Área estructural de Ordenación Educativa y Organización Escolar Servicio Provincial de Inspección de Educación de Málaga
|
|
- Raquel Castellanos Bustamante
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Guía orientativa para centros educativos sobre documentos de evaluación del alumnado en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, programas de cualificación profesional inicial y bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía Área estructural de Ordenación Educativa y Organización Escolar Servicio Provincial de Inspección de Educación de Málaga Mayo de 2010
2 Guía orientativa para centros educativos sobre documentos de evaluación del alumnado en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, programas de cualificación profesional inicial y bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía El objetivo de esta guía es servir de documento complementario al profesorado y a los equipos directivos de los centros educativos que imparten educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, programas de cualificación profesional inicial y bachillerato, esquematizando los documentos oficiales de evaluación que es preceptivo cumplimentar en cada uno de los cursos. Incluye referencias para la cumplimentación de dichos documentos en el Sistema de Información Séneca, debiendo entenderse éstas como breves indicaciones para el acceso y no como un manual, que supondría otro nivel de detalle en sus explicaciones. Dada la permanente evolución de Séneca en sus diferentes módulos, las indicaciones que se hacen referidas a este sistema lo son a la fecha de elaboración de esta guía, siendo susceptibles de ulteriores modificaciones. El contenido de la guía no tiene carácter prescriptivo ni exhaustivo, pero al presentar de forma sencilla y práctica algunos de los aspectos más básicos de la cumplimentación de los documentos oficiales de evaluación del alumnado en las enseñanzas mencionadas, pretende ser una referencia útil en el proceso. NORMATIVA DE REFERENCIA Orden de 29 de diciembre de 2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). Instrucciones de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre evaluación del alumnado de educación primaria. Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). Instrucciones de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria. Orden de 24 de junio de 2008, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial (BOJA ). Orden de 15 de diciembre de 2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). 2
3 EDUCACIÓN INFANTIL (PRIMER CICLO) Orden de 29 de diciembre de 2008 sobre evaluación en la educación infantil (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 0-1, 1-2 y 2-3 AÑOS Al inicio de la escolarización en el primer ciclo de educación infantil, el centro abrirá un expediente personal del alumnado, que tendrá formato de carpeta-dossier, en el que se consignarán el nombre y apellidos del niño o la niña y los datos relativos al centro. Dicho expediente comprenderá, al menos: a) La ficha personal del alumno o alumna, b) Informe anual de evaluación individualizado, c) Informe individualizado de final de ciclo, d) Resumen de la escolaridad. Ficha personal Anexo I Orden Resumen de escolaridad Anexo II Orden Informe anual de evaluación individualizado (para 0-1 y 1-2 años) Anexo IV Orden Informe individualizado de final de ciclo (para 2-3 años) Anexo V Orden Se cumplimenta al inicio del ciclo o cuando haya modificaciones en los datos. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que correspondan a la secretaría del Centro. Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartados de cambios domicilio y datos médicos y psicopedagógicos del ciclo 1º. - Se imprime al finalizar el ciclo. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartado de observaciones sobre escolaridad del ciclo 1º. - Se imprime a la finalización del ciclo. - El director/a debe firmar en la casilla correspondiente a cada curso. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe anual de evaluación del año correspondiente. - Se imprime anualmente. - Es custodiado por el tutor/a durante la escolarización del alumno/a en el ciclo. Posterior archivo en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. - Es cumplimentado por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe individualizado final de ciclo. - Se imprime al finalizar el ciclo. - Se trasladará, por el procedimiento que establezca la dirección del centro, a los maestros/as tutores/as de segundo ciclo de educación infantil que correspondan. Una copia se archivará en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará al centro de procedencia la ficha personal del alumno/a, los resúmenes de la escolaridad, así como los informes de evaluación individualizados correspondientes a su escolarización en esta etapa educativa, abriendo un nuevo expediente personal. El centro de procedencia conservará copia de los documentos durante tres años. 3
4 EDUCACIÓN INFANTIL (SEGUNDO CICLO) Orden de 29 de diciembre de 2008 sobre evaluación en la educación infantil (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 3, 4 y 5 AÑOS Al inicio de la escolarización en el segundo ciclo de educación infantil, el centro abrirá un expediente personal del alumnado, que tendrá formato de carpeta-dossier, en el que se consignarán el nombre y apellidos del niño o la niña y los datos relativos al centro. Dicho expediente comprenderá, al menos: a) La ficha personal del alumno o alumna, b) Informe anual de evaluación individualizado, c) Informe individualizado de final de ciclo, d) Resumen de la escolaridad. Ficha personal Anexo I Orden Resumen de escolaridad Anexo III Orden Informe anual de evaluación individualizado (para 3 y 4 años) Anexo IV Orden Informe individualizado de final de ciclo (para 5 años) Anexo V Orden Se cumplimenta al inicio del ciclo o cuando haya modificaciones. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que correspondan a la secretaría del Centro. Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartados cambios domicilio y datos médicos y psicopedagógicos del ciclo 2º. - Se imprime al finalizar el ciclo. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartado de observaciones sobre escolaridad del ciclo 2º. - Se imprime a la finalización del ciclo. - El director/a debe firmar en la casilla correspondiente a cada curso. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe anual de evaluación del año correspondiente. - Se imprime anualmente. - Es custodiado por el tutor/a durante la escolarización del alumno/a en el ciclo. Posterior archivo en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. - Es cumplimentado por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe individualizado final de ciclo. - Se imprime al finalizar el ciclo. Si el alumno/a no promociona, se imprime el informe anual individualizado para su tutor/a siguiente. - Se trasladará, por el procedimiento que establezca la dirección del centro, a los maestros/as tutores/as de primer curso de educación primaria que correspondan. Una copia se archivará en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará al centro de procedencia la ficha personal del alumno/a, los resúmenes de la escolaridad, así como los informes de evaluación individualizados correspondientes a su escolarización en esta etapa educativa, abriendo un nuevo expediente personal. El centro de procedencia conservará copia de los documentos durante tres años. 4
5 EDUCACIÓN PRIMARIA Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación primaria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º, 3º y 5º EP Anexo II Orden Informe personal Anexo IV Orden Es cumplimentado por el tutor/a, excepto los datos administrativos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados). - Se cumplimenta tras la evaluación inicial del alumnado. - Deben cumplimentarse los resultados curriculares de la evaluación inicial (IN, SUF, BI, NT, SB) y las medidas adoptadas tras la misma (Programa de Apoyo, Refuerzo y Recuperación o Adaptación Curricular), así como las observaciones que se estimen pertinentes. En Séneca, estos datos hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente. - Es cumplimentado por el tutor/a con la información del equipo docente. - Se cumplimenta en junio. - El informe personal recoge calificaciones, observaciones sobre los resultados, apreciación global de los resultados, adquisición de competencias básicas, medidas educativas complementarias adoptadas y las propuestas para el curso siguiente y valoración global del aprendizaje. Séneca captura las calificaciones de las actas de evaluación. El resto de apartados hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal, manualmente, pues no los captura de otros módulos. - Se imprime en junio. - Es custodiado por la jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal, abriendo un nuevo expediente académico. 5
6 EDUCACIÓN PRIMARIA Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación primaria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 2º, 4º y 6º EP Actas de evaluación Anexo I Orden Anexo II Orden Historial académico Anexo III Orden Informe personal Anexo IV Orden Informe personal de final de etapa Anexo V Orden Deben imprimirse y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - Recogen la decisión de promoción o permanencia. - La Secretaría cumplimentará, en su caso, los datos administrativos (traslados, entrega de historial académico al finalizar etapa). - Séneca captura las calificaciones de las áreas y la decisión de promoción de las actas de evaluación. - Para que en Séneca aparezcan cumplimentadas las medidas adoptadas (columna M.A.), deberán hacerse constar en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. - Es firmado por el tutor/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio, siempre que el alumno/a promocione. - En Séneca, si se han cumplimentado las actas de evaluación y los datos que se han explicado en el apartado del expediente académico, no es preciso nada más, pues hace la captura de los módulos correspondientes. - Es firmado por el tutor/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio, siempre que el alumno/a promocione. - Custodia y archivo en Secretaría, salvo al finalizar la etapa, que se entregará al alumnado y se remitirá copia al IES correspondiente. - Es cumplimentado por el tutor/a con la información del equipo docente. - Se cumplimenta en junio. - El informe personal recoge calificaciones, observaciones sobre los resultados, apreciación global de los resultados, adquisición de competencias básicas, medidas educativas complementarias adoptadas y las propuestas para el curso siguiente y valoración global del aprendizaje. Séneca captura las calificaciones de las actas de evaluación. El resto de datos hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal, manualmente, pues no los captura de otros módulos. - Se imprime en junio. - Es custodiado por jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Para el alumnado de 6º EP que promocione a ESO, este informe se denomina informe personal de final de etapa y se remitirá al IES. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). 6 NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal, abriendo un nuevo expediente académico.
7 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación secundaria obligatoria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º, 2º, 3º y 4º ESO Actas de evaluación (ordinaria y extraordinaria) Anexo I Orden Actas de evaluación de materias pendientes (ordinaria y extraordinaria) Anexo I Orden Informe personal Anexo IV Orden Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - En 1º y 2º recogen la decisión de promoción o permanencia, en 3º promoción, permanencia o finalización sin título (1), en 4º titulación, permanencia o finalización sin título (1) (siempre debe revisarse la asignación automática de Séneca). Cuando en la convocatoria ordinaria cabe la decisión del equipo docente sobre la promoción o titulación y esta decisión queda pendiente para la convocatoria extraordinaria, se consignará en la ordinaria como permanencia (REP). - Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado responsable de las materias pendientes del grupo. - En 1º y 2º recogen la decisión de promoción o permanencia, en 3º promoción, permanencia o finalización sin título, en 4º titulación, permanencia o finalización sin título (siempre debe revisarse la asignación automática de Séneca). - Es cumplimentado por el tutor/a con la información de todo el equipo docente. - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - El informe personal recoge calificaciones, adquisición de competencias básicas, medidas educativas complementarias adoptadas y propuestas para el curso siguiente, orientaciones sobre promoción, PDC o PCPI. En Séneca, estos datos hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal, en el cual, con excepción de las calificaciones, hay que cumplimentar manualmente los demás apartados, pues no los captura de otros módulos. - Se imprimen en junio o septiembre, según corresponda. - Es custodiado por jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Para el alumnado de 4º ESO que promocione y se matricule en Bachillerato, este informe se trasladará a su tutor/a de 1º de Bach, o en caso, al centro donde se matricule de estas enseñanzas. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). sigue (1) Solamente cabe la finalización sin título cuando el alumno ha agotado su permanencia en la etapa por no cumplir los requisitos de edad establecidos en el art. 2.1 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la ESO en Andalucía (BOJA de ) o la prolongación del límite de edad recogida en el art del citado Decreto. 7
8 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (continuación) Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación secundaria obligatoria (BOJA de ) Anexo II Orden Historial académico Anexo III Orden Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados, entrega de historial académico, título o certificado de escolaridad). - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - Séneca captura la promoción/titulación o permanencia y la fecha de superación de las materias pendientes de las actas de evaluación. - Para todo el alumnado: las medidas de atención a la diversidad hay que rellenarlas en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/ Medidas de atención a la diversidad. - Para todo el alumnado: las observaciones referidas a aspectos de interés que no puedan consignarse en otro apartado (por ej., la flexibilización del alumnado con sobredotación intelectual, entre otras) hay que rellenarlas en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/observaciones. - Para alumnado de 2º, 3º o 4º: la cumplimentación del expediente académico referida a lo que el alumno/a realizará en el curso siguiente hay que rellenarla en Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/resultados académicos de 2º o 3º o 4º, donde se marca si hará el siguiente curso de la etapa, un PDC o un PCPI. - Para que en Séneca aparezcan marcadas con X las materias con adaptación curricular en la columna AC, deberá haberse hecho constar esta circunstancia en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio o septiembre, según el caso. - En Séneca, si se han cumplimentado las actas de evaluación y los datos que se han explicado en el apartado del expediente académico, no es preciso nada más, pues hace la captura de los módulos correspondientes. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, siempre que el alumno/a promocione, titule o finalice sin título, en junio o septiembre, según el caso. Se entregará al alumnado al término de la enseñanza obligatoria y, en cualquier caso, al finalizar su escolarización en la enseñanza básica en régimen ordinario. NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal, abriendo un nuevo expediente académico. 8
9 PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL Orden de 24 de junio de 2008 sobre programas de cualificación profesional inicial (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º (MÓDULOS OBLIGATORIOS) Acta de evaluación final Anexo VIII Orden Anexo IX Orden Informe individual de progreso Anexo VI Orden NOTAS: - Deben imprimirse y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - Cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos a la secretaría del Centro. - El tutor cumplimentará las medidas de atención a la diversidad. Estos datos se cumplimentan en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente. - Para que en Séneca aparezcan marcadas con X las materias con adaptación curricular en la columna AC, deberá haberse hecho constar esta circunstancia en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. La norma solamente contempla adaptaciones curriculares significativas para los módulos obligatorios de formación general. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente. - El tutor cumplimentará las observaciones sobre las calificaciones. Estos datos se cumplimentan en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal. - Se trasladará, en su caso, a los tutores/as del curso siguiente. Una copia se archivará en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. La emisión, custodia y archivo de los documentos de evaluación corresponde a los centros docentes donde se impartan los programas, o al centro al que estén adscritos en el caso de programas impartidos por las entidades (art. 8 de la Orden ). En este caso, el centro incorporará a los documentos de evaluación una diligencia en la que conste la entidad que ha desarrollado el programa y la fecha de su autorización. El alumnado que supere los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial obtendrá una certificación académica (Anexo X de la Orden ). En el caso de los programas impartidos por las entidades, el centro educativo al que se encuentren adscritos emitirá la certificación, haciendo constar en la misma, mediante una diligencia, la entidad que ha impartido el programa y su fecha de autorización. Esta certificación tendrá efectos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, pudiendo el alumnado solicitar la convalidación para la obtención del correspondiente certificado de profesionalidad. 9
10 PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación secundaria obligatoria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 2º (MÓDULOS VOLUNTARIOS) Actas de evaluación (ordinaria y extraordinaria) Anexo I Orden Anexo II Orden Historial académico Anexo III Orden Informe personal Anexo IV Orden Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados, entrega de historial académico, título o certificado de escolaridad). - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - Todavía no está disponible el módulo correspondiente para su cumplimentación en Séneca. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, en junio o septiembre, según el caso. - Todavía no está disponible el módulo correspondiente para su cumplimentación en Séneca. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, siempre que el alumno/a titule, en junio o septiembre, según el caso. Se entregará al alumnado al término de la enseñanza obligatoria y, en cualquier caso, al finalizar su escolarización en la enseñanza básica en régimen ordinario. - Es cumplimentado por el tutor/a con la información de todo el equipo docente. - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - Todavía no está disponible el módulo correspondiente para su cumplimentación en Séneca. - Es custodiado por jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). NOTA: El alumno o alumna que haya cursado los módulos voluntarios de un programa recibirá una certificación de los módulos superados, a los oportunos efectos de equivalencias y exenciones. 10
11 BACHILLERATO Orden de 15 de diciembre de 2008 sobre evaluación en el bachillerato (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º y 2º Actas de evaluación (ordinaria y extraordinaria) Anexo II Orden Anexo I Orden Historial académico Anexo IV Orden NOTAS: - Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo, así como, en su caso, el profesorado responsable de las materias pendientes del alumnado del grupo. - Recogen la decisión de promoción/titulación o permanencia. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos y otros aspectos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados, convalidaciones, fraccionamiento del bachillerato, exenciones, nota media, expedición o entrega de título, entrega de historial académico). - El tutor consignará en las medidas de atención a la diversidad los programas de refuerzo y adaptaciones curriculares, en su caso. Estos datos se cumplimentan en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/ Expediente de Bachillerato. - Para que en Séneca aparezcan marcadas con X las materias con adaptación curricular en la columna AC, deberá haberse hecho constar esta circunstancia en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio o septiembre, según el caso. - Se cumplimentarán los datos administrativos que corresponden a la Secretaría del Centro (anulación de matrícula, mención Matrícula de Honor, entrega de historial académico). - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio o septiembre, según el caso. - Se entregará al alumnado una vez superados los estudios. En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal por traslado (Anexo V de la Orden de ), abriendo un nuevo expediente académico. El informe personal por traslado se cumplimentará en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal. Los centros privados cumplimentarán dos ejemplares de cada acta de evaluación, uno para el propio centro y otro que será remitido al Instituto al que esté adscrito en el plazo de diez días. Los centros docentes que imparten Bachillerato podrán emitir en cualquier momento, a petición de las personas interesadas, certificación de los estudios realizados en la que se especifique las materias cursadas y las calificaciones obtenidas. La certificación irá firmada por la persona que ocupe la secretaría del centro y visada por el director o directora del mismo. 11
INSTRUCCIONES. Primera. Objeto y ámbito.
DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA POR LA HISTORIAL ACADÉMICO DE EDUCACIÓN Los documentos básicos de evaluación de la educación básica regulada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, son
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN (Enseñanzas reguladas en el Decreto XXX/2016, de XXXXXXXXXXXXX, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en Andalucía) (BOJA núm. xxx, de xx de xxxxx
Más detallesANEXO I. Anexo III.a
ANEXO I Anexo III.a HISTORIAL ACADÉMICO DE EDUCACIÓN PRIMARIA Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre (BOE del 8) y Decreto 22/2007, de 10 de mayo (BOCM del 29) Número de identificación: Datos personales
Más detallesHISTORIAL ACADÉMICO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Pág. 66 MARTES 15 DE JULIO DE 2008 ANEXO VI.a ESPAÑA HISTORIAL ADÉMICO DE EDUCIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre (B.O.E. de 5 de enero de 2007) y Decreto 23/2007, de
Más detallesBACHILLERATO Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre (B.O.E. de 6 de noviembre de 2007) y Decreto 67/2008, de 19 de junio (B.O.C.M.
ANEXO I BACHILLERATO Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre (B.O.E. de 6 de noviembre de 2007) y Decreto 67/2008, de 19 de junio (B.O.C.M. del 27) EXPEDIENTE ACADÉMICO DEL ALUMNO Número de identificación
Más detallesINSTRUCCIONES. Primera. Objeto y ámbito
Ref: 09/189425.9/12 Dirección General de Educación Secundaria INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL POR LAS QUE SE ESTABLECE UN NUEVO MODELO DE
Más detallesAprobado en Consejo Escolar de
0 1. NORMATIVA DE REFERENCIA. 1 - LEY ORGÁNICA 2/2006, 3 de mayo, de Educación (BOE 106/2006) con la reforma ocasionada por la LEY ORGÁNICA 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa
Más detallesCASO 4. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESCOLAR. Ed. Primaria
CASO 4. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESCOLAR. Ed. Primaria Un alumno de 4º de primaria, a mitad de curso va a trasladarse a otro centro. Por lo que el jefe de estudios convoca una reunión, junto con el director,
Más detalles1. GUÍA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN Y OBTENCIÓN, EN SU CASO, DE LOS DIFERENTES DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN DEL 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL.
ITACA: Guía documentos evaluación infantil y primaria 1 El siguiente documento contiene: 1. Educación Infantil 2º ciclo: guía para la cumplimentación y obtención, en su caso, de los diferentes documentos
Más detallesCRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN. PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE PENDIENTES
PROMOCIÓN EN EDUCACIÓN SECUNDARIA De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje
Más detallesJunta de Castilla y León
En virtud de lo dispuesto en los Anexos I a III, ambos inclusive, de la Orden EDU/2273/2009, de 11 de diciembre, por la que se establecen las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA
Orden ECD/711/2015, de 15 de abril, por la que se establecen los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de la Educación Primaria, para el ámbito de gestión del Ministerio
Más detallesINSTRUCCIONES. Ref: 09/ /16. La autenticidad de este documento se puede comprobar en
Ref: 09/499249.9/16 INSTRUCCIONES DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA, JUVENTUD Y DEPORTE SOBRE DETERMINADAS DECISIONES QUE PUEDEN ADOPTAR LOS EQUIPOS DOCENTES EN LAS SESIONES DE EVALUACIÓN
Más detallesANEXO IV HORARIO LECTIVO SEMANAL DEL BACHILLERATO
ANEXO IV HORARIO LECTIVO SEMANAL DEL BACHILLERATO 1º BACHILLERATO MATERIAS CIENCIAS H. HUMANIDADES Y CCSS H. ARTES H. BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES GENERALES Art. 12.1. a), 11.2. a) y 12.3. a) del Decreto.../2016.
Más detallesI. MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO EN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA.
INSTRUCCIONES DE 23 DE MAYO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS, SOBRE LA MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO EN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN ESPECIAL,
Más detallesEvaluación, calificación y certificación académica
Evaluación, calificación y certificación académica 28. ORDEN DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1994 POR LA QUE SE REGULA EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN ACADÉMICA DEL ALUMNADO QUE CURSE LA FORMACIÓN PROFESIONAL
Más detallesPROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES SOBRE LA EVALUACIÓN FINAL DE LOS APRENDIZAJES Y LAS DECISIONES SOBRE PROMOCIÓN ESCOLAR.
PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES SOBRE LA EVALUACIÓN FINAL DE LOS APRENDIZAJES Y LAS DECISIONES SOBRE PROMOCIÓN ESCOLAR. 1. PREÁMBULO. EL siguiente procedimiento se fundamenta a nivel normativo en las consideraciones
Más detallesGestión Centros directivos
Para cerrar los Expedientes correspondientes al curso escolar 2014, se deben seguir los siguientes pasos: Paso 1 Comprobar que los expedientes del curso anterior están cerrados: Asegurarse de tener cerrados
Más detallesANEXO III HISTORIAL ACADÉMICO
ANEXO III HISTORIAL ACADÉMICO ENSEÑANZAS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA POR PERSONAS ADULTAS Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre (B.O.E. de 3 de enero
Más detallesREFERENCIAS LEGISLATIVAS. La reglamentación sobre los Historiales Académicos de los alumnos está recogida en las normas siguientes:
1 INSTRUCCIONES para el curso 2007-2008, DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN EDUCATIVA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID SOBRE EL PROCESO DE SOLICITUD Y CUMPLIMENTACIÓN DEL HISTORIAL
Más detallesANEXO I. Número de identificación: Datos del centro Código de centro: Público Dirección: Localidad: Privado C.P.: Teléfono:
ANEXO I HISTORIAL ADÉMICO DE EDUCIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre (B.O.E. de 5 de enero de 2007) y Decreto 23/2007, de 10 de mayo, (B.O.C.M. del 29) : Datos personales
Más detallesACCESO, ADMISIÓN Y ESCOLARIZACIÓN EN PCPI CURSO
ACCESO, ADMISIÓN Y ESCOLARIZACIÓN EN PCPI CURSO 2010-2011 En base a las Instrucciones de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales sobre el acceso, admisión y escolarización
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
INSTRUCCIONES DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE EN CÓRDOBA, DE 28 DE ABRIL DE 2014, SOBRE GARANTÍAS PROCEDIMENTALES EN LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO
Más detallesPROTOLOCO DE ACTUACIÓN PARA SOLICITAR LA FLEXIBILIZACIÓN DE CURRÍCULO
PROTOLOCO DE ACTUACIÓN PARA SOLICITAR LA FLEXIBILIZACIÓN DE CURRÍCULO El alumnado con necesidades educativas asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual requiere, del sistema educativo,
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León
Pág. 44765 ANEXO III EXPEDIENTE ACADÉMICO (Orden EDU/ 519 /2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la
Más detallesDocumentos oficiales de evaluación. Educación Primaria LOMCE.
Documentos oficiales de evaluación. Educación Primaria LOMCE. Reunión de directores. CFIE de BURGOS. 22 de Mayo 2015 1 Normativa Real Decreto 126/2014, currículo básico de E. Primaria.(Disp.A. 4ª) ORDEN
Más detallesHA DISPUESTO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía La
Más detallesMODALIDAD DE ENSEÑANZA: PRESENCIAL DISTANCIA NIVEL: I GRUPO: (Sólo para régimen presencial)
ANEXO II ENSEÑANZAS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA ACTA DE EVALUACIÓN FINAL ORDINARIA OBLIGATORIA POR PERSONAS ADULTAS Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre (B.O.E.
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
19203 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 16 de junio de 2009 por la que se regula la convocatoria, estructura y organización de las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño
Más detalles67CD ESPAÑA. N de identificación del alumno (NÍA): BB Datos personales del alumno Apellidos: Medina Susano
ESPAÑA COMUNIDAD DE MADRID HISTORIAL ACADÉMICO DE BACHILLERATO Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre (B.O.E. de 6 de noviembre de 2007) y Decreto 67/200, de 1 de Junio (B.O.C.M. del 27) N de identificación
Más detallesORDEN de 10 septiembre de 1998, por la que se regulan las enseñanzas de Bachillerato para Adultos. BOJA de 24/09/1998
ORDEN de 10 septiembre de 1998, por la que se regulan las enseñanzas de Bachillerato para Adultos. BOJA de 24/09/1998 El artículo 53.2 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General
Más detallesd) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2017.
RESOLUCIÓN DE 30 DE MAYO DE 2016 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 107 de 10-v-2016 1/17 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Educación y Cultura Resolución de 29 de abril de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, de primera modificación
Más detallesd) La finalización del régimen ordinario de clase será el 22 de junio de 2018.
RESOLUCIÓN DE 4 DE MAYO DE 2017 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA
Más detallesCONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014
CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014 ÍNDICE 1. Aspectos generales. 3 2. Convalidación y exención LOGSE-LOE de módulos profesionales. 4 3. Convalidación
Más detallesREFERENCIAS LEGISLATIVAS
INSTRUCCIONES PARA EL CURSO 2007-2008 DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN EDUCATIVA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID SOBRE EL LIBRO DE CALIFICACIONES DE BACHILLERATO PARA LOS
Más detallesDIAGRAMA PROCESO DE REVISIÓN DE DECISIONES SOBRE CALIFICACIÓN ACLARACIONES VERBALES. Notificación citación comunicación resolución (MOD-03)
JUNTA DE ANDALUCIA. Consejería de Educación. Delegación Provincial. Córdoba. Servicio de Inspección de Educación. GARANTÍAS PROCEDIMENTALES SOBRE EVALUACIÓN ALUMNADO BACHILLERATO DIAGRAMA PROCESO DE REVISIÓN
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
10620 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2011, de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación
Más detallesCon objeto de facilitar a los centros docentes el desarrollo de este proceso, se dictan las siguientes INSTRUCCIONES
Resolución de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa por la que se dictan instrucciones relativas al consejo orientador que posibilita la incorporación de los alumnos a los ciclos de
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
11702 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 15 de abril de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en el Bachillerato. (2009050183) El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
11537 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2010, de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación
Más detallesLo más destacable de la Orden es el desarrollo que realiza del módulo de FCT, y que a continuación te destaco.
Madrid, a 21 de julio de 2015 A los representantes de las Entidades Titulares y Directores/as de las Escuelas Católicas de Madrid Dpto. Asesoría Ordenación Académica (EC.:07687) REGULACIÓN FP BÁSICA EN
Más detallesINSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2017
INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2017 1. Requisitos. - Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural
Más detallesVADEMÉCUM DEL BACHILLERATO DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
VADEMÉCUM DEL BACHILLERATO DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN PERMANENCIA: El Bachillerato forma parte de la Educación Secundaria Posobligatoria y comprende dos cursos académicos. En régimen ordinario, los
Más detallesAprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, POR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS NO OFICIALES (TÍTULOS PROPIOS) Y EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL Aprobado por Consejo de Gobierno 21
Más detallesExpedición de certificados.
Bulevar del Rlo Alberche, sin -45071 Toledo PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LA TASA POR PRESTACiÓN DE SERVICIOS ADMiNISTRATIVOS GENERALES POR PARTE DE los CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE CASTILLA-LA
Más detallesFolio 1/5 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES
Folio 1/5 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES Inscrita en el libro Nº... de Resoluciones de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa al folio.
Más detallesINSTRUCCIONES FIN DE CURSO INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
GOBIERNO de CANTABRIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA INSTRUCCIONES FIN DE CURSO 2011-2012 INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 ÍNDICE:
Más detallesREFERENCIAS LEGISLATIVAS. La reglamentación sobre los Certificados Académicos de Formación Profesional está recogida en las normas siguientes:
1 INSTRUCCIONES para el curso 2007-2008, DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN EDUCATIVA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID SOBRE EL PROCESO DE SOLICITUD Y CUMPLIMENTACIÓN DEL CERTIFICADO
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LOS CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN EN
INSTRUCCIONES PARA LOS CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN EN RELACIÓN CON EL FINAL DEL CURSO 2014-2015 Con objeto de concretar algunas cuestiones
Más detallesLa difusión pública de los contenidos mínimos que se van a exigir y de los criterios de evaluación y promoción que se van a aplicar.
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DIRECCIÓN DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LOS PROCESOS DE REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA,
Más detallesDESARROLLO DEL BACHILLERATO EN ANDALUCÍA. Ricardo Guerrero
DESARROLLO DEL BACHILLERATO EN ANDALUCÍA 1 Normativa Ley Orgánica 2/2006 de Educación (B.O.E. 4-5-2006) Real Decreto 806/2006 Calendario de aplicación de la LOE (B.O.E. 14-07-2006) Ley 17/2007 de Educación
Más detallesANEXO II: INSTRUCCIONES SOBRE LOS PROCESOS DE REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES
ANEXO II: INSTRUCCIONES SOBRE LOS PROCESOS DE REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES Cada curso escolar se presentan ante los Servicios Provinciales un importante número de reclamaciones contra calificaciones
Más detallesINSTRUCCIONES FIN DE CURSO 2012/2013 COLEGIOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE CANTABRIA
GOBIERNO de CANTABRIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA INSTRUCCIONES FIN DE CURSO 2012/2013 COLEGIOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA
GOBIERNO de CANTABRIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Orden EDU/32/2011, de 18 de abril, por la que se determinan las concreciones y el procedimiento de convalidación
Más detallesEvaluación, Promoción y Titulación en Ciclos Formativos
Pag 1 de 5 Preguntas Frecuentes www.simondecolonia.net/fp/faq/ciclos-formativos Evaluación, Promoción y Titulación en Ciclos Formativos Cuáles son las normas legales que regulan la evaluación y acreditación
Más detallesDOCUMENTACIÓN ACADÉMICA FIN DE CURSO BACHILLERATO
HEZKUNTZA, HIZKUNTZA POLITIKA ETA KULTURA SAILA Hezkuntza Sailburuordetza Hezkuntza Ikuskaritza DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA Viceconsejería de Educación Inspección de Educación
Más detallesPromoción y repetición en Bachillerato
Promoción y repetición en Bachillerato La normativa de promoción en 1º de Bachillerato queda regulada por: El artículo 36.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, para la mejora de la calidad educativa.
Más detallesConsejería de Educación 2763 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2007, de la Dirección
Pág. 178 JUEVES 26 DE JULIO DE 2007 Consejería de Educación 2763 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2007, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se dictan instrucciones para regular el proceso
Más detallesNORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA)
NORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA) Aprobado en Junta de Facultad el 9 de mayo de 2014 La presente normativa
Más detallesPágina Núm. 11 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Martes, 22 de enero de 2008
Página 407.- Núm. 11 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Martes, 22 de enero de 2008 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden 1/2008, de 14 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, sobre
Más detallesFolio 1/6 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES
Folio 1/6 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES Inscrita en el libro Nº... de Resoluciones de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa al folio.
Más detalles1. Criterios de evaluación
INSTRUCCIONES DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN CÓRDOBA, DE 28 DE ABRIL DE 2011, SOBRE GARANTÍAS PROCEDIMENTALES EN LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO QUE SE PRESENTA A LAS PRUEBAS DE
Más detallesCRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
CRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO 1. CRITERIOS GENERALES DE LA EVALUACIÓN Según la orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación,
Más detalles3. Ot r a s disposiciones
Página 12098 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 4588 Resolución de 6 de marzo de 2009 de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que
Más detallesI. Disposiciones Generales
D.O.E. Número 139 1 Diciembre 2007 18611 I. Disposiciones Generales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 26 de noviembre de 2007 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Primaria. El
Más detallesINSTRUCCIONES DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA
INSTRUCCIONES DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES, PARA LA CORRECTA MATRICULACIÓN EN EL CURSO 2016-2017 DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Más detallesNúm. 94. Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 8 mayo de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se dictan instrucciones para solicitar la incorporación de alumnos a ciclos formativos de Formación Profesional Básica.
Más detallesCLAVE: Y ENTE: CATALUÑA RANGO: ORDEN FECHA DISPOSICION: AÑO DISPOSICION: 1994 VIGENCIA: VIGENTE
CATALUÑA.- ORDEN DE 13 DE OCTUBRE DE 1994, POR LA QUE SE DETERMINAN LOS DOCUMENTOS Y REQUISITOS FORMALES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN EN LA EDUCACION INFANTIL CLAVE: Y06945730 ENTE: CATALUÑA RANGO: ORDEN
Más detallesREGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INDUSTRIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INDUSTRIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Aprobado en Junta de Centro el 13 de junio de 2013 Artículo 1. Definición
Más detallesGARANTÍAS PROCEDIMENTALES EN LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO. ASESORAMIENTO A LOS CENTROS EDUCATIVOS CURSO 2016/2017
GARANTÍAS PROCEDIMENTALES EN LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO. ASESORAMIENTO A LOS CENTROS EDUCATIVOS CURSO 2016/2017 DOCUMENTO 1 Inspección General de Educación 1 ÍNDICE 0. INTRODUCCIÓN 1. REFERENCIAS NORMATIVAS
Más detallesDOCUMENTACIÓN ACADÉMICA FIN DE CURSO EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
HEZKUNTZA, HIZKUNTZA POLITIKA DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN ETA KULTURA SAILA POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA Hezkuntza Sailburuordetza Viceconsejería de Educación Hezkuntza Ikuskaritza Inspección de Educación
Más detallesINSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012
INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012 Requisitos. - Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza
Más detallesorden de 10 de agosto de 2007, por la que se
orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la comunidad autónoma de andalucía La
Más detallesGOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CIRCULAR SOBRE LA IMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO Y LA APLICACIÓN DEL ÚLTIMO CURSO DEL PROGRAMA DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Más detallesCALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017 CALENDARIO ESCOLAR
Más detallesINSTRUCCIONES FIN DE CURSO
GOBIERNO de CANTABRIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA INSTRUCCIONES FIN DE CURSO 2013-2014 COLEGIOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
Más detallesDocumentación oficial Información necesaria
Documentación oficial INTRODUCCIÓN 3 OBJETIVOS 3 Capítulo 1: Datos del centro 4 1.1 Ficha del centro 4 1.1.1 Pestaña General 4 1.1.2 Pestaña Dirección 5 1.1.3 Pestaña Configuración 5 1.1.4 Pestaña Personal
Más detallesSegundo. Convalidaciones entre diversas materias del Bachillerato y determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza.
Resolución de 13 de octubre de 2009, de las Direcciones Generales de Administración Educativa y de Política Educativa, sobre la tramitación de las convalidaciones y exenciones entre asignaturas de las
Más detallesBOJA. 1. Disposiciones generales. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Consejería de Educación
página 43 1. Disposiciones generales Consejería de Educación Orden de 28 de diciembre de 2017, por la que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para personas
Más detalles1. Objeto de la convocatoria
HEZKUNTZA, UNIBERTSITATE ETA IKERKETA SAILA DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN INSTRUCCIONES de la Viceconsejería de Educación por la que se convoca a los centros públicos y concertados
Más detallesSECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN.
SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN. BOE 3 mayo 1996, núm. 107/1996 [pág. 15546] EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Regula los programas de diversificación curricular. La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre
Más detalles[ ELABORACIÓN DE PROTOCOLOS Y
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE [ ELABORACIÓN DE PROTOCOLOS Y MODELOS HOMOLOGADOS DE INFORMES, Y REVISIÓN DE LOS QUE PROCEDAN, SE INCLUIRÁN LOS QUE SE HOMOLOGUEN PARA ACTUACIONES INCIDENTALES
Más detallesADAPTACIONES DE ACCESO (AAC)
ADAPTACIONES DE ACCESO (AAC) Las AAC suponen la provisión o adaptación de recursos específicos que garanticen que los alumnos y alumnas con NEE que lo precisen puedan acceder al currículo. Estas adaptaciones
Más detallesUNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Vicerrectorado de Estudiantes y Deportes
RESOLUCIÓN CONJUNTA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS CANARIAS, DE 2 DE MARZO DE 2017, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS ACADÉMICOS DE LOS ESTUDIANTES QUE SOLICITAN LA ADMISIÓN A LAS TITULACIONES OFICIALES
Más detallesCALENDARIO ESCOLAR CURSO 2017/2018 CALENDARIO
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2017/2018 CALENDARIO ESCOLAR
Más detallesCAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ORDEN de 14 de octubre de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, sobre la evaluación en Educación infantil en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón. El Estatuto de Autonomía
Más detallesLIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR
LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR El R.D. 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen las Directrices Generales Comunes de los Planes de Estudios y de los Títulos Universitarios de carácter oficial
Más detallesNORMATIVA DEL TRABAJO DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA
NORMATIVA DEL TRABAJO DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA (PC-007: Evaluación del Aprendizaje) RESUMEN DE REVISIONES Edición Fecha
Más detallesTÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS
TÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS 1. CALIFICACIONES El Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en
Más detallesINSTRUCCIONES FIN DE CURSO
GOBIERNO de CANTABRIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA INSTRUCCIONES FIN DE CURSO 2014-2015 INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE CANTABRIA
Más detallesEvaluación en ciclos formativos Aspectos generales Evaluación continua. Convocatorias ordinarias.
Evaluación en ciclos formativos Aspectos generales 1. La evaluación de la formación profesional inicial del sistema educativo tiene como finalidad valorar el aprendizaje del alumnado dirigido a la adquisición
Más detallesMODULO I. EL PROYECTO DE DIRECCIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE MODULO I. EL PROYECTO DE DIRECCIÓN UNIDAD 4. Seguimiento y evaluación del proyecto de dirección. Indicadores de logro ANEXOS Segmento 4 Tipos de indicadores,
Más detallesINSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2012
INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2012 Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba,
Más detallesPágina 1 de 7. Ref: 09/ /16. La autenticidad de este documento se puede comprobar en
Ref: 09/957374.9/16 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL SOBRE LA CONVALIDACIÓN DE DETERMINADAS ASIGNATURAS DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE
Más detallesCertificado Oficial de Estudios Obligatorios (COEO) 10/09/2012. SICE-Secundaria MANUAL de uso Página 1 de 2
Consejería de Educación y Empleo D.G de Infraestructuras y Servicios Servicio de Coordinación de TIC Certificado Oficial de Estudios Obligatorios (COEO) 10/09/2012 SICE-Secundaria MANUAL de uso Página
Más detallesConsejería de Educación
Pág. 10 VIERNES 14 DE MARZO DE 2008 B.O.C.M. Núm. 63 1074 Consejería de Educación ORDEN 1028/2008, de 29 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la
Más detallesSugerencias observaciones para expedientes centralizados centros Infantil/Primaria. Gestión. Pincel Ekade. Centros educativos. Equipos directivos
Sugerencias observaciones para expedientes centralizados centros Infantil/Primaria Pincel Ekade Gestión Centros educativos Equipos directivos 1. Introducción...1 2. Documento 1: Sugerencias cumplimentación
Más detallesINSTRUCCIONES. Primera. Objeto y ámbito de aplicación
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES, POR LAS QUE SE CONCRETAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA MATRÍCULA EN BACHILLERATO Como consecuencia de la aprobación
Más detallesORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula la realización de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización.
ORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula la realización de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización. BOJA de 26/10/2002 El Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que
Más detalles