REGIMEN FISCAL COOPERATIVAS 25 de mayo de 2015 COOPERATIVAS. CEFOEC Escuela de Práctica Jurídica Master Asesor Fiscal
|
|
- Eva Hernández Alcaraz
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 COOPERATIVAS CEFOEC Escuela de Práctica Jurídica Master Asesor Fiscal INTRODUCCIÓN Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que las sociedades cooperativas se someten al régimen fiscal de cualquier otra sociedad, a u n q u e c o n a l g u n a s particularidades puntuales que se establecen para proteger su especial fisonomía. La declaración de una cooperativa es, por tanto, como la de cualquier otra sociedad, con las salvedades específicas que ahora vamos a comentar. Lo dicho es muy importante. Significa que al preparar una declaración de una cooperativa tenemos que proceder de la misma forma que con una limitada o una anónima, aunque aclarando en la primera página, cuando marcamos las casillas en función del tipo de sociedad que sea, que se trata de una entidad de esta naturaleza. Muy importante: No todas las cooperativas son iguales. Tenemos cooperativas protegidas y tenemos cooperativas especialmente protegidas. -Cooperativas Protegidas. Las que no son especialmente protegidas y en consecuencia no se encuentran recogidas en la enumeración siguiente -Cooperativas Especialmente Protegidas. Éstas son: las de trabajo asociado, las agrarias, las de explotación comunitaria de la tierra, cooperativas del mar y las de consumidores y usuarios. CEFOEC. Calle Arcos 25/27. Los Remedios. Teléfonos: y
2 Como su propia denominación permite intuir, el régimen fiscal de la segunda modalidad es más ventajoso. La Ley 20/1990, de 19 de diciembre (artículos 6 y 7), establece con toda claridad los criterios que nos permitirán diferenciar cuándo estamos en presencia de un caso u otro. Esta Ley que acabamos de citar es la que recoge el régimen fiscal de las cooperativas. Además existen otras que se ciñen más a sus aspectos mercantiles. Nos referimos a la Ley 27/1999, de 16 de julio, que es la Ley general de las cooperativas, o la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de sociedades cooperativas andaluzas. Esta última sólo tiene vigencia en Andalucía, claro. Estas leyes establecen otras clasificaciones distintas de las cooperativas, y aluden a cooperativas de primer grado y de segundo grado, pero lo que a nosotros nos interesa es distinguir entre -protegidas -y especialmente protegidas, que es la clasificación con relevancia en términos fiscales. Resumiendo. Cuando hagamos una declaración de sociedades de una cooperativa, actuamos del modo acostumbrado pero señalando en la primera página si se trata de una sociedad protegida o especialmente protegida. Si es una cooperativa protegida, marcaremos la casilla 17. Aquí la tenéis. La he sacado del programa. Si es una cooperativa especialmente protegida, la casilla 18. Marcaremos la 19 cuando una sociedad se haya hecho merecedora de alguna de las causas del artículo 13 de la Ley 20/1990, de régimen fiscal de las cooperativas. Echarle un vistazo. Son irregularidades relacionadas con su forma de contratar trabajadores, llevar las cuentas, cumplir sus obligaciones, etcétera. Éstas no merecen ningún tipo de beneficio. Seguimos avanzando. Qué ventajas tiene una cooperativa. Aquí las tenéis. BENEFICIOS APLICABLES EN LA BASE Los beneficios o ventajas fiscales que podremos aplicar en la base imponible de una cooperativa son los siguientes. Como es obvio, su aplicación dará lugar a la realización de los correspondientes ajustes positivos o negativos. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN CEFOEC. Calle Arcos 25/27. Los Remedios. Teléfonos: y
3 Por un lado recordaremos que las sociedades cooperativas pueden amortizar libremente los bienes nuevos que adquieran durante los 3 primeros años desde su constitución. Esta cuestión ya la analizamos en clase y no precisa que nos detengamos demasiado en ella. Sólo advertir que existen los siguientes límites: - La amortización contable no podrá ser inferior a la mínima según las tablas de amortización del anexo del reglamento del Impuesto sobre Sociedades - El ajuste negativo de cada año no podrá superar el saldo del resultado cooperativo (más adelante desarrollamos este concepto), minorado en las aportaciones al fondo de reserva obligatorio. AJUSTE NEGATIVO DEL 50% DE LA CANTIDAD QUE DESTINEN AL FONDO DE RESERVA OBLIGATORIO Existe otra ventaja. En efecto, las sociedades cooperativas deben destinar por ley una parte de su resultado a la constitución de unas reservas obligatorias. Una de ellas es el llamado Fondo de Reserva Obligatorio. En efecto, las cooperativas no tienen la libertad de otras entidades para repartir los beneficios. Están obligadas por ley a ser ahorradoras. Este fondo de reserva obligatorio viene regulado en las leyes del 99 que citamos anteriormente, tanto la estatal como la de Andalucía. Realmente no es un tema fiscal, pero tiene un efecto muy importante en el impuesto sobre sociedades. Para que tengamos una idea aproximada, al fondo de reserva obligatorio ha de ir el 20% de los beneficios cooperativos y el 50% de los beneficios extracooperativos. Pues bien, esto es lo importante: las cooperativas pueden hacer un ajuste negativo consistente en el 50% de la cantidad que ese año hayan destinado al fondo de reserva obligatorio. Se trata, en consecuencia de una deducción de gran importancia que reporta a las cooperativas una notable ventaja sobre las demás. Consultar casilla 400 de la declaración. AJUSTE NEGATIVO RELACIONADO CON LA CANTIDAD QUE DESTINEN AL FONDO DE EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN Se trata de otra de las reservas que deben hacer las cooperativas, y t a m b i é n t i e n e i m p o r t a n t e s consecuencias fiscales. En efecto, las cooperativas pueden realizar un ajuste negativo equivalente a lo aportado al fondo de educación y promoción, sin que este ajuste pueda en ningún caso superar el 30% del dinero que suponga un excedente neto de ese ejercicio con CEFOEC. Calle Arcos 25/27. Los Remedios. Teléfonos: y
4 respecto a la cantidad existente en el fondo de educación y promoción al cierre del ejercicio anterior. Echarle un vistazo a la casilla 401 y a la 402. VALORACIÓN A PRECIOS DE MERCADO Hay que estar atentos porque las entregas de bienes y prestaciones de servicios que se realicen entre la cooperativa y los socios deberán en todo caso valorarse a precios de mercado. Es lógico porque se trata de una operación vinculada como ya tuvimos ocasión de estudiar en clase. TIPO DE GRAVAMEN La base imponible de una cooperativa se divide en dos partes: resultado cooperativo y resultado extracooperativo. RESULTADO COOPERATIVO La primera procede de ingresos derivados de actividades propiamente cooperativas como pueden ser estos que a continuación mencionamos: Los derivados del desarrollo de su objeto social. El cobro de las cuotas de los socios La percepción de subvenciones Los retornos cooperativos procedentes de su participación en otras cooperativas. Los intereses que genere la gestión de la tesorería ordinaria necesaria para hacer frente al día a día de la cooperativa RESULTADO EXTRACOOPERATIVO Se encuentra constituido por operaciones que quedan al margen de su objeto como sería, por ejemplo, el cobro de dividendos de otras sociedades que no sean cooperativas, o los derivados de actividades económicas que no tengan nada que ver con el objeto social de la cooperativa, o las plusvalías derivadas de la transmisión de bienes de inversión. En la norma citada con anterioridad -ley 20/1990- se traza con precisión la frontera que separa ambos conceptos. Ver los artículos 17 a 22 de esta ley. Pues bien, la parte de la base que procede de los resultados extracooperativos tributa al tipo general del Impuesto. La parte de la base que procede de resultados cooperativos tributa sólo al 20%. Sobre el particular, véanse las casillas 553 y 554 de la declaración. Para determinar los resultados cooperativos y extracooperativos tendremos que distribuir también los gastos, aplicando a los ingresos cooperativos los gastos vinculados a ellos y a los ingresos extracooperativos los gastos correspondientes. Los gastos que sean comunes o generales se repartirán entre ambos aplicando un criterio que sea razonable. COMPENSACIÓN DE BASES NEGATIVAS CEFOEC. Calle Arcos 25/27. Los Remedios. Teléfonos: y
5 Esto es muy importante. Recordaréis que las sociedades podían compensar sus bases negativas en 18 años hasta 2014 y sin límite de tiempo a partir de 2015 (artículo 26 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades) Pues bien, las cooperativas no compensan las bases imponibles negativas con bases imponibles positivas de los años siguientes como hacen las restantes sociedades. Las cooperativas compensan las cuotas. Sí, sí, las cuotas, os lo juro. Lo dicho implica que si la base fuese negativa, aplicaríamos el tipo de gravamen para calcular la cuota (obviamente sería negativa), y esta cuota negativa sería la que compensaríamos con cuotas positivas futuras. En este sentido puede consultarse la casilla 561 de la declaración. BONIFICACIÓN EN LA CUOTA Hablaremos por último de una importante bonificación a practicar en la cuota que tienen las sociedades cooperativas especialmente protegidas. Sólo las especialmente protegidas. Se trata de una bonificación del 50% de la cuota, nada más y nada menos. Ver casilla 566 de la declaración. O sea, además de disfrutar de un tipo de gravamen ventajoso, tienen una exención del 50% que aplican por el simple hecho de existir. Qué os parece. ACLARACIÓN: CASILLA 577 DE LA DECLARACIÓN Para evitar confusiones, conviene saber que esta casilla no se refiere propiamente a la declaración de una sociedad cooperativa sino a la de una entidad que sea socio de una cooperativa, que es distinto. En efecto, las entidades que obtengan rendimientos derivados de su condición de socios de una cooperativa (retornos cooperativos), podrán deducirse de la cuota (casilla 577) el 10% de dicha cuantía siempre que la cooperativa participada no sea especialmente protegida. Si lo fuese, la deducción sería del 5%. Nada más. Un fuerte abrazo a todos. A continuación subo una declaración de una cooperativa. CEFOEC. Calle Arcos 25/27. Los Remedios. Teléfonos: y
COOPERATIVAS. No todas las cooperativas son iguales. Tenemos cooperativas protegidas y tenemos cooperativas especialmente protegidas.
COOPERATIVAS Una opción repleta de ventajas fiscales RÉGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS INTRODUCCIÓN Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que las sociedades cooperativas se someten al régimen
Más detallesCaso práctico sobre el impuesto sobre sociedades en las cooperativas.
Caso práctico sobre el impuesto sobre sociedades en las cooperativas. Gregorio Labatut Serer http://gregorio-labatut.blogspot.com.es/ Universidad de Valencia. El impuesto sobre sociedades en las sociedades
Más detallesINDICE. Pág. especialmente protegidas? y a las Cooperativas de Utilidad Pública?... 7
INDICE Pág. 5. CUESTIONES FISCALES... 2 - Qué Cooperativas son protegidas fiscalmente?... 2 - Qué clase de Cooperativas de primer grado son especialmente protegidas fiscalmente?... 2 - Qué Cooperativas
Más detallesComo de costumbre, quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.
C I R C U L A R 0 9 / 2 0 1 7 PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA 2017 Oviedo, 20 de febrero de 2017 Muy señores nuestros: A lo largo del mes de febrero, los sujetos pasivos del IS obligados
Más detallesResultados de la cooperativa. Resultados cooperativos Resultados extracooperativos
Resultados de la cooperativa Resultados cooperativos Resultados extracooperativos Separación de resultados En el art. 16 de la ley 20/1990 se distingue entre: Resultados cooperativos Resultados extracooperativos
Más detallesPAGO FRACCIONADO ABRIL DE 2012
3-2012 Abril, 2012 PAGO FRACCIONADO ABRIL DE 2012 El sábado 31 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, en el que se introdujo, entre otras, una
Más detallesFiscalidad de las cooperativas de viviendas
III Jornadas sobre Empresa Social EMPRESAS SOCIALES Y SECTOR PÚBLICO Fiscalidad de las cooperativas de viviendas María Pilar Bonet Sánchez PTU Derecho Financiero y Tributario Valencia, 9-10 de junio de
Más detallesSobre sociedades civiles y comunidades de bienes
Sobre préstamos Qué cantidad debe imputarse como ingreso financiero en el supuesto de préstamos entre sociedades no vinculadas? Deben imputarse los intereses devengados en el mismo. Sobre dividendos Está
Más detallesCapítulo 8. Obligaciones legales
Capítulo 8 Capítulo 8. Obligaciones legales El presente apartado tiene por objeto informar al emprendedor sobre las principales obligaciones fiscales y contables de cada forma jurídica. L a actividad y
Más detallesFiscalidad cooperativas. Gredos San Diego Cooperativa
2013 Fiscalidad cooperativas 2013 Ideas, propuestas, debate Cooperativas de trabajo asociado Es necesario un régimen fiscal para las cooperativas? Artículo 129.2 Constitución Española: Los poderes públicos
Más detallesPLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2014
PLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2014 Próximos a finalizar el año conviene tener una serie de pautas con el fin de recordar en qué se puede mitigar la carga fiscal del ejercicio 2014 en el Impuesto sobre la Renta
Más detallesPRIMERA PARTE CALCULO DEL GASTO IMPUESTO SOCIEDADES / CALCULO DE LA DOTACION AL F.F.P.C.
PRIMERA PARTE CALCULO DEL GASTO IMPUESTO SOCIEDADES / CALCULO DE LA DOTACION AL F.F.P.C. En principio, el Impuesto de Sociedades sería el resultado de aplicar al beneficio del ejercicio, el tipo de gravamen
Más detallesGRANDES EMPRESAS INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO 218 CUANDO SE EJERCITE LA OPCIÓN REGULADA EN EL ART DE LA L.I.S.
MODELO 218 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
Más detallesFASFDSAFSADFDSA FDSAFDSAFDSAFAS FDASFSAF
FASFDSAFSADFDSA FDSAFDSAFDSAFAS FDASFSAF ÍNDICE 1. Limitación de la compensación de Bases Imponibles Negativas 2. Limitación a la deducibilidad de gastos financieros por adquisiciones intragrupo 3. Limitación
Más detallesÁMBITO FISCAL. LEY 20/1990 de REGIMEN FISCAL DE COOPERATIVAS
LEY 20/1990 de REGIMEN FISCAL DE COOPERATIVAS (Artículo 6º) 1.- Serán consideradas como cooperativas protegidas, a los efectos de esta Ley, aquellas Entidades que, sea cual fuere la fecha de constitución,
Más detallesEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD. N.V. 13ª Impuesto Sobre Beneficios. Antonio Fernández Pérez- Campoamor
EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD N.V. 13ª Impuesto Sobre Beneficios Antonio Fernández Pérez- Campoamor 2 Introducción La norma 13ª se ocupa de la contabilización del impuesto sobre beneficios En el fondo
Más detallesLiquidación del impuesto
Liquidación del impuesto Base imponible cooperativa Base imponible extracooperativa -50% FRO -50% FRO Base liquidable cooperativa Base liquidable extracooperativa 20% 30% Parte cooperativa de la cuota
Más detallesNORMATIVA APLICABLE Desde el punto de vista mercantil las Cooperativas Andaluzas se regulan por la Ley 14/2011 de 23 de Diciembre de Sociedades Cooper
EL REGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Málaga 5 de junio de 2015 José Morgado Fortes NORMATIVA APLICABLE Desde el punto de vista mercantil las Cooperativas Andaluzas se regulan
Más detallesREFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
REFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Con fecha 5 de diciembre de 2013 (B.O.B. 13/12/13) se publicó la Norma Foral 13/2013 en relación a la nueva normativa del Impuesto de la
Más detallesCurso de Gestión de Clínica Dental 4ª Edición
Curso de Gestión de Clínica Dental Módulo III Parte II 4ª Edición Modelos de Tributación Fiscal TRIBUTACION Y FISCALIDAD DE LAS DISTINTAS FORMAS DE DESARROLLAR LA ACTIVIDAD DE LAS CLINICAS DENTALES: Las
Más detallesRégimen fiscal de las donaciones de particulares y empresas a fundaciones
19 de junio de 2014 Régimen fiscal de las donaciones de particulares y empresas a fundaciones El 30 de junio finaliza el plazo de presentación de la declaración de la renta, en la que los contribuyentes
Más detallesCIERRE FISCAL 2016 GIPUZKOA. RECORDATORIO TRIBUTARIO para empresarios ANTES DE TERMINAR EL AÑO FISCAL
CIERRE FISCAL 2016 GIPUZKOA RECORDATORIO TRIBUTARIO para empresarios ANTES DE TERMINAR EL AÑO FISCAL COMAS, AUDITORES - CONSULTORES, S.L. c/ Miracruz, 4-1º Dcha. Donostia - San Sebastián comas@comasasesores.net
Más detallesCOOPERATIVA MULTIACTIVA DE APORTE Y CRÉDITO - COOPERAMOS PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN DE EXCEDENTES AÑO FUNDAMENTO LEGAL
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE APORTE Y CRÉDITO - COOPERAMOS PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN DE EXCEDENTES AÑO 2016 1. FUNDAMENTO LEGAL 1.1 LEY 79 DE 1988, Artículo 54o. Si del ejercicio resultaren excedentes, éstos
Más detallescompensar o deducir en la BI Partidas a deducir Sanción del 40 % Sanción Mínima: 90 % Sanción Máxima: 200 %
CUADRO RESUMEN NOVEDADES MÁS SIGNIFICATIVAS LEY FORAL 16/2017 LEY FORAL GENERAL TRIBUTARIA Infracciones No comunicación del domicilio fiscal o de su modificación Art. 72-h/ Simples: nuevos supuestos Incremento
Más detallesLA TRIBUTACIÓN DERIVADA DE LA RENOVACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL EN LAS COOPERATIVAS VALENCIANAS
LA TRIBUTACIÓN DERIVADA DE LA RENOVACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL EN LAS S VALENCIANAS Mª del Mar Marín Sánchez Agustín Romero Civera Universidad Politécnica de Valencia 1. INTRODUCCIÓN Las cooperativas
Más detallesIMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) PAGOS FRACCIONADOS
Goya, 77 Esc. Dcha. 2º 28001-Madrid Teléfono: 91 436 21 99 Fax.: 91 435 79 45 N.I.F.: B85696235 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) PAGOS FRACCIONADOS (Abril 2015) Fecha: 09/04/2015 (4) PAGOS FRACCIONADOS
Más detallesPrograma Oficial de Asignatura. Ficha Técnica. Presentación. Competencias y/o resultados del aprendizaje. Contenidos Didácticos
Ficha Técnica Titulación: Grado en Derecho Plan BOE: BOE número 108 de 6 de mayo de 2015 Asignatura: Módulo: Derecho Financiero y Tributario Curso: 4º Créditos ECTS: 6 Tipo de asignatura: Obligatoria Tipo
Más detallesRESUMEN REFORMA FISCAL: IRPF
RESUMEN REFORMA FISCAL: IRPF 1. Exenciones: Indemnizaciones por despido: La exención se aplica como con la norma vigente, pero se limita el importe exento a 180.000 euros (efectos jurídicos desde el 1
Más detallesRégimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas
Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen
Más detallesGUÍA PRÁCTICA / 2 RÉGIMEN FISCAL DE LOS DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES REALIZADAS
GUÍA PRÁCTICA / 2 RÉGIMEN FISCAL DE LOS DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES REALIZADAS ÍNDICE 1. Donaciones realizadas por personas físicas 1.1. Donaciones realizadas en el ejercicio 2015 1.2. Donaciones
Más detallesSumario Presentación Siglas Capítulo 1. Operaciones entre empresas del grupo: régimen general 13
ÍNDICE SISTEMÁTICO PÁGINA Sumario... 7 Presentación... 9 Siglas... 11 Capítulo 1. Operaciones entre empresas del grupo: régimen general 13 1. Introducción... 15 2. Concepto de empresa del grupo, multigrupo,
Más detallesPAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES MODELO 202 Y 222. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA ORDEN HAC/941/2018, DE 5 DE SEPTIEMBRE
C I R C U L A R 1 7 / 2 0 1 8 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES MODELO 202 Y 222. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA ORDEN HAC/941/2018, DE 5 DE SEPTIEMBRE Muy señores nuestros: Oviedo, 26 de
Más detallesImpuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Impuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas Duración: 58 horas. Modalidad: online El impuesto sobre sociedades es el tributo que va a gravar los resultados obtenidos por sociedades
Más detallesLEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS (BOE DE 20 DE DICIEMBRE)
Cuadro comparativo de la REFORMA FISCAL. Modificaciones realizadas por la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE 28-11-2014) LEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN
Más detallesPágina 1 de 5 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 Boletín Fiscal, Editorial CISS Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ( BOCG 1 de octubre
Más detallesCALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE DICIEMBRE ALTA, BAJA, MODIFICACIONES Y EXENCIONES EN EL IAE. 2.- PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
B E C E R R A A D V O C A T S Còrsega, 299, 1 er. 08008 BARCELONA TEL. (93) 317 04 20 - FAX: (93) 318 61 07 - Circular 19/2015 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE DICIEMBRE 2.015 Detallamos las declaraciones
Más detallesCircular 2/2018 MODIFICACIONES TRIBUTARIAS Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Impuesto sobre Sociedades
Circular 2/2018 MODIFICACIONES TRIBUTARIAS Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Impuesto sobre Sociedades La Norma Foral 1/2018, por la que se introducen modificaciones en diversas normas tributarias,
Más detallesInformación Tributaria y Mercantil
Información Tributaria y Mercantil Avda. Gral. Primo de Rivera, 7 - Entlo. (Edificio Berlín) 30008 MURCIA Telfs.: 968 23 72 50-968 23 72 95-968 23 72 12-968 23 59 57-968 27 00 91 FAX: 968 24 Página web:
Más detallesJORNADAS FISCALIDAD DE LA EMPRESA AGROALIMENTARIA. MGEA
JORNADAS FISCALIDAD DE LA EMPRESA AGROALIMENTARIA. MGEA Madrid, 17 de septiembre de 2014 José Cardona, Director Dpto. Jurídico de Cooperativas Agro-alimentarias de España REFORMA DE LA FISCALIDAD COOPERATIVA
Más detallesNOVEDADES DERIVADAS DEL REAL DECRETO LEY 4/2013 DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y ESTÍMULO A LA CREACIÓN DE EMPLEO
Febrero 2013 NOVEDADES DERIVADAS DEL REAL DECRETO LEY 4/2013 DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y ESTÍMULO A LA CREACIÓN DE EMPLEO I.- MEDIDAS DE FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO Y AUTOEMPLEO NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES
Más detallesQué forma jurídica me conviene si creo una empresa?
Qué forma jurídica me conviene si creo una empresa? En estos tiempos de crisis, cada vez son más los que dan el paso hacia el autoempleo y se deciden a poner en marcha su propia empresa como forma de volver
Más detallesFiscalidad de Empresas
Fiscalidad de Empresas Duración: 56 horas. Modalidad: online Contenidos 1. Introducción a la Planificación Fiscal de la Actividad Empresarial Introducción a la Planificación Fiscal de la Actividad Empresarial
Más detallesDEDUCCIÓN PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (RÉGIMEN APLICABLE HASTA 31/12/2014)
DEDUCCIÓN PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (RÉGIMEN APLICABLE HASTA 31/12/2014) 1. DEDUCCIÓN PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNA 1.1. DEDUCCIÓN POR DIVIDENDOS Cuando entre las rentas del sujeto pasivo
Más detallesINFORMA. Página 1 de 5
El Servicio de Asesoría Jurídica, cumplimentando los trámites previstos en los artículos 42.2 del Reglamento de Estructura Orgánica del Departamento de Hacienda y Finanzas, aprobado por Decreto Foral 197/2011,
Más detallesFiscalidad de Empresas
Fiscalidad de Empresas Duración: 56 horas. Modalidad: online Contenidos 1. Introducción a la Planificación Fiscal de la Actividad Empresarial Introducción a la Planificación Fiscal de la Actividad Empresarial
Más detallesFiscalidad. Integración y Compensación de Rentas y Conceptos de Base Imponible y Base Liquidable. Reducciones Instituto Europeo de Posgrado
Fiscalidad Integración y Compensación de Rentas y Conceptos de Base Imponible y Base 2015 Instituto Europeo de Posgrado Contenido 1 Reglas de integración y compensación de las rentas de la base imponible
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010
Gabinete de Estudios del Registro General de Asesores Fiscales (REGAF) Nota 19/09 NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010 15 DE OCTUBRE 2009
Más detallesIMPUESTO S/ SOCIEDADES PAGOS FRACCIONADOS 2016
Goya, 77 Esc. Dcha. 2º 28001-Madrid Teléfono: 91 436 21 99 Fax.: 91 435 79 45 N.I.F.: B85696235 IMPUESTO S/ SOCIEDADES PAGOS FRACCIONADOS 2016 (Octubre 2016) Fecha: 04/10/2016 PAGOS FRACCIONADOS OCTUBRE/DICIEMBRE
Más detallesA) Medidas de carácter temporal aplicables a los ejercicios iniciados en 2012 y 2013.
LAS MEDIDAS FISCALES CONTRA EL DEFICIT. Real Decreto-Ley 12/2012 de 30 marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público (en adelante
Más detallesFiscalidad de Empresa actualizado 2017
Fiscalidad de Empresa actualizado 2017 Duración: 56 horas. Modalidad: online Contenidos 1. Introducción a la Planificación Fiscal de la Actividad Empresarial Introducción a la Planificación Fiscal de la
Más detallesINICIO DE LA ACTIVIDAD. 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA
INICIO DE LA ACTIVIDAD 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA PERSONAS FÍSICAS FORMA NÚMERO SOCIOS RESPONSABILIDAD CAPITAL EMPRESARIO
Más detallesEl rendimiento neto de la actividad económica se determina de la manera siguiente:
15 Institución La Salle Impuesto sobre la Renta de las 15 Personas Físicas II parte mbmunoz 10 ESTIMACIÓN OBJETIVA El método de estimación objetiva lo pueden utilizar la empresas que realicen alguna de
Más detallesPROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA
CIRCULAR FISCAL 11 de enero de 2017 En los plazos que a continuación se indican deben efectuarse las declaracionesingresos que se relacionan: PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION
Más detallesNOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA 2015
NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA 2015 RESERVA DE CAPITALIZACION: Las entidades que tributen al tipo general tendrán derecho a una REDUCCION del 10% en la Base Imponible, cuando incrementen
Más detallesEstán obligados a realizar el pago fraccionado, siempre que resulte cantidad a ingresar, las siguientes entidades:
Resumen Pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades (art. 40 LIS) 1. Introducción. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, deben efectuar 3 pagos a cuenta de la liquidación correspondiente
Más detalles, entrada en vigor el )
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el
Más detallesCIRCULAR 7_2015: COMO REDUCIR LA TRIBUTACION POR EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE 2015.
CIRCULAR 7_2015: COMO REDUCIR LA TRIBUTACION POR EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE 2015. En el ejercicio 2015 aplicaremos por primera vez la nueva Ley 27/2015, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
Más detallesBreves comentarios al Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, que introduce diversas medidas tributarias.
Breves comentarios al Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, que introduce diversas medidas tributarias. El pasado 30 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 12/2012, entre las medidas aprobadas con
Más detallesCASO PRACTICO Nº 20 ASUNTO: IMPUTACION Y CONTABILIDAD DE SOCIEDADES TRANSPARENTES. Imputa A Rendimiento s. Dota D F.P.I.
CASO PRACTICO Nº 20 CONSULTA ASUNTO: IMPUTACION Y CONTABILIDAD DE SOCIEDADES TRANSPARENTES. A Venta Bolsa B Venden C Venden A Plusvalía D Imputa A Rendimiento s Dota D F.P.I. Antecedentes: A es una sociedad
Más detallesNUEVA REGULACIÓN DEL PAGO FRACCIONADO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
NUEVA REGULACIÓN DEL PAGO FRACCIONADO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES «Aplicable a entidades cuya Cifra de Negocios sea al menos 10 millones de euros» 30 de septiembre de 2016 lifeabogados.com 1
Más detallesMÁSTER MÁSTER EN ADMINISTRACIÓN FISCAL MAS311
MÁSTER MÁSTER EN ADMINISTRACIÓN FISCAL MAS311 Escuela asociada a: CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESAS DE FORMACIÓN ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CALIDAD ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ESCUELAS DE NEGOCIOS Reconocimiento
Más detallesFiscalidad. Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo Instituto Europeo de Posgrado
Fiscalidad Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo 2017 Instituto Europeo de Posgrado Contenido 1 Introducción: Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo 3 2 Rendimientos del trabajo
Más detallesSociedades Mercantiles Especiales
Sociedades Mercantiles Especiales Mónica Jiménez Parrilla - 21/06/2012 Información: C/Fenauso, Nº 1, Local 51-52 Arrecife Teléfono: 928 81 77 49 e-mail: empleo@cabildodelanzarote.com www.facebook.com/areadeempleo
Más detallesIRPF Medidas a adoptar antes de final de año
IRPF Medidas a adoptar antes de final de año 1. Aportaciones a planes de pensiones Las aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social (seguros, planes de previsión asegurados,
Más detallesPrograma MÓDULO 1. CONTABILIDAD PARA JURISTAS Y ASESORES FISCALES
Programa MÓDULO 1. CONTABILIDAD PARA JURISTAS Y ASESORES FISCALES Introducción a la contabilidad para juristas. El valor probatorio de la contabilidad y su importancia en la fiscalidad. Normas internacionales
Más detallesMÓDULO 1. CONTABILIDAD PARA JURISTAS Y ASESORES FISCALES
Programa INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD Introducción a la contabilidad para juristas. Necesidades de información financiera. El valor probatorio de la contabilidad y su importancia en la fiscalidad. Obligaciones
Más detallesIMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 16/2013, DE 29 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN DETERMINADAS MEDIDAS EN MATERIA DE FISCALIDAD MEDIOAMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS
Más detallesREFORMA FISCAL (II) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
REFORMA FISCAL (II) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES Novedades introducidas en el IRNR Gros & Monserrat Área Fiscal Diciembre 2014 Gros Monserrat, S.L. Contenido 1 EXENCIONES... 3 2 BASE IMPONIBLE...
Más detallesÍNDICE GENERAL. Sumario... 5 I. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES I.1. Ley y Reglamento del Impuesto... 9
ÍNDICE GENERAL PÁGINA Sumario... 5 I. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES... 7 I.1. Ley y Reglamento del Impuesto... 9 I.1.1. Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades... 11 Preámbulo... 17
Más detallesPROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION DIRECTA
CIRCULAR FISCAL 12 de enero de 2016 En los plazos que a continuación se indican deben efectuarse las declaracionesingresos que se relacionan: PROFESIONALES Y EMPRESARIOS COMERCIALES O INDUSTRIALES EN ESTIMACION
Más detallesNovedades,Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público.
5/10/2016 Novedades,Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. A partir del 30 de Septiembre, el tipo mínimo
Más detallesNOVEDADES FISCALES GIPUZKOA
Las principales novedades tributarias introducidas por las Normas Forales 5/2011 y 6/2011, ambas de 26 de diciembre son: Con efectos únicamente para 2011 y 2012 Se restablece el Impuesto sobre Patrimonio
Más detallesAgencia Tributaria Teléfono:
ANEXO V FORMATO ELECTRÓNICO (PARTE 1) : 901 33 55 33 Pago fraccionado Impuesto sobre Sociedades Régimen consolidación fi scal CNAE actividad principal... Datos adicionales (4) Grupo de entidades en el
Más detallesReal Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad
Comunicación 5/2012 APUNTE INFORMATIVO Julio 2012 Área Fiscal Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad En fecha
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesGuía para pagar menos en la cita anual con Hacienda Publicado el , por Expansión
Guía para pagar menos en la cita anual con Hacienda Publicado el 24-04-2010, por Expansión El próximo 3 de mayo se abre el plazo para la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesDerecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa
Derecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa 66023089 Programa de DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II Facultad de Derecho Plan nuevo Curso 2008-2009 Curso 2018-2019 515045 UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesPREGUNTAS CON ALTERNATIVAS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
PREGUNTAS CON ALTERNATIVAS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 1. El régimen de atribución de rentas se aplicará a: a) Sociedades civiles. b) Sociedades anónimas. c) Sociedades agrarias de transformación. d)
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS 2016 Enero 2016
NOVEDADES TRIBUTARIAS 2016 Enero 2016 Elena Morales Sánchez Abogado Javier Grávalos Olivella Abogado El 30 de octubre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 48/2015, de 29 de octubre,
Más detallesCIERRE FISCAL horas Presenciales
CURSO BONIFICADO EN LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL PLAZAS LIMITADAS CIERRE FISCAL 2017-2018 8 horas Presenciales NUEVA LEY DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. ASÍ COMO LAS NOVEDADES FISCALES DE DICHO IMPUESTO
Más detallesANEXO I (PARTE 1) FORMATO ELECTRÓNICO
Agencia Tributaria ANEXO I (PARTE 1) FORMATO ELECTRÓNICO Pago fraccionado Impuesto sobre Sociedades Régimen consolidación fiscal Identificación (1) N.I.F. Apellidos y nombre o razón social Nº grupo Devengo
Más detallesJornada-Taller Emprendimiento Femenino
Jornada-Taller Emprendimiento Femenino Apertura de la jornada Plan Comercial Formas jurídicas para las empresas Descanso-Networking Plan financiero para un proyecto de Inversión Ayudas y subvenciones para
Más detallesSe recuerda finalmente que la cumplimentación de las casillas (17) y (18) tiene carácter voluntario. OBLIGADOS A PRESENTAR EL MODELO 218
MODELO 218 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
Más detallesLa Imposición sobre Sociedades III (IS) Prof. Álvaro Salas Suárez
La Imposición sobre Sociedades III (IS) Prof. Álvaro Salas Suárez Análisis de la Base Imponible: Correcciones positivas y negativas al RC Diferencias de Calificación de Ingresos y Gastos: Art. 11. Correcciones
Más detallesLey 43/1995, de 27 de Diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Impuesto sobre Sociedades Legislación Ley 43/1995, de 27 de Diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. Ley 50/1998, de 30 de diciembre. Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas
Más detallesA. RENTAS EXENTAS. 1. Exención por dividendos: se ha suprimido la exención fiscal sobre euros que existía sobre dividendos.
PRINCIPALES NOVEDADES IRPF 2015 A. RENTAS EXENTAS 1. Exención por dividendos: se ha suprimido la exención fiscal sobre 1.500 euros que existía sobre dividendos. B. RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO 1.
Más detallesSociedad Anónima Laboral
Formas Jurídicas: Sociedad Anónima Laboral 1 Sociedad Anónima Laboral Descripción Denominación social Calificación y registro Pérdida de calificación Número de promotores necesarios Capital Responsabilidad
Más detallesTributación «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2008 (CASO PRÁCTICO)» A. García-Vaquero Martínez
Tributación «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2008 (CASO PRÁCTICO)» A. García-Vaquero Martínez Abogado y Asesor Fiscal Tratándose la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Más detallesLey 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo Régimen: Especial de trabajadores por cuenta propia o Autónomos Cotización a la
Más detallesLIQUIDACIÓN Y CONTABILIZACIÓN DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES PARA MICROEMPRESAS
Los siguientes esquemas son válidos para empresas que habiendo optado por aplicar el Plan General de Contabilidad de Pymes, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno
Más detalles4. DELIMITACIÓN CON EL IVA Y EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES 6. ÁMBITO DE APLICACIÓN INTERNO: DETERMINACIÓN DE LA HACIENDA COMPETENTE
Presentación Abreviaturas Capítulo I Normativa aplicable, modalidades del impuesto. Integración en el sistema impositivo: la relación con el IVA. Ámbito de aplicación internacional e interno: determinación
Más detallesBOLETÍN TRIBUTARIO 025/18 DOCTRINA DIAN - RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
BOLETÍN TRIBUTARIO 025/18 DOCTRINA DIAN - RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL A continuación detallamos algunos de los conceptos emitidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales durante el mes de enero
Más detallesUnión Temporal de Empresas
Unión Temporal de Empresas Una oportunidad, también para las PYMES... Manuel Redondo septiembre,2001 1 Definición de U.T.E. Ley 18/1982 Las Uniones Temporales de Empresas UTES, son entes constituidos para...
Más detallesQUÉ DEDUCCIONES POR ACTIVIDADES ECONÓMICAS PUEDEN APLICAR
QUÉ DEDUCCIONES POR ACTIVIDADES ECONÓMICAS PUEDEN APLICAR LOS EMPRESARIOS PERSONAS FÍSICAS EN SU DECLARACIÓN DE RENTA? Los empresarios y profesionales que desarrollen actividades económicas en estimación
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS FEBRERO Especialidades tributarias en Comunidad Autónoma de Andalucía. Cuota íntegra. Resto Base liquidable
NOVEDADES TRIBUTARIAS FEBRERO 2011 Especialidades tributarias en Comunidad Autónoma de Andalucía 1.1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Novedad: se aprueba la escala autonómica. Base liquidable
Más detallesEl IVA 1. EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Unidad 6 El IVA 1. EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 1 El Impuesto sobre el Valor Añadido Tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las adquisiciones de bienes y servicios producidos
Más detallescai ren Página 2 de 6
Compensación fiscal por percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años (D.T 13ª Ley 35/2006 y D.T 6ª Ley 26/2009) cairen Tabla de contenidos
Más detalles