Urbión. Recurso cinegético

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1 Herramienta para maximizar la fijación del valor integrado de los recursos naturales en el territorio de origen SYLVESTRIS 1.0 Resultados Urbión. Recurso cinegético Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 1

2 1. Evaluación del recurso cinegético INTRODUCCIÓN El Bosque Modelo de la Sierra de Urbión es un territorio con una dotación de recursos naturales muy importante, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo. Las actividades ligadas al medio natural, y más concretamente las relacionadas con el aprovisionamiento de todo tipo de bienes que ofrece la naturaleza, han estado siempre muy arraigadas en su población. Tanto la temporada de recolección, en el caso de frutos silvestres, setas, hongos, etc., como la temporada de levantamiento de la veda, en el caso de la pesca, cangrejos, caza, etc., son esperadas con impaciencia por gran cantidad de aficionados a este tipo de actividades. En este sentido, la cinegética se constituye como una de las actividades recreativas al aire libre más importante practicadas por los habitantes de las ciudades y pueblos de su geografía y zona de influencia. La caza en este territorio es practicada por un grupo relativamente numeroso de personas que viven o es originaria del mismo a lo que se suman gente generalmente de las comunidades limítrofes como País Vasco y la Rioja. En los últimos decenios la ausencia de otras alternativas de ocio en la mayor parte de las poblaciones de la comarca, generalmente de pequeño tamaño, hacía que una buena proporción de la población masculina dedicara su tiempo libre a la práctica de la caza. Por otro lado el ejercicio de la caza está muy arraigado históricamente porque en el pasado tenía una cierta importancia en la provisión de carne para las casas y para mantener las poblaciones silvestres controladas frente a sus potenciales daños a los terrenos agrícolas y forestales. A pesar de esta situación, de bajo nivel de inversión en infraestructuras y en el medio natural, se obtienen buenos resultados en relación al número de piezas abatidas. El porqué de esto únicamente tiene una respuesta y es debido a que este territorio tiene todo aquello de lo que carecen otras fincas de caza de gran solera del centro y sur de España y es abundante comida y agua la mayor parte del año. El clima y la diversa cubierta vegetal que caracteriza este territorio es muy favorable para el desarrollo de las diferentes especies de caza mayor y hay pocas comarcas en España donde se de forma natural se puedan alcanzar estas densidades cinegéticas. Se considera que no se está aprovechando todo el potencial que tiene la caza en este territorio pero la propia administración, desde las reservas regionales de caza y campañas de promoción del territorio, está intentando cambiar esta realidad vendiendo la práctica de la caza en este territorio como una experiencia auténtica. La actividad cinegética puede ser una muy interesante fuente de empleo en este territorio con el apoyo de moderadas inversiones pues al no poderse vallar las fincas según la ley vigente y no precisar grandes apoyos en Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 2

3 manutención alimenticia y agua los esfuerzos deben ir dirigidos y centrarse principalmente en la promoción, organización, gestión de las especies y vigilancia de los acotados. Pero la diversidad de intereses enfrentados que genera la práctica de la caza la convierten, probablemente, en una de las actividades de ocio más polémicas. Muchos son los colectivos que se ven directa o indirectamente implicados, ya que genera todo tipo de externalidades, tanto positivas como negativas. Las implicaciones económicas, sociales y medioambientales son muy distintas en función del colectivo afectado (cazadores, agricultores, ecologistas, propietarios forestales, vecinos, etc.) lo que genera un debate constante sobre la gestión de esta práctica. SITUACIÓN ACTUAL Y FUTURA DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA Hoy en día se pueden distinguir dos tipos de cazadores: un cazador urbano, con recursos económicos, para el cual la caza es una actividad deportiva que le proporciona el contacto con la naturaleza y el mundo rural y otro, el cazador rural que vive en el medio donde se desarrolla la actividad y la práctica tradicionalmente. En principio, tal y como está evolucionando la sociedad actual, es previsible que el número de cazadores rurales vaya disminuyendo, en beneficio del cazador urbano, como consecuencia del éxodo rural producido, y que hoy en día sigue dándose en estas áreas de montaña. Esta situación ha contribuido a transformar a la caza en un recurso económico significativo en el mundo rural, hasta tal punto que en muchas de las zonas socioeconómicamente más desfavorecidas, se ha convertido en una de las principales actividades generadoras de empleo y de renta. En el caso de la comunidad autónoma de Castilla la Mancha algunos estudios sitúan al sector cinegético como generador de algo más del 5 % del PIB regional. Por otro lado, esta evolución de la sociedad ha dado lugar a una modificación importante del hábitat cinegético, en algunos aspectos beneficioso para la fauna cinegética, al disminuir la presión humana sobre él, pero en otros perjudicial al producirse, por ejemplo, la mecanización de las tareas agrícolas, la disminución de las zonas de cultivo en zonas de montaña, el uso masivo e indiscriminado de insecticidas y/o productos fitosanitarios, etc. En conclusión, hoy en día, se debe considerar a la caza como una actividad social con un gran potencial de generación de ocio y dinamización de las economías rurales, y cuya gestión debe hacerse de forma racional para que, así, contribuya a la conservación de la naturaleza, en su sentido más amplio. Se pretende con este documento ver las ventajas y desventajas que tiene el territorio a la hora de poder desarrollar la actividad cinegética como actividad complementaria a los diferentes Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 3

4 elementos que sustentan la economía comarcal y así también poder ver las oportunidades que se presentan, las amenazas y los competidores más cercanos. También, se espera que sea útil como herramienta de promoción de esta actividad, y sirva como resumen del estado actual, para que a partir del cual, se puedan proponer nuevas acciones que la beneficien. TIPOLOGÍA DE COTOS Normativa de Caza en Castilla y León: en la comunidad autónoma de Castilla y León, la caza está regulada por la Ley 4/1996, modificada y actualizada con la Ley 4/2006 de Caza de Castilla y León. Dicha ley en el Artículo 19 describe los tipos de terrenos cinegéticos que comprende principalmente las reservas regionales de caza, los cotos de caza y las zonas de caza controlada. Reservas regionales de caza Son aquellos cuya titularidad cinegética de las reservas regionales de caza corresponderá a la Junta. La administración corresponde a la Consejería. En nuestra área objeto de estudio se localizarían dos reservas regiones de caza la de la Sierra de Urbión, en la parte Soriana, y la de la Sierra de la Demanda, en la provincia de Burgos. Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 4

5 Cotos de Caza Se denomina coto de caza toda superficie continua de terreno susceptible de aprovechamiento cinegético que haya sido declarada y reconocida como tal, mediante resolución del órgano competente. No se considera interrumpida la continuidad de los terrenos susceptibles de constituirse en cotos de caza por la existencia de ríos, arroyos, canales, vías o caminos de uso público, vías pecuarias, vías férreas o cualquier otra instalación de características semejantes. Los terrenos integrados en los cotos de caza podrán pertenecer a uno o varios propietarios o titulares de otros derechos reales o personales que conlleven el uso y disfrute del aprovechamiento cinegético, siempre que sean colindantes. Los cotos de caza, atendiendo a sus fines y a su titularidad, se clasifican en 1. Cotos privados. 2. Cotos federativos. 3. Cotos regionales: son aquellos que se realizan sobre terrenos cuya propiedad es la Junta y la administración la llevara la Consejería. Las zonas de caza controlada. Serán zonas de caza controlada aquellas constituidas mediante Orden de la Consejería sobre terrenos vedados o sobre las zonas de seguridad, en los que se considere conveniente establecer un plan de regulación y disfrute de su aprovechamiento cinegético, que será realizado y aprobado por la Dirección General. La gestión del aprovechamiento cinegético de estas zonas será ejercida por la Consejería, directamente o mediante concesión administrativa a través de pública licitación a sociedades de cazadores, conforme a las normas y procedimientos que se determinen reglamentariamente. La Consejería, o la sociedad de cazadores concesionaria, deberán abonar a los propietarios de los terrenos, proporcionalmente a la superficie aportada, una renta cinegética que se calculará en función de la media de los cotos de caza de su entorno. La señalización de las zonas de caza controlada, conforme a las características que reglamentariamente se determinen, correrá a cargo de la entidad que gestione el disfrute cinegético de las mismas. Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 5

6 Estado actual de los cotos a nivel provincial En la siguiente gráfica podemos comparar los datos de las distintas tipologías de coto que tenemos en las dos provincias donde se concentra la comarca intraprovincial de Pinares, es decir, las provincias de Soria y Burgos. Cotos y reservas de caza en Urbión Provincia Reservas regionales de caza Cotos privados de caza Cotos regionales de caza Zonas de caza controlada Nº Hectáreas Nº Hectáreas Nº Hectáreas Nº Hectáreas Burgos Soria Como podemos observar en la anterior tabla, destacan los siguientes puntos: Alto número de cotos privados de caza, lo que demuestra que es una actividad en auge, y que reporta un alto beneficio económico para las zonas. Los cotos y reservas regionales, donde es la propia comunidad autónoma la que los tiene que realizar y administrar, son inexistentes. Se puede observar que existe a nivel de ambas provincias un amplio dominio de los cotos privados de caza, con respecto a las otras tipologías como las Reservas regionales de Caza, los Cotos regionales y las zonas de caza controlada. En el caso de la comarca donde realizamos el estudio está realidad cambia sustancialmente pues existe en la misma un claro dominio de las superficies correspondientes a Reservas Regionales de caza que representan una importante superficie del territorio cinegético del territorio del Bosque Modelo de Urbión. En la siguiente tabla realizada a partir de los datos obtenidos en la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, se pueden observar el número de cotos privados de caza existentes en la comarca intra-provincial, en relación con el número total de cotos de cada una de las provincias. Tabla 1. Cotos privados Burgos Comarca Pinares (provincia Burgos) Soria Comarca Pinares (provincia Soria) Cotos privados Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 6

7 Como podemos observar, en la parte de la comarca de Pinares, perteneciente a Soria, tenemos un mayor número de Cotos privados de caza, es decir, que esta actividad cinegética (recurso económico), está mucho más desarrollada, partiendo de que prácticamente tenemos la misma superficie comarcal en la parte soriana que en la de Burgos. Reserva regional de Caza de Urbión Buena parte de la comarca intraprovincial del Bosque Modelo de Urbión está ocupado por sendas Reservas Regionales de Caza de la comunidad autónoma, denominadas Sierra de la Demanda (en la provincia de Burgos) y Urbión (en la provincia de Soria). En el mapa siguiente se muestra la extensión de las mismas por ambas provincias. Tabla 2. Reservas de caza en Urbión La Reserva Regional de Caza de Urbión fue creada por Ley 2/1973 de 17 de Marzo. Situada en la zona norte de la provincia de Soria, limita al norte y nordeste con la Comunidad Autónoma de la Rioja y al noroeste con la provincia de Burgos. Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 7

8 En esta Reserva Regional de Caza, las especies de mayor valor cinegético, son: ciervo y corzo. Especies cinegéticas En este apartado se presentan todas las especies consideradas cinegéticas y por lo tanto cazables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Las especies consideradas como piezas de caza menor en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, son las siguientes: Agachadiza chica (Lymnocriptes mínima), Agachadiza común (Gallinago gallinago), Ánade azulón (Anas platyrhynchos), Ánade friso (Anas strepera), Ánade silbón (Anas penelope), Ánsar común (Anser anser), Avefría europea (Vanellus vanellus), Cerceta común (Anas crecca), Chocha perdiz (Scolopax rusticola), Codorniz (Coturnix coturnix), Colín de California (Lophortix californica), Colín de Virginia (Colinus virginianus), Conejo de monte (Oryctolagus cuniculus), Corneja negra (Corvus corone), Cuchara común (Anas clypeata), Estornino pinto (Sturnus vulgaris), Faisán (Phasianus colchicus), Focha común (Fulica atra), Grajilla (Corvus monedula), Liebre de piornal (Lepus castroviejoi), Liebre europea (Lepus europaeus), Liebre ibérica (Lepus granatensis), Paloma bravía (Columba livia), Paloma torcaz (Columba palumbus), Paloma zurita (Columba oenas), Pato colorado (Netta rufina), Perdiz común (Alectoris rufa), Porrón europeo (Aythya ferina), Porrón moñudo (Aythya fuligula), Tórtola común (Streptopelia turtur), Urraca (Pica pica), Zorro (Vulpes vulpes), Zorzal alirrojo (Turdus iliacus), Zorzal charlo (Turdus viscivorus), Zorzal común (Turdus philomelos) y Zorzal real (Turdus pilaris). Las especies cinegéticas consideradas como piezas de caza mayor en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, son las siguientes: Cabra montés (Capra pyrenaica), Ciervo (Cervus elaphus), Corzo (Capreolus capreolus), Gamo (Dama dama), Jabalí (Sus scrofa), Lobo (Canis lupus) únicamente las poblaciones del norte del Duero, Muflón (Ovis mussimon) y Rebeco (Rupicapra rupicapra). En la Comarca de Bosque Modelo de Urbión se pueden cazar las siguientes especies de caza mayor: Jabalí (Sus scrofa) Se trata de una especie de gran interés cinegético para muchos aficionados. Sus poblaciones se reparten por toda la Reserva presentando notables fluctuaciones naturales de unos años a otros. Corzo (Capreolus capreolus). Es una especie de gran importancia en la Reserva que se caza exclusivamente en la modalidad e rececho. Se distribuye por todo el territorio y sus poblaciones, desde hace unos años, están experimentando un descenso. Ciervo (Cervus elaphus) Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris 1.0 8

9 La especie fue reintroducida en los años 70 y desde entonces sus poblaciones han vuelto a colonizar el territorio de la Reserva, además de encontrarse en clara expansión. Se caza tanto en rececho como en batida junto al jabalí ACTIVIDAD CINEGÉTICA A continuación se presentan los Planes de caza a rececho de la reserva regional de Caza de Urbión. Tabla 3. Planes de Rececho Reservas Regionales de Caza denominadas Sierra de la Demanda y Sierra de Urbión, año 2010 Corzo medallable Reserva España y Federación Regional Propietarios Vecinos UE Regional Total Urbión Ciervo medallable Reserva España y Federación Regional Propietarios Vecinos UE Regional Total Urbión Ciervo no medallable Reserva España y Federación Regional Propietarios Vecinos UE Regional Total Urbión Reserva Tabla 4. Plan de Rececho de la Reserva de Caza de Urbión, año 2011 España y UE Corzo medallable Regional Propietarios Vecinos Federación Regional Urbión Ciervo medallable Reserva España y UE Regional Propietarios Vecinos Federación Regional Urbión Ciervo no medallable Reserva España y UE Regional Propietarios Vecinos Federación Regional Urbión Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris Total Total Total

10 Tabla 5. Nivel de ejecución del Plan de Caza RRC Urbión Autorizaciones Cazadores Nº Especie Presentaron Dispararon 20 Ciervo Ciervo no medallable Corzo PIEZAS Categorías por Nº Puntuación (Puntos fiscales) puntos fiscales Mínima Media Máxima C B A Resultados de las subastas de los propietarios El conjunto de propietarios de este Reserva Regional, mayoritariamente ayuntamientos subastan de forma conjunta los permisos de caza a rececho de corzo y ciervo correspondientes al cupo de propietarios. Este tipo de subasta se desarrolla mediante el sistema de puja a la llana. A continuación se presentan los resultados de las temporadas y : Para la temporada se adjudicó por un importe de euros todos los permisos que salieron a subasta. Los correspondientes a ciervo trofeo (9) en total euros alcanzaron un precio medio de unos euros oscilando los precios entre y euros por pieza. Se subastaron 15 de los 23 permisos de ciervo no medallable que alcanzaron un precio total de euros situándose la media en unos 720 euros. y 26 de los 29 trofeos corzo, que se adjudicaron por euros con precios por ejemplar que iban desde los 700 a los euros con una media de 913 euros. Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris

11 A esto hay que sumar los euros de las cuotas de entrada correspondientes a (250 Euros el corzo y 360 euros al ciervo). Han supuesto en conjunto unos ingresos de Euros. El precio de salida de los permisos de corzo y ciervo no medallables se situó en 700 euros y el de ciervo trofeo en 1200 euros. A estas cantidades hay que añadir el abono por el cazador de la cuota complementaria que sea de aplicación a su permiso de caza (en función de la puntuación de la cuerna del animal abatido). Como referencia significar que en la pasada temporada, las cuotas complementarias de los permisos subastados supusieron unos ingresos de euros. Todas estas cantidades son reingresadas por la Junta de Castilla y León a los ayuntamientos correspondientes. Los resultados de caza obtenidos la pasada temporada 2009/10 arrojaron unas puntuaciones fiscales medias de 116 puntos en corzo, 168 puntos en ciervo trofeo y 148 en ciervo no medallable. Para la temporada se ha adjudicado la subasta por un importe de euros todos los permisos que salieron a subasta. Los correspondientes a ciervo trofeo (5) en total euros alcanzaron un precio medio de unos euros oscilando los precios entre y euros por pieza. Se subastaron 13 de los 26 permisos de ciervo no medallable que alcanzaron un precio total de euros situándose la media en unos 696 euros. y 23 de los 27 trofeos corzo, que se adjudicaron por euros con precios por ejemplar que iban desde los 700 a los euros con una media de 915 euros. El precio de salida de los permisos de corzo y ciervo no medallables se situó en 650 euros y el de ciervo trofeo en euros. A estos importes hay que sumar euros de las cuotas de entrada correspondientes 250 euros el corzo y 360 euros al ciervo. Han supuesto en conjunto unos ingresos de euros. A estas cantidades hay que añadir el abono por el cazador de la cuota complementaria que sea de aplicación a su permiso de caza (en función de la puntuación de la cuerna del animal abatido). Como referencia significar que en la pasada temporada, las cuotas complementarias de los permisos subastados el año 2010 supusieron unos ingresos de euros. Todas estas cantidades son reingresadas por la Junta de Castilla y León a los ayuntamientos correspondientes. Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris

12 Los resultados de caza obtenidos la pasada temporada 2010/11 arrojaron unas puntuaciones fiscales medias de 114,5 puntos en corzo, 171 puntos en ciervo trofeo y 146 en ciervo no medallable, siendo las máximas 124,5 en corzo, 181 en ciervo y 162 en ciervo no medallable. Resultados anteriores Tabla 6. Comparativa resultados de ingresos para los propietarios por caza a rececho de la Reserva de Caza de Urbión en distintos periodos. Actualizados los ingresos al año Especies Promedio * Ciervo , Corzo , Total , *En relación a la cuota complementaria, no liquidada, se ha realizado una estimación en función de resultados del año anterior. Como se puede observar en el cuadro anterior en la comparativa de ingresos del promedio de los años 1994 a 1999 y de los dos últimos años realizados a euros del año 2011 observamos que con respecto a la temporada actual los ingresos se mantendrían pero para la temporada se apunta un importante descenso. Se constata, algo que ya se apuntaba en un estudio realizado para el intervalo un desplazamiento del corzo como mayor generador de ingresos con respecto al ciervo. PROYECTO DE REINTRODUCCIÓN DE LA CABRA MONTÉS Y DEL REBECO Se está llevando a cabo un estudio previo para determinar la viabilidad de reintroducción de la cabra montés (Capra pyrenaica victoriae) y/o del rebeco (Rupicapra rupicapra) en la Reserva Regional de Caza de Urbión. Este estudio que lleva aparejado la realización de una evaluación de sus posibles impactos ambientales tiene como objetivo final de introducir en la Reserva estas dos especies de caza mayor, cazables según establece la Orden Anual de Caza de la Consejería de Medio Ambiente, Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris

13 y que ya se recogían, en La Ley 2/1973, de 17 de marzo, por la que se crea la Reserva Regional de Caza de Urbión, como especies de posible introducción. La cabra montés (Capra pyrenaica) es una especie única, a nivel mundial, en la Península Ibérica y sólo cazable en España, lo que le confiere un gran valor medioambiental y económico, siendo la pieza de caza más valorada. En Castilla y León se distribuye por algunas de las sierras que forman parte del sistema Central, concretamente por las sierras de Guadarrama, en Segovia, de Gredos, en Ávila, y Las Batuecas, en Salamanca. Además de presentar núcleos poblacionales reducidos en los Picos de Europa y en los Ancares, ambos en León. Su periodo hábil de caza se divide en dos: el primero comprende los meses de marzo y junio, y el segundo se extiende desde primeros de octubre a mediados de diciembre. El trofeo de la cabra montés lo constituyen sus cuernos permanentes formados por un núcleo óseo revestidos por un estuche córneo. En la última subasta de machos de cabra montés de la Sierra de Gredos, la del año 2011, se adjudicaron los 92 lotes a la venta recaudándose un total de unos Euros. El mayor desembolso correspondió a un macho por el que se han pagado euros. El máximo abonado por un trofeo se alcanzó en el año 2009 cuando se pagaron euros por un macho. El rebeco (Rupicapra rupicapra) se distribuye en Castilla y León únicamente por las zonas más altas de la Cordillera Cantábrica, es decir por el norte de las provincias de León y de Palencia. Su periodo hábil de caza se divide en dos: el primero se extiende desde primeros de junio a mediados de julio, y el segundo desde primeros de septiembre a mediados de noviembre. El trofeo valorable del rebeco lo constituyen los cuernos adheridos a su cráneo limpio, completo o no. RECOMENDACIONES PROVISIONALES PARA UNA GESTIÓN MÁS EFICIENTE Y UNA MAYOR INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DE LA RESERVA REGIONAL DE CAZA DE URBIÓN En primer lugar debemos destacar como muy positivo las dos actuaciones llevadas a cabo en los últimos años entorno a la Reserva Regional de Caza y que van en la buena dirección de incrementar la influencia socioeconómica de la práctica de la caza en el territorio en la dirección de darle un salto cualitativo a la calidad en la práctica de la caza en este territorio. Se apuntan a continuación una serie de recomendaciones que necesitan ser corregidas en los próximos años para posibilitar una mayor influencia del sector cinegético al desarrollo socioeconómico de este territorio. Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris

14 La Administración Regional es consciente de las limitaciones que supone la declaración de este tipo de espacios para el desarrollo de algunas actividades en el interior de las Reservas. En este sentido, ha intentado compensar a los municipios afectados a través de la asignación de un montante de fondos anuales, conocidos como Fondos de Influencia Socioeconómica. En el reparto entre las distintas Reservas Regionales de Caza de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la Reserva de Urbión se sitúa en la media en relación con los criterios establecidos en el estudio, lo que nos permite afirmar que este reparto ni beneficia ni perjudica comparativamente a esta Reserva. Estos fondos han servido para suplir una serie de carencias municipales, sobre todo en equipamientos dotacionales e infraestructuras, pero se han olvidado otros objetivos que también se persiguen con estas ayudas como es, entre otros, la mejora del medio natural. Además, ha existido una dispersión importante en el reparto entre los distintos municipios por parte de la Junta Consultiva, dándose situaciones de agravio comparativo entre las distintas corporaciones. Sería deseable, por lo tanto, una distribución más homogénea entre los distintos entes municipales, y más diversificada entre los distintos objetivos que, según el legislador, pretenden alcanzar los Fondos de Influencia Socioeconómica. La Reserva Regional de Caza de Urbión presenta deficiencias importantes en la gestión cinegética, hasta el punto de carecer de algunos elementos imprescindibles para la misma. Por ejemplo, no cuenta con un plan de ordenación de los recursos cinegéticos, en el que se estudien, entre otros aspectos, el inventario natural de la Reserva, las densidades óptimas de cada especie, el número de individuos que se pueden cazar por año (sin perjudicar a las diferentes poblaciones animales), las especies de caza mayor y menor que se pueden cazar, en que fechas deben cazarse para no interrumpir los ciclos biológicos de cada especie, etc. En definitiva, es tal la desinformación que existe que parece imposible que se puedan elaborar planes de caza anual como se está haciendo, o incluso, planes de caza selectiva sobre el venado. Otro aspecto que influye en la deficiente gestión de la Reserva es la falta de medios tanto humanos como materiales. Se carece de los técnicos y de la guardería suficiente para poder gestionar de forma adecuada la Reserva. No se puede pretender poner en práctica los planes de caza, controlar la abundante caza furtiva y a la vez tomar los datos necesarios para la elaboración de un plan de ordenación cinegética con una plantilla de nueve guardas de caza en una superficie de casi cien mil hectáreas. En la Reserva Regional de Caza de Urbión se están llevando a cabo prácticas difícilmente compatibles con la gestión de un espacio natural protegido. Dos destacan sobre el resto; la primera son las cortas a hecho en la explotación de los pinares de la zona por parte de alguno de sus propietarios, sin que la Dirección Técnica de la Reserva se oponga a ello, cuando es una práctica desaconsejada por la mayor parte de los técnicos forestales y prohibida en Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris

15 todos los espacios naturales. La segunda, es un hábito típico de los cotos privados de caza que consiste en la utilización de lazos con freno para el control de predadores. Se trata de un uso que la administración medioambiental quiere que los cotos privados abandonen y lo sustituyan por jaulas trampa debido al grave daño que causa a la mayor parte de la fauna, resultando asombroso que en la Reserva de Urbión, sea la Dirección Técnica la que decide colocarlos. Las modalidades de caza predominantes en la Reserva Regional de Caza de Urbión son las batidas de jabalí y la caza a rececho de ciervas dentro del Plan de Caza selectiva. La cantidad de permisos para ambas especialidades es muy superior al número que se concede para los recechos de ciervos y corzos machos. Este hecho, unido al menor precio final de las piezas de caza mayor, por distintos motivos, con relación al resto de las reservas, nos lleva a afirmar que esta Reserva se ha especializado en una caza mayor que podríamos calificar de barata. Es necesario que la Reserva Regional de Caza de Urbión aborde lo antes posible la elaboración del citado plan de ordenación cinegética, como única forma para mejorar el balance económico y ecológico de la caza en su seno. Es imprescindible que las decisiones que se tomen en los diferentes planes de caza estén fundamentadas en datos reales y no en meras especulaciones. Para ello, sin duda, necesita una mucha mayor dotación de medios tanto materiales como humanos. Las entidades locales redistribuyen entre distintos colectivos más de dos terceras partes de todos los permisos de caza disponibles en la Reserva Regional de Caza de Urbión. Sin embargo, los procedimientos de adjudicación contravienen la legislación vigente al no considerar los cupos establecidos. Unas veces, las irregularidades derivan de la no distinción entre los distintos tipos de cazadores; otras, de la adjudicación de permisos a empresas dedicadas parcialmente a la prestación de servicios relacionados con la actividad cinegética. Creemos que tanto las autoridades autonómicas como los ayuntamientos deberían velar por los intereses de los cazadores vecinos, los cuales vienen regulados por la norma correspondiente. El incremento del precio medio alcanzado en las subastas de los recechos de corzo en los últimos años muestra el interés despertado entre los cazadores, incluso en el ámbito nacional, por esta especie cinegética. Todo lo contrario ocurre con los recechos de ciervo, en los que, debido sobre todo a la deficiente calidad de los trofeos en comparación con otros terrenos cinegéticos, se está asistiendo a una importante reducción de su precio. Además, en muchas ocasiones la puja ha quedado desierta, lo que demuestra el escaso interés que despierta este trofeo. La práctica de la caza tiende a generar anualmente una serie creciente de ingresos derivados de los preceptos legislativos relacionados con el importe de los permisos de caza. En la realidad existe una diferencia muy importante entre estos ingresos potenciales y los reales Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris

16 recaudados por la administración regional, ya que los segundos son sustancialmente inferiores a los primeros como consecuencia de una serie de circunstancias, todas ellas relacionadas con el incumplimiento de la normativa al respecto por parte de los distintos gestores implicados en la administración de la Reserva. Por otra parte, la Junta de Castilla y León solamente reparte entre los municipios una parte de lo recaudado, volviendo, así, a incumplir la normativa relativa al régimen económico de las Reservas Regionales de Caza. De la conjunción de ambas circunstancias se deriva una reducida influencia económica de la existencia de la Reserva sobre los municipios afectados. Fundación Cesefor. Proyecto Sylvestris

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