Escuelas Públicas de Jersey City

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3 Escuelas Públicas de Jersey City 346 Claremont Avenue, Jersey City, New Jersey (201) ADMINISTRADORES DE LA OFICINA CENTRAL A/O JULIO 2013 Dra. Marcia V. Lyles Superintendente Dr. Maryann Dickar Jefe de Personal Sr. Luiggi Campana Administrador de Negocios en funciones Dra. Patricia Bryant Superintendentes Asociados, Primera Infancia Sra. Ellen M. Ruane Superintendentes Asociados, División Secundaria Dr. Michael A. Winds Director de Escuelas División B Dra. Norma Fernández Directora de Escuelas División B Dra. Magda Savino Directora/Líder del Cambio Distrital Dr. Gerard Crisonino Director de Educación Especial Sr. Aldo Sanchez-Abreu Superintendentes Asociados, Currículo e Instrucción Sr. Franklin Walker Superintendentes Asociados, Escuelas División B Sra. Paula Christen Directora de Evaluación de Programas Sra. Heather Martindale Directora, Compromiso de la Familia y la Comunidad Sra. Rita Salley Jefe de Talento Sra. Debra Shannon, Esq. Asesor Jurídico General en funciones POLÍTICA DE ACCIÓN AFIRMATIVA DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE JERSEY CITY Es la política del Distrito Escolar de Jersey City no discriminar sobre la base de la raza, el credo, el color, el origen nacional, la ascendencia, la edad, el sexo, la orientación sexual o afectiva, el estatus matrimonial, la responsabilidad de servir en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, de un rasgo sanguíneo, celular o hereditario típico de cualquier individuo, o incapacidad, en sus programas (programas educacionales vocacionales incluidos) o en actividades y políticas de actividades y empleo como requiere el Título IX de las Enmiendas de Educación del 1972, N.J.A.C. 6:4-1 et seq. del Código Administrativo de New Jersey y P.L ADA de 1990.

4 INDICE INTRODUCCIÓN...2 RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE ALMUERZO CERRADO DEL 9NO GRADO...3 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES INCENTIVOS ESTUDIANTILES PEQUEÑAS COMUNIDADES DE APRENDIZAJE DE LA ESCUELA INTERMEDIA Y SUPERIOR CÓDIGO DEL VESTUARIO...4 ACOSO, INTIMIDACIÓN Y HOSTIGAMIENTO...5 ASISTENCIA DEL ESTUDIANTE...7 TARDANZA, LLEGADA DESPUES DE HORA Y SALIDAS ANTES DE HORA...12 POLÍTICA DE ASISTENCIA - PREGUNTAS Y RESPUESTAS...13 REGULACIONES GENERALES...15 PRUEBA DE ESTEROIDES INSPECCIONES A ESTUDIANTES USO ACEPTABLE DE LA TECNOLOGÍA...16 PASOS DE ACCIÓN DISCIPLINARIA PROGRESIVOS...17 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LAS SUSPENSIONES...18 INSTRUCCIÓN ACADÉMICA DENTRO DE 5 DÍAS DE SUSPENSIÓN PARA TODOS LOS ESTUDIANTES CERO TOLERANCIA ESTUDIANTES QUE SE GRADÚAN...19 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA EXPULSIÓN GUÍAS DE ACCIÓN DISCIPLINARIA PARA ESTUDIANTES CON INCAPACITADOS...20 USO DE LOCALIZADORES PERSONALES Y TELÉFONOS CELULARES...21 EL SEXTEO...22 PROCEDIMIENTOS PARA LA SALIDA TEMPRANA DE LA ESCUELA...24 CALENDARIO DEL DISTRITO PARA EL CURSO RECURSOS COMUNITARIOS PARA LOS PADRES...27 NOTAS DEL MEDICO...28 FORMULARIO PARA NOTIFICAR SUSPENSIÓN DE ESCUELA...29

5 INTRODUCCIÓN Este Código de Conducta del Estudiante se aplica a cualquier estudiante que se encuentre dentro de un recinto escolar, que esté presente en la escuela o en cualquier actividad patrocinada por la escuela o que su conducta en cualquier momento o lugar tenga un efecto directo o inmediato sobre el mantenimiento del orden y la disciplina en las escuelas o sobre la seguridad y bienestar de los estudiantes y el personal escolar. El objetivo del Código de Conducta del Estudiante es proveer parámetros claros y concisos con respecto a la disciplina y conducta del estudiante. El propósito es establecer una atmósfera disciplinaria que sirva de apoyo al crecimiento positivo y a los logros personales. El distrito está firmemente comprometido a implementar el Código de Conducta del Estudiante de una manera justa e imparcial. Los directores tienen que asegurarse que el Código de Conducta del estudiante sea distribuido a cada estudiante al inicio del curso escolar y a todos los nuevos ingresos durante el año escolar. Los maestros de los salones de clases deberán discutir con los alumnos el Código de Conducta del Estudiante durante el mes de septiembre, y las expectativas de conducta estudiantil deberán publicarse prominentemente en cada salón de clase. El Código de Conducta del Estudiante y las expectativas de conducta estudiantil deberán ser revisados con los padres. Se requiere la firma de los padres y también la de los estudiantes. RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE Todos los estudiantes que ingresan en las Escuelas Públicas de Jersey City tienen que mostrar las pruebas de inmunización. Los estudiantes que necesiten inmunización pueden hacerlo, sin costo alguno, en la Clínica de Salud e Inmunización de Jersey City, localizada en el 201 de la Avenida Cornelison, en Jersey City, Tel. (201) Se requiere prueba de residencia (factura del servicio eléctrico, contrato de alquiler, etc.). Se aprecia la presentación de cualquier documento de inmunización anterior. La inmunización es un requisito del Estado. Antes que un estudiante sea admitido a la escuela, este tiene que haber sido inmunizado. Si el estudiante no tiene las inmunizaciones requeridas para la admisión en la escuela, se le exigirá al padre/tutor que inmunice a los hijos inmediatamente. Los estudiantes tienen las siguientes responsabilidades con respecto a su educación: Asistir a la escuela y todas las clases diariamente y a tiempo; Cumplir todas las reglas, políticas y orientaciones escolares generadas por los maestros y otras autoridades; Respetar los derechos de los otros a lograr los objetivos educacionales; Demostrar respeto mutuo y tolerancia a las diferencias personales; Participar a fondo en el proceso educacional; Expresarse de una manera que no interrumpa la operación ordenada de la escuela o el manejo del salón; Luchar por las asignaturas prescritas; Respetar y cuidar la propiedad escolar; Cumplir con todas las regulaciones y procedimientos de seguridad y salud de la escuela; Portar en todo momento la Tarjeta de Identificación emitida por la escuela (estudiantes de la escuela superior solamente) mientras que estén en la propiedad escolar; y, Usar los uniformes escolares. El incumplimiento de las regulaciones puede resultar en acción disciplinaria que puede incluir cualquiera de las siguientes medidas: Conferencia con los Padres, Detención (antes o después de la escuela), Referido al Maestro de Intervención de Crisis (CIT), Suspensión en la escuela, Exclusión de la participación en actividades, por ejemplo la fiesta de promoción (prom) y la ceremonia de graduación, Los estudiantes pueden ser excluidos de participar en actividades escolares, giras y viajes de estudio, programas extracurriculares, participación en equipos atléticos e incluso en eventos relacionados con los ejercicios de graduación. 2

6 ALMUERZO CERRADO DEL 9NO GRADO LOS ESTUDIANTES DEL 9NO GRADO PERMANECERAN EN EL EDIFICIO DURANTE SU HORARIO DE ALMUERZO Las escuelas proveerán un programa de cafetería de servicio completo. Los estudiantes tienen la opción de comprar el almuerzo en la cafetería o de traer el almuerzo de la casa y almorzar en la cafetería. Los estudiantes que sean elegibles para almuerzos gratis deben completar y entregar una solicitud de almuerzo gratis o reducido antes de la fecha tope en septiembre. Ordenar comida de vendedores externos para ser entregada a la escuela y/o a las áreas escolares, está estrictamente prohibido. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Un programa instructivo efectivo requiere de un ambiente escolar disciplinado, y la efectividad del programa educacional se refleja en parte, en la conducta de los alumnos. Tal ambiente debe incluir respeto por símismo y por otros, como también por la propiedad del distrito y de la comunidad. Los estudiantes tienen el derecho de recibir una educación que permita un crecimiento personal máximo y los prepare para ser miembros productivos de nuestra sociedad. Los estudiantes tienen el derecho de participar en todos los aspectos de la escuela sin tener en cuenta la raza, el color de la piel, el credo, el origen nacional, la orientación sexual o una discapacidad. Los estudiantes tienen el derecho de presentar información y una declaración escrita que tenga relación con una acción disciplinaria de acuerdo con los procedimientos y fechas establecidas para cada infracción específica. Los estudiantes tienen derecho a un ambiente escolar seguro, confortable y disciplinado. Los estudiantes tienen el derecho a procedimientos legales en las suspensiones y expulsiones. Los estudiantes tienen el derecho de confidencialidad con respecto a sus documentos escolares según las leyes estatales y federales. INCENTIVOS ESTUDIANTILES El propósito de los incentivos es animar a todos los estudiantes a buscar un nivel superior de rendimiento personal y académico. El reconocimiento no debe limitarse a recompensar solamente a aquellos estudiantes que demuestran conductas positivas. Se realizan esfuerzos concertados para reconocer a estudiantes quienes han exhibido conductas marginales o inaceptables y que hayan demostrado mejoras en su conducta. Si el estudiante continúa mostrando conductas inaceptables, este se considerará excluido de los incentivos para los estudiantes. Los incentivos se harán disponibles a través de los medios más diversos posibles para motivar positivamente a todos los estudiantes de la Escuelas Públicas de Jersey City mediante los esfuerzos de todo el personal del distrito. Un incentivo muestra que los maestros y directores se preocupan por el bienestar de los estudiantes. Se pide a las escuelas llamar a la familia cuando un estudiante está ausente para así preguntar acerca de las razones de la ausencia. PEQUEÑAS COMUNIDADES DE APRENDIZAJE DE LA ESCUELA INTERMEDIA Y SUPERIOR Los estudiantes participantes en las Pequeñas Comunidades de Aprendizaje (PCA) en la escuela intermedia y superior, lo hacen con el permiso de sus padres. Los estudiantes recibirán pases gratis para el transporte público sólo si viven a más de 2.5 millas de la PCA. El primer año es un periodo de prueba para los estudiantes de la escuela superior que participan en el Programa de la Escuela Superior Jersey City ARTS. Para los otros programas de la escuela superior, el periodo de prueba es un mínimo de un semestre. 3

7 CODIGO DE VESTUARIO La Junta de Educación de Jersey City tiene una política que requiere el uso de uniforme escolar por parte de los estudiantes. Las escuelas son un lugar profesional y de aprendizaje; se espera que los estudiantes se vistan apropiadamente. Es la obligación de los estudiantes de mantener su apariencia personal de una manera que impacte positivamente tanto en el plano personal como en el ambiente escolar. Por favor, cumpla lo siguiente: El uniforme oficial debe usarse apropiadamente e inalterado durante toda la jornada escolar. No usar pantalones maónes (ni azul ni negro) o pantalones que parezcan maónes, pantalones deportivos o sudaderas atlética, pantalones ceñidos y apretados. No pueden usarse indumentarias ofensivas o vulgares u obscenas (muñequeras, joyas, camisetas, sombreros, chaquetas, etc.). Se requiere el uso de calzado apropiado y seguro en todo momento. No sandalias, chancletas, pantuflas, calzado abierto, zapatillas con rueditas u otro calzado inseguro. Todos los artículos para la cabeza, bandas para el sudor, y otros tocados callejeros no son permitidos a no ser que sean por propósitos religiosos o médicos. En los casos donde los artículos para la cabeza tengan que usarse por propósitos religiosos o médicos, se debe presentar en la escuela la documentación que verifique tal uso. Las gorras no pueden usarse en la escuela. Cualquier artículo para la cabeza/gorras confiscados, serán etiquetados y devueltos a los padres tras una conferencia con estos. No se permite el uso de pantalones ajustados al cuerpo, vestidos o pantaloncitos cortos. No puede usarse ropa que pueda causar daños a cualquier estudiante o a la propiedad escolar. No se permiten las minifaldas (a mitad de muslo o más). No se permiten pantaloncitos cortos (a mitad de muslo o más). Las faldas, los vestidos y los shorts deben usarse a la rodilla o más abajo. No pueden usarse las faldas ceñidas y con aberturas. No se usarán las camisetas por encima del uniforme o que se vean debajo de este. No se permiten en la escuela o en actividades patrocinadas por la escuela, consignas, parches, emblemas que sean obscenos o promuevan violencia. No se permiten insignias o broches ofensivos en los uniformes. La ropa usada durante la participación activa en la clase de educación física no debe usarse en los salones de clases donde existan las casillas para estudiantes. Debe hacerse un cambio de ropa en el gimnasio y/o en el campo atlético. Los pantalones no colgarán tan bajo de modo que se exponga la ropa interior. Los estudiantes que usen sus pantalones tan bajo y expongan su ropa interior en areas escolares serán sujetos a acción disciplinaria. Las zapatos deportivos y los zapatos con cordones deben tener los cordones amarrados y seguros en todo momento. La ropa o símbolos relacionados con pandillas o que promuevan violencia no son permitidos en ninguna escuela o actividad patrocinada por la escuela. Esto incluye pero no se limita a broches, parches, collares con símbolos, pañuelos de cabeza, etc. Los cintos o correas con nombres inscritos en metal no se usarán en la escuela. No se usarán espejuelos de sol en la escuela a no ser que estén prescritos por el médico. Se deberá presentar documentación para verificar la prescripción (carta con el membrete y la firma del medico). Si algún estudiante se presenta en la escuela en ropas que no cumplen con el Código de Vestuario, el personal escolar revisará las circunstancias y determinará las medidas a tomar para procesar la violación apropiadamente. Estas medidos pueden incluír: Padres/guardianes triagan un cambio de ropa. Se requiere que el estudiante se cambie de ropa. Conferencia de padres/guardianes El estudiante será detenido antes, despues de clases o los sábados. El estudiante tendrá suspension dentro de la escuela. 4

8 ACOSO, INTIMIDACIÓN Y HOSTIGAMIENTO La Junta de Educación prohíbe los actos de acoso, intimidación u hostigamiento de estudiantes y empleados. Todos los miembros de la comunidad de las Escuelas Públicas de Jersey City tienen el derecho de vivir y trabajar en un ambiente que sea seguro y gratificante. La Junta ha determinado que es necesario un ambiente cívico y seguro en la escuela para que los estudiantes aprendan y logren estándares académicos altos, y para que el personal eduque a los estudiantes de modo efectivo. El acoso, la intimidación o el hostigamiento, como otras conductas violentas y destructivas, son una conducta que interrumpe la habilidad del estudiante para aprender y la habilidad de la escuela para educar a sus estudiantes en un ambiente seguro. El distrito escolar no tolerará actos de acoso, intimidación u hostigamiento en contra de estudiantes o empleados. El acoso, la intimidación o el hostigamiento significa cualquier gesto, o acto escrito, verbal o físico, o cualquier otra comunicación electrónica que sean: (a) percibidos razonablemente como motivados por cualquier característica percibida o real, tal como raza, color, religión, género, discapacidad mental, física o sensorial, orientación sexual, identidad o expresión del género, origen nacional o ascendencia, o por cualquier otra característica distintiva; y (b) que tengan lugar en los predios escolares, en cualquier función patrocinada por la escuela, en un ómnibus escolar, o fuera de las áreas escolares pero que substancialmente afecte o interfiera con el funcionamiento ordenado de la escuela o con los derechos de otros estudiantes, y (1) una persona razonable bajos las circunstancias, debe saber que los actos tendrán el efecto de dañar a una persona o a su propiedad, o colocar a una persona en situación de temor razonable por su persona o su propiedad; o (2) tiene el efecto de insultar o degradar a cualquier persona o grupo de personas; o (3) crea un ambiente educacional hostil para el estudiante al interferir con la educación del estudiante o causar daños físicos o emocionales severos o generales al estudiante (o crea un ambiente de trabajo hostil para un empleado). Se entiende por comunicación electrónica una comunicación que se transmite por medio de un dispositivo electrónico, que incluye pero no se limita a un teléfono, teléfono celular, computadora, o localizador, que tiene lugar en los predios escolares, en cualquier función patrocinada por la escuela o en un ómnibus escolar. Las consecuencias y medidas remediales para un estudiante que cometa un acto de acoso, intimidación u hostigamiento serán diversas y clasificadas de acuerdo a la naturaleza de la acción, la edad de desarrollo del estudiante y la historia de problemas y el desempeño del estudiante. Las consecuencias y las acciones remediales apropiadas para un estudiante que cometa un acto de acoso, intimidación u hostigamiento puede oscilar desde intervenciones conductuales positivas hasta e incluyendo suspensiones de corto o largo plazo o expulsiones. Las consecuencias o medidas remediales pueden incluir, pero no se limitan a, aquellas expuestas en la política de la Junta que prohíbe el acoso, la intimidación o el hostigamiento (política ). El superintendente, los directores, el funcionario de acción afirmativa y/o las personas designadas serán responsables de recibir las denuncias que alegan las violaciones de esta política. Las denuncias pueden ser anónimas pero ninguna acción disciplinaria deberá basarse solamente en una denuncia anónima. Cualquier empleado de una escuela, miembro de la Junta, proveedor de servicios contratado, estudiante, visitante o voluntario que haya sido testigo o tenga información confiable que un estudiante haya sido objeto de acoso, intimidación u hostigamiento, debe reportar el incidente al director del edificio o a las personas designadas. 5

9 ACOSO, INTIMIDACIÓN Y HOSTIGAMIENTO (CONT.) Se aplicarán los siguientes procedimientos para reportar los incidentes de acoso, intimidación y hostigamiento: Todos los actos de acoso, intimidación u hostigamiento deben ser reportados verbalmente al director de la escuela el mismo día cuando el empleado de la escuela o proveedor de servicios contratado haya sido testigo o haya recibido información confiable relacionada con cualquier incidente de esa naturaleza; El director deberá informar a los padres o tutores de todos los estudiantes involucrados en el incidente alegado, y puede discutir, según proceda, la disponibilidad de consejería y de otros servicios de intervención; y Todos los actos de acoso, intimidación u hostigamiento deben ser reportados por escrito al director de la escuela en un plazo de dos días a partir del momento en que el empleado de la escuela o el proveedor de servicios contratado fueran testigos o recibieran información confiable de que un estudiante haya sido objeto de acoso, intimidación u hostigamiento. Los siguientes procedimientos se aplicarán a las investigaciones de incidentes de acoso, intimidación u hostigamiento reportados: Todas las investigaciones deberán ser inmediatas, exhaustivas, completas y documentadas por escrito, y deben incluir, pero no limitarse a, tomar declaración de las víctimas, de los testigos y del acusado; una cuidadosa revisión de los hechos; apoyo a la víctima; y una resolución si el acto alegado constituye una violación de esta política. La investigación debe ser iniciada por el director o el designado por el director en el plazo de un día escolar a partir del momento del reporte del incidente y debe ser conducida por un especialista anti-hostigamiento de la escuela. El director puede designar personal adicional que no sea especialista anti-hostigamiento para ayudar en la investigación. La investigación debe ser concluida lo antes posible pero no más tarde de 10 días escolares a partir del día del reporte escrito del incidente de de acoso, intimidación u hostigamiento. En el caso que exista información relativa a la investigación la cual haya sido anticipada pero no haya sido recibida al concluir el periodo de 10 días, el especialista de antihostigamiento de la escuela puede enmendar el reporte original de los resultados de la investigación para reflejar la información. Los resultados de la investigación deben ser reportados al superintendente en un plazo de dos días escolares a partir de la conclusión de la investigación, y en concordancia con la ley y la política de la Junta. El superintendente puede iniciar los servicios de intervención, establecer programas de entrenamiento para prevenir casos de acoso, intimidación u hostigamiento y mejorar el ambiente escolar, imponer disciplina, ordenar sesiones de consejería como resultado de los hallazgos de la investigación, o tomar o recomendar otras acciones apropiadas. Los resultados de cada investigación deberán ser reportadas a la junta de educación antes de la fecha de su próxima reunión una vez que se haya concluido la investigación, y deben incluir cualquier servicio brindado, entrenamiento establecido, disciplina impuesta o cualquiera otra acción tomada o recomendada por el superintendente. El superintendente o sus designados deberán garantizar que los padres o tutores de los estudiantes quienes son partes de la investigación reciban información acerca de la investigación. Esta información deberá brindarse por escrito en un plazo de 5 días escolares después que los resultados de la investigación sean reportados a la junta y deberá incluir la naturaleza de la investigación, si el distrito encontró evidencias de acoso, intimidación u hostigamiento, o si se impusieron medidas disciplinarias o se brindaron servicios para tratar el incidente de acoso, intimidación u hostigamiento. Los padres o tutores pueden solicitar una audiencia ante la junta después de recibir la información del superintendente en relación con la investigación. La audiencia deberá realizarse en un plazo de 10 días después de la solicitud. La junta debe reunirse en sesión ejecutiva para la audiencia para proteger la confidencialidad de los estudiantes. En la audiencia la junta puede escuchar al especialista anti-hostigamiento de la escuela en relación al incidente, las recomendaciones disciplinarias o de servicios, o cualquier programa instituido para prevenir tales incidentes. En la próxima reunión de la junta de educación posterior al recibo del reporte, la junta deberá emitir una decisión, por escrito, para afirmar, rechazar o modificar la decisión del superintendente. La decisión de la junta puede ser apelada al Comisionado de Educación, en conformidad con la ley, en un plazo no mayor de 90 días después de la emisión de la decisión de la junta. Los padres, tutores, el estudiante o una organización puede presentar una reclamación a la División de Derechos Civiles en un plazo de 180 días después de la ocurrencia de cualquier incidente de acoso, intimidación u hostigamiento basado en la membrecía en un grupo protegido como se enumera en la Ley en Contra de la Discriminación del Estado de New Jersey 6

10 ASISTENCIA DEL ESTUDIANTE El distrito de Las Escuelas Públicas de Jersey City (JCPS) pone una gran atención a la asistencia del estudiante porque la asistencia regular es un factor primordial para el desarrollo académico y social del estudiante. Las ausencias frecuentes de los alumnos rompen con la continuidad que se requiere en el proceso de instrucción que se lleva a cabo en el aula. Los beneficios de la enseñanza directa en el aula se pierden y no pueden ser completamente recuperados, ni aun con horas extras de enseñanza después del horario escolar. Es por eso que muchos estudiantes que faltan frecuentemente a la escuela tienen gran dificultad para aprovechar al máximo la instrucción escolar. Requerimientos de Asistencia del Estudiante: Para que el distrito escolar pueda cumplir con su responsabilidad de educar amplia y eficientemente a cada estudiante, se requiere de una total cooperación de los padres/tutores para que el estudiante mantenga altos niveles de asistencia. Las ausencias frecuentes rompen con la continuidad que se requiere en el proceso de instrucción al perder las experiencias que se obtienen en el aula y limitan la habilidad del estudiante para cumplir exitosamente con los requerimientos del currículo. Las reglas siguientes deberán ser observadas en relación con las ausencias: El estudiante debe asistir a la escuela diaria y puntualmente. La Escuela Elemental (PreKindergarten a 8vo. Grado) comenzará las clases a las 8:30 A.M. sin ninguna dilación. (Para las Escuelas Elementales solamente) Cuando el estudiante regrese a la escuela, deberá traer una nota firmada por uno de los padres explicando las razones de la ausencia. Esta nota deberá ser entregada al maestro(a), consejero(a) escolar o al maestro(a) que atiende a las crisis inmediatamente después que el estudiante regrese a la escuela. Las clases de Bachillerato (High School) comenzarán a las 8:30 A.M. sin ninguna dilación. Si el estudiante no está en el aula a esta hora se le considerará una llegada tarde. Para evitar que el estudiante sea enviado a detención por llegada tarde, los padres deben asegurarse de que su hijo(a) llegue puntualmente a la escuela. Los padres deberán telefonear a la escuela durante la mañana del día de ausencia. Si esta llamada no es recibida, la escuela hará todo lo posible para contactar a los padres/tutores del estudiante el día de la ausencia. Se considera que el estudiante asiste a la escuela solamente cuando está físicamente presente o cuando participa en una actividad educacional autorizada que es parte del programa de enseñanza. Ausencia Justificada: La ausencia de un estudiante puede ser una ausencia justificada en los casos siguientes: Enfermedad del estudiante Visita al médico Muerte de un familiar cercano, funerales de otros familiares o amigos cercanos. La ausencia no debe exceder de un día si es en la localidad o tres días si es fuera del estado Observación de fechas religiosas aprobadas por el estado. Estas fechas se pueden encontrar en la siguiente página web: Eventos o actividades aprobadas y patrocinadas por la escuela Suspensiones Otras ausencias individuales que sean determinadas y aprobadas por la escuela 7

11 ASISTENCIA DEL ESTUDIANTE (CONT.) Los padres de estudiantes que tengan circunstancias especiales deberán comunicarse con la escuela. En algunos casos, esta situación pudiese permitir que el estudiante reciba una excusa justificada para realizar la tarea asignada con antelación. Es preciso añadir que los estudiantes excusados por las razones antes mencionadas tienen que completar cualquier trabajo que no haya sido realizado en clase. Los padres/tutores deberán entregar la documentación necesaria para que la ausencia sea justificada en un plazo no mayor de tres (3) días a partir del retorno a la escuela después de la ausencia. Los documentos que se consideran aceptables pueden ser: Una nota del médico o centro de salud escrita en una receta médica o en una hoja que tenga membrete. Obituario o tarjeta o carta de una funeraria (Para el Bachillerato solamente) Nota de una universidad relacionada con una visita universitaria Documentos de una Corte o nota de un abogado relacionada con la asistencia a Corte. Nota de justificación emitida por una agencia o institución gubernamental con el nombre del estudiante o su familia escrito en la nota. Nota de justificación en una hoja con membrete escrita por un líder religioso explicando una celebración religiosa que cumpla con la observación de fechas religiosas aprobadas por el estado. Ausencia Injustificada: Cualquier ausencia que no caiga dentro de ninguna de las categorías de ausencia justificada será considerada como una ausencia injustificada. La intención del distrito escolar es que la cantidad de ausencias establecida en las regulaciones sea suficiente para permitir las ausencias normales y por enfermedad. Esto no quiere decir que la cantidad de días establecidos para ausencias puedan ser usados indiscriminadamente y sin problema, sino más bien se supone que es posible tener ausencias por enfermedad o por problemas personales o familiares graves. Una excepción de los requisitos de asistencia puede ser otorgada por el Director(a) de la escuela si existe una causa que lo justifique, bajo la recomendación de un comité de revisión designado por el Director(a) compuesto por personal que atienda a los alumnos y maestros de aula. Para recomendar una excepción de los requisitos de asistencia el comité deberá considerar la naturaleza y causa de todas las ausencias. La documentación de la naturaleza y causas de las ausencias es responsabilidad de los alumnos y sus padres/tutores o de los estudiantes adultos (NJ 6A:32-1.1). (continued on page 9) 8

12 ASISTENCIA DEL ESTUDIANTE (CONT.) Derecho a Recuperar el Tiempo Perdido: La recuperación del tiempo perdido es una oportunidad que se la da al estudiante para recuperar el tiempo de clase perdido debido a una ausencia injustificada. Para no perder el crédito académico por la asignatura, el estudiante puede recuperar el tiempo de clase por ausencia injustificada como se establece en el Programa para Recuperar el Tiempo Perdido. Los límites para recuperar el tiempo de clase perdido son: Asignaturas Semestrales: El estudiante puede recuperar hasta 4 ausencias injustificadas Asignaturas Anuales (Durante todo el año escolar): El estudiante puede recuperar hasta 8 ausencias injustificadas La asistencia para recuperar el tiempo perdido no garantiza la nota requerida para aprobar la asignatura, sino una oportunidad para recuperar el tiempo de enseñanza perdido, así como completar las tareas y evitar la pérdida del crédito académico. La escuela realizará lo siguiente cuando un estudiante esté ausente: Hará todo el esfuerzo razonable para notificar a los padres/tutores durante cada día de ausencia injustificada Intentará contactar a los padres/tutores por teléfono, correo electrónico o teléfono celular para determinar la causa de la ausencia injustificada Si los padres/tutores no pueden ser contactados como se describe anteriormente la escuela puede hacer otro tipo de intento para contactarlos o enviar una carta reportando la ausencia injustificada y pidiéndole a los padres/tutores que se comuniquen con la escuela Si en determinado momento se sospecha que se trata de abuso, negligencia o el estudiante se reporta como desaparecido, la escuela implementará todos los procedimientos requeridos por la ley, incluyendo los protocolos de reportes, notificación a padres/tutores, así como la cooperación con la policía y otras agencias, según sea apropiado. Las consecuencias relacionadas con las ausencias que conllevan a la pérdida del crédito académico son: Actividades extracurriculares (posiblemente para el resto del curso escolar) Actividades Deportivas entre Escuelas (de acuerdo con las regulaciones de elegibilidad adicionales de NJSI- AA) Programas de Educación Cooperativa (la componente de trabajo fuera de la escuela puede ser sustituida por clases en la escuela) El Comité de Revisión de Apelaciones de Asistencia determinará las medidas para el resto del semestre y para los semestres siguientes (a pesar de las regulaciones de elegibilidad para las competencias deportivas de NJSIAA) (continues on page 10) 9

13 ASISTENCIA DEL ESTUDIANTE (CONT.) Acciones a Tomar por el Distrito en Caso de Ausencias Excesivas: Categoría 1 Si se encuentra un patrón de hasta tres ausencias injustificadas en un semestre el distrito: Hará los esfuerzos razonables para notificar a los padres/tutores del estudiante por cada ausencia injustificada en el día que ocurra Intentará contactar a los padres/tutores del estudiante por teléfono, correo electrónico o teléfono celular para determinar la causa de la ausencia injustificada Conducirá una investigación de seguimiento escribiéndole a los padres/tutores del estudiante para determinar la causa de cada ausencia injustificada Categoría 2 Si se el patrón de ausencias injustificadas continúa y se acumulan entre cuatro y nueve ausencias injustificadas, entonces: El Director(a) de la escuela o alguien designado por el Director planeará una reunión con los padres/tutores y el estudiante El propósito de la reunión será crear un plan de acción que ayude al regreso del estudiante a la escuela y que, a la vez, mantenga una buena asistencia. El plan de acción será desarrollado en coordinación con los padres/tutores del estudiante y podría contar con la participación del maestro del aula, la enfermera, el consejero escolar, el Director(a) o cualquier otro miembro del cuerpo docente. Categoría 3 Si se el patrón de ausencias injustificadas continúa y se acumulan diez o más ausencias injustificadas, entonces: El Director(a) de la escuela o alguien designado por el Director planeará una reunión con los padres/tutores y el estudiante El propósito de la reunión será la revaluación del plan de acción que ayude mejor al regreso del estudiante a la escuela y que, a la vez, mantenga una buena asistencia. El plan de acción será revisado y modificado en coordinación con los padres/tutores del estudiante y podría contar con la participación del maestro del aula, la enfermera, el consejero escolar, el Director(a) o cualquier otro miembro del cuerpo docente. El plan establecerá metas basadas en la necesidad del estudiante y detallará las acciones necesarias para lograr las metas y ayudar al retorno del estudiante a la escuela y que continúe con una asistencia regular. El plan de acción puede incluir cualquiera de o todos los siguientes: Referir el caso o consultar con el equipo de Intervención y Servicios de Referencia (I&RS) del edificio Evaluaciones, pruebas y análisis de las necesidades académicas, de comportamiento y de salud del estudiante Consideración de una institución educacional alterna Referir el caso a una agencia comunitaria proveedora de servicios sociales y de salud Referir el caso al programa de la corte designado por la Oficina Administrativa de las Cortes de New Jersey La implementación de todos los procedimientos requeridos en casos de abuso potencial, negligencia o desaparición de un menor, incluyendo la cooperación con la policía y otras autoridades y agencias, de acuerdo con las necesidades del caso Después que todas las opciones se hayan terminado, los estudiantes de 16 años o más, cuando no califiquen para obtener créditos académicos en todas las clases, se darán de baja de la escuela por el resto del curso escolar. (continues on page 11) 10

14 ASISTENCIA DEL ESTUDIANTE (CONT.) Derecho de Apelación Cuando las ausencias puedan ser documentadas como razonables y necesarias, la apelación de cualquiera de las decisiones tomadas sobre la base de este código puede ser iniciada por el estudiante o sus padres/tutores en un plazo no mayor de cinco (5) días de clases después de la notificación de no calificación para la obtención de créditos académicos, o la participación en actividades extracurriculares, actividades deportivas entre escuelas, y oportunidades de becas. Un comité imparcial de apelación de asistencia escolar escuchará el caso apelado por el estudiante o sus padres/tutores en un plazo no mayor de cinco (5) días de clases después del recibo del pedido de apelación. La decisión del comité se dará por escrito, a los padres/tutores del estudiante y a las autoridades pertinentes de la escuela y el distrito, en las siguientes veinticuatro (24) horas a partir de que el caso sea escuchado. Un estudiante que ha sido notificado de que no califica para los créditos académicos de un curso por motivos de ausencias y tiene la intención de apelar, tiene que seguir asistiendo a clases mientras espera los resultados del proceso de apelación. Disciplina Todo lo relacionado con la disciplina de la asistencia escolar del estudiante será regido por la regulación del distrito 5131 Conducta y Disciplina y el código de conducta del estudiante. Las consecuencias por las ausencias pueden incluir las que aparecen en la página 15 (medidas disciplinarias progresivas) Los estudiantes y padres/tutores serán notificados por las acciones disciplinarias relacionadas con la asistencia, incluyendo la pérdida de créditos académicos y podrán apelar las decisiones a través de los procedimientos establecidos en la regulación del distrito Procedimiento para Trámite de Quejas de Estudiantes. Ausencias Injustificadas de Estudiantes de Educación Especial y Sección 504 (ESTUDIANTES DE ESCUELA ELE- MENTAL Y BACHILLERATO): Los lineamientos establecidos en este reglamento para la asistencia, las medidas remediales y de disciplina se aplicarán a los estudiantes cuando se considere apropiado, y también considerando cada estudiante en particular de acuerdo con: El Programa de Educación Individualizada (IEP) El Plan 504 Los procedimientos de protección establecidos en N.J.A.C. 6A:14 El acomodamiento alternativo a corto o largo plazo para estudiantes discapacitados de acuerdo con lo requerido por la ley Las necesidades de su plan de salud individual ASISTENCIA DE LOS ALUMNOS PRESCOLARES Asistencia de los estudiantes de Pre-K Todos los estudiantes prescolares tienen que asistir el primer día de clases. Los estudiantes prescolares que no asistan el primer día de clases serán dados de baja del programa. Los estudiantes prescolares que asisten al programa que estén ausentes por 10 días consecutivos, en cualquier momento del curso escolar, serán dados de baja del programa. Debido al alto números de estudiantes esperando para entrar en el programa, no se guardan puestos para ningún estudiante. Una vez que un estudiante es dado de baja del programa se tendrá que hacer una nueva solicitud para entrar al programa y el estudiante será colocado en cualquier escuela de acuerdo con la disponibilidad existente en ese momento. 11

15 ASISTENCIA DEL ESTUDIANTE (CONT.) Suspensión y Expulsión Ningún estudiante de prescolar que asista al Programa de Prescolar de las Escuelas Públicas de Jersey City (JCPS) estará sujeto a suspensión o expulsión del programa. Esto es en cumplimiento con las Regulaciones del Estado. TARDANZAS, LLEGADAS TARDES Y SALIDAS TEMPRANAS El desarrollo ordenado de las actividades en la clase depende de la puntualidad con que éstas sean comenzadas. La tardanza (llegada tarde) afecta negativamente el desarrollo adecuado de las actividades escolares. Los estudiantes tienen que asistir a la escuela y a su clase puntualmente. La escuela comienza a las 8:30 A.M. todos los días de clase. Se considerará una tardanza cuando un estudiante de primaria (escuela elemental) llega a la escuela después de las 8:40 A.M. Para un estudiante de Bachillerato se considerará una tardanza cuando llegue a la escuela después de las 8:30 A.M. El estudiante que llegue tarde a cualquier clase estará sujeto a las medidas disciplinarias establecidas en la regulación del distrito 5131 Conducta y Disciplina y el código de conducta del estudiante. Las consecuencias de la acumulación de llegadas tarde pueden ser el castigo de detención y la pérdida de créditos por trabajos de clase. En los niveles de escuela primaria y escuela media, un estudiante se considera que estuvo ausente de la escuela si ha participado en menos de 4 horas de enseñanza durante el día escolar En el nivel secundario, un estudiante se considera que estuvo ausente a la clase si la llegada tarde hace que pierda la mitad o más del tiempo de ese periodo de clase El distrito escolar entiende que en algunas ocasiones circunstancias especiales pueden hacer que un estudiante llegue después de hora o necesite salir antes de hora. Como el agente responsable por la educación de los niños del distrito, el distrito escolar requiere que la escuela sea notificada por escrito con antelación a cualquier llegada después, o salida antes, de hora. Esta notificación deberá ser hecha por los padres/tutores del estudiante y explicará las razones por las que el estudiante debe llegar después de hora o salir antes de hora. Razones por las cuales una tardanza puede ser justificada: Turnos médicos o dentales que no pueden ser programados fuera del horario de escuela Requerimientos del plan de salud individual del estudiante Requerimientos del Programa de Educación Individualizada (IEP) o Plan 504 El acomodamiento alternativo a corto o largo plazo de estudiantes discapacitados Licencia médica Examen para obtener la Licencia de Conducción (Bachillerato solamente) Entrevista de trabajo o para entrar a la universidad. Asistencia a Corte Una razón de peso que sea aceptable para la administración A ningún estudiante se le permitirá abandonar la escuela antes de la hora de salida si no es entregado a uno de sus padres/tutores y el padre o tutor aparece en el registro de la escuela como tal o, en su defecto, es una persona mayor de 18 años que ha sido autorizada por escrito por un padre o tutor del estudiante para actuar en su lugar. La autorización escrita debe ser hecha con antelación y la Escuela tendrá que verificar la identidad del padre o tutor que da la autorización. La Escuela hará una copia de una identificación personal con foto de la persona autorizada a llevarse al estudiante. Las tardanzas que no estén cubiertas por las razones anteriores se acumularán y podrían afectar los créditos académicos. 12

16 POLITICA DE ASISTENCIA - PREGUNTAS Y RESPUESTAS (PYR) Q 1: Qué tipo de ausencias cuentan para el número total de ausencias que es permitido por las regulaciones? A: Todas las ausencias cuentan para el número total de ausencias permitido por las regulaciones con la excepción de las excursiones escolares, actividades escolares, orden de aparición en corte a nombre del estudiante, cuarentena certificada por un inspector médico, certificados médicos dados por un doctor, suspensión y actividades religiosas que hayan sido aprobadas por el Comisionado de Educación. Estas regulaciones se explican con más detalle en la página 7. Q 2: Se quiere que los estudiantes traigan documentación de los padres/tutores cuando regresen a la escuela después de una ausencia? A: Sí, esta documentación es requerida para todas y cada una de las ausencias. Notas o certificados médicos, etc. deben ser entregados en un plazo no mayor de tres (3) días después de la última ausencia. Estas regulaciones se explican con más detalle en la página 8. Q 3: Cómo se aplican las regulaciones para la asistencia en el caso de estudiantes de Educación especial y Sección 504? A: Todos los estudiantes deben cumplir con las regulaciones para la asistencia al menos que se estipule lo contario y además específicamente en el Programa de Educación Individualizada (IEP) o Plan 504 del estudiante. Si un estudiante queda exceptuado de cumplir con las regulaciones para la asistencia, las razones para ello, así como las medidas que sustituyen a las regulaciones deberán ser establecidas claramente por escrito en el Programa de Educación Individualizada (IEP) o Plan 504 del estudiante. Estas regulaciones se explican con más detalle en la página 11. Q 4: Cómo se afecta la asistencia del estudiante debido a una suspensión? A: Puesto que una suspensión es una decisión administrativa, el tiempo específico de suspensión será considerado como tal y no será considerado como tiempo de ausencia. Estas regulaciones se explican con más detalle en la página 7. Q 5: Si un estudiante ha aprobado la parte académica pero tiene más ausencias que las permitidas, puede pasar de grado (escuela elemental) u obtener créditos académicos (Bachillerato)? A: Un estudiante de Bachillerato que tenga más ausencias que las permitidas no califica para obtener créditos académicos, excepto que apele el caso y gane la apelación. En el caso de un estudiante de escuela elemental, el Director, en consulta con el Maestro, tomará una decisión al respecto. Estas regulaciones se explican con más detalle en las páginas 9 y 10. Q 6: Puede un estudiante con nueve (9) días de ausencia en un semestre participar en actividades extracurriculares? A: No. Nueve (9) ausencias en un semestre automáticamente hacen que el estudiante quede descalificado para participar en actividades extracurriculares, como por ejemplo, deportes, cheerleading, etc. El estudiante o sus padres tienen cinco (5) días para presentar una apelación ante el Comité de Revisión de Apelaciones de Asistencia, el cual entregará los resultados de su decisión en no más cinco (5) días escolares. El estudiante se mantendrá activo mientras se espera la decisión del Comité Estas regulaciones se explican con más detalle en la página 9. (continues on page 14) 13

17 POLITICA DE ASISTENCIA - PREGUNTAS Y RESPUESTAS (PYR) (CONT.) Q 7: Pueden los padres, o el estudiante, apelar las decisiones que se tomen en relación con la asistencia? A: Sí. Los padres o el estudiante pueden, si lo desean, apelar estas decisiones ante el Comité de Revisión de Apelaciones de Asistencia. Se espera que el estudiante continúe asistiendo a clase durante el proceso de apelación. Estas regulaciones se explican con más detalle en la página 9. Q 8: Cómo pueden apelar los padres o el estudiante la decisión del Comité de Revisión de Apelaciones de Asistencia? A: Los padres deben presentar al Director de la escuela, por escrito, una solicitud de revisión de la decisión del Comité de Revisión de Apelaciones de Asistencia. Q 9: Cuánto tiempo tienen los padres o el estudiante para apelar la decisión del Comité de Revisión de Apelaciones de Asistencia? A: Los padres o el estudiante tienen cinco (5) días para apelar por escrito a partir del recibo de la decisión del Comité. Q 10: Cuándo entran en efecto las regulaciones para la asistencia? A: La asistencia comienza el primer día de clases para los estudiantes que continúan, y el día de matrícula para los nuevos estudiantes del distrito. Q 11: Qué sucede con el estudiante que está esperando el resultado del proceso de apelaciones? A: El estudiante permanece asistiendo a clases hasta que el proceso de apelaciones haya terminado. Q 12: Si un estudiante está esperando el resultado del proceso de apelaciones, puede dicho estudiante participar en las actividades extracurriculares? A: Sí. El estudiante puede participar mientras esté pendiente la decisión del Comité de Revisión de Apelaciones de Asistencia. Q 13: Existe algún proceso para apelar la decisión del Director? A: Sí. Los padres o el estudiante pueden presentar su apelación a la Division Associate/Director. La apelación debe ser hecha por escrito dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la decisión del Director. Q 14: Se consideran ausencias las visitas al país de origen del estudiante en días de clases? A: Yes. Sí. Las visitas de un estudiante a su país de origen en días de clases se consideran ausencias injustificadas. Q 15: Puede un estudiante (de 16 años o más) que haya sido borrado de la matrícula escolar por motivos de asistencia ser vuelto a matricular? A: Sí. Los padres/tutores tienen que venir con el estudiante para una conferencia con el Director antes del comienzo del siguiente curso escolar para discutir las opciones para la re-matrícula del estudiante. 14

18 REGULACIONES GENERALES A) Las violaciones remitidas al administrador para tomar acción disciplinaria deben estar acompañadas por una declaración escrita por el maestro o miembro del personal. B) Los estudiantes serán asignados ya sea a detención supervisada antes de o después de clases por la infracción de reglas escolares. Durante ese periodo de tiempo al estudiante se le asignará trabajos escolares constructivos. C) Solamente el director o vice-director/ asistente designado tendrá la autoridad de suspender a los estudiantes. D) La escuela notificará de la suspensión a los padres del estudiante suspendido. Se hará todo lo posible por contactar a los padres por teléfono en el momento de la suspensión. Se enviará una comunicación escrita el mismo día de la suspensión. Se guardará en la escuela una copia de la comunicación mientras que el estudiante sea procesado. E) Antes de que se levante la suspensión, se debe tener una conferencia padre/tutor/ y estudiante con el administrador. Un estudiante suspendido será readmitido solo después de una conferencia satisfactoria. Se le debe dar toda oportunidad al estudiante suspendido (5 días/10 días) para completar los trabajos de clases perdidos. F) Los violadores crónicos de cualquier regla (y sus padres/tutores) pueden ser remitidos a agencias de apoyo externas, a un ambiente educacional alternativo provisional o al Comité de Servicios de Remisióne Intervención. G) A los estudiantes en suspensión fuera de la escuela se les prohíbe entrar en cualquier propiedad del distrito mientras que esté en suspensión. Los estudiantes que violen esta regulación se les instruirán de cargos por violar la propiedad privada. H) Los estudiantes que se encuentren bajo la influencia de una sustancia ilegal controlada será sacado de la escuela hasta que se le entregue a la directora un informe escrito de parte del médico certificando que el estudiante está físicamente y mentalmente capacitado para regresar a la escuela. I) Los estudiantes en suspensión fuera de la escuela no pueden participar en ninguna actividad escolar tales como viajes, clubes, juegos, conciertos, eventos atléticos, etc. PRUEBA DE ESTEROIDES El distrito sigue la posición la Asociación Atlética Inter-escolar del Estado de Nueva Jersey (NJSIAA) con respecto al examen al azar de estudiantes que participan en actividades extracurriculares y en deportes interescolares quienes cursen los grados del 9no al 12vo. INPECCIONES A ESTUDIANTES En el esfuerzo constante de reafirmar un ambiente seguro y de orden para nuestros estudiantes, se podrán realizar inspecciones a los estudiantes para detectar armas, drogas y/o otros objetos/materiales prohibidos. Todos los estudiantes están sujetos al detector de metales (automático y manual) cuando estén en la escuela o en actividades promovidas por la escuela. Cualquier bulto portado por el estudiante (es decir, mochila, maleta, maletín, bolsón, etc.) puede ser también inspeccionado. Además, se podrán realizar inspecciones en la casilla del estudiante. Cualquier estudiante que se niegue a participar en, y/o cooperar con, una inspección será detenido y los padres/tutores serán contactados. Adicionalmente, cualquier estudiante que se niegue está sujeto a acción disciplinaria. Si hay razón para creer que el estudiante se niega a participar porque el estudiante está en posesión de un arma, se le pedirá a la policía que intervenga inmediatamente. 15

19 USO ACEPTABLE DE LA TECNOLOGIA El uso de los Recursos de Redes de la escuelas Públicas de Jersey City debe ser en apoyo de la educación e investigación, y consistente con los objetivos educacionales de las escuelas Públicas de Jersey City. El usuario es responsable de sus acciones y actividades mientras que accede tanto a la Internet como la Intranet, y mientras que use el Correo Electrónico ( ). La Internet enlaza redes de computadoras alrededor del mundo, dando a las Escuelas Públicas de Jersey City acceso una gran variedad de recursos informáticos. El acceso a Internet está disponible en todas las escuelas públicas. Aunque los filtros son falibles, las Escuelas Públicas de Jersey City será responsable de proveer filtros para crear un ambiente que esté libre de contenido dañino. Websense es el nombre del programa que actualmente usa el distrito para bloquear sitios restringidos. El acceso al es un privilegio y ciertas responsabilidades acompañan es e privilegio. Se espera que los usuarios del sean éticos y responsables cuando usen el correo electrónico. Ciertas conductas no se tolerarán en el uso de la tecnología. Cualquier individuo que entre en conductas que sean prohibidas por los recursos del sistema de redes o por las reglas del distrito o la ley local, estatal o federal, está sujeto a disciplina cuando tal conducta tiene lugar en o fuera de la propiedad del distrito escolar o cuando penalidades criminales o civiles sean también impuestas debido a tal conducta. Cualquier individuo que entre en publicación en la Web que esté dirigida a incitar o provocar acción ilegal inminente y que probablemente sea capaz de incitar o producir tal acción, está sujeto a disciplina. Cualquier individuo que use los recursos del distrito para beneficio privado está sujeto a disciplina. Ejemplos adicionales de conductas prohibidas incluyen pero no se limitan a: Usar el Internet para cualquier actividad ilegal, incluyendo violación de derechos de reproducción u otros contraltos; Plagiar material en Internet; Piratear software; Degradar o trastornar equipos o el rendimiento del sistema; Obtener acceso no autorizado a recursos o entidades; Vandalizar los datos de otro usuario; Invadir la privacidad de individuos; Publicar mensajes anónimos; Publicar información falsa o difamatoria acerca de una persona u organización; Acceder o transmitir material que abogue por la violencia u odio contra un individuo en particular o grupos de individuos; Acosar a otras personas es decir, actuando persistentemente de manera que irrita a otra persona; Acceder a material pornográfico; Ser responsable de introducir un virus de computación en la red de la escuela y/o computadoras; Publicar amenazas que alteren el funcionamiento de escuelas conducirá al arresto de los iniciadores. 16

20 PASOS DE ACCION DISCIPLINARIA PROGRESIVOS Es responsabilidad de toda la comunidad escolar de mantener un ambiente conducente al aprendizaje. Cuando ocurra una alteración del clima escolar por parte de un estudiante, se necesitará tomar acción disciplinaria al nivel más alto. Es el deber de todos los empleados del Distrito de reportar las indisciplinas de cualquier estudiante, y es la responsabilidad adicional del personal de tratar todas las violaciones de estas directrices en la manera prescrita. La acción correctiva tomada por el personal de la escuela variará de acuerdo con la edad y el nivel de desarrollo del estudiante. Serán consideradas las circunstancias relacionadas con acciones y problemas de conducta específicos. Antes de recurrir a disciplina formal, es importante que se empleen acciones remediales proactivas por parte del personal administrativo y docente, los cuales pueden incluir, pero no se limita a: Maestros: Consultas, según sea el caso, por parte de Maestros/Consejeros Guías/Maestros de Intervención de Crisis (CIT), Encargados de Casos del Equipo de Estudio del Menor (CST), etc.; Conferencias de Padres/Tutores con los Maestros/Consejeros Guías; Advertencias; Detención; Remitido para el personal o administrador a cargo de acciones disciplinarias/cit. Maestros de Intervención de Crisis (CIT): Cartas a los padres exigiendo una conferencia urgente con el/la director/a o la persona designada; Contratos de conducta y rendimiento del estudiante; Sesiones de Mediación Estudiantil y Resolución de Conflictos. Administradores: Remitido al Comité de Servicio de Remitido e Intervención Escolar (I&RS); Remitido para los Consejeros Asistentes Estudiantiles (SAC); Suspensión dentro de la escuela; Suspensión/detención sabatinas; Suspensión fuera de la escuela; Ubicación en un plantel alternativo; Expulsión; Otra acción disciplinaria aprobada. El objetivo del distrito continúa siendo la creación de un ambiente seguro y disciplinado para los estudiantes, la retención de los estudiantes en la escuela y en sus clases académicas. Para lograr un ambiente seguro y disciplinado se necesitan pasos disciplinarios/progresivos. Cuando sea posible, por la primera o segunda ofensa (con excepción de actos criminales o violentos), se debe considerar la mediación y la consejería como primera alternativa previa a la suspensión dentro de o fuera de la escuela. Los estudiantes son remitidos al siguiente personal de apoyo para una intervención adecuada: Consejeros Guías, Consejeros Asistentes Escolares, Maestros de Intervención de Crisis, Consejeros de Asistencia, miembros del Equipo de Estudio del Menor, la Enfermera Escolar y el Comité de Servicios de Remitidos e Intervención. Otra opción es el uso del Programa de Detención/Suspensión Sabatinas. La Detención/Suspensión se asignará sobre una base incremental dependiendo de la ofensa es decir, por una sesión de dos (2) horas o una sesión de cuatro (4) horas. La suspensión de cualquier tipo balanceará la necesidad de eliminar las fuentes de alteración del ambiente docente con el objetivo de mantener a todos los estudiantes en sus clases académicas regulares donde ellos recibirán sus programas prescritos. Los estudiantes que demuestren una conducta extremadamente inapropiada en el marco educacional, y tengan una historia de violación constante de las reglas prescritas en el Código de Conducta del estudiante, puede ser retirado de la escuela y asignado a un Ambiente Educacional Alternativo Provisional (IAES) o ser recomendado para considerar su expulsión. 17

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