Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de
|
|
- María del Carmen de la Fuente Aguilar
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de Pagarés a nueve meses Fechas de emisión y amortización de los pagarés que se emiten: Fecha de emisión: 25 de septiembre de Fecha de amortización: 25 de junio de Importe solicitado: de euros. Importe adjudicado: 0 euros. Se declara desierta la subasta para este plazo. 5.- Pagarés a doce meses Fechas de emisión y amortización de los pagarés que se emiten: Fecha de emisión: 25 de septiembre de Fecha de amortización: 24 de septiembre de Importe solicitado: de euros. Importe adjudicado: 0 euros. Se declara desierta la subasta para este plazo. Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembre de El Director General del Tesoro y Política Financiera, Alberto Amorós Mustafá. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación 1504 ORDEN de 16 de octubre de 2001, por la que se convocan ayudas, para compensar los costes de almacenamiento y comercialización de papas de media estación producidas en Canarias destinadas al mercado local, en la campaña de Examinada la iniciativa formulada por la Dirección General de Política Agroalimentaria, al objeto de convocar ayudas para compensar los costes de almacenamiento y comercialización de papas de media estación destinadas al mercado local, así como la propuesta de la Secretaría General Técnica de esta Consejería en relación con dicha iniciativa, y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- En la Ley 7/2000, de 28 de diciembre (B.O.C. nº 171, de ), de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2001, existe crédito suficiente para atender las ayudas que se convocan. Segundo.- Con fecha 4 de julio de 2000, se notificó a la Comisión Europea un proyecto de ayuda (Ayuda de Estado nº N 453/2000) para la comercialización de la papa destinada al consumo (y no a la destinada a la producción de fécula) originaria y comercializada en las Islas Canarias entre el 1 de mayo y el 31 de octubre, con una duración prevista anual, a la espera de la reforma del Reglamento (CEE) nº 1601/92. Ayuda que se beneficia de la excepción prevista en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado, en su calidad de medidas que facilitan el desarrollo del sector agrario, a la que la Comisión no ha formulado objeción. Tercero.- En el denominado período sensible (comprendido entre el 1 de abril y el 31 de octubre), se da la concurrencia del máximo de producción de la papa local, con un mayor coste, con la entrada de papa procedente de terceros países y del resto de la Comunidad, a menor precio, y a una disminución del consumo, coincidente con el período estival. Ante esta situación se hace necesario una actuación que compense los sobrecostes de la producción local, formulada como ayuda al almacenamiento y a la comercialización, al objeto de que pueda competir con la producción externa en igualdad de condiciones. Cuarto.- El Reglamento (CE) 1454/2001 del Consejo de 28 de junio de 2001, por el que se aprueban medidas específicas a favor de las Islas Canarias en relación con determinados productos agrícolas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 1601/92, aún no tiene normativa de desarrollo. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de ), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, indica que corresponde aprobar las bases y efectuar las convocatorias públicas de ayudas a los titulares de los Departamentos, a iniciativa de los órganos gestores y a propuesta de la Secretaría General Técnica. Segundo.- El artículo 7 del Decreto 337/1997, citado, señala que corresponde a los órganos competentes para la concesión de ayudas y subvenciones, la designación de las entidades colaboradoras, debiendo formalizarse mediante convenio de colaboración la participación de las mismas en la entrega y distribución de las ayudas y subvenciones.
2 16010 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de 2001 Vistos los hechos y fundamentos enunciados, y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas, R E S U E L V O: Primero.- Convocar para el ejercicio del año 2001, ayudas para compensar los costes de almacenamiento y comercialización de papas de media estación destinadas al mercado local, en la campaña Segundo.- Aprobar las bases por las que se rige la presente convocatoria y que aparecen recogidas en anexo a esta Orden. Tercero.- Delegar en la Dirección General de Política Agroalimentaria la facultad de dictar los actos que pongan fin al procedimiento regulado en la presente Orden, así como cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo de la presente convocatoria. Cuarto.- Designar como entidad colaboradora, dado que reúne los requisitos establecidos en el Decreto 337/1997, citado, y al objeto de entrega y distribución de las ayudas convocadas en la presente Orden, a la Empresa Mercados en Origen de Productos Agrarios de Canarias, S.A. (Mercocanarias, S.A.). Las funciones encomendadas a la entidad colaboradora son las que se especifican en las bases. Dicha encomienda está sujeta a su libre revocabilidad, en cualquier momento. Quinto.- La presente Orden producirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Santa Cruz de Tenerife, a 16 de octubre de EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, Pedro Rodríguez Zaragoza. A N E X O BASES DE LACONVOCATORIADE AYUDAS PARACOM- PENSAR LOS COSTES DE ALMACENAMIENTO Y CO- MERCIALIZACIÓN DE PAPAS DE MEDIA ESTACIÓN PRO- DUCIDAS EN CANARIAS DESTINADAS AL MERCADO LOCAL. CAMPAÑA Base 1.- Objeto y finalidad. 1. El objeto de las presentes bases es establecer las normas que han de regir la concesión de ayudas para compensar los costes de almacenamiento y comercialización de papas de media estación producidas en Canarias destinadas al mercado local, para la campaña de La presente convocatoria tiene como finalidad subvencionar las siguientes conductas: a) El almacenamiento de la papa de consumo de media estación, producida en las Islas Canarias entre el 1 de junio y el 19 de agosto de b) La comercialización de la papa de consumo de media estación producida en Canarias entre el 1 de junio y el 19 de agosto de Base 2.- Entidad colaboradora. 1. Mercocanarias, S.A. vendrá encargada de distribuir y entregar las ayudas conforme a las normas reguladoras, a las bases de la convocatoria y a la resolución de concesión. 2. La entidad colaboradora vendrá obligada a: a) Justificar ante la Dirección General de Política Agroalimentaria la distribución y entrega de los fondos recibidos. b) Someterse a las actuaciones de inspección y control que pueda realizar la Dirección General de Política Agroalimentaria, encaminadas a comprobar la correcta gestión de los fondos recibidos, al control financiero de la Intervención General y a los procedimientos fiscalizadores de la Audiencia de Cuentas de Canarias y del Tribunal de Cuentas. 3. En cualquier caso, los fondos públicos que reciba la entidad colaboradora, para su distribución en concepto de ayuda, no podrán integrarse en su patrimonio, ni retenerse o minorarse para remunerar o compensar los gastos a que pudiera dar lugar su colaboración.
3 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de Base 3.- Beneficiarios y requisitos. Para obtener las ayudas objeto de las presentes bases se deberán reunir los siguientes requisitos: 1. De los beneficiarios: a) Para el almacenamiento: Entidades asociativas agrarias integradas por productores de base. b) Para la comercialización: Productores individuales o agrupados en entidades asociativas agrarias, titulares de explotaciones con posibilidad de acceder al cobro de la ayuda por superficie establecida en el POSEICAN, para la papa de media estación de la campaña de c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma. d) No haber recibido o solicitado ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración. e) No haber recibido o solicitado ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo. f) Haber procedido a la justificación de otras ayudas o subvenciones, concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre. g) No hallarse inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma. 2. De la conducta a realizar: A) Comunes: - Que las partidas de papas almacenadas y/o comercializadas hayan sido producidas entre el 1 de junio y el 19 de agosto de 2001, en el territorio de la Comunidad Autónoma Canaria. B) Del almacenamiento: - El almacenamiento habrá de ser por una cantidad mínima, por solicitante, de kilos de papa normalizada y envasada o equivalente si es a granel. El almacenamiento podrá realizarse en varios locales o almacenes, con el límite mínimo de kilos por local. - El período de almacenamiento será mínimo de 15 y máximo de 90 días naturales. - Los titulares de la inmovilización tomarán las medidas necesarias para llevar a cabo una rotación del producto que garantice el mantenimiento de su calidad comercial y sanitaria. No obstante cualquier movimiento de la mercancía deberá comunicarse previamente a la Dirección General de Política Agroalimentaria. C) De la comercialización tanto por cantidad como por precio: - Las papas comercializadas habrán de alcanzar una cantidad mínima de kg. - La fecha límite para la comercialización será el 20 de octubre de D) De la comercialización por precio: - El precio de venta medio ponderado de la papa, para poder acceder a la ayuda, no podrá superar las 80 ptas./kg para productores individuales y 90 ptas./kg para productores agrupados en entidades asociativas agrarias. Base 4.- Dotación presupuestaria y cuantía de las ayudas. 1. Dotación presupuestaria. Destinar a la presente convocatoria créditos por importe global de doscientos sesenta y un millones ( ) de pesetas, un millón quinientos sesenta y ocho mil seiscientos cuarenta y uno con sesenta euros ( ,60), con cargo a la aplicación presupuestaria F, L.A Fomento comercialización de la papa, distribuidos de la siguiente manera: - Setenta y un millones ( ) de pesetas, cuatrocientos veintiséis mil setecientos dieciocho con sesenta euros ( ,60), para el almacenamiento. - Ochenta millones ( ) de pesetas, cuatrocientos ochenta mil ochocientos nueve con sesenta y ocho euros ( ,68) para la comercialización por kilogramo. - Ciento diez millones ( ) de pesetas, seiscientos sesenta y un mil ciento trece con treinta y un euros ( ,31) para la comercialización por precio medio ponderado.
4 16012 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de 2001 En el caso de que en la primera o en la tercera de las partidas quedase libre parte de la dotación, una vez realizado el reparto conforme a las solicitudes presentadas, la cantidad sobrante pasará a acrecentar la otra partida. Dichos créditos podrán verse incrementados con los que pudieran incorporarse. 2. Cuantía de las ayudas. La cuantía de las ayudas a conceder, con cargo a la presente convocatoria, será: Dentro de cada grupo, la ayuda se repartirá de tal forma que la suma del precio medio ponderado obtenido en la comercialización, al que en el caso de las entidades asociativas se le sumaría la ayuda establecida en el párrafo b), más la ayuda a recibir sea igual para todos los solicitantes, siempre con el límite máximo de 90 y 80 ptas./kg para los productores agrupados en entidades asociativas agrarias y para los productores individuales, respectivamente. Si sobraran créditos de alguna de las asignaciones realizadas, la cantidad sobrante pasará a acrecentar la otra asignación. Base 5.- Solicitudes y documentación. a) Para el almacenamiento, el importe total de la ayuda se distribuirá proporcionalmente a los kilos almacenados que resulten de las solicitudes presentadas, hasta 4 pesetas kilo/mes de papa almacenada. En el caso de que el almacenamiento afecte a una fracción de mes la cuantía de la ayuda para dicho período será proporcional a los días del almacenamiento. En el caso de almacenamiento de papas a granel la cantidad aforada a efectos de la cuantificación de la ayuda se minorará en un 5% por destríos estimados. 1. Las solicitudes para acogerse a la presente convocatoria se presentarán, por duplicado, en el plazo de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden, según modelo que figura como anexo I a las presentes bases. En dichas solicitudes el peticionario hará constar: a) Que la papa almacenada y/o comercializada ha sido producida entre el 1 de junio y el 19 de agosto de 2001, en la Comunidad Autónoma de Canarias. b) Para la comercialización por kilogramo, destinado exclusivamente a productores agrupados en entidades asociativas agrarias, el reparto se hará de forma proporcional entre los posibles beneficiarios. c) Para la comercialización por precio medio de venta los créditos se repartirán de la siguiente manera: - Se concederá la cantidad resultante de la diferencia entre las 90 y 80 ptas./kg para agricultores agrupados en entidades asociativas agrarias y para productores individuales, respectivamente, y el precio medio ponderado obtenido por la comercialización a lo largo de todo el período por cada uno de ellos. En el caso de las entidades asociativas agrarias para el cálculo de esta diferencia, al precio medio de venta se le sumará la ayuda obtenida por aplicación de lo establecido en el párrafo b). - Si los créditos totales destinados a la ayuda por precio medio de venta no fueran suficientes para garantizar los precios fijados en el punto anterior, éstos se adjudicarán de la siguiente manera: los créditos totales destinados a la ayuda a la comercialización por precio medio de venta, se dividirán en dos partes, una destinada a productores agrupados en entidades asociativas agrarias y otra a productores individuales, de tal manera que se destine el doble de ptas./kg comercializados al primer grupo que al segundo. b) Declaración de la cantidad de papa almacenada y/o comercializada. c) Tiempo del almacenamiento. d) Emplazamiento y localización del almacén o locales donde se realizará el almacenamiento. 2. A las solicitudes se acompañará, por duplicado, la siguiente documentación: a) Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre. b) Documento de identificación fiscal del solicitante. c) Alta de Terceros en el Sistema de Información Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (P.I.C.C.A.C.). d) Declaración responsable que contenga los siguientes extremos:
5 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma. - Que no ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. - Que no ha recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de las entidades privadas o particulares para el mismo destino. - Que ha procedido a la justificación de las ayudas o subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre. 3. Los solicitantes de las ayudas reguladas en las presentes bases podrán presentar con la solicitud, dado el elevado número de potenciales beneficiarios, escrito en el que se declare que acepta expresamente la ayuda, en el supuesto de que le sea concedida, ajustado al modelo que figura como anexo II. 4. La presentación de las solicitudes presupone la aceptación incondicional de las bases de la presente convocatoria, así como de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma. Base 6. - Criterios de concesión. 1. Las ayudas se adjudicarán, en condiciones de igualdad, dentro de las disponibilidades presupuestarias, por el procedimiento de convocatoria pública sin concurso. Base 7. - Procedimiento de concesión. - Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma. e) En el caso de productores individuales, copia de la solicitud presentada para el pago de la ayuda por superficie establecida en el POSEICAN para la papa de media estación, en la campaña f) En el caso de entidades asociativas agrarias, relación de agricultores que han entregado su producción detallando: nombre, N.I.F., superficie, datos catastrales de las parcelas, municipio de las mismas y producción entregada en el período comprendido entre el 1 de junio y el 19 de agosto de g) Para la ayuda a la comercialización: facturas de venta de todas las papas comercializadas en ese período, debidamente cumplimentadas conforme a lo dispuesto en el Decreto 2.402/1985, de 18 de diciembre, regulador del deber de expedición y entrega de facturas. 1. La solicitud, acompañada de la documentación que resulte preceptiva, se presentará ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, o cualquiera de las dependencias o formas previstas en el Decreto 164/1994, de 29 de julio (B.O.C. nº 102, de ), por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2. La Dirección General de Política Agroalimentaria llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución. En especial, la condición de productor de papa del solicitante, el derecho a cobrar la ayuda por superficie establecida en el POSEICAN para la papa de media estación de la campaña 2001, y la entrega de la totalidad de las facturas de la comercialización de las papas en el período comprendido entre el 1 de junio y el 19 de agosto de h) Para la ayuda al almacenamiento: acta debidamente cumplimentada por técnico competente de la Dirección General de Política Agroalimentaria de inmovilización de papa de consumo o facturas debidamente cumplimentadas conforme al citado Decreto 2.402/1985, que acrediten el gasto de almacenamiento en frío. 3. Una vez llevadas a cabo las actuaciones señaladas en el apartado anterior, la Dirección General de Política Agroalimentaria dictará la Resolución que proceda. 4. Sin perjuicio de la obligación de resolver, se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas por los interesados, sobre las que no recaiga Resolución expresa en el plazo de que dispone la Administración para resolver.
6 16014 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de La Dirección General de Política Agroalimentaria modificará la Resolución de concesión de la ayuda, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) La alteración de las circunstancias o de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda. b) La obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma o por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad. c) La obtención de ayudas y otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad. d) La superación de los topes previstos por la normativa comunitaria como consecuencia de la acumulación de ayudas o subvenciones en los períodos establecidos. En ningún caso dicha modificación podrá variar el destino o finalidad de la subvención concedida. 6. La efectividad de la resolución de concesión de la ayuda está supeditada a su aceptación expresa por el beneficiario, que deberá otorgarla, en el supuesto de que no la hubiera otorgado con la solicitud, dentro del plazo de los 30 días siguientes a su notificación. En caso de que no se otorgare dentro del referido plazo quedará sin efecto la ayuda concedida. Base 8.- Abono de las ayudas. Con carácter general, las ayudas se abonarán a la entidad colaboradora mediante transferencia antes del 11 de diciembre, abonando ésta, a los beneficiarios, de conformidad con lo establecido en la Resolución de concesión, las ayudas individuales antes de 31 de diciembre de a) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda. b) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, a la entidad colaboradora, el importe de las ayudas o subvenciones concedidas con posterioridad para atender a la misma situación, estado o hecho por cualquier Administración o Ente público, así como las ayudas o auxilios económicos recibidos de entidades privadas o particulares con el mismo destino. c) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las ayudas concedidas, se practiquen por el órgano concedente, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas, así como facilitar toda la información que les sea requerida por los mismos o, en su caso, por la entidad colaboradora. d) Llevar los registros contables a que vengan obligados de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las ayudas concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos a la situación, estado o hecho a que se destinan las ayudas concedidas, incluyendo las ayudas o cualquier otro tipo de atribuciones patrimoniales gratuitas, públicas o privadas, que hayan recibido, y que por diferencia permitan obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos en concepto de ayuda. Base 10.- Reintegro. No será exigible el abono de la ayuda o procederá su reintegro cuando concurra alguno de los supuestos establecidos en el artículo 35 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Base 9.- Obligaciones del beneficiario. Los beneficiarios de las subvenciones están sujetos a las siguientes obligaciones: Base 11.- Régimen jurídico. Para lo no establecido en estas bases se estará a lo dispuesto en el convenio de colaboración y en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
7 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de A N E X O I SOLICITUD DE PAGO DE AYUDA AL ALMACENAMIENTO Y/O COMERCIALIZACIÓN DE LA PAPA DE MEDIA ESTA- CIÓN PRODUCIDA EN CANARIAS Y DESTINADA AL MERCADO LOCAL. CAMPAÑA DATOS DEL PETICIONARIO Nombre y apellidos o denominación social..., con N.I.F..., con domicilio en la calle..., nº..., de la localidad..., provincia..., teléfono..., fax..., C.P.... SOLICITA: Acogerse a las ayudas previstas en la Orden de... de... de 2001 (B.O.C. nº...) para la papa de media estación producida en Canarias entre el 1 de junio y el 19 de agosto de 2001, y destinada al mercado local: A) AYUDA AL ALMACENAMIENTO para una cantidad de papa de consumo almacenada total, conforme se expresa a continuación: Normalizada y envasada... Kg. A granel... Kg. TOTAL... Kg. a) La mercancía está almacenada en un solo local, sito en:..., calle, lugar, paraje..., número... del término municipal..., provincia... Nombre de la persona encargada..., teléfono... b) En el caso de varios locales, la cantidad total se desglosa como sigue: c) Tiempo de almacenamiento:... días B) AYUDA A LA COMERCIALIZACIÓN para una cantidad de papa de consumo de... Kg...., a... de... de (Firma y rúbrica) EXCMO. SR. CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.
8 16016 Boletín Oficial de Canarias núm. 138, lunes 22 de octubre de 2001 A N E X O I I ACEPTACIÓN EXPRESA DE LA AYUDA D./Dña...., con N.I.F...., acepta expresamente la ayuda que le conceda, en concepto de compensación de los costes de almacenamiento y comercialización de papas de media estación producidas en Canarias, destinadas al mercado local en la campaña 2001, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias. En..., a... de... de Firma (El peticionario o su representante) EXCMO. SR. CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Consejería de Educación, Cultura y Deportes 1505 ORDEN de 17 de septiembre de 2001, por la que se adjudica destino definitivo en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Anselmo Pérez de Brito de Santa Cruz de La Palma a aquellos maestros que lo tenían en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Pérez Andreu del mismo municipio como consecuencia de la supresión de este último. Por Decreto 171/2001, de 30 de julio, se integra en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Anselmo Pérez de Brito el Colegio de Educación Infantil y Primaria Pérez Andreu (B.O.C. de 24 de agosto). El artículo 3 del citado Decreto 171/2001 establece que: el profesorado que, en la fecha de entrada en vigor de este Decreto, ocupe puesto de trabajo con carácter definitivo en el Centro que se suprime, mantendrá, en el Centro donde se integra, la adscripción al puesto de trabajo de igual característica que tuviere en su Centro de origen. Asimismo el Decreto 54/1999, de 8 de abril, por el que se establecen normas sobre procedimientos de provisión de plazas para funcionarios docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. de 28), dispone en su artículo 3 que: la plaza a la que acceda un profesor con destino definitivo a través de un procedimiento de redistribución de efectivos tendrá asimismo carácter definitivo, computándose a efectos de antigüedad en la misma la generada en la de origen. En su virtud, D I S P O N G O: Primero.- Adjudicar destino definitivo en el C.I.P. Anselmo Pérez de Brito a los profesores del Cuerpo de Maestros que figuran en el anexo de esta Orden. Segundo.- Reconocerles a efectos de antigüedad en el C.I.P. Anselmo Pérez de Brito la que tenían desde que obtuvieron destino definitivo en el C.I.P. Pérez Andreu. Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo. Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de septiembre de EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, p.d., el Viceconsejero de Educación (Orden de ), Fernando Hernández Guarch.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147 Miércoles 18 de junio de 2014 Sec. III. Pág. 46201 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 6441 Acuerdo de 10 de junio de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 24607 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura y Agua 7387 Orden de 4 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se aprueban las bases reguladoras
Más detallesIII. Otras Resoluciones
8626 III. Otras Resoluciones Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas 1707 ORDEN de 31 de marzo de 2015, por la que se convocan, para el ejercicio 2015, subvenciones destinadas a la suscripción
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS.
BOP 264 de 15/11/11 La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2011, a propuesta del señor Delegado de Movilidad, adoptó el siguiente acuerdo: Acuerdos:
Más detallesTORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax 978 85 21 27 NIF P-4423400-C Cod. Postal 44640 (Teruel)
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIIPIO DE TORRECILLA DE ALCAÑIZ (TERUEL) Primera: Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.
Más detallesIII. Otras Resoluciones
6856 III. Otras Resoluciones Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas 1510 ORDEN de 21 de marzo de 2013, por la que se convocan, para el ejercicio 2013, las subvenciones destinadas a la suscripción
Más detallesBASES PARA SUBVENCIONAR EL MANTENIMIENTO DE LAS VARIEDADES LOCALES DE CAÑA DE AZUCAR
EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA BASES PARA SUBVENCIONAR EL MANTENIMIENTO DE LAS VARIEDADES LOCALES DE CAÑA DE AZUCAR 1.- OBJETO Las presentes Bases tienen por objeto establecer las normas que han de
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 41592 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones 14490 Orden de 11 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por la que se convocan los Premios Extraordinarios
Más detallesDISPONGO: Artículo 1. Objeto.
13716 DECRETO 105/2009, de 8 de mayo, por el que se regulan las ayudas para promover la afiliación a la Seguridad Social de cónyuges y descendientes de los titulares de explotaciones agrarias, especialmente
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 22793 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones 6858 Orden de 27 de mayo de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por la que se convocan los Premios Extraordinarios de
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 34943 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Universidades y Empleo 13003 Orden de 4 de septiembre de 2013, de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo,
Más detallesI. Disposiciones generales
31324 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 5610 ORDEN de 10 de diciembre de 2014, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago obligatoria de
Más detallesD.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155
D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 ORDEN de 31 de agosto de 2006 por la que se convocan ayudas para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudios conducentes a la obtención de
Más detallesI. Disposiciones generales
726 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 43 ORDEN de 30 de diciembre de 2014, por la que se regulan los anticipos reintegrables para el personal al servicio del sector
Más detallesBASES GENERALES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL ÁREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
BASES GENERALES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL ÁREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA El Ayuntamiento de La Rinconada, a través del área de Participación Ciudadana, concede anualmente subvenciones con
Más detallesSUBVENCION DE AUTOEMPLEO CON RESOLUCION ÚNICA DEL AYUNTAMIENTO DE
SUBVENCION DE AUTOEMPLEO CON RESOLUCION ÚNICA DEL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO 1. Aprobar las Bases y Convocatoria de Subvenciones de Autoempleo para el año 2011, por una cuantía total de 30.000,00
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
25452 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2011, de la Consejera, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades públicas para financiar el funcionamiento
Más detallesIII. Otras Resoluciones
13477 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 2231 Dirección General de Personal.- Resolución de 14 de mayo de 2014, por la que se convocan licencias por estudios
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS.
BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS. Primera.- Objeto y ámbito 1. El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria y concesión, en régimen de
Más detallesAyuntamiento de Caspe
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DEPORTIVAS 1. Objeto y finalidad.- Las subvenciones que concede el tienen como objeto promocionar la práctica deportiva de cualquier disciplina
Más detalles13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Propuesta Concejalía Delegada de Bienestar Social Expte. Área de Bienestar Social Asunto: BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL
Más detallesMODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En
Más detallesBoletín Oficial de Canarias núm. 199, viernes 9 de octubre de 2009 22169
Boletín Oficial de Canarias núm. 199, viernes 9 de octubre de 2009 22169 pirantes seleccionados en virtud de pruebas selectivas para acceder, por promoción interna, al Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE MEDIDAS DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS EN EL ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BINÉFAR.
INDICE ORDENANZA REGULADORA DE MEDIDAS DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS EN EL ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BINÉFAR. Artículo 1.- OBJETO Artículo 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo
Más detallesBASES IX PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE NUEVA CREACION DENTRO DEL TERMINO MUNICIPAL DE PINOSO 2013.-
BASES IX PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE NUEVA CREACION DENTRO DEL TERMINO MUNICIPAL DE PINOSO 2013.- OBJETO Y FINALIDAD: La Concejalía de Empleo y Desarrollo Local a través de la Agencia de Desarrollo
Más detallesA los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes:
Folio 1/5 UNIVERSITARIOS EN EL CURSO ACADÉMICO 2015/2016, SE DENIEGAN LAS QUE NO En relación al procedimiento tramitado por esta Dirección General referente a la convocatoria de becas para la realización
Más detalles46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22
46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22 ORDEN MAM/125/2008, de 31 de enero, por la que se convocan ayudas para paliar los daños producidos en Castilla y León por lobos y perros asilvestrados
Más detalles14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006
14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006 puesto por don Abelardo Colunga Alvarez contra el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón, versando el recurso sobre la aprobación
Más detallesa) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:
CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A PERSONAS INMIGRANTES, PARA FACILITAR EL PAGO DE FIANZA EN ALQUILER DE VIVIENDA EN EL EJERCICIO 2010. Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento
Más detallesFuente: Ministerio de Economía y Hacienda.
NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El
Más detallesREGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL
REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto
Más detallesOrden Foral 339/2006, de 30 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
8.5.3.07. ORDEN FORAL 259/2006, de 18 de julio, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las explotaciones ganaderas
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 61822 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN EYE/1126/2010, de 28 de julio, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182 Viernes 31 de julio de 2015 Sec. III. Pág. 66071 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8604 Orden HAP/1596/2015, de 28 de julio, por la que se convocan becas
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ARTÍCULO 1.- OBJETO.- TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Es objeto
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
RESOLUCION Nº Resolución: 74/2013 Fecha: 20/11/2013 Sig: MJGM Nº Expediente: Asunto: Resolución definitiva de concesión de subvenciones en el marco de la convocatoria de fomento de la actividad emprendedora
Más detallesIV. Administración Local
núm. 165 de 17-VII-2013 1/10 IV. Administración Local Ayuntamientos De Carreño Anuncio. Bases para la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades del municipio de Carreño, para la realización
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 98 LUNES 27 DE ABRIL DE 2015 Pág. 37 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 8 ORDEN 1153/2015, de 20 de abril, de la Consejera de Educación,
Más detalles4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes se establece del 2 al 27 de febrero de 2009.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE QUART DE POBLET PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS PARA JÓVENES DURANTE EL EJERCICIO 2009 1. OBJETO Es objeto
Más detallesIV. Anuncios. 12820 Boletín Oficial de Canarias núm. 134, sábado 5 de julio de 2008
12820 Boletín Oficial de Canarias núm. 134, sábado 5 de julio de 2008 de la actividad subvencionada que está supeditada en cuanto a su abono a la paralización definitiva del barco donde el beneficiario
Más detallesAyuntamiento de Caspe
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CULTURALES Y SOCIALES 1. Objeto y finalidad.-el Excmo. convoca estas subvenciones con el objeto de colaborar económicamente con las asociaciones
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249 Jueves 17 de octubre de 2013 Sec. III. Pág. 84900 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 10902 Orden AAA/1903/2013, de 9 de octubre, por la que se convoca
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ROTULOS EXTERIORES Y PAGINAS WEB EN EUS- KERA. 2014
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ROTULOS EXTERIORES Y PAGINAS WEB EN EUS- KERA. 2014 Publicación en el B.O.B: 27 de mayo de 2014 (nº 99) Plazo de presentación de solicitudes: último día, 31 de octubre
Más detallesAYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
II - ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ ALCALDÍA Y RELACIONES INSTITUCIONALES Euskera Convocatoria del programa municipal de subvenciones para promocionar
Más detallesCOMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES De conformidad con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. comunica el siguiente HECHO RELEVANTE En cumplimiento de lo previsto
Más detallesNúmero 112 / Viernes 12 de Junio de 2015 Página 11. Instituto Municipal de Asuntos Sociales
Número 112 / Viernes 12 de Junio de 2015 Página 11 Instituto Municipal de Asuntos Sociales EDICTO. Bases Becas Escolares 2015/16 Aprobadas por Resolución de la Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos
Más detallesY por consiguiente los firmantes acuerdan las siguientes cláusulas: CLÁUSULAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA ENTIDAD PROMOTORA CAMPO NOMBRE ENTIDAD PROMOTORA, A LOS EFECTOS DE LA CONVOCATORIA 2010 DE INFRAESTRUCTURAS CIENTIFICO- TECNOLÓGICAS,
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 4481 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura y Agua 1324 Orden de 23 de enero de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se convocan ayudas por paralización
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89 Martes 14 de abril de 2015 Sec. III. Pág. 31763 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 4019 Orden IET/633/2015, de 7 de abril, por la que se convocan subvenciones a
Más detallesREGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:
Más detallesREGISTRO GENERAL Salida Nº 201500100009167 Presentación:
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN FUERA DE ESPAÑA DE LAS PRACTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, CURSO 2014 2015. UNIVERSIDAD
Más detallesBoletín Oficial de Canarias núm. 251, martes 18 de diciembre de 2007 27473
Boletín Oficial de Canarias núm. 251, martes 18 de diciembre de 2007 27473 tirá el acceso de la entidad a los datos del fichero correspondiente del Servicio Canario de Empleo, con la finalidad de gestionar
Más detallesXXVI CONCURSO DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA TEMAS MUDÉJARES Y MORISCOS 2015
XXVI CONCURSO DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA TEMAS MUDÉJARES Y MORISCOS 2015 BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA TEMAS MUDÉJARES Y MORISCOS 2015 DEL ORGANISMO AUTÓNOMO
Más detallesPunto 14.- Convocatoria y bases para la concesión de subvenciones destinadas a la Mejora del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible 2007.
A instancias del Sr. Presidente de la Comisión Informativa del Área de Medio Ambiente y Articulación Territorial, le doy traslado del dictamen emitido en el punto 14 del Orden del Día, en la sesión de
Más detallesAUMENTO DEL VALOR AÑADIDO DE LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y FORESTALES
AUMENTO DEL VALOR AÑADIDO DE LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y FORESTALES [BOC NÚM. 77, JUEVES 23 DE ABRIL DE 2009] MEDIDA Y EJE DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CANARIAS Eje 1: Aumento de la competitividad
Más detallesIV. Administración Local
Pág. 46 IV. Administración Local Diputación Provincial de Salamanca Cultura Turismo y Patrimonio CONVOCATORIA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y VISITAS A LOS CASTROS DEL TERRITORIO VETÓN,
Más detallesEn particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ASOCIACIONES, COLECTIVOS Y PARTICULALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ÁMBITO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE GRANADILLA DE ABONA, AÑO 2013. 1.-
Más detallesPROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO
PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO MODALIDADES A. SUBVENCIÓN POR EL ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO O POR CUENTA PROPIA. 1. La solicitud de la subvención deberá presentarse en el plazo comprendido
Más detallesBASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.
BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es
Más detallesNÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014
37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos
Más detallesBoletín Oficial de Canarias núm. 237, jueves 3 de diciembre de 2009 26701
Boletín Oficial de Canarias núm. 237, jueves 3 de diciembre de 2009 26701 Expediente DA nº 06/09. En el procedimiento de desahucio administrativo del dominio público portuario incoado bajo el número de
Más detallesestablecer, mediante Orden Foral, una fecha de cargo posterior a aquella en la que finalice el periodo voluntario de pago que corresponda a cada
Proyecto de DECRETO FORAL por el que se modifica el Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa. El presente Decreto Foral
Más detallesCONVOCATORIA CURSO 2013 2014
AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN FUERA DE ESPAÑA DE LAS PRACTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA. UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGISTRO GENERAL Salida
Más detallesAYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.
AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. 1 Os comunicamos en el día de hoy, el ACUERDO de 5 de mayo de 2011, del Consejo
Más detallesBoletín Oficial de Canarias núm. 219, viernes 12 de noviembre de 2004 19817
Boletín Oficial de Canarias núm. 219, viernes 12 de noviembre de 2004 19817 II. AUTORIDADES Y PERSONAL Oposiciones y concursos Consejería de Educación, Cultura y Deportes 1569 ORDEN de 27 de octubre de
Más detallesDATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE
COMUNICACIÓN DE TERMINACIÓN DE OBRAS SOLICITUD SUBVENCIONADAS INSTANCIA INDIVIDUAL GENERAL Espacio reservado para el Registro de entrada ÁREAS DE REHABILITACIÓN: Página 1 de 2 A CUMPLIMENTAR POR EL PERSONAL
Más detalles1. Disposiciones generales
Núm. 213 página Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 31 de octubre 2014 1. Disposiciones generales Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural Orden de 21 de octubre de 2014, por la que se
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. viernes 6 de marzo de 2015
OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA 1099 ORDEN de 4 de marzo de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se establecen el
Más detallesEste documento ha sido firmado electrónicamente por: MANUELA ARMAS RODRIGUEZ - VICECONSEJERA EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES Fecha: 03/07/2015-09:58:49
RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA DETERMINAR, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA QUE PUEDE OFERTAR PARA EL
Más detallesPRIMERA.- Objeto de la Convocatoria.
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PROGRAMAS QUE PROMUEVAN LA PARTICIPACIÓN Y EL ASOCIACIONISMO JUVENIL PARA
Más detallesAyuda A Jóvenes Para Gastos De Notaria Y Registro Que Adquieran Su Primera Vivienda o Alquiler En Tudela. 2014
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE AYUDAS A JOVENES POR ADQUISICIÓN O ALQUILER DE VIVIENDA =================================================================== Artículo 1.- Objeto. La presente ordenanza
Más detallesPROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO
PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO (Artículos 1 a 15 del R.D. 1483/2012, según redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y
Más detallesIII. Otras Resoluciones
12406 III. Otras Resoluciones Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 2144 DECRETO 71/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal estatutario de los órganos
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210 Miércoles 2 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 77915 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 9547 Orden AAA/1770/2015, de 28 de agosto, por la que se
Más detallesAprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014.
Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil catorce, aprobó
Más detallesNovedades Jurídicas. Tratamos a continuación sus principales rasgos: OBJETO
CONVOCATORIA DE LA AYUDA PARA SUBVENCIONAR EL 50 POR 100 DE LA CUOTA MÍNIMA DE AUTÓNOMOS BONIFICADA POR OTRAS ADMINISTRACIONES PARA JÓVENES EMPRENDEDORES MENORES DE TREINTA AÑOS 1 Hoy os traemos la ayuda
Más detallesAprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Actividades Educativas Complementarias.
Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Actividades Educativas Complementarias. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil catorce, aprobó las
Más detallesFICHA RESUMEN... 2 EXPOSICION DE MOTIVOS... 2 Primero... 3 Segundo... 5 Tercero... 5. Pág 1-5
RESOLUCIÓN DE 31 DE OCTUBRE DE 2000, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 9 DE JULIO DE 1996, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA COMERCIAL
Más detallesI. Principado de Asturias
13-ii-2009 BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 36 1/5 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Industria y Empleo Resolución de 5 de febrero de 2009, de la Consejería
Más detallesV. OTRAS DISPOSICIONES
Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 2015 Sec. V. Pág. 1027 V. OTRAS DISPOSICIONES ENAJENACIÓN DE SUELO A COOPERATIVAS Cód. Informático: 2015000800. Orden Ministerial 1/2015, de 12 de enero, por la que se determinan
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Lunes 23 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 110310 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 12650 Orden AAA/2473/2015, de 11 de noviembre, por la que
Más detallesREAL DECRETO 1740/2003, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA.
REAL DECRETO 1740/2003, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA. Sumario: Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Solicitud de declaración de utilidad pública. Artículo
Más detallesACUERDO. Primero.- Objeto.
ORDEN DE 18 DE FEBRERO DE 2003, DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE 28 DE ENERO DE 2003, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS EXPEDIENTES
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN AJUDA BEBÉ
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN AJUDA BEBÉ Siendo uno de los objetivos de este Ayuntamiento favorecer la proximidad a los ciudadanos de Torrent y propiciar las medidas políticas y administrativas
Más detalles"BASE PRIMERA.- OBJETO Y ÁMBITO DE LA CONVOCATORIA:
En la Villa de Calp, RESULTANDO que el vigente presupuesto municipal, contempla la existencia de crédito presupuestario con la finalidad de ayudar a aquellos alumnos que cursan sus estudios en Centros
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES
ILMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA PROVINCIA DE CÁCERES ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art.1.- La presente Ordenanza tiene por objeto estructurar y fijar
Más detallesBASES PARA EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DEL INCENTIVO DE GASTOS DE CONSTITUCIÓN
BASES PARA EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DEL INCENTIVO DE GASTOS DE CONSTITUCIÓN 1.- Objeto PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS Incentivar los gastos iniciales necesarios para la puesta en marcha de empresas,
Más detallesGOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Dirección General de Personal Docente y Planificación Educativa Resolución de 2 de octubre de 2013 Por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para compensación de gastos extraordinarios derivados
Más detallesLa Diputació de València, convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes BASES
BASES DE CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS (CON NÚMERO DE HABITANTES HASTA 15.000), MANCOMUNIDADES Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA, PARA LLEVAR A CABO
Más detallesEL VECERRECTOR DE ESTUDIANTES Y EMPLEABILIDAD. Nicolás Díaz de Lezcano Sevillano. Página 1 de 4 UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
RESOLUCIÓN DE FECHA 10 DE ABRIL DE 2015, DEL VICERRECTOR DE ESTUDIANTES Y EMPLEABILIDAD, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DE PRECIOS PÚBLICOS DE MATRÍCULA DEL PROGRAMA-CONVENIO FUNDACIÓN RALONS-ULPGC PARA
Más detallesLas líneas objeto de ayuda son las que a continuación se relacionan:
BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES QUE REALICEN ESTUDIOS FUERA DEL MUNICIPIO DE LUQUE EN EL CURSO ACADÉMICO 2015-2016 ARTÍCULO 1: Objeto y definición Las presentes bases
Más detallesIII. Otras Resoluciones
4723 III. Otras Resoluciones Otras Administraciones Públicas Universidad de La Laguna 735 RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2014, por la que se convocan Bolsas de Viaje para movilidades vinculadas a Convenios
Más detallesAYUNTAMIENTO DE CREVILLENT
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES FESTIVAS DESTINADAS A LA REALIZACION DE ACTOS FESTIVOS PARA EL AÑO 2012 PRIMERA.- OBJETO BASES La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir,
Más detallesCONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA CONSEJERIA DE EDUCACIONYCIENCIA
Página núm. 1.045 CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA ORDEN de 30 de diciembre de 2002, por la que se regulan las ayudas Superficies para la campaña 2003/2004, las primas ganaderas para el año 2003, la indemnización
Más detallesI. Disposiciones generales
24988 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 4130 ORDEN de 16 de septiembre de 2014, por la que se regula el régimen de gestión presupuestaria, contable y de control de
Más detallesCOMPENSACIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL A EMPRENDEDORES QUE CREEN EMPLEO O PRORROGUEN LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS YA EXISTENTES.
COMPENSACIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL A EMPRENDEDORES QUE CREEN EMPLEO O PRORROGUEN LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS YA EXISTENTES. 1 Hoy os comentamos la subvención publicada en el BOCM el día 13 de
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016
CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016 La Fundación Privada P. i P. Pizarroso, convoca para el curso 2015-2016 las
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA.
NORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA. Artículo 1º.- Ambito A través de las presentes bases, se fija el
Más detallesMINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA CLASE Número: 5/2002 Instrucción General Clave: 4 ÁMBITO DE APLICACIÓN Intercambios, tráfico intracomunitario y ayuda alimentaria.
Más detalles