EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
|
|
- Diego Romero Salazar
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 1 REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD (LABORATORIO DE COMPUTO, TALLER DE SIMULACION Y LABORATORIO DE METROLOGIA) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Siendo la nuestra una Universidad que tiene la visión hacia el 2010 de que: Las acciones y productos de la investigación contemplan un proceso de evaluación permanente que asegura su calidad; y que Los alumnos participan activamente en su propia formación contando para ello con servicios de apoyo integrales en forma sistemática; así como el objetivo de Impulsar la calidad de la investigación en todas las áreas del conocimiento a través de su consolidación, competitividad, crecimiento equilibrado, acercamiento integral a la sociedad; así como el acceso a fuentes alternas de financiamiento regionales, nacionales e internacionales; (PLADI ) es primordial que los elementos necesarios para cumplir con esta visión y los objetivos estén correctamente equipados y regulados, como lo son los laboratorios y talleres; los servicios que éstos prestan, y que se encuentren disponibles los lineamientos a los que deberán sujetarse los usuarios. La constante innovación tecnológica de nuestros días, nos obliga a encontrarnos a la vanguardia garantizando una adecuada preparación de los alumnos, que indudablemente se logrará con los recursos disponibles en el C alidad. Con la finalidad de manejar el mismo vocabulario, se definen los términos más utilizados en la materia y el entorno, así como las diversas disposiciones de carácter general. Se establece la responsabilidad del taller sobre un encargado, así mismo, se regulan los derechos y obligaciones de los usuarios, los servicios que se brindan, la regularización de las prácticas, los cursos y las visitas externas e interinstitucionales, así como los préstamos y los registros correspondientes. Se establece un capítulo especial para las prohibiciones y sanciones, con el fin del uso adecuado y mantenimiento del.
2 2 CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1o.- El Laboratorio de Aseguramiento de la Calidad comprende las siguientes áreas: Taller de Simulación de Procesos, Laboratorio de Metrología, Laboratorio de Cómputo y Aula. Artículo 2o. 2 o.- Para los efectos del presente reglamento, se entiende por: USUARIO.- Alumnos, personal académico y administrativo de la. LABORATORIO.- Lugar físico donde se encuentra ubicado el equipo. TALLER DE SIMULACIÓN DE PROCESOS.- Área con equipo específico para realizar ensayos y/o pruebas de insumos y/o productos de manufactura. EQUIPO.- Dispositivos con sistemas de control para la operación del laboratorio. EQUIPO AUXILIAR.- Los muebles que sirven de apoyo, tales como mesas, sillas, pizarrones, estantes, libreros, extintores, etc. RESPONSABLE DEL LABORATORIO O TALLER.- Persona física que tiene bajo su resguardo y cuidado el laboratorio o taller, equipo, equipo auxiliar y herramientas en forma permanente. ENCARGADO DEL LABORATORIO O TALLER.- Persona física que tiene bajo su cuidado el laboratorio o taller, equipo, equipo auxiliar y herramientas temporalmente, debido a la impartición de una clase, práctica o curso. Artículo 3o. 3 o.- Queda bajo la custodia y responsabilidad del usuario: el equipo, equipo auxiliar y herramientas, mientras sean utilizados. Artículo 4o. 4 o.- Todo el equipo de que dispone el tiene como función prioritaria la docencia. Cuando dicha prioridad lo permita, podrá usarse para prestar servicios no rutinarios a las empresas, así como para la impartición de educación continua. En ningún caso se podrá usar para prestar servicios rutinarios o de maquila.
3 3 CAPÍTULO SEGUNDO De los responsables del Laboratorio/Taller Artículo 5o.- El Laboratorio de Aseguramiento de la Calidad tendrá como responsable al Coordinador de la Licenciatura en Administración de la Calidad y la Productividad para la cual presta servicios. Así mismo, en cada laboratorio/taller habrá por lo menos un profesor capacitado para la operación de los equipos existentes en el mismo. En caso contrario, el encargado de laboratorio estará capacitado para el manejo de los equipos. Artículo 6o. 6 o.- El encargado de laboratorio/taller será designado por el Director de la DCEA. Artículo 7o. 7 o.- Cada encargado de laboratorio/taller tendrá las funciones siguientes: I. Establecer un programa interno de mantenimiento (preventivo y correctivo) de los equipos del laboratorio/taller; II. Mantener actualizado el inventario del laboratorio/taller con un control histórico de las altas y bajas de los equipos. Para el caso específico de Informática, el software, las licencias y su actualización; III. Mantener vigentes las bitácoras de utilización de cada uno de los equipos, así como de los manuales de partes y los datos del fabricante, proveedor, y en su caso, del encargado del servicio y proveedores de software; IV. Elaborar un programa de horarios de utilización de laboratorios/talleres por grupo y semestre, así como servicios de educación continua (cursos), el cual deberá ser publicado con una semana de anticipación al inicio del semestre. V. Verificar la congruencia entre lo estudiado en los manuales de prácticas de cada asignatura y la disponibilidad de los equipos, instrumentos y consumibles necesarios para dicha práctica; VI. Evaluar la vida útil (incluyendo la obsolescencia tecnológica), de cada uno de los equipos. VII. Será responsable de que todos los profesores que utilicen equipos en sus clases, reciban capacitación previa para el adecuado uso del mismo, ya sea mediante instructores internos o externos; VIII. Será responsable de la seguridad interna, por lo que deberá difundir el manual de seguridad y verificará que existen los procedimientos, las señalizaciones y los equipos necesarios; IX. Elaborar un reporte semestral sobre la utilización real del laboratorio/taller en horas y porcentaje del tiempo programado, según los horarios de uso de éste;
4 4 X. Participar en el proceso de licitación para la adquisición de equipos de los laboratorios/talleres. CAPÍTULO TERCERO De los Derechos de los Usuarios Artículo 8o.- El laboratorio se utilizará para los cursos y las prácticas autorizados por la Dirección de la División de Ciencias Económico Administrativas. a) El acceso al laboratorio será preferente para el personal y alumnos de la. b) Siendo posible el ingreso de visitantes, en especial al apoyo a los programas de vinculación con empresas y capacitación; previa notificación a la Coordinación de la Carrera encargada del laboratorio. c) Los usuarios de laboratorios/talleres tendrán derecho de: I. Hacer uso de los servicios que se ofrecen, cumpliendo con la normatividad correspondiente; II. Realizar sugerencias y comentarios al responsable del laboratorio/taller en forma escrita y respetuosa; III. Que se les otorgue su constancia de no adeudo de laboratorios/talleres. CAPÍTULO CUARTO De las Obligaciones del Usuario Artículo 9o.- Para ingresar al laboratorio/taller de Metrología, el usuario deberá presentar su credencial y registrarse para el acceso a los mismos. Artículo 10o.- El usuario deberá cumplir con los requisitos que establezca cada encargado. Artículo 11o.- Conservar en buenas condiciones el equipo, equipo auxiliar y herramientas de laboratorios/talleres. De igual forma, conocer los procedimientos y normas de seguridad. Artículo 12o 1 2o.- Notificar inmediatamente al responsable del laboratorio/taller en caso de presentarse algún problema en el equipo durante la sesión. Artículo 13o.- Al terminar el horario asignado al usuario, éste deberá indicar al responsable del laboratorio/taller el término de su sesión, para que el equipo sea revisado.
5 5 CAPÍTULO QUINTO De las Prácticas de Asignatura Artículo 14o.- Las prácticas de asignatura se llevarán a cabo en el horario establecido previamente. Artículo 15o.- Para poder iniciar una práctica de asignatura, el docente notificará con 10 días de anticipación al responsable del laboratorio/taller el número de lugares que utilizará, mediante el llenado del formato correspondiente, los cuales le serán asignados por el responsable. Artículo 16o.- 1 Durante el horario de prácticas de asignatura, el responsable directo de los equipos y de la disciplina será el docente correspondiente. CAPÍTULO SEXTO De los Cursos Artículo 17o.- Los cursos programados al inicio del semestre se llevarán a cabo en los días y horarios previamente establecidos. Artículo 18o.- Tratándose de cursos externos no programados al inicio del semestre, se deberá realizar la reservación correspondiente, señalando el número de lugares y los equipos que se requerirán, con una anticipación mínima de un mes. Artículo 19o.- Para la realización de los cursos se acatará a lo establecido en el capítulo de las prácticas de asignatura. CAPÍTULO SÉPTIMO De las Visitas Artículo 20o.- 2 Todas las visitas a laboratorios/talleres deberán de notificarse con un mínimo de una semana de anticipación al responsable del mismo. El cual otorgará la autorización correspondiente. Artículo 21o.- 2 Las visitas serán guiadas por el docente de asignatura de acuerdo con el responsable del laboratorio/taller. CAPÍTULO OCTAVO De los Préstamos Artículo 22o.- 2 El equipo, herramientas y material del laboratorio/taller serán prestados a los usuarios solamente para uso interno durante su sesión. Artículo 23o.- El equipo, herramientas y material del laboratorio/taller se podrán prestar a otras áreas de
6 6 la, presentando solicitud por escrito y una vez autorizado por el responsable del laboratorio, se llenará el vale de salida correspondiente. Artículo 24o.- 2 Las personas que tengan equipo, herramientas o materiales en calidad de préstamo, serán responsables del cuidado de éstos. En caso de daño por mal uso o extravío, tendrá que cubrir los gastos de reparación o adquisición. CAPÍTULO NOVENO De los Registros Artículo 25o.- Se deberán registrar minuciosamente en el formato correspondiente: los equipos, herramientas o materiales dañados, así como las fallas detectadas en el funcionamiento de los mismos. CAPÍTULO DÉCIMO De las Prohibiciones y Sanciones Artículo 26o.- Queda estrictamente prohibido: I. Fumar; II. Introducir y consumir alimentos y bebidas; III. Realizar actividades que alteren el orden en general; IV. Utilizar el equipo para otra finalidad distinta a la programada; V. Hacer mal uso de las instalaciones, del equipo y mobiliario que se encuentre en el laboratorio/taller; VI. Introducir bolsas, mochilas u objetos similares; VII. Violentar las normas de seguridad, así como el presente reglamento. Los usuarios que violenten las fracciones anteriores, podrán ser suspendidos de los servicios por un término de hasta quince días hábiles. Artículo 27o.- La reproducción del software se sujetará a lo previsto en la Ley Federal de Derechos de Autor, por lo cual los encargados del laboratorio/taller serán responsables del uso que se haga del mismo. Artículo 28o.- El usuario deberá someter a revisión sus dispositivos de almacenamiento de datos información cuando se le solicite. Artículo 29o.- En caso de deterioro del equipo, herramientas o materiales por causas imputables al usuario, se le aplicarán las responsabilidades legales correspondientes. Artículo 30o.- 3 El audio de computadoras sólo se podrá activar con el uso de audífonos, de lo contrario tendrá como penalidad la entrega el equipo y requerir al usuario a abandonar las instalaciones del laboratorio.
7 7 Artículo 31o.- El usuario podrá ser suspendido definitivamente de los servicios del laboratorio/taller por las faltas siguientes: I. Agredir física o verbalmente al personal del laboratorio/taller o demás personal que se encuentre en el mismo; II. Sustraer material o equipo del laboratorio/taller; III. Acumular tres suspensiones temporales. Artículo 32o.- Los encargados de verificar que el presente reglamento se cumpla, así como de la aplicación de las sanciones correspondientes serán los responsables de laboratorios/talleres. Reglamento General de Alumnos. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de que sea aprobado por el H. Consejo Divisional de Ciencias Económico Administrativas, Directivo de la y para tal efecto el Director de la DCEA procederá a hacerlo del conocimiento inmediato de los Departamentos de la misma y de la comunidad universitaria. Se anexan los siguientes documentos: Documento 1: FRUL001 Formato de registro de usuarios del LAC Documento 2: FCPC002 Formato de calendarización de prácticas, cursos o visitas al LAC Documento 3: FRPE003 Formato de registro de préstamo de equipo del LAC Documento 4: FABE004 Formato de altas, bajas, cambios o reposición de equipo al LAC. Documento 5: FSQL005 Formato de sugerencias o quejas al LAC Se anexa además el documento para las firmas de autorización del presente reglamento al inicio del mismo.
REGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TLAXCALA
REGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TLAXCALA CONTENIDO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II COORDINADOR DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPÍTULO III RESPONSABLE
Más detallesCAPÍTULO I. DE SU FINALIDAD, ALCANCES y FUNCIONES
CAPÍTULO I. DE SU FINALIDAD, ALCANCES y FUNCIONES ARTÍCULO 1. La sala audiovisual consiste en una aula acondicionada con equipo multimedia, computadora, retroproyector (cañón), equipo de aire acondicionado,
Más detallesLINEAMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE GUASAVE
LINEAMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE GUASAVE ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 DISPOSICIONES GENERALES... 3 CAPITULO SEGUNDO... 4 PROCEDIMIENTO PARA EL USO
Más detallesCENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1 ÍNDICE INTRODUCCIÓN 3 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 4 CAPÍTULO II DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 4 CAPÍTULO III SANCIONES 5
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM
REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA Articulo 1. El presente reglamento tiene como objetivo establecer los lineamientos que regulen el funcionamiento de la biblioteca de la Escuela de Economía de la Universidad
Más detallesReglamento del Laboratorio de Artes Plásticas
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Artes Plásticas!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO II. De los horarios... 2
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE COMPUTO DEL DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y SERVICIO EN AGROECOLOGÍA Aprobado por el H. Consejo Departamental
Más detallesCódigo: NI Revisión: 05 Emisión: 10/08/16
1 LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS 08 de junio del 2015 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES 1. Los presentes lineamientos regulan el uso de las instalaciones deportivas de
Más detallesUniversidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA JULIO DEL 2005 ÍNDICE Página CAPÍTULO I GENERALIDADES 2 CAPÍTULO II DE LAS COLECCIONES 2 CAPÍTULO III DE LOS SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS CAPÍTULO IV DEL
Más detallesÍNDICE. Preámbulo. Disposiciones generales. Artículo Transitorio. Documentos directamente relacionados. Historial de cambios.
REG-104-01 USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 1/9 ED. 2.1 ÍNDICE Preámbulo Título I. Título II. Título III. Disposiciones generales De los usuarios De las sanciones Artículo Transitorio Documentos
Más detallesReglamento de Biblioteca
Reglamento de Biblioteca El propósito de este reglamento, es dar a conocer a los usuarios de la Biblioteca, sus derechos y obligaciones en relación con los servicios bibliotecarios. CAPÍTULO I GENERALIDADES
Más detallesNORMAS PARA EL USO DE LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN i
1. JUSTIFICACION NORMAS PARA EL USO DE LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN i La Universidad Politécnica Salesiana como parte de su infraestructura tecnológica dispone de los Laboratorios de Computación, cuyo propósito
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMAC
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNÓLOGICA DE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES QUE LE CONFIERE
Más detallesCAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
BIBLIOTECA CENTRAL REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART. 1º. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA, LOS ALUMNOS INSCRITOS EN LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REVISION: 04 HOJA 1 DE 8 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-22-01 MISIÓN Brindar eficiencia en la consulta de los materiales informativos que requieren los alumnos y maestros de la Universidad Cuauhtémoc, mediante
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS 1 INDICE CAPÍTULO PÁG. I.- DISPOSICIONES GENERALES 3 II.- DEL ACCESO 3 III.- DE LA DISCIPLINA 4 IV.- DE LOS PRÉSTAMOS 4 IV.- DE LOS SERVICIOS 5 V.- SANCIONES 5 TRANSITORIOS 6
Más detallesCentro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesNormas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo
Normas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo NORMAS DEL BUEN USO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO Uso del laboratorio NORMAS DEL BUEN USO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO Uso del laboratorio 1. Se permite el uso
Más detallesINSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN
INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1. Es responsabilidad de la Biblioteca
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES
1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO
Más detallesLineamiento de las Salas de Cómputo de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamiento de las Salas de Cómputo de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE LAS SALAS DE CÓMPUTO DE LA FACULTAD
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA
ÍNDICE REGLAMENTO BIBLIOTECA ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO SEGUNDO... 4 De los Servicios... 4 CAPÍTULO TERCERO... 5 Del Préstamo... 5 CAPÍTULO CUARTO... 6 Devolución de material...
Más detallesNORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DEPARTAMENTO DE GEOFÍSICA
NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El Laboratorio de Interpretación del Subsuelo está adscrito administrativamente al Departamento de Geofísica,
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE CÁLCULO (CÓMPUTO) DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA
El Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica Metropolitana, en ejercicio de lo dispuesto por el Artículo 6, fracción IV del Decreto publicado en el Diario Oficial del 14 de Mayo de 1999, que crea
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA I.- Disposiciones Generales Artículo 1. La finalidad del presente Reglamento es establecer los objetivos, estructura y operación de la Biblioteca Universidad Tecnológica de San
Más detallesREGLAMENTO RECURSOS RECURSOS EDUCATIVOS
REGLAMENTO REGLAMENTO DE DE RECURSOS RECURSOS EDUCATIVOS EDUCATIVOS RESOLUCIÓN NO. 001 DEL 15 DE FEBRERO RESOLUCIÓN NO. DE 001 2015 DEL 15 DE FEBRERO DE 2015 Resolución del Consejo Superior No. 005 de
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE USOS MULTIPLES 2 Responsable de la elaboración: Dr. Claudio Angulo Montoya, MC. Yessica Viridiana
Más detallesREGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CHIAPAS.
El Dr. Jorge Luis Zuart Macias, Rector de la Universidad Politécnica de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos20 y 23 fracciones XVIII, del Decreto que Reforma, Adiciona
Más detallesReglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción
Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción Artículo 1 El presente reglamento se establece con la finalidad de salvaguardar el acervo bibliográfico y documental, así como
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento establece las normas generales de organización y operación
Más detallesUNIVERSIDAD DE BURGOS SERVICIO DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
NORMATIVA DE GESTIÓN DE LAS AULAS DE INFORMÁTICA DE CENTRO UNIVERSIDAD DE BURGOS CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES. Artículo 1º. Definiciones. 1. Se define Aula de Informática de Centro de la Universidad de
Más detallesControlar la calidad en el servicio que se ofrece. Cuidar la integridad física del acervo bibliográfico, mobiliario y equipo.
El presente reglamento tiene como propósito presentar las normas y políticas de acceso a los servicios bibliotecarios de la Universidad Pedagógica Nacional Unidad 061 y; el comportamiento que deberán observar
Más detallesResolución No. 082 de marzo 09 de 2015 por medio de la cual se adopta el Reglamento para el uso y funcionamiento del gimnasio del IES-CINOC.
Resolución No. 082 de marzo 09 de 2015 por medio de la cual se adopta el Reglamento para el uso y funcionamiento del gimnasio del IES-CINOC. RESOLUCIÓN No. 082 (de marzo 09 de 2015) Por la cual se adopta
Más detallesNOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Adquisición de Bienes y Servicios CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 61-SAF-P03-Rev.05 Fecha de Emisión: 15/05/2012
I. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO Realizar todas las adquisiciones de bienes y servicios que soliciten Académicos y Administrativos responsables de cada área de operación. II. ALCANCE El procedimiento aplica
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DICEA
DIRECTORIO UNIVERSIDAD AUTONOMA CHAPINGO M.C. ENRIQUE DE LA SANCHA RODRÍGUEZ DIRECTOR REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DICEA M.C. RAMÓN GÓMEZ CASTILLO SUBDIRECTOR ACADÉMICO M.C. FACUNDO DE LA CRUZ GARCÍA
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso del Área materia del mismo, y sus disposiciones regirán para todas aquellas personas que utilicen
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE CÓMPUTO. PC-TESJo-49
DE. Definición Mantenimiento Preventivo: Rutina de servicio específico, realizado al equipo de cómputo, con la finalidad de reducir posibles daños, para lograr un número menor de ejecuciones de rutinas
Más detallesREGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO
REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas, principios y criterios
Más detallesDATOS GENERALES DEL PUESTO: DESCRIPCIÓN DEL PUESTO:
DATOS GENERALES DEL PUESTO: NOMBRE DEL PUESTO Director de Área DIRECCIÓN A LA QUE PERTENECE: JEFE INMEDIATO Oficial mayor OBJETIVO DEL PUESTO: Coordinación con las diferentes áreas del Ayuntamiento y las
Más detallesCIRCULAR No México, D. F. a 26 de agosto de A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO DEL PAÍS:
CIRCULAR No. 2023. México, D. F. a 26 de agosto de 2005. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO DEL PAÍS: ASUNTO: Disposiciones en materia de seguridad para la recepción, entrega, carga y custodia de valores.
Más detallesREG-LIC General para el uso de Laboratorios de la Escuela de Ciencias de la Salud
Reglamento REG-LIC-012-1 General para el uso de Laboratorios de la Escuela de Ciencias de la Salud Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General de la Escuela de Ciencias de la
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CONTENIDO TÍTULO I TÍTULO II TÍTULO III TÍTULO IV TÍTULO V TÍTULO VI TÍTULO VII TÍTULO VIII TÍTULO IX TÍTULO X TÍTULO XI : DISPOSICIONES GENERALES : DE LOS USUARIOS : CARNÉ DE
Más detallesÍNDICE: CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales. CAPÍTULO SEGUNDO De la Naturaleza de las Prácticas y del Trabajo en el Laboratorio.
CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales. ÍNDICE: CAPÍTULO SEGUNDO De la Naturaleza de las Prácticas y del Trabajo en el Laboratorio. CAPÍTULO TERCERO De la Seguridad. CAPÍTULO CUARTO De la Organización
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS SOLICITUDES DE MANTENIMIENTO.
VO. BO. DOCUMENTÓ: AUTORIZACIONES RÚBRICA LIC. JUAN RAMÓN DE LA CRUZ TORRES COORDINADOR ADMINISTRATIVO APROBÓ: AUTORIZÓ: RÚBRICA LIC. EDUARDO HERNÁNDEZ RAMÍREZ APOYO ADMINISTRATIVO RÚBRICA DR. VÍCTOR HUGO
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo
Más detallesTodas las guías de laboratorio están estructuradas de la siguiente forma:
BASE DE DATOS I 1 Base de Datos I, Guía 1 2 Introducción Este manual ha sido elaborado para orientar al estudiante de BASE DE DATOS I en el desarrollo de sus prácticas de laboratorios. El uso de este manual
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ REGLAMENTO GENERAL DE GIRAS ACADEMICAS UNIVERSITARIAS
1 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ REGLAMENTO GENERAL DE GIRAS ACADEMICAS UNIVERSITARIAS El presente reglamento será de aplicación para los estudiantes, Profesores y administrativos asignados para brindar
Más detallesPrograma Universitario de Soporte y Capacitación Tecnológica. Programa de Servicio Social
2008 Programa Universitario de Soporte y Capacitación Tecnológica. Programa de Servicio Social Universidad de Quintana Roo Contenido Antecedentes... 2 Justificación... 2 Objetivo General... 3 Objetivos
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR DEL C.B.T.I.S. No. 70
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR DEL C.B.T.I.S. No. 70 MISIÓN Conservar el conocimiento y la cultura, proporcionando a la comunidad educativa (Alumnos, personal docente y administrativo), la documentación
Más detallesPROCESO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO OPERACIONES
1. PROPÓSITO. Describir los procesos de de infraestructura, periféricos y equipos dentro de las estaciones y en el carril confinado, especificando también los procedimientos de control que le competen.
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA REGIÓN CENTRO DE COAHUILA
REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS CAPITULO I Definición de Ingresos Propios Artículo 1.- Se consideran ingresos propios, aquellos recursos financieros, materiales, bienes, muebles e inmuebles que perciba
Más detallesLaboratorios de Entrenamiento Basico ANEXO II RES. Nº 1221/2005 REGLAMENTO
Infraestructura REGLAMENTO Salón de Practica Mesas para Practicas Mesas de pared para Practicas Lavaderos Taburetes Equipos y Accesorios Salón de Preparado de Practica Escritorios Sillas Bibliotecas Capacidad
Más detallesReglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014
Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales
Más detalles1.- Sistema de Inscripción (SISEXA) 2.- Registro SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y CONTRATACIONES PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y CONTRATACIONES PÚBLICAS MANUAL DE OPERACIÓN DEL SISTEMA DE INSCRIPCIÓN Y CRITERIOS DE CAPACITACIÓN 2015 1.- Sistema de Inscripción (SISEXA) El programa
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS:
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2
TÍTULO I Pág DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2 TÍTULO II...3 DE LA BIBLIOTECA...3 CAPÍTULO I...3 SERVICIOS...3
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO 1 CAPÍTULO I DEFINICIÓN DE INGRESOS PROPIOS Artículo 1.- Se consideran Ingresos Propios, aquellos recursos financieros, materiales que perciba la Universidad Tecnológica
Más detallesCódigo: NI Revisión: 00 Emisión: 24/01/2008
3 Í n d i c e TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES...5 DE LAS DISPOSICIONES...5 DE LAS ORIENTACIONES GENERALES DE PRÁCTICAS PROFESIONALES...5 TÍTULO SEGUNDO FUNCIONES...6 DEL DECANO...6 DEL JEFE DE DEPARTAMENTO...6
Más detallesPROCEDIMIENTO MANTENIMIENTO CORRECTIVO SOFTWARE Y HARDWARE
HOJA 1 DE 7 1. Objetivo El presente procedimiento tiene como objeto generar las bases de desarrollo de las actividades de mantenimiento en el H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, de forma tal de
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DE USO DEL EQUIPO DE CÓMPUTO E IMPRESIÓN VOZ Y DATOS. Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO INTERNO DE USO DE LAS HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS Y EQUIPOS DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN (SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIONES) REGLAMENTO INTERIOR DE USO DEL
Más detallesPROG SUBPROG ACTIVIDADES OBJETIVOS UNIDAD DE CANTIDAD INICIO TERMINO COSTO ESTIMADO
DEPENDENCIA : H. AYUNTAMIENTO BENITO JUÁREZ TESORERIA MUNICIPAL (Direccion de Fiscalización) AD- ADMINISTRACION 02.- Administracion del Personal Administracion y control de los movimientos del personal.
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL USO Y PORTACIÓN DE LA CREDENCIAL DE IDENTIFICACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA.
LINEAMIENTOS PARA EL USO Y PORTACIÓN DE LA CREDENCIAL DE IDENTIFICACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA. Aguascalientes, Ags., Diciembre de 2010. 2 ÍNDICE: Pág. INTRODUCCIÓN 3 Capítulo
Más detallesLineamientos para el uso de equipo de cómputo
Lineamientos para el uso de equipo de cómputo Inovación Tecnológica para la Incidencia Cerrada de Alberto Zamora Mexico, Distrito Federal Fundar,Centro de Analisis e Investigación it@fundar.org.mx www.fundar.org.mx
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO. CAPÍTULO III. PRÉSTAMO EXTERNO Artículos 9 17
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 5 CAPÍTULO II. INTEGRACIÓN Artículos 6 8 CAPÍTULO III. PRÉSTAMO
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Dirección Administración y Finanzas
Hoja: 1 de 14 56.- PROCEDIMIENTO PARA RECEPCIÓN, ALMACENAJE Y DESPACHO DE LOS MATERIALES DE CONSUMO Y/O AYUDAS EN ESPECIE. Hoja: 2 de 14 1.0 Propósito 1.1 Establecer la operación y requisitos necesarios
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO DE LOS LARORATORIOS
REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS LARORATORIOS Artículo 1.- El presente reglamento tiene como finalidad el control de los laboratorios de los Planteles CECYTE y Centro EMSaD del Colegio de Estudios Científicos
Más detallesINSTRUCTIVO PARA EL USO Y LA OPERACIÓN DE LAS INTALACIONES DEPORTIVAS DE LA UNIDAD AZCAPOTZALCO. Capítulo I. Disposiciones generales.
INSTRUCTIVO PARA EL USO Y LA OPERACIÓN DE LAS INTALACIONES DEPORTIVAS DE LA UNIDAD AZCAPOTZALCO. Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo primero. Este instructivo contiene las reglas de funcionamiento
Más detallesPrestación de Servicio Laboratorio de Microbiología
1 Prestación de Servicio de Página 1 de 7 1. Objetivo y Alcance: Prestar el servicio en los laboratorios de microbiología y apoyo a la docencia, que contribuya a la formación académica de los estudiantes
Más detallesREGLAMENTO DE LOS CENTROS DE OBSERVACION PARA MENORES DE CONDUCTA ANTISOCIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.
REGLAMENTO DE LOS CENTROS DE OBSERVACION PARA MENORES DE CONDUCTA ANTISOCIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. Publicado en el Periódico Oficial No. 8, de fecha 20 de marzo de 1981, Tomo LXXXVIII. CAPITULO
Más detallesREGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO
Página 1 de 6 REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito, en adelante LA ESCUELA,
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional
Liceo Nº 1 Javiera Carrera Biblioteca CRA Marina Silva Maturana REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional TITULO I Presentación El presente reglamento tiene como objetivo establecer las
Más detallesProcedimiento de Solicitud y Control de Cambios a los Sistemas Informáticos Institucionales.
Página 1 de 7 1. Propósito. Proveer los mecanismos necesarios para la solicitud de cambios y control de versiones a la funcionalidad de los sistemas informáticos institucionales. 2. Alcance. Aplica a los
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA. Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de sus servicios el
Página 1 de 5 REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de sus servicios el Departamento de Biblioteca de la Fundación Universitaria Navarra - UNINAVARRA-,
Más detallesESTÁNDAR DE COMPETENCIA. Mantenimiento a equipo de cómputo y software
I.- Datos Generales Código Título Mantenimiento a equipo de cómputo y software Propósito del Estándar de Competencia Servir como referente para la evaluación y certificación de las personas que realicen
Más detallesReglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Reglamento de la Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto FLACSO-Sede Académica Argentina Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Más detalles1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. RESPONSABILIDAD
PÁGINA: 1 DE 5 1. OBJETIVO Este instructivo tiene por objeto establecer las políticas o condiciones, actividades, responsabilidades y controles para lograr suministrar y de laboratorios para la atención
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO
REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE
Más detallesBIBLIOTECA CNC POLITICAS DE ACCESO A RECURSOS DIGITALES Y USO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS
ACCESO A RECURSOS DIGITALES La asignación del Usuario/Contraseña es exclusiva para la comunidad académica del New Cambridge School. El Usuario/Contraseña asignadas, es personal, confidencial e intransferible,
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Instituto Tecnológico Superior de Puerto Peñasco, acorde con las disposiciones del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y consciente de que la práctica deportiva y cultural
Más detallesManual de inducción para el buen Mantenimiento de los laboratorios Informáticos de la ETC María Auxiliadora Manual de inducción para el buen
Manual de inducción para el buen Mantenimiento de los laboratorios Informáticos de la ETC María Auxiliadora Manual de inducción para el buen Mantenimiento de los laboratorios Informáticos de la ETC María
Más detallesCONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016
6, XXXV Aniversario del CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016 La Subdirección Académica del a través de la División de Estudios Profesionales te invita a participar en los Cursos de Verano 2016. OBJETIVO
Más detallesLUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m.
LUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m. Formar parte del Núcleo Coordinador de un Sistema de Información que contribuya con normas y aplicación de políticas de información y
Más detallesCapítulo I, Art. 1 Todas las especies que el Establecimiento, posee, adquiera o reciba en donación, deben ser inventariadas.
FINANZAS - INVENTARIOS EXTRACTO: CIRCULAR N 179- MINISTERIO DE SALUD 1.1 Todas las especies que se adquieran o incorporen a los Establecimientos de salud, deben ser ingresados y registrados en las respectivas
Más detallesDOCUMENTO NO CONTROLADO POR EL SISTEMA DE CALIDAD NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO AL EQUIPO DE CÓMPUTO CÓDIGO:
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: CÓDIGO: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO AL EQUIPO DE CÓMPUTO AREAS DE APLICACIÓN: DIRECCIÓN GENERAL JEFATURA DE RECURSOS MATERIALES ENCARGADO DEL CENTRO DE CÓMPUTO USUARIOS
Más detallesPERFIL DE PUESTO: AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
Objetivo del puesto: Realizar y dirigir las actividades relacionadas con el mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones e inmuebles de la empresa, efectuando de manera coordinada las gestiones
Más detallesSECCIÓN DE SUMINISTROS Y ALMACENAMIENTO
SECCIÓN DE SUMINISTROS Y ALMACENAMIENTO SECCIÓN SUMINISTROS Y ALMACENAMIENTO Es el área encargada de suministrar bienes y materiales necesarios para el funcionamiento de las distintas dependencias que
Más detallesSUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 1 de 5 INTRODUCCIÓN: Una de las políticas del presente Gobierno es el uso racional y optimo de los recursos públicos, a fin de dar seguimiento y
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Disposiciones generales Artículo 1.- Sobre el Servicio La Biblioteca, es un Centro de la Universidad de Piura que depende del Rectorado y que cuenta con una estructura administrativa
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO V. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS. CAPITULO VI. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. CAPITULO 1 GENERALIDADES
ANEXO 8. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO 1. GENERALIDADES. CAPITULO 11. HORARIOS Y SERVICIOS. CAPITULO 111. DE LOS PRÉSTAMOS EXTERNOS. CAPITULO IV. VENCIMIENTOS Y SANCIONES. CAPITULO V. DE LOS DERECHOS
Más detallesFormato: IJT-ACSW-FO-031 Ver 3 Ref: IJT-ACSW-INST-005 Reglamento de las Salas de Juntas del Centro del Software.
Reglamento de las Salas de Juntas del Centro del Software. 1. Las salas de juntas están disponibles en un horario de 9:00 a 22:00 horas, de lunes a viernes y los sábados de 9:00 a 14:00 horas; fuera de
Más detallesManual de Convivencia
Manual de Convivencia Manual de Convivencia Comunidad Educativa CEINFES 1. Valores y principios: Orientarán las prácticas académicas y de convivencia que garantizarán un ambiente favorable para el desarrollo
Más detallesREGLAMENTO ESPECIAL PARA PRUEBAS ANTIDOPING UNIVERSIDAD ANÁHUAC QUERÉTARO
REGLAMENTO ESPECIAL PARA PRUEBAS ANTIDOPING UNIVERSIDAD ANÁHUAC QUERÉTARO Dentro del marco del programa Salud Anáhuac, promovido por la Universidad Anáhuac México Querétaro y con fundamento en los artículos
Más detallesINSTRUCTIVO NORMATIVO DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD PARA EL PERSONAL LABORAL DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS DEL NOROESTE, S.C.
ANTECEDENTES El Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C., ha determinado dentro de sus políticas organizacionales establecer mecanismos que propicien prácticas encaminadas a la obtención
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.
BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V., comunica que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio número 313-114752/2014 de fecha 15 de mayo de 2014, autorizó la reforma al Reglamento
Más detallesLOGÍSTICA. Sistema de Gestión de la Calidad VAF Vicerrectoría Administrativa y Financiera. PROCESO y/o SUBPROCESO: PROCEDIMIENTO:
Versión: 01 Página 1 de 6 PROCESO y/o SUBPROCESO: PROCEDIMIENTO: LOGÍSTICA CONDICIONES GENERALES Se deben cumplir los lineamientos institucionales, leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas,
Más detallesEdición: Primera edición Fecha: marzo 2016 Código: 400C Página: 1 DE 7 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA UNIDAD DE INFORMÁTICA
Página: 1 DE 7 PROCEDIMIENTO: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL HARDWARE Y SOFTWARE DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO, COMUNICACIÓN, AUDIO Y VIDEO PERTENECIENTES A LA CODHEM. OBJETIVO: Verificar y conservar
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE
REGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE ARTÍCULO I DEL HORARIO Y LOS SERVICIOS A) La Biblioteca UNIBE ofrece sus servicios a la comunidad universitaria y al público en general, de lunes a viernes en horario ininterrumpido
Más detallesANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES
ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES OCTUBRE DE 2014 CONTENIDO 1. CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE Y EQUIPAMIENTO... 3 2. PERSONAL AUTORIZADO Y FUNCIONES. 3 3. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO 4
Más detalles5.5. USO, APROVECHAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO
5.5. USO, APROVECHAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO Objetivo Optimizar y racionalizar el uso, conservación, guarda y funcionamiento de todo el mobiliario y equipo, a efecto de procurar un
Más detalles