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2 CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PROVEEDOR VISIÓN Y MISIÓN: como parte de Mars, Incorporated, Wrigley, tiene un gran orgullo en fabricar los productos de alta calidad de confitería. Nuestra filosofía de negocio, que está profundamente arraigada en los cinco principios de Mars, exige que trabajemos sólo con proveedores que tienen la capacidad de cumplir sistemáticamente con nuestros estándares y especificaciones, y están comprometidos con los valores de conducta que sean compatibles con los nuestros. Este compromiso con la calidad inigualable es el fundamento de nuestro principio de "reciprocidad". El principio de reciprocidad es simplemente eso: "Un beneficio mutuo es un beneficio compartido; un beneficio compartido perdurará". Nuestro Código de Conducta para Proveedores asegura que somos capaces de mantener el concepto de reciprocidad y de proporcionar una excelencia consistente a nuestros clientes y partes interesadas. Nuestros Proveedores deben cumplir con las siguientes normas y se les anima a superar los requisitos establecidos en este Código de Conducta. TRABAJO INFANTIL: el Proveedor no emplea a menores de 16 años, excepto si lo permite la legislación local, y dicha excepción es compatible con las directrices internacionales de la Organización Internacional del Trabajo. El Proveedor guarda la documentación de la fecha de de nacimiento de cada individuo o tiene los medios legítimos de confirmar la edad de cada individuo. El Proveedor cumple con las leyes y reglamentos relacionados con la edad mínima para trabajar. Ningún empleado de cualquier edad, incluidos los aprendices o alumnos de formación profesional, pueden ser empleados de forma que se violen las regulaciones locales que rigen la edad mínima para el trabajo o la edad obligatoria de escolarización, de acuerdo con el Convenio nº 138 de la OIT sobre la edad mínima de trabajo. En caso de que no haya documentos independientes disponibles, el Proveedor cuenta con otros medios legítimos y fiables para determinar la edad de los empleados. EMPLEO VOLUNTARIO / TRABAJO FORZOSO el Proveedor contrata a todos los empleados sobre una base voluntaria y no utiliza el encarcelamiento, esclavitud, servidumbre, trabajo forzado o esclavitud por endeudamiento, o participa en cualquier otra forma de trabajo obligatorio, o cualquier otra forma de esclavitud o tráfico de personas. Página 2 de 11

3 Las definiciones de a) esclavitud y b) tráfico de personas deberán ser compatibles con a) la Convención sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas similares a la esclavitud (1957) y b) el Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (2000). El Proveedor no exige a los empleados que depositen los documentos originales de identificación, documentos de viaje o cualquier otro documento legal personal, al comenzar a trabajar con el Proveedor. El Proveedor garantiza que durante el período del proceso de contratación y de empleo, no se cobrarán depósitos (monetarios o no) de los empleados, incluyendo el trabajo y los trabajadores temporales, de temporada y de migración, provistos por agencias, reclutadores e intermediarios. El empleo a través de agencias de empleo privadas deberán cumplir con el Convenio nº 181 de la OIT sobre las agencias de empleo privadas. El Proveedor no forzará a los empleados a trabajar horas extras. El Proveedor no aísla u obliga a los empleados a restricciones respecto a la libertad de movimiento. ABUSO, ACOSO, MEDIDAS DISCIPLINARIAS: el Proveedor no llama al maltrato físico, mental, verbal o cualquier otro abuso, trato inhumano o degradante, o cualquier otra forma de acoso. El Proveedor trata a todos los empleados con respeto y dignidad, y cumple con la legislación local en las prácticas disciplinarias. El Proveedor mantiene un procedimiento formal por escrito disciplinario, debiéndose registrar todas las medidas disciplinarias. El empleado afectado por la acción disciplinaria reconoce la acción por escrito. El Proveedor no cobra multas. El Proveedor lleva a cabo los procedimientos de seguridad apropiados en cuestiones de género y de forma no intrusiva, en su caso. TRATO JUSTO E IGUALITARIO / DISCRIMINACIÓN: los términos y condiciones del Proveedor de empleo, incluyendo la contratación, formación, condiciones de trabajo, remuneración, beneficios, promociones, disciplina, despido o jubilación, se basan en la cualificación, el rendimiento, las habilidades y experiencia de la persona. Página 3 de 11

4 El Proveedor mantiene lugares de trabajo libres de discriminación por motivos de raza, edad, género, casta, opinión política, religión, estado civil, orientación sexual, discapacidad, maternidad, membresía, afiliación o cualquier otra condición de la persona no relacionada con la capacidad de realizar el trabajo. El Proveedor no lleva a cabo exámenes médicos a los empleados que puedan ser utilizados para discriminar (por ejemplo, pruebas de embarazo). Los resultados de las pruebas que requiere la legislación local no deberán utilizarse de forma discriminatoria. COMPENSACIÓN Y BENEFICIOS: el Proveedor compensa de forma justa a todos los empleados al ofrecer salarios y beneficios de acuerdo con las leyes aplicables. El Proveedor garantiza que los salarios pagados por las horas trabajadas cumplirán, por lo menos, con el salario mínimo legal o los estándares mínimos de la industria local respecto a la compensación, pagándose el que sea mayor. El Proveedor paga a sus empleados a tiempo, de acuerdo con los requisitos legales. El Proveedor cumple con todos los requisitos legales respecto al pago de las horas extras y las tasas de incentivos. El Proveedor paga las horas extras en una tasa superior/una tasa por lo menos igual a la tasa normal de la compensación. El Proveedor ofrece todos los beneficios por mandato legal, incluyendo los días festivos y días de vacaciones. El Proveedor comunica, oralmente o por escrito, a todos los empleados: salarios, incentivos, beneficios y bonificaciones a las que todos los empleados tienen derecho en esa institución y bajo la ley aplicable. El Proveedor registra esta comunicación. El Proveedor proporciona a cada empleado un informe detallado de los salarios al pagarlos. La declaración incluye, como mínimo, la cantidad de pago, el período de pago, la tasa de remuneración, las horas regulares y las horas extras trabajadas, las deducciones y los beneficios, en su caso. HORAS DE TRABAJO: el Proveedor cumple con todas las leyes aplicables en relación con las horas de trabajo, períodos de descanso y horas extraordinarias. Página 4 de 11

5 En circunstancias normales, el Proveedor garantiza a todos los empleados un mínimo de un día de descanso en cada período de siete días. El Proveedor no solicita una semana de trabajo de más de 60 horas, incluidas las horas extraordinarias, salvo que las circunstancias operacionales requieran un aumento temporal de las horas de trabajo. El Proveedor consulta con los empleados el aumento temporal de las horas de trabajo y proporciona tiempo libre compensatorio por estas horas adicionales, además de compensación por horas extras de forma extraordinaria. El Proveedor no forzará a los empleados a trabajar horas extras. El Proveedor mantiene al día los registros escritos de las horas normales y horas extras de trabajo de cada empleado. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN / NEGOCIACIÓN el Proveedor respeta el derecho de los trabajadores a formar y afiliarse a sindicatos y a negociar colectivamente de manera legal y pacífica, de conformidad con la ley aplicable. El Proveedor cumple con todas las leyes que se refieren a la libertad de asociación y negociación colectiva. El Proveedor no hace discriminación en base a su afiliación o no afiliación. El Proveedor no permite la interferencia de la dirección en la organización de los trabajadores. El Proveedor no expone a sus empleados al acoso, intimidación o represalias en sus esfuerzos por asociarse libremente o negociar colectivamente. El Proveedor proporciona un medio confidencial a los empleados para elevar las quejas y registrar este proceso. SALUD Y SEGURIDAD: el Proveedor cumple con las leyes vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Proveedor ofrece un ambiente de trabajo seguro, limpio, saludable y productivo. El Proveedor o agencia de terceros que ofrece dormitorios a los trabajadores deberá proporcionar a los trabajadores una iluminación, temperatura, ventilación, instalaciones sanitarias y acceso a agua potable adecuadas. Los dormitorios deben estar limpios, ser seguros y ofrecer salidas de emergencia, tener un espacio personal razonable y privilegios de entrada y salida razonables. Página 5 de 11

6 El Proveedor deberá proporcionar a los trabajadores información y advertencias de seguridad y salud en el idioma principal de sus trabajadores. El Proveedor deberá publicar, en el idioma principal de sus trabajadores, las hojas de seguridad de las sustancias tóxicas o peligrosas utilizadas en el lugar de trabajo y gestionar adecuadamente el manejo de todas las sustancias peligrosas y la maquinaria. El Proveedor deberá proporcionar todo el equipo de protección personal. El Proveedor forma adecuadamente a los empleados en las prácticas locales de seguridad laboral, incluidos los procedimientos de evacuación de emergencia. El Proveedor proporciona formación y sistemas diseñados para ayudar a prevenir accidentes y lesiones. El Proveedor mantiene registros de las formaciones de seguridad y salud, y accidentes y lesiones en el lugar de trabajo. El Proveedor proporciona un acceso adecuado a servicios médicos, salidas de emergencia, extinción de incendios y equipos de seguridad. MEDIO AMBIENTE: el Proveedor cumple con todas las leyes y reglamentos ambientales. El Proveedor se esfuerza continuamente por mejorar el desempeño ambiental. El Proveedor documenta y guarda los registros relativos a las leyes y regulaciones ambientales nacionales y locales, incluyendo los permisos ambientales y los requisitos de información. El Proveedor maneja y almacena correctamente los materiales y residuos peligrosos, y dispone de ellos de una manera segura y legal. El Proveedor minimiza el impacto sobre el medio ambiente siempre que sea posible a través del reciclaje, el uso de energías renovables y la reducción del uso de los recursos naturales, incluida el agua. PRACTICAS ÉTICAS DE NEGOCIO: el Proveedor lleva a cabo sus negocios de acuerdo con los más altos estándares de la conducta ética y de acuerdo con todas las leyes y reglamentos aplicables. El Proveedor cumple con todos los requisitos legales aplicables, sean nacionales o extranjeros, que se aplican a operaciones en el extranjero, incluidos la Ley de Prácticas Corruptas Extranjeras de EE.UU. y la Ley de Soborno del Reino Unido. La Ley de Prácticas Corruptas Extranjeras, en general, considera ilegal dar cualquier cosa de valor a funcionarios gubernamentales, partidos políticos extranjeros, funcionarios del partido o candidatos a cargos públicos a los efectos de obtener o retener negocios. Página 6 de 11

7 El Proveedor no ofrece ni acepta sobornos u otros medios para obtener una ventaja indebida o inadecuada. El Proveedor no da a ningún empleado de Wrigley un regalo o una donación en nombre de, o para el beneficio de cualquier empleado de Wrigley, a no ser que se haya aprobado tanto por el segmento de negocio apropiado como por el abogado general de la región. Cualquier comida proporcionada por el Proveedor a un empleado de Wrigley tiene un valor adecuado y se ofrecen solo en el curso de los negocios del Proveedor con Wrigley. El Proveedor revelará a Wrigley cualquier situación que pueda aparecer como un conflicto de intereses, y dará a conocer a Wrigley si cualquier empleado o miembro de Wrigley puede tener un interés de algún tipo en el negocio del Proveedor o cualquier otro tipo de relaciones económicas con el Proveedor. El Proveedor no se involucra en las licitaciones colusorias, fijación de precios, discriminación de precios u otras prácticas desleales de comercio, en violación de las leyes de la competencia o en las leyes antimonopolio que rigen las jurisdicciones en las que desarrolla sus actividades. El Proveedor respeta los derechos de propiedad intelectual de otros. El Proveedor toma las medidas pertinentes para salvaguardar y conservar la información confidencial y patentada de Wrigley y utiliza esa información únicamente para los fines autorizados de uso de Wrigley. CUMPLIMIENTO: el Proveedor cumple con los requisitos legales y las normas de la industria en todas las leyes aplicables, y mantiene los libros y registros que demuestran el cumplimiento de dichas leyes y estas normas, en la medida permitida por la ley. OTRAS RESPONSABILIDADES: SUBCONTRATACIÓN: el Proveedor no hace uso de subcontratistas o cede a terceros sus obligaciones contractuales con Wrigley, sin la aprobación escrita de Wrigley o sus subsidiarias. Se requiere una aceptación previa por escrito de este Código por el subcontratista o cesionario aprobado. COMUNICACIÓN DE ESTE CÓDIGO: el Proveedor comunica el contenido de este Código a sus empleados y explica los derechos de los empleados y obligaciones de los empleadores, especialmente los no cubiertos por la legislación local y nacional, que recoge este Código. ASIGNACIÓN DE RESPONSABILIDAD: el Proveedor asigna un oficial de alto rango para supervisar continuamente el cumplimiento por parte del Proveedor de este Código. El Proveedor informará inmediatamente a Wrigley de todas las Página 7 de 11

8 cuestiones relevantes que sean incompatibles con las normas y directrices establecidas en este Código. CONTROL DEL CUMPLIMIENTO: para medir el cumplimiento del Proveedor de este Código, Wrigley se reserva el derecho de llevar a cabo, con o sin previo aviso, en el sitio, auditorías externas independientes de las instalaciones del Proveedor, de las viviendas proporcionadas por el Proveedor, de las operaciones, libros y registros, y entrevistas confidenciales de los trabajadores en relación con las auditorías. Tras la recepción de los resultados insatisfactorios de la auditoría y la falta de Proveedores para implementar las acciones correctivas recomendadas, MARS a su entera discreción se reserva el derecho de suspender cualquier compra al Proveedor hasta que se implementen las acciones correctivas o de terminar su relación con el Proveedor. Este Código se ajusta, confirma y pone en marcha por nuestro Equipo de liderazgo comercial global, según lo indicado por las siguientes firmas. Steven Brunner Vicepresidente de Abastecimiento Global y CPO de Wrigley Brian Chambers Vicepresidente Comercial Mars Global Drinks Patrick Mitchell CPO Comercial - Mars Transversal Team Barry Parkin Vicepresidente Comercial, Mars Global Chocolate Página 8 de 11

9 Andrew Parton Vicepresidente Global Brice Russell CPO Global, Mars Inc. Comercial de comida para mascotas Johan van der Zande Vicepresidente comercial, Food Europe Página 9 de 11

10 El abajo firmante reconoce su comprensión y cumplimiento de todas las leyes y del mencionado Código de Conducta. Los Proveedores deben tomar las acciones correctivas necesarias para remediar cualquier incumplimiento con prontitud. MARS se reserva el derecho de terminar su relación comercial con cualquier Proveedor que no esté dispuesto a cumplir con este Código. Asignación de responsabilidad: (nombre de la empresa), una empresa legalmente constituida en (nombre del país) , con número de registro / licencia, por el presente documento declara que: (a) comprende y acepta el contenido del Código de conducta de proveedores de Wrigley, incluido en esta asignación de responsabilidad; (b) tratará de compartir, con Wrigley y su propia red de proveedores, los esfuerzos, dificultades y logros en la aplicación de este Código de conducta de proveedores; (día de la semana), (fecha), (año). Firma Puesto (Ej. Funcionario de la empresa) Página 10 de 11

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