TERCERIZACIÓN EN LOS FIDEICOMISOS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "TERCERIZACIÓN EN LOS FIDEICOMISOS"

Transcripción

1 TERCERIZACIÓN EN LOS FIDEICOMISOS Cuestiones previas.- Fideicomisos financieros. Es posible tercerizar? La ley Otras experiencias. Evolución en Uruguay de los fideicomisos. La normativa dictada por el Banco Central. Algunas reflexiones.

2 Es posible tercerizar?normativa Artículo 1º. (Definición).- El fideicomiso es el negocio jurídico por medio del cual se constituye la propiedad fiduciaria de un conjunto de derechos de propiedad u otros derechos reales o personales que son transmitidos por el fideicomitente al fiduciario para que los administre o ejerza de conformidad con las instrucciones contenidas en el fideicomiso, en beneficio de una persona (beneficiario), que es designada en el mismo, y la restituya al cumplimiento del plazo o condición al fideicomitente o la transmita al beneficiario.

3 Es posible tercerizar?- Normativa Artículo 14. (Sustitución).- En el instrumento de fideicomiso, el fideicomitente podrá designar uno o más sustitutos para que reemplacen al fiduciario que no acepte o cese en sus funciones. Podrá también reservarse el fideicomitente, en dicho negocio, esta facultad de sustitución para ser ejercida en cualquier momento. Artículo 15. (Acciones).- El fiduciario está obligado a ejercer todas las acciones que correspondan para la defensa de los bienes fideicomitidos, tanto contra terceros como contra el beneficiario. El Juez podrá autorizar al fideicomitente o al beneficiario a ejercer acciones en sustitución del fiduciario, cuando éste no lo hiciere en violación de sus obligaciones.

4 Es posible tercerizar?- Normativa Artículo 16. (Responsabilidad interna).- El fiduciario deberá desarrollar sus cometidos y cumplir las obligaciones impuestas por la ley y el negocio de fideicomiso, con la prudencia y diligencia del buen hombre de negocios que actúa sobre la base de la confianza depositada en él. Si faltare a sus obligaciones será responsable frente al fideicomitente y al beneficiario, por los daños y perjuicios que resultaren de su acción u omisión. En ningún caso podrá exonerarse de responsabilidad al fiduciario por los daños provocados por su dolo o culpa grave, así como por aquellos causados por el de sus dependientes.

5 Es posible tercerizar?- Normativa Artículo 16. (Responsabilidad interna).- El fiduciario deberá desarrollar sus cometidos y cumplir las obligaciones impuestas por la ley y el negocio de fideicomiso, con la prudencia y diligencia del buen hombre de negocios que actúa sobre la base de la confianza depositada en él. Si faltare a sus obligaciones será responsable frente al fideicomitente y al beneficiario, por los daños y perjuicios que resultaren de su acción u omisión. En ningún caso podrá exonerarse de responsabilidad al fiduciario por los daños provocados por su dolo o culpa grave, así como por aquellos causados por el de sus dependientes.

6 OTRAS EXPERIENCIAS Legislación, opinión doctrinaria: ARGENTINA VENEZUELA MÉXICO

7 Evolución de los fideicomisos financieros en Uruguay. Transferencia de créditos para lograr sanear un emprendimiento viable (BROU- BHU- IAMC-FONASA) Protección de transferencias para actividades (Transporte colectivo-urbano, Suburbano- Fondos Lechero, arrocero). Economía real : bosques- construcción.

8 Economía real Negocio en el que no es especialista: Posibles opciones: -Contratar personal especialista. - Contratar con el operador :Tercerización El fiduciario como un títere?

9 Normativa en materia de tercerizaciones, Artículo 2 Ley 17613: Artículo 2º. (Tercerización de servicios por entidades controladas).- Requerirá autorización del Banco Central del Uruguay la contratación por las entidades sometidas a su control de la prestación en su favor por terceros de servicios de tal modo inherentes a su giro que, cuando son cumplidos por dependencias de la propia entidad, están sometidos a las potestades normativas y control del Banco Central del Uruguay. El Banco Central del Uruguay podrá enumerar reglamentariamente, en forma taxativa, servicios comprendidos en esta previsión. Las empresas que presten tales servicios estarán sometidas, en cuanto a esas actividades, a las mismas normas que las rigen cuando son cumplidas por las entidades controladas por el Banco Central del Uruguay, exceptuando las de carácter sancionatorio.

10 Normativa en materia de tercerizaciones, Artículo 106. RNMV (redacción anterior) Circular 2110-Resolución del ARTÍCULO 106 (PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR TERCEROS). A efectos de dar cumplimiento al servicio ofrecido, el Fiduciario podrá subcontratar con terceros la prestación de los servicios de administración y/o custodia de los bienes fideicomitidos, manteniendo el Fiduciario la responsabilidad por la gestión del subcontratante. En todos los casos, el contrato de prestación de servicios deberá especificar el alcance de la responsabilidad de la persona o institución subcontratada. En el momento de solicitar la inscripción, el Fiduciario deberá presentar el original o testimonio notarial de los contratos firmados con terceros para la prestación de los servicios señalados, acompañado de información suficiente que acredite la solvencia patrimonial y técnica de los terceros subcontratados, o declaración jurada en la que se indique que a dicho momento no se efectuarán tales contrataciones. En este último caso, si posteriormente realizan algún contrato de prestación de servicios el Fiduciario deberá presentar el original o testimonio notarial de dichos contratos, acompañado de información suficiente que acredite la solvencia patrimonial y técnica de los terceros subcontratados, dentro de los diez días hábiles siguientes de efectuada la respectiva contratación. En los casos de inscripción de Fideicomisos Financieros de oferta privada no se requerirá la acreditación de la solvencia patrimonial y técnica.

11 Normativa en materia de tercerizaciones, Artículo 106. RNMV (redacción anterior) Circular Resolución del ARTICULO 106 (TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS). Los fiduciarios deberán solicitar la autorización previa de la Superintendencia de Servicios Financieros para la contratación de terceros para la prestación en su favor de aquellos servicios inherentes a su giro que, cuando son cumplidos por sus propias dependencias, se encuentran sometidos a las potestades de regulación y control de la referida Superintendencia. A tales efectos, el fiduciario deberá presentar el texto del contrato de servicios a ser suscripto, acompañado de información suficiente que acredite la solvencia patrimonial y técnica de los terceros subcontratados. En los casos de tercerización de servicios para fideicomisos financieros de oferta privada, no se requerirá la acreditación de la solvencia patrimonial y técnica. El contrato de prestación de servicios deberá especificar el alcance de la responsabilidad de la persona o institución subcontratada. Las empresas que presten tales servicios estarán sometidas, en cuanto a esas actividades, a las mismas normas que las que rigen cuando son cumplidas por las entidades controladas, con excepción de aquéllas de carácter sancionatorio.

12 Normativa en materia de tercerizaciones, Artículo 106. RNMV (REDACCION VIGENTE) Circular Resolución del ARTÍCULO 106 (TERCERIZACION DE SERVICIOS). Los fiduciarios financieros deberán solicitar la autorización previa de la Superintendencia de Servicios Financieros a efectos de la contratación de terceros para la prestación en su favor de aquellos servicios inherentes a su giro que, cuando son cumplidos por sus propias dependencias, se encuentran sometidos a las potestades de regulación y control de la referida Superintendencia. Se considerarán servicios inherentes al giro aquellas actividades que hayan sido asignadas al fiduciario por ley, reglamentación o por el contrato de fideicomiso. No se podrá tercerizar la disposición de los fondos y demás activos que integran el patrimonio fiduciario. El fiduciario deberá presentar el texto del contrato de servicios a ser suscripto, acompañado de información suficiente que acredite la solvencia patrimonial y técnica de los terceros subcontratados. El contrato de prestación de servicios deberá especificar el alcance de la responsabilidad de la persona o institución subcontratada. Cuando se trate de la tercerización de servicios asignados al fiduciario por el contrato de fideicomiso, deberá presentarse -además- el citado contrato.

13 Normativa en materia de tercerizaciones, Artículo 106. RNMV (REDACCIÓN VIGENTE) Circular Resolución del (continuación) No será necesario presentar la referida información cuando se trate de tercerizaciones vinculadas a fideicomisos financieros de oferta privada. En estos casos, los fiduciarios deberán obtener la constancia a que refiere el artículo 108 y posteriormente recabar la aceptación de los beneficiarios. Culminado dicho trámite, se considerará autorizada la tercerización. La tercerización no implica en ningún caso exención o limitación de la responsabilidad que la ley o el respectivo contrato de fideicomiso impongan al fiduciario por el incumplimiento de sus obligaciones. Si transcurridos 30 (treinta) días corridos de la presentación de la solicitud la Superintendencia de Servicios Financieros no formula observaciones, se considerará otorgada la autorización para la tercerización de servicios. Cuando se trate de tercerizaciones vinculadas a fideicomisos financieros de oferta pública, una vez obtenida la referida autorización los fiduciarios podrán iniciar el trámite para obtener la constancia a que refiere el artículo 108 y para la inscripción de los valores. El fiduciario deberá verificar que se mantienen las condiciones sobre cuya base se otorgó la autorización, incluyendo la solvencia patrimonial y técnica del tercero subcontratado. Todo cambio posterior en las cláusulas del contrato o a las condiciones sobre cuya base se otorgó la autorización original, deberá ser objeto de una nueva solicitud. Las empresas que presten tales servicios estarán sometidas, en cuanto a esas actividades, a las mismas normas que las que rigen cuando son cumplidas por las entidades controladas, con excepción de aquéllas de carácter sancionatorio.

14 Regulación de las tercerizaciones

15 La aplicación! Por fin la obra terminada: La tercerización admitida, regulada y debidamente prohibido lo inadmisible.

16 Mi sombrero?- Inherentes al giro

17 Los servicios inherentes al giro - (mi serpiente boa) Los fiduciarios financieros deberán solicitar la autorización previa de la Superintendencia de Servicios Financieros a efectos de la contratación de terceros para la prestación en su favor de aquellos servicios inherentes a su giro que, cuando son cumplidos por sus propias dependencias, se encuentran sometidos a las potestades de regulación y control de la referida Superintendencia. Se considerarán servicios inherentes al giro aquellas actividades que hayan sido asignadas al fiduciario por ley, reglamentación o por el contrato de fideicomiso.

18 Algunas reflexiones Responsabilidad Quién responde? Existirá más de una caída? Inversores institucionales: especialistas.

19 Algunas reflexiones - La tercerización no implica en ningún caso exención o limitación de la responsabilidad que la ley o el respectivo contrato de fideicomiso impongan al fiduciario por el incumplimiento de sus obligaciones. - Exención por culpa grave, dolo. - Buen hombre de negocios que actúa bajo la confianza depositada en él. - Culpa in vigilando in eligendo?

20 MUCHAS GRACIAS

C I R C U L A R N 2.244

C I R C U L A R N 2.244 Montevideo, 30 de diciembre de 2015 C I R C U L A R N 2.244 Ref: RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO - Tercerización de Servicios y tercerización de procedimientos de

Más detalles

TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS Y TERCERIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA.

TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS Y TERCERIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA. TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS Y TERCERIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA. Con fecha 30 de Diciembre 2015, el Banco Central del Uruguay emitió la Circular N 2244, introduciendo modificaciones

Más detalles

PROYECTO NORMATIVO RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I AUTORIZACIONES Y REGISTROS

PROYECTO NORMATIVO RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I AUTORIZACIONES Y REGISTROS PROYECTO NORMATIVO RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I AUTORIZACIONES Y REGISTROS TÍTULO I - INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA CAPÍTULO VI BIS TERCERIZACIÓN

Más detalles

LOCALES Y HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO - TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS Y TERCERIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA.

LOCALES Y HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO - TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS Y TERCERIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA. LOCALES Y HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO - TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS Y TERCERIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA. Con fecha 30 de Diciembre 2015, el Banco Central del Uruguay emitió la

Más detalles

C I R C U L A R N 2.245

C I R C U L A R N 2.245 Montevideo, 30 de diciembre de 2015 C I R C U L A R N 2.245 Ref: RECOPILACIÓN DE NORMAS DEL MERCADO DE VALORES - Locales y horarios de atención al público, tercerización de servicios y tercerización de

Más detalles

C I R C U L A R N 2.216

C I R C U L A R N 2.216 Montevideo, 26 de Enero de 2015 C I R C U L A R N 2.216 Ref: MERCADO DE VALORES - Autorización para la contratación, cancelación del Registro y régimen sancionatorio de los auditores externos y profesionales

Más detalles

NUEVAS NORMAS DEL BCU. Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia

NUEVAS NORMAS DEL BCU. Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia Enero 2016 NUEVAS NORMAS DEL BCU Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia - Debida Diligencia de Clientes La Circular prohíbe a

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A. P á g i n a 1 PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA Por medio del presente documento se establece el procedimiento a seguir por la Bolsa Boliviana

Más detalles

PLURALIDAD DE FIDUCIARIOS RESPONSABILIDAD Y RENUNCIA, REMOCIÓN N Y REVOCACIÓN N DEL FIDUCIARIO

PLURALIDAD DE FIDUCIARIOS RESPONSABILIDAD Y RENUNCIA, REMOCIÓN N Y REVOCACIÓN N DEL FIDUCIARIO PLURALIDAD DE FIDUCIARIOS RESPONSABILIDAD Y RENDICIÓN N DE CUENTAS RENUNCIA, REMOCIÓN N Y REVOCACIÓN N DEL FIDUCIARIO Nasly Ustáriz Forero República Dominicana, 2010 CONTENIDO I. Nociones Introductorias.

Más detalles

C I R C U L A R N 2.100

C I R C U L A R N 2.100 Montevideo, 30 de Diciembre de 2011 C I R C U L A R N 2.100 Ref: ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE AHORRO PREVISIONAL - Modificación de la normativa contenida Recopilación de Normas de Control de Fondos Previsionales.

Más detalles

Los términos a los que deben ajustarse las entidades aseguradoras peticionarias de Certificación, se señalan en la presente Resolución.

Los términos a los que deben ajustarse las entidades aseguradoras peticionarias de Certificación, se señalan en la presente Resolución. RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 343 La Paz, 13 de Julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N 25819 de fecha 21 de junio de 2000, publicado el 7 de julio de 2000, dispone que la Superintendencia

Más detalles

Dr. José Luis Vera Izeta. Director del Departamento Jurídico de Gobiernos Departamentales del Tribunal de Cuentas.

Dr. José Luis Vera Izeta. Director del Departamento Jurídico de Gobiernos Departamentales del Tribunal de Cuentas. XXIV SEMINARIO NACIONAL DE ASUCYP Dr. José Luis Vera Izeta Director del Departamento Jurídico de Gobiernos Departamentales del Tribunal de Cuentas. FIDEICOMISO PÚBLICO Con especial referencia a los Gobiernos

Más detalles

FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS. -Última comunicación incorporada: A 6305-

FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS. -Última comunicación incorporada: A 6305- FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES -Última comunicación incorporada: A 6305- Texto ordenado al 25/08/2017 TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE -Índice- Sección 1. Alcance. Sección

Más detalles

Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Disposición N 13/2016. Registración de los contratos de fideicomiso y sus modificaciones.

Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Disposición N 13/2016. Registración de los contratos de fideicomiso y sus modificaciones. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS Disposición N 13/2016 Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Disposición N 13/2016. Registración de los contratos de fideicomiso y sus modificaciones. Buenos

Más detalles

POSIBILIDADES DE ACTUACION QUE TIENE UN FIDUCIARIO

POSIBILIDADES DE ACTUACION QUE TIENE UN FIDUCIARIO POSIBILIDADES DE ACTUACION QUE TIENE UN FIDUCIARIO Brahny Tejada Kelvin Soto Leonardo Gautreaux 1 de Abril, 2016 Profesor: Leonardo Ascenzi TEMA Caso Venezuela Caso Argentina Caso República Dominicana

Más detalles

CARTILLA NEGOCIOS FIDUCIARIOS

CARTILLA NEGOCIOS FIDUCIARIOS CARTILLA NEGOCIOS FIDUCIARIOS Qué es una Sociedad Fiduciaria? Las Sociedades Fiduciarias pertenecen al sector financiero y se ubican dentro de las llamadas Sociedades de Servicios Financieros, sometidas

Más detalles

ACUERDO No.6-00 de 19 de mayo del 2000, (modificado por Acuerdo No de 28 de agosto del 2000) ANEXO

ACUERDO No.6-00 de 19 de mayo del 2000, (modificado por Acuerdo No de 28 de agosto del 2000) ANEXO ACUERDO No.6-00 de 19 de mayo del 2000, (modificado por Acuerdo No. 15-00 de 28 de agosto del 2000) ANEXO FORMULARIO F-1 Información sobre Contrato de Fideicomiso Instrucciones: Este formulario debe ser

Más detalles

Resolución Normativa N 20/2017

Resolución Normativa N 20/2017 Provincia de Buenos Aires AGENCIA DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Resolución Normativa N 20/2017 B.O. de la Provincia de Buenos Aire del 27/04/2017 La Plata, 17 de abril de 2017. VISTO que por el expediente

Más detalles

INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO LICITACION ABREVIADA Nº../2012 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES

INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO LICITACION ABREVIADA Nº../2012 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES OBJETO INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO LICITACION ABREVIADA Nº../2012 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 1). La Intendencia Departamental de Maldonado, en adelante "la Intendencia" llama a Licitación

Más detalles

Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS. Disposición Normativa Serie B Nº 16/07 (1) D.P.R

Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS. Disposición Normativa Serie B Nº 16/07 (1) D.P.R Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS Disposición Normativa Serie B Nº 16/07 (1) D.P.R. - 379 Ref.: Impuesto Inmobiliario. Escribanos públicos: Operaciones sobre inmuebles. Certificación

Más detalles

RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO CONTRATACIÓN DE CORRESPONSALES FINANCIEROS

RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO CONTRATACIÓN DE CORRESPONSALES FINANCIEROS RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO CONTRATACIÓN DE CORRESPONSALES FINANCIEROS ARTÍCULO X1 (CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CORRESPONSALÍA) Las instituciones de intermediación

Más detalles

CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL INVERSOR - SERVICIOS FIDUCIARIOS.

CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL INVERSOR - SERVICIOS FIDUCIARIOS. CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL INVERSOR - SERVICIOS FIDUCIARIOS. Artículo 1: Alcance. Lo dispuesto en el presente capítulo será de aplicación en los casos en que el Banco de Servicios y Transacciones S.A. se

Más detalles

NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº

NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº REF. : ESTABLECE NORMAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS DE AUDITORÍA EXTERNA, SOCIEDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DEMÁS ENTIDADES PARA CUMPLIR LA LABOR DE CERTIFICACIÓN DE MODELOS DE PREVENCIÓN DE DELITOS

Más detalles

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública 1. Denominación del fideicomiso de a inscribir en el Registro: 2. Fiduciario de fideicomisos de : b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): e) Capital suscrito f) Capital Autorizado

Más detalles

Gobierno de la Provincia de Córdoba. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas

Gobierno de la Provincia de Córdoba. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas Gobierno de la Provincia de Córdoba Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas Córdoba, 1 de febrero de 2.017 VISTO: La Resolución General N 45/2016,

Más detalles

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado al: 27/11/2015 Regulaciones para el Traspaso de Bienes en Fideicomiso No. 037-11 REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Más detalles

Registro del contrato de fideicomiso - Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

Registro del contrato de fideicomiso - Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Registro del contrato de fideicomiso - Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Por Ignacio Abate Moreno Banco de la Nación Argentina El Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCyC

Más detalles

Registro de fideicomisos y fiduciarios. Decreto 516 de 2003

Registro de fideicomisos y fiduciarios. Decreto 516 de 2003 Registro de fideicomisos y fiduciarios Decreto 516 de 2003 Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, VISTO: lo dispuesto por la Ley 17.703, de 15 de octubre de 2003, por la que se regula el negocio

Más detalles

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social BUENOS AIRES, 11 de marzo de 2009 VISTO, que la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas reunida en la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, en

Más detalles

CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO FONDO DE INVERSION COLECTIVO ABIERTO RENDIR

CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO FONDO DE INVERSION COLECTIVO ABIERTO RENDIR CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO FONDO DE INVERSION COLECTIVO ABIERTO RENDIR ENTRE LOS FIRMANTES EN ESTE DOCUMENTO, EN SUS CALIDADES DE FIDEICOMITENTE (S) INVERSIONISTA (S) Y FIDUCIARIO, SE HA CELERADO UN

Más detalles

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm).

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm). INFORME N. 005-2017-SUNAT/5D0000 En relación con la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría que es efectuada por los contribuyentes dentro del plazo de prescripción, se consulta lo siguiente:

Más detalles

C I R C U L A R N 2.204

C I R C U L A R N 2.204 Montevideo, 29 de Octubre de 2014 C I R C U L A R N 2.204 Ref: REGLAMENTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE VALORES Y DE LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO Y CUSTODIA

Más detalles

DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR PODERES NACIONALES Y SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR PODERES NACIONALES Y SEGURIDAD PÚBLICA DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR PODERES NACIONALES Y SEGURIDAD PÚBLICA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA (TSJ)-UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA (UAI) ESTRUCTURA ORGANIZATIVA La Unidad de Auditoría Interna (UAI)

Más detalles

Informe 3/2012, de 28 de marzo, sobre comprobación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Informe 3/2012, de 28 de marzo, sobre comprobación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. Sc. Comisión Consultiva GK/. Informe 3/2012, de 28 de marzo, sobre comprobación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. I.- ANTECEDENTES El Secretario General Técnico de la Consejería

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS DE BOLIVIA

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS DE BOLIVIA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS DE BOLIVIA RECOPILACIÓN DE NORMAS PARA BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS CAPÍTULO V: REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE CONSULTORES Artículo 1 - Objeto.- El

Más detalles

ACUERDO 009 DE 2010 (Acta 07 del 25 de mayo) Por el cual se crea el FONDO PENSIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

ACUERDO 009 DE 2010 (Acta 07 del 25 de mayo) Por el cual se crea el FONDO PENSIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ACUERDO 009 DE 2010 (Acta 07 del 25 de mayo) Por el cual se crea el FONDO PENSIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO en ejercicio de sus

Más detalles

VISTO lo establecido en los incisos i) y n) del Artículo 7º del Estatuto de este Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca; y

VISTO lo establecido en los incisos i) y n) del Artículo 7º del Estatuto de este Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca; y BAHIA BLANCA, Agosto de 1994 RESOLUCION Nº 09-CGPBB-94 VISTO lo establecido en los incisos i) y n) del Artículo 7º del Estatuto de este Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca; y C O N S I D E

Más detalles

TIPO IMPOSITIVO EFECTIVO DEVOLUCION DEL IMPUESTO A LA RENTA Resolución del SRI 121 Registro Oficial Suplemento 953 de 01-mar-2017

TIPO IMPOSITIVO EFECTIVO DEVOLUCION DEL IMPUESTO A LA RENTA Resolución del SRI 121 Registro Oficial Suplemento 953 de 01-mar-2017 TIPO IMPOSITIVO EFECTIVO DEVOLUCION DEL IMPUESTO A LA RENTA Resolución del SRI 121 Registro Oficial Suplemento 953 de 01-mar-2017 No. NAC-DGERCGC17-00000121 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Más detalles

INSTITUTO AUTÓNOMO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DEL ESTADO TÁCHIRA (FUNDESTA)

INSTITUTO AUTÓNOMO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DEL ESTADO TÁCHIRA (FUNDESTA) 1 INSTITUTO AUTÓNOMO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DEL ESTADO TÁCHIRA () INFORME DEFINITIVO Nº 2-40-15 Características Generales del Ente Auditado Inicialmente el instituto, fue creado mediante

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Resolución Conjunta 40351/2017 y 376/2017 Buenos Aires, 28/03/2017 VISTO el Expediente N 118.885/15 del Registro de la

Más detalles

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 23/2009 -PARTE PERTINENTE-

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 23/2009 -PARTE PERTINENTE- RESOLUCIÓN GENERAL Nº 23/2009 Emisión: 4/2/2009 BO (Tucumán): 6/2/2009 Artículo 1º.- A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 1531/3 (MH)-1997, los contribuyentes

Más detalles

Debe haber transferencia desde el exterior hacia Chile de los capitales extranjeros o activos de un inversionista extranjero o controlado por éste.

Debe haber transferencia desde el exterior hacia Chile de los capitales extranjeros o activos de un inversionista extranjero o controlado por éste. NUEVO REGIMEN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA, LEY 20.848 l. La Ley 20.780, de 29 de septiembre de 2014 derogó, en su artículo 9 1, el DL 600 de 1974, estatuto de la inversión extranjera. La referida

Más detalles

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 2007 - Año de la Seguridad Vial BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN B 9063 Ref.: "Gestión crediticia". Actualización. Nos dirigimos a Uds. para informarles

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS 193 y 145 Caracas, 15 de marzo de 2004 RESOLUCIÓN N 1.534 De conformidad con lo establecido en los numerales 1, 3 del artículo 8 del Decreto sobre

Más detalles

BANCO PATAGONIA S.A. CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL INVERSOR. en Fideicomisos Financieros con Oferta Pública

BANCO PATAGONIA S.A. CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL INVERSOR. en Fideicomisos Financieros con Oferta Pública BANCO PATAGONIA S.A. CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL INVERSOR en Fideicomisos Financieros con Oferta Pública Alcance: Lo dispuesto en el presente capítulo será de aplicación en los casos en que Banco Patagonia

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISION DE ADMINISTRACION DE DIVISAS (CADIVI) PROVIDENCIA Nº 049 Caracas, 03 de Diciembre de 2003.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISION DE ADMINISTRACION DE DIVISAS (CADIVI) PROVIDENCIA Nº 049 Caracas, 03 de Diciembre de 2003. AÑO CXXXI - MES II Caracas, 03 de Diciembre de 2003 G.O. Número 37.831 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISION DE ADMINISTRACION DE DIVISAS (CADIVI) PROVIDENCIA Nº 049 Caracas, 03 de Diciembre de 2003

Más detalles

REAL DECRETO 256/2012, DE 27 DE ENERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

REAL DECRETO 256/2012, DE 27 DE ENERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Pág. 1 de 5 REAL DECRETO 256/2012, DE 27 DE ENERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (BOE de 28 de enero de 2012) -TEXTO PARCIAL-

Más detalles

Extracto Arts. 19 al 21 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y Arts. 37 al 43 Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno

Extracto Arts. 19 al 21 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y Arts. 37 al 43 Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno Extracto Arts. 19 al 21 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y Arts. 37 al 43 Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno Impuesto a la Renta LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO

Más detalles

Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1.

Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1. Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1. Cuál es el salario mínimo legal aplicable para el valor asegurado

Más detalles

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de Septiembre de 2015

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de Septiembre de 2015 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de Septiembre de 2015 Ref.: Reforma del Código Civil y Comercial de la Nación ( CCCN ) - Su impacto en el instituto fiduciario y sus nuevos requisitos registrales. De

Más detalles

Montevideo, 15 de agosto de 2000 C O M U N I C A C I O N N 2000/93

Montevideo, 15 de agosto de 2000 C O M U N I C A C I O N N 2000/93 Montevideo, 15 de agosto de 2000 C O M U N I C A C I O N N 2000/93 Ref: CASAS DE CAMBIO - Instrucciones para requerir autorización para funcionar y para la apertura de dependencias (Artículos 418 y 419.1

Más detalles

del Sector Público Nacional Nº y sus modificaciones, y

del Sector Público Nacional Nº y sus modificaciones, y BUENOS AIRES, 29 de Junio de 2016 VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO: Que el inciso f) del

Más detalles

Unidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero

Unidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero Título de la política, procedimiento o manual Política para la elección de entidades de custodia de valores extranjeros Nombre de fondo de inversión N/A Unidad responsable del documento Gerencia de Control

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR USUARIOS DEL MÓDULO CERTIFICADOR A NUEVOS INSPECTORES

PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR USUARIOS DEL MÓDULO CERTIFICADOR A NUEVOS INSPECTORES PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR USUARIOS DEL MÓDULO CERTIFICADOR A NUEVOS INSPECTORES I) ANTECEDENTES: 1.1. Mediante D.S. N 006-2005-EM, del 4 de febrero de 2005, se aprobó el Reglamento para la instalación

Más detalles

Licitación Abreviada Nº 04/2014

Licitación Abreviada Nº 04/2014 Licitación Abreviada Nº 04/2014 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES 1) OBJETO: La Junta Departamental de Maldonado, llama a Licitación Abreviada para el suministro de alimentos conforme a las especificaciones

Más detalles

En la fiducia intervienen tres partes: Fideicomitente, Fiduciario, Beneficiario.

En la fiducia intervienen tres partes: Fideicomitente, Fiduciario, Beneficiario. 1. Qué es fiducia? Figura mediante la cual una persona natural o jurídica (llamada fideicomitente o constituyente), entrega a una sociedad fiduciaria uno o más bienes concretos, despojándose o no de su

Más detalles

LEY DE MERCADO DE VALORES (Fuente Lexis S.A.)

LEY DE MERCADO DE VALORES (Fuente Lexis S.A.) Art. 194.- Del concepto. LEY DE MERCADO DE VALORES (Fuente Lexis S.A.) TITULO XXI DE LA AUDITORIA EXTERNA Se entenderá por auditoría externa la actividad que realicen personas jurídicas, que, especializadas

Más detalles

INDICE Capítulo 1 - La actividad financiera Capítulo 2 - Antecedentes Capítulo 3 - El Banco Central de la República Argentina

INDICE Capítulo 1 - La actividad financiera Capítulo 2 - Antecedentes Capítulo 3 - El Banco Central de la República Argentina INDICE Prólogo Capítulo 1 - La actividad financiera B. La actividad bancaria. C. La banca. D. Objeto de la banca. E. Derecho bancario. Capítulo 2 - Antecedentes B. Edad Antigua. C. Edad Media y Moderna.

Más detalles

NUEVA LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES N PREGUNTAS FRECUENTES

NUEVA LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES N PREGUNTAS FRECUENTES NUEVA LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES N 26.360 PREGUNTAS FRECUENTES 1- QUÉ BENEFICIOS OTORGA LA LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES? Los sujetos que resulten alcanzados por el régimen podrán obtener la devolución

Más detalles

INTENDENCIA DE MALDONADO LICITACION ABREVIADA Nº 35 / 2017 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES OBJETO

INTENDENCIA DE MALDONADO LICITACION ABREVIADA Nº 35 / 2017 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES OBJETO INTENDENCIA DE MALDONADO LICITACION ABREVIADA Nº 35 / 2017 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES OBJETO 1). La Intendencia de Maldonado, en adelante "la Intendencia" llama a Licitación Abreviada para la enajenación

Más detalles

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE TIERRAS RURALES

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE TIERRAS RURALES MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE TIERRAS RURALES Disposición 3-E/2017 Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2017 VISTO el Expediente N EX-2016-00444855-APN-DDMIP#MJ

Más detalles

CUENTAS DE CORRESPONSALÍA

CUENTAS DE CORRESPONSALÍA CUENTAS DE CORRESPONSALÍA -Última comunicación incorporada: A 5 - Texto ordenado al / /20 TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE CUENTAS DE CORRESPONSALÍA - Índice - Sección 1. Prestación del servicio de corresponsalía

Más detalles

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de Servicios Públicos deberán utilizarse los siguientes códigos: 17 Liquidación de Servicios Públicos

Más detalles

INDICE. Dedicatoria 7 Agradecimiento 9 Prólogo a la Primera Edición 11 Liminar 19 Capitulo I.

INDICE. Dedicatoria 7 Agradecimiento 9 Prólogo a la Primera Edición 11 Liminar 19 Capitulo I. INDICE Dedicatoria 7 Agradecimiento 9 Prólogo a la Primera Edición 11 Liminar 19 Capitulo I. 21 El Fideicomiso en el Derecho Romano I.1. El Fideicomiso romano 21 I.2. La fiducia 24 I.3. La fiducia romana

Más detalles

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSÁTILES PARA EMPRESAS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y DE SERVICIOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIAS

Más detalles

CIRCULAR Nº 357. Al respecto, el Directorio de la Bolsa, en cumplimiento de lo dispuesto por la NCG 380, acordó lo siguiente:

CIRCULAR Nº 357. Al respecto, el Directorio de la Bolsa, en cumplimiento de lo dispuesto por la NCG 380, acordó lo siguiente: CIRCULAR Nº 357 Santiago, 12 de noviembre de 2015 El Directorio de la Bolsa de Productos de Chile, Bolsa de Productos Agropecuarios S.A. (la Bolsa ), en virtud de lo dispuestos en los artículos 2 y 11

Más detalles

REGISTRO DE PROVEEDORES

REGISTRO DE PROVEEDORES REGISTRO DE PROVEEDORES ARTICULO 1º.- A efectos de ser incorporados a la base de datos del Registro de Proveedores y Contratistas de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, los interesados podrán realizar

Más detalles

ANEXO I PROCEDIMIENTO PREVISTO PARA LA RENOVACIÓN DE INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES

ANEXO I PROCEDIMIENTO PREVISTO PARA LA RENOVACIÓN DE INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES ANEXO I PROCEDIMIENTO PREVISTO PARA LA RENOVACIÓN DE INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES ARTÍCULO 1.- Podrán solicitar la renovación de su inscripción en el Registro Nacional

Más detalles

Resolución Nro. 010 Caracas, 21 de enero de º y 151º

Resolución Nro. 010 Caracas, 21 de enero de º y 151º Resolución Nro. 010 Caracas, 21 de enero de 2011 200º y 151º Visto que el artículo 4 de la Ley de Mercado de Valores, establece que la Superintendencia Nacional de Valores es el ente encargado de regular

Más detalles

DOCUMENTO 3 Artículo b) Los criterios generales y métodos, incluidas las herramientas de carácter

DOCUMENTO 3 Artículo b) Los criterios generales y métodos, incluidas las herramientas de carácter Julio 2016 DOCUMENTO 3 Artículo 158.1. b) Los criterios generales y métodos, incluidas las herramientas de carácter cuantitativo necesarias en el proceso de supervisión. El Real Decreto 1060/2015, de 20

Más detalles

DECRETO No REGLAMENTO A LA LEY 741 SOBRE EL CONTRATO DE FIDEICOMISO. (Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 10 del 18 de enero del 2012)

DECRETO No REGLAMENTO A LA LEY 741 SOBRE EL CONTRATO DE FIDEICOMISO. (Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 10 del 18 de enero del 2012) DECRETO No. 69-2011 Reglamento de Ley No.741 REGLAMENTO A LA LEY 741 SOBRE EL CONTRATO DE FIDEICOMISO (Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 10 del 18 de enero del 2012) 482 Banco Central de Nicaragua

Más detalles

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 16 16-06-2015 1.0 16-06-2015 DEVOLUCIÓN DE SALDOS ACREEDORES GENERADOS EN PROCESOS DE REBAJA DE CONTRIBUCIONES, QUE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS REALIZA

Más detalles

Resolución General 3902/2016. AFIP. Granos. Ganancias. Granos y Legumbres Secas. Retención. Emergencia agropecuaria

Resolución General 3902/2016. AFIP. Granos. Ganancias. Granos y Legumbres Secas. Retención. Emergencia agropecuaria Resolución General 3902/2016. AFIP. Granos. Ganancias. Granos y Legumbres Secas. Retención. Emergencia agropecuaria Se incorpora la excepción de Retención del impuesto a las Gananancias a los productores

Más detalles

BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001

BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001 BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001 PROCEDIMIENTO PARA INSCRIPCION AL Registro de empresas locales fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo

Más detalles

Compulsa Abreviada: Expediente N /2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL

Compulsa Abreviada: Expediente N /2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL Compulsa Abreviada: Expediente N 0672-006077/2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL a) Objeto: ADQUISICIÓN ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL b)

Más detalles

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2007 (Reglas y )

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2007 (Reglas y ) Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007 RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2007 (Reglas 2.1.16 y 2.1.17) 2.1.16. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo,

Más detalles

BOLETÍN INFORMATIVO*

BOLETÍN INFORMATIVO* RIF: J403938270 BOLETÍN INFORMATIVO* RESOLUCIÓN N 14-07-01 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CASAS DE CAMBIO OPERACIONES MENUDEO EN EL MERCADO CAMBIARIO En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Más detalles

Orden Foral 574/2014, de 28 de octubre, por la que se regula la clave operativa emitida por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Orden Foral 574/2014, de 28 de octubre, por la que se regula la clave operativa emitida por la Diputación Foral de Gipuzkoa. Orden Foral 574/2014, de 28 de octubre, por la que se regula la clave operativa emitida por la Diputación Foral de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial,

Más detalles

LIBRO VII CAJAS DE VALORES Y SISTEMAS DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y CUSTODIA DE VALORES

LIBRO VII CAJAS DE VALORES Y SISTEMAS DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y CUSTODIA DE VALORES LIBRO VII CAJAS DE VALORES Y SISTEMAS DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y CUSTODIA DE VALORES TÍTULO I CAJAS DE VALORES CAPÍTULO I - INSCRIPCIÓN ARTÍCULO 234 (DEFINICIÓN). Se entiende por caja de valores aquella

Más detalles

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias

Más detalles

DECLARACIÓN JURADA DE NO ESTAR COMPRENDIDO EN LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL INSSJP

DECLARACIÓN JURADA DE NO ESTAR COMPRENDIDO EN LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL INSSJP DECLARACIÓN JURADA DE NO ESTAR COMPRENDIDO EN LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL INSSJP PARA PERSONAS FÍSICAS El que suscribe DNI Nº, con domicilio real en _declaro bajo juramento no encontrarme alcanzado

Más detalles

Voces: Norma: Emisor: Jurisdicción: Sumario: Fecha de Emisión: Publicado en:

Voces: Norma: Emisor: Jurisdicción: Sumario: Fecha de Emisión: Publicado en: Voces: BLANQUEO IMPOSITIVO ~ CUENTA ESPECIAL DE AHORRO ~ CUENTA SUELDO ~ DEPOSITO ~ DEPOSITO BANCARIO ~ DEPOSITO EN CAJA DE AHORRO ~ DEPOSITO EN CUENTA BANCARIA ~ ENTIDAD FINANCIERA ~ EXTERIORIZACION DE

Más detalles

MINUTA INFORMATIVA NUEVO REGIMEN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA, LEY

MINUTA INFORMATIVA NUEVO REGIMEN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA, LEY MINUTA INFORMATIVA NUEVO REGIMEN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA, LEY 20.848 1. ANTECEDENTES La Ley 20.780, de 29 de septiembre de 2014, derogó 1 el DL 600 de 1974, estatuto de la inversión extranjera.

Más detalles

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011?

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011? ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Naturales A

Más detalles

Ref: Expte. MJyDH Nº /05 DICTAMEN DNPDP N 239/05 BUENOS AIRES, SEÑORA SUBSECRETARIA:

Ref: Expte. MJyDH Nº /05 DICTAMEN DNPDP N 239/05 BUENOS AIRES, SEÑORA SUBSECRETARIA: 2004 Año de la Antártida Argentina Ref: Expte. MJyDH Nº 149.319/05 DICTAMEN DNPDP N 239/05 BUENOS AIRES, SEÑORA SUBSECRETARIA: Se da intervención a esta Dirección Nacional en su carácter de órgano de control

Más detalles

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Secretaría de Hacienda ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Resolución 22/2006 Apruébase el "Procedimiento Transitorio para Disponer la Cancelación con el

Más detalles

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EJERCICIO 2015

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EJERCICIO 2015 INTRODUCCIÓN Con objeto de seguir las recomendaciones de buen gobierno, el Consejo de Administración de Unión Europea de Inversiones, en su sesión de 18 de junio de 2003, aprobó la creación de un Comité

Más detalles

(B.O.E. de 13 de octubre)

(B.O.E. de 13 de octubre) ORDEN EHA/2966/2007, DE 11 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES Y EL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE AYUDAS PARA COMPENSAR LA CARGA TRIBUTARIA DE LAS INDEMNIZACIONES PERCIBIDAS DEL ESTADO

Más detalles

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CATASTRO.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CATASTRO. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CATASTRO. Las funciones del Departamento de Catastro son: a) Recolectar, registrar y actualizar la información de los propietarios, inmuebles y empresas para

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución Nº 10-03-01 de fecha 2 de marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.379 del 4 de

Más detalles

INSTRUCCIONES PROVISIONALES DE SEGURIDAD

INSTRUCCIONES PROVISIONALES DE SEGURIDAD IPS-07 INSTRUCCIONES PROVISIONALES DE ACTUACIÓN POR PARTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VIGO AL OBJETO DE CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA QUE AFECTE A LA ADMISIÓN, MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO

Más detalles

Resolución General Nº 830

Resolución General Nº 830 Resolución General Nº 830 Certificado de Exclusión de Retención en el Impuesto a las Ganancias Autorización de Incorporación al Régimen Excepcional de Ingreso Mediante Resolución General N 830 (AFIP) se

Más detalles

RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570. La Paz, 1 de Noviembre de 2001

RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570. La Paz, 1 de Noviembre de 2001 RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570 La Paz, 1 de Noviembre de 2001 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que la Ley de Pensiones N 1732 de 28 de noviembre de 1996 en sus artículos 37 y 38 en concordancia con el artículo

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

INVERSIONES CON LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES. CALIFICACIÓN DE ACTIVOS

INVERSIONES CON LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES. CALIFICACIÓN DE ACTIVOS INVERSIONES CON LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES. CALIFICACIÓN DE ACTIVOS -Última comunicación incorporada: A 4790- (Norma derogada a partir del 16/02/11, según lo dispuesto en el

Más detalles

CAPÍTULO VII: REGLAMENTO PARA BURÓS DE INFORMACIÓN CREDITICIA

CAPÍTULO VII: REGLAMENTO PARA BURÓS DE INFORMACIÓN CREDITICIA CAPÍTULO VII: REGLAMENTO PARA BURÓS DE INFORMACIÓN CREDITICIA SECCIÓN 1: ASPECTOS GENERALES 1 Artículo 1 - Objeto.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer los requisitos de constitución y las

Más detalles

Ganancia de Capital Venta de Inmuebles.

Ganancia de Capital Venta de Inmuebles. Ganancia de Capital Venta de Inmuebles www.bakertillypanama.com Giro ordinario Criterio anterior exigía que un 51% de los ingresos fuera proveniente de venta de viviendas o locales comerciales nuevos.

Más detalles

Cómo se hace para? 1) Descripción del trámite paso a paso para Solicitar pago diferido de IVA (Ver página 5).

Cómo se hace para? 1) Descripción del trámite paso a paso para Solicitar pago diferido de IVA (Ver página 5). SOLICITAR PAGO DIFERIDO DE IVA Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa

Más detalles

EL PATRONATO. PROTECTORADO DE FUNDACIONES O Donnell 50, 2ª planta (28009 Madrid) Tfno.: Fax:

EL PATRONATO. PROTECTORADO DE FUNDACIONES O Donnell 50, 2ª planta (28009 Madrid) Tfno.: Fax: EL PATRONATO 1. Qué es el Patronato? 2. Composición del Patronato 3. Funciones del Patronato 4. Cese de los miembros del Patronato 5. Sustitución de los miembros del Patronato 6. Delegaciones y apoderamientos

Más detalles

República Argentina Poder Ejecutivo Nacional Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional. Anexo

República Argentina Poder Ejecutivo Nacional Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional. Anexo República Argentina Poder Ejecutivo Nacional 2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Anexo Número: Buenos Aires, Referencia: ANEXO II - EXP S02:0013520/2012 ANEXO II

Más detalles