La Gaceta Nº 139, lunes 21 de julio de 1997 Nº MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "La Gaceta Nº 139, lunes 21 de julio de 1997 Nº MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES"

Transcripción

1 La Gaceta Nº 139, lunes 21 de julio de 1997 Nº MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política y las leyes números 3503 del 10 de mayo de 1965 y sus reformas; 4786 de 5 de julio de 1971 y sus reformas; 7331 del 13 de abril de 1993; 5060 del 22 de agosto de 1972 y sus reformas y 6324 del 24 de mayo de Considerando: 1º- Que existen en nuestro país una serie de carreteras que por sus características geométricas y de operación, difieren radicalmente de las otras vías, dado el alto volumen de vehículos que circulan por las mismas y las velocidades de diseño y operación que presentan, todo lo cual requiere se reglamente el acceso de vehículo, por cuanto estas carreteras requieren su especial cuidado de la administración para minimizar los riesgos de accidentes. 2º- Por estas razones, y con fundamento en la necesidad actual de regular el tránsito de vehículos en las carreteras del país, se hace indispensable evitar la ocupación y utilización indebida que se hace de los derechos de vía, para habilitar a las propiedades colindantes de accesos desde y hacia estas carreteras, que conllevan inevitablemente a la realización de indebidas e irresponsables maniobras de los conductores, y por ende, a potenciales y evidentes accidentes de tránsito, todo en perjuicio de la integridad física de los peatones, pasajeros de transporte remunerado y los mismos conductores. Por tanto, DECRETAN: El siguiente: REGLAMENTO DE CARRETERAS DE ACCESO RESTRINGIDO Y DE ACCESO SEMIRRESTRINGIDO Artículo 1º- El presente Reglamento regula lo concerniente a las carreteras DE ACCESO RESTRINGIDO Y DE ACCESO SEMIRRESTRINGIDO. Para efectos de aplicar el presente ordenamiento se establecen las siguientes definiciones: ACCESO: Entrada o salida de vehículos en las Carreteras de Acceso Restringido y/o Acceso Semirrestringido. AUTORIZACIÓN: La facultad que tiene la Subárea de Ingeniería de Tránsito para permitir al solicitante de acceso el inicio de las obras. APROBACIÓN: La aceptación de parte de la Subárea de Ingeniería de Tránsito del acceso construido. CARRETERA DE ACCESO RESTRINGIDO: Son aquellas vías en las que únicamente se permite el acceso o salida de los vehículos en las intersecciones. Asimismo se permite el ingreso a las propiedades colindantes mediante las vías marginales, que son caminos adyacentes y generalmente paralelas a las vías de acceso restringido, las que permiten la comunicación con las intersecciones. CARRETERA DE ACCESO SEMIRRESTRINGIDO: Son aquellas carreteras

2 que por sus condiciones de operación requieren control del número, del diseño apropiado y construcción adecuada de los accesos, para asegurar el tránsito fluido de vehículos, minimizando así el riesgo de accidentes. CÓDIGO PENAL: Ley Nº 4573 publicado en La Gaceta Nº 257 del 15 de noviembre de DECLARATORIA DE ACCESO: Acto administrativo mediante el cual los órganos competentes del MOPT determinan, previos los estudios técnicos correspondientes, los sitios o lugares que posibilitan el acceso a las vías públicas sin grave peligro para la seguridad vial. DERECHO DE VÍA: Franja de terreno de dominio público, destinada para la construcción de obras viales para la circulación de vehículos, y otras obras relacionadas con la seguridad, el ornato y el uso peatonal, generalmente comprendida entre las cercas que las delimitan de los terrenos adyacentes a la vía. No obstante sus dimensiones definitivas serán establecidas por el Ministerio. LEY GENERAL DE CAMINOS PÚBLICOS: Ley Nº 5060 del 22 de agosto de LEY DE ADMINISTRACIÓN VIAL: Ley Nº 6324 del 24 de mayo de LEY DE AUTORIDAD REGULADORA DE SERVICIOS PÚBLICOS: Ley Nº 7593 publicada en La Gaceta Nº 169 del 5 de setiembre de LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS TERRESTRES: Ley Nº 7331 del 22 de abril de MOPT: Ministerio de Obras Públicas y Transportes. REGLAMENTO SOBRE CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DE LOS CAMINOS PÚBLICOS: Decreto Ejecutivo Nº T del 20 de octubre de Artículo 2º- Corresponderá al Ministerio de Obras Públicas y Transportes con base en los estudios que realice la Subárea de Ingeniería de Tránsito, siguiendo lo establecido en la Ley General de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972 y sus reformas, el Reglamento sobre Clasificación Funcional de los Caminos Públicos, Decreto Ejecutivo Nº T del 20 de octubre de 1981 y lo que se establece en el presente reglamento, la determinación y la declaratoria de las vías de acceso restringido y acceso semirrestringido. El MOPT se reserva el derecho de declarar sobre las carreteras de acceso semirrestringido, tramos de acceso restringido cuando varíen las condiciones de operación de éstos en detrimento de la seguridad vial. Artículo 3º- Para el debido uso de las vías de acceso restringido y con el propósito de garantizar la seguridad de los conductores y en general, de los usuarios de las mismas, deberán acatarse las siguientes regulaciones: a) La persona física y/o jurídica que construya obras públicas y/o privadas en el derecho de vía de las carreteras, sin contar con el permiso previo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, será acreedor de las multas contempladas y sancionadas por los artículos 125 inciso c), 206 y 131 incisos n) y ñ) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres Nº 7331 del 22 de abril de 1993, sin perjuicio de las acciones penales estipuladas en los artículos 227 y 400 del Código Penal. Asimismo, aquellos personas físicas y jurídicas que no cumplan con los

3 términos de la aprobación, serán acreedoras de las sanciones aquí dispuestas. b) El ingreso o salida de las carreteras de acceso restringido será únicamente en las intersecciones establecidas para tal propósito, bien se trate de las originalmente construidas o de las que fueran debidamente autorizadas por el MOPT. Por vía de excepción y ante gestión coordinada de los vecinos colindantes, se permitirán los accesos a estas carreteras, única y exclusivamente a través de las intersecciones por medio de vías marginales propuestas por los interesados, que cumplan con los requisitos y cuenten con la aprobación previa de la Subárea de Ingeniería de Tránsito del MOPT. La aprobación del uso y funcionamiento del mismo se emitirá una vez concluidas las obras, previa inspección de la Subárea de Ingeniería de Tránsito, quien verificará que dicha obra se haya construido siguiendo los requerimientos técnicos previamente estipulados. Si los interesados no hubieren cumplido las citadas estipulaciones técnicas, la aprobación de uso y funcionamiento será denegada si ninguna responsabilidad para el ente competente. c) A los vehículos que prestan el servicio de transporte remunerado de personas: autobuses, microbuses, taxis o cualquier otra modalidad autorizada, no les estará permitido efectuar paradas en su recorrido con el objeto de subir o bajar pasajeros, excepto en aquellos lugares autorizados por la Comisión Técnica de Transportes, con... MOPT analizará, aprobará y autorizará la construcción por parte de los interesados de las obras necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios y las condiciones de operación vehicular (bahías, aceras, puentes peatonales y otros). El incumplimiento de lo prescrito en este artículo conlleva la aplicación de lo preceptuado en los artículos 97 y 132 inciso ñ) de la Ley Nº d) Los peatones no podrán transitar, permanecer o atravesar las vías de acceso restringido, salvo cuando con ocasión de algún evento específico así lo autorizara el MOPT. e) Se prohibe asimismo el tránsito o la permanencia en tales vías de semovientes, según lo prescrito en el Decreto Nº 36 del 24 de agosto de Artículo 4º- El MOPT velará por el estricto cumplimiento de lo prescrito por los artículos 125 y 206 de la Ley Nº 7331; 19 y 28 de la Ley Nº 5060 y sus reformas, en razón de lo cual no se permitirá ningún tipo de construcción o actividad comercial de cualquier índole dentro del derecho de vía de las carreteras de acceso restringido y de acceso semirrestringido. El MOPT procederá a notificar a quienes ocupen, usen, disfruten y permitan los accesos no autorizados en estas carreteras, para que en un plazo de quince días hábiles, no prorrogables, contados a partir del recibo de la prevención escrita, clausuren dichos accesos, pues de lo contrario el MOPT procederá con tal objetivo, sin perjuicio de las sanciones estipuladas en la Ley Nº 7331 y de las acciones legales que corresponda, incluyendo las penales. Artículo 5º- Se constituye la Comisión de Carreteras de Acceso Restringido y Acceso Semirrestringido conformada por los Directores del Área de Vialidad, de la Subárea de Ingeniería de Tránsito y del Área Jurídica o sus

4 delegados de carácter permanente, como órgano asesor de la Subárea de Ingeniería de Tránsito. Esta última se encargará de tramitar las solicitudes de acceso o modificación de intersecciones presentadas por particulares ante el MOPT. Además la Comisión velará por el desarrollo de los proyectos necesarios para mejorar las condiciones de operación de estas vías, promoviendo la participación de las comunidades y del sector privado. Artículo 6º- La Subárea de Ingeniería de Tránsito presentará a la Comisión las solicitudes de acceso incoadas por particulares, para su conocimiento, análisis y recomendación. Esta subárea resolverá la solicitud planteada y solicitará, de ser positiva la recomendación, los demás requisitos técnicos necesarios previstos en el inciso b) del artículo 8º del presente Reglamento. Artículo 7º- Para el funcionamiento de la Comisión es función de las unidades que la integran lo siguiente: a) La Subárea de Ingeniería de Tránsito asumirá las funciones de la Secretaría de la Comisión y será responsable de: Recibir las solicitudes de los interesados. Preparar la agenda a discutir por la Comisión. Convocar a sesión a la Comisión. Confeccionar actas de las sesiones, organizar y mantener un archivo de las gestiones presentadas a conocimiento de la Comisión, así como de las sesiones de la misma. Elaborar informes de la Comisión con las recomendaciones de las Unidades Técnicas. b) El Área de Vialidad conocerá y recomendará el diseño del acceso, obras complementarias, cuando así proceda en materia de la competencia, las solicitudes que someta a su conocimiento la Subárea de Ingeniería de Tránsito. c) El Área Jurídica debe brindar asesoría para el análisis de las solicitudes y la elaboración de los informes y recomendaciones. Artículo 8º- Para la presentación de solicitudes de acceso se debe cumplir los siguientes requisitos: a) Solicitud escrita del interesado o su representante legal con poder suficiente, debidamente autenticada por un abogado. La necesidad de uso del acceso solicitado deberá ser plenamente justificada y razonada. Además deberá manifestar claramente mediante declaración jurada, debidamente protocolizada que se somete a lo regulado en el presente Reglamento y que los bienes y materiales incorporados al acceso por el proceso de construcción los dona a favor del Estado, renunciando a ellos y a cualquier indemnización. b) A la solicitud deberá acompañar: - Copia certificada de la cédula de identidad, de la cédula y de la personería jurídica vigente, según la naturaleza del solicitante. - Un anteproyecto esquemático de la propuesta de acceso. - Copia certificada del plano catastrado actualizado y con alineamiento del MOPT. - Certificación notarial o registral de propiedad, de la finca sobre

5 la que se pretende el acceso o título equivalente mediante el cual se demuestre el derecho del solicitante sobre el bien. - Señalar lugar para recibir notificaciones dentro del cantón Central de San José. - Otros requisitos que la administración y las circunstancias lo ameriten. c) En caso de que la solicitud inicial sea aprobada, el interesado deberá adicionalmente presentar: - Diseño y planos de las obras que se proponen construir, debidamente elaborados y aprobados por un profesional en el... d) Las solicitudes que no cumplan con los requisitos dispuestos en este artículo, serán rechazadas de plano. Artículo 9º- Recursos. En el caso de que la solicitud de acceso sea rechazada, el interesado podrá interponer los recursos administrativos contra dicha resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, 29 y 30 de la Ley de Administración Vial, en concordancia con el artículo 65 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Artículo 10.- Con el propósito de que la administración se garantice el fiel cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas y la efectiva construcción del acceso, el interesado deberá presentar antes de iniciar la construcción del acceso, un depósito de garantía por el 10% del monto estimado de la obra, con la vigencia de hasta tres meses después del vencimiento del plazo estimado para la finalización de dicha construcción. La garantía así dispuesta deberá sujetarse conforme a las clases de garantía que determina el artículo 37.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Artículo 11.- A efecto de regular de manera especial con respecto al ingreso y egreso de vehículos y que fueron así diseñadas en razón de prevenir y minimizar los riesgos de accidentes de tránsito e incrementar las medidas de seguridad vial, se determina que las CARRETERAS DE ACCESO RESTRINGIDO son las siguientes: a) Autopista General Cañas (Ruta 1) desde la intersección La Sabana hasta el aeropuerto internacional Juan Santamaría. b) La autopista Bernardo Soto (Ruta 1), desde el aeropuerto Juan Santamaría hasta la intersección San Ramón. c) La autopista Próspero Fernández (Ruta 27) desde la intersección La Sabana (Gimnasio Nacional) hasta la intersección Ciudad Colón (kilómetro 14,2). d) La autopista Florencio del Castillo (Ruta 2) desde la intersección Curridabat hasta la intersección Tres Ríos (kilómetro 7,2). e) La autopista Braulio Carrillo (Ruta 32) desde Tournón hasta la intersección San Luis y del inicio del parque Braulio Carrillo (kilómetro 17,7) hasta el final del mismo parque (kilómetro 42). f) La carretera de circunvalación (Ruta 39) entre los tramos Rotonda Zapote, Hatillo y La Uruca. g) La carretera Estado de Israel (Ruta 215) desde la clínica Carlos Durán

6 gasta la Rotonda de Zapote. h) La radial Francisco J. Orlich (Ruta 153). i) La carretera Orotina-Caldera. Estas carreteras tienen acceso sólo por intersecciones definidas por el MOPT o por calles marginales. Artículo 12.- Se declaran como carreteras de acceso semirrestringido las siguientes: a) Carretera Braulio Carrillo (Ruta 32 desde San Luis de Santo Domingo hasta el inicio del parque Braulio Carrillo (kilómetro 17,7)). Desde el final del Parque Nacional (kilómetro 42) hasta RECOPE (Limón, kilómetro 150). b) Radial Santa Ana- San Antonio de Belén (Ruta 147). c) Intersección Tres Ríos- Entronque Ruta 219 (Monumento a los Tres Poderes), en el sentido San José-Cartago. d) Carretera de Circunvalación tramo entre Rotonda Monumento de La Bandera Santo Tomás. Las carreteras de acceso semirrestringido podrán tener accesos limitados a lo largo de la vía, previa autorización del MOPT y el cumplimiento de las normas de seguridad que disponga la Subárea de Ingeniería de Tránsito y la Subárea de Diseño del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Artículo 13.- Se declaran que son PROYECTOS de carreteras de acceso restringido los siguientes: a) Ciudad Colón Orotina. b) Naranjo Florencia. c) Nueva Radial Heredia. d) Nueva Radial Desamparados. e) Rotonda de Zapote San Francisco Hacienda Vieja. f) Circunvalación La Uruca Santo Tomás. Artículo 14.- El MOPT a través del Consejo de Seguridad Vial dotará mediante el presupuesto anual a Ingeniería de Tránsito de los recursos para la inspección, cierre de accesos ilegales y el trabajo de la comisión, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 9, inciso c) de la Ley de Administración Vial. Artículo 15.- Se deroga el Decreto Ejecutivo Nº MOPT del 11 de diciembre de 1987 y cualquier otro acto de similar naturaleza o jerarquía que se oponga a las disposiciones del presente Reglamento. TRANSITORIOS: I.- Corresponderá al Consejo de Seguridad Vial la divulgación del presente Reglamento, por los medios que estime convenientes. II.- A los propietarios de terrenos colindantes con las vías de acceso restringido y semirrestringido donde exista un acceso no autorizado ni aprobado, se les dará un plazo de 90 días naturales a partir de la publicación de este Decreto en el Diario Oficial LA Gaceta, para presentar la gestión, o demostrar su Derecho. Los accesos que no cumplan con lo dispuesto en este transitorio serán clausurados por el MOPT. Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.- San José a los veinte días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.

7

Reglamento para el Transporte de Trabajadores en Actividades Agropecuarias y Afines

Reglamento para el Transporte de Trabajadores en Actividades Agropecuarias y Afines Reglamento para el Transporte de Trabajadores en Actividades Agropecuarias y Afines N 22786-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, En el ejercicio de las facultades

Más detalles

Nº MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

Nº MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Nº 25009-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política;

Más detalles

DECRETO Nº MOPT-MINAE-S EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LOS MINISTROS DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Y DEL AMBIENTE Y ENERGIA Y DE SALUD

DECRETO Nº MOPT-MINAE-S EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LOS MINISTROS DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Y DEL AMBIENTE Y ENERGIA Y DE SALUD DECRETO Nº 28280 MOPT-MINAE-S EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LOS MINISTROS DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Y DEL AMBIENTE Y ENERGIA Y DE SALUD En el ejercicio de las potestades conferidas por el artículo

Más detalles

Ministerio de Obras Públicas y Transportes CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO San José, Costa Rica

Ministerio de Obras Públicas y Transportes CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO San José, Costa Rica 42. SOLICITUD PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRASPASOS DE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO MODALIDAD TAXI (Aplica tres años después del inicio del contrato concesión -Art. 42 Ley N 7969 y sus reformas Ley Reguladora

Más detalles

ALCANCE DIGITAL Nº 46. Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 13 de abril del 2012 Nº 72 PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº MOPT-TUR

ALCANCE DIGITAL Nº 46. Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 13 de abril del 2012 Nº 72 PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº MOPT-TUR ALCANCE DIGITAL Nº 46 Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 13 de abril del 2012 Nº 72 PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº 37063-MOPT-TUR REFORMA PARCIAL DEL DECRETO EJECUTIVO N 36223-MOPT-TUR, REGLAMENTO PARA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 117-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 15 MINUTOS DEL 05 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE RUTA NACIONAL

Más detalles

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO N 37063 -MOPT-TUR LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO En el ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18),

Más detalles

Nº MOPT Servicio Cabotaje Río Tempisque entre Puerto Alegre y Puerto Moreno

Nº MOPT Servicio Cabotaje Río Tempisque entre Puerto Alegre y Puerto Moreno Nº 28142-MOPT Servicio Cabotaje Río Tempisque entre Puerto Alegre y Puerto Moreno EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES En el ejercicio de las atribuciones conferidas

Más detalles

PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado hasta el: 30/03/2012 Plan Nacional de Seguridad Vial No. 29390-MOPT-S PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Decreto Ejecutivo No. 29390-MOPT-S de 6 de marzo del 2001

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE GRECIA MUNICIPALIDAD DE GRECIA REGLAMENTO DE COLOSEVI CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1º El presente Reglamento regula la organización de los integrantes del Consejo Local de Seguridad Vial del cantón

Más detalles

Programa de Formación bajo la Norma del Certificado de Sostenibilidad Turística

Programa de Formación bajo la Norma del Certificado de Sostenibilidad Turística INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO DEPARTAMENTO DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA OBSERVATORIO DEL DESARROLLO Programa de Formación bajo la Norma del Certificado de Sostenibilidad Turística

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD EN LAS VÍAS CANTONALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD EN LAS VÍAS CANTONALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD EN LAS VÍAS CANTONALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA Para los efectos legales correspondientes, el Concejo Municipal de Santa Ana, comunica que en

Más detalles

N 0000-C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD CONSIDERANDO: DECRETAN:

N 0000-C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD CONSIDERANDO: DECRETAN: N 0000-C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD En uso de las facultades que les confieren en el inciso 18) de los artículos 140 y 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT El Concejo de Curridabat, en uso de la potestad conferida en el artículo 13, inciso c), en concordancia con el artículo 43 del Código Municipal y en virtud de la facultad otorgada

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO No S LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, LA MINISTRA DE SALUD

DECRETO EJECUTIVO No S LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, LA MINISTRA DE SALUD DAJ-EC- -13 DECRETO EJECUTIVO No S LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, LA MINISTRA DE SALUD En uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25, 27

Más detalles

Reglamento al Régimen de Disponibilidad para funcionarios de la Municipalidad de Curridabat. Disposiciones Generales

Reglamento al Régimen de Disponibilidad para funcionarios de la Municipalidad de Curridabat. Disposiciones Generales Reglamento al Régimen de Disponibilidad para funcionarios de la Municipalidad de Curridabat. Disposiciones Generales De conformidad con lo dispuesto en la Sesión Extraordinaria Nº 2 y ratificada en la

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL PAGO DE KILOMETRAJE POR USO DE VEHÍCULOS PROPIEDAD DE FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL.

REGLAMENTO PARA EL PAGO DE KILOMETRAJE POR USO DE VEHÍCULOS PROPIEDAD DE FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL. REGLAMENTO PARA EL PAGO DE KILOMETRAJE POR USO DE VEHÍCULOS PROPIEDAD DE FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL. (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo 05-12-2016, en la sesión

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,

Más detalles

Nº COMEX DECRETAN: El presente

Nº COMEX DECRETAN: El presente Reglamento sobre la Ditribución y Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación de Arroz en Granza, otorgados al amparo del Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamerica- Estados

Más detalles

N 6324 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA, DECRETA: LEY DE ADMINISTRACION VIAL. CAPITULO I De la Administración Vial

N 6324 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA, DECRETA: LEY DE ADMINISTRACION VIAL. CAPITULO I De la Administración Vial N 6324 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA, DECRETA: La siguiente LEY DE ADMINISTRACION VIAL CAPITULO I De la Administración Vial Artículo 1 - La presente ley regulará lo concerniente

Más detalles

Reglamento de Prohibición, Ley N 5867

Reglamento de Prohibición, Ley N 5867 La Gaceta Número 235 del 03 de diciembre de 1999. Reglamento de Prohibición, Ley N 5867 Introducción El presente Reglamento de Prohibición tiene como fin dotar a la Municipalidad de Carrillo de una normativa

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 004-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Reglamento de Incorporaciones de la UCA 1

Reglamento de Incorporaciones de la UCA 1 Reglamento de Incorporaciones de la UCA 1 REGLAMENTO DE INCORPORACIONES DE LA UCA Autorizado y registrado por el Ministerio de Educación el 23 de junio de 2017 CONSIDERANDO: I: Que los artículos 60 y 61

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0827-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2198-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos

Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos RESOLUCIÓN RRG-5634-2006 San José, a las doce horas del cinco de mayo del dos mil seis. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE TARIFAS DE PEAJES RESULTANDO: I. Que el artículo 5, inciso f), de la Ley 7798,

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT El Concejo de Curridabat, en uso de la potestad conferida en el artículo 13, inciso c), en concordancia con el artículo 43 del Código Municipal y en virtud de la facultad otorgada

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1490-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

DECRETO No 0520 CONSIDERANDO

DECRETO No 0520 CONSIDERANDO EL ALCALDE DEL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA Y EL GERENTE DE METROTRANSITO S.A, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS EN LA LEY 769

Más detalles

Especialistas Nacionales y Extranjeros. Normativa para el Trámite de Permisos Temporales de Trabajo de Médicos Generales y

Especialistas Nacionales y Extranjeros. Normativa para el Trámite de Permisos Temporales de Trabajo de Médicos Generales y Normativa para el Trámite de Permisos Temporales de Trabajo de Médicos Generales y Especialistas Datos Generales: Ente Emisor: Fecha de vigencia desde: Versión de la norma: Contenido: 12 artículos 2 Transitorios

Más detalles

REGLAMENTO DE DISPOSICIONES BÁSICAS PARA EL USO DE CASCO AL CIRCULAR POR VÍAS TERRESTRES PÚBLICAS O ABIERTAS AL USO DEL PÚBLICO

REGLAMENTO DE DISPOSICIONES BÁSICAS PARA EL USO DE CASCO AL CIRCULAR POR VÍAS TERRESTRES PÚBLICAS O ABIERTAS AL USO DEL PÚBLICO Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado hasta el: 30/03/2012 Reglamento de Disposiciones Básicas para Uso de Casco No. 31945-MOPT REGLAMENTO DE DISPOSICIONES BÁSICAS PARA EL USO DE CASCO AL CIRCULAR

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 10 MINUTOS DEL 08 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO RED DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA INVERSIONES FINCA MIGUEL DE MIRAVALLES

Más detalles

AYEGUI APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA LOCAL DE TRÁFICO DEL MUNICIPIO DE AYEGUI.

AYEGUI APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA LOCAL DE TRÁFICO DEL MUNICIPIO DE AYEGUI. AYEGUI APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA LOCAL DE TRÁFICO DEL MUNICIPIO DE AYEGUI. En el Boletín Oficial de Navarra número 121, del viernes día 3 de octubre del año 2.008, se publicó la aprobación

Más detalles

Nº MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGIA

Nº MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGIA Publicado en La Gaceta Nº 189 del 28/9/04. Nº 31950-MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGIA En uso de las facultades conferidas en el artículo 140 incisos 3 y 18 de la

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO N -MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

DECRETO EJECUTIVO N -MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO DECRETO EJECUTIVO N -MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 11, 140, incisos 3), 8), 18) y 20); y

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN EN SALAS DE JUEGOS DE MÁQUINAS PERMITIDAS EN EL CANTÓN DE CARRILLO

REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN EN SALAS DE JUEGOS DE MÁQUINAS PERMITIDAS EN EL CANTÓN DE CARRILLO La Gaceta 208 del 28 de octubre del 2008. REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN EN SALAS DE JUEGOS DE MÁQUINAS PERMITIDAS EN EL CANTÓN DE CARRILLO La Municipalidad del Cantón de Carrillo, de conformidad con los

Más detalles

Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105

Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105 Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105 DIARIO OFICIAL AÑO CXXXIII La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 1º de junio del 2011 5 Páginas PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Nos. 31-MP,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2305-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

DICTAN LEY PARA LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS DECRETO LEGISLATIVO Nº 689

DICTAN LEY PARA LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS DECRETO LEGISLATIVO Nº 689 DICTAN LEY PARA LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS DECRETO LEGISLATIVO Nº 689 CONCORDANCIAS: D.S. Nº 014-92-TR (REGLAMENTO) R.M. Nº 021-93-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 40 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO APARTAMENTOS CAMINOS DE ARANJUEZ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21518-2017-SETENA

Más detalles

REQUISITOS LEGALES TECNICOS Y ECONOMICOS PARA LA OBTENCION DE DECLARATORIA TURISTICA ACTIVIDADES TEMATICAS (Abril 2011)

REQUISITOS LEGALES TECNICOS Y ECONOMICOS PARA LA OBTENCION DE DECLARATORIA TURISTICA ACTIVIDADES TEMATICAS (Abril 2011) REQUISITOS LEGALES TECNICOS Y ECONOMICOS PARA LA OBTENCION DE DECLARATORIA TURISTICA ACTIVIDADES TEMATICAS (Abril 2011) I- Requisitos Legales: 1. Solicitud de declaratoria turística, suscrita por el interesado

Más detalles

Decreto Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Decreto Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Decreto Nº 33072 MANUAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS INFORMES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DE LA AUDITORÍA INTERNA EN EL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 092-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 45 MINUTOS DEL 25 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO DEMOLICIÓN CASA DE HABITACIÓN EXPEDIENTE

Más detalles

PROCEDIMIENTO SALIDAS DE CAMPO FACULTAD DE INGENIERIA

PROCEDIMIENTO SALIDAS DE CAMPO FACULTAD DE INGENIERIA PROCEDIMIENTO SALIDAS DE CAMPO FACULTAD DE INGENIERIA 1. APLICACIÓN: El reglamento de salidas de campo, regula el procedimiento, las obligaciones y compromisos adquiridos por la Universidad, los docentes

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 20 MINUTOS DEL 13 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO LOCAL COMERCIAL AVENIDA 4 (AREA DE CONSTRUCCIÓN 728,72 M 2

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº MTC

DECRETO SUPREMO Nº MTC Establecen procedimiento para homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control oficial de Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores DECRETO SUPREMO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1637-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO. Considerando:

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO. Considerando: La Gaceta 200 14 octubre 2010 Nº 36223-MOPT-TUR LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO En el ejercicio de las potestades conferidas por el

Más detalles

ÁREA DE CONSERVACIÓN GUANACASTE

ÁREA DE CONSERVACIÓN GUANACASTE AMBIENTE Y ENERGÍA SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN SECRETARÍA EJECUTIVA ASESORÍA LEGAL R-SINAC-CONAC-011-2013 El Consejo Nacional de Áreas de Conservación, a las quince horas del seis de junio

Más detalles

Nº MOPT-TUR, gaceta 200, LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO.

Nº MOPT-TUR, gaceta 200, LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO. Nº 36223-MOPT-TUR, gaceta 200, 14-10-2010 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, Y EL MINISTRO DE TURISMO. En el ejercicio de las potestades conferidas por el artículo

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1762-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Dictan Ley para la contratación de trabajadores extranjeros DECRETO LEGISLATIVO Nº 689. R.M. N ED, Disp. Num. V, Literal B.9.

Dictan Ley para la contratación de trabajadores extranjeros DECRETO LEGISLATIVO Nº 689. R.M. N ED, Disp. Num. V, Literal B.9. Dictan Ley para la contratación de trabajadores extranjeros DECRETO LEGISLATIVO Nº 689 CONCORDANCIAS: D.S. Nº 014-92-TR (REGLAMENTO) R.M. Nº 021-93-TR D.S. Nº 003-2008-ED, Art. 20 (Aprueban el Reglamento

Más detalles

Consejo de Administración.-San José, a las 10:00 horas del 10 de junio de 2014.

Consejo de Administración.-San José, a las 10:00 horas del 10 de junio de 2014. Reglamento sobre las cauciones que deben rendir los funcionarios del Consejo Nacional de Vialidad encargados de recaudar, custodiar, o administrar fondos y valores públicos CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

Más detalles

EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: CONSIDERANDO:

EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: CONSIDERANDO: EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: CONSIDERANDO: Que, el Art. 26 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: La educación es

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2234-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 021-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Reglamento para la optimización de los parqueos del ICE CONSIDERANDO QUE:

Reglamento para la optimización de los parqueos del ICE CONSIDERANDO QUE: Sesión 5766 7/11/2006 ARTÍCULO 4 Reglamento para la optimización de los parqueos del ICE CONSIDERANDO QUE: 1. Es necesario regular la distribución de las áreas del parqueo de la Institución, así como la

Más detalles

N MTC/15. a, 04 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO:

N MTC/15. a, 04 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: N 3634-2013-MTC/15 a, 04 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N 27181, establece que la acción estatal en materia de transporte

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 11 HORAS 55 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE UNA RED ELÉCTRICA SECUNDARIA SOBRE CALLE PUBLICA

Más detalles

Instituto Costarricense de Turismo Departamento de Gestión y Asesoría Turística

Instituto Costarricense de Turismo Departamento de Gestión y Asesoría Turística REQUISITOS LEGALES TECNICOS Y ECONOMICOS PARA LA OBTENCION DE DECLARATORIA TURISTICA PARA TRANSPORTE ACUATICO I- REQUISITOS LEGALES Se recuerda a las empresas de Transporte Acuático que ya estén en operación,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1297-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO

M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi Período 2014-2019 Guayaquil, Viernes 26 de Enero de 2018 No. 78 REFORMA A LA ORDENANZA ESPECIAL QUE CREA EL REGISTRO ÚNICO DE LA AUTORIDAD DE TRÁNSITO MUNICIPAL

Más detalles

PLAN DE MEJORA REGULATORIA INSTITUCIONAL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES GRUPO DE TRABAJO PARA LA MEJORA Y SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES

PLAN DE MEJORA REGULATORIA INSTITUCIONAL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES GRUPO DE TRABAJO PARA LA MEJORA Y SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES --* PLAN DE MEJORA REGULATORIA INSTITUCIONAL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES 2016 GRUPO DE TRABAJO PARA LA MEJORA Y SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES 15 de diciembre, 2015 PMRi-MOPT- 2016 1 INFORMACIÓN

Más detalles

XINIA ESCALANTE GONZALEZ (FIRMA) Año CXXXIX San José, Costa Rica, jueves 14 de diciembre del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS

XINIA ESCALANTE GONZALEZ (FIRMA) Año CXXXIX San José, Costa Rica, jueves 14 de diciembre del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS XINIA ESCALANTE GONZALEZ (FIRMA) Firmado digitalmente por XINIA ESCALANTE GONZALEZ (FIRMA) Fecha: 2017.12.13 12:08:52-06'00' Año CXXXIX San José, Costa Rica, jueves 14 de diciembre del 2017 125 páginas

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2377-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Decreto Nº COMEX REGLAMENTO SOBRE LA ASIGNACIÓN DE CONTINGENTES DE EXPORTACIÓN DE QUESO A ESTADOS UNIDOS

Decreto Nº COMEX REGLAMENTO SOBRE LA ASIGNACIÓN DE CONTINGENTES DE EXPORTACIÓN DE QUESO A ESTADOS UNIDOS Decreto Nº 29917-COMEX REGLAMENTO SOBRE LA ASIGNACIÓN DE CONTINGENTES DE EXPORTACIÓN DE QUESO A ESTADOS UNIDOS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en el artículo

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 45 MINUTOS DEL 09 DE MARZO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE 2 PISOS Y UNA PISCINA EXPEDIENTE

Más detalles

Considerando: Decreto:

Considerando: Decreto: Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-1009 Fecha de Publicación : 29.08.2008 Fecha de Promulgación

Más detalles

Publicado en La Gaceta del 23 de Julio de 2004 DECRETOS Nº MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Publicado en La Gaceta del 23 de Julio de 2004 DECRETOS Nº MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Publicado en La Gaceta del 23 de Julio de 2004 DECRETOS Nº 31892-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES En el ejercicio de las facultades conferidas por los artículos

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN. Considerando:

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN. Considerando: Reforma integral y derogatoria de la resolución N DGT-R-10-2015 sobre la aplicación de las exenciones al pago del impuesto del 8% sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores, previstas

Más detalles

DECRETO NO El Presidente de la República de Nicaragua, CONSIDERANDO

DECRETO NO El Presidente de la República de Nicaragua, CONSIDERANDO DECRETO NO.53-2003 El Presidente de la República de Nicaragua, CONSIDERANDO I Que de conformidad con el artículo 114 de la Ley No.453, Ley de Equidad Fiscal, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.82

Más detalles

Por el cual se reglamenta el Decreto Ley N 6 de 8 de julio de 1999

Por el cual se reglamenta el Decreto Ley N 6 de 8 de julio de 1999 12 Gaceta Oficial, lunes 19 de noviembre de 2001 N 24,434 DECRETO EJECUTIVO N 39 (De 7 de noviembre de 2001) Por el cual se reglamenta el Decreto Ley N 6 de 8 de julio de 1999 LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0215-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1427-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

DECRETO NÚMERO EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO:

DECRETO NÚMERO EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: DECRETO NÚMERO 11-2017 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado garantiza y protege

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 40 MINUTOS DEL 28 JUNIO DEL 2018. PROYECTO CONDOMINIO HACIENDA MONTEMAR EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D1-21711-2017-SETENA

Más detalles

N PRY CAR /01

N PRY CAR /01 LIBRO: TEMA: PARTE: TÍTULO: CAPÍTULO: PRY. PROYECTO CAR. Carreteras 10. PROYECTO DE SEÑALAMIENTO Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN CALLES Y CARRETERAS 03. Señalamiento y Dispositivos para Protección en Obras

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 35 MINUTOS DEL 17 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL LOS MURALES EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 13 HORAS 05 MINUTOS DEL 20 MARZO DEL 2018. PROYECTO SUPERMERCADO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21874-2018-SETENA Conoce

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1506-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 40 MINUTOS DEL 18 ABRIL DEL 2018. PROYECTO INSTALACIÓN DE TRES ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUA FINCA PIÑALES DEL

Más detalles

Regulaciones para Gastos de Viaje y de Transporte dentro del país del Tribunal Supremo de Elecciones N.º

Regulaciones para Gastos de Viaje y de Transporte dentro del país del Tribunal Supremo de Elecciones N.º Regulaciones para Gastos de Viaje y de Transporte dentro del país del Tribunal Supremo de Elecciones N.º 08-2004 Publicado en La Gaceta n.º 225 del 17 del noviembre de 2004 EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0457-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

OFERTA DE VENTA DE FINCA. Lugar y fecha:

OFERTA DE VENTA DE FINCA. Lugar y fecha: OFERTA DE VENTA DE FINCA Lugar y fecha: Lic. Ricardo Rodríguez Barquero Presidente Ejecutivo Instituto de Desarrollo Rural Estimado señor: De conformidad con publicación en el diario de fecha, referente

Más detalles

Nº -MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Nº -MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Ref. N 020-2015 Nº -MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas por los incisos 3) y 18) del artículo 140 de

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1469-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº SANTIAGO CONSIDERANDO:

DECRETO SUPREMO Nº SANTIAGO CONSIDERANDO: REGLAMENTA FÓRMULA DE CÁLCULO DEL SUBSIDIO Y PROCEDIMIENTO DE ENTREGA A LOS PROPIETARIOS DE BUSES, MINIBUSES Y TROLEBUSES QUE INDICA. DECRETO SUPREMO Nº SANTIAGO VISTOS: El artículo 32 Nº 6, de la Constitución

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 049-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 55 MINUTOS DEL 19 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO CANCHA FÚTBOL 5 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES Con fundamento en el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 6091 del 23 de setiembre de 1977,

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MTC

DECRETO SUPREMO N MTC MTC Establecen procedimiento para homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control oficial de Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores DECRETO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0456-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Reglamento para establecer el orden de entrada y salida de buques por el Canal de Acceso al Complejo Portuario de Moín.

Reglamento para establecer el orden de entrada y salida de buques por el Canal de Acceso al Complejo Portuario de Moín. Reglamento para establecer el orden de entrada y salida de buques por el Canal de Acceso al Complejo Portuario de Moín. N XXX-MOPT-SP El Presidente de la República y los Ministros de Obras Públicas y Transportes

Más detalles

MANUAL DE USO DEL LOGOTIPO IJA

MANUAL DE USO DEL LOGOTIPO IJA MANUAL DE USO DEL LOGOTIPO IJA ÍNDICE Introducción Glosario Condiciones de uso de los signos distintivos o logotipo de la marca registrada IJA GOBIERNO DE JALISCO PODER JUDICIAL Instituto de Justicia Alternativa

Más detalles

Decreto ejecutivo No SP. Reforma al Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Decreto ejecutivo No SP. Reforma al Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Decreto ejecutivo No. 26.634-SP Reforma al Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería 1998 Costa Rica EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PUBLICA En uso de las facultades

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA Secretaría Técnica Nacional Ambiental Tel Fax

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA Secretaría Técnica Nacional Ambiental Tel Fax Resolución Nº 1813-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES - LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS Y 10 MINUTOS DEL 13 DE AGOSTO DEL 2015. EXPEDIENTE CONSULTOR

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 006-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Plan de contingencia por regulación de paso sobre Virilla RN1 Detalles de activación

Plan de contingencia por regulación de paso sobre Virilla RN1 Detalles de activación Plan de contingencia por regulación de paso sobre Virilla RN1 Detalles de activación Este sábado inician regulaciones de paso sobre el puente Antes Ahora El puente está listo para iniciar obra a nivel

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 178-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Año CXL San José, Costa Rica, lunes 12 de marzo del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS N MEP-MTSS

Año CXL San José, Costa Rica, lunes 12 de marzo del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS N MEP-MTSS Año CXL San José, Costa Rica, lunes 12 de marzo del 2018 6 páginas ALCANCE N 54 PODER EJECUTIVO DECRETOS N 40874-MEP-MTSS 2018 Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R. PODER EJECUTIVO DECRETOS N 40874-MEP-MTSS

Más detalles

D. S MTC y modificatorias / R.E.R. N GRA/PRES.

D. S MTC y modificatorias / R.E.R. N GRA/PRES. REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACION PARA PRESTAR SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR INTERPROVINCIAL DE PERSONAS. PARA M2 y M3 DE MENOR TONELAJE. (Ordenanza Regional 030-2011-GRA/CR) D. S. 017-2009-MTC

Más detalles