SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA
|
|
- Ana Belén Blanco Ortiz
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA FOMENT DEL TREBALL (BARCELONA)
2 IRPF: consulta de datos fiscales RENO Resto accesos telemáticos Total Declaraciones EJERCICIO 2011 EJERCICIO 2012 EJERCICIO 2013 EJERCICIO 2014
3 ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE. IMPULSO DEL CUMPLIMIENTO 1. Simplificación obligaciones formales: Eliminación obligaciones informativas: Modelos 347, 340 y Información de contraste: Posibilidad de ofrecer Datos Fiscales En la Sede electrónica se dispondrá de un Libro Registro declarado y otro contrastado con la información de contraste (de terceros que opten por este sistema) Reducción de errores en el cumplimiento de las obligaciones formales y en las propias declaraciones 3. Ampliación del plazo de presentación de las autoliquidaciones: Primeros 30 días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación mensual
4 MEJORA EN EL CONTROL TRIBUTARIO EN LAS OPERACIONES ENTRE EMPRESARIOS 1. Obligación de llevar los Libros Registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante el suministro electrónico de los registros de facturación: - Se modifica la forma de cumplir con la obligación de llevar los Libros Registros del IVA : - Remitir el detalle de la facturación por vía electrónica - Libros Registros Electrónicos - No es una nueva obligación 2. Anticipa la información: se acerca el momento de la contabilización de las facturas al de realización efectiva de la operación económica 3. La información nace cruzada si cliente y proveedor están acogidos al sistema
5 MEJORA EN EL CONTROL TRIBUTARIO EN LAS OPERACIONES CON CONSUMIDORES FINALES 1. Se elimina la posibilidad de realizar asientos resúmenes cuando estemos ante facturas simplificadas o tiques - Se equiparan las obligaciones de información de facturas y tiques - Se refuerza el control sobre las operaciones efectuadas a través de las cajas registradoras. 2. La obligación de información individualizada de todos los tiques alcanza tanto a los emitidos como a los recibidos.
6 Nº y serie Fecha expedición Fecha operación Identif. Destinatario Base Imponible Tipo IVA (o IVA incl.) IVA repercutido RECC LIBRO REGISTRO FACTURAS EXPEDIDAS S.I.I. ID. Tipo factura (N, simplif. o rectif.) Rectif. Registral Descripción operación Facturas sustitutivas: Identif fac. sustituida o las modificaciones) Rég. Especiales (Rec. Equival., Agencias viaje, REBU, RECC) Operación exenta/no sujeta Facturación por destinatario Inversión sujeto pasivo Período de liquidación Acuerdo AEAT facturación Operaciones con trascendencia tributaria
7 Nº recepción Fecha expedición Fecha operación Identif. Expedidor Base imponible Tipo IVA (o IVA incl.) IVA soportado RECC AIB Inversión SP/Oro Inversión LIBRO REGISTRO FACTURAS RECIBIDAS S.I.I. Nº y serie Fecha expedición Fecha operación Identif. Expedidor Base Imponible Tipo IVA (o IVA incl.) IVA soportado deducible del período de liquidación RECC AIB Inversión SP/Oro inversión Rectifi. Registral Descripción operación Regímenes especiales (Agencias Viaje, REBU, RECC) Facturación por destinatario Inversión Spasivo Período liquidación Fecha contable y Nº DUA (Importaciones) Operaciones trascendencia tributaria
8 SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN: ANÁLISIS DEL NUEVO SISTEMA 1. COLECTIVO: Obligatorio - Grandes empresas - Grupos de IVA - Devolución Mensual Período liquidación mensual Optativo para las restantes empresas (declaración censal a principios de año). Se trataría de un colectivo de empresas que suponen el 80% del total de la facturación por IVA en España 2. IMPLANTACIÓN: A partir del 2017 Prueba piloto en 2016
9 SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN: PLAZOS DE ENVÍO - Facturas expedidas: Envío del registro de la facturación en un plazo de 4 días naturales, excluyendo del cómputo sábados, domingos y festivos nacionales, desde la fecha de expedición de la factura ( 8 días para las facturas expedidas por terceros) Mismo plazo para facturas simplificadas - Facturas recibidas: Envío del registro de la facturación en un plazo de 4 días naturales, excluyendo del cómputo sábados, domingos y festivos nacionales desde la fecha de registro contable de la factura En importaciones y exportaciones, 4 días desde la fecha de admisión del documento de aduanas
10 SII: MODOS DE REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN 1. Modo principal: Envío inmediato, de forma continua mediante web service. Desde el propio sistema de facturación se envía la información (agrupada según sus ciclos de proceso), con un margen de pocos días desde la expedición de la factura. 2. Modo excepcional: Cumplimentación de un formulario web para aquellos sujetos pasivos que realizan muy pocas operaciones.
11 El SII es, fundamentalmente, un proceso entre máquina y máquina y síncrono. XML Registros facturación Sistema del usuario XML Respuesta Sistema de la AEAT
12 PRUEBA PILOTO: PLAZOS DISPONIBILIDAD DE INICIO: 11 de enero de ENVÍO DE INFORMACIÓN: A partir del 11 de enero y hasta el 30 de abril las empresas participantes podrán iniciar el envío de los datos de facturas expedidas y recibidas: Enviando los datos de todas las operaciones del año. (Se recomienda) Enviando solo los datos de las operaciones realizadas desde ese momento. 2ª FASE PRUEBA PILOTO: A partir del 1 de julio podrá abrirse la posibilidad de que nuevas empresas se incorporen a la Prueba Piloto.
13 PRUEBA PILOTO - Documentación (provisional): Documentación técnica publicada en la página de la AEAT para Desarrolladores
14 - Descripción del Sistema - Guía de Implementación (Descripción del servicio web) - Validaciones - Bloques Funcionales - Esquemas de libros registro
15 _menu_/documentacion/iva/suministro_inmediato_de_informacion SII_/Suministro_Inmediato_de_Informacion SII_.html
16 Diseño de Registros (bloques funcionales)
17 MARCO NORMATIVO (I) - Ley 37/1992, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido: Modificación del artículo 164.Uno.4º : Llevar la contabilidad y los registros que se establezcan en la forma definida reglamentariamente, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código de Comercio y demás normas contables - Ley General Tributaria. Artículo 200. Infracción tributaria por incumplir obligaciones contables y registrales. 1.g) El retraso en la obligación de llevar los Libros Registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante el suministro de los registros de facturación en los términos establecidos reglamentariamente. 3. El retraso en la obligación de llevar los Libros Registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante el suministro de los registros de facturación en los términos establecidos reglamentariamente, se sancionará con multa pecuniaria proporcional de un 0,5 por ciento del importe de la factura objeto del registro, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de euros.
18 MARCO NORMATIVO (II) PROYECTO DE REAL DECRETO PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA E IMPULSO DEL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA GESTIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Modificación del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido: Llevanza de los Libros Registro a través de la Sede electrónica Plazo de presentación e ingreso de las declaraciones Modificación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, RD 1619/2012, de 30 de noviembre) - Para los SP que cumplan la obligación de expedir factura por un tercero o por el destinatario se establece la obligación de que lo comuniquen mediante la presentación de una declaración censal. - Se unifican de los plazos de remisión de las facturas con los de emisión, hasta el 16 del mes siguiente. Modificación del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007: Eliminación Modelo 347 Eliminación Modelo 340
19 MODIFICACIÓN RIVA: Devolución IVA viajeros Uno. Devolución IVA de viajeros. Modificación art 9.1 B) 2º. - Se habilita la posibilidad de tramitar la devolución del IVA de viajeros mediante un procedimiento electrónico basado en la expedición de un documento electrónico de reembolso. - Contenido del documento electrónico de reembolso: el que figue en la Sede electrónica de la AEAT. - La obligación de expedir factura por estas operaciones se mantiene.
20 MODIFICACIÓN RIVA Dos. REDEME. Modificación art 30 apartado10. - Se elimina la obligación de presentar el modelo 340 para los sujetos pasivos inscritos en REDEME Tres. Régimen de grupos. Modificación art 61 ter apartado 3. Se amplía el plazo de presentación de las autoliquidaciones de IVA. - Hasta los primeros treinta días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual, o - Hasta el último día del mes de febrero en el caso de la autoliquidación del mes de enero.
21 MODIFICACIÓN RIVA: regulación SII Cuatro. Regulación de la obligación del SII y colectivo. Nuevo apartado 6 del artículo 62. a) Los libros registro de IVA deberán llevarse a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación. b) Obligados: - Empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del Impuesto, que tengan un periodo de liquidación que coincida con el mes natural de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.3 del RIVA. - Los obligados tributarios no incluidos en el párrafo anterior que opten. c) Forma de realizar el suministro: De acuerdo con los campos de registro que apruebe por Orden el Ministro de Hacienda y AAPP.
22 LIBRO REGISTRO FACTURAS EMITIDAS (I) Cinco. Libro registro de facturas expedidas. Modificación de los apartados 2, 3 y 4 del artículo 63. Las entidades incluidas en el SII, además de la información común que deben registrar respecto de las facturas expedidas, deberán suministrar la siguiente información : a) Tipo de factura expedida, indicando si se trata de una factura completa o, simplificada. Otras identificaciones: factura expedida por terceros, recibo REAGP. b) Identificar si se trata de una rectificación registral del art 70 RIVA. c) Descripción de las operaciones. d) Identificación de las facturas rectificativas y la referencia a la factura rectificada o, en su caso, las especificaciones que se modifican. e) En el caso de facturas que se expidan en sustitución o canje de facturas simplificadas expedidas con anterioridad, se incluirá la referencia de la factura o las especificaciones que se sustituyen.
23 f) Las menciones a que se refieren las letras j) y l) a p) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Operación exenta. Factura expedida por el adquirente. ISP LIBRO REGISTRO FACTURAS EMITIDAS (II) Régimen especial de agencias de viajes. REBU, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. Criterio de caja. g) Periodo de liquidación de las operaciones que se registran a que se refieren las facturas expedidas. h) Si son exportaciones: fecha de admisión DUA h) Otra información con trascendencia tributaria arts 33 a 36 RGAT Las entidades incluidas en el SII no podrán realizar asientos resúmenes de facturas simplificadas expedidas.
24 LIBRO REGISTRO FACTURAS RECIBIDAS (I) Seis. Libro registro de facturas recibidas. Modificación de los apartados 3,4 y 5 del artículo 64. Las entidades incluidas en el SII, además de la información común que deben registrar respecto de las facturas expedidas, deberán suministrar la siguiente información : a) Número y, en su caso, serie que figure en la factura, que sustituirá al número de recepción utilizado por quienes no estén incluidos en el artículo 62.6 de este Reglamento. b) Identificación, en su caso, de si se trata de una rectificación registral a que se refiere el artículo 70 de este Reglamento. c) Descripción de las operaciones
25 LIBRO REGISTRO FACTURAS RECIBIDAS (II) d) Las menciones a que se refieren las letras j) y l) a p) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre: Operación exenta. Factura expedida por el adquirente. ISP Régimen especial de agencias de viajes. REBU, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. Criterio de caja. e) Cuota tributaria deducible. f) Periodo de liquidación en el que se registran las operaciones a que se refieren las facturas recibidas. En el supuesto de operaciones de importación, se consignará la fecha de admisión a despacho de la declaración en Aduana y número del correspondiente documento aduanero. g) Otra información con trascendencia tributaria arts 33 a 36 RGAT Las entidades incluidas en el SII no podrán realizar asientos resúmenes de facturas simplificadas recibidas
26 LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN Siete. Libro registro de bienes de inversión. Modificación del apartado 6 del artículo 65. El suministro de la totalidad de los registros deberá realizarse una vez al año. - En el plazo de presentación correspondiente al último periodo de liquidación de cada año natural. - Si se causa baja en el censo: en el plazo de presentación correspondiente a la última declaración-liquidación del Impuesto que tengan la obligación de presentar.
27 ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICACIÓN RIVA Ocho. Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias. Nuevo apartado 3 del artículo 66. Establece que para entidades incluidas en el SII la llevanza de este libro también deberá realizarse a través de la Sede de la AEAT. Nueve. Contenido de los documentos registrales. Modifica el número 2º del artículo 67. Se añade que los libros registro deberán permitir determinar en cada período de liquidación la cuota tributaria deducible. Diez. Requisitos formales. Nuevo apartado 4 del artículo 68. Se establece que lo dispuesto en este artículo respecto a las anotaciones realizadas en los libros en papel no será de aplicación a las entidades incluidas en el SII.
28 RÉGIMEN OPCIONAL Once. Opción por la llevanza electrónica de los libros registro. Se añade un nuevo artículo 68 bis. - Plazo: durante el mes de noviembre anterior al año natural en el que deba surtir efecto mediante la presentación de la correspondiente declaración censal o al comienzo de la actividad. - Duración: se entiende prorrogada en tanto no haya renuncia y se debe cumplir al menos durante el año natural en que se opte. Renuncia: - Plazo: durante el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto mediante la presentación de la correspondiente declaración censal Exclusión REDEME: quedan excluidos del SII desde el primer día del período de liquidación en el que se haya notificado el respectivo acuerdo de exclusión. Cese REGE: cesan en el SII desde que se produzca el cese en el REGE
29 PLAZOS DE REMISIÓN (I) a) Facturas expedidas: 4 días naturales ( 8 en caso de facturas expedidas por un tercero) - Desde la expedición de la factura. - En las exportaciones, desde la fecha de admisión del DUA. En cualquier caso el suministro debe realizarse antes del día 16 del mes siguiente al devengo b) Facturas recibidas: 4 días naturales - Desde el registro contable de la factura. - En las importaciones, desde el registro contable del DUA. En cualquier caso el suministro debe realizarse antes del día 16 del mes siguiente al período de declaración en el que se hayan incluido.
30 PLAZOS DE REMISIÓN (II) c) Determinadas operaciones intracomunitarias: 4 días naturales. - Desde el inicio de la expedición o transporte. - Desde la recepción de los bienes. Cómputo del plazo: se excluirán los sábados, los domingos y los declarados festivos nacionales. d) Operaciones afectadas por criterio de caja: Se aplican los plazos generales para: - La expedición o recepción de las facturas. - Respecto de la realización de cobros o pagos. e) Rectificaciones registrales: Antes del día 16 del mes siguiente al final del periodo al que se refiera la declaración en la que deban tenerse en cuenta.
31 PERIODO DE LIQUIDACIÓN Trece. Rectificación de las anotaciones registrales. Se modifica el artículo 70. Las entidades incluidas en el SII estarán obligadas a suministrar información sobre las anotaciones registrales en el plazo establecidos en el artículo 69 bis. 3. Catorce. Período de liquidación. Se añade un nº 5 ala apartado 3 y se modifica el apartado 4 del artículo Las entidades que opten por el SII tendrán período de liquidación mensual. - El período de liquidación de las entidades incluidas en el SII se amplía hasta: Los 30 primeros días naturales del mes siguiente, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la autoliquidación de enero.
32 Uno. Declaración censal de alta. Modificación Art 9.3 Se añaden dos nuevas letras: MODIFICACIÓN RGAT (I) q) Se incluye la posibilidad de optar por el SII. r) Se incluye la comunicación de la opción de facturación por terceros. Dos. Declaración censal de modificación. Art 10.2 h) Se incluye la posibilidad de revocar la opción del SII. p) Se incluye la posibilidad de optar por el SII después del inicio de actividad. q) Se incluye la comunicación de la opción de facturación por terceros. Tres. Excluidos de la presentación del modelo 347. Art 32 Se elimina la obligación de presentación del 347 para las entidades incluidas en el SII ( nueva letra f)
33 MODIFICACIÓN RGAT (II) Cuatro. Obligación de presentar el modelo 340. Art 36. Se elimina la obligación de presentar el modelo 340 para las entidades inscritas en REDEME ( quedan obligadas al SII) Cinco.Dilaciones. Art Se incluye como nuevo supuesto de dilación el incumplimiento del SII. - Efectos: hasta la fecha de suministro de los detalles de registro.
34 REGLAMENTO DE FACTURACIÓN Uno. Facturación por los destinatario o por terceros. Art 5.1 Las entidades incluidas en el SII que utilicen esta opción, o la renuncia a la misma, deben comunicarlo presentando una declaración censal, indicando la fecha de efectos. Dos. Plazo de remisión de las facturas. Art.18. Se equipara al plazo de expedición de las facturas: antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la operación.
35
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN NUEVA GESTIÓN DEL IVA IRPF: consulta de datos fiscales RENO Resto accesos telemáticos Total Declaraciones 19.966.999 19.831.735 19.522.907 19.287.731 4.006.205 3.324.244
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN 1 Suministro Inmediato de Información: análisis del nuevo sistema 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IVA. Nuevo sistema
Más detallesDepartamento de Gestión Tributaria. Madrid, 22 diciembre 2016
Madrid, 22 diciembre 2016 Suministro Inmediato de Información: análisis del nuevo sistema 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IVA. Se modifica el sistema
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Suministro Inmediato de Información: análisis del nuevo sistema 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? SetratadeuncambiodelsistemadegestiónactualdelIVA. SemodificaelsistemadellevanzadeloslibrosregistrodelIVAquese
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IVA. Se modifica el sistema de llevanza de los libros registro del IVA que se realizará
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Foro Asociaciones y Colegios de Prof. Tributarios: G.T para el impulso de la Colaboración Social 26 de noviembre de 2014 Asistencia al contribuyente Datos fiscales OBJETIVO
Más detalles1. OBJETIVO: 2. ÁMBITO SUBJETIVO (art y º RIVA)
ASUNTO.- REAL DECRETO 596/2016 DE 2 DE DICIEMBRE (BOE 6/12/2016), REGLAMENTO IVA, FACTURACION Y TRANSMISION DE DATOS A TRAVES DE SEDE ELECTRONICA DE LA AEAT- SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) El
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Qué es el SII? MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL IVA. No es una nueva obligación, sino una nueva forma de cumplir la obligación de llevar los libros registros del IVA,
Más detallesCABEDO ABOGADOS & ECONOMISTAS
CABEDO ABOGADOS & ECONOMISTAS Dictámenes Periciales Auditorías Contables. Informes Económicos. Due Dilligence. Asesoría Fiscal y Contable. - NOVEDAD TRIBUTARIA INTRODUCIDA POR EL REAL DECRETO 596/2016,
Más detallesREUNION FORO DE ASESORES
REUNION FORO DE ASESORES 2 de junio de 2015 Agilización del procedimiento de comprobación de devoluciones: "VERIFICA" FINALIDAD Desarrollar la posibilidad de que los contribuyentes del IRPF puedan corregir
Más detallesBarcelona, a 14 de diciembre de 2016
Regulación y entrada en vigor del Sistema Inmediato de Información (SII) a consecuencia de la aprobación del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre de 2016 El pasado martes 6 de diciembre de 2016 se
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA LA MODERNIZACIÓN,
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA E IMPULSO DEL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA GESTIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL
Más detallesNOVEDADES FISCALES: IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
NOVEDADES FISCALES: IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Diciembre 2016 APROBACIÓN DEL SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE LA INFORMACIÓN El pasado día 6 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial
Más detallesNuevo sistema de Suministro Inmediato de Información en el ámbito del IVA
Transcom Legal Services http://www.transcomlegal.com Nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información en el ámbito del IVA BOE de 6 de diciembre de 2016 REAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA
Más detallesSUMINISTRO S DE INFORMACIÓN INMEDIATA SII
SUMINISTRO S DE INFORMACIÓN INMEDIATA SII 1 Qué es el SII Nuevo sistema de llevanza de los libros registro del IVA, que se realizará a través de la sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro de
Más detalles5. Aplicación del SII a los Grupos de Entidades en IVA y contribuyentes en REDEME. Posibilidad de renuncia al régimen. 8
Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el
Más detallesDepartamento de Gestión Tributaria. 1 de marzo 2017
1 de marzo 2017 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? 2. OBJETIVOS 3. COLECTIVO 4. VENTAJAS DEL SISTEMA 5. PLAZOS DE ENVIO 6. INFORMACIÓN A SUMINISTRAR 7. CAMBIOS NORMATIVOS: LEGALES Y REGLAMENTARIOS 8. NUEVO CONVENIO
Más detalles- El Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
REAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA E IMPULSO DEL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA GESTIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO El 2 de diciembre de 2016 se aprobó el
Más detallesClaves del nuevo Sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA
Claves del nuevo Sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA Objetivos Características del SII Contenido Colectivo obligado Fechas de Implantación Ventajas de la implantación del SII Para
Más detallesNewsLetter Asesoría Financiera, S.A.
NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 28/2016 (16 de diciembre 2016). ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable Área de Fiscalidad El Nuevo Suministro inmediato de información
Más detallesComo de costumbre, quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.
C I R C U L A R 2 0 / 2 0 1 6 APROBACIÓN DE SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN INMEDIATA IVA Oviedo, 7 de diciembre de 2016 Muy señores nuestros: Con fecha 6 de diciembre se ha publicado en el Boletín
Más detallesBREVE RECAPITULACIÓN SOBRE EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) DEL IVA
BREVE RECAPITULACIÓN SOBRE EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) DEL IVA 9 de marzo de 2017 BREVE RECAPITULACIÓN SOBRE EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) DEL IVA Tal como informamos
Más detallesNuevo sistema de suministro de información inmediata
Assessors Nuevo sistema de suministro de información inmediata José Mª Tocornal Inspector Agencia Estatal de la Administración Tributaria 7 de febrero de 2017 PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN SII HACIENDA FORAL DE GIPUZKOA. Apunte Técnico 07/17 de fecha 5 de octubre de 2017
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN SII HACIENDA FORAL DE GIPUZKOA SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION - AEAT 1 NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN)
Más detallesGUÍA PRÁCTICA / 2 SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN RELATIVA AL IVA
GUÍA PRÁCTICA / 2 SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN RELATIVA AL IVA ÍNDICE Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos
Más detallesCIRCULAR NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII).
CIRCULAR 11-2015 NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII). Les remitimos la presente nota a fin de informarles sobre una importante novedad que se introduce en el sistema de liquidación
Más detallesFLASH FISCAL. La AEAT cada vez más cerca: El nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII)
FLASH FISCAL La AEAT cada vez más cerca: El nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) Barcelona, 23 de Febrero de 2017 El pasado 6 de diciembre de 2016 se aprobó el Real Decreto 596/2016,
Más detallesEL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
C I R C U L A R 0 1 / 2 0 1 6 EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) Oviedo, 31 de enero de 2016 El pasado 30 de julio se remitió para información pública el texto del Proyecto de Real
Más detallesSistema de Suministro Inmediato de Información
Sistema de Suministro Inmediato de Información En el BOE del pasado día 6 de diciembre se publicaba el Real Decreto 596/2016, de 2 diciembre, mediante el cual se aprobaba definitivamente el anunciado Sistema
Más detallesC) Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA
C) Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA 1. Introducción Este Real Decreto, modifica los reglamentos del
Más detallesLA AGENCIA TRIBUTARIA LANZA UN NUEVO SISTEMA PARA CONTROLAR EL IVA. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)
LA AGENCIA TRIBUTARIA LANZA UN NUEVO SISTEMA PARA CONTROLAR EL IVA. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) El cambio planteado consiste en establecer la obligación de remitir el detalle de registro
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS DICIEMBRE 2016 INDICE I. INTRODUCCIÓN... 2 II. REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO... 9
NOVEDADES TRIBUTARIAS DICIEMBRE 2016 INDICE I. INTRODUCCIÓN... 2 II. REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO... 9 III. REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTUACIONES Y LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN E INSPECCIÓN
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Departamento de Gestión Tributaria 1 ASPECTOS GENERALES DEL S.I.I. Departamento de Gestión Tributaria 2 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se trata de un cambio del sistema
Más detallesSuministro Inmediato de Información (SII): Preguntas y Respuestas
Suministro Inmediato de Información (SII): Preguntas y Respuestas Diciembre 2016 Las implicaciones Como es conocido, el próximo 1 de julio de 2017, las grandes empresas y otras en declaración mensual del
Más detallesSuministro Información Inmediata SII. Este documento es propiedad de BUFETE ESCURA Tel.:
Suministro Información Inmediata SII Suministro de Inmediato de Información (SII) Como continuación a las últimas circulares publicadas por Bufete Escura respecto del Sistema de Inmediato de Información
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Departamento de Gestión Tributaria CAMBIOS NORMATIVOS (II): MODIFICACIÓN REGLAMENTARIA Modificación Reglamentaria (RD 596/2016): Modificación del Reglamento del Impuesto
Más detallesREAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA E IMPULSO DEL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA GESTIÓN DEL IVA
CIRCULAR INFORMATIVA Nº 2 REAL DECRETO 596/2016, DE 2 DE DICIEMBRE, PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA E IMPULSO DEL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA GESTIÓN DEL IVA Sr. / Sra., A continuación les mostramos
Más detallesNota sobre el Real Decreto 596/2016, de 2 de Diciembre.
Nota sobre el Real Decreto 596/2016, de 2 de Diciembre. 1 Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre
Más detallesSuministro Inmediato de Información del IVA (SII)
Miembro de Nº 32 / Diciembre 2016 Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) El pasado 7 de diciembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización,
Más detallesCurso sobre el Suministro Inmediato de Información SII. Profesora Ana Villa Sauci Abogada y Economista
Curso sobre el Suministro Inmediato de Información SII Profesora Ana Villa Sauci Abogada y Economista ana@villaterra.es Cuestiones a resolver 1. Normativa aplicable Real Decreto 596/2016, principales novedades
Más detallesSuministro Información Inmediata SII. Este documento es propiedad de BUFETE ESCURA Tel.:
Suministro Información Inmediata SII 1. Qué es el Suministro de Inmediato de Información? Normativa: RD 596/2016, de 2 de Diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos
Más detallesNOVEDADES FISCALES Número 8/2016
NOVEDADES FISCALES Número 8/2016 2 Tal y como se había venido advirtiendo, el pasado 2 de diciembre el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora
Más detallesQuiter Servicios Informáticos S. L.
Quiter Servicios Informáticos S. L. NOTA INFORMATIVA Suministro inmediato de información del I.V.A. (SII) Índice INTRODUCCIÓN... 3 REGISTROS DE FACTURACIÓN... 5 Libro de registro de facturas emitidas...5
Más detallesEl SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN INMEDIATA Y OTRAS NOVEDADES TRIBUTARIAS
El SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN INMEDIATA Y OTRAS NOVEDADES TRIBUTARIAS Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre El pasado martes 6 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real
Más detallesGuía OfiPro del SII Suministro Inmediato de Información del IVA
Guía OfiPro del SII Suministro Inmediato de Información del IVA Nota del autor Esta Guía explica brevemente qué es el SII, qué empresas deben acogerse a él y cómo empezar a aplicarlo. Hemos procurado hacer
Más detallesModificaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre
Nota informativa número 07 Enero 2018 Modificaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre En el Boletín Oficial del Estado de 30 de diciembre se
Más detallesAPROBADO EL NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN DEL IVA BASADO
APROBADO EL NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN DEL IVA BASADO EN EL SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) Y OTRAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE IVA En el BOE del día 06-12-2016, se ha publicado el Real Decreto
Más detallesAgencia Tributaria SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (S.I.I.)
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (S.I.I.) 1 ÍNDICE CUESTIONES PÁGINA 1. Cómo se gestiona actualmente el IVA? 3 2. Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)? 5 3. Por qué se implanta
Más detallesNOVEDADES TÉCNICAS EN INFORMATIVAS 2016 Y OTROS SERVICIOS. Delegación Especial de Cataluña 1
NOVEDADES TÉCNICAS EN INFORMATIVAS 2016 Y OTROS SERVICIOS Delegación Especial de Cataluña 1 Nuevo Portal de Informativas 2016 http://www.agenciatributaria.es/aeat.internet/inicio/la_agencia_tributaria/campanas/_campanas_/declaraciones_informativas/declaraciones_informativas.shtml
Más detallesNOVEDADES FISCALES Número 3/2015
Número 3/2015 2 NOVEDADES FISCALES INTRODUCCIÓN El pasado mes de julio, se publicó el Proyecto de Real Decreto para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto
Más detallesDepartamento de Gestión Tributaria. 18 de mayo de 2018
18 de mayo de 2018 1. REAL DECRETO 1075/2017, de 29 de diciembre. 2. NOVEDADES VERSIÓN 1.1. 1 de julio de 2018. 3. CONSULTA DE DATOS E INFORMACIÓN DE CLIENTES / PROVEEDORES Y OTRAS MEJORAS. 2 1. REAL DECRETO
Más detallesLa entrada en vigor del sistema de suministro inmediato de información (SII): especial referencia a sus consecuencias para el sector asegurador
La entrada en vigor del sistema de suministro inmediato de información (SII): especial referencia a sus consecuencias para el sector asegurador Pilar Álvarez Barbeito Profesora titular de Derecho Financiero
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Departamento de Gestión Tributaria SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN: ANÁLISIS DEL NUEVO SISTEMA 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se modifica el sistema de llevanza de los
Más detallesSuministro Inmediato de Información (S.I.I.)
Suministro Inmediato de Información (S.I.I.) Antes de ponernos a procesar la información a enviar dentro de este sistema debemos tener una información básica sobre este y configurar ciertas opciones dentro
Más detalles17 de noviembre de Departamento de Gestión Tributaria 1
17 de noviembre de 2017 Departamento de Gestión Tributaria 1 1. MODIFICACIONES RIVA Y REG.FACTURACIÓN. 2. MODIFICACIONES ORDEN MINISTERIAL. 3. OTRAS CUESTIONES. 4. SERVICIOS DE AYUDA: CONTRASTE. Departamento
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII):
Relación de las principales medidas enlazadas con resumen detallado ENTRADA EN VIGOR: El RD 596/2016 entrará en vigor el 1 de JULIO de 2017, salvo excepciones. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII):
Más detallesLa información a suministrar a través del SII, además de la información habitual será:
Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el que se modifican el Reglamento
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN 15 febrero - 2017 1 Referencias 2 Información oficial Suministro Inmediato de Información - SII http://www.agenciatributaria.es/aeat.internet/inicio/la_agen cia_tributaria/campanas/suministro_inmediato_de_informa
Más detallesSISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) Introducción La Hacienda Foral de Álava ha implantado, a partir de 1 de enero de 2018, un nuevo sistema de gestión del IVA basado en el Suministro
Más detallesSuministro Inmediato de Información del IVA SII
Suministro Inmediato de Información del IVA SII 12 de junio de 2017 1 Suministro Inmediato de Información del IVA 1. Objetivos del SII 2. Qué es el SII y cómo afecta a las empresas? 3. Cuándo se implantará
Más detallesBRUGUERAS, ALCÁNTARA A & GARCÍA-BRAGADO ABOGADOS. La AEAT informa en la página web de la
La AEAT informa en la página web de la Consulta vinculante de la Dirección General de Tributos nº V1588-17, de 20 de junio de 2017, sobre la obligatoriedad de los Libros registro de IVA en el caso de entidades
Más detallesAfecta el SII a todos los sujetos pasivos del IVA?
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) Los empresarios o profesionales acogidos al SII están obligados a llevar a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los
Más detallesALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS
Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA. BOE 06-12-2016 ÍNDICE enlazado con texto íntegro. ENTRADA EN VIGOR:
Más detallesSISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) Introducción La Hacienda Foral de Álava tiene previsto implantar, a partir de 1 de enero de 2018, un nuevo sistema de gestión del IVA basado
Más detallesModernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA Real Decreto 596/2016 RESUMEN BOE
Modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA Real Decreto 596/2016 RESUMEN BOE 06-12-2016 Relación de las principales medidas enlazadas con resumen detallado (Pág.1/9)
Más detallesNuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) en el IVA
Nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) en el IVA Nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) en el IVA 1. Sistema SII... 2 1.1. Qué es?... 2 1.2. A qué afecta?... 2 1.3.
Más detallesDOCUMENTO SOMETIDO A TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA 11 DE OCTUBRE DE 2017
DOCUMENTO SOMETIDO A TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA 11 DE OCTUBRE DE 2017 PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICAN LA ORDEN HFP/417/2017, DE 12 DE MAYO, POR LA QUE SE REGULAN LAS ESPECIFICACIONES NORMATIVAS
Más detallesGuía fácil sobre el SII
Guía fácil sobre el SII SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN SII 2 Guía fácil sobre el SII ÍNDICE 1. Qué es el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII)?...3 2. A quién afectará este
Más detallesMODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (RD 1624/1992) PRODUCIDAS POR EL RD
MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (RD 1624/1992) PRODUCIDAS POR EL RD 1075/2017 Redacción con efectos hasta el 31-12-2017 Redacción con efectos desde 1-1-2018 Artículo
Más detallesSistema de Suministro Inmediato de Información (SII) Este documento es propiedad de BUFETE ESCURA Tel.
Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) Parte I El Sistema de Suministro Inmediato de Información de IVA (SII) desde el punto de vista contable - fiscal Normativa La regulación del Sistema
Más detalles(BOE 6 de diciembre de 2016) T a b l a c o m p a r a t i v a Disposiciones Modificadas
Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE 6 de diciembre de 2016) T a b l a
Más detallesEl nuevo SII será aplicable con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente:
Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido. El día 6 de diciembre de 2016 se ha publicado
Más detallesKRITERERP - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)
SUMINISTRO INMEDIATO DE Recuerda INFORMACIÓN nuestro hashtag! (SII) 1 BIENVENIDOS AL WEBINAR SII: QUÉ ES Y QUÉ IMPLICA? ROGAMOS MÁXIMA PUNTUALIDAD A LOS ASISTENTES AL FINALIZAR HABRÁ UN TURNO DE PREGUNTAS
Más detallesImplantación del Suministro Inmediato de Información (SII) a efectos del IGIC
Implantación del Suministro Inmediato de Información (SII) a efectos del IGIC Introducción La Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias ha publicado recientemente el Proyecto de Decreto por el que
Más detallesDEPARTAMENTO FISCAL MODIFICACIONES TRIBUTARIAS ENCAMINADAS A LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y MODERNIZACION DEL IVA.
DEPARTAMENTO FISCAL MODIFICACIONES TRIBUTARIAS ENCAMINADAS A LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y MODERNIZACION DEL IVA. INTRODUCCIÓN En El Boletín Oficial del estado de 6 de diciembre se publicó el Real Decreto
Más detallesDepartamento de Informática Tributaria
1 II. CONTENIDO BANNER SII (I): 2 2 II. CONTENIDO BANNER SII (II): Estructura del Banner: 3 3 LIBROS REGISTRO LIBROS REGISTRO S.I.I. Se informa sobre ciertos datos con trascendencia tributaria (DESAPARECE
Más detallesConsulta Vinculante V , de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo
Consulta Vinculante V1588-17, de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo LA LEY 1474/2017 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Obligaciones formales. Llevanza de los libros
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION - SII
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO 1075/2017, DE 29 DE DICIEMBRE (BOE del DÍA 30) EN RELACIÓN CON EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION
Más detallesArtículo 2. Objeto y contenido de la información a suministrar en el Libro registro de facturas expedidas.
ORDEN FORAL /2017, de, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del Impuesto
Más detallesSistema de Suministro de Información Inmediata (SII) Huelva, abril 2017
Sistema de Suministro de Información Inmediata (SII) Huelva, abril 2017 MARCO NORMATIVO REAL DECRETO 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos
Más detallesINSTRUCCIONES SOBRE LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR EN LA DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340.
INSTRUCCIONES SOBRE LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR EN LA DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340. La información se suministrará en un único fichero en el que se incluirá el contenido de los Libros Registro a
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) N o v e d a d e s f i s c a l e s 2.0 1 7 D e p a r t a m e n t o F i s c a l 1 M o n f o r t y C a i x á s A s o c i a d o s, S.L. REAL DECRETO 596/2016,
Más detallesNOTA NOVEDADES SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN REAL DECRETO 1075/2017, DE 29 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN EL
NOTA NOVEDADES SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN REAL DECRETO 1075/2017, DE 29 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1624/1992,
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA Fiscal
COMPENDIO DE NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) Y EN EL RÉGIMEN SANCIONADOR POR INFRACCIONES DEL MISMO, Y MODIFICACIONES EN LAS FECHAS DE PRESENTACIÓN DE
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Proyecto de DECRETO FORAL por el que se modifican el reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y el reglamento que regula las obligaciones de facturación. EXPOSICIÓN
Más detallesKRITERERP - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)
SUMINISTRO INMEDIATO DE Recuerda INFORMACIÓN nuestro hashtag! (SII) 1 BIENVENIDOS AL WEBINAR SII: QUÉ ES Y QUÉ IMPLICA? SE RUEGA MÁXIMA PUNTUALIDAD A LOS ASISTENTES AL FINALIZAR HABRÁ UN TURNO DE RUEGOS
Más detallesCIRCULAR MONOGRAFICA, NOVIEMBRE 2017 SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) EN LOS TERRITORIOS FORALES
ACTUALIDAD CIRCULAR MONOGRAFICA, NOVIEMBRE 2017 SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) EN LOS TERRITORIOS FORALES I N D I C E Página I-. ANTECEDENTES. II-. ÁMBITO OBJETIVO Y OBLIGACIONES DE COMUNICACIÓN.
Más detallesORDEN FORAL /2017, de, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por que
ORDEN FORAL /2017, de, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del Impuesto
Más detallesIVA.RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA. Dependencia Regional Gestión Tributaria Valencia
IVA.RÉGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA Dependencia Regional Gestión Tributaria Valencia NORMATIVA Directiva 2006/112/CE del IVA arts 66 y 167 bis (Directiva 2010/45/UE) Ley 14/2013 de 27 de septiembre,
Más detallesDepartamento de Gestión Tributaria. 14 de JUNIO de 2018 V TALLER DE TRIBUTACIÓN MADRID 2018 THOMSON REUTERS FORMACIÓN
14 de JUNIO de 2018 V TALLER DE TRIBUTACIÓN MADRID 2018 THOMSON REUTERS FORMACIÓN 1. BALANCE 2017 2018. 2. REAL DECRETO 1075/2017, de 29 de diciembre. 3. NOVEDADES VERSIÓN 1.1. 4. CONSULTA DE DATOS E INFORMACIÓN
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN 29 de mayo de 2017 1. QUÉ ES EL SII? 2. OBJETIVOS 3. COLECTIVO 4. VENTAJAS 5. PLAZOS E INFORMACIÓN A SUMINISTRAR 6. CAMBIOS NORMATIVOS: LEGALES Y REGLAMENTARIOS 7. IMPLANTACIÓN
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294 Martes 6 de diciembre de 2016 Sec. I. Pág. 85173 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 11575 Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora
Más detallesSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN. Departamento de Gestión Tributaria
SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Departamento de Gestión Tributaria SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN: ANÁLISIS DEL NUEVO SISTEMA 1. QUÉ ES EL PROYECTO SII? Se modifica el sistema de llevanza de los
Más detalles2 marzo Departamento de Informática Tributaria
2 marzo - 2017 1 Referencias 2 Información oficial Suministro Inmediato de Información - SII http://www.agenciatributaria.es/aeat.internet/inicio/la_agen cia_tributaria/campanas/suministro_inmediato_de_informa
Más detallesEL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII)
EL NUEVO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IVA (SII) El Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA trae
Más detalles