia numrosa n la fcha d dvngo dl impusto tndrán drcho a las siguints bonificacions sobr l bin inmubl qu constituya su vivinda habitual, distinguindo las siguints catgorías: Catgoría gnral: Tndrán drcho a una bonificación dl 37% n la cuota íntgra dl impusto. Catgoría spcial: Tndrán drcho a una bonificación dl 57% n la cuota íntgra dl impusto. Catgoría spcial con sit o más hijos: Dntro d sta catgoría, n l supusto d familias qu tngan sit o más hijos la bonificación srá dl 80% d la cuota íntgra dl impusto. A los fctos d la clasificación n catgoría gnral o spcial, s stará a lo dispusto n l artículo 4 d la Ly 40/2003, d 18 d novimbr, d Protcción a las Familias Numrosas. Para la dtrminación dl concpto fiscal d vivinda habitual s tndrá n cunta la vivinda n la qu stén mpadronados los titulars d la familia numrosa. Para podr bnficiars d sta bonificación s habrán d cumplir admás los siguints rquisitos: Qu los titulars stén mpadronados n la Ciudad d Burgos. Qu solicitn st bnficio fiscal n los siguints priodos d timpo cumplimntando l modlo normalizado facilitado por l Ayuntaminto d Burgos y acompañando la documntación rqurida. Las solicituds prsntadas fura d plazo srán inadmitidas por xtmporánas. Las solicituds d bonificación habrán d ralizars a lo largo dl año natural antrior al qu han d surtir fcto. Para sr bnficiario d sta bonificación l sujto pasivo dbrá ncontrars al corrint n l cumpliminto d pago d sus obligacions tributarias por st impusto. Qu los ingrsos d la unidad familiar n las familias numrosas d caráctr gnral por todos los concptos no xcdan d cinco vcs y mdio l Indicador Público d Rnta d Efctos Múltipls (IPREM), n l caso d trs hijos, o d sis vcs y mdio l IPREM cuando san cuatro hijos, con las particularidads rcogidas n la Ly 40/2003, d 18 d novimbr, d Protcción a las Familias Numrosas, para las familias con hijos procdnts d acogiminto, adopción, partos múltipls o d hijos con discapacidad. Qu los ingrsos d la unidad familiar n las familias numrosas d caráctr spcial o spcial con sit o más hijos por todos los concptos no xcdan d sit vcs y mdio l Indicador Público d Rnta d Efctos Múltipls (IPREM), incrmntando st límit n l quivalnt al IPREM por cada hijo a cargo, a partir dl quinto inclusiv, 191
10 con las particularidads rcogidas n la Ly 40/2003, d 18 d novimbr, d Protcción a las Familias Numrosas. Qu la vivinda habitual no supr los siguints límits: Catgorías Valor catastral Bonificación Gnral ,01 37% Espcial ,92 57% Espcial con sit o más hijos ,05 80% Concdida la bonificación, ésta s mantndrá, d acurdo con los tipos vignts n cada jrcicio, sin ncsidad d ritrar la solicitud, simpr y cuando s cumplan los rquisitos d la ordnanza vignt n cada momnto, hasta l límit máximo d los priodos impositivos coincidnts con la fcha d validz dl Título d Familia Numrosa vignt n l momnto d la solicitud. La concsión d la bonificación no tndrá fctos rtroactivos. Artículo 14 bis. S stablc una bonificación para aqullos inmubls n los qu s dsarrolln actividads conómicas qu san dclaradas d spcial intrés o utilidad municipal por concurrir circunstancias socials, culturals, histórico-artísticas o d fomnto dl mplo qu justifiqun tal dclaración, corrspondindo dicha dclaración al Plno d la Corporación y s acordará, prvia solicitud dl sujto pasivo, por voto favorabl d la mayoría simpl d sus mimbros. Sindo comptnt para tramitar l xpdint l Srvicio d Mdio Ambint, Sanidad y Promoción Industrial. La concsión d sta bonificación habrá d sr informada favorablmnt por los técnicos municipals dl Srvicio d Mdio Ambint, Sanidad y Promoción Industrial. A stos fctos, a la cuota rsultant s aplicará una bonificación con los siguints porcntajs: Bonificación dl 95% para los dos primros priodos impositivos postriors a la ubicación n polígonos industrials gnrados con la participación dl municipio o d titularidad municipal. Bonificación dl 50% para las mprsas qu s stablzcan n cualquir ára industrial dl término municipal o amplín sus instalacions, n st último caso xclusivamnt sobr l módulo ampliado. En todo caso, procdrá la bonificación simpr qu sa instalación o ampliación suponga la contratación, l primr año, o mantniminto, los siguints, d 15 trabajadors con caráctr indfinido durant los trs priodos impositivos postriors a la finalización dl corrspondint a la bonificación contmplada n l párrafo antrior, o durant los cinco siguints al año d ubicación n sulo industrial para l supusto d qu no procda aplicar la misma. Bonificación dl 75% para las mprsas qu s stablzcan n cualquir ára industrial dl término municipal o amplín sus instalacions, n st último caso xclusivamnt sobr l módulo ampliado. En todo caso, procdrá la bonificación simpr qu sa instalación o ampliación suponga la contratación, l primr año, o 192
11 mantniminto, los siguints, d 25 trabajadors con caráctr indfinido durant los trs priodos impositivos postriors a la finalización dl corrspondint a la bonificación xprsada n l párrafo primro, o durant los cinco siguints al año d ubicación n sulo industrial para l supusto d qu no procda aplicar la misma. Bonificación dl 95% para las mprsas qu s stablzcan n cualquir ára industrial dl término municipal o amplín sus instalacions, n st último caso xclusivamnt sobr l módulo ampliado. En todo caso, procdrá la bonificación simpr qu sa instalación o ampliación suponga la contratación, l primr año, o mantniminto, los siguints, d 50 trabajadors con caráctr indfinido durant los ocho priodos impositivos postriors a la finalización dl corrspondint a la bonificación rfljada n l párrafo primro, o durant los diz siguints d no procdr la aplicación d la misma. Esta bonificación s dbrá solicitar ants dl 31 d dicimbr dl jrcicio antrior a aqul n qu produzca sus fctos. Artículo 15. Gstión dl impusto. VII. NORMAS DE GESTIÓN 1. El impusto s gstiona a partir d la información contnida n l padrón catastral y n los dmás documntos xprsivos d sus variacions laboradas al fcto por la Dircción Gnral dl Catastro. Dicho padrón, qu s formará anualmnt, contndrá la información rlativa a los bins inmubls, sparadamnt para los d cada clas y srá rmitido ants dl 1 d marzo d cada año. 2. Las altracions concrnints a los bins inmubls suscptibls d inscripción catastral qu tngan trascndncia a fctos d st impusto dtrminarán la obligación d los sujtos pasivos d formalizar las dclaracions conducnts a su inscripción n l Catastro Inmobiliario, conform a lo stablcido n sus normas rguladoras. La fctividad d las inscripcions catastrals rsultants d los procdimintos d valoración colctiva y d dtrminación dl valor catastral d los bins inmubls d caractrísticas spcials coincidirá con la prvista n las normas rguladoras dl Catastro Inmobiliario. 3. D conformidad con lo stipulado n l artículo 14 dl txto rfundido dl Ral Dcrto Lgislativo 1/2004, d 5 d marzo, dl Catastro Inmobiliario, l Ayuntaminto d Burgos s compromt a ponr n conociminto dl Catastro Inmobiliario, a través d la Oficina Virtual u otros sistmas qu s stablzcan, los hchos, actos o ngocios suscptibls d gnrar un alta, baja o modificación catastral, drivados d actuacions para las qu haya otorgado la corrspondint licncia o autorización municipal, n los términos y con las condicions qu s dtrminn por la Dircción Gnral dl Catastro, los cuals dbrán sr xprsamnt acptados por Rsolución xprsa. 4. S podrán agrupar n un solo documnto d cobro las cuotas rlativas al impusto sobr bins inmubls y la tasa d rcogida d basuras qu rcaigan sobr l mismo objto tributario, d acurdo con las normas qu s stablzcan rglamntariamnt. 193
12 5. Para los casos d cotitularidad d inmubls, s podrá solicitar la división d la liquidación dl rcibo dl IBI ntr los cotitulars. En la solicitud s habrá d hacr constar la rfrncia catastral dl inmubl idntificar a todos los propitarios con su nombr, apllidos, Documnto Nacional d Idntidad, domicilio fiscal, porcntaj d titularidad y datos bancarios para su domiciliación. En caso d qu alguno d los cotitulars no puda sr idntificado o no sa corrcto s mitirá un solo rcibo d la liquidación dl impusto para l inmubl solicitado. Así mismo han d cumplirs los siguints rquisitos: a) Qu l import d la cuota líquida corrspondint a cada cotitular no sa infrior a 100 uros. b) Qu no xista usufructo n l inmubl, sa cual fur l porcntaj dl mismo. c) Qu la cotitularidad no traiga causa d la xistncia d socidad d ganancials. Una vz acptada la solicitud por la Administración, los fctos d la misma srán para l jrcicio inmdiatamnt postrior y s mantndrán mintras no s modifiqun las circunstancias qu motivaron la división dl rcibo. Artículo 16. Liquidación, rcaudación y rvisión. 1. La liquidación y rcaudación, así como la rvisión d los actos dictados n vía d gstión tributaria d st impusto, srán comptncia xclusiva dl Ayuntaminto y comprndrán las funcions d rconociminto y dngación d xncions y bonificacions, ralización d las liquidacions conducnts a la dtrminación d las dudas tributarias, misión d los documntos d cobro, rsolución d los xpdints d dvolución d ingrsos indbidos, rsolución d los rcursos qu s intrpongan contra dichos actos y actuacions para la asistncia información al contribuynt rfridas a las matrias comprndidas n st apartado. 2. No srá ncsaria la notificación individual d las liquidacions tributarias rsultants d un procso d valoración colctiva, simpr y cuando haya sido prviamnt notificado l nuvo valor catastral y las bass liquidabls prvistas. Artículo 17. VIII. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS En matria d infraccions y sancions s stará a lo dispusto n la Ly Gnral Tributaria, txto rfundido d la Ly rguladora d las Hacindas Locals, y dl txto rfundido d la Ly dl Catastro Inmobiliario, así como las dmás disposicions d dsarrollo. DISPOSICIONES FINALES Primra. En lo no prvisto spcíficamnt n sta ordnanza, rgirán las normas d la Ly Gnral Tributaria, d la ordnanza fiscal gnral y las disposicions qu, n su caso, s dictn para su aplicación. Sgunda. La prsnt ordnanza, cuyo txto rfundido fu aprobado dfinitivamnt por l Plno d la Corporación, n ssión clbrada l día 31 d octubr d 2008, una vz publicada, ntró n vigor l día 1 d nro d
13 Trcra. Esta ordnanza fu modificada por l Plno d la Corporación, n ssión clbrada l día 21 d sptimbr d Una vz publicada sta modificación, ntró n vigor l 1 d nro d Cuarta. Esta ordnanza fu modificada por l Plno d la Corporación, n ssión clbrada l día 15 d novimbr d Una vz publicada sta modificación, ntró n vigor l 1 d nro d 2014, prmancindo vignt hasta su drogación o modificación xprsa. Quinta. La citada ordnanza s ha modificado por l Plno d la Corporación n ssión clbrada l día 10 d octubr d Una vz publicada sta modificación n l Boltín Oficial d la Provincia, ntrará n vigor l 1 d nro d 2015, prmancindo vignt hasta su drogación o modificación xprsa. * * * 195
núm. 149 miércoles, 7 de agosto de 2013
Artículo 20. Infraccions y sancions. En l régimn sancionador s stará a lo dispusto n l Título X d la Ly 11/2003, d 8 d abril, d Prvnción Ambintal d Castilla y Lón rspcto a las actividads sujtas por dicha
Más detallesnúm. 39 jueves, 26 de febrero de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO GESTIÓN TRIBUTARIA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO GESTIÓN TRIBUTARIA C.V.E.: BOPBUR-2015-01161 El Plno dl Ayuntaminto d Aranda d Duro acordó, n ssión ordinaria clbrada l día 30 d octubr d 2014,
Más detallesI. COMUNIDAD DE MADRID
ág. 3 I. COMUNIDAD DE 3606 A) Disposicions Gnrals Consjría d Sanidad ORDEN 733/2009, d 16 d octubr, por la qu s dictan las normas para la aplicación d la tasa por crtificación o por autorización d laboración
Más detallesNúm. 189 Viernes, 5 de octubre de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL Ssión ordinaria dl Excmo. Ayuntaminto Plno clbrada l día 21 d sptimbr d 2012 cv: BOPBUR-2012-05440 El Plno d la Corporación aprobó por
Más detallesboletín oficial de la provincia
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE POMAR c.v..: BOPBuR-2017-04840 Al no habrs prsntado rclamacions durant l plazo d xposición al público, quda automáticamnt lvado a dfinitivo l acurdo
Más detallesnúm. 234 miércoles, 11 de diciembre de 2013
NÚMERO 220 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE AGUAS Artículo 1. I. PRECEPTOS GENERALES El prsnt txto s apruba n jrcicio d la potstad
Más detallesnúm. 216 viernes, 14 de noviembre de 2014
NÚMERO 503 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ÍNDICE. I. PRECEPTOS GENERALES. Artículo 1. II. HECHO IMPONIBLE Y SUPUESTOS DE NO
Más detallesNúm. 36 Martes, 22 de febrero de 2011. III. ADMINISTRACIÓN local. DIpuTACIÓN provincial De burgos. secretaría general
III. ADMINISTRACIÓN local DIpuTACIÓN provincial D burgos scrtaría gnral cv: BOPBUR-2011-01058 El Plno d la Excma. Diputación Provincial, n ssión ordinaria clbrada l día 16 d novimbr d 2010, adoptó ntr
Más detallesnúm. 242 lunes, 23 de diciembre de 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TOBALINA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TOBALINA c.v.e.: bopbur-2013-09200 El Ayuntaminto dl Vall d Tobalina n ssión d plno d 31 d octubr d 2013, acordó aprobar provisionalmnt las siguints ordnanzas.
Más detallesboletín oficial de la provincia
núm. 37 juvs, 23 d fbrro d 2017 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE CASTRILLO DE LA VEGA c.v..: bopbur-2017-00804 Ordnanza fiscal rguladora dl impusto d construccions, instalacions y Obras (i.c.i.o.)
Más detallesNúm. 239 Miércoles, 19 de diciembre de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS BIENESTAR SOCIAL
Núm. 239 Miércols, 19 d dicimbr d 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS BIENESTAR SOCIAL cv: BOPBUR-2012-07296 Elvado a dfinitivo por no habrs producido rclamacions n l priodo
Más detallesNúm. 189 Viernes, 5 de octubre de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL
Núm. 189 Virns, 5 d octubr d 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL Ssión ordinaria dl Excmo. Ayuntaminto Plno clbrada l día 21 d sptimbr d 2012 cv: BOPBUR-2012-05417
Más detallesnúm. 216 viernes, 14 de noviembre de 2014 NÚMERO 508 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
ÍNDICE. NÚMERO 508 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS I. PRECEPTOS GENERALES. Artículo 1. II. NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE. Artículo 2. Naturalza y fundamnto. Artículo
Más detallesnúm. 216 viernes, 14 de noviembre de 2014
NÚMERO 504 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ÍNDICE. I. PRECEPTOS GENERALES. Artículo 1. II. HECHO IMPONIBLE. Artículo 2. III. EXENCIONES. Artículo 3. IV. SUJETO
Más detallesnúm. 109 miércoles, 11 de junio de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA C.V.E.: BOPBUR-2014-04183 Mdiant acurdo d Junta d Gobirno númro 6, d fcha 23 d mayo d 2014, s aprobó la «Convocatoria pública
Más detallesnúm. 85 miércoles, 7 de mayo de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ROA DE DUERO
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ROA DE DUERO C.V.E.: BOPBUR-2014-03110 Por rsolución d Alcaldía d fcha 16 d abril d 2014, s aprobó la contratación d dos plazas d monitor d gimnasio municipal
Más detallesACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO
ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO, DE TITULOS PROFESIONALES y LICENCIATURAS Y TÍTULOS DE GRADO UNIVERSITARIOS ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA La Rpública d Chil y la Rpública Argntina,
Más detallesnúm. 56 lunes, 23 de marzo de 2015 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS
núm. 56 luns, 23 d marzo d 2015 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES SODEBUR C.V.E.: BOPBUR-2015-01880 SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS Convocatoria pública d la Diputación Provincial d Burgos
Más detalles1 ut 202 NUEVO PAÍS. PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN. Industria y Comercio SUPERINTENDENCIA TODOS POR UN CIRCULAR EXTERNA N. 0. Bogotá, D.C.
NUEVO PAÍS. PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN CIRCULAR EXTERNA N. 0 Bogotá, D.C. 01 1 ut 202 Fi Para: RESPONSABLES DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Asunto: Modificar los numrals 2.2, 2.3, 2.6 y 2.7 dl Capítulo
Más detallesnúm. 222 viernes, 20 de noviembre de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE GUMIEL DE IZÁN
núm. 222 virns, 20 d novimbr d 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE GUMIEL DE IZÁN C.V.E.: BOPBUR-2015-07935 Por Dcrto d Alcaldía, d fcha d 16 d octubr d 2015, s aprobaron las bass y la convocatoria
Más detallesboletín oficial de la provincia
núm. 28 virns, 10 d fbrro d 2017 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL JUNTA VECINAL DE RIBOTA DE MENA c.v..: BOPBuR-2017-00503 Al no habrs prsntado rclamacions durant l plazo d xposición al público quda automáticamnt
Más detallesboletín oficial de la provincia
II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Consjría d Conomía y HaCinda dircción Gnral d nrgía y minas C.V.E.: BOPBUR-2017-02019 Rsolución d 14 d marzo d 2017, d la Dircción Gnral d Enrgía
Más detallesnúm. 30 jueves, 13 de febrero de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2014-00697 SERVICIO MUNICIPALIZADO DE ACCESIBILIDAD, MOVILIDAD Y TRANSPORTES El Consjo d Administración dl Srvicio d Movilidad y Transports
Más detallesnúm. 56 lunes, 23 de marzo de 2015 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS
V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES SODEBUR C.V.E.: BOPBUR-2015-01879 SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS Convocatoria pública d la Diputación Provincial d Burgos para la concsión d subvncions
Más detallesnúm. 38 martes, 25 de febrero de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE PERSONAL
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE PERSONAL C.V.E.: BOPBUR-2014-01298 Código d Vrificación:1453130796 - Comprub su validz n http://www..s/comprobar-firmados Convocatoria
Más detallesboletín oficial de la provincia
núm. 243 juvs, 28 d dicimbr d 2017 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL C.V.E.: BOPBUR-2017-06984 AYUNTAMIENTO DE MONASTERIO DE RODILLA Por acurdo dl Plno d fcha d 14 d dicimbr d 2017 s aprobó, tras rsolvr la algación
Más detallesnúm. 41 viernes, 28 de febrero de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
boltín oficial d la provincia III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2014-01222 SERVICIO DE ASESORAMIENTO JURÍDICO Y URBANÍSTICO A MUNICIPIOS Y ARQUITECTURA El Plno d
Más detallesNúm. 231 Viernes, 2 de diciembre de servicio territorial de industria, comercio y turismo sección de industria y energía
boltín oficial d la provincia cv: BOPBUR-2011-231 sumario II. ADMINISTRACIÓN AuToNÓMICA junta D CASTIllA y lón dlgación trritorial d srvicio trritorial d industria, comrcio y turismo scción d industria
Más detallesCENTRO DE EXCELENCIA MEDICA EN ALTURA. Clave:CEMA-PR-FC-ACON-23 Versión: 0001 Próxima revisión: cada 30 días. Página 1 de 9
Vignt a partir d 16/03/2016. Sustituy a: Ninguno Próxima rvisión: cada 30 días. Página 1 d 9 PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE ATENCION DE CONTINGENCIAS PARA PREVENIR SU IMPACTO EN LA CALIDAD Y
Más detallesnúm. 198 lunes, 19 de octubre de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE
boltín oficial d la provincia III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2015-07281 AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA
Más detallesboletín oficial de la provincia
núm. 136 virns, 21 d julio d 2017 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2017-04191 Órgano d gstión tributaria y d tsorría tsorría El Excmo. Ayuntaminto Plno, n ssión clbrada l
Más detallesnúm. 50 viernes, 13 de marzo de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECCIÓN DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2015-01595 SECCIÓN DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR Oposición para cubrir n propidad una plaza vacant d Técnico d Gstión Económico-Financira
Más detallesnúm. 33 miércoles, 18 de febrero de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS UNIDAD DE CULTURA 9 C.V.E.: BOPBUR-2015-00876 Mdiant acurdo d la Junta d Gobirno númro 9, d fcha 29 d dicimbr d 2014, s aprobó la «Convocatoria
Más detallesboletín oficial de la provincia
núm. 1 marts, 2 d nro d 2018 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE LOS ALTOS AgrupAción d ScrtAríA-intrvnción c.v..: bopbur-2017-07237 324,00 convocatoria y prubas d Slcción para la provisión n régimn
Más detallesConvención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas. aprobada por
1. MATERIA S formulan consultas vinculadas al acogiminto al régimn d importación para umo d un automóvil usado d propidad d un funcionario diplomático xtranjro qu ingrso al país bajo l régimn d admisión
Más detallesnúm. 191 jueves, 9 de octubre de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS ÁREA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y EMERGENCIAS Policía Local
núm. 191 juvs, 9 d octubr d 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2014-06769 ÁREA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y EMERGENCIAS Policía Local D conformidad con lo dispusto n l artículo
Más detallesnúm. 56 lunes, 23 de marzo de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO DE SILOS
núm. 56 luns, 23 d marzo d 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL C.V.E.: BOPBUR-2015-02251 274,00 AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO DE SILOS Bass por las qu s rig la convocatoria pública para la provisión con caráctr
Más detallesnúm. 136 martes, 22 de julio de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL
núm. 136 marts, 22 d julio d 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL C.V.E.: BOPBUR-2014-05044 Bass dl procso slctivo para la constitución d una bolsa d trabajo
Más detallesnúm. 8 martes, 14 de enero de 2014
núm. 8 marts, 14 d nro d 2014 sumario boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2014-008 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA
Más detallesNúm. 189 Viernes, 5 de octubre de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL Ssión ordinaria dl Excmo. Ayuntaminto Plno clbrada l día 21 d sptimbr d 2012 cv: BOPBUR-2012-05433 El Plno d la Corporación aprobó por
Más detallesnúm. 47 martes, 10 de marzo de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE SAN MILLÁN DE LARA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE SAN MILLÁN DE LARA C.V.E.: BOPBUR-2015-01477 Aprobación dfinitiva d la ordnanza rguladora d los aprovchamintos micológicos Al no habrs prsntado rclamacions durant
Más detallesnúm. 117 lunes, 24 de junio de 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BRIVIESCA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BRIVIESCA C.V.E.: BOPBUR-2013-04928 Por acurdo dl Plno dl Ayuntaminto d Brivisca d fcha 29 d mayo d 2013, s adoptó l Acurdo dl tnor litral siguint: Antcdnts d
Más detallesnúm. 247 viernes, 30 de diciembre de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y DE TESORERÍA
núm. 247 virns, 30 d dicimbr d 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2016-07331 14.130,00 ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y DE TESORERÍA El Excmo. Ayuntaminto Plno, n ssión
Más detallesnúm. 242 jueves, 22 de diciembre de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO TRIBUTOS
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO TRIBUTOS C.V.E.: BOPBUR-2016-07141 2.178,00 El Excmo. Ayuntaminto Plno, n ssión xtraordinaria clbrada l día 24 d octubr d 2016, acordó aprobar
Más detallesnúm. 157 jueves, 20 de agosto de 2015 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO
núm. 157 juvs, 20 d agosto d 2015 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO Dircción Gnral d Enrgía y Minas C.V.E.: BOPBUR-2015-05776 Rsolución d la Dircción
Más detallesnúm. 156 martes, 20 de agosto de 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE CARDEÑUELA RIOPICO
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE CARDEÑUELA RIOPICO C.V.E.: BOPBUR-2013-06352 El Excmo. Ayuntaminto Plno d Cardñula Riopico, n ssión clbrada l día 20 d junio d 2013, acordó aprobar provisionalmnt
Más detallesnúm. 35 viernes, 20 de febrero de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS BIENESTAR SOCIAL
núm. 35 virns, 20 d fbrro d 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS BIENESTAR SOCIAL C.V.E.: BOPBUR-2015-00934 Elvado a dfinitivo por no habrs producido rclamacions n l priodo d
Más detallesnúm. 76 miércoles, 22 de abril de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2015-03235 465,00 GERENCIA MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES, JUVENTUD E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Concjalía d Juvntud Mdiant rsolución d la
Más detallesboletín oficial de la provincia
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BELORADO C.V.E.: BOPBUR-2017-03430 Habindo transcurrido l priodo d información pública a qu s rfir l artículo 49 d la Ly 7/85, d 2 d abril, rguladora d las Bass
Más detallesboletín núm. 240 viernes, 22 de diciembre de 2017 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
oficial núm. 240 virns, 22 d dicimbr d 2017 sumario boltín d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2017-240 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS Srvicio d GStión tributaria y rcaudación Acptación
Más detallesboletín oficial de la provincia
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO Scrtaría Gnral Propusta d acurdo al Ilmo. Ayuntaminto Plno. C.V.E.: BOPBUR-2017-02419 Visto qu con fcha 27 d octubr d 2016 l Ayuntaminto Plno acordó
Más detalles... :::::1 o ... EX o =
: o @!!!! EX o o., ::: : : Rctorado Avda. d Elvas s/n. 06071 Badajoz Tl.: 924 289332. Fax: 924 289400 Palacio d La Gnrala Plaza d los Caldrros, 2. 10071 Cácrs Tl.: 927 257007. Fax: 927 257048 INSTRUCCIÓN
Más detallesNúm. 150 Viernes, 10 de agosto de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS
boltín oficial d la provincia III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS cv: BOPBUR-2012-04521 SERVICIO MUNICIPALIZADO DE ACCESIBILIDAD, MOVILIDAD Y TRANSPORTES El Consjo d Administración dl Srvicio
Más detallesnúm. 65 jueves, 3 de abril de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BRIVIESCA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BRIVIESCA C.V.E.: BOPBUR-2014-02192 300,00 Con fcha d 10 d marzo d 2014, la Tsorría Municipal-Ayuntaminto d Brivisca, adoptó dfinitivamnt l siguint acurdo: Acurdo
Más detallesnúm. 245 lunes, 30 de diciembre de 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO TRIBUTOS
núm. 245 luns, 30 d dicimbr d 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO TRIBUTOS C.V.E.: BOPBUR-2013-10025 3.477,00 El Excmo. Ayuntaminto Plno, n ssión xtraordinaria y urgnt clbrada
Más detallesnúm. 246 jueves, 29 de diciembre de 2016
núm. 246 juvs, 29 d dicimbr d 2016 boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2016-246 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA
Más detallesnúm. 222 jueves, 21 de noviembre de 2013 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS
V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES SODEBUR C.V.E.: BOPBUR-2013-08514 SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS Convocatoria pública d la Socidad para l Dsarrollo d la Provincia d Burgos (Sodbur),
Más detallesNúm. 189 Viernes, 5 de octubre de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SECRETARÍA GENERAL Ssión ordinaria dl Excmo. Ayuntaminto Plno clbrada l día 21 d sptimbr d 2012 cv: BOPBUR-2012-05430 El Plno d la Corporación aprobó por
Más detallesnúm. 199 martes, 20 de octubre de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SERVICIO MUNICIPALIZADO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES
núm. 199 marts, 20 d octubr d 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2015-07234 SERVICIO MUNICIPALIZADO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES El Consjo d Administración dl Srvicio d
Más detallesnúm. 59 martes, 29 de marzo de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE FORMACIÓN, EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL
núm. 59 marts, 29 d marzo d 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2016-01817 SERVICIO DE FORMACIÓN, EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL Mdiant acurdo d la Junta d Gobirno
Más detallesnúm. 194 martes, 13 de octubre de 2015 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
núm. 194 marts, 13 d octubr d 2015 sumario boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2015-194 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS INTERVENCIÓN Aprobación d la propusta númro sis
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º.- Hecho imponible. 1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible lo constituye
Más detallesnúm. 234 miércoles, 11 de diciembre de 2013 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS
núm. 234 miércols, 11 d dicimbr d 2013 sumario boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2013-234 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS SECRETARÍA GENERAL Notificacions pndints
Más detallesnúm. 199 miércoles, 19 de octubre de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL JUNTA VECINAL DE HERBOSA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL JUNTA VECINAL DE HERBOSA C.V.E.: BOPBUR-2016-05730 Al no habrs prsntado rclamacions durant l plazo d xposición al público quda automáticamnt lvado a dfinitivo l acurdo provisional
Más detallesCENTRO DE EXCELENCIA MEDICA EN ALTURA. Clave: CEMA-PR-FC-DAS-21 Versión: 0001 Próxima revisión: cada 30 días. Página 1 de 10
Próxima rvisión: cada 30 días. Página 1 d 10 PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE DENUNCIA A LA AUTORIDAD SANITARIA DE TODO HECHO, ACTO U OMISION QUE PRESENTE UN RIESGO O PROVOQUE UN. CONTENIDO 1.
Más detallesNúm. 117 Viernes, 22 de junio de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS cv: BOPBUR-2012-03506 GERENCIA MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES, JUVENTUD E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES El Consjo d Administración d la Grncia Municipal d
Más detallesPROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE DEVOLUCION DE INSUMOS PARA LA SALUD.
Sustituy a: Ninguno Próxima rvisión: cada 30 días. Página 1 d 8 PARA LA SALUD. Contnido 1. Objtivo 2. Rsponsabilidads 3. Dsarrollo dl procso 4. Rfrncias Bibliográficas 5. Anxos Formato 1. Entrga d Faltants.
Más detallesnúm. 110 jueves, 12 de junio de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TOBALINA Presupuesto para el ejercicio de 2014
núm. 110 juvs, 12 d junio d 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TOBALINA Prsupusto para l jrcicio d 2014 C.V.E.: BOPBUR-2014-04050 D conformidad con los artículos 112.3 d la Ly 7/85,
Más detallesnúm. 53 lunes, 18 de marzo de 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL
núm. 53 luns, 18 d marzo d 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL C.V.E.: BOPBUR-2013-01981 Convocatoria pública para accdr al alquilr d dos vivindas d propidad
Más detallesboletín oficial de la provincia
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2017-03751 Srvicio Municipalizado d Movilidad y TranSporTS La Junta Local d Gobirno n ssión ordinaria dl 8 d junio d 2017, adoptó l siguint
Más detallesnúm. 81 martes, 30 de abril de 2013 Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo SECCIÓN DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
núm. 81 marts, 30 d abril d 2013 sumario boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2013-081 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Srvicio Trritorial
Más detallesnúm. 49 viernes, 11 de marzo de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS CONCEJALÍA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR
núm. 49 virns, 11 d marzo d 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2016-01290 CONCEJALÍA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR OPOSICIÓN LIBRE PARA CUBRIR EN PROPIEDAD DOS PLAZAS
Más detallesnúm. 35 viernes, 20 de febrero de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE PERSONAL
núm. 35 virns, 20 d fbrro d 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SERVICIO DE PERSONAL C.V.E.: BOPBUR-2015-01052 Aprobación d la modificación d la rlación d pustos d trabajo d
Más detallesnúm. 189 lunes, 5 de octubre de 2015 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES FUNDACIÓN SOCIAL VALDEPORRES
núm. 189 luns, 5 d octubr d 2015 V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES FUNDACIÓN SOCIAL VALDEPORRES C.V.E.: BOPBUR-2015-06771 Por Rsolución dl Sr. Prsidnt d la Fundación Social Valdporrs, s aprobaron las bass d
Más detallesnúm. 136 martes, 22 de julio de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL C.V.E.: BOPBUR-2014-05043 Bass dl procso slctivo para la constitución d una bolsa d trabajo para la provisión tmporal d plazas
Más detallesboletín oficial de la provincia
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ROA DE DUERO BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA C.V.E.: BOPBUR-2017-00832 Primra. Normas gnrals. Es objto d las prsnts bass la contratación d 1 plaza d Auxiliar
Más detallesNúm. 241 Viernes, 21 de diciembre de 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS GERENCIA MUNICIPAL DE FOMENTO
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS GERENCIA MUNICIPAL DE FOMENTO cv: BOPBUR-2012-07498 1.512,00 El Excmo. Ayuntaminto Plno, n ssión ordinaria clbrada l día 14 d dicimbr d 2012, ha adoptado
Más detallesPROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN RECEPCION Y REGISTRO DE MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD.
Próxima rvisión: cada 30 días. Página 1 d 10 PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN RECEPCION Y REGISTRO DE. Contnido 1. Objtivo 2. Rsponsabilidads 3. Dsarrollo dl procso 4. Rfrncias Bibliográficas Nombr:
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. ARTICULO 1. Fundamento Legal De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
Más detallesnúm. 104 miércoles, 1 de junio de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VILLARCAYO DE MERINDAD DE CASTILLA LA VIEJA
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL C.V.E.: BOPBUR-2016-03329 AYUNTAMIENTO DE VILLARCAYO DE MERINDAD DE CASTILLA LA VIEJA La Junta d Gobirno Local clbrada l 1 d marzo d 2016 aprobó las prsnts bass igualmnt aprobó
Más detallesnúm. 245 miércoles, 28 de diciembre de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
núm. 245 miércols, 28 d dicimbr d 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL C.V.E.: BOPBUR-2016-07185 AGRUPACIÓN DE MUNICIPIOS DE PADILLA DE ARRIBA, GRIJALBA, CASTRILLO DE RIOPISUERGA Y ZARZOSA DE RIOPISUERGA Dcrto
Más detallesnúm. 192 jueves, 8 de octubre de 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SERVICIO DE SANIDAD Y MEDIO AMBIENTE
núm. 192 juvs, 8 d octubr d 2015 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SERVICIO DE SANIDAD Y MEDIO AMBIENTE C.V.E.: BOPBUR-2015-06885 BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES
Más detallesPROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE ACCESO Y RESTRICCIONES DEL PERSONAL EN FARMACIA CEMA
Clav: CEMA-PR-FC-AR-04 Vrsión: 0001 Vignt a partir d 16/03/2016. Sustituy a: Ninguno Próxima rvisión: cada 30 días. Página 1 d 9 PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE ACCESO Y RESTRICCIONES DEL PERSONAL
Más detallesnúm. 51 martes, 15 de marzo de 2016 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS
boltín oficial d la provincia III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2016-01360 GERENCIA MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES, JUVENTUD E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Bass para rgular
Más detallesnúm. 23 martes, 4 de febrero de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO NEGOCIADO DE URBANISMO
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO NEGOCIADO DE URBANISMO C.V.E.: BOPBUR-2014-00451 El Plno d la Corporación, n ssión d fcha 5 d dicimbr d 2013, aprobó dfinitivamnt la ordnanza municipal
Más detallesboletín oficial de la provincia
núm. 60 marts, 28 d marzo d 2017 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO ConCjalía d juvntud C.V.E.: BOPBUR-2017-01653 420,00 Advrtidos rrors n l txto dl anuncio publicado n l Boltín
Más detallesnúm. 178 lunes, 22 de septiembre de 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL
núm. 178 luns, 22 d sptimbr d 2014 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO SECRETARÍA GENERAL C.V.E.: BOPBUR-2014-06279 ORDENANZA DE SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO
Más detallesnúm. 19 viernes, 29 de enero de 2016
núm. 19 virns, 29 d nro d 2016 sumario boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2016-019 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Srvicio Trritorial d
Más detallesboletín oficial de la provincia
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS c.v..: BopBur-2017-04078 ConCjalía d Prsonal y régimn intrior Bass dl procso slctivo para la constitución d una Bolsa d trabajo para la provisión tmporal
Más detallesboletín núm. 97 jueves, 25 de mayo de 2017
oficial núm. 97 juvs, 25 d mayo d 2017 sumario boltín d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2017-097 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Dlgación TrriTorial D Burgos srvicio Trritorial d Mdio
Más detallesNúm. 181 Martes, 25 de septiembre de 2012 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS
BURGOS 1. Txto convnio colctivo 2012-2016. 2. Calndario laboral 2013. 3. Rvisión salarial 2013. 4. Calndario laboral 2014. 5. Calndario laboral 2015. 6. Rvisión salarial 2015. 7. Calndario laboral 2016.
Más detallesboletín núm. 78 miércoles, 26 de abril de 2017 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
oficial núm. 78 miércols, 26 d abril d 2017 sumario boltín d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2017-078 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE ConfdraCión
Más detallesnúm. 9 jueves, 15 de enero de 2015 Ampliación del coto de caza BU de Merindad de Sotoscueva (Burgos) 5
núm. 9 juvs, 15 d nro d 2015 sumario boltín oficial d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2015-009 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Srvicio Trritorial d Mdio
Más detallesPROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE VENTA O SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD
Página 1 d 8 PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE OPERACIÓN DE VENTA O SUMINISTRO DE CONTENIDO 1. Objtivo 2. Rsponsabilidads 3. Dsarrollo dl procso 4. Rfrncias Bibliográficas 5. Anxos Anxo 1. Diagrama d Flujo
Más detallesboletín núm. 159 viernes, 25 de agosto de 2017 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS
oficial núm. 159 virns, 25 d agosto d 2017 sumario boltín d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2017-159 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS DpnDncia D industria y nrgía Información
Más detallesNúm. 126 Viernes, 6 de julio de 2012
Núm. 126 Virns, 6 d julio d 2012 sumario boltín oficial d la provincia cv: BOPBUR-2012-126 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA
Más detallesboletín oficial de la provincia
boltín oficial d la provincia III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2017-03794 Srvicio Municipalizado d Movilidad y TranSporTS Al Consjo d Administración Visto l artículo 55 y
Más detallesnúm. 19 martes, 29 de enero de 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE MENA
núm. 19 marts, 29 d nro d 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE MENA C.V.E.: BOPBUR-2013-00338 Convocatoria y bass rguladoras d la concsión d ayudas individuals a prsonas mayors o con
Más detallesMEDICAMENTOS Y DEMAS INSUMOS PARA LA SALUD
Clav: CEMA-PR-FC-MCMI-16 Vrsión: 0001 Sustituy a: Ninguno Próxima rvisión: cada 30 días. Página 1 d 9 Contnido 1. Objtivo 2. Alcanc 3. Rsponsabilidads 4. Dsarrollo dl procso 5. Rfrncias Bibliográficas
Más detallesboletín núm. 237 martes, 19 de diciembre de 2017 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
oficial sumario boltín d la provincia C.V.E.: BOPBUR-2017-237 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS IntrvncIón Aprobación inicial dl prsupusto gnral para l jrcicio d 2018 5 AYUNTAMIENTO DE BURGOS GrncIa MunIcIpal
Más detalles