XVIII SEMINARIO: ANÁLISIS ECONÓMICO DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA MARCO INSTITUCIONAL DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
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- Juan Luis Paz Mendoza
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1 XVIII SEMINARIO: ANÁLISIS ECONÓMICO DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA MARCO INSTITUCIONAL DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA Alfonso López-Escobar Anguiano Director del Departamento de Investigación ADCA Sevilla, 27 de noviembre de 2012
2 ESQUEMA 1. Cuestiones básicas. Defensa de la competencia 2. Marco institucional 3. Organización ADCA 4. Facultades DI 5. Casos prácticos 6. Proyecto CNMC
3 1. Cuestiones básicas. Defensa de la Competencia
4 1. Cuestiones básicas. Defensa de la Competencia Finalidad: existencia de competencia efectiva LA LIBRE COMPETENCIA SANA RIVALIDAD» Estimula la capacidad emprendedora» Fomenta la dinámica empresarial LAS EMPRESAS QUE OPERAN EN MERCADOS COMPETITIVOS TIENEN INCENTIVOS PARA:» Ofrecer mayor cantidad, calidad y variedad de productos» Competir en precios» Mejorar su organización y estructura de costes» Innovar e incrementar la productividad
5 1. Cuestiones básicas. Defensa de la Competencia Algunos operadores pueden tender a modificar las condiciones de competencia efectiva De acuerdo con otras empresas competidoras De forma unilateral ESTAS CONDUCTAS PUEDEN SUPONER OBSTÁCULOS AL LIBRE EJERCICIO EMPRESARIAL:» Establecimiento de barreras» Imposición de cláusulas abusivas» Reparto de mercado» Fijación de precios
6 1. Cuestiones básicas. Defensa de la Competencia Para corregir estas conductas, los poderes públicos, a través de órganos específicos y autoridades independientes desarrollan las políticas de competencia, en particular: DEFENSA DE LA COMPETENCIA: Actividad de la Administración ex post contra conductas de las empresas que restringen la competencia en los mercados y están tipificadas como infracción» Procedimiento sancionador» Perseguir conductas anticompetitivas» Garantizar la existencia de competencia efectiva» DESCENTRALIZACIÓN
7 2. Marco institucional
8 2. Marco Institucional El ESQUEMA INSTITUCIONAL de Defensa de la Competencia está articulado normativamente en tres niveles: EUROPEO NACIONAL AUTONÓMICO La ATRIBUCIÓN de responsabilidades a una Autoridad de Defensa de la Competencia se realiza EN FUNCIÓN: INCIDENCIA ECONÓMICA EFECTOS GEOGRÁFICOS
9 2. Marco Institucional El ESQUEMA INSTITUCIONAL de Defensa de la Competencia protege eficazmente: INTERÉS PÚBLICO Por medio de los órganos administrativos Comisión Europea Comisión Nacional de la Competencia Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía
10 2. Marco Institucional El ESQUEMA INSTITUCIONAL de Defensa de la Competencia protege eficazmente: INTERÉS PRIVADO Por medio de los órganos jurisdiccionales Los jueces de lo mercantil pueden aplicar la normativa de competencia, tanto europea como nacional, de forma directa sin necesidad de pronunciamiento previo al respecto por parte de las autoridades administrativas.
11 2. Marco Institucional El ESQUEMA INSTITUCIONAL de Defensa de la Competencia protege eficazmente: INTERÉS PÚBLICO Órganos administrativos : Declaran la infracción de la normativa de Defensa de la Competencia Ordenan la cesación de las conductas prohibidas en un plazo INTERÉS PRIVADO Órganos jurisdiccionales: Dirimir, tras constatar la existencia de una infracción, las consecuencias civiles de los actos contrarios a la normativa de Defensa de la Competencia: Ordenan la remoción de los efectos de las prácticas prohibidas Imponen multas y sanciones Imposición de condiciones u obligaciones Nulidad de cláusulas contrarias a la competencia Incluso CONTRATOS COMPLETOS Demandas por daños y perjuicios de las empresas o particulares afectados.
12 2. Marco Institucional Compatibilidad en la defensa interés público y privado: Cártel del azúcar Daño al mercado: TDC (8,8 millones euros) Daño a particulares: AP Valladolid y TS (1,1 millón euros)
13 2. Marco Institucional SISTEMA EUROPEO DE COMPETENCIA Comisión Europea: Reglamento CE 1/2003 del Consejo Hasta 2003, monopolio en la aplicación administrativa del Derecho Comunitario de la Competencia A partir 2003, mayor protagonismo autoridades nacionales, con la coordinación de la Comisión: Red Europea de Autoridades Retiene poder de decisión en los asuntos más importantes Reglas Básicas: Comunicación Comisión sobre cooperación Decisión en cualquier momento, los Estados inmediatamente se inhiben Se considera autoridad mejor situada si la práctica afecta a más de tres Estados
14 2. Marco Institucional SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIA CNC Dirección de Investigación CONSEJO AUTORIDADES AUTONÓMICAS Galicia, Cataluña, País Vasco, Andalucía, Aragón, Castilla León, Murcia, Valencia, Extremadura. Instrucción en Madrid y Canarias Mecanismos de asignación Ley 1/ Puntos de conexión - Cierta asimetría Mecanismos de coordinación: Grupos de trabajo. REC
15 2. Marco Institucional Junta Consultiva en materia de conflictos Artículo 3 Ley 1/2002 Presidente, nombrado por Ministerio Economía, oído CDC, por 5 años Vocal por la AGE designado por ME 2 Vocales designados por la CA en conflicto Casos: AENA: CA Madrid/Estado Euskaltel: País Vasco/Estado Estación Sur de Autobuses: Sentencia TC 16/04/2012
16 2. Marco Institucional RESUMEN CRITERIOS AFECTA al comercio entre Estados miembros se aplica DERECHO COMUNITARIO Autoridad mejor situada NO AFECTA al comercio entre Estados miembros se aplica DERECHO NACIONAL Efectos exclusivos CE CNC CNC ADCA Más de tres Estados Decisión Comisión Efectos en territorio nacional Pueden analizarse en paralelo Efectos en varias CC AA en el conjunto del territorio nacional Efectos exclusivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía
17 2. Marco Institucional
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20 2. Marco Institucional
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24 2. Marco Institucional
25 3. ORGANIZACIÓN ADCA
26 3. Organización ADCA Origen: Sentencia TC 208/1999 de 11 de noviembre Promoción Defensa Ley 1/2002, de 21 de febrero, de coordinación de las competencias del Estado y las CCAA Reparto CNC/ADCA ( efectos ) No hay duplicidad de órganos Estatuto Autonomía Andalucía Art º Competencia exclusiva: Promoción de la competencia en los mercados respecto de las actividades económicas que se realizan principalmente en Andalucía y el establecimiento y regulación de un órgano independiente de defensa de la competencia
27 3. Organización ADCA Art º Estatuto Autonomía: Competencia ejecutiva en Defensa de la competencia en el desarrollo de las actividades económicas que alteren o puedan alterar la libre competencia del mercado en un ámbito que no supere el territorio de Andalucía, incluidas la inspección y la ejecución del régimen sancionador Art. 164 Estatuto Autonomía: Defensa de la competencia 1. La Junta de Andalucía establecerá por ley un órgano independiente de defensa de la competencia en relación con las actividades económicas que se desarrollen principalmente en Andalucía, en los términos del artículo Asimismo, podrá instar a los organismos estatales de defensa de la competencia cuanto estime necesario para el interés general de Andalucía en esta materia
28 3. Organización ADCA Ley 6/2007 de Promoción y Defensa de la Competencia Andalucía Órgano Autónomo Decreto 289/2007 Estatutos ADCA Orden 24 enero 2008: inicio 17 de marzo Ley 16/1989 Sentencia TC Ley 1/2002 Ley 15/ ADCA 2013 CNMV
29 3. Organización ADCA Organigrama: art. 9 Ley 6/2007 Dirección-Gerencia Consejo Departamento de Investigación Departamento de Estudios, Análisis de Mercados y Promoción Secretaría General Defensa Competencia ADCA Departamento Investigación: órgano que ejerce las funciones de instrucción, investigación y vigilancia a las que se refiere la normativa estatal en la CA de Andalucía Consejo: órgano de resolución y dictamen
30 4. FACULTADES DI
31 4. Facultades DI El personal de la ADCA debidamente autorizado por el DI tienen la condición de agente de la autoridad con las siguientes facultades: 1. Acceder a cualquier local, terreno, transporte, de empresas y asociaciones de empresas así como en domicilio particular de empresarios 2. Verificar libros, documentos de la actividad 3. Hacer y obtener copias en cualquier soporte de los libros y documentos 4. Retenerlos por un plazo máximo de 10 días 5. Precintar todos los locales, libros, documentos, bienes de la empresa, durante el tiempo de la inspección 6. Solicitar explicaciones al personal de la empresa Las facultades 1 y 5 requieren o consentimiento del afectado o autorización judicial
32 4. Facultades DI Principios del procedimiento sancionador: Garantía del procedimiento: Separación fase instructora y resolutoria (DI/CDCA) No se imponen sanciones sin haber tramitado el necesario procedimiento legal Transparencia del procedimiento Formalización sistemática Custodia por órgano competente Acceso permanente de los interesados en fase de instrucción y resolución Garantía de los incoados Notificación hechos imputados Infracción que tales hechos puede constituir Posibles sanciones Instructor y secretario instrucción, recusación Confidencialidad
33 5. CASOS PRÁCTICOS
34 Expediente Tipo Título F. resolución S 11/2012 Sancionador Colegio de Administradores de Fincas de Almería 2 26/07/2012 S 10/2012 Archivo Sisifo Ascensores 15/03/2012 S 09/2012 Archivo Colegio de Gestores Administrativos de Málaga 15/03/2012 S 08/2012 TC Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla 15/03/2012 S 07/2012 TC Colegio de Procuradores de Jerez de la Frontera 01/03/2012 S 06/2012 TC Colegio de Procuradores de Málaga 01/03/2012 S 05/2012 TC Colegio de Procuradores de Jaén 01/03/2012 S 04/2012 TC Colegio de Procuradores de Granada 01/03/2012 S 03/2012 Archivo Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia 06/02/2012 S 02/2012 Sancionador Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos 06/02/2012 S 01/2012 Sancionador Asociación Provincial de Informadores Turísticos de Granada (APIT- Granada) 19/01/2012 S 11/2011 Archivo Autoescuelas de la Línea de la Concepción 22/12/2011 S 10/2011 TC Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Málaga (COAPI Málaga) 22/11/2011 S 09/2011 TC Colegio Notarial de Andalucía 2 29/09/2011 S 08/2011 Archivo Leche Pascual 29/09/2011 S 07/2011 Archivo Asociación Empresarial de Pintores de Priego de Córdoba 21/09/2011 S 06/2011 Archivo Ayuntamiento de Marbella 21/07/2011 S 05/2011 Archivo Universidad Internacional de Andalucía 20/06/2011 S 04/2011 Archivo Ayuntamiento de Almería 18/05/2011 S 03/2011 Sancionador Grúas móviles Málaga 18/05/2011 S 02/2011 Sancionador AGRAPAN 13/04/2011 S 01/2011 Archivo Colegio de Administradores de Fincas de Almería 13/04/2011 S 11/2010 Archivo Compañías aseguradoras Córdoba 10/11/2010 S 10/2010 TC Centros Comerciales Chiclana 06/10/2010 S 09/2010 Archivo NOVOTOURS U.T.E. 06/10/2010 S 08/2010 Sancionador Emisora de Taxi de Córdoba 09/07/2010 S 07/2010 Archivo ROMOR-ENDESA 08/06/2010 S 06/2010 Sancionador Colegio de Notarios de Andalucía 08/06/2010 S 05/2010 Sancionador APROPAN 24/03/2010 S 04/2010 Sancionador FEPAN 24/03/2010 S 03/2010 TC AFEPANCOR 23/02/2010 S 02/2010 Archivo Distribución de uniformes colegiales 23/02/2010 S 01/2010 Sancionador Emisoras de taxi de Sevilla 21/01/2010 S 02/2009 Archivo Fundación Codificación y Banco de Precios de la Construcción 30/09/2009 S 01/2009 Archivo Distrimedios S.L. 29/07/2009 S 02/2008 Archivo Farmacias de Fuengirola y Mijas 13/11/2008 S 01/2008 Archivo Atracciones Feria de Sevilla 05/11/2008
35 5. Casos prácticos
36 5. Casos prácticos ADCA Taxis Sevilla y Córdoba Asociaciones panaderos provinciales Colegios profesionales CNC Marco de Jerez Consejo Regulador Vinos finos (exportación BOB buyer s own brand ) Uva y mosto
37 6. PROYECTO CNMC
38 6. Proyecto CNMC Proyecto de Ley de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 19 de octubre 2012 Unión: CNC, CNE, CNMT, Comité Regulación Ferroviaria, Comisión Nacional del Sector Postal, Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria y el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales Dos grandes funciones Defensa y promoción de la Competencia Funciones de carácter singular en determinados sectores y mercados regulados en los que la LDC resulta insuficiente para garantizar la competencia efectiva
39 6. Proyecto CNMC Organización Consejo: Presidente, Vicepresidente y 7 Consejeros (6 años) 4 Direcciones de Instrucción: Defensa de la Competencia Telecomunicaciones y servicios audiovisuales Energía Transportes y sector postal Atribución a la Dirección de Competencia todas las facultades de instrucción de la LDC que permanece vigente
40 Conclusiones Las instituciones de competencia garantizan la existencia de competencia efectiva. Actuaciones ex ante y post. Marco institucional descentralizado Autoridad mejor situada Mecanismos de asignación y coordinación que evitan duplicidades Cercanía a los mercados locales Destacado papel de la ADCA en el sistema nacional Marco actualmente en revisión
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