Área estructural de Ordenación Educativa y Organización Escolar Servicio Provincial de Inspección de Educación de Málaga

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1 Guía orientativa para centros educativos sobre documentos de evaluación del alumnado en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, programas de cualificación profesional inicial y bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía Área estructural de Ordenación Educativa y Organización Escolar Servicio Provincial de Inspección de Educación de Málaga Mayo de 2010

2 Guía orientativa para centros educativos sobre documentos de evaluación del alumnado en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, programas de cualificación profesional inicial y bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía El objetivo de esta guía es servir de documento complementario al profesorado y a los equipos directivos de los centros educativos que imparten educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, programas de cualificación profesional inicial y bachillerato, esquematizando los documentos oficiales de evaluación que es preceptivo cumplimentar en cada uno de los cursos. Incluye referencias para la cumplimentación de dichos documentos en el Sistema de Información Séneca, debiendo entenderse éstas como breves indicaciones para el acceso y no como un manual, que supondría otro nivel de detalle en sus explicaciones. Dada la permanente evolución de Séneca en sus diferentes módulos, las indicaciones que se hacen referidas a este sistema lo son a la fecha de elaboración de esta guía, siendo susceptibles de ulteriores modificaciones. El contenido de la guía no tiene carácter prescriptivo ni exhaustivo, pero al presentar de forma sencilla y práctica algunos de los aspectos más básicos de la cumplimentación de los documentos oficiales de evaluación del alumnado en las enseñanzas mencionadas, pretende ser una referencia útil en el proceso. NORMATIVA DE REFERENCIA Orden de 29 de diciembre de 2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). Instrucciones de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre evaluación del alumnado de educación primaria. Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). Instrucciones de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria. Orden de 24 de junio de 2008, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial (BOJA ). Orden de 15 de diciembre de 2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA ). 2

3 EDUCACIÓN INFANTIL (PRIMER CICLO) Orden de 29 de diciembre de 2008 sobre evaluación en la educación infantil (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 0-1, 1-2 y 2-3 AÑOS Al inicio de la escolarización en el primer ciclo de educación infantil, el centro abrirá un expediente personal del alumnado, que tendrá formato de carpeta-dossier, en el que se consignarán el nombre y apellidos del niño o la niña y los datos relativos al centro. Dicho expediente comprenderá, al menos: a) La ficha personal del alumno o alumna, b) Informe anual de evaluación individualizado, c) Informe individualizado de final de ciclo, d) Resumen de la escolaridad. Ficha personal Anexo I Orden Resumen de escolaridad Anexo II Orden Informe anual de evaluación individualizado (para 0-1 y 1-2 años) Anexo IV Orden Informe individualizado de final de ciclo (para 2-3 años) Anexo V Orden Se cumplimenta al inicio del ciclo o cuando haya modificaciones en los datos. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que correspondan a la secretaría del Centro. Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartados de cambios domicilio y datos médicos y psicopedagógicos del ciclo 1º. - Se imprime al finalizar el ciclo. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartado de observaciones sobre escolaridad del ciclo 1º. - Se imprime a la finalización del ciclo. - El director/a debe firmar en la casilla correspondiente a cada curso. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe anual de evaluación del año correspondiente. - Se imprime anualmente. - Es custodiado por el tutor/a durante la escolarización del alumno/a en el ciclo. Posterior archivo en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. - Es cumplimentado por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe individualizado final de ciclo. - Se imprime al finalizar el ciclo. - Se trasladará, por el procedimiento que establezca la dirección del centro, a los maestros/as tutores/as de segundo ciclo de educación infantil que correspondan. Una copia se archivará en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará al centro de procedencia la ficha personal del alumno/a, los resúmenes de la escolaridad, así como los informes de evaluación individualizados correspondientes a su escolarización en esta etapa educativa, abriendo un nuevo expediente personal. El centro de procedencia conservará copia de los documentos durante tres años. 3

4 EDUCACIÓN INFANTIL (SEGUNDO CICLO) Orden de 29 de diciembre de 2008 sobre evaluación en la educación infantil (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 3, 4 y 5 AÑOS Al inicio de la escolarización en el segundo ciclo de educación infantil, el centro abrirá un expediente personal del alumnado, que tendrá formato de carpeta-dossier, en el que se consignarán el nombre y apellidos del niño o la niña y los datos relativos al centro. Dicho expediente comprenderá, al menos: a) La ficha personal del alumno o alumna, b) Informe anual de evaluación individualizado, c) Informe individualizado de final de ciclo, d) Resumen de la escolaridad. Ficha personal Anexo I Orden Resumen de escolaridad Anexo III Orden Informe anual de evaluación individualizado (para 3 y 4 años) Anexo IV Orden Informe individualizado de final de ciclo (para 5 años) Anexo V Orden Se cumplimenta al inicio del ciclo o cuando haya modificaciones. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que correspondan a la secretaría del Centro. Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartados cambios domicilio y datos médicos y psicopedagógicos del ciclo 2º. - Se imprime al finalizar el ciclo. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente, apartado de observaciones sobre escolaridad del ciclo 2º. - Se imprime a la finalización del ciclo. - El director/a debe firmar en la casilla correspondiente a cada curso. - Es cumplimentado anualmente por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe anual de evaluación del año correspondiente. - Se imprime anualmente. - Es custodiado por el tutor/a durante la escolarización del alumno/a en el ciclo. Posterior archivo en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. - Es cumplimentado por el tutor/a. - Los datos se introducen en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal/informe individualizado final de ciclo. - Se imprime al finalizar el ciclo. Si el alumno/a no promociona, se imprime el informe anual individualizado para su tutor/a siguiente. - Se trasladará, por el procedimiento que establezca la dirección del centro, a los maestros/as tutores/as de primer curso de educación primaria que correspondan. Una copia se archivará en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará al centro de procedencia la ficha personal del alumno/a, los resúmenes de la escolaridad, así como los informes de evaluación individualizados correspondientes a su escolarización en esta etapa educativa, abriendo un nuevo expediente personal. El centro de procedencia conservará copia de los documentos durante tres años. 4

5 EDUCACIÓN PRIMARIA Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación primaria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º, 3º y 5º EP Anexo II Orden Informe personal Anexo IV Orden Es cumplimentado por el tutor/a, excepto los datos administrativos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados). - Se cumplimenta tras la evaluación inicial del alumnado. - Deben cumplimentarse los resultados curriculares de la evaluación inicial (IN, SUF, BI, NT, SB) y las medidas adoptadas tras la misma (Programa de Apoyo, Refuerzo y Recuperación o Adaptación Curricular), así como las observaciones que se estimen pertinentes. En Séneca, estos datos hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente. - Es cumplimentado por el tutor/a con la información del equipo docente. - Se cumplimenta en junio. - El informe personal recoge calificaciones, observaciones sobre los resultados, apreciación global de los resultados, adquisición de competencias básicas, medidas educativas complementarias adoptadas y las propuestas para el curso siguiente y valoración global del aprendizaje. Séneca captura las calificaciones de las actas de evaluación. El resto de apartados hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal, manualmente, pues no los captura de otros módulos. - Se imprime en junio. - Es custodiado por la jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal, abriendo un nuevo expediente académico. 5

6 EDUCACIÓN PRIMARIA Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación primaria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 2º, 4º y 6º EP Actas de evaluación Anexo I Orden Anexo II Orden Historial académico Anexo III Orden Informe personal Anexo IV Orden Informe personal de final de etapa Anexo V Orden Deben imprimirse y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - Recogen la decisión de promoción o permanencia. - La Secretaría cumplimentará, en su caso, los datos administrativos (traslados, entrega de historial académico al finalizar etapa). - Séneca captura las calificaciones de las áreas y la decisión de promoción de las actas de evaluación. - Para que en Séneca aparezcan cumplimentadas las medidas adoptadas (columna M.A.), deberán hacerse constar en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. - Es firmado por el tutor/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio, siempre que el alumno/a promocione. - En Séneca, si se han cumplimentado las actas de evaluación y los datos que se han explicado en el apartado del expediente académico, no es preciso nada más, pues hace la captura de los módulos correspondientes. - Es firmado por el tutor/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio, siempre que el alumno/a promocione. - Custodia y archivo en Secretaría, salvo al finalizar la etapa, que se entregará al alumnado y se remitirá copia al IES correspondiente. - Es cumplimentado por el tutor/a con la información del equipo docente. - Se cumplimenta en junio. - El informe personal recoge calificaciones, observaciones sobre los resultados, apreciación global de los resultados, adquisición de competencias básicas, medidas educativas complementarias adoptadas y las propuestas para el curso siguiente y valoración global del aprendizaje. Séneca captura las calificaciones de las actas de evaluación. El resto de datos hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal, manualmente, pues no los captura de otros módulos. - Se imprime en junio. - Es custodiado por jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Para el alumnado de 6º EP que promocione a ESO, este informe se denomina informe personal de final de etapa y se remitirá al IES. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). 6 NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal, abriendo un nuevo expediente académico.

7 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación secundaria obligatoria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º, 2º, 3º y 4º ESO Actas de evaluación (ordinaria y extraordinaria) Anexo I Orden Actas de evaluación de materias pendientes (ordinaria y extraordinaria) Anexo I Orden Informe personal Anexo IV Orden Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - En 1º y 2º recogen la decisión de promoción o permanencia, en 3º promoción, permanencia o finalización sin título (1), en 4º titulación, permanencia o finalización sin título (1) (siempre debe revisarse la asignación automática de Séneca). Cuando en la convocatoria ordinaria cabe la decisión del equipo docente sobre la promoción o titulación y esta decisión queda pendiente para la convocatoria extraordinaria, se consignará en la ordinaria como permanencia (REP). - Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado responsable de las materias pendientes del grupo. - En 1º y 2º recogen la decisión de promoción o permanencia, en 3º promoción, permanencia o finalización sin título, en 4º titulación, permanencia o finalización sin título (siempre debe revisarse la asignación automática de Séneca). - Es cumplimentado por el tutor/a con la información de todo el equipo docente. - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - El informe personal recoge calificaciones, adquisición de competencias básicas, medidas educativas complementarias adoptadas y propuestas para el curso siguiente, orientaciones sobre promoción, PDC o PCPI. En Séneca, estos datos hay que rellenarlos en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal, en el cual, con excepción de las calificaciones, hay que cumplimentar manualmente los demás apartados, pues no los captura de otros módulos. - Se imprimen en junio o septiembre, según corresponda. - Es custodiado por jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Para el alumnado de 4º ESO que promocione y se matricule en Bachillerato, este informe se trasladará a su tutor/a de 1º de Bach, o en caso, al centro donde se matricule de estas enseñanzas. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). sigue (1) Solamente cabe la finalización sin título cuando el alumno ha agotado su permanencia en la etapa por no cumplir los requisitos de edad establecidos en el art. 2.1 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la ESO en Andalucía (BOJA de ) o la prolongación del límite de edad recogida en el art del citado Decreto. 7

8 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (continuación) Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación secundaria obligatoria (BOJA de ) Anexo II Orden Historial académico Anexo III Orden Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados, entrega de historial académico, título o certificado de escolaridad). - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - Séneca captura la promoción/titulación o permanencia y la fecha de superación de las materias pendientes de las actas de evaluación. - Para todo el alumnado: las medidas de atención a la diversidad hay que rellenarlas en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/ Medidas de atención a la diversidad. - Para todo el alumnado: las observaciones referidas a aspectos de interés que no puedan consignarse en otro apartado (por ej., la flexibilización del alumnado con sobredotación intelectual, entre otras) hay que rellenarlas en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/observaciones. - Para alumnado de 2º, 3º o 4º: la cumplimentación del expediente académico referida a lo que el alumno/a realizará en el curso siguiente hay que rellenarla en Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/resultados académicos de 2º o 3º o 4º, donde se marca si hará el siguiente curso de la etapa, un PDC o un PCPI. - Para que en Séneca aparezcan marcadas con X las materias con adaptación curricular en la columna AC, deberá haberse hecho constar esta circunstancia en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio o septiembre, según el caso. - En Séneca, si se han cumplimentado las actas de evaluación y los datos que se han explicado en el apartado del expediente académico, no es preciso nada más, pues hace la captura de los módulos correspondientes. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, siempre que el alumno/a promocione, titule o finalice sin título, en junio o septiembre, según el caso. Se entregará al alumnado al término de la enseñanza obligatoria y, en cualquier caso, al finalizar su escolarización en la enseñanza básica en régimen ordinario. NOTA: En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal, abriendo un nuevo expediente académico. 8

9 PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL Orden de 24 de junio de 2008 sobre programas de cualificación profesional inicial (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º (MÓDULOS OBLIGATORIOS) Acta de evaluación final Anexo VIII Orden Anexo IX Orden Informe individual de progreso Anexo VI Orden NOTAS: - Deben imprimirse y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - Cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos a la secretaría del Centro. - El tutor cumplimentará las medidas de atención a la diversidad. Estos datos se cumplimentan en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente. - Para que en Séneca aparezcan marcadas con X las materias con adaptación curricular en la columna AC, deberá haberse hecho constar esta circunstancia en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. La norma solamente contempla adaptaciones curriculares significativas para los módulos obligatorios de formación general. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente. - El tutor cumplimentará las observaciones sobre las calificaciones. Estos datos se cumplimentan en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal. - Se trasladará, en su caso, a los tutores/as del curso siguiente. Una copia se archivará en el expediente personal del alumno/a en Secretaría. La emisión, custodia y archivo de los documentos de evaluación corresponde a los centros docentes donde se impartan los programas, o al centro al que estén adscritos en el caso de programas impartidos por las entidades (art. 8 de la Orden ). En este caso, el centro incorporará a los documentos de evaluación una diligencia en la que conste la entidad que ha desarrollado el programa y la fecha de su autorización. El alumnado que supere los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial obtendrá una certificación académica (Anexo X de la Orden ). En el caso de los programas impartidos por las entidades, el centro educativo al que se encuentren adscritos emitirá la certificación, haciendo constar en la misma, mediante una diligencia, la entidad que ha impartido el programa y su fecha de autorización. Esta certificación tendrá efectos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, pudiendo el alumnado solicitar la convalidación para la obtención del correspondiente certificado de profesionalidad. 9

10 PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la educación secundaria obligatoria (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 2º (MÓDULOS VOLUNTARIOS) Actas de evaluación (ordinaria y extraordinaria) Anexo I Orden Anexo II Orden Historial académico Anexo III Orden Informe personal Anexo IV Orden Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados, entrega de historial académico, título o certificado de escolaridad). - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - Todavía no está disponible el módulo correspondiente para su cumplimentación en Séneca. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, en junio o septiembre, según el caso. - Todavía no está disponible el módulo correspondiente para su cumplimentación en Séneca. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, siempre que el alumno/a titule, en junio o septiembre, según el caso. Se entregará al alumnado al término de la enseñanza obligatoria y, en cualquier caso, al finalizar su escolarización en la enseñanza básica en régimen ordinario. - Es cumplimentado por el tutor/a con la información de todo el equipo docente. - Se cumplimenta en junio para alumnado que no deba presentarse a las pruebas extraordinarias. En septiembre para el resto del alumnado. - Todavía no está disponible el módulo correspondiente para su cumplimentación en Séneca. - Es custodiado por jefatura de estudios hasta su entrega al inicio de curso al tutor/a del curso siguiente. - Se cumplimentará también en caso de traslado de centro (diez días hábiles desde solicitud). NOTA: El alumno o alumna que haya cursado los módulos voluntarios de un programa recibirá una certificación de los módulos superados, a los oportunos efectos de equivalencias y exenciones. 10

11 BACHILLERATO Orden de 15 de diciembre de 2008 sobre evaluación en el bachillerato (BOJA de ) S DE EVALUACIÓN QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE EN 1º y 2º Actas de evaluación (ordinaria y extraordinaria) Anexo II Orden Anexo I Orden Historial académico Anexo IV Orden NOTAS: - Deben imprimirse en cada convocatoria y conservarse en formato papel. - Son firmadas por el tutor/a y todo el profesorado del grupo, así como, en su caso, el profesorado responsable de las materias pendientes del alumnado del grupo. - Recogen la decisión de promoción/titulación o permanencia. - Es cumplimentado por el tutor/a, excepto datos administrativos y otros aspectos que corresponden a la secretaría del Centro (traslados, convalidaciones, fraccionamiento del bachillerato, exenciones, nota media, expedición o entrega de título, entrega de historial académico). - El tutor consignará en las medidas de atención a la diversidad los programas de refuerzo y adaptaciones curriculares, en su caso. Estos datos se cumplimentan en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Datos complementarios del expediente/ Expediente de Bachillerato. - Para que en Séneca aparezcan marcadas con X las materias con adaptación curricular en la columna AC, deberá haberse hecho constar esta circunstancia en el módulo Alumnado/Matriculación/ Relación de matrículas/materias de la matrícula/del curso actual, pues de otro modo no lo captura. - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio o septiembre, según el caso. - Se cumplimentarán los datos administrativos que corresponden a la Secretaría del Centro (anulación de matrícula, mención Matrícula de Honor, entrega de historial académico). - Es firmado por el secretario/a y visado por el director/a, electrónicamente, en junio o septiembre, según el caso. - Se entregará al alumnado una vez superados los estudios. En caso de traslado del alumno/a, la Secretaría del centro receptor solicitará el historial académico y el informe personal por traslado (Anexo V de la Orden de ), abriendo un nuevo expediente académico. El informe personal por traslado se cumplimentará en Séneca en el módulo Alumnado/Informes/Informe personal. Los centros privados cumplimentarán dos ejemplares de cada acta de evaluación, uno para el propio centro y otro que será remitido al Instituto al que esté adscrito en el plazo de diez días. Los centros docentes que imparten Bachillerato podrán emitir en cualquier momento, a petición de las personas interesadas, certificación de los estudios realizados en la que se especifique las materias cursadas y las calificaciones obtenidas. La certificación irá firmada por la persona que ocupe la secretaría del centro y visada por el director o directora del mismo. 11

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