CONVENIOS INTERNACIONALES

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1 ESTRATEGIA NACIONAL DE BIODIVERSIDAD Y CONVENIOS INTERNACIONALES CONVENIOS INTERNACIONALES INFORMACIÓN COMPILADA POR JUAN PEDRO SEARLE, JORGE VALENZUELA Y JAIME ROVIRA Convenio de Diversidad Biológica Suscrito en en Ministerio de Relaciones Exteriores () y Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) Tiene por objetivo la conservación de la diversidad biológica, el uso sustentable de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. Se trata del primer convenio internacional que aborda la biodiversidad en forma integral: recursos genéticos, especies y ecosistemas. Reconoce que la conservación de la diversidad biológica es interés común de toda la humanidad, así como una parte integrante del proceso de desarrollo. El Convenio reconoce que la diversidad biológica está sujeta a la soberanía nacional. Específicamente, los compromisos se resumen en: - Elaboración de Informes Nacionales; - Preparación y ejecución de estrategia nacional y plan de acción para proteger la biodiversidad; - Integración de la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica en los planes, programas y políticas sectoriales o intersectoriales. Estrategia Nacional de Protección de la Biodiversidad, aprobada en diciembre de 2003, y su Plan de Acción, aprobado en abril de Informes Nacionales presentados en los años 2003 y Aprobación del Reglamento de Clasificación de Especies. En proceso de clasificación 35 especies iniciado en el segundo semestre de Aprobación de tres políticas relativas a biodiversidad: Política Nacional de Áreas Protegidas, Política Nacional para la Protección de Especies y Estrategia Nacional para la Conservación y Uso Racional de Humedales. Identificación de más de 300 sitios prioritarios de protección, de importancia por su diversidad biológica, mediante el desarrollo de las estrategias regionales de biodiversidad. Creación de un Directorio Público para dirigir la construcción de un Sistema Nacional Integrado de Áreas Protegidas Públicas y Privadas, Terrestres y Acuáticas. Número importante de sitios bajo protección a través de diversas leyes sectoriales (santuarios de la naturaleza, parques marinos y áreas marinas y costeras protegidas de uso múltiple). Inicio en el año 2005 de un proyecto para el establecimiento de una red de áreas marinas y costeras protegidas de múltiples usos, que permitan la conservación y el desarrollo sostenible de la biodiversidad. Constitución de comité operativo para el control de especies invasoras, encargado de diseñar e implementar el programa nacional homónimo. En recursos genéticos, se cuenta con una red de cuatro bancos de germoplasma, un banco base de semillas y una red de bancos activos ubicados en centros regionales de investigación. Incorporación de la protección de la biodiversidad en la planificación del territorio continental y marítimo. Inicio en el año 2005 de proceso para elaborar una ley de acceso a recursos genéticos. Implementación de un sistema de información territorial de recursos naturales y biodiversidad, a escala regional y nacional. Elaboración de política nacional para el desarrollo de la biotecnología y anteproyecto de ley de biotecnología en estudio. 598

2 Capítulo IV: El Hombre y la Biodiversidad Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África Suscrita en en y Corporación Nacional Forestal (CONAF) Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) Suscrita en en Autoridades administrativas: Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), CONAF, y Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) Autoridad Científica: Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT) - Dar prioridad y asignar recursos suficientes al combate de la desertificación; - Definir estrategias y órdenes de prioridad; - Atacar las causas profundas de la desertificación, en particular, los factores socioeconómicos; - Promover la toma de conciencia y facilitar la participación de las poblaciones locales, especialmente mujeres y jóvenes, con apoyo de ONG; - Crear un entorno propicio, fortaleciendo la legislación vigente o promulgando nuevas leyes y estableciendo políticas y programas de acción a largo plazo. - Las Partes adoptarán medidas para cumplir el Convenio y prohibir el comercio de especímenes que esté en violación de éste. Entre las medidas contempladas se incluye a) sancionar el comercio o la posesión de tales especímenes, o ambos; y b) prever la confiscación o devolución al Estado de exportación de dichos especímenes; - Cada Parte deberá mantener registros del comercio en especímenes de las especies incluidas en los apéndices I, II y III que incluye a) datos de los exportadores e importadores; b) permisos y certificados emitidos; Estados involucrados en el comercio; cantidades, tipos y nombres de las especies, entre otros; - Cada Parte preparará y transmitirá a la Secretaría informes periódicos sobre la aplicación de las disposiciones de CI- TES, uno anual sobre lo requerido en inciso b) anterior y uno bianual, sobre medidas legislativas, reglamentarias y administrativas adoptadas para cumplir con CITES. Chile adoptó un Plan de Acción Nacional, documento básico para la acción nacional en este tema, que lo coordina CONAF. El plan está en implementación y abarca un primer período de ejecución desde , y tiene establecido un Comité Nacional de Lucha contra la Desertificación, coordinado por dicha entidad. Se han elaborado dos informes-país ( ). Se cuenta con financiamiento para la lucha contra la desertificación, con aportes de 115 millones de dólares estadounidenses al año, que se usan en forestación, riego, recuperación de suelos degradados y áreas desertificadas. Se han recuperado mediante estos instrumentos, 3 millones de hectáreas. Falta aún recuperar más de 45 millones de hectáreas afectadas. Chile cuenta con cuatro Autoridades Administrativas y cuatro Autoridades Científicas ante la Convención CI- TES. Se está desarrollando el establecimiento del Comité Nacional CITES. Chile preside el Comité CITES y es representante de Sudamérica en el Comité Permanente. La presidencia se asumió durante la 53ª Reunión del Comité Permanente (Junio 2005, Ginebra). Están pendientes: - Otorgar a CONAF y SERNAPESCA facultades fiscalizadoras como autoridades CITES. - Creación del Comité Nacional CITES. Páginas anteriores: Aguilucho, en la costa de Copiapó, III Región. Las águilas construyen un nido voluminoso con ramas secas entrelazadas y forrado con crin o lana, en salientes o grietas de riscos, o en la copa de grandes árboles, nido que les puede servir durante varios años si no son molestados, ya que suelen parearse por toda la vida. Ponen generalmente dos huevos, a veces uno y rara vez tres, de color blanco o blanco con algunas pintas pardas. Foto: Nicolás Piwonka. 599

3 Biodiversidad de Chile, Patrimonio y Desafíos Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América Suscrita en en y CONAF Convenio sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR) Suscrito en en y CONAF - Creación de parques y reservas nacionales, monumentos naturales y reservas de regiones vírgenes, y notificación a la Unión Panamericana de estas creaciones; - No explotación comercial de riquezas existentes en los parques; - Prohibición de caza, matanza y captura de especímenes de la fauna y la destrucción y recolección de ejemplares de la flora en los parques nacionales, excepto por las autoridades del parque o para investigaciones científicas debidamente autorizadas; - Mantención de reservas de regiones vírgenes inviolables, excepto para fines científicos u otros que no atenten contra la sustentabilidad de ellas; - adopción de leyes y reglamentos que aseguren la protección y conservación de la flora y fauna dentro de sus respectivos territorios y fuera de los parques y reservas nacionales, monumentos naturales y de las reservas de regiones vírgenes; - Adopción de leyes que aseguren la protección y conservación de los paisajes, las formaciones geológicas extraordinarias, y las regiones y los objetos naturales de interés estético o valor histórico o científico; - Adopción de las medidas apropiadas para la protección de las aves migratorias de valor económico o de interés estético o para evitar la extinción que amenace a una especie determinada; - La protección de las especies mencionadas en el Anexo a esta Convención. - Designación (o retiro) de humedales como parte de la lista de humedales; - Fomento a la conservación de los humedales y de las aves acuáticas creando reservas naturales en aquéllos, incluidas acciones para el monitoreo de los humedales. Esta convención ha sido implementada, principalmente, a través de la declaratoria de áreas protegidas en las categorías de la misma y con la fundamentación otorgada por ella. Hoy en día existen 96 áreas protegidas administradas por CONAF, basadas en esa Convención. Chile cuenta con una Estrategia Nacional de Humedales desde diciembre de Se tienen nueve sitios Ramsar inscritos en la lista de humedales de importancia internacional, cubriendo un total de ha. Se ha creado el Comité Nacional de Humedales. 600

4 Capítulo IV: El Hombre y la Biodiversidad Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar Suscrita en en Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje Suscrito en en y SAG Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena Suscrita en en Tiene como objetivo central establecer un nuevo régimen jurídico para los mares y océanos que facilite las comunicaciones y promueva el uso con fines pacíficos de los mares y océanos y la utilización equitativa y eficiente de sus recursos. Específicamente, las Partes deberán: - promover, cooperar y colaborar en la financiación de trabajos de investigación relativos a especies migratorias; - conceder una protección inmediata a las especies migratorias que figuran en el Anexo I; y - celebrar acuerdos relacionados con la conservación y la gestión de lo relacionado con las especies migratorias incluidas en el Anexo II. Entre los compromisos, destacan: - Cada gobierno contratante tomará las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención y la sanción para las infracciones a tales disposiciones en las operaciones efectuadas por personas o por naves bajo su jurisdicción; - Ninguna ratificación u otra remuneración, calculada en relación con los resultados de su trabajo, se pagará a los cañoneros y tripulaciones de los cazadores de ballenas, con respecto a aquellas ballenas cuya captura está prohibida por la presente Convención; - Los juicios por infracciones o contravenciones a esta Convención serán entablados por el Estado que tenga jurisdicción sobre tales delitos; - Cada gobierno contratante enviará a la Comisión detalles completos de cada infracción a las disposiciones de esta Convención por personas o naves bajo la jurisdicción de tal Estado, según lo informado por sus inspectores. Esta información deberá incluir una declaración sobre las medidas adoptadas respecto a la infracción y las sanciones impuestas. En materia de conservación de recursos vivos marinos, tanto en la ZEE como en la alta mar respecto de los nacionales, Chile ha adoptado una serie de medidas de conservación y administración para asegurar la sustentabilidad de los recursos hidrobiológicos; con la misma finalidad, conforme a la Convención, nuestro país ha iniciado consultas con terceros países que operan en la alta mar. Además, Chile ratificó el Acuerdo de Cumplimiento de la FAO y está elaborando el Plan de Acción Nacional que dará aplicación al Plan de Acción Internacional para prevenir, detener y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no regulada, adoptado en el marco de esa misma organización. Por otra parte, nuestro país colabora con otros países, en el plano bilateral, regional y multilateral, para la conservación y mejor administración de los recursos marinos vivos. Está por crearse el Comité Nacional para las Especies Migratorias. En agosto de 2005, se designó al Servicio Agrícola y Ganadero como autoridad técnica responsable de la aplicación del Convenio en Chile. Chile actuó como Representante Regional hasta el año Desde la creación de la CBI, Chile ha participado activamente en sus reuniones, a través del Departamento de Mar del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Nacional de Pesca. Durante la 32ª Reunión de la CBI, en mayo de 1999, Chile tuvo un rol crucial, ante la decisión de Japón de impedir el establecimiento de un nuevo santuario ballenero austral en el Pacífico Sur. 601

5 Biodiversidad de Chile, Patrimonio y Desafíos Convención para la Conservación de Focas Marinas Antárticas Suscrita en en Convención Sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos Suscrita en en Objetivos específicos: - Alentar y mejorar los conocimientos científicos a través de investigaciones sobre focas antárticas; - Medir y cuantificar el número y el tipo de focas antárticas que existen; - Conocer las estadísticas de futuras operaciones de caza de focas, con el fin de poder formular normas adecuadas para su protección. Contiene un Apéndice que especifica, entre otras cosas: - La captura de focas antárticas permitida por año; - Las especies y las zonas protegidas y no protegidas; - Las temporadas de caza y de veda; - Limitaciones referidas a la duración de la caza, al método y a los instrumentos usados para ella. Salvaguardar el medio ambiente y proteger la integridad del ecosistema de los mares que rodean a la Antártica y conservar sus recursos marinos vivos. En específico, las Partes deberán prevenir la disminución de la población de cualquier especie animal de la Antártica a niveles que estén por debajo de los que aseguran un incremento anual neto; velar por el mantenimiento de un nivel adecuado en las relaciones ecológicas que existen entre la población de las diferentes especies animales que habitan la Antártica; y prevenir los cambios irreversibles en el ecosistema marino antártico. Las Partes Contratantes sean o no Partes en el Tratado Antártico, acuerdan que no se dedicarán en la zona del Tratado Antártico a ninguna actividad contraria a los propósitos y principios del Tratado Antártico y convienen en que, en sus relaciones entre sí, están vinculadas por las obligaciones contenidas en los artículos I y V del Tratado Antártico. No estipula reuniones periódicas, por lo que la última reunión se realizó en Pese a esto, Chile envía un informe anual al Depositario que contiene el número de capturas y de manipulación de focas. El último informe abarcó el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de Entre el 24 de octubre y el 4 de noviembre de 2005 se realizó en Hobbart, Australia, la 24ª Reunión de la Comisión y del Comité Científico de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos. Chile hizo presentación del informe de actividades de los miembros en el área de la convención. Entre otras cosas, el informe versó sobre actividades de pesquería, de investigación de especies antárticas, tales como monitoreo de pingüinos, lobos marinos, etc., y sobre actividades de colaboración con investigadores científicos internacionales. Página derecha: Los Tratados Internacionales con incidencia ambiental constituyen una fuente importante de Derecho Ambiental Internacional y contribuyen a la generación de las políticas de cada nación en este tema. Chile ha suscrito gran parte de los tratados internacionales sobre medio ambiente, entre ellos, la Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena, cuyo objetivo es proteger a todas las especies de ballenas de la sobreexplotación y salvaguardar para las futuras generaciones el gran recurso natural representado por estos cetáceos, a través de un sistema de regulación internacional, que preserve y controle tanto su conservación como el comercio internacional que de ellos se hace. Fotos: Jordi Plana. 602

6 Capítulo IV: El Hombre y la Biodiversidad Acuerdo para la Conservación de Albatros y Petreles Suscrito en Ratificado en Chile en Su objetivo es otorgar protección a estas especies que son las más amenazadas por declinación de sus poblaciones, debido a captura incidental durante faenas de pesca, particularmente con espineles utilizados en la pesca de bacalao; por prácticas predatorias y por contaminación. Actualmente, existen 29 especies gravemente amenazadas. El Congreso Nacional aprobó este Acuerdo el 23 de marzo de En septiembre de 2005, se envió el Instrumento de Ratificación a la Cancillería australiana, Secretaría provisional del Acuerdo. Contraparte nacional: SERNAPESCA, Instituto Antártico Chileno (INACH) 603

7 Biodiversidad de Chile, Patrimonio y Desafíos Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología Suscrito en Chile en (Aún no ha sido ratificado por el país). De ratificar el Protocolo, Chile asumiría las siguientes tareas: - Proporcionar información (sobre legislación nacional, procedimientos, resúmenes de evaluaciones del riesgo, puntos de contacto, decisiones nacionales, movimientos transfronterizos ilícitos, etc.) al Mecanismo de Intercambio de Información sobre Bioseguridad (BCH); - Vigilar la aplicación de las obligaciones del Protocolo y presentar a la Secretaría informes al respecto con la periodicidad que se determine; - Asegurar que existe una disposición jurídica respecto de la exactitud de la información proporcionada por los exportadores nacionales; - Velar por que se realicen evaluaciones del riesgo y establecer y mantener mecanismos, medidas y estrategias adecuadas para regular, gestionar y controlar los riesgos identificados en las evaluaciones del riesgo; - Velar por proteger la información de carácter confidencial; - Adoptar medidas para exigir que la documentación que acompaña a los OVM los identifique como tales e incluya las especificaciones del artículo 18 del Protocolo; - Adoptar las medidas necesarias para exigir que los OVM objeto de movimientos transfronterizos se manipulen, envasen y transporten en condiciones de seguridad; - Cumplir con el Acuerdo Fundamentado Previo (AFP) como procedimiento principal del Protocolo para la adopción de decisiones, o velar por que cualquier marco reglamentario nacional que se utilice en lugar de los procedimientos del Protocolo (AFP) sea coherente con éste; - De conformidad con las leyes nacionales pertinentes, consultar con el público en relación con la adopción de decisiones; - Promover y facilitar concientización, educación y participación del público en relación con los OVM, incluyendo el acceso a información (BCH); - Adoptar las medidas necesarias para prevenir y, según proceda, penalizar los movimientos transfronterizos que contravengan medidas nacionales para aplicar el Protocolo. Chile participó en calidad de observador en la II Reunión del Protocolo en Montreal, Canadá, en Chile, en su condición de país agrícola y exportador frutícola actividades hacia las cuales se orienta el desarrollo de la biotecnología está consciente de la importancia de contar con un Protocolo que regule los movimientos de organismos genéticamente modificados y su comercio internacional, sin que ello involucre interponer trabas encubiertas al citado comercio. Se suscribió el Protocolo, pero no es parte del Protocolo. Se está evaluando la posibilidad de su ratificación. Para ello, el gobierno se plantea i) el establecimiento de un marco regulatorio en nuestro país en materias de seguridad de la biotecnología, y ii) la realización de estudios tendientes a determinar los eventuales impactos que se generarían para las exportaciones e importaciones de Chile, y a identificar las medidas legales, reglamentarias ya administrativas necesarias de implementar para la debida aplicación del Protocolo. 604

8 Capítulo IV: El Hombre y la Biodiversidad COOPERACIÓN AMBIENTAL REGIONAL Acuerdo Objetivos o compromisos para Chile Cumplimiento Convenio de la Vicuña Fue suscrito en en y CONAF La prohibición de la caza y la comercialización ilegales de la vicuña, de sus productos y derivados en el territorio de los respectivos países signatarios (Bolivia, Chile, Perú y Ecuador). La prohibición de la exportación de vicuñas fértiles, semen u otro material de reproducción, con excepción de aquellas destinadas a alguno de los países miembros para fines de investigación y/o repoblamiento. Los gobiernos signatarios se comprometen a mantener y desarrollar los parques y reservas nacionales y otras áreas protegidas con poblaciones de vicuñas y a ampliar las áreas de repoblamiento bajo manejo en su forma silvestre prioritariamente y siempre bajo control del Estado. Los gobiernos signatarios convienen en prestarse asistencia técnica mutua para el manejo y repoblamiento de la vicuña, incluyendo la capacitación de personal, así como la difusión y extensión de las acciones tendientes a la conservación y manejo de la especie. Se aplica a través de un Plan Nacional de Acción liderado por CONAF. Dada la importancia para las comunidades aymaras, el Convenio de la Vicuña ha salvado a esta especie a través del programa nacional de conservación. Actualmente, se está llevando a cabo la etapa de la comercialización de la fibra y tela, proveniente de la esquila de animal vivo. Los países signatarios, a excepción de Ecuador, se encuentran en diferentes etapas de dicho proceso de comercialización. Comercializan activamente Argentina y Perú. Chile en etapa experimental. En el caso de nuestro país, la población de vicuñas se ha incrementado de aproximadamente ejemplares en 1979 a en la actualidad. Chile entregó la Secretaría Ejecutiva de este Convenio a Perú en octubre de Programa Acción Subregional para el Desarrollo Sostenible de la Puna Americana Suscrito en 1997 e iniciado en y CONAF El Programa de Acción Subregional (PASPUNA), que se hace en el marco de la Convención de Lucha contra la Desertificación, contempla un conjunto de propuestas en materia de desarrollo turístico; encadenamiento productivo; recuperación, manejo y aprovechamiento de camélidos sudamericanos, humedales y andenes; manejo integrado de recursos hídricos de altura, revegetación y forestación, y acciones de integración de la minería a la lucha contra la desertificación, superación de pobreza y desarrollo sustentable en áreas prioritarias de la Puna. Chile coordina la Secretaría (rotativa) del PASPUNA, a través de CONAF. Con ello, Chile coordina un Plan de Acción Regional sobre la Puna Americana, en el que participan Argentina, Perú, Ecuador y Bolivia. Se están definiendo los tipos de proyectos para la PUNA. 605

9 Biodiversidad de Chile, Patrimonio y Desafíos COOPERACIÓN AMBIENTAL REGIONAL Acuerdo Objetivos o compromisos para Chile Cumplimiento Convención para la Protección del Medio Marino y la Zona Costera del Pacífico Sudeste (y su Plan de Acción) Suscrita en en y Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (DIRECTEMAR) Protocolo para la Conservación y Administración de las Áreas Marinas Costeras Protegidas del Pacífico Sudeste Suscrito en en y DIRECTEMAR Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radioactiva Suscrito en 1989 en DIRECTEMAR Entre las actividades del Plan de Acción destacan: - la investigación y monitoreo de la contaminación marina; - el ordenamiento ambiental (manejo integrado de zonas costeras); - la evaluación del impacto ambiental para el medio marino; - la administración de áreas costeras y marinas protegidas; - la conservación de los mamíferos marinos del Pacífico Sudeste; - investigaciones sobre biodiversidad marina y costera; - estudios e informes sobre cambio climático referidas al incremento del nivel medio del mar; - la difusión de la información y concientización pública. Las Altas Partes Contratantes se comprometen, individualmente, o mediante la cooperación bilateral o multilateral, a adoptar las medidas apropiadas de acuerdo con las disposiciones del presente Protocolo para proteger y preservar los ecosistemas frágiles, vulnerables o de valor natural o cultural único, con particular énfasis en la flora y fauna amenazados de agotamiento y extinción, realizando estudios orientados a la reconstrucción del medio o repoblamiento de fauna y flora en casos necesarios. Para este fin las Altas Partes Contratantes deberán establecer bajo su protección, en la forma de parques, reservas, santuarios de fauna y flora u otras categorías de áreas protegidas. En estas áreas se establecerá un manejo integro, sobre la base de estudios e inventarios de sus recursos, con miras al desarrollo sostenido de ellos, prohibiendo toda actividad que pueda causar efectos adversos sobre el ecosistema, fauna y flora así como su hábitat. Este Convenio tiene por objeto prohibir todo vertimiento de desechos radioactivos en el mar y/o en su lecho, dentro del ámbito de aplicación del Convenio, es decir, las 200 millas marinas del Océano Pacífico de jurisdicción de Panamá, Colombia, Ecuador, Perú y Chile. Cabe señalar que el convenio no hace diferencias respecto a nivel de actividad de los desechos; esto significa que están incluidos todo tipo de desechos radioactivos. Se ha suscrito una serie de convenios y protocolos para atender los distintos aspectos de la preservación del medio marino. En el ámbito nacional, la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, a través de su Unidad de Protección del Medio Ambiente Acuático, vela por la prevención y control de la contaminación del mar. Es punto focal de esta Convención. Desde 1984 se desarrolla el Programa Regional de Investigación, Vigilancia y Control de la Contaminación Marina (CONPACSE). Se ha informado a la Secretaría de esta Convención (la última vez el año 2004) acerca de las áreas marinas y costeras que están bajo alguna protección oficial en dos ocasiones. La Convención ha elaborado un documento, que orienta la gestión para la conservación marina en los países que la conforman. En 1992 los países del Plan de Acción aprobaron la Red Regional de Áreas Marinas y Costeras Protegidas en el Pacífico Sudeste, cuyos trabajos se desarrollan a través del Grupo ad hoc de Expertos. Sin perjuicio de los parques nacionales, reservas nacionales y monumentos naturales con componente marino y costero existentes antes del Protocolo, Chile no contaba con un sistema de áreas marinas protegidas. En 1999 se declaró áreas marinas y costeras protegidas los sectores denominados Coral Nui Nui, Monu Tautara y Hanga Oteo, en Isla de Pascua; el año 2003 se creó un área marina costera protegida en el Estrecho de Magallanes (Región de Magallanes y Antártica Chilena) y en su interior un parque marino. En el marco del Programa COMPACSE se han realizado estudios sobre los niveles y distribución de radionucleidos en aguas costeras, en organismos marinos de la región y en otras muestras ambientales. Este Convenio se encuentra actualmente vigente en el país, y sus normas han sido traspasadas a la legislación ambiental (D.S. (M) n 1 de 1992, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática del Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Marina). 606

10 Capítulo IV: El Hombre y la Biodiversidad COOPERACIÓN AMBIENTAL REGIONAL Acuerdo Objetivos o compromisos para Chile Cumplimiento Acuerdo sobre Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas en Casos de Emergencia Suscrito en Entró en vigor en Chile en Tiene un Protocolo Complementario (suscrito en 1983) DIRECTEMAR Este Convenio se estableció con el objeto de que las partes contratantes (los países miembros de la Comisión Permanente del Pacífico Sur, CPPS), aunaran sus esfuerzos en la adopción de medidas necesarias para neutralizar o controlar los efectos nocivos en aquellos casos que consideren de grave e inminente peligro para el medio marino, la costa, o intereses conexos de una o más de ellas debido a la presencia de grandes cantidades de hidrocarburos u otras sustancias nocivas resultantes de emergencias y que estén contaminando o amenacen con contaminar el área marítima del Pacífico Sudeste, hasta sus 200 millas y la alta mar, si la emergencia así lo requiera. Su protocolo complementario establece mecanismos para la cooperación en casos de derrames, describe el plan nacional de contingencia y programas de entrenamiento y otras disposiciones relativas a eventos de siniestros por contaminación. Este Convenio se encuentra actualmente vigente en el país, y sus normas han sido traspasadas a la legislación ambiental (D.S.(M) n 1 de 1992, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática. Además, desde el año 1986, existe un Plan Regional de Contingencias ante Derrame de Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas, suscrito por todos los miembros de la CPPS, y del Plan Nacional de Contingencias para Combatir la Contaminación Acuática por Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas, del 27 de octubre de En el marco del Programa COMPACSE, se realizó un estudio sobre la contaminación por hidrocarburos en la región del Pacífico Sudeste para el período En junio de 2002 se realizó el Curso regional CPPS/ PNUMA/ OMI sobre Preparación y Respuesta a Derrames de Petróleo en Casos de Accidente. Se estableció el Plan de Contingencia Regional para el Combate de la Contaminación por Petróleo en Casos de Emergencia en el Pacífico Sudeste adoptado por los Estados Partes en Acuerdo Marco para la Conservación de Recursos Vivos Marinos en Alta Mar del Pacífico Sudeste o Acuerdo Galápagos Suscrito en 2000 y ratificado por Chile en El objetivo del presente Acuerdo Marco es la conservación de los recursos vivos marinos en áreas de alta mar del Pacífico Sudeste, con especial referencia a las poblaciones de peces transzonales y a las poblaciones de peces altamente migratorias. El 2003 se formó un Grupo de Trabajo público-privado para preparar su futura implementación. Ratificación del Acuerdo se encuentra suspendido a solicitud de Colombia y Perú, que estudian los antecedentes. Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente Suscrito en en Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección al Medio Ambiente, cuyo objetivo es reforzar el Sistema del Tratado Antártico, incrementando la protección del medio ambiente antártico a la luz de la especial situación jurídica y política de la Antártica. Como objetivos específicos, se tienen i) Cooperar entre las Partes en la planificación de las actividades antárticas e intercambiar información para evitar una actividad perjudicial al medio ambiente antártico; ii) Requerir de una evaluación de impacto ambiental en el área bajo jurisdicción del Tratado Antártico, para todas aquellas actividades que pudiesen tener consecuencias ambientales adversas para el ecosistema, y iii) Prohibir cualquier actividad relacionada con recursos minerales, salvo la investigación científica. Chile presenta informes anuales de cumplimiento. Se creó la Sección Nacional del Protocolo Antártico SENPA. Se encuentra en aplicación el Anexo I del Protocolo por medio de la CONAEIA (Comisión Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental Antártico) cuya sede está en Punta Arenas. 607

11 Biodiversidad de Chile, Patrimonio y Desafíos COOPERACIÓN AMBIENTAL REGIONAL Acuerdo Objetivos o compromisos para Chile Cumplimiento Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Natural y Cultural. Suscrito en noviembre de Entró en vigor en Chile el año Cada uno de los Estados Partes en la presente Convención reconoce que la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio, le incumbe primordialmente. Procurará actuar con ese objeto por su propio esfuerzo y hasta el máximo de los recursos de que disponga, y llegado el caso, mediante la asistencia y la cooperación internacionales de que se pueda beneficiar, sobre todo en los aspectos financiero, artístico, científico y técnico. Cerca de un 20 por ciento del territorio terrestre y 0,1 por ciento del territorio marítimo se encuentra bajo protección oficial. Se espera tener bajo protección a lo menos el 10 por ciento de la superficie de cada ecosistema relevante al ACUERDOS GLOBALES SUSCRITOS POR CHILE EN CAMBIO CLIMÁTICO Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Suscrita en en y CONAMA Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático Suscrito en en y CONAMA Elaborar un informe país (Primera Comunicación Nacional) que contenga al menos, un inventario nacional de gases de efecto invernadero con año base Adoptar un programa nacional de mitigación del cambio climático y desarrollar una estrategia de adaptación a sus impactos. Promover la transferencia tecnológica y cooperar en asuntos científicos, técnicos y educacionales. Promover el manejo sustentable, la conservación y la mejora de los sumideros y los reservorios (como bosques y océanos). Incorporar las preocupaciones por el cambio climático en las políticas relevantes en materia social, económica y ambiental. Promover la educación, la participación y el intercambio de información relativa al tema. Continuar con la implementación de sus compromisos frente a la Convención de Cambio Climático. Establecimiento de la Autoridad Nacional Designada para el Mecanismo de Desarrollo Limpio, MDL. Primera Comunicación Nacional presentada el año En esta publicación se incluye un análisis de vulnerabilidad de los recursos hídricos, la agricultura y el sector forestal a los impactos del cambio climático. Segunda Comunicación, en preparación al Establecimiento y operación de la Autoridad Nacional Designada para el MDL, a través del Acuerdo n 216/2003 del Consejo Directivo de CONAMA, de 27 de mayo de Promoción y Desarrollo de proyectos MDL: a octubre de 2005, la AND ha aprobado 15 proyectos MDL. 608

D.S. Nº531 de 1967 de RR.EE. (D.O. 4/10/67) D.S. Nº489 de 1979 de RR.EE. (D.O. 21/9/79) D.S. Nº361 de 1961 de RR.EE. (D.O.

D.S. Nº531 de 1967 de RR.EE. (D.O. 4/10/67) D.S. Nº489 de 1979 de RR.EE. (D.O. 21/9/79) D.S. Nº361 de 1961 de RR.EE. (D.O. Principales Acuerdos Internacionales Ambientales Suscritos por Chile Los Tratados Internacionales con incidencia ambiental, constituyen una fuente importante de Derecho Ambiental Internacional y contribuyen

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