Control Cambiario aplicado a la luz de las nuevas regulaciones aduaneras FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ 2016

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Control Cambiario aplicado a la luz de las nuevas regulaciones aduaneras FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ 2016"

Transcripción

1 Control Cambiario aplicado a la luz de las nuevas regulaciones aduaneras FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ 2016

2 I. OPERACIONES DEL MERCADO CAMBIARIO * Importaciones y exportaciones de bienes Endeudamiento externo incluidos sus costos financieros Inversiones de capital del exterior en el país y sus rendimientos asociados Inversiones de capital colombiano en el exterior y sus rendimientos asociados Inversiones financieras en títulos emitidos y en activos radicados en el exterior y sus rendimientos asociados * salvo que las inversiones se efectúen con divisas de operaciones del mercado libre Avales y Garantías en moneda extranjera Operaciones de derivados * Decreto 1068 de 2015 art

3 I. OPERACIONES DEL MERCADO NO CAMBIARIO Importaciones y exportaciones de servicios * Donaciones y transferencias y remesas de trabajadores no residentes, que no generan contraprestación Pagos de operaciones internas con divisas canalizadas con numerales 3000 y 3500 * Inversiones de capital colombiano en el exterior efectuadas con divisas provenientes de operaciones del mercado libre dentro de los límites permitidos por la norma cambiaria * * Art. 37 RE 8 de 2000 JDBR - Monto acumulado igual o superior a USD o su equivalente Punto DCIN 83 BR - F.11 sin soportes - F-4 Supersociedades 11.5% imp. 3

4 I. OPERACIONES DEL MERCADO NO CAMBIARIO Operaciones de arbitraje de mercancías entre terceros países * Compra y venta de saldos de cuentas del exterior con IMC Compra y venta de saldos de cuentas de compensación entre titulares de C.C. * Ingreso y salida de dinero en efectivo y en títulos representativos de dinero del país * Traslados entre cuentas de un mismo titular * * Control asumido por la DIAN por competencia residual - Decreto 4048 de 2008, art. 3 - #5 4

5 Índole mixta del mercado cambiario 1. Está conformado por la totalidad de las divisas que por obligación se canalizan, transfieran o negocian a través de los intermediarios del mercado (IMC ) o de las cuentas de compensación (C.C.) y 2. Por las divisas del mercado no cambiario que voluntariamente se canalicen a través del mercado cambiario * * Control asumido por la DIAN por competencia residual - Decreto 4048, art. 3 - #5 5

6 Canalizar las operaciones de reembolso, reintegro, amortización o desembolso a través del mercado cambiario, por operaciones sujetas a esta obligación Presentar las declaraciones de cambio correspondientes por cada operación canalizada - Formularios 1, 2, 3, 4, 5, 10 * Conservar los soportes de las operaciones de cambio celebradas Presentar la información exógena cambiaria exigida por la DIAN Responder los requerimientos oficiales de información enviados por la DIAN 6

7 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR PROHIBICIÓN PARA TODAS LAS OPERACIONES QUE SE CANALICEN POR MERCADO CAMBIARIO No podrán canalizarse a través del mercado cambiario sumas superiores o inferiores a las efectivamente recibidas, ni efectuarse giros por montos diferentes a las obligaciones con el exterior. Principio de veracidad - Consistencia AUTORIZACIÓN DE LAS DIFERENCIAS EN LAS OPERACIONES OBLIGADAS A SER CANALIZADAS Podrán canalizarse a través del mercado cambiario sumas diferentes al valor de las operaciones de cambio obligatoriamente canalizables, siempre y cuando estas diferencias se presenten por causas justificadas. 7

8 art. 3 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CONSERVACIÓN Para efectos cambiarios y sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales, los residentes en el país que efectúen operaciones de cambio están obligados a conservar los documentos que acrediten el monto, características y demás condiciones de la operación y el origen o destino de las divisas, según el caso, por un período igual al de caducidad o prescripción de la acción sancionatoria por infracciones al régimen cambiario * Art. 5 D.L de

9 art. 1 de la RE 8 de 2000 de la JDBR PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE CAMBIO Los residentes y no residentes que efectúen en Colombia una operación de cambio, deberán presentar una declaración de cambio en los términos y condiciones que disponga el Banco de la República. Las calidades de representante legal, apoderado o mandatario especial se presumirán de quienes se anuncien como tales al momento de presentar la declaración de cambio. 9

10 art. 4 de la RE 8 de 2000 de la JDBR PRINCIPIO SANCIONATORIO Quien incumpla cualquier obligación establecida en el régimen cambiario, se hará acreedor a las sanciones previstas en las normas legales pertinentes, sin perjuicio de las sanciones tributarias, aduaneras y penales aplicables. 10

11 art. 10 y 15 de la RE 8 de 2000 de la JDBR PRINCIPIO DE COINCIDENCIA EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR Salvo las excepciones legales, no está permitido que un residente pague importaciones de bienes, o reintegre exportaciones de bienes realizadas por otros residentes 11

12 art. 10 y 15 de la RE 8 de 2000 de la JDBR EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE COINCIDENCIA Importaciones del sector de Defensa Importaciones de los Ministerios Operaciones de los Consorcios y Uniones Temporales Patrimonios autónomos en exportaciones Cesiones de derechos sobre la mercancía mediante el endoso del D/T* 12

13 art. 10 y 15 de la RE 8 de 2000 de la JDBR AUTORIZACION DE PAGOS INDIRECTOS DE COMERCIO EXTERIOR Los pagos al exterior de importaciones de bienes válidamente se pueden hacer: Al acreedor en el exterior (proveedor), o a sus mandatarios o representantes A los cesionarios del acreedor A centros de recaudo y/o pago internacional * * sean residentes o no en el país Doctrina B R - JDS de 2014: El régimen Cambiario no autoriza el recaudo en centros de recaudo ubicados en el país. 13

14 art. 10 y 15 de la RE 8 de 2000 de la JDBR AUTORIZACIÓN DE PAGOS INDIRECTOS DE COMERCIO EXTERIOR Los pagos de exportaciones de bienes pueden provenir válidamente del Deudor (Comprador), o de sus mandatarios o representantes Su cesionario O de centros o personas que adelanten gestiones de recaudo y/o pago internacional * * sean residentes o no en el país Doctrina B R - JDS de 2014: El régimen Cambiario no autoriza el recaudo en centros de recaudo ubicados en el país. 14

15 art. 10 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CANALIZACIÓN DE IMPORTACIONES * Los residentes deberán canalizar a través del mercado cambiario los pagos para cancelar el valor de sus importaciones. Las importaciones podrán estar financiadas por los intermediarios del mercado cambiario (IMC), el proveedor de la mercancía y otros no residentes. 15

16 art. 11 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CANALIZACIÓN DE IMPORTACIONES EN COP Los residentes en el país podrán pagar el valor de sus importaciones en moneda legal colombiana únicamente a través de los intermediarios del mercado cambiario (IMC) 16

17 art. 12 de la RE 8 de 2000 de la JDBR ARRENDAMIENTO FINANCIERO Las importaciones temporales podrán financiarse bajo la modalidad de arrendamiento financiero cuando su plazo sea superior a doce meses y se trate de bienes de capital definidos por la Junta Directiva. 17

18 art. 14 de la RE 8 de 2000 de la JDBR PAGOS ANTICIPADOS DE IMPORTACIONES Los residentes podrán adquirir divisas en el mercado cambiario para pagar futuras importaciones de bienes. Los pagos anticipados podrán financiarse - GAF * 18

19 art. 14 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CRITERIO DE LOCALIZACIÓN DE LA MERCANCIA A IMPORTAR Prima el criterio de la ubicación del activo (bien) que se está comprando para establecer si la compraventa del mismo genera una operación de cambio o no La residencia en el país de los contratantes no determina la índole cambiaria de la operación de compraventa de mercancías* Si la compraventa se califica cambiariamente como una importación se aplica el régimen correspondiente a cada operación 19

20 IMPORTACIONES ENTRE RESIDENTES EN EL PAÍS No se necesita un proveedor del exterior para importar a) Las mercancías deben estar ubicadas en el exterior (no en ZF) y deben ser importadas al país (ingreso al TAN o a ZF*) en ejecución del contrato de compraventa celebrado entre los residentes - DIM FC - DT b) Se califica la operación como una enajenación de activos radicados en el exterior - arts. 36 / 76 RE 8 de 2000 JDBR c) El comprador residente (importador) canaliza el pago en divisas (no pesos COP) al vendedor residente F-1 - F-10 numerales d) El vendedor residente (proveedor) podrá recibir voluntariamente estas divisas a través del mercado cambiario Numeral 1712 F-5 20

21 IMPORTACIONES ENTRE RESIDENTES EN EL PAÍS No se necesita un proveedor del exterior para importar Norma aplicable: Las obligaciones que se estipulen en moneda extranjera y correspondan a operaciones de cambio, se pagarán en la divisa estipulada. art. 79, inc. 2 R.E. 8 de JDBR Doctrina B R DCIN del 23 de noviembre de 2009* 21

22 art. 15 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CANALIZACIÓN DE EXPORTACIONES * Los residentes deberán canalizar a través del mercado cambiario las divisas provenientes de sus exportaciones. Los exportadores podrán conceder plazo a los compradores del exterior para pagar las exportaciones. 22

23 art. 16 de la RE 8 de 2000 de la JDBR PAGOS ANTICIPADOS DE EXPORTACIONES * Las exportaciones podrán estar financiadas bajo la modalidad de pagos anticipados provenientes del comprador del exterior Las divisas recibidas de compradores extranjeros por concepto de futuras exportaciones de bienes no constituyen una obligación financiera con reconocimiento de intereses ni generan para el exportador obligación diferente a la entrega de la mercancía * Financiación pasiva 23

24 24 I. OBLIGACIONES SUSTANCIALES CAMBIARIAS art. 16 de la RE 8 de 2000 de la JDBR PREFINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES * Las exportaciones podrán estar financiadas bajo la modalidad de prefinanciación de exportaciones en la forma de préstamos en moneda extranjera concedidos por los intermediarios del mercado cambiario (IMC) o por no residentes * El capital del crédito deberá* pagarse con el producto de la exportación. Sin embargo, el exportador podrá acudir al mercado cambiario para adquirir las divisas necesarias para el pago del capital y los intereses correspondientes. * Financiación pasiva

25 art. 19 de la RE 8 de 2000 de la JDBR REINTEGRO NETO Los residentes en el país podrán utilizar las divisas provenientes de sus exportaciones para el pago directo de los fletes, seguros y demás gastos en moneda extranjera asociados a la exportación. 25

26 art. 20 de la RE 8 de 2000 de la JDBR FACTORING DE EXPORTACIONES Los residentes en el país podrán vender, con o sin responsabilidad de su parte, a: IMC Entidades del exterior que desarrollen actividades de factoring de exportación Otros no residentes * Los instrumentos de pago en moneda extranjera recibidos del comprador del exterior por sus exportaciones, canalizando a través del mercado cambiario el producto de la venta. F 2 F10 * 26

27 art. 14 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CRITERIO DE LOCALIZACIÓN DE LA MERCANCIA A EXPORTAR Prima el criterio de la ubicación del activo (bien) que se está vendiendo / adquiriendo para establecer si la compraventa del mismo genera una operación de cambio o no La residencia en el país de los contratantes no determina la índole cambiaria de la operación de compraventa de mercancías* Si la compraventa se califica cambiariamente como una exportación se aplica el régimen correspondiente a cada operación 27

28 art. 14 de la RE 8 de 2000 de la JDBR EXPORTACIONES ENTRE RESIDENTES EN EL PAÍS No se necesita un comprador del exterior para exportar a) Las mercancías deben salir del TAN o desde ZF con destino a otro país (no ZF en Colombia) en ejecución de un contrato de compraventa internacional celebrado entre residentes DEX FC DT b) La operación se califica de adquisición de activos radicados en el exterior - arts. 36 / 76 RE 8 de 2000 JDBR c) El vendedor residente (exportador) canaliza el pago en divisas (no pesos COP) con el Formulario 2 o el Formulario 10 d) El comprador residente podrá utilizar divisas libres para cancelar la operación, o utilizar el mercado cambiario con el numeral 2915, para la adquisición del activo en el exterior 28 Doctrina B R DCIN del 18 de diciembre de 2015

29 EXPORTACIONES ENTRE RESIDENTES EN EL PAÍS No se necesita un comprador del exterior para exportar Norma aplicable: Las obligaciones que se estipulen en moneda extranjera y correspondan a operaciones de cambio, se pagarán en la divisa estipulada. art. 79, inc. 2 R.E. 8 de JDBR Doctrina B R DCIN del 23 de noviembre de 2009* 29

30 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CAUSAS JUSTIFICADAS DE DIFERENCIAS EN LA CANALIZACIÓN DE LAS OBLIGACIONES Situaciones que impiden o hayan impedido jurídicamente el cumplimiento de la obligación de pago o de reintegro de las operaciones de comercio exterior, por: Fuerza mayor Caso fortuito Inexistencia Inexigibilidad.. entre otros casos* 30

31 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR EJEMPLOS DE CAUSAS JUSTIFICADAS SEÑALADAS EN EL REGIMEN CAMBIARIO. CRE DCIN 83 Caps. 3 y 4 Mercancía embarcada sin haber sido nacionalizada - Inexistencia Decomisos administrativos fuerza mayor Abandonos de mercancía a favor del Estado - fuerza mayor Mercancía averiada - Inexistencia Descuentos por defecto, pronto pago o por volumen de compra de mercancías - Inexistencia 31

32 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CASOS DE INEXISTENCIA DE OBLIGACIONES CANALIZABLES Facturación con errores en la determinación del valor de la mercancía Faltantes de mercancías despachadas por error del proveedor Aplicación de cláusulas penales pactadas que afecten el valor a pagar de la mercancía Aplicación de cláusulas de protección de precio o de precio variable o con modalidades de pago especiales No celebración de un contrato de compraventa (Devolución, destrucción o entrega de la mercancía a terceros por cuenta de la contra-parte contractual) Contratos de compraventa sujetos a condiciones Diferencias en cambio por acuerdos de pago en monedas y con tasas de cambio aplicadas ya en la facturación o en el pago 32

33 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR Diferencia en cambio asumida por el no residente Se admiten los acuerdos de moneda y tasa de negociación moneda y tasa de pago Corresponde a la DIAN verificar las cláusulas contractuales* y liquidaciones que se generen al aplicar monedas y tasas de negociación, y de pago para extinguir la obligación del contrato de c/v que soporte una importación o una exportación de bienes El monto canalizado a través del mercado cambiario debe cubrir el valor de la mercancía acordado en la moneda de negociación, sin que la diferencia entre el monto canalizado y el valor declarado ante la DIAN en USD genere infracción por no canalización 33

34 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CASOS DE INEXIGIBILIDAD DE OBLIGACIONES CANALIZABLES En comercio exterior de bienes Cuando el vendedor (importador) Se encuentren en imposibilidad jurídica de cumplir la obligación de pago de su importación financiada por el proveedor, un IMC, una EFE, o un no residente La canalización no será exigible Procede la extinción de la cuenta por cobrar 34

35 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CASOS DE INEXIGIBILIDAD DE OBLIGACIONES CANALIZABLES En comercio exterior de bienes Cuando el vendedor (exportador) Se encuentren en imposibilidad jurídica de cobrar o recaudar el pago de su exportación al comprador del exterior * La canalización no será exigible Procede la extinción de la cuenta por cobrar 35

36 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CASOS DE INEXIGIBILIDAD DE OBLIGACIONES CANALIZABLES En operaciones de endeudamiento externo Cuando los deudores (F-6) o acreedores (F-7) Se encuentren en imposibilidad jurídica de cumplir la obligación de pago o de reintegro de las operaciones de endeudamiento externo La canalización no será exigible El informe de crédito (F-6/F-7) se cancela con el F 3-A transmitido al Banco de la República en cualquier término Código 32 Cancelación del informe del crédito externo de financiación de comercio exterior por la imposibilidad de pago Punto IV - Casilla 15 del Formulario - 3A * 36

37 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR CASOS DE INEXIGIBILIDAD DE OBLIGACIONES CANALIZABLES En operaciones de endeudamiento externo Si se presenta el F3A a través de un IMC Al F 3-A se adjunta el certificado de Revisor Fiscal o de Contador Público si a ello hay lugar, en el que conste la cancelación de la cuenta por pagar o de la cuenta por cobrar * Si se presenta el F3A a través del usuario de una CC Se debe conservar el certificado de Revisor Fiscal o de Contador Público El Banco de la República reporta todos los casos a las entidades de control según competencia * * Vigencia: A partir de la DCIN 83 del 8 de noviembre de

38 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DE UNA INEXIGIBILIDAD Pruebas del cobro y de sus resultados - informes Pruebas de la disolución o liquidación de la persona jurídica Pruebas del fallecimiento del deudor persona natural Pruebas del estado de cesación de pagos del deudor Pruebas de las razones por las cuales la obligación no fue atendida o fue imposible de cumplir* 38

39 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR MODOS DE EXTINCIÓN DE OBLIGACIONES SUJETAS A CANALIZACIÓN DIFERENTES AL PAGO EN DINERO Dación en pago automática aplicada a deudas de F-6 o F-7; o a deudas contabilizadas por financiación de importaciones o de exportaciones de bienes: F-1 numeral 2026 / F-2 Numeral 1044 Las declaraciones de cambio F- 1 y F-2 se transmiten a través de los IMC (a ellas no se les aplican los tipos de operaciones 2, 3, 4 y las correcciones de errores de digitación Podrán ser anuladas) En todo caso el BR enviará esta información a título informativo a la autoridad de control y vigilancia del cumplimiento del régimen cambiario. * Art. 4, R.E. 7 de de mayo de J.D.B.R. Numerales CRE DCIN 83 del 20 de abril de

40 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR EXTINCIÓN DE OBLIGACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO POR DACIÓN EN PAGO F-6 - F-7 Transmisión (IMC o CC) por parte del residente deudor o acreedor del Formulario 3 A "Informe de desembolsos y pagos de endeudamiento externo" al DCIN del BR, a fin de aplicar el monto que se entiende pagado con la dación Código 35 Dación en pago de crédito de financiación de comercio exterior - C.R.E. DCIN 83 - BR - Cap En todo caso el BR enviará esta información a título informativo a la autoridad de control y vigilancia del cumplimiento del régimen cambiario. * Los documentos que acrediten la transacción deberán conservarse para el evento en que los solicite la autoridad de control y vigilancia del régimen cambiario. 40

41 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR OBLIGACIÓN DE DOCUMENTAR LA DACIÓN EN PAGO Los documentos que acrediten la transacción deberán conservarse para el evento en que los solicite la autoridad de control y vigilancia del régimen cambiario 3 etapas: Acuerdo de dación en pago Ejecución del acuerdo Contabilización de la operación 41

42 art. 2 de la RE 8 de 2000 de la JDBR MODOS DE EXTINCIÓN DE OBLIGACIONES SUJETAS A CANALIZACIÓN DIFERENTES AL PAGO EN DINERO LA CONDONACIÓN O REMISIÓN Requiere el cumplimiento de los requisitos del Código Civil* en lo relacionado con la capacidad y la insinuación Art capacidad* del acreedor para disponer del crédito Art insinuación de la condonación como una donación entre vivos Trámite notarial que implica presentar solicitud de común acuerdo, con la declaración de no contravención de ninguna disposición legal Art CC Corresponde al notario autorizar mediante escritura pública las donaciones cuyo valor excedan la suma de cincuenta (50) salarios mínimos mensuales Art. 822 C de Co. - Aplicabilidad de los principios del Derecho Civil a las obligaciones mercantiles 42

43 art. 4 de la RE 8 de 2000 de la JDBR RIESGO SANCIONATORIO Castigo de cartera o eliminación de la obligación (activa o pasiva) sin una causa justificada Comprobable o fundada en la ocurrencia de fuerza mayor que haya afectado la obligación canalizable caso fortuito que haya afectado la obligación canalizable un caso comprobado de inexigibilidad de la obligación un evento probado que señale la inexistencia de la obligación 43

44 art. 4 de la RE 8 de 2000 de la JDBR RIESGO SANCIONATORIO No canalización del pago de la obligación canalizable a través del Mercado Cambiario - art. 3, numeral 2 D.L de 2011 Extinción de la obligación canalizable por un medio diferente a los admitidos por la norma cambiaria * art. 3, numeral 3 D.L de 2011 Sanción: multa por el 100% de la operación 44

45 GRACIAS FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ

RÉGIMEN CAMBIARIO PARA LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN COLOMBIA

RÉGIMEN CAMBIARIO PARA LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN COLOMBIA RÉGIMEN CAMBIARIO PARA LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN COLOMBIA TEMAS I. Marco Legal II. Generalidades del Régimen Cambiario III. Importaciones de bienes IV. Exportaciones de bienes MARCO LEGAL 1.

Más detalles

Principios Básicos del Régimen Cambiario

Principios Básicos del Régimen Cambiario Junio 2018 Principios Básicos del Régimen Cambiario Últimas Regulaciones Vigentes Fernando Alberto Páez Martínez Marco Legal Constitución Política arts. 371 372* - 373 Ley 9 de 1991 Ley marco de C. I.

Más detalles

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83 3. IMPORTACIONES DE BIENES Los residentes deberán canalizar a través del mercado cambiario los pagos para cancelar el valor de sus importaciones. Para estos efectos deberán presentar la declaración de

Más detalles

Exportaciones de bienes

Exportaciones de bienes Exportaciones de bienes 1. Canalización 2. Financiación de exportaciones 3. Pagos anticipados y prefinanciación de exportaciones 4. Pago de exportaciones con tarjetas de crédito 5. Pago de exportaciones

Más detalles

Informe exógeno cambiario para la DIAN Cuentas de compensación

Informe exógeno cambiario para la DIAN Cuentas de compensación Informe exógeno cambiario para la DIAN Cuentas de compensación FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ Agosto de 2016 Eliminación de las declaraciones de cambio Formularios 1, 2, 4*, 5 C.R.E. - DCIN 83 de septiembre

Más detalles

Régimen Cambiario Aplicable en operaciones de Importación y Exportación. Bogotá D.C. 26 de mayo de 2016

Régimen Cambiario Aplicable en operaciones de Importación y Exportación. Bogotá D.C. 26 de mayo de 2016 Régimen Cambiario Aplicable en operaciones de Importación y Exportación Bogotá D.C. 26 de mayo de 2016 Para qué sirve? Qué es el Régimen Cambiario? Introducción al Régimen de Cambios Por qué resulta ser

Más detalles

Importaciones de bienes

Importaciones de bienes Importaciones de bienes 1. Canalización 2. Pago de importaciones en moneda legal colombiana 3. Pago de importaciones con tarjeta de crédito 4. Pago de Importaciones 5. Financiación de Importaciones 6.

Más detalles

Actualización sobre el Régimen Cambiario aplicado a las operaciones de Comercio Exterior

Actualización sobre el Régimen Cambiario aplicado a las operaciones de Comercio Exterior Seminario Taller Actualización sobre el Régimen Cambiario aplicado a las operaciones de Comercio Exterior Cali, Club de Ejecutivos (Avenida 4N #23DN - 65 Piso 9) Viernes, 15 de Enero de 2016 de 4:00 PM

Más detalles

ACTUALIZACIÓN DEL RÉGIMEN CAMBIARIO APLICADO A LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR E INFORMACIÓN EXOGENA CAMBIARIA EXIGIDA POR LA DIAN

ACTUALIZACIÓN DEL RÉGIMEN CAMBIARIO APLICADO A LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR E INFORMACIÓN EXOGENA CAMBIARIA EXIGIDA POR LA DIAN Seminario Taller ACTUALIZACIÓN DEL RÉGIMEN CAMBIARIO APLICADO A LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR E INFORMACIÓN EXOGENA CAMBIARIA EXIGIDA POR LA DIAN BOGOTÁ: Club de Ejecutivos(Cra 7 #26-20)Edificio

Más detalles

Actualización sobre el Régimen Cambiario aplicado al Comercio Exterior

Actualización sobre el Régimen Cambiario aplicado al Comercio Exterior Actualización sobre el Régimen Cambiario aplicado al Comercio Exterior FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ Noviembre de 2014 AGENDA Principios del Régimen Cambiario Régimen cambiario - Importaciones de Bienes

Más detalles

Resolución del 23 de Enero de 2009

Resolución del 23 de Enero de 2009 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN 000640 DEL 23 DE ENERO DE 2009 Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 de la Dirección de Impuestos y Aduanas

Más detalles

REGIMEN CAMBIARIO EXPORTACIONES. Junio/2012

REGIMEN CAMBIARIO EXPORTACIONES. Junio/2012 REGIMEN CAMBIARIO EXPORTACIONES Junio/2012 REGIMEN CAMBIARIO EN EXPORTACIONES Contenido REGIMEN CAMBIARIO MERCADO CAMBIARIO Generalidades Definición IMC Operaciones Formularios Numerales Cambiarios DECLARACION

Más detalles

ACTUALIZACION DEL REGIMEN CAMBIARIO APLICADO A LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

ACTUALIZACION DEL REGIMEN CAMBIARIO APLICADO A LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR SEMINARIO ACTUALIZACION DEL REGIMEN CAMBIARIO APLICADO A LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR Análisis de impacto y la correcta aplicación de las siguientes normas: 1. Resolución Externa 14 de 2016 de

Más detalles

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83 8. CUENTAS DE COMPENSACIÓN 8.1. Mecanismo de Compensación Los residentes que manejen ingresos y/o egresos derivados de operaciones sujetas al requisito de canalización por conducto del mercado cambiario,

Más detalles

1. Inversión de capital colombiano en el exterior.

1. Inversión de capital colombiano en el exterior. CONCEPTO 20364 DEL 20 DE SEPTIEMBRE 2016 BANCO DE LA REPÚBLICA "(...) Me refiero a su comunicación de la referencia mediante la cual consulta sobre el procedimiento que deben seguir los contribuyentes

Más detalles

NUEVO RÉGIMEN SANCIONATORIO CAMBIARIO DE COMPETENCIA DE LA DIAN

NUEVO RÉGIMEN SANCIONATORIO CAMBIARIO DE COMPETENCIA DE LA DIAN NUEVO RÉGIMEN SANCIONATORIO CAMBIARIO DE COMPETENCIA DE LA DIAN ENTIDADES DE CONTROL CAMBIARIO Decreto 2116 de 1992 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Art. 2 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Más detalles

ÍNDICE GENERAL. Introducción...

ÍNDICE GENERAL. Introducción... ÍNDICE GENERAL Introducción... xv CAPÍTULO I Generalidades Qué es el derecho de cambios internacionales o derecho cambiario?... 1 Qué es control de cambios?... 1 Cuáles son los propósitos del régimen cambiario?...

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE REGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. CONTRATO PROFORMA No.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE REGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. CONTRATO PROFORMA No. PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE REGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR CONTRATO PROFORMA No. 4500034633/2008-1 ELABORADO POR: M&M TRADE AND LAW LTDA. PARA: CAMARA DE COMERCIO

Más detalles

RESOLUCION NÚMERO

RESOLUCION NÚMERO RESOLUCION NÚMERO 000010 (28 de enero de 2016) Por medio de la cual se modifican los parágrafos 4º y 5º y se adicionan los parágrafos 6º, 7º, 8º y 9º al artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 EL DIRECTOR

Más detalles

REGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES Colombia

REGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES Colombia REGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES Colombia TABLA DE CONTENIDO Generalidades Conceptos Clave Marco Legal Régimen de Cambios: IMPORTACIONES Régimen de Cambios: EXPORTACIONES Régimen Sancionatorio para el

Más detalles

INDICE. Compendio Régimen de Cambios Internacionales. Tema Artículo Modificaciones

INDICE. Compendio Régimen de Cambios Internacionales. Tema Artículo Modificaciones TÍTULO PRELIMINAR DECLARACIÓN DE CAMBIO Definición Art. 1 Parágrafo Art. 1 Diferencias Art. 2 Conservación de documentos Art. 3 Sanciones Art. 4 Información Art. 5 TÍTULO I Capítulo I MERCADO CAMBIARIO

Más detalles

REGIMEN TRIBUTARIO PARA ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO Y TRATAMIENTO DE DONACIONES DESDE EL EXTERIOR

REGIMEN TRIBUTARIO PARA ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO Y TRATAMIENTO DE DONACIONES DESDE EL EXTERIOR REGIMEN TRIBUTARIO PARA ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO Y TRATAMIENTO DE DONACIONES DESDE EL EXTERIOR I. REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL Antes de la reforma tributaria de diciembre del año 2016, ser beneficiario

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 10 DE 2016 (Enero 28) Por medio de la cual se modifican los parágrafos 4º y 5º y se adicionan

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 10 DE 2016 (Enero 28) Por medio de la cual se modifican los parágrafos 4º y 5º y se adicionan Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 10 DE 2016 (Enero 28) Por medio de la cual se modifican los parágrafos 4º y 5º y se adicionan los parágrafos 6º, 7º, 8º y 9º al artículo 1º de la

Más detalles

MODIFICACIONES REGIMEN CAMBIARIO ENERO - JULIO DE 2017

MODIFICACIONES REGIMEN CAMBIARIO ENERO - JULIO DE 2017 MODIFICACIONES REGIMEN CAMBIARIO ENERO - JULIO DE 2017 MODIFICACIONES REGIMEN CAMBIARIO Enero Julio 2017 Reforma Tributaria Giros al exterior Actualización y Unificación de datos Nuevo código del Formulario

Más detalles

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83 10. GENERALIDADES SOBRE OPERACIONES DEL MERCADO CAMBIARIO 10.1 Residentes y No Residentes Los consorcios, las uniones temporales, y las sociedades de hecho, a pesar de estar inscritos en el registro único

Más detalles

Modificaciones DCIN 83 Septiembre de 2015 a la fecha Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 17 de septiembre de 2015

Modificaciones DCIN 83 Septiembre de 2015 a la fecha Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 17 de septiembre de 2015 Modificaciones DCIN 83 Septiembre de 2015 a la fecha Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 17 de septiembre de 2015 Asunto: 10: Procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio MODIFICACIONES

Más detalles

DECRETO NUMERO 1074 DE 1999 (junio 26)

DECRETO NUMERO 1074 DE 1999 (junio 26) DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXV. N. 43615. 26, JUNIO, 1999. PAG. 30. DECRETO NUMERO 1074 DE 1999 (junio 26) por el cual se establece el Régimen Sancionatorio aplicable a las infracciones cambiarias en las materias

Más detalles

REGIMEN CAMBIARIO PARA LA EXPORTACIÓN

REGIMEN CAMBIARIO PARA LA EXPORTACIÓN REGIMEN CAMBIARIO PARA LA EXPORTACIÓN 14-09-2016 TEMAS A TRATAR 1. Normatividad Cambiaria. 2. Generalidades Régimen Cambiario. 3. Declaraciones de Cambio. 4. Exportaciones de bienes 4.1 Canalización de

Más detalles

ZONAS FRANCAS. Para el efecto, le serán aplicables las siguientes reglas: J.M. Sereno P. 1

ZONAS FRANCAS. Para el efecto, le serán aplicables las siguientes reglas: J.M. Sereno P. 1 Los usuarios de las zonas francas están sometidos a los mismos términos y condiciones aplicables a los residentes en sus operaciones de cambio. Para el efecto, le serán aplicables las siguientes reglas:

Más detalles

RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales.

RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales. BANCO DE LA REPÚBLICA 1 RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales. LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA, en ejercicio de sus facultades

Más detalles

Cuentas bancarias en moneda extranjera

Cuentas bancarias en moneda extranjera Cuentas bancarias en moneda extranjera 1. Autorización 2. Mecanismo de compensación 3. Registro ante el Banco de la República 4. Operaciones que se pueden canalizar a través de las cuentas de compensación

Más detalles

V. Inversión extranjera en Colombia

V. Inversión extranjera en Colombia V. Inversión extranjera en Colombia En este capítulo, de conformidad con la regulación aplicable al tema, se describe el régimen general de la inversión extranjera en Colombia, indicando cuáles son los

Más detalles

RÉGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES Resolución Externa No. 8 de 2000 y sus modificaciones

RÉGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES Resolución Externa No. 8 de 2000 y sus modificaciones RÉGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES Resolución Externa No. 8 de 2000 y sus modificaciones Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales. LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA, en

Más detalles

INVERSIONES FINANCIERAS Y EN ACTIVOS EN EL EXTERIOR (IFAE)

INVERSIONES FINANCIERAS Y EN ACTIVOS EN EL EXTERIOR (IFAE) INVERSIONES FINANCIERAS Y EN ACTIVOS EN EL EXTERIOR (IFAE) Inversión Financiera y en Activos en el Exterior (IFAE) Art. 60 R.E. 1 de 2018 La regulación mantuvo la misma definición de la R.E 8/00. Se consideran

Más detalles

RÉGIMEN DE CA MBIOS INTERNACIONALES CAPÍTULO 2

RÉGIMEN DE CA MBIOS INTERNACIONALES CAPÍTULO 2 RÉGIMEN DE CA MBIOS INTERNACIONALES CAPÍTULO 2 Seis cosas que un inversionista debe saber sobre el régimen de cambios internacionales: 1 Existe control y obligación de registro sobre las siguientes operaciones

Más detalles

Temas Críticos Generadores de Infracción Cambiaria en Operaciones de Comercio Exterior. FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ Junio de 2009

Temas Críticos Generadores de Infracción Cambiaria en Operaciones de Comercio Exterior. FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ Junio de 2009 Temas Críticos Generadores de Infracción Cambiaria en Operaciones de Comercio Exterior FERNANDO ALBERTO PAEZ MARTINEZ Junio de 2009 1. Canalización de operaciones de comercio exterior Obligación Legal:

Más detalles

ASUNTO: LE CORRESPONDE AL BANCO DE LA REPÚBLICA, AUTORIZAR OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO.

ASUNTO: LE CORRESPONDE AL BANCO DE LA REPÚBLICA, AUTORIZAR OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO. OFICIO 220-126114 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2015 ASUNTO: LE CORRESPONDE AL BANCO DE LA REPÚBLICA, AUTORIZAR OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO. Me refiero a su comunicación radicada con el número 2015-01-356852,

Más detalles

BOLETÍN CONTENIDO. No. 041

BOLETÍN CONTENIDO. No. 041 BOLETÍN No. 041 Fecha 1 de octubre de 2008 Páginas 5 CONTENIDO Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 1 de octubre de 2008. "Asunto 1 O: Procedimientos aplicables a las operaciones cambio". Página

Más detalles

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83 1. DECLARACIÓN DE CAMBIO 1.1. Presentación De conformidad con lo previsto en la Resolución Externa No. 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República (en adelante R.E. 8/00 J.D.) y demás normas

Más detalles

RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales.

RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales. BANCO DE LA REPÚBLICA 1 RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales. LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA, en ejercicio de sus facultades

Más detalles

Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 24 de junio de 2005

Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 24 de junio de 2005 Hoja 10 00 Con esta circular se sustituyen las hojas Nos 10-0 1, 10-02, 10-03 y 10-04 de enero 27 de 2006 de la Circular Reglamentaria Externa DCIN - 83 y sus modificaciones, con las cuales se adicionan

Más detalles

Índice PRÓLOGO... PRIMERA PARTE EL RÉGIMEN CAMBIARIO APLICABLE A LOS ANTICIPOS Y PREFINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES

Índice PRÓLOGO... PRIMERA PARTE EL RÉGIMEN CAMBIARIO APLICABLE A LOS ANTICIPOS Y PREFINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES Índice PRÓLOGO... IX INTRODUCCIÓN La reimplantación del régimen de control de cambios... I. La reimplantación de la obligatoriedad de liquidar en el sistema financiero nacional las divisas provenientes

Más detalles

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83 5. ENDEUDAMIENTO EXTERNO El endeudamiento externo está clasificado en créditos pasivos y créditos activos. Los primeros corresponden a créditos otorgados por no residentes a residentes y los segundos a

Más detalles

BANCO DE LA REPÚBLICA 1 Secretaría de la Junta Directiva 01/11/2017 Compendio Resolución Externa 8/2000. RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5)

BANCO DE LA REPÚBLICA 1 Secretaría de la Junta Directiva 01/11/2017 Compendio Resolución Externa 8/2000. RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) BANCO DE LA REPÚBLICA 1 RESOLUCION EXTERNA No. 8 DE 2000 (Mayo 5) Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales. LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA, en ejercicio de sus facultades

Más detalles

LAS INFRACCIONES CAMBIARIAS EN EL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIAN (Decreto 2245 de 2.011)

LAS INFRACCIONES CAMBIARIAS EN EL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIAN (Decreto 2245 de 2.011) LAS INFRACCIONES CAMBIARIAS EN EL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIAN (Decreto 2245 de 2.011) Liliana Villamizar Roldán Payán Urdaneta y Co Abogados Bogotá, Calle 59 A bis No 4 A 33 Tel 2 12

Más detalles

Hoja ASUNTO: 10 PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS OPERACIONES DE CAMBIO

Hoja ASUNTO: 10 PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS OPERACIONES DE CAMBIO Hoja 10-00 Con la presente Circular se sustituyen las hojas Nos. 10-3/4 de diciembre 17 de 2007 y 10-4A14B de junio 22 de 2007 de la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 y sus modificaciones. Se modifica

Más detalles

Se elimina en el punto 4 el plazo de quince (15) días para informar a los IMC los datos de las declaraciones de exportación.

Se elimina en el punto 4 el plazo de quince (15) días para informar a los IMC los datos de las declaraciones de exportación. Hoja 10 00A Con la presente circular se sustituyen las hojas Nos. 10-3/4, 10-19/24, 10-29/48 y 10-55/56m de junio 7 de 2006; diciembre 16 de 2004, agosto 2 de 2006, mayo 14 de 2007, enero 27 de 2006, diciembre

Más detalles

... la capital, cada vez más segura (Bogotá), está en la cúspide de convertirse en el destino más atractivo de América del Sur.

... la capital, cada vez más segura (Bogotá), está en la cúspide de convertirse en el destino más atractivo de América del Sur. R É G I M E N D E C A M B I O S I N T E R N A C I O N A L E S D O S... la capital, cada vez más segura (Bogotá), está en la cúspide de convertirse en el destino más atractivo de América del Sur. Forbes

Más detalles

/?JJD/JW()/ de k g ':ffuw'/ucu

/?JJD/JW()/ de k g ':ffuw'/ucu /?JJD/JW()/ de k g ':ffuw'/ucu Céf:o/lo~niúv BOLETÍN No. Fecha Páginas 006 14 de febrero de 2012 41 CONTENIDO Página Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 13 de febrero de 2012. "Asunto 10: Procedimientos

Más detalles

Aproximación práctica a la regulación del mercado de divisas en Colombia. Argent Victoria Stambulie. Estudiante de Pregrado

Aproximación práctica a la regulación del mercado de divisas en Colombia. Argent Victoria Stambulie. Estudiante de Pregrado 1 Aproximación práctica a la regulación del mercado de divisas en Colombia Argent Victoria Stambulie Estudiante de Pregrado Información sobre el autor. Estudiante de pregrado de la Facultad de Derecho

Más detalles

REGIMEN CAMBIARIO DE LAS CUENTAS DE COMPENSACION

REGIMEN CAMBIARIO DE LAS CUENTAS DE COMPENSACION Seminario Taller REGIMEN CAMBIARIO DE LAS CUENTAS DE COMPENSACION Bogotá, Club de Ejecutivos Carrera 7 # 26-20 Por Definir Inversión stificación y Objetivos Afiliados: $320.000 + IVA No Afiliados: $475.000

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 65 DE 2016 (Octubre 3) Por medio de la cual se modifica el parágrafo 9º y se adicionan los

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 65 DE 2016 (Octubre 3) Por medio de la cual se modifica el parágrafo 9º y se adicionan los Dirección de Impuestos y Aduanas acionales RESOLUCIÓ 65 DE 2016 (Octubre 3) Por medio de la cual se modifica el parágrafo 9º y se adicionan los parágrafos 10, 11 y 12 al artículo 1º de la Resolución 4083

Más detalles

RESOLUCION NÚMERO

RESOLUCION NÚMERO RESOLUCIO ÚMERO 000065 ( 03 de octubre de 2016 ) Por medio de la cual se modifica el parágrafo 9º y se adicionan los parágrafos 10º, 11º y 12 al artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 EL DIRECTOR GEERAL

Más detalles

Hoja ASUNTO: 10 PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS OPERACIONES DE CAMBIO

Hoja ASUNTO: 10 PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS OPERACIONES DE CAMBIO ASUNTO: 10 PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS OPERACIONES DE CAMBIO Hoja 10-00 Con la presente Circular se sustituyen las hojas Nos.10-19/20 de abril 29 de 2008, 10-21/22 de junio 13 de 2008, 10-35/36 de junio

Más detalles

Régimen sancionatorio cambiario aplicado

Régimen sancionatorio cambiario aplicado Régimen sancionatorio cambiario aplicado por la DIAN Principios y generalidades Régimen sancionatorio cambiario aplicado por la DIAN Modalidades de infracción sancionables 1 Marco Normativo Decreto 4048

Más detalles

1/ Se presentan cifras a julio de 2017 Información disponible en

1/ Se presentan cifras a julio de 2017 Información disponible en 1 Preparado por: Subgerencia de Estudios Económicos Sección Sector Externo Fecha: Octubre de 2017 1/ Se presentan cifras a julio de 2017 Información disponible en http://www.banrep.org/informes-economicos/ine_bol_deuex.htm

Más detalles

VII. Régimen cambiario

VII. Régimen cambiario VII. Régimen cambiario A. Conceptos relevantes Para un mejor entendimiento del régimen de cambios internacionales aplicable en Colombia, en la Tabla 7.1 se incluyen algunos de los términos más relevantes

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria División Atención y Asistencia. Certificados 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo cuyo presupuesto

Más detalles

Obligación aduanera y declarante. Decreto 390 de 2016.

Obligación aduanera y declarante. Decreto 390 de 2016. Obligación aduanera y declarante Decreto 390 de 2016. PROPOSITO Lo aduanero es todo aquello que tiene relación con el control de la entrada y salida de mercancías de un territorio y la permanencia de éstas

Más detalles

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83

CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN - 83 7. INVERSIONES INTERNACIONALES 7.1. Aspectos Generales En desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 2080 de 2000 y sus modificaciones, así como en la Resolución Externa 8 de la 2000 Junta Directiva del

Más detalles

Asesor y Capacitador en Comercio Exterior, Consultor en Negocios Internacionales

Asesor y Capacitador en Comercio Exterior, Consultor en Negocios Internacionales Mecanismos y entidades de financiación para exportaciones (Factoring, forfaiting, Cartas de crédito) Orlando Espitia Asesor y Capacitador en Comercio Exterior, Consultor en Negocios es TIPOS DE CREDITO

Más detalles

BOLETÍN CONTENIDO. No. 26 de Julio de Fecha Páginas

BOLETÍN CONTENIDO. No. 26 de Julio de Fecha Páginas BOLETÍN No. Fecha Páginas 24 26 de Julio de 2017 115 Página CONTENIDO 1 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 26 de Julio de 2017 Asunto 1 O: Procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio.

Más detalles

INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC

INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO. IMC Los Intermediarios Cambiarios (IMC) son las entidades definidas por la Junta Directivas del Banco de la Republica, que pueden realizar operaciones de compra venta

Más detalles

Saldo vigente como porcentaje del PIB 2/

Saldo vigente como porcentaje del PIB 2/ Saldo vigente como porcentaje del PIB 2/ 50,0 40,0 Porcentaje 30,0 20,0 10,0 0,0 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Saldo Total / PIB Saldo Pública/PIB Saldo Privada /PIB 2/ Con información de la

Más detalles

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 2 9 bi~ Por el cual se modifica el Decreto 2080 de 2000

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 2 9 bi~ Por el cual se modifica el Decreto 2080 de 2000 República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público ( 2 9 bi~ 2011 Por el cual se modifica el Decreto 2080 de 2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA En uso de sus atribuciones Constitucionales

Más detalles

Balanza cambiaria: definición, estructura y evolución reciente *

Balanza cambiaria: definición, estructura y evolución reciente * INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN ECONÓMICA Bogotá, D. C., abril de 2003 - No. 47 EDITORA: Diana Margarita Mejía A. ISSN 0124-0625 REPORTES DEL EMISOR es una publicación del Departamento de Comunicación Institucional

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria Grandes Contribuyentes Recaudación 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo cuyo presupuesto

Más detalles

PRODUCTOS DE COLOCACIÓN EN MONEDA EXTRANJERA.

PRODUCTOS DE COLOCACIÓN EN MONEDA EXTRANJERA. PRODUCTOS DE MATERIAL AUTOFORMATIVO AREA DE BANCA E INSTITUCIONES FINANCIERAS.SENA Isaías Velasco Olave COLOCACIÓN EN MONEDA EXTRANJERA. Al estudiar el portafolio de productos en Moneda Extranjera se tendrá

Más detalles

TARIFAS 2016 EL ALIADO QUE TE ACERCA A LO QUE QUIERES SER TARIFARIO MONEDA EXTRANJERA. Vigencia desde el 1º de enero de 2016

TARIFAS 2016 EL ALIADO QUE TE ACERCA A LO QUE QUIERES SER TARIFARIO MONEDA EXTRANJERA. Vigencia desde el 1º de enero de 2016 TARIFAS 2016 Vigencia desde el 1º de enero de 2016 Tarifas no tienen IVA incluído TARIFARIO MONEDA EXTRANJERA Venta de Divisas En transferencia enviada Transferencia enviada a Helm Bank Panamá Por transferencia

Más detalles

Version:01 CODIGO CUENTA

Version:01 CODIGO CUENTA LABORATORIO DE ESPECIALIDADES BOLIVAR S.A. NIT 804.002.615-5 Bucaramanga - Santander BALANCE GENERAL COMPARATIVO A 31 DICIEMBRE DE 2015 Y 2016 Cifras en pesos colombianos VIGILADO SUPERSALUD Fecha de actualizacion:

Más detalles

DECRETO 4271 DE 2005 (noviembre 23) DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N , NOVIEMBRE, PAG. 33

DECRETO 4271 DE 2005 (noviembre 23) DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N , NOVIEMBRE, PAG. 33 DECRETO 4271 DE 2005 (noviembre 23) DIARIO OFICIAL. AÑO CXLI. N. 46104. 26, NOVIEMBRE, 2005. PAG. 33 por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y

Más detalles

Estado del Flujo de Efectivo

Estado del Flujo de Efectivo Actividades de Operación 1. Entradas de Efectivo Estado del Flujo de Efectivo NOTA No. 1 - Cobro de Ingresos Tributarios Son tributos las prestaciones en dinero (impuestos, tasas y contribuciones especiales),

Más detalles

Tarifas 2019 Las tarifas no incluyen IVA.

Tarifas 2019 Las tarifas no incluyen IVA. Venta de divisas Compra de divisas Créditos en moneda extranjera (Giros Financiados, Prefinanciación Exportaciones, Capital de Trabajo, Redescuento) Transferencia enviada Transferencia enviada a cualquier

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria División Recaudación y Controles Extensivos Convenios 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo

Más detalles

Concepto 330 del 2016 Abril 25 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Tema: Cambiario - Tributario. Descriptores Ingreso o salida del país de

Concepto 330 del 2016 Abril 25 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Tema: Cambiario - Tributario. Descriptores Ingreso o salida del país de Concepto 330 del 2016 Abril 25 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Tema: Cambiario - Tributario. Descriptores Ingreso o salida del país de divisas y/o moneda legal colombiana. Fuentes formales

Más detalles

DECLARACION DE CAMBIO POR INVERSIONES INTERNACIONALES INSTRUCTIVO - FORMULARIO No. 4 CIRCULAR REGLAMENTARIA DCIN-83 DE JULIO 19 DE 2013 Página 1 de 5

DECLARACION DE CAMBIO POR INVERSIONES INTERNACIONALES INSTRUCTIVO - FORMULARIO No. 4 CIRCULAR REGLAMENTARIA DCIN-83 DE JULIO 19 DE 2013 Página 1 de 5 Diligencie en original y copia. I. TIPO DE OPERACIÓN (Casilla 1 a 2) DECLARACION DE CAMBIO POR INVERSIONES INTERNACIONALES Página 1 de 5 1. Número 1-INICIAL: Corresponde a una operación de compra o venta

Más detalles

Estudio Régimen Legal Colombiano

Estudio Régimen Legal Colombiano CAPÍTULO II SISTEMA GENERAL DE TÍTULOS VALORES EN LA REPUBLICA DE COLOMBIA I. GENERALIDADES DE LOS TÍTULOS VALORES A. Definición y elementos 1. Documento necesario 2. Incorporación de un derecho 3. Literalidad

Más detalles

RESOLUCION EXTERNA No. 21 DE (Septiembre 2) Por la cual se expiden regulaciones en materia cambiaria.

RESOLUCION EXTERNA No. 21 DE (Septiembre 2) Por la cual se expiden regulaciones en materia cambiaria. RESOLUCION EXTERNA No. 21 DE 1993 (Septiembre 2) Por la cual se expiden regulaciones en materia cambiaria. LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA, en ejercicio de sus facultades constitucionales

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO 4665 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2005

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO 4665 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2005 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO www.lecomex.com DECRETO 4665 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2005 por el cual se establece la autorización para importar materias textiles y sus manufacturas y calzado y

Más detalles

4. Número de formulario

4. Número de formulario 1. Año Espacio reservado para la DIAN 5. Número de Identificación Tributaria (NIT) 6.DV. 7. Primer apellido 8. Segundo apellido 9. Primer nombre 10. Otros nombres Datos del declarante 11. Razón social

Más detalles

Acceso al financiamiento

Acceso al financiamiento Acceso al financiamiento Cuestiones cambiarias relacionadas con el acceso al financiamiento Juan Martín Jovanovich KPMG Ingreso de divisas Endeudamiento financiero Se elimina el requisito de liquidación

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO 5605

RESOLUCIÓN NÚMERO 5605 RESOLUCIÓN NÚMERO 5605 ( MAYO 18 DE 2011 ) Por medio de la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 4083 de 1999 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales,

Más detalles

APLICACIÓN RÉGIMEN CAMBIARIO EN COLOMBIA. Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 15 de septiembre de 2011 del Banco de la República de Colombia

APLICACIÓN RÉGIMEN CAMBIARIO EN COLOMBIA. Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 15 de septiembre de 2011 del Banco de la República de Colombia APLICACIÓN RÉGIMEN CAMBIARIO EN COLOMBIA Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 15 de septiembre de 2011 del Banco de la República de Colombia Cómo se define la inversión que hacen los inversionistas

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES COMERCIO EXTERIOR QUÉ ES EL COMERCIO EXTERIOR? QUÉ OPERACIONES SE PUEDEN REALIZAR?

PREGUNTAS FRECUENTES COMERCIO EXTERIOR QUÉ ES EL COMERCIO EXTERIOR? QUÉ OPERACIONES SE PUEDEN REALIZAR? QUÉ ES EL COMERCIO EXTERIOR? También conocido como Comercio Internacional, es el intercambio de bienes y servicios entre personas radicadas en distintos países, es decir entre un vendedor (Exportador)

Más detalles

Guía legal para hacer negocios en Colombia 2014 CAPÍTULO 2 RÉGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES

Guía legal para hacer negocios en Colombia 2014 CAPÍTULO 2 RÉGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES CAPÍTULO 2 RÉGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES 16 RÉGIMEN DE CAMBIOS INTERNACIONALES Cinco cosas que un inversionista debe saber sobre el régimen de cambios internacionales: 1. Hay libertad para realizar

Más detalles

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2009

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2009 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN 014199 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2009 Por la cual se prescriben los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras

Más detalles

Cómo va la financiación de la infraestructura en Colombia?

Cómo va la financiación de la infraestructura en Colombia? Cómo va la financiación de la infraestructura en Colombia? Agenda Introducción Ley 1882 de 2018 (Liquidación de contratos). Endeudamiento externo denominado en pesos colombianos Compliance Retos adicionales

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria División Recaudación y Controles Extensivos Controles extensivos 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto

Más detalles

DEPARTAMENTO DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

DEPARTAMENTO DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DEPARTAMENTO DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN 14199 (30 de Diciembre de 2009) Por la cual se prescriben los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras

Más detalles

BALANCE RESERVADO (NEGOCIOS EN ESPAÑA)

BALANCE RESERVADO (NEGOCIOS EN ESPAÑA) Pág. 1 de 17 A C T I V O 1. CAJA Y DEPÓSITOS EN BANCOS CENTRALES... 0001 1501 3001 1.1. Caja... 0002 1502 3002 1.2. Banco de España... 0003 1503 3003 1.2.1. Adquisición temporal de activos... 0004 1504

Más detalles

CREDITO VEHICULOS. Seguro de vida Deudores $ 1,150 Cuota fija por millón sobre el valor inicial del crédito Mensual

CREDITO VEHICULOS. Seguro de vida Deudores $ 1,150 Cuota fija por millón sobre el valor inicial del crédito Mensual COMISIONES Sanción por Prepago de Obligaciones 2% Este porcentaje se liquidará sobre el valor prepagado, si se cumplen los topes definidos por la ley. LEVANTAMIENTOS DE PRENDA $ 29,000 Efectivo en el momento

Más detalles