Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de noviembre de EL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y ESPACIO EUROPEO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR,
|
|
- Josefa Montoya Miranda
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 RESOLUCIÓN DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2011 DEL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN RELACIÒN CON LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACION DE COMPETENCIAS EN IDIOMA EXTRANJERO EN EL SENO DE ESTA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en consonancia con las directrices del Consejo Europeo para las Lenguas, y con el fin de desarrollar el DECRETO 168/2008 de 22 de julio, por el que se regula el procedimiento, requisitos y criterios de evaluación para la autorización de la implantación de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado de la Comunidad Autónoma de Canarias, resuelve promover la competencia lingüística dentro de su ámbito de actuación. Por ello, con la conformidad previa de la Comisión de Títulos, este Vicerrectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas en virtud de la resolución de 16 de junio de 2008, por la que se delegan competencias en diversos Órganos Unipersonales de esta Universidad, y se establece el régimen de suplencia de los mismos RESUELVE: Establecer en el seno de esta Universidad de Las Palmas de Gran Canaria la norma reguladora de los procedimientos de acreditación de competencias de los niveles en idiomas extranjeros. Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente. Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de noviembre de EL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y ESPACIO EUROPEO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, Luis A. Álvarez Álvarez Página 1 de 11
2 INSTRUCCIÓN REGULADORA DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN DE NIVEL EN IDIOMA EXTRANJERO EN LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. CAPITULO I. CONDICIONES GENERALES PRIMERO: Sujeto, validez y ámbito 1. Podrán formar parte de los procesos de acreditación del nivel de idioma extranjero, que se realicen en esta Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, todos los que lo soliciten en plazo y abonen el precio establecido para ello. 2. La obtención de la acreditación de los niveles establecidos en esta norma, tendrá validez en el seno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y en aquellas otras asociadas para esta materia. 3. Se establece este procedimiento como único válido para la acreditación oficial del nivel de idioma extranjero en el ámbito de la ULPGC. SEGUNDO. Niveles de acreditación: Conforme se establezca en las Bases de cada Convocatoria, podrá solicitarse la acreditación de los niveles de idioma B-1; B-2, C-1 y C-2 atendiendo a las definiciones establecidas en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. TERCERO. Características y requisito de admisión. 1. La acreditación debe ser en una lengua europea distinta de la materna. 2. Los candidatos extranjeros, cuando no sea el español su lengua materna, han de acreditar al menos el Nivel B-1 de la lengua española, como requisito de admisión en las titulaciones que imparte esta Universidad y en los términos que se recogen en el Reglamento de acceso y admisión en la Universidad de las Palmas de Gran Canaria para las titulaciones oficiales creadas en aplicación del real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (BOULPGC del 5 de mayo de 2010). 3. Cuando en un plan de estudio se exija un nivel de idioma determinado para finalizar la titulación, éste se deberá acreditar antes de la presentación y defensa del Trabajo fin de Título, en los términos que se recoge en el reglamento general para la realización y evaluación de trabajos de fin de título (BOULPGC del día 4 de julio de 2011) 4. Será requisito para la admisión en un Máster, cuando figure en las especificaciones recogidas en el título. 5. La acreditación del nivel B-2 será requisito mínimo necesario para que el profesorado de la ULPGC proponga asignaturas en idioma distinto al español, en los términos recogidos en Página 2 de 11
3 reglamento de planificación académica de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria (BOULPGC del día 2 de julio de 2010) 6. La calificación podrá ser APTO, NO APTO. CUARTO: Precios. 1. Los precios de los procedimientos de Acreditación de idioma extranjero se determinarán por el Consejo Social de esta Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, atendiendo a cada tipo de procedimiento. No se aplicarán exenciones ni bonificaciones de ningún tipo. 2. El abono del precio indicado, da derecho a presentarse en un procedimiento de acreditación conforme a las Bases de cada convocatoria. 3. Los solicitantes de duplicados deberán abonar el precio establecido para tal fin por el Consejo Social. CAPITULO II. TIPOS DE ACREDITACIÓN Y CONVOCATORIA QUINTO. Tipos de acreditación del nivel de idiomas: 1. Automática: Titulaciones determinadas por la ULPGC o de universidades asociadas para tal fin, conforme a la relación adjunta (Anexos 1 y 2). Podrá ampliarse de cada año, según el procedimiento que se recoge en este Reglamento. 2. Por documentación aportada conforme a la relación adjunta a este Reglamento (Anexo 3), que podrá ampliarse conforme al precedente que resulte de las tres convocatorias de cada año. 3. Por superación de prueba de nivel realizada en el seno de la ULPGC SEXTO. Elaboración de las bases de convocatoria. 1. Anualmente habrá tres convocatorias de acreditación por documentación y otras tres de acreditación por superación de prueba. Los calendarios de un tipo y otro han de ser en distintas fechas. 2. El presidente de la comisión, ha de ser profesor funcionario a tiempo completo de la ULPGC, competente en idiomas. Se nombrará por el Rector en cada curso académico para ambos procesos. 3. Con el fin de elaborar las bases de la Convocatoria, el Presidente de la comisión remitirá al Servicio de Gestión Académica y Extensión Universitaria, con una antelación mínima de un mes, todos los datos necesarios para iniciar las actuaciones administrativas y técnicas necesarias para su puesta en marcha y publicación. Este documento del Presidente ha de ir avalado con el Vº Bº expreso del vicerrector con competencias en la Ordenación Académica. SEPTIMO. Acreditación Automática. Página 3 de 11
4 1. Los egresados de una Universidad española en las titulaciones siguientes: o Licenciatura en Filología Inglesa o Licenciatura en Traducción e Interpretación o Maestro en Lengua Extranjera Los egresados en esta Universidad, o que les quede pendiente solamente el Trabajo fin de Grado, en las titulaciones siguientes: o Grado en Lenguas Modernas o Grado en Traducción e Interpretación Inglés Alemán o Grado en Traducción e Interpretación Inglés Francés 2. Para aquellas titulaciones en las se imparten asignaturas cuyo objetivo es conseguir las competencias en un idioma extranjero, la Dirección del Centro deberá solicitar al Vicerrectorado con competencias en ordenación académica en el mes de mayo de cada curso académico, su inclusión en este apartado. A dicha solicitud deberá adjuntarse la Guía Básica de la asignatura, que justifique la adquisición del nivel para el que se solicita la acreditación, aprobada por el Consejo de Gobierno. Está acreditación automática será válida en tanto en cuanto no se modifique la Guía Básica de la asignatura. 3. La aplicación de este tipo de acreditación en el ámbito de la ULPGC es de carácter gratuito, sin procedimiento específico ni calendario de presentación de solicitudes. Solo en el caso de que soliciten la expedición de certificados de acreditación de idioma serán de aplicación los precios establecidos para el procedimiento por reconocimiento de documentación. Los egresados en estas mismas titulaciones por universidades españolas asociadas con la ULPGC, en esta materia, deberán aportar, para que se incluyan en este apartado, fotocopia compulsada del título o una certificación académica en la que conste expresamente que reúnen los requisitos para la expedición de uno de los títulos regulados en este apartado. OCTAVO. Acreditación por documentación 1. Convocatoria. Anualmente se convocarán tres procedimientos de acreditación por documentación. En las bases de la convocatoria se ha de recoger: o Idiomas y Niveles que puedan acreditarse o Calendario de actuaciones o trámites o Plazos de presentación y de reclamaciones o Idiomas 2. Comisión La comisión estará formada por: Página 4 de 11
5 o o El Presidente que tendrá voto dirimente. Dos vocales designados por el presidente de la comisión y que han de ser profesores de la ULPGC, con competencia en idiomas, a tiempo completo con voz y voto. o Un Secretario que tendrá funciones técnicas y en su caso, de asesoramiento administrativo, con voz y voto, que en cursos alternativos corresponderá a los Servicios de Investigación y Tercer Ciclo, y de Gestión Académica y Extensión Universitaria designarlo de entre su personal permanente La comisión desglosará las peticiones de la forma que a continuación se establece: o Precedente. A partir de la presente normativa, y con el fin de que la comisión evaluadora mantenga los criterios uniformes en todas las convocatorias, los procedimientos de acreditación por documentación se recogerán en Tablas de Reconocimiento de la Acreditación (TRA3). En ellas constará el título o formación de origen, el nivel de idiomas reconocido y la documentación necesaria para su concesión, y solo podrá ser modificado tras la emisión de un informe motivado y previa votación de la comisión. o Nuevas solicitudes. La comisión valorará la equivalencia de los conocimientos acreditados por el estudiante en relación con los niveles de acreditación señalados en la convocatoria, y la decisión que se adopte pasará a engrosar las Tablas de Equivalencias recogidas en el apartado anterior. Este procedimiento de acreditación por documentación no se regirá por el Reglamento de Reconocimiento y Transferencia de créditos, sino por la presente norma. 3. Matriculación y documentación. La matrícula se efectuará telemáticamente en la ULPGC, imprimiéndose dos ejemplares del documento de pago, tras lo cual: o se procederá al abono del precio establecido por el Consejo Social o se adjuntará el resguardo de pago y la documentación para la que se solicite el reconocimiento y credencial. Esta documentación ha de ser la establecida en Anexo de cada convocatoria. o La documentación deberá estar compulsada, o bien presentarse original y copia en el registro general de esta universidad para su compulsa. o Se entregará en el Registro General de la ULPGC sito en c/ Real de San Roque, 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Los requisitos han de cumplirse antes del último día del plazo de presentación de solicitudes y se ha de presentar dentro del mismo. NOVENO. Acreditación por prueba específica en la ULPGC. 1. Convocatoria. Página 5 de 11
6 Anualmente se convocaran tres procedimientos de acreditación por superación de prueba. En las bases de la convocatoria se ha de recoger: o Niveles que puedan acreditarse o Calendario de actuaciones o Plazos de presentación y de reclamaciones o Idiomas o Lugar y hora de celebración Cuando los medios telemáticos lo permitan, estas pruebas, o partes de ellas se podrán realizar usando estos servicios. 2. Comisión La comisión estará formada por: o Presidente, que tendrá voto dirimente. o Tres vocales o Un secretario Los vocales y el secretario, han de ser profesores de la ULPGC a tiempo completo nombrados por el presidente y con competencias en idiomas. Todos tendrán voz y voto. En el caso de que la prueba de nivel sea para un idioma expresado en lengua para sordos, deberá formar parte del Tribunal un especialista en la materia. 3. Matriculación y documentación. La matrícula se formalizará telemáticamente en la ULPGC en el nivel y prueba concreto, imprimiéndose dos ejemplares de dicho documento, tras lo cual: o Se procederá al abono del precio establecido por el Consejo Social. o Se remitirá uno de los resguardo de pago por correo electrónico, fax o entregará personalmente en la Subdirección de Extensión Universitaria, sita en c/ Real de San Roque, 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Todo ello, dentro del plazo establecido en las Bases de la Convocatoria, ya que no se admitirán fuera del mismo. Página 6 de 11
7 CAPITULO TERCERO. ACTAS Y CERTIFICADOS. DÉCIMO. Actas y reclamaciones Al finalizar la valoración en cada proceso de acreditación, la Comisión publicará un Acta Provisional de calificaciones y se abrirá un plazo de tres días hábiles para presentar reclamaciones. Estas deberán presentarse en el Registro General de la Universidad. En un plazo no superior a 10 días hábiles, la Comisión publicará el Acta definitiva que es firme quedando expedita la vía contenciosa administrativa. UNDÉCIMO. Expedición de certificados 1. Se expedirá el certificado acreditativo de la superación de nivel únicamente a aquellos que hayan sido declarados APTOS en el procedimiento de acreditación del nivel de idioma. 2. Los titulados con derecho a acreditación automática del nivel de idioma que soliciten la expedición de un certificado, deberán abonar los precios que correspondan por el procedimiento de acreditación por documentación. DUODÉCIMO. Archivo de las Actas. Al finalizar cada proceso, el presidente de la comisión remitirá un ejemplar de las actas provisionales y definitivas al Servicio de Gestión Académica y Extensión Universitaria y tramitará la inclusión de la acreditación en los expedientes académicos o profesionales de los estudiantes y trabajadores de la ULPGC en su caso. DÉCIMO TERCERO. Archivo de las Actas. En cuanto a la justificación de la realización de las pruebas, así como a custodia de las pruebas o los exámenes se deberán ajustar a lo dispuesto en el reglamento de evaluación de los resultados de aprendizaje y de las competencias adquiridas por el alumnado en los títulos oficiales, títulos propios y de formación continua de la ULPGC (BOULPGC del día 6 de junio de 2011). DISPOSICIÓN ADICIONAL UNICA. Las referencias que se recogen en la presente instrucción, a órganos de dirección, académicos o de gestión, se entenderán efectuadas indistintamente a los géneros femenino y masculino. Página 7 de 11
8 DISPOSICIÓN TRANSITORIA UNICA. Para formar parte de la relación de asignaturas que permiten acreditación automática en el curso académico 2011/2012 conforme se establece en el Apartado Séptimo, la Dirección del Centro deberá solicitar al Vicerrectorado con competencias en ordenación académica hasta el 5 de diciembre de 2011, su inclusión en este apartado. A dicha solicitud se deberá adjuntar la Guía Básica, aprobada por el Consejo de Gobierno, de la asignatura que justifique la adquisición del nivel que se desee acreditar. Está acreditación será válida tanto en cuanto no se modifique la Guía Básica de la asignatura. DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Esta Instrucción deroga todas las disposiciones anteriores en esta materia. Página 8 de 11
9 ANEXO I. RELACION DE TITULACIONES OFICIALES ESPAÑOLAS QUE PERMITEN LA ACREDITACION AUTOMATICA (Apartado Séptimo, punto 1 -Universidades con convenio) UNIVERSIDAD TITULO IDIOMA NIVEL DE ACREDITACION Página 9 de 11
10 ANEXO II. RELACION DE ASIGNATURAS DE TITULACIONES OFICIALES CON ACREDITACION AUTOMATICA DE COMPETENCIAS EN IDIOMA EXTRANJERO (Apartado Séptimo, punto 2) TITULACION ASIGNATURA CODIGO Guía Básica (Aprobación por Consejo de Gobierno ) IDIOMA NIVEL DE ACREDITACION Página 10 de 11
11 ANEXO III. RELACION DE ACREDITACIONES POR DOCUMENTACION (Apartado Octava, punto 2.2: Precedente TAE) TITULACION O FORMACION DE ORIGEN DOCUMENTACION CURSO DE INCLUSION (TRA3) IDIOMA NIVEL DE ACREDITACION Página 11 de 11
RESUELVE: Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre EL VICERRECTOR DE TITULACIONES Y FORMACIÓN PERMANENTE, Marcos Peñate Cabrera
RESOLUCIÓN DEL 18 DE DICIEMBRE DE 2017 DEL VICERRECTOR DE TITULACIONES Y FORMACIÓN PERMANENTE POR LA QUE SE PUBLICA LA CONVOCATORIA DE ACREDITACION DE PRUEBA DE DOMINIO DE COMPETENCIAS EN IDIOMA EXTRANJERO
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Aprobado por el Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2014 (BOULPGC de
Más detallesLA VICERRECTORA DE ALUMNADO DE LA ULL, EL VICERRECTOR DE ESTUDIANTES Y EMPLEABILIDAD DE LA ULPGC, Nicolás Díaz de Lezcano Sevillano
RESOLUCIÓN CONJUNTA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS CANARIAS, DE 27 DE ENERO DE 2015, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS ACADÉMICOS DE LOS ESTUDIANTES QUE SOLICITAN LA ADMISIÓN A LAS TITULACIONES OFICIALES
Más detallesUNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULO Y GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR 1 Procedimiento para la homologación de títulos
Más detallesCAPITULO I. CONDICIONES GENERALES
INSTRUCCIÓN REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMA EXTRANJERO EN CUANTO A LOS TÍTULOS OFICIALES DE LA ULPGC Y PROCEDIMIENTOS DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS EN IDIOMA
Más detallesUNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Vicerrectorado de Estudiantes y Deportes
RESOLUCIÓN CONJUNTA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS CANARIAS, DE 2 DE MARZO DE 2017, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS ACADÉMICOS DE LOS ESTUDIANTES QUE SOLICITAN LA ADMISIÓN A LAS TITULACIONES OFICIALES
Más detallesNORMATIVA DE HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS A TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER Y DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA
NORMATIVA DE HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS A TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER Y DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA (Aprobada por Consejo de Gobierno del 28 de junio de 2010, modificado el artículo
Más detallesREGLAMENTO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE EQUIVALENCIA DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR
REGLAMENTO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE EQUIVALENCIA DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR (Aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión 25 de junio
Más detallesPreámbulo: PwyFEFgcLA7x4NAvC/eDmw==
RESOLUCIÓN RECTORAL DE 15 DE JUNIO DE 2011, DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS Y SE REGULA EL CÁLCULO DE LA MEDIA DEL EXPEDIENTE ACADÉMICO.
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL Aprobado por la Junta de Escuela de 28 de mayo de 2015 La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades y sus posteriores modificaciones
Más detallesServicio Provincial de Zaragoza. Avda. Juan Pablo II, Zaragoza. Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte
RESOLUCIÓN DE 23 DE JUNIO DE 2014 DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE DE ZARAGOZA POR LA QUE SE CONVOCAN PRUEBAS DE CARÁCTER ESPECÍFICO PARA EL ACCESO A
Más detallesServicio Provincial de Zaragoza. Avda. Juan Pablo II, Zaragoza. Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte
RESOLUCIÓN DE 23 DE JUNIO DE 2014 DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE DE ZARAGOZA POR LA QUE SE CONVOCAN PRUEBAS DE CARÁCTER ESPECÍFICO PARA EL ACCESO A
Más detallesLa presente Instrucción es de aplicación a los procedimientos de acceso, admisión y matrícula para cursar las titulaciones oficiales de Doctorado.
RESOLUCIÓN DEL VICERRRECTOR DE TÍTULOS Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, DE 20 DE MAYO DE 2013, RELATIVA A LA INSTRUCCIÓN SOBRE LOS PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS DE PREINSCRIPCIÓN
Más detallesAPROBACIÓN POR CONSEJO DIRECTIVO: 7/09/2017 (ENTRADA EN VIGOR: 19/09/2017) Solicita información:
Normativa para la Declaración de Equivalencia de Títulos Extranjeros de Educación Superior a Nivel Académico de Doctor en La Universidad Internacional de La Rioja (UNIR) APROBACIÓN POR CONSEJO DIRECTIVO:
Más detallesConsejo de Gobierno 4 de marzo de 2015
NORMATIVA PARA LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015 Esta normativa
Más detallesDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/546/2017, de 29 de marzo, por la que se convoca en el curso académico 2017-2018 la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos establecidos
Más detallesArtículo 2. De los requisitos formativos complementarios
NORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobada en Consejo de Gobierno
Más detalles1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO
ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER CURSO 2015-2016 1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016 La relación de Másteres que se impartirán en los centros propios y adscritos
Más detallesINTRODUCCIÓN. Código seguro de verificación: RUxFMMX6-JiIlvxr7-urZMB0ow-NRk2ujsO COPIA ELECTRÓNICA - Página 1 de 10
NORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobada en Consejo de Gobierno
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 19343 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 7094 Orden de 25 de abril de 2012 de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se
Más detallesACCESO A UN ESTUDIO DE GRADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS INICIADOS (conv.ext) (30 CRÉDITOS RECONOCIDOS)
ACCESO A UN ESTUDIO DE GRADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS INICIADOS (conv.ext) (30 CRÉDITOS RECONOCIDOS) 1. Requisitos, plazo y lugar de presentación de las solicitudes de admisión 1.1. Requisitos de las
Más detallesBOCM. C) Otras Disposiciones I. COMUNIDAD DE MADRID BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Consejería de Educación e Investigación
Pág. 37 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación e Investigación 18 RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2018, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen
Más detallesLa presente Instrucción es de aplicación a los procedimientos de acceso, admisión y matrícula para cursar las titulaciones oficiales de Doctorado.
RESOLUCIÓN DEL VICERRECTOR DE TÍTULOS Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, DE 16 DE MAYO DE 2016, RELATIVA A LA INSTRUCCIÓN SOBRE LOS PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS DE PREINSCRIPCIÓN Y
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 1232 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deportes 261 Resolución de 11 de enero de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas
Más detallesINSTRUCCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS. CURSO ACADÉMICO 2009/2010
INSTRUCCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS. CURSO ACADÉMICO 2009/2010 1. Ámbito de aplicación. La presente Instrucción es de aplicación para los procedimientos
Más detallesDos plazas de maestro/a para el C.R.I.E. Venta del Olivar (Zaragoza)
RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016, DEL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCA CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS EN COMISIÓN
Más detallesOFICIALES EN LA ULPGC
PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA GESTIÓN Y TRAMITACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES EN LA ULPGC 1. OBJETO...3 2. ALCANCE...3 3. REFERENCIAS / NORMATIVA...3 4. DEFINICIONES...3 5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO...4
Más detallesNúm Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se establecen instrucciones para la matrícula en módulos profesionales de ciclos formativos
Más detallesPLAZO: los estudiantes realizarán la matrícula en los plazos siguientes, según el listado en el que se les adjudique plaza:
INSTRUCCIONES DE MATRÍCULA Y ADAPTACIONES, CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS PARA LOS TÍTULOS OFICIALES IMPARTIDOS EN MODALIDAD NO PRESENCIAL CURSO ACADÉMICO
Más detallesEn esta misma instrucción, se establece el procedimiento de MATRÍCULA aplicable con carácter general a los estudios de Máster Universitario.
PROCEDIMIENTO DE PREINCRIPCIÓN Y MATRICULACIÓN EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. CURSO ACADÉMICO 2017/2018 El de la Universidad de Las
Más detallesEn esta zona de la página se autorellena el asiento, la fecha-hora y el objeto de la resolución. RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA
Asiento: R-381/2018 R-XXX/2012 Fecha-Hora: 01/01/2012 20/04/201812:00:00 10:41:44 En esta zona de la página se autorellena el asiento, la fecha-hora y el objeto de la resolución. RESOLUCIÓN DEL RECTOR
Más detallesPROCEDIMIENTO DE APOYO PARA LA SELECCIÓN Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES EDULPGC RESPONSABLE: SECRETARIO ACADÉMICO DE LA EDULPGC
PROCEDIMIENTO DE APOYO PARA LA SELECCIÓN Y 1. OBJETO...3 2. ALCANCE...3 3. REFERENCIAS / NORMATIVA...3 4. DEFINICIONES...4 5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO...4 6. SEGUIMIENTO, MEDICIÓN Y MEJORA...5 7. ARCHIVO...6
Más detalles(Aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad en su sesión de )
Normativa de Homologación de títulos extranjeros de Educación Superior a Títulos Oficiales de Máster y de Doctor por la Universidad de La Rioja (al amparo del R.D. 285/2004 de 20 de febrero, modificado
Más detallesREGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS
REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 36 de la Ley Orgánica 6/2001,
Más detalles(Aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de abril de 2015)
PROCEDIMIENTO REGULADOR DEL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, PARA MAYORES DE 40 AÑOS MEDIANTE LA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O
Más detallesREGLAMENTO SOBRE LA ELABORACIÓN Y DEFENSA DE LOS TRABAJOS FIN DE MÁSTER EN LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO
REGLAMENTO SOBRE LA ELABORACIÓN Y DEFENSA DE LOS TRABAJOS FIN DE MÁSTER EN LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE del 30 de octubre) por el que
Más detallesNº PROVINCIA LOCALIDAD CENTRO CARACTERÍSTICAS 1 Zaragoza Venta del olivar CRIE Venta del Olivar
RESOLUCIÓN DE 13 DE JUNIO DE 2018, DEL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCA CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS EN COMISIÓN
Más detalles2. El reconocimiento tendrá como unidad mínima e indivisible el crédito. Un crédito equivale a 25 horas.
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS, CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 15441 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones 3284 Resolución de 3 de mayo de 2017 de la Dirección General de Universidades e Investigación por la que se dictan instrucciones sobre la admisión
Más detallesPodrán ser admitidos por cambio de estudios oficiales y/o universidad, los estudiantes que cumplan las siguientes condiciones:
NORMATIVA SOBRE LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES A ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES ESPAÑOLES O EXTRANJEROS 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Más detallesInstrucción reguladora de la Prueba de aptitud en la. Universidad de La Laguna. Preámbulo
Instrucción reguladora de la Prueba de aptitud en la Universidad de La Laguna Preámbulo Atribuida al Estado la competencia para regular las condiciones de homologación de títulos universitarios extranjeros
Más detallesDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se establecen instrucciones para la matrícula a
Más detallesPara el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones:
CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y CENTROS ADSCRITOS* CURSO 2014-2015 I.- REQUISITOS GENERALES Para el acceso a las
Más detallesAprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, POR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS NO OFICIALES (TÍTULOS PROPIOS) Y EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL Aprobado por Consejo de Gobierno 21
Más detallesRESPONSABLE: SUBDIRECTOR CON
PROCEDIMIENTO DE APOYO PARA LA 1. OBJETO... 3 2. ALCANCE... 3 3. REFERENCIAS / NORMATIVA... 3 4. DEFINICIONES... 4 5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO... 4 6. SEGUIMIENTO, MEDICIÓN Y MEJORA... 5 7. ARCHIVO...
Más detallesJosé María Palazón López Secretario General
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARIA GENERAL DE FECHA 17 DE JULIO DE 2014 POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE AYUDAS ASISTENCIALES PARA LA MATRÍCULA EN EL CURSO 2014-2015 POR PARTE DE
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 22426 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones 5433 Resolución de 3 de agosto de 2018 de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se convocan
Más detallesSecretaría General Oficialía Mayor.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, de fecha 6 de noviembre de 2006, por el que se dictan normas reguladoras del procedimiento a seguir para la realización en dicha Universidad
Más detallesSecretaría General Vicesecretaría General
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, DE FECHA 6 DE NOVIEMBRE DE 2006, POR EL QUE SE DICTAN NORMAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA REALIZACIÓN EN DICHA UNIVERSIDAD
Más detallesArtículo 1.- Objetivo y alcance del procedimiento de equivalencia.
NORMATIVA SOBRE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR. El Real Decreto 967/2014, por el que se establecen
Más detallesNORMATIVA SOBRE PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES
NORMATIVA SOBRE PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES (Aprobado por el Consejo de Gobierno nº 5, de 22 de abril de 2015) ÍNDICE Exposición
Más detallesINSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2017
INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2017 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de
Más detallesREGLAMENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORALES
REGLAMENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORALES Aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de 27 de abril de 2010 Publicado en el BOULPGC el día 5 de mayo de
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 35202 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 11953 Resolución de 10 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional,
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN A LOS NUEVOS ESTUDIOS DE GRADO DE TITULADOS PROCEDENTES DE LA ANTERIOR ORDENACIÓN CURSO 2016/2017
Vicerrectorado de Estudiantes CONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN A LOS NUEVOS ESTUDIOS DE GRADO DE TITULADOS PROCEDENTES DE LA ANTERIOR ORDENACIÓN CURSO 2016/2017 El Real Decreto 861/2010, de 2 de julio,
Más detallesINSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2017
INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2017 1. Requisitos. - Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural
Más detalles(Última modificación aprobada por Consejo de Gobierno, en sesión de 8/11/2006) REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ
(Última modificación aprobada por Consejo de Gobierno, en sesión de 8/11/2006) REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ CAPÍTULO I: CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1º. Definición
Más detallesDISPONGO. Primero.- Objeto y ámbito de aplicación
ORDEN POR LA QUE SE REGULA LA PRUEBA DE MADUREZ PARA EL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE QUIENES NO REÚNAN LOS REQUISITOS ACADÉMICOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 12 DEL REAL DECRETO 1614/2009,
Más detalles- La nota media del expediente académico de Formación Profesional de Segundo Grado o Módulos de nivel III o ciclos formativos de nivel superior,
NORMATIVA DE ACCESO AL CURSO DE ADAPTACIÓN 2017/18 PARA TITULADOS EN INGENIERÍA TÉCNICA DE OBRAS PÚBLICAS QUE DESEEN REALIZAR LA TITULACIÓN DE GRADO EN INGENIERÍA CIVIL A petición de la Escuela Técnica
Más detallesRevisado por: Vicerrectorados. Elaborado por: Servicio de Becas, Tercer Ciclo y Títulos propios.
EDICIÓN: 2ª Elaborado por: Servicio de Becas, Tercer Ciclo y Títulos propios. Fecha: 09-02-2012 Revisado por: Vicerrectorados Fecha: 13-02-2012 Firma Firma Firma Aprobado por: Comisión de Planificación
Más detallesACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE 45 AÑOS (CONVOCATORIA DE 2013)
VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE 45 AÑOS (CONVOCATORIA DE 2013) En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN A LOS NUEVOS ESTUDIOS DE GRADO DE TITULADOS PROCEDENTES DE LA ANTERIOR ORDENACIÓN CURSO 2017/2018
Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Docente CONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN A LOS NUEVOS ESTUDIOS DE GRADO DE TITULADOS PROCEDENTES DE LA ANTERIOR ORDENACIÓN CURSO 2017/2018 El Real
Más detallesNúm Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2017, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se establecen instrucciones para la matrícula a efectos de convalidación de módulos profesionales
Más detallesDISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA ORDEN ENS/237/2015, de 22 de julio, de aplicación de la correspondencia entre las enseñanzas profesionales del sistema
Más detallesREGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS
REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 36 de la Ley Orgánica 6/2001,
Más detallesINTRODUCCIÓN. 1 El que se ofrece, es el texto integrado del Reglamento, incluidas todas las modificaciones.
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS, CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
Más detallesUniversidad de Las Palmas de Gran Canaria
RESOLUCIÓN DEL VICERRRECTOR DE ESTUDIANTES Y EMPLEABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, DE 20 DE MAYO DE 2013, RELATIVA A LA INSTRUCCIÓN SOBRE LOS PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS DE PREINSCRIPCIÓN
Más detallesNORMATIVA DE MATRÍCULA Y DE DEVOLUCIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
NORMATIVA DE MATRÍCULA Y DE DEVOLUCIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado por la Comisión Permanente en sesión de 28 de junio de 2016, BOCyL nº 126 de 1 de julio) Artículo 1.
Más detallesBASES PRIMERA.- NORMAS GENERALES
Convocar el procedimiento de actualización y valoración de méritos a los demandantes de empleo ya inscritos en las bolsas de demandantes de empleo en las categorías que se recogen en el Anexo I de la presente
Más detallesNORMATIVA DE ELABORACIÓN Y LECTURA DE LA TESIS DOCTORAL
NORMATIVA DE ELABORACIÓN Y LECTURA DE LA TESIS DOCTORAL El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado determina la normativa de ordenación académica
Más detallesUNIVERSIDAD DE BURGOS FACULTAD DE DERECHO JUNTA DE FACULTAD
UNIVERSIDAD DE BURGOS FACULTAD DE DERECHO JUNTA DE FACULTAD NORMATIVA SOBRE LA ELABORACIÓN Y DEFENSA DE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO Acuerdo de 19 de junio de 2012, de la Junta de Facultad de Derecho,
Más detallesBOJA. 2. Autoridades y personal. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Oposiciones, concursos y otras convocatorias. Consejería de Educación
página 128 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Consejería de Educación Orden de 20 de enero de 2017, por la que se convocan las pruebas para la obtención de título
Más detallesNormativa sobre la obtención de la Acreditación de Capacidad para la Docencia en Lengua Vasca en la Universidad del País Vasco.
Normativa sobre la obtención de la Acreditación de Capacidad para la Docencia en Lengua Vasca en la Universidad del País Vasco. Primero 1 La Acreditación de Capacidad para la Docencia en Lengua Vasca en
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 12091 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deportes 2915 Resolución de 7 de mayo de 2018 de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas
Más detalles(Aprobado en Consejo de Gobierno de 25 de mayo de 2009 y modificado en Consejo de Gobierno de 22 de octubre de 2010)
Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia (Aprobado
Más detallesSecretaría General Vicesecretaría General
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, DE FECHA 6 DE NOVIEMBRE DE 2006, POR EL QUE SE DICTAN NORMAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 14378 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 3831 Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación por la que se dictan instrucciones
Más detallesINSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2015
INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 27244 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DE VALLADOLID RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2010, del Rector de la Universidad de Valladolid, por la que se acuerda la publicación
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
19203 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 16 de junio de 2009 por la que se regula la convocatoria, estructura y organización de las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño
Más detallesConsejería de Empleo y Mujer 129 ORDEN 3681/2008, de 22 de diciembre, por la que se crea
Pág. 23 Consejería de Empleo y Mujer 129 ORDEN 3681/2008, de 22 de diciembre, por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el
Más detallesEl uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana.
El uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana. Denominación del curso Curso de Adaptación del Título de Maestro Especialidad de Educación Infantil
Más detallesNORMATIVA PROPIA Universidad de Castilla-La Mancha X ESTUDIANTES
13.- RESOLUCIÓN DE 20/05/2010, DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE APRUEBA LA NORMATIVA REGULADORA DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesNúm Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2013, del Director General de Ordenación Académica, por la que se autoriza, con carácter experimental, la organización e impartición de cursos especializados en el nivel C1
Más detallesCurso de adaptación al Grado en Ingeniería Mecánica
Curso de adaptación al Grado en Ingeniería Mecánica Los titulados en Ingeniería Técnica Industrial (Especialidad Mecánica) e Ingeniería Técnica en Mecánica pueden obtener el título de Graduado en Ingeniería
Más detallesNCG73/2: Modificación del Reglamento sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en la Universidad de Granada
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 73. 26 de julio de 2013 NCG73/2: Modificación del Reglamento sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en la Universidad de Granada Aprobado
Más detallesNORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSITAT INTERNACIONAL VALENCIANA
NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSITAT INTERNACIONAL VALENCIANA TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto La presente normativa tiene por objeto regular el régimen de permanencia de los
Más detallesAprobado por Acuerdo del Consejo de gobierno de 24 de enero de 2012.
REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA POR EL QUE SE APRUEBAN INSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DE TÍTULOS, DIPLOMAS Y CERTIFICACIONES ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA.
Más detallesINSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012
INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012 Requisitos. - Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza
Más detalles9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Resolución de.. de. de 2012, de la Subdirección general de Personal Docente de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se convoca al profesorado de los niveles de enseñanza no universitaria
Más detallesAcceso, admisión y matrícula MASTERES OFICIALES
Acceso, admisión y matrícula MASTERES OFICIALES ACCESO Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por
Más detallesArtículo 2.- Definición de admisión
BOULPGC Año III núm. 5 Miércoles, 5 de mayo de 2010 12 ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, DE 27 DE ABRIL DE 2010, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACCESO
Más detalles