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1 32 Tuesday, October 6, 2015 Official Registry of Legal Notices UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF. TRM, LLC Plaintiff v. GRACE MONGE LA FOSSE Defendant CIVIL NO (CCC) Foreclosure of Mortgage NOTICE OF SALE TO: GRACE MONGE LA FOSSE Judgment has been entered in favor of plaintiff in the amount of $378, in principal, accrued interest in the amount of $271, as of March 31, 2015 which continues to accrue until full payment at the rate of 7.95% per annum, plus $16, in fees, $5, in escrow, plus all expenses and advances made by plaintiff. Pursuant to said judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certifi ed check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBANA: Solar marcado con el número ciento cuarenta y ocho (148) en el plano de inscripción condicionado de la Urbanización San Agustín, radicado en el barrio Sabana Llana, del sitio denominado Rio Piedras, del término municipal del Gobierno de la Capital de Puerto Rico, con una cabida superfi cial de trescientos treinta y uno punto doce (331.12) metros cuadrados y con las siguientes colindancias; por el NORTE, en trece punto cero cinco (13.05) metros, con los solares ciento cuarenta y seis (146) y ciento cincuenta y uno (151) del mencionado plano; SUR, en trece punto veinticinco (13.25) metros con la calle número dos (2) del mencionado plano; ESTE, en veinticinco punto cero cero (25.00) metros con el solar número ciento cuarenta y nueve (149) del mencionado plano y por el OESTE, en veinticinco punto dieciocho (25.18) metros con el solar número ciento cuarenta y siete (147) del mencionado plano. Property No. 2,218, recorded at page 16 of volume 54 of Sabana Llana, Property Registry of San Juan, Fifth Section. WHEREAS: This property is subject to the following liens: Senior Liens: None. Junior Liens: a) Lawsuit annotation for Civil Case KCD in favor of First Bank Puerto Rico, for the amount of $35, recorded at page 35 of volume 1125 of Sabana Llana. b) Lien or Attachment in favor of Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (now Oriental Bank) in the amount of $29,644.71, recorded at page 35 of volume 1125 of Sabana Llana, Annotation A. Other liens: Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It shall be understood that each bidder accepts as suffi cient the title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax, liens (express, tacit, implied or legal), shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts them and is subrogated in the responsibility for the same and that the bid price shall not be applied toward their cancellation. THEREFORE, the fi rst public sale shall be held on October 16th, 2015 at 10:00 am and the minimum bid that will be accepted is the sum of $388, In the event said fi rst public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a second public auction shall be held on October 23, 2015 at 10:00 am and the minimum bid that will be accepted is two thirds of the minimum bid for the first public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a third auction will be held on October 30th, 2015 at 10:00 am and the minimum bid that will be accepted is half the minimum bid for the fi rst public sale. Upon confi rmation of the sale, an order shall be issued cancelling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Offi ce of the Clerk of the United States District Court. In San Juan, Puerto Rico, this 24th day of August, Gwendolyn Moyer, Special Master. UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF. UNITED STATES OF AMERICA (Farm Service Agency) Plaintiff v. JOAQUÍN MOULIERT MELÉNDEZ, LYDIA MANUELA LÓPEZ RIBOT and the conjugal partnership constituted by both Defendants CIVIL NO (JAF) FO- RECLOSURE OF MORTGAGE NOTICE OF SALE. TO: JOAQUÍN MOULIERT MELÉNDEZ, LYDIA MANUELA LÓPEZ RIBOT AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP CONSTITUTED BY BOTH AND ANY OTHER PARTY WITH INTEREST OVER THE PROPERTY MENTlONED BELOW WHEREAS: Judgment in favor of the United State of America for the principal aggregate amounts: 1) On the $28, Note, later modified to $31, a) $53, of aggregate principal; b) plus $51, in interest accrued as of September 1, 2006, and thereafter until its fuil and total payment, which interest amount increases at the daily rate of $ ; e) Plus insurance premium, taxes, advances, late charges, costs, court costs expenses, disbursements and attorney s fees guaranteed under the mortgage obligation 2) The records of the case and of these proceedings may be examined by interested parties at the Office of the Clerk of the United States District Court, Federal Building, Chardón Avenue, Hato Rey, Puerto Rico. WHE- REAS: Pursuant to the terms of the aforementioned judgment and the order of execution thereof, the following property belonging to the defendants will be sold at public auction: PROPER- TY NUMBER: 7,864 RÚSTICA: Parcela marcada con el número treinta y ocho (38) en el plano de parcelación de la comunidad rural Saldaña del barrio Río Arriba del término municipal de Fajardo con una cabida superficial de cero cuerdas con nueve mil setecientos sesenta y uno diezmilésimas de otra, equivalente a tres mil ochocientos treinta y ocho punto veintinueve metros cuadrados. En lindes por el Norte con la parcela número treinta y siete (37) de la comunidad. Por el Sur con la calle número uno (1) de la comunidad. Por el Este con la carretera estatal número novecientos setenta y seis (976). Por el Oeste con la parcela número cincuenta y cuatro de la comunidad. Property number: 7,864, recorded at page 201 of volume 212 of Fajardo, Property Registry of Fajardo; and it s modification is recorded at the margin of the same page and volume. WHEREAS: This property is subject to the following liens: Senior Liens: In favor of Corporación de Crédito Agrícola in the amount of $12, with9.75% interest, recorded at page 200 overleaf of volumen 212 of Fajardo, 2nd inscription. Junior Liens: a) Mortgage in favor of La Administración de Fomento y Desarrollo Agrícola in the amount of $123,150.00, with 6% interest, due on presentation, as per deed #29, subscribed in San Juan, Puerto Rico on November 30, 1983 before Notary Public María V. Díaz del Valle, recorded at page 201 of volume 212 of Fajardo. Other liens: Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It shall be understood that each bidder accepts as sufficient the title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax, liens (express, tacit, implied or legal), shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts them and is subrogated in the responsibility for the same and that the bid price shall not be applied toward their cancellation. WHE- REAS: For the purpose of the first judicial sale, the minimum bid agreed upon by the parties in the mortgage deed regarding the property described herein, is the amount of $28, that shall serve as the minimum bid, and no lower offer will be accepted. Should the first judicial sale of the above described property be unsuccessful, the minimum bid for the second judicial sale will be two-thirds the amount of the minimum bid for the first judicial sale. The minimum bid for a third judicial sale, if the same is necessary, will be one-half of the minimum bid agreed upon the parties in the aforementioned mortgage deed. (30 LPRA 2721, Mortgage and Property Registry Act, Act No. 198, Article 221, as amended). WHEREAS: Said sale to be made by the United States Marshal is subject to confirmation by the United States District Court for the District of Puerto Rico and the deed of conveyance and possession to the property will be executed and delivered only after such confirmation. NOW, THEREFO- RE, public notice is hereby given that the United States Marshal, pursuant to the provisions of the Judgment hereinbefore referred to, will on October 9th, 2015 at 11:00 am of said day in the Office of the Marshal for the Superior Court of Puerto Rico, Fajardo Part, in accordance with 28 U.S.e. 2001, will sell at public auction to the highest bidder, the property described herein, the proceeds of said sale to be applied in the manner and form provided by said judgment, Should the first judicial sale set herein above be unsuccessful, the second judicial sale of the property described in this Notice will be held on October 16th, 2015 at 11:00 al11 of said day, in the Office of the Marshal of this Court located at the address indicated above. Should the second judicial sale set herein above be unsuccessful, the third judicial sale of the property described in this Notice will be held on October 23, 2015 at 11:00 am of said day, in the Office of the Marshal of this Court located at the address indicated above. In San Juan, Puerto Rico, this 21st day of August, Orlando Rivera, United States Marshal. co punto cero cero (25.00) metros, con el solar número veintitrés (#23) del bloque NN ; y por el OESTE, en veinticinco punto cero cero (25.00) metros, con el solar número veintiuno (#21) del bloque NN. Enclava edificación. Consta inscrita al folio ciento noventa y nueve (199) del tomo novecientos treinta y seis (936) de Carolina, finca número treinta y ocho mil quince (#38,015). Registro de la Propiedad, Sección Segunda(2da) de Carolina. THEREFORE, the first public sale shall be held on the 23 day of October 2015, at 10:15 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $96, In the event said first public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a second public auction shall be held on the 30 day of October 2015, at 10:15 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $64,000.00, 2/3 parts of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a third auction will be held on the 6 day of November 2015, at 10:15am AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $48,000.00, ½ of the minimum bid for the 1st public sale. In San Juan, Puerto Rico, this 17 day of September, Aguedo de la Torre, Special Master. IN THE UNITED STATES DIS- TRICT COURT FOR THE DIS- TRICT OF. ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Plaintiff, vs. EDGAR ANIBAL REYES MUÑOZ, MARIA IVETTE PACHECO PEREZ, AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP CONSTITUTED THEREIN Defendants. CIVIL NO (PAD) RE: COLLECTION OF MONIES, FO- RECLOSURE OF MORTGAGE NOTICE OF SALE. TO: EDGAR ANIBAL REYES MUÑOZ, MARIA IVETTE PACHECO PEREZ, AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP CONSTITUTED THEREIN UNITED STATES OF AMERICA PRESIDENT OF THE UNITED STATES SS. COMMONWEALTH OF. Judgment in favor of plaintiff for the sum of Two Hundred Thirty Five Thousand Two Hundred Twelve Dollars with Eighty Eight Cents ($235,212.88) in principal, interest which continues to accrue until full payment of the debt at the rate of 6.95% per annum, accrued late charges; and any other advance, charge, fee or disbursement made by plaintiff on behalf of defendant, in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $23, in attorney fees; Pursuant to the judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certifi ed check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the offi ce of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBANA: Solar numero 36 de la Urbanización Chalets de Bairoa, localizado en el Barrio Bairoa del Municipio de Caguas, Puerto Rico, con una cabida superfi cial de metros cuadrados, en Iindes por el Norte, en una distancia de metros con el solar numero 37; por el Sur, en una distancia de metros, con el solar numero 35; por el Este, en una distancia de metros, con la calle numero 3 (calle Zorzal de dicha urbanización); y por el Oeste, en dos alineaciones distintas, en una distancia de metros, con el solar numero 19 y en otra distancia de metros, con el solar numero 20, todos estos solares pertenecientes al referido desarrollo urbano. EI inmueble antes descrito contiene una casa de concreto diseñada para una sola familia, construida de acuerdo a los planos y especifi caciones sometidos y aprobados por las agencias e instrumentalidades gubernamentales pertinentes. Consta inscrita al folio 150vuelto del tomo 1639, de Caguas, fi n- ca numero 54,501. Registro de la Propiedad, Seccion Primera de Caguas. THEREFORE, the fi rst public sale shall be held on the 23 day of October 2015, at 10:00 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $230, In the event said fi rst public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a second public auction shall be held on the 30 day of October 2015, at 10:00 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $153,333.33, 2/3 parts of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a third auction will be held on the 6 day of November 2015, at 10:00 AM IN THE UNITED STATES DIS- TRICT COURT FOR THE DIS- TRICT OF. ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY, Plaintiff, vs. IRIS MONZON-CASTRO a/k/a IRIS YOLANDA MONZON-CASTRO, Defendant CIVIL NO (FAB). NOTI- CE OF SALE. TO: IRIS MONZON- CASTRO a/k/a IRIS YOLANDA MONZON- CASTRO UNITED STATES OF AMERICA, PRESIDENT OF THE UNITED STATES, COMMONWEALTH OF. SS. Judgment in favor of plaintiff for the sum of Eighty Eight Thousand Five Hundred Twelve Dollars with Seventy Eight Cents ($88,512.78) in principal, interest which continues to accrue until full payment of the debt at the rate of 9.5% per annum, accrued late charges; and any other advance, charge, fee or disbursement made by plaintiff on behalf of defendant, in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $9, in attorney fees; Pursuant to the judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBAN: Solar número veintidós (#22) del bloque NN de la Urbanización Lomas de Carolina, radicada en el barrio Trujillo Bajo del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos cincuenta y cinco punto cero cero (355.00) metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en catorce punto veinte (14.20) metros con la calle número trece (#13); por el SUR, en catorce punto veinte (14.20) metros con el solar número cincuenta y dos (#52) del bloque NN ; por el ESTE, en veinticinand the minimum bid that will be accepted is the $115,000.00, y, of the minimum bid for the 1st public sale. In San Juan, Puerto Rico, this 17 day of September, Aguedo de la Torre, Special Master. SUPERIOR DE COMERIO. SCOTIABANK DE CARLOS HUMBERTO SANCHEZ RIVERA y su esposa CARMEN IRIS MULERO ECHEVARRIA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos CIVIL NUM. B3CI SOBRE: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria IN REM EDICTO DE SUBASTA. Al: Público en General A: CARLOS HUMBERTO SANCHEZ RIVERA y su esposa CARMEN IRIS MULERO ECHEVARRIA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO -DEPARTAMENTO DE HACIENDA, por tener embargo anotado a su favor por la suma de $10, Yo, JOSE J. ORTIZ TORRES, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 16 de octubre de 2015, a las 11:00 de la mañana en mi ofi cina, sita en el Sala Superior de Comerío, Comerío, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifi esto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 23 de octubre de 2015, a las 11:00 de la mañana; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 30 de octubre de 2015, a las 11:00 de FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) staredictos@gmail.com

2 The San Juan Daily Star AMERICA; DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTA- DO DE, DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS Y EL CENTRO DE INGRESOS MU- NICIPALES (CRIM). Presentada al Asiento 336 del Diario 1108 el día 12 de enero de La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante, total o parcialmente según sea el caso, de la referida sentencia que fue dictada por las siguientes sumas: La suma de $318, por concepto de principal, gastos, penalidades e intereses al tipo pactado de 3.89% anual hasta el 1 de junio de Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Adela mañana en mi ofi cina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Solar radicado en el Barrio Cejas del término municipal de Comerío, Puerto Rico, marcado con la letra A en el plano de inscripción y con una cabida superfi cial de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PUNTO DOSCIENTOS VEINTIDOS (6, ) ME- TROS CUADRADOS, equivalentes a UNO PUNTO SESENTA Y UNO SETENTA Y NUEVE (1.6179) CUERDA. En lindes por el NORTE, en alineaciones seguidas que suman ciento veinte punto setenta y cuatro (120.74) metros, con franja de terreno dedicada a uso público; por el SUR, en cincuenta y ocho punto noventa y un (58.91) metros, con terrenos de Programas Sociales; por el ESTE, con setenta y nueve punto setenta y dos (79.72) metros, con la fi nca principal; y por el OESTE, en ochenta y siete punto cero cinco (87.05) metros, con terrenos de Programas Sociales. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 101 del tomo 159 de Comerío, Registro de la Propiedad de Barranquitas, fi nca número 7,993, inscripción cuarta. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $122, de principal, intereses al 7.00% anual, desde el día 1ro. de mayo de 2013, hasta su completo pago, más la cantidad de $14, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $144, y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $96, y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $72, La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, La propiedad hipotecada a ser vendida en pública subasta se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior: Embargo a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la suma de $10,999.80, contra Carlos H. Sánchez Rivera, seguro social xxx-xx-1522, por concepto de Contribución sobre Ingresos, según Certificación del día 31 de enero de 1992, presentado el día 11 de febrero de 1992, anotado al folio 131, Orden 441, del Libro de Embargos del Estado Libre Asociado número 7. Registro de la Propiedad de Barranquitas. expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi fi rma y sello del Tribunal, en Comerío, Puerto Rico, a 18 de septiembre de Jose J. Ortiz Torres, Alguacil Tribunal Sala Superior De Comerio. SUPERIOR DE SAN LOREN- ZO. SCOTIABANK DE FRANCIS MARIE SANTIAGO RIOS, también conocida como FRANCIS M. SANTIAGO RIOS CIVIL NUM. E2CI (201) SOBRE: COBRO DE DI- NERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA. Al: Público en General A: FRANCIS MARIE SANTIAGO RIOS, también conocida como FRANCIS M. SANTIAGO RIOS Yo, ANGEL GOMEZ GOMEZ, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 16 de octubre de 2015, a las 11:00 de la mañana en mi ofi cina, sita en el Sala Superior de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certifi cado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifi esto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 23 de octubre de 2015, a la 1:45 de la tarde ; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 30 de octubre de 2015, a la 1:45 de la tarde en mi ofi cina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Portal del Sol, situado en el Barrio Hato Quebrada del municipio de San Lorenzo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización preparada por el Ingeniero Antonio Luis Rivera, licencia número 3529 con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar número diecinueve (19) del Bloque C, con un área superficial de cuatrocientos cuarenta y nueve punto ochenta y siete metros cuadrados. ( mc.). En lindes por el NORTE, en quince punto veinticinco metros (15.25 m.), con la Calle número cuatro (4) de la Urbanización; por el SUR, en quince punto veinticinco metros (15.25 m.), con el solar número ocho (8) del Bloque C de la Urbanización; por el ESTE, en veintinueve punto cincuenta metros (29.50 m.), con el solar número dieciocho (18) del Bloque C de la Urbanización; y por el OESTE, en veintinueve punto cincuenta metros (29.50 m.), con el solar número veinte (20), del Bloque C de la Urbanización. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico; Sevidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 141 del tomo 470 de San Lorenzo, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, fi nca número 20,488, inscripción 4ta. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Urbanización Portal del Sol, C-19, Calle 4, San Lorenzo, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $113, de principal, intereses vencidos al tipo pactado de 6.00% que al 30 de mayo de 2015, ascienden al $7, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $ por concepto de cargos por demora, más la suma de $15, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogados, según pactados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $153, y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $102, y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $76, La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en San Lorenzo, Puerto Rico, a 21 de septiembre de ANGEL GOMEZ GOMEZ, ALGUACIL TRIBUNAL SALA SUPERIOR DE SAN LO- RENZO. SAN JUAN., COMO AGENTE DE SERVICIO DE MASSACHUSSETS MUTUAL LIFE INS.CO. RAULIN DE LA ROSA DE LOS SANTOS, SU ESPOSA MILDRED DE JESÚS RODRÍGUEZ CAYETANO, T/C/C MILDRED DE JESÚS RODRÍGUEZ Y LA DE ; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y EL HONORABLE SECRETARIO DEL LIBRE ASOCIADO DE CIVIL NUM.: KCD (803) SOBRE: COBRO DE DI- NERO - EJECUCIÓN DE HIPO- TECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERI- CA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AVISO DE SUBASTA. Yo, Diana I. Navarro Cruz, Alguacil del Sala de San Juan, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 4 de septiembre de 2015, para satisfacer la Sentencia emitida el 13 de julio de Dicha Sentencia fue archivada en autos y notificada el 15 de julio de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $102, adeudada al 1ro de septiembre de 2014, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar de forma rectangular que mide 12 metros de frente por 21 metros de fondo, marcado con el #18 de la manzana AK de la Urbanización Puerto Nuevo propiedad de Everlasting Development Corporation, que radica en el barrio Monacillos de Rio Piedras, Puerto Rico, con un área de metros cuadrados; en lindes por el Norte, Sur, Este y Oeste, con terrenos propiedad de la Everlasting Development Corporation dando frente al Oeste, con la calle denominada calle 103 de la Urbanización. Inscrito al folio 103 del tomo 130 de Monacillos, finca número #4,667, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de San Juan. La finca antes relacionada se encuentra afectada a un gravamen posterior al que se pretende ejecutar, el cual se describe de la siguiente manera: Embargo Federal: Contra Raulin De La Rosa De Los Santos (Seguro Social número ), por la suma de $11,712.21, según notificación número , presentado el 17 de febrero de 2009 y anotado al folio 116 asiento 4 del Libro de Embargos Federales número 4, fecha de Renovación 24 de septiembre de La hipoteca que se pretende ejecutar ubica en: 659 Calle Constitución, Puerto Nuevo, San Juan, Puerto Rico. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $126, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $84, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $63, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La primera subasta se llevará a cabo el día 19 de octubre de 2015, a la(s) 11:00 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 26 de octubre de De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 2 de noviembre de La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Sala de San Juan. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada a pagar a Banco Popular la suma de: $88, por concepto de principal; $ por concepto de intereses acumulados; $ por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, $29.71 por concepto de Escrow Advances ; y la suma de $12, para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor pos- Tuesday, October 6, 2015 tor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada la subasta. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notifi cados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fi jación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notifi cara además a la parte demandada vía correo certifi cado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en San Juan, Puerto Rico, a 15 de septiembre de Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De San Juan. SAN JUAN SALA SUPERIOR. JAMES B. NUTTER & COMPANY Demandante Vs. 33 Legal Notice La Sucesión de EUGENIA JOSEFINA DE LAS MERCEDES SANTIAGO ASENJO también conocida como Josefina Eugenia Santiago Asenjo, Eugenia Josefina Santiago Asenjo, Eugenia J. Santiago Asenjo, Eugenia J. Santiago y como Eugenia Santiago, compuesta por los herederos desconocidos denominados como Fulano y Sutana de Tal; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; DE, RELICTOS Y EL CENTRO DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) CIVIL NUM. KCD (903) SOBRE: COBRO DE DI- NERO Y EJECUCION DE HI- POTECA POR LA VIA JUDICIAL AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. A: LOS DEMANDADOS DE EPÍGRAFE, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, DE, RELICTOS, EL CENTRO DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM), AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS TENEDORES DE GRAVÁMENES POSTERIORES: El (La) Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 27 de abril de 2015, y de un Mandamiento de Ejecución de 21 de julio de 2015, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal Superior, Sala Superior de San Juan, procederá a vender en subasta, por separado, y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la primera subasta habrá de celebrarse el día 19 de octubre del año 2015, a las 10:30 de la mañana, en mi oficina localizada en el edificio que ocupa la Sala del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBA- NA: Predio de terreno sito en el Barrio Martín Peña del término municipal de San Juan, con una cabida de SEISCIENTOS SE- SENTA Y TRES PUNTO TREIN- TA METROS CUADRADOS ( M.C.), formado por el solar número diez (10) y parte del número nueve (9) de dicha urbanización, colindando, por el NORTE, en veintitrés punto setenta y seis metros (23.76) con la calle abierta en la finca principal llamada Calle San José en el plano de urbanización; por el SUR, en veinte punto cuarenta y seis metros (20.46) con solar número siete (7) de dicha urbanización; por el ESTE, en treinta punto cero cero metros (30.00) con el resto del solar número nueve (9) de dicha urbanización; y por el OESTE, en treinta punto veinte metros (30.20) con terrenos de la finca principal. Contiene casa. Inscrita al folio 42 del tomo 392 de San Juan Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, finca número Dirección física: LOT I SAN JOSEY DEL VALLE STREET, SAN JUAN, PR Número de catastro: La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes posteriores: a. Hipoteca en garantía de un pagare a favor del SE- CRETARIO DEL DEPARTA- MENTO DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, o a su orden, por la suma principal de $510,000.00, con intereses al 3.89% anual, vencedero el día 8 de agosto de 2077 según escritura número 217, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 27 de febrero de 2009, ante el notario Raúl Rivera Burgos. Inscrita al folio 14 del tomo 1179 de Santurce, finca número 14320, inscripción 10ma. b. AVISO DE DEMANDA: Sobre Cobro de dinero y Ejecución de Hipoteca, Sala Superior de San Juan, caso civil KCD (903), radicada el 24 de julio de 2014, James B. Nutter & Company vs. La Sucesión de EUGENIA JO- SEFINA DE LAS MERCEDES SANTIAGO ASENJO también conocida como Josefina Eugenia Santiago Asenjo, Eugenia Josefina Santiago Asenjo, Eugenia J. Santiago Asenjo, Eugenia J. Santiago y como Eugenia Santiago, compuesta por los herederos desconocidos denominados como Fulano y Sutana de Tal; ESTADOS UNIDOS DE

3 Legal Notice 34 Tuesday, October 6, 2015 The San Juan Daily Star más la parte demandada adeuda a JB NUTTER las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $34, Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $34, para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $34, para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PAR- TES INTERESADAS y del público en general, se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables: Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, incluyendo el gravamen por las contribuciones sobre la propiedad inmueble adeudadas, si los hubiere, continuarán subsistentes, responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. El tipo mínimo de licitación lo será la suma de $340, De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mismo lugar antes mencionado, el día 26 de octubre del año 2015, a las 10:30 de la mañana, sirviendo como tipo mínimo para dicha segunda subasta, una suma equivalente a las dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado para la primera subasta, o sea, la suma de $226, para la fi nca antes descrita. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes mencionado, el día 2 de noviembre del año 2015, a las 10:30 de la mañana, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, una suma equivalente a la mitad (1/2) del tipo mínimo fijado para la primera subasta, o sea, la suma de $170, para la fi nca antes descrita. Los autos y todos los demás documentos correspondientes a este procedimiento estarán de manifi esto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, durante días y horas laborables. Para la publicación de este edicto en un periódico de circulación general una vez por semana, durante dos semanas consecutivas, y para la colocación del mismo en tres sitios públicos visibles del municipio en que se celebre la subasta, libro el presente en San Juan, Puerto Rico, hoy día 15 de septiembre de Diana I. Navarro Cruz, Alguacil. SAN JUAN SALA SUPERIOR. JAMES B. NUTTER & COMPANY Demandante Vs. La Sucesión de JENNY VAZQUEZ ROMERO también conocida como Jenny Vázquez compuesta por los herederos desconocidos denominados como Fulano y Sutana de Tal; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; DE, RELICTOS Y EL CENTRO DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) CIVIL NUM. KCD (906) SOBRE: COBRO DE DI- NERO Y EJECUCION DE HI- POTECA POR LA VIA JUDICIAL AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. A: LOS DEMANDADOS DE EPÍGRAFE, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, DE, RELICTOS, EL CENTRO DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM), AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS TENEDORES DE GRAVÁMENES POSTERIORES: El (La) Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 19 de febrero de 2015, y de un Mandamiento de Ejecución de 22 de julio de 2015, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal Superior, Sala Superior de San Juan, procederá a vender en subasta, por separado, y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la primera subasta habrá de celebrarse el día 19 de octubre del año 2015, a las 9:30 de la mañana, en mi ofi cina localizada en el edifi cio que ocupa la Sala del Sala Superior de San Juan, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar Número Catorce (14) de la Urbanización El Vigía, ubicada en el Barrio Cupey de Río Piedras, con una cabida de NOVECIEN- TOS TRES PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS ( M.C). En lindes por el NORTE, en treinta y dos punto ochenta y metros (32.80), con el solar Número trece (13) de dicha urbanización; por el SUR, en treinta metros (30.00), con la calle Número seis (6) de dicha urbanización; por el SURESTE, formando un arco en la intersección de las calle Número Cuatro (4) y Número Seis (6) de dicha urbanización, en una distancia de cinco punto cincuenta metros (5.50); por el OESTE, en veinticinco punto cero cero metros (25.00), con la calle Número Cuatro (4) de dicha urbanización; y por el ESTE, en treinta y dos punto cero cero metros (32.00), con terrenos propiedad de Demetrio Betancourt. Enclava una residencia de concreto reforzado y bloques de cemento de una sola planta, con un área de construcción de mil novecientos pies cuadrados (1,900). Mensurada la cabida de la finca, arrojando ahora una cabida de novecientos noventa y cinco punto cuarenta y cinco metros cuadrados (995.45), mediante la escritura número cinco (5) de San Juan, otorgada el día dos (2) de marzo de mil novecientos setenta y tres (1973), ante el notario Noel González Richard, según nota al margen de la inscripción cuarta (4ta). Inscrita al folio 13 del tomo 80 de Río Piedras, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta, finca número Dirección física: 14 CALLE SANTA BEDA, SAN JUAN, PR Número de catastro: La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes posteriores: a. Hipoteca en garantía de un pagare a favor del SECRETA- RIO DEL LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, o a su orden, por la suma principal de $834,000.00, con intereses al 3.494% anual, vencedero el día 1 de noviembre de 2087 según escritura número 678, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 26 de noviembre de 2008, ante el notario María Isabel García Mantilla. Inscrita al folio 13 del tomo 80 de Río Piedras Sur, finca número 2985, inscripción 13ra. b. AVISO DE DEMANDA: Sobre Cobro de dinero y Ejecución de Hipoteca, Sala Superior de San Juan, caso civil KCD (906), radicada el 25 de abril de 2014, James B. Nutter & Company vs. La Sucesión de JENNY VAZQUEZ ROMERO también conocida como Jenny Vázquez compuesta por los herederos desconocidos denominados como Fulano y Sutana de Tal; ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA; DEPARTA- MENTO DE HACIENDA DEL ESTADO DE, DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS Y EL CENTRO DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM). Presentada al Asiento 1615 del Diario 484 el día 13 de marzo de La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante, total o parcialmente según sea el caso, de la referida sentencia que fue dictada por las siguientes sumas: La suma de $414,290.6 por concepto de principal, gastos, penalidades e intereses al tipo pactado de 3.494% anual hasta el 1 de marzo de Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a JB NUT- TER las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $83, Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $83, para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $83, para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESA- DAS y del público en general, se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables: Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, incluyendo el gravamen por las contribuciones sobre la propiedad inmueble adeudadas, si los hubiere, continuarán subsistentes, responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. El tipo mínimo de licitación lo será la suma de $834, De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mismo lugar antes mencionado, el día 26 de octubre del año 2015, a las 9:30 de la mañana, sirviendo como tipo mínimo para dicha segunda subasta, una suma equivalente a las dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado para la primera subasta, o sea, la suma de $556, para la finca antes descrita. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes mencionado, el día 2 de noviembre del año 2015, a las 9:30 de la mañana, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, una suma equivalente a la mitad (1/2) del tipo mínimo fijado para la primera subasta, o sea, la suma de $417, para la finca antes descrita. Los autos y todos los demás documentos correspondientes a este procedimiento estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, durante días y horas laborables. Para la publicación de este edicto en un periódico de circulación general una vez por semana, durante dos semanas consecutivas, y para la colocación del mismo en tres sitios públicos visibles del municipio en que se celebre la subasta, libro el presente en San Juan, Puerto Rico, hoy día 11 de septiembre de Diana I. Navarro Cruz, Alguacil. **** SUPERIOR DE BAYAMÓN. ORIENTAL BANK Y COMO AGENTE DE SERVICIO DEMANDANTE VS. SUCESIÓN DE JESUS ENRIQUE ROLON MELENDEZ; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS DEMANDADOS CIVIL NÚM.: DCD (502) SOBRE: COBRO DE DI- NERO Y EJECUCIÓN DE HIPO- TECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDIC- TO ESTADOS UNIDOS DE AME- RICA EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU. ss. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. A: Sucesión de JESUS ENRIQUE ROLON MELENDEZ COMPUESTA POR SUS HEREDEROS DESCONOCIDOS FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL; O TERCERCOS INTERESADOS EN DICHA SUCESION HATO TEJAS SEGUNDA EXTENSION VILLA RICA SOLAR 10 BLOQUE B BAYAMON PR DIRECCION POSTAL: COLINAS DE PARKVILLE A-12 CALLE ROBERTO ARANA, GUAYNABO PR Por la presente se les notifica que se ha radicado en este Tribunal una demanda de ejecución de hipoteca bajo el número de epígrafe. Se alega en dicho procedimiento que la parte demandada incurrió en el incumplimiento del Contrato de Hipoteca y la parte demandante declaró vencida el balance más intereses, cargos por demora y honorarios. Representa a la parte demandante, el abogado cuyo nombre, dirección y teléfono se consigna de inmediato: JUAN C. FORTUÑO FAS FORTUÑO & FORTUÑO FAS, C.S.P. PO BOX 9300 SANTURCE, PR TEL: FAX: jcfortuno@fortuno-law.com Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda dentro del término de 30 días a partir de la publicación de este edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, se le anotaría la rebeldía y se le dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. De algún demandado la Calle uno (1).Enclava una residencia unifamiliar construida de hormigón armado. Esta estructura residencial se compone de tres (3) dormitorios, dos (2) baños, sala, comedor cocina, y marquesina techada. Inscrita al folio 5 del tomo 420 de Juncos, Finca 15,891, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Caguas. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico; Servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; Servidumbre a favor de la Junta Reglamentadora de Telecomunica-ciones; Condiciones Restrictivas. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: Urb. Praderas de Ceiba Norte, Solar 103 Bloque A, Carr. 935, Bo. Ceiba Norte, Juncos, P.R Sobre la antes descrita propiedad se encuentra inscrito el siguiente gravamen posterior: AVISO DE DEMAN- DA: Presentada al Asiento 837 del Diario 679, se presentó el día 22 de octubre de 2014, Demanda del 22 de septiembre de 2014, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo, en el Caso Civil número E2CI , sobre Cobro de Dinero seguido por Oriental Bank (Demandante) versus Juan Ramón Álvarez Mojica (Demandado), mediante la cual se ordena el pago de $110,462.04, más costas, y en su defecto la venta en pública subasta. Pendiente de despacho, ante el Registro de la Propiedad, Sección II de Caguas. Finca número 15,891. Esta anotación de Demanda corresponde al caso de epígrafe. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 10 de noviembre de 2015, a las 10:45 de la mañana. Precio Mínimo: $115, SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 17 de noviembre de 2015, a las 2:45 de la tarde. Precio Mínimo: $76, TER- CERA SUBASTA: Se celebrará el día 24 de noviembre de 2015, a las 2:45 de la tarde. Precio Mínimo: $57, Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi ofi cina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de San Lorenzo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certifi cado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse coser heredero de una sucesión, se le apercibe que conforme al artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. 2787, usted tiene derecho a aceptar o repudiar la herencia. A esos efectos de no rechazarla se tendrá la herencia por aceptada. En Bayamón, Puerto Rico a 22 de septiembre de Ruth Aponte Cotto, Sec Regional. JUDICIAL DE SAN LORENZO SALA SUPERIOR. ORIENTAL BANK JUAN RAMON ALVAREZ MOJICA T/C/C JUAN R. ALVAREZ MOJICA Demandado CIVIL NUM.: E2CI SALON: (201) SOBRE: COBRO DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDI- NARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. SS: EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.Yo, Angel Gomez Gomez, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, al Público HAGO SA- BER: Que en cumplimiento de la Sentencia Sumaria dictada el 21 de enero de 2015, notifi cada el 26 de enero de 2015, de la cual surge que la parte demandada adeuda a la demandante la suma principal de $110,462.04, intereses vencidos que al 1 de julio de 2014, ascienden a $2, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $ por concepto de cargos por demora, más la suma de $11, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 7 de abril de 2015, por la Secretaria de este Honorable Tribunal de San Lorenzo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: URBANA Solar identifi cado con el número ciento tres (103) del bloque A en el Plano de inscripción de la Urbanización Praderas de Ceiba Norte, localizada en la Carretera número novecientos treinta y cinco (935) del Barrio Ceiba Norte de Juncos, Puerto Rico, con una cabida superfi cial de doscientos setenta punto veinticinco metros cuadrados (270.25mc), en lindes por el Norte, en una distancia de veintitrés punto cincuenta metros (23.50m), con el solar A guión ciento cuatro (A-104); por el Sur, en veintitrés punto cincuenta metros (23.50m), con solar A guión ciento dos (A-102); por el Este, en una distancia de once punto cincuenta metros (11.50m), con el solar existente; y por el Oeste, en una distancia de once punto cincuenta metros (11.50m), con menzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En San Lorenzo, Puerto Rico, a 25 de agosto de Angel Gomez Gomez, Alguacil Placa 593, Alguacil Superior. BAYAMÓN., INC. SONIA GONZÁLEZ MENDOZA CIVIL NUM.: DCD (506) SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDI- NARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS AVISO DE SU- BASTA. Yo, Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifi co a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 14 de abril de 2015, para satisfacer la Sentencia dictada el 3 de febrero de 2015, notifi cada el 20 de febrero de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $62, más las costas, gastos, honorarios de

4 The San Juan Daily Star JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR. FIRSTBANK Parte Demandante VS JAVIER RIVERA GARCIA Y SU ESPOSA RAMONA RIVERA APONTE Y LA CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADO UNIDOS DE AMERICA Parte CIVIL NUM.: FCD SOBRE ACCION CIVIL DE: EJE- CUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM AVISO DE SUBASTA. A: JAVIER RIVERA GARCIA Y SU ESPOSA RAMONA RIVERA APONTE Y LA CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADO UNIDOS DE AMERICA ; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 20 de febrero de 2014, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: RÚSTICA: Solar marcado con el número 286 del bloque L del plano de inscripción de la Urbanización Rolling Hills, situada en el barrio Martín González del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida de metros cuadrados y colinda por el NORTE, en metros con el solar L-287; por el SUR, en metros, con el solar L-285; por el ESTE, en metros con un paseo público y por el OESTE, en metros con la calle Peripheral. Enclava una edificación de concreto para residencia de una familia. Inscrita al folio 15 del tomo 512 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, finca número 20,808. Del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, surge que la antes mencionada propiedad aparece afecta al siguiente gravamen preferente: (a) Island Mortgage Inc. A cuyo favor aparece un pagaré por la suma de $92,650.00, intereses al 6.0% anual y a vencer el 1 de mayo del año 2029, según consabogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica F7, Calle Isla Nena, Reparto Flamingo, Bayamón, Puerto Rico, que se describe a continuación: URBANA: Solar número 7 de la Manzana F de Reparto Flamingo, Barrio Hato Tejas de Bayamón, compuesta de metros cuadrados. En lindes por el NOROESTE, en metros, con el solar número 8 de la Manzana F ; por el NORESTE, en metros, con Calle E ; por el SUROESTE, en 47 metros con Manzana F (ASI SURGE DEL REGISTRO) y por el SURESTE, en metros, con solar número 6 de la Manzana F. Inscrito al folio 6 del tomo 376 de Bayamón, fi nca número #16,745 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $56, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $37, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $28, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a la suma de $62,376.83; la cual se desglosa en: $56, por concepto de principal; $ por concepto de intereses acumulados, $ por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; y la suma $5, para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La primera subasta se llevará a cabo el día 26 de octubre de 2015, a la(s) 9:45 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 2 de noviembre de 2015, a la(s) 1:45 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 9 de noviembre de 2015, a la(s) 1:45 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi ofi cina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada la subasta. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notifi cados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fi jación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notifi cara además a la parte demandada vía correo certifi cado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 16 de abril de Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De Bayamón. BA LUZ W. REYES OCASIO T/C/C LUZ WINILDA REYES OCASIO, HERMIN ESCOBAR CORDOVA Y LA DE CIVIL NUM.: DCD (702) SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDI- NARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. AVISO DE SU- BASTA. Yo, Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil del Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 29 de enero de 2013, la cual fue notifi cada y archivada en autos el 31 de enero de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $239, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica en: 16 L, Calle Juan Ramos, Guaynabo, Puerto Rico, 00969, que se describe a continuación: URBANA: Solar #16 del Bloque L de la Urbanización Santa Paula del término municipal de Guaynabo, en el Barrio Frailes, Puerto Rico, con un área superfi cial de metros cuadrados; en lindes por el Norte, en metros, con el solar #17 del bloque L; por el Sur, en metros, con el solar #15 del bloque L; por el Este, en metros, con la Calle Juan R. Ramos; y por el Oeste, en metros, con terrenos de la Urbanización. Enclava una casa de concreto armado y bloques para una sola familia. inscrito al folio: 140 del tomo: 238 de Guaynabo, fi nca #14,783 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. La finca antes descrita se encuentra afecta a un gravamen posterior el cual se pretende ejecutar, se describen a continuación: Hipoteca: Escritura #253, otorgada en San Juan el día 11 de mayo de 2011, ante el Notario Ricardo Rangel Rivera. Inscrita al folio 221 del tomo 1424 de Guaynabo; fi nca #14,783, inscripción 7ma. Constituida por los esposos, Luz Winilda Reyes Ocasio, Hermin Escobar Cordova a favor de Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de los EUA, o a su orden. Principal: $15, Intereses: 10% anual. Vencimiento: 1ro de abril de El tipo mínimo para la subasta será la suma de $219, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $146, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $109, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La primera subasta se llevará a cabo el día 27 de octubre de 2015, a la(s) 11:45 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 3 de noviembre de 2015, a la(s) 3:45 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 10 de noviembre de 2015, a la(s) 3:45 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada la subasta. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 27 de abril de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De Bayamón. JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR. US BANK NATIONAL ASSOC. Parte Demandante VS YANIRA DOREE T/C/C YANIRA D. T/C/C YANIRA Parte CIVIL NUM.: FCD SALON NÚM.: 407. SOBRE: ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HI- POTECA POR LA VIA ORDINA- RIA. AVISO DE SUBASTA. A: YANIRA DOREE T/C/C YANIRA D. T/C/C YANIRA BOCANEGRA BAUZA; MUNICIPIO DE CAROLINA; y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENE- RAL; Y a el siguiente gravamen posterior: MUNICIPIO DE CA- ROLINA: A cuyo favor aparece constituida una hipoteca por Yanira Doree Bocanegra Bauzá (soltera), en garantia de un pagaré por la suma de $1,800.00, sin intereses y vencedero de acuerdo a condiciones de subsidio, según la escritura número 53, otorgada en Carolina, el 24 de marzo de 2007, ante la Notario Yamellis Marrero Figueroa. Inscrita el 27 de febrero de 2008 Tuesday, October 6, 2015 al folio 168 del tomo 1421 (ágora) de Carolina. Inscripción tercera. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el dia 22 de julio de 2014, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORI- ZONTAL: Apartamento residencial de forma irregular localizado en la tercera planta del Edifi cio T del Condominio Balcones de Carolina, Segunda Fase del termino municipal de Carolina, Puerto Rico. Identifi cado como Apartamento T2-302 con un area superfi cial de pies cuadrados, equivalentes a metros cuadrados. Colinda por el Norte, con espacio aereo, en 32 3 ; por el Sur, con espacio aereo, en 32 3 ; por el Este, con el apartamento S2-301, en 38 2 ; Y por el Oeste, con el apartamento T2-301, en Consta de un nivel y esta dividido en los siguientes elementos: salacomedor y puerta de entrada con acceso al vestibulo del edifi cio, cocina, balcon, tres cuartos dormitorios con sus guardarropas, un baño. Contiene un calentador de agua y gabinetes de cocina. Le corresponde a este apartamento 2 espacios de estacionamientos marcados con el numero del apartamento que le corresponde segun los planos. Le corresponde % en los elementos comunes generales. Inscrita al folio 171 del tomo 1420 de Carolina, fi nca número 60,934, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 9 de julio de 2010, en el presente caso civil, a saber la suma de $87, rebajada mediante pagos hechos bajo la proteccion de la Ley de Quiebra a la suma de $86,112.30; rebajada nuevamente mediante pagos hechos bajo la protección de la Ley de Quiebra a la suma de $85, de principal, más intereses a16% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2009, más la suma de $8,876.10, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de diciembre de 2009, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verifi - cará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada fi nca, excepto el gravamen aquí antes mencionado, a cuyo efecto se notifi ca y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRI- MERA, SEGUNDA Y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor 35 Legal Notice postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certifi cado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 27 DE OCTUBRE DE 2015 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la ofi cina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. Que el precio mínímo fíjado para la PRIMERA SUBASTA es de $88, Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 3 DE NOVIEMBRE DE 2015 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la ofi cina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $59,174.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el dia 10 DE NOVIEMBRE DE 2015 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la ofi cina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $44,380.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la fi nca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igualo menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A ) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fi jará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 21 de agosto de Efrain Marquez Arroyo, Alguacil Supervisor, División de Subastas, Tribunal de Primera Instancía, Sala Superíor de Carolina.

5 Legal Notice 36 Tuesday, October 6, 2015 The San Juan Daily Star ta de la escritura #159, otorgada en San Juan, el 30 de abril de 2004, ante el Notario Jorge Laborde Corretjer, inscrito al folio 182 del tomo 1354 (ágora) de Carolina, finca #20,808, inscripción 8va. Presentado al asiento 312 del diario 408, el día 26 de junio de 2015, escritura #229, otorgada en San Juan, el día 15 de junio de 2015, ante el Notario Julio E. Pijem Berrios, para que se inscriba cancelación de hipoteca por $92, Pendiente de calificación y despacho. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SEN- TENCIA dictada a su favor, el día 18 de noviembre de 2013, en el presente caso civil, a saber la suma de $127, {231 Adeuda del Principal} de principal, más intereses al 6.50% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2011, más la suma de $13,394.10, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de diciembre de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el gravamen aquí antes mencionado, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRI- MERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el 27 DE OCTUBRE DE 2015, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $135, Que de ser necesaria la celebración de una SE- GUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 3 DE NO- VIEMBRE DE 2015, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $90,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 10 DE NOVIEMBRE DE 2015, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $67,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarsele al acreedor demandante la finca objeto de la presente acción aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes a la celebración de la subasta desierta, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la Sentencia dictada a favor de dicho acreedor demandante si ésta fuere igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. 2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 21 de julio de Samuel Gonzalez Isaac, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina. TRUJILLO ALTO. FIRSTBANK BLANCA CAMELIA CRUZ RIOS; EVELYN JIMENEZ CRUZ; JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO Y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita. CIVIL NÚM. FECI SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARE HIPOTECARIO EX- TRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA EL PRE- SIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO UBRE ASOCIADO DE. SS. A: JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO como posibles tenedores y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita En este caso la parte demandante ha radicado Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un (1) pagaré hipotecario a favor del Portador, o a su orden, por la suma principal de $50,000.00, con intereses al 8% anual, vencedero a la presentación. Dicho pagaré fue suscrito mediante la Escritura número 281, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 14 de octubre de 1996, ante el Notario Francisco Diaz Herrero, sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Round Hill, situada en el Barrio Las Cuevas de Trujillo Alto, Puerto Rico, marcado con el número doscientos sesenta y ocho del bloque I, con un área de cuatrocientos dieciséis metros cuadrados ( metros cuadrados), en lindes por el NORTE, en veintiséis metros, con el solar doscientos sesenta y nueve; por el SUR, en veintiséis metros, con el solar doscientos sesenta y siete; por el ESTE, en dieciséis metros, con la calle Azucena; por el OESTE, en dieciséis metros, con los solares doscientos cincuenta y nueve y doscientos sesenta. Enclava una casa. Inscrita al folio ochenta y cinco (85) del tomo setenta y cinco (75) de Trujillo Alto, finca número tres mil quinientos cuarenta y cuatro (3,544), Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de San Juan. La parte demandante alega que dicho pagaré ha sido saldado según más detalladamente consta en la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaría de este Tribunal. Por tratarse de una obligación hipotecaria y pudiendo usted tener interés en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado, se le emplaza por este edicto que se publicará una vez en un periódico de circulación diaria general de Puerto Rico y se le requiere para que radique en este Tribunal su contestación y notifique con copia de ella al licenciado Carlos M. Rivera Corujo, PMB 293, 405 Avenida Esmeralda Suite 102, Guaynabo, PR 00969, Tel. (787) , dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiéndole que de no hacerlo así dentro del término indicado, el Tribunal podrá anotar su rebeldía y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto por Orden del Tribunal, bajo mi fi rma y sello del Tribunal, en Trujillo Alto, Puerto Rico, hoy 15 de septiembre de Miriam Rosa Maldonado, Secretaria. IN THE UNITED STATES DIS- TRICT COURT FOR THE DIS- TRICT OF. ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY, Plaintiff, vs. CARLOS ALBERTO FRANCO MAISONET Defendant. CIVIL NO (SEC) RE: COLLECTION OF MONIES, FO- RECLOSURE OF MORTGAGE SUMMONS BY PUBLICATION. TO: CARLOS ALBERTO FRANCO MAISONET The Plaintiff has filed proceedings for collection of monies and the foreclosure of mortgage executed by the defendant(s) over the property that is described in Spanish as follows: UR- BANA: Solar marcado con el #1 del bloque CJ de la Urbanización Campo Rico, radicado en el Barrio Sabana Llana de Río Piedras, con un área superficial de metros cuadrados y colinda por el Norte, en metros, con el solar #36; por el Sur, en 9.47 metros, con la calle 36; por el Este, en metros con el solar #2; por el Oeste, en metros, con la calle 26. Además por el Suroeste, en forma de arco en 4.99 metros, con la intersección de las calles 36 y 26. Enclava una casa de concreto reforzado y bloques de concreto en una sola planta para una familia. Consta inscrita al folio 66 del tomo 78 de Sabana Llana, finca #3207. Registro de la Propiedad, Sección Quinta de San Juan. Said property is subject to a mortgage which secure payments of the mortgage note payable to Plaintiff or its order for the following amounts: a. Mortgage Note dated November 30, 2004 payable to R&G Premier Bank of Puerto Rico, for the principal amount of $288, with interest at the rate of 6 ¼% per annum, with a mortgage constituted by deed number 399 executed in San Juan, Puerto Rico on the same date before Notary Public Ricardo A. Ceballos Columna(LOAN NUMBER ). Defendant has breached and is in default of the payment obligations towards plaintiff. As of April 14, 2015, defendant still owes to plaintiffs the amount of $280, in principal, accrued interest which continues to accrue at the rate of 6 ¼% per annum, accrued late charges and any other advance, charge, fee or disbursements made by plaintiff on behalf of defendants in accordance with the mortgage deed, plus costs, and ten (10) percent attorney fees. This Court has entered an order providing for summons by publication in accordance with the provisions of Rule 4.6 of the Rules of Civil Procedure for the Commonwealth of Puerto Rico. THEREFORE, notice is hereby given to you so that you may appear and answer the complaint within thirty (30) days after publication of this summons sending copy of such answer to Plaintiff s attorney Francisco Fernandez Chiqués, Esq., Fernandez Chiques, LLC - PO Box 9749, San Juan, Puerto Rico Tel. (787) Fax (787) ; ffc@ffclaw.com. In case of failure to do so, judgment by default may be rendered for the relief demanded in the complaint, and the court shall proceed to adjudication without further notice. A copy of the complaint in this case was sent to the defendant s last known address by certified mail, return receipt requested within ten (10) days of the one and only publication of this judicial notice. In San Juan, Puerto Rico, this 10 day of September Frances Rios De Moran, Esq., Clerk Of The Court U.S. District Court. GUAYAMA SALA SUPERIOR. JAMES B. NUTTER & COMPANY Demandante Vs. La Sucesión de ANGELITA RAMIREZ MILLAN también conocida como Angelina Ramírez y como Anelita Ramírez Millan compuesta por los herederos desconocidos denominados como Fulano y Sutana de Tal; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; DE, RELICTOS Y EL CENTRO DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) CIVIL NUM. GCD SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA JUDICIAL EM- PLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AME- RICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE. A: Sucesión de ANGELITA RAMIREZ MILLAN también conocida como Angelina Ramírez y como Anelita Ramírez Millan compuesta por los herederos desconocidos denominados como Fulano y Sutana de Tal FISICA: B-7, G ST. JARDINES DE LA FAYETT DEV. ARROYO, P.R ; POSTAL: JARDINES DE LA FAYETT, G ST. 7B, ARROYO, PR OTRAS DIRECCIONES: B7 CALLE G, ARROYO PR ; SOLAR # 7 BLQ. B, URB. JARDINES DE LAFAYETTE, BARRIO GASIMOS, ARROYO, PR ; CALLE G B-7, URB. JARDINES DE LAFAYETTE, ARROYO, PR POR MEDIO del presente edicto se le notifi ca de la radicación de una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca en la que se alega que adeudan al demandante, James B Nutter & Company, las siguientes sumas: $102, por concepto de principal, gastos, penalidades e intereses al tipo pactado de 3.19% anual hasta el 1 de octubre de Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a JB NUTTER las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $13, Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $13, para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $13, para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. El demandante, James B Nutter & Company ha solicitado que se dicte sentencia contra usted y se le ordena pagar las cantidades anteriormente mencionadas. POR EL PRESENTE EDICTO se les emplaza y requiere para que contesten la demanda radicando el original de su contestación ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Guayama y notifi cándole con copia de dicha contestación a la abogada del demandante, Lcda. Maritza Guzmán Matos, PARTNERS LEGAL SERVICES, P.S.C. a P.O. Box , San Juan, Puerto Rico ; Tel. (787) / Fax (787) ; mguzman@ mocpr.com dentro del término de sesenta (60) días siguientes a la fecha de publicación de este edicto; si dejare de así hacerlo se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia contra usted concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Se le advierte que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del edicto, se le está enviando a usted por correo certifi cado con acuse de recibo, una copia del emplazamiento y de la demanda presentada al lugar de su última residencia conocida. EXPEDI- DO bajo mi fi rma y el sello del Tribunal en Guayama, Puerto Rico, hoy día 4 de septiembre de Marisol Rosado Rodriguez, Secretaria Regional I. Maria S. Ramos Negron, Secretaria Auxiliar. SUPERIOR DE BAYAMÓN. PARTE DEMANDANTE VS. MARCELINO GAETÁN LÓPEZ; KAREN LORRAINE LÓPEZ RIVERA y LA CIVIL NÚM. DCD (701) SOBRE: COBRO DE DINE- RO EJECUCIÓN DE HIPOTECA PORLA VíA ORDINARIA EMPLA- ZAMIENTO POR EDICTO ESTA- DOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE. MARCELINO GAETÁN LÓPEZ; KAREN LORRAINE LÓPEZ RIVERA y LA Queda usted notificado que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega usted le adeuda a la Demandante las siguientes cantidades: Principal $126,071.43, intereses sobre dicha suma al 6% anual desde el 1 de enero de 2015, hasta su completo pago, más $ mensual por concepto de recargos adeudados desde el día 1 de febrero de 2015 hasta su total pago, más la cantidad estipulada de $14, para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. La propiedad que garantiza hipotecariamente el préstamo es la siguiente: URBANA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Piñas del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, marcado con el número 50 del proyecto Estancias de San Miguel, con una cabida superficial de metros cuadrados. En lindes por: NOR- TE: En metros, con el solar número 51; SUR: En metros, con el solar número 49; ESTE: En metros, con la calle número 2; OESTE: En metros, con el solar número 41. Enclava una casa. La propiedad consta inscrita al Folio 51 deltomo 351 detoa Alta. Registro de Bayamón, Sección III. Finca # 17,248. La escritura de hipoteca consta presentada al Asiento 1287del Diario 469 de Toa Alta. Pendiente de inscripción. La Demandante es la tenedora por endoso, por valor recibido y de buena fe del referido pagaré objeto de la presente acción. Se le advierte que si no contesta la Demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación a la abogada de la Parte Demandante, Lcda. Belma Alonso Garcia, cuya dirección es en Terrazas de Guaynabo, H26 Calle Las Flores, Guaynabo PR 00969, Telefono y Fax: (787) , correo electrónico: oficinabelmaalonso@gmail.com, dentro del termino de treinta (30) dias de la publicación de este edicto excluyendose el dia de la publicación se le anotara la rebeldia y se le dictara Sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado sin mas citarle ni oírle. Se le informa ademas, que se procedera a presentar aviso de pleito pendiente en el Registro de la Propiedad correspondiente. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy 21 de septiembre de 2015, en Bayamón, Puerto Rico. Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional. Maria D. Medina, Secretaria Auxiliar I. SUPERIOR DE SAN JUAN. PARTE DEMANDANTE VS. JUAN ANTONIO DÍAZ MARTI; SONIA DÍAZ VIERA Y LA CIVIL NÚM. KCD (504) SOBRE: COBRO DE DINERO EJECUCION DE HI- POTECA PORLA VíA ORDINA- RIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. JUAN ANTONIO DÍAZ MARTI; SONIA DÍAZ VIERA Y LA Queda usted notifi cado que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega usted le adeuda a la Demandante las siguientes cantidades: Principal $130,321.64, intereses sobre dicha suma al 6.5% anual desde el 1 de enero de 2015, hasta su completo pago, más $ mensual por concepto de recargos adeudados desde el día 1 de febrero de 2015 hasta su total pago, la cantidad estipulada de $15, para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. La propiedad que garantiza hipotecariamente el préstamo es la siguiente: URBANA: Apartamento número 110. Propiedad Horizontal: Apartamento Resi-

6 The San Juan Daily Star dencial Número 110, consiste de 2 niveles, ubicado en los pisos número 1 terrero y 2 del Condominio Highland Park, situado en la calle Olmo, Solar número R-2, Urbanización Highland Park del Municipio de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superfi - cial contigua de metros, equivalentes a pies cuadrados. Su entrada principal está localizada en el lado Sur, en el primer nivel del apartamento por el piso 1 el Condominio. a traves de vestíbulo de los de los elevadores y escaleras. Consiste en el primer bivel de salacomedor, cocina, medio baño y terraza. El segundo nivel tiene 3 dormitorios, 2 baños, armario ( walk In Closet ), escalera y balcón. Son sus linderos en primer nivel: NORTE: Con elementos comunes y una distancia de metros lineales, equivalentes a 38 2 lineales; SUR: Con el apartamento número 109 y elementos comunes con una distancia de metros lineales, equivalentes a 38 2 lineales; ESTE: Con elementos comunes y una distancia de 8.30 metros lineales, equivalentes a /4 lineales; OESTE: Con elementos comunes y una distancia de 8.30 metros lineales, equivalentes a /4 lineales. Son sus linderos en el segundo nivel: NORTE: Con elementos comunes y una distancia de metros lineales, equivalentes a 38 9 lineales; SUR: Con el apartamento número 109 y elementos comunes una distancia de metros lineales, equivalentes a 38 9 lineales; ESTE: Con elementos comunes y una distancia de 8.30 metros lineales, equivalentes a /4 lineales; OESTE: Con elementos comunes y una distancia de 8.30 metros lineales, equivalentes a /4 lineales. Le pertenece el área de almacenaje ( Storage Space ) número lo ubicada en el sótano del condominio con una cabida superfi cial de 1.21 metros cuadrados equivalentes a pies cuadrados. Le pertenece los espacios para estacionamiento de automóviles número 68 y 69 contiguos con un área agregada de metros cuadrados, equivalentes a pies cuadrados. En el total de área del apartamento con su estacionamiento y área de almacenaje es de metros cuadrados, equivalentes a 1, pies cuadrados. Le pertenece a % de participación comunes de Condominio. La propiedad consta inscrita al Folio 25 del Tomo 1073 de Sabana Llana. Registro de San Juan, Sección V. Finca # 34,473. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 25 del Tomo 1073 (ágora) de Sabana Llana. Inscripción segunda. La Demandante es la tenedora por endoso, por valor recibido y de buena fe del referido pagaré objeto de la presente acción. Se le advierte que si no contesta la Demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación a la abogada de la Parte Demandante, Lcda. Belma Alonso Garcia, cuya dirección es en Terrazas de Guaynabo, H26 Calle Las Flores, Guaynabo PR 00969, Telefono y Fax: (787) , correo electrónico: ofi cinabelmaalonso@gmail.com, dentro del termino de treinta (30) dias de la publicación de este edicto excluyendose el dia de la publicación se le anotara la rebeldia y se le dictara Sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado sin mas citarle ni oírle. Se le informa ademas, que se procedera a presentar aviso de pleito pendiente en el Registro de la Propiedad correspondiente. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy 21 de septiembre de 2015, en San Juan, Puerto Rico. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. Michelle Rivera Rios, Sub-Secretaria. JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR. OPERATING PARTNERS CO. LLC., COMO AGENTE GESTOR DE: MIDLAND FUNDING, LLC PARTE DEMANDANTE Vs. ARMANDO COLON IRIZARRY, FULANA(O) DE TAL Y LA CIVIL NUM.: KCD SALA: 906 SOBRE: COBRO DE DINERO ORDINARIO EMPLA- ZAMIENTO POR EDICTO ES- TADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU. SS. ESTADO LIBRE ASO- CIADO DE P.R. A: ARMANDO COLON IRIZARRY Queda emplazado y notifi cado de que en este Tribunal se ha radicado una demanda de cobra de dinero ordinaria en su contra. Se le notifi ca para que comparezca ante el Tribunal dentro del termino de treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el presente caso. Se Ie apercibe y notifi ca que si no contesta la demanda radicada en su contra, radicando el original de la misma y enviando copia de su contestación a la parte demandante, Lcdo. Osvaldo L. Rodriguez Fernandez, PO Box 71418, San Juan, Puerto Rico , teléfono (787) , centro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se Ie anotara la rebeldía en su contra y se dictara sentencia en su contra, conforme se solicita en la Demanda, sin mas citarsele, ni oírseles. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, a 21 de septiembre de Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. SAN LORENZO. AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE DEMANDANTE V. ALEXANDER RODRIGUEZ GARCIA DEMANDADA CIVIL NÚM: E2CI SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EM- PLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERI- CA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ss. EL ES- TADO LIBRE ASOCIADO DE. A: ALEXANDER RODRIGUEZ GARCIA, Apt. 66, Cond. Hato Grande San Lorenzo, Puerto Rico Por la presente se le notifica que se ha radicado Demanda en Ejecución de Hipoteca, se le emplaza y requiere que notifique al: Bufete Acevedo Colón & Acevedo Vilá con oficinas en Vick Center, Suite 402-C, Ave. Muñoz Rivera 867, San Juan, Puerto Rico, Tel. (787) Fax. (787) , abogados de la parte demandante, con copia de la Contestación a la Demanda radicada, dentro de treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto que se publicará una (1) sola vez en un periódico de circulación general en Puerto Rico, por Orden del Tribunal. Se le apercibe a los efectos de que si no contesta la demanda radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXPE- DIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN LO- RENZO,, hoy 16 de septiembre de Irma I. Arroyo Gonzalez, Secretaria. SUPERIOR DE BA BANCO COOPERATIVO DE YVONNE MELENDEZ CARRION, también conocida como IVONNE MELENDEZ CARRION CIVIL NUM. DCD (506) SOBRE: COBRO DE DI- NERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA Al: Público en General A: YVONNE MELENDEZ CARRION, también conocida como IVONNE MELENDEZ CARRION Yo, ALG. FREDDY OMAR RO- DRIGUEZ COLLAZO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 26 de octubre de 2015 a las 10:15 de la mañana en mi oficina, sita en el Sala Superior de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 2 de noviembre de 2015, a las 2:15 de la tarde de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 9 de noviembre de 2015, a las 2:15 de la tarde en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Parcela marcada con el número Ciento Ochenta y Uno (181) en el Plano de Parcelación de la Comunidad Guarico, radicado en el Barrio Algarrobo del término municipal de Vega Baja, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRES- CIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS ( M.C.). En lindes por el NORTE, con la parcela número Ciento Ochenta (180) y calle número Treinta y Uno (31) de la comunidad; por el SUR, con la parcela número Ciento Ochenta y Dos (182) y parcela número Doscientos Trece (213) de la comunidad; por el ESTE, con la calle número Treinta y Dos (32) de la comunidad; por el OESTE, con la calle número Treinta y Uno (31) de la comunidad. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 224 del tomo 426 de Vega Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, finca número 30,966, inscripción tercera. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Comunidad Guárico, Calle Los Pinos, Número 181, Vega Baja, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $73, de principal, intereses al 7.875% anual, desde el 1ro. de mayo de 2014 hasta su completo pago, más la cantidad de $8, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $80, y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $53, y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $40, La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a 18 de septiembre de ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, AL- GUACIL TRIBUNAL SALA SU- PERIOR DE BA SUPERIOR DE BA GUILLERMO JUAN FIGUEROA RODRIGUEZ y su esposa JEANETTE LOPEZ MARRERO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos CIVIL NÚM. DCD (401) SOBRE: COBRO DE DI- NERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA. Al: Público en General A: GUILLERMO JUAN FIGUEROA RODRIGUEZ y su esposa JEANETTE LOPEZ MARRERO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Yo, ALG. FREDDY OMAR RO- DRIGUEZ COLLAZO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 26 de octubre de 2015, a las 10:30 de la mañana en mi oficina, sita en el Sala Superior de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efecti- Tuesday, October 6, 2015 vo, giro postal o cheque certifi cado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifi esto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 2 de noviembre de 2015, a las 2:30 de la tarde y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 9 de noviembre de 2015, a las 2:30 de la tarde en mi ofi cina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar número Ocho (8) del Bloque O de la Urbanización Paseo Las Olas, radicado en el Barrio Pueblo e Higuillar de Dorado, Puerto Rico, con un área superfi cial de QUINIENTOS CUATRO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS ( M.C.). En lindes por el NORTE, en distancia de veintiocho punto cero cero metros (28.00 m.), con el solar número Siete (7) del Bloque O de la Urbanización; por el SUR, en distancia de veintiocho punto cero cero metros (28.00 m.), con el solar número Nueve (9) del Bloque O de la Urbanización; por el ESTE, en distancia de dieciocho punto cero cero metros (18.00 m.), con calle número Veinte (20) de la Urbanización; y por el OESTE, en distancia de dieciocho punto cero cero metros (18.00 m.), con el solar número Quince (15) de la Urbanización. En este solar enclava una casa para propósitos residenciales. En uno de sus linderos existe una servidumbre de uno punto cinco cero metros (1.50 m.) a favor de la Puerto Rico Telephone Company. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 80 del tomo 248 de Dorado, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, fi nca número 12,003, inscripción primera. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $285, de principal, intereses al 6.25% anual, desde el día 1ro. de agosto de 2013, hasta su completo pago, más la cantidad de $32, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, y recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $320, y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $213, y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $160, La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la 37 Legal Notice adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi fi rma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a 18 de septiembre de ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, AL- GUACIL TRIBUNAL SALA SU- PERIOR DE BA SAN JUAN. HÉCTOR J. SÁNCHEZ ROSADO T/C/C HÉCTOR JAIME SÁNCHEZ ROSADO, JUSMANNY A. ANZALOTA GARCÍA T/C/C JUSMANNY ANATHAID ANZALOTA Y LA DE CIVIL NUM. KCD (905) SOBRE: COBRO DE DI- NERO - EJECUCIÓN DE HIPO- TECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERI- CA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTA- DO LIBRE ASOCIADO DE AVISO DE SU- BASTA ENMENDADO. Yo, Pedro Hieye Gonzalez, Alguacil del Sala de San Juan, notifi co a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento Enmendado librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 17 de septiembre de 2015, para satisfacer la Sentencia emitida el 14 de marzo de Dicha Sentencia fue archivada en autos y notifi cada el 20 de marzo de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $143, adeudada al 1 de abril de 2012, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que se describe a continuación: UR- BANA: PROPIEDAD HORIZON- TAL: Apartamento PH-5-313, de 2 niveles, localizado en la 3ra y 4ta planta del Edifi cio #11 Reina Irene del Condominio Portal de La Reina, localizado en la Avenida Montecarlo del Barrio Sabana Llana de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con un área superfi - cial de 1, pies cuadrados, equivalentes a metros cuadrados. Colinda por el Norte, en su primer nivel, en una distancia de 13 0, con área común; y en su segundo nivel, en una distancia de 13 0, con área común; por el Sur, en su primer nivel, en una distancia de 27 0, con área común; y en su segundo nivel, en una distancia de 27 0, con área común; por el Este, en su primer nivel, en una distancia de 28 6, con el apartamento PH-4-312; y en su segundo nivel, en una distancia de 37 2, con el apartamento PH-4-312; y por el Oeste, en su primer nivel, en una distancia de 17 8, con área común y el apartamento PH y otras dos de 14 0 y de 10 10, con el apartamento PH-6-314; y en su segundo nivel, en una distancia de 17 8, con área común y el apartamento PH y otras dos de 14 0 y de 20 0, con el apartamento PH Tiene su puerta de entrada y salida en su primer nivel por su lado Norte que da al pasillo exterior y a las escaleras que conduce a los caminos que conducen al área de estacionamiento. Consta de sala-comedor, cocina, lavandería, escaleras, 3 habitaciones, 2 ½ baños y balcón. Le corresponde a este apartamento los estacionamientos #399 y #400, localizados en el Área de Estacionamiento en la parte Norte del Edifi cio, así identifi cado en los Planos del Edifi cio y copia certifi cada de los cuales se acompañan a la Escritura Matriz del Condominio. Este apartamento tiene una participación en los Elementos Comunes Generales de %. Inscrito al folio 114 del tomo 992 de Sabana Llana, fi nca número #33,664 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Quinta de San Juan. La fi nca antes relacionada se encontrará afecta a un gravamen posterior al que se pretende ejecutar, el cual se describe de la siguiente manera: Hipoteca Subordinada: Escritura #737, otorgada en San Juan el día 27 de noviembre de 2009, ante el Notario Juan A. Martínez Romero. Presentada al asiento 134 del diario 871 fi nca #33,664 inscripción tercera. Constituida por por los esposos Héctor Jaime Sánchez Rosado representado por Jusmanny Anathaid Anzalota a Secretary of Housing and Urban Development, o a su orden. Principal: $9, Intereses: (no devengará). Vencimiento: 1ro de mayo de La propiedad objeto de ejecución ubica en: Cond. Portal de la Reina, 1306 Ave. Monte Carlo Apto. 313, San Juan, Puerto Rico El tipo mínimo para la subasta será la suma de $121, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el

7 Legal Notice 38 Tuesday, October 6, 2015 The San Juan Daily Star cual asciende a $81, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $60, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La primera subasta se llevará a cabo el día 26 de octubre de De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 2 de noviembre de De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 9 de noviembre de La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada a pagar a Banco Popular la suma de $143,969.94, la cual se desglosa de la siguiente manera: $117, por concepto de principal; $13, por concepto de intereses acumulados, $74.36 por concepto de cargos por demora; los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $ por concepto de Escrow Advances y la suma de $12, para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada la subasta. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notifi cados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fi jación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notifi cara además a la parte demandada vía correo certifi cado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en San Juan, Puerto Rico, a 23 de septiembre de Pedro Hieye Gonzalez, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De San Juan. SUPERIOR DE AGUADA. Demandante, v. JULIÁN FELICIANO RUIZ, SU ESPOSA, LUZ S. RODRIGUEZ NIEVES Y LA ;. CIVIL NÚM. ABCI SOBRE: COBRO DE DINERO POR LA VÍA ORDINARIA EM- PLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉ- RICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. DE AMERICA EL A: JULIÁN FELICIANO RUIZ POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE LA ÉL Y LUZ S. RODRÍGUEZ NIEVES Quede emplazado y notifi cado que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro De Dinero en la que se alega que el codemandado Julián Feliciano Ruiz por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por él y Luz S. Rodríguez Nieves, le adeuda solidariamente al Banco Popular del préstamo # la suma principal de $33, más intereses acumulados (al día 26 de diciembre de 2014) ascendentes a $6,511.39, más aquellos intereses que se continúen acumulando desde el día 26 de diciembre de 2014, a razón de $7.95 diarios, más los gastos de honorarios de abogados y costas del presente litigio. La abogada de Ia parte demandante es el Lcda. Yasbel Escobar Ramirez, cuya dirección fisica y postal es: Condo El Centro I, Suite 801, 500 Muñoz Rivera Ave., San Juan, Puerto Rico 00918; cuyo numero de telefono es (787) , el facsimile (787) y su correo electrónico es: yasbel@bellverlaw. com. Se les advierte que este edicto se publicara en un periodico de circulación general una sola vez y que si no comparecen a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal, con copia al abogado de la parte demandante dentro del termino de treinta (30) dias a partir de la publicación del Edicto, se Ie anotara la rebeldia y se dictara Sentencia concediendo el remedio así solicitado sin mas citarles ni oírles. Expedido baio mi fi rma y sello de este Tribunal, en Aguada, Puerto Rico, hoy dia 25 de septiembre de Rosa B. Sanchez Acevedo, Secretaria Regional. Rico, TRIBUNAL GENERAL DE Instancia, Sala Superior de Guayama. FIDELlTY NATIONAL TITLE GROUP OF DORAL FINANCIAL CORPORATION Y OTROS Civil Num: GCD Sobre: CANCELACION DE HIPO- TECA REPRESENTADA POR PAGARE HIPOTECARIO EX- TRAVIADO NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FULANO DE TAL Y MENGANO MAS CUAL 24 de septiembre de 2015, este notificación se publicará una sola días siguientes a su notificación. de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de septiembre de En GUAYAMA, Puerto Rico, el 29 de septiembre de Marisol Rosado Rodriguez, Secretaria Regional. Shirly A. Rodriguez Mendoza, Secretaria Auxiliar. Instancia, Sala Superior de Carolina en RG. ORIENTAL BANK LYSANDER RIVERA VELAZQUEZ Civil: FCCI Salon: 0004 Sobre: COBRO DE DINE- RO Y EJECUCION DE HIPO- TECA NOTIFICACION DE SEN- TENCIA POR EDICTO. A: SRA. REBECCA RAMOS COLON y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales Compuesta con Lysander Rivera Velazquez 17 de septiembre de 2015, este términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola siguientes a su notificación. Y,, por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los de 28 de septiembre de En RIO GRANDE, Puerto Rico, el 28 de septiembre de Miriam Rosa Maldonado, Secretaria. Ana I. de Jesus Quiñones, Instancia, Sala Superior de HU- MACAO. RAMON EDGARDO LOPEZ GERENA, MARIA MILAGROS TORRES CALDERON HOUSING INVESTMENT CORPORATION, JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO Civil: H1CI Sobre: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: HOUSING INVESTMENT CORPORATION, JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO: SU ULTIMA DIRECCION CONOCIDA; URB. VILLA UNIVERSITARIA BJ3 CALLE 33, HUMACAO PR 00791; P/C LCDA. ZILMARIE DELGADO PIERAS 14 de septiembre de 2015, este notificación se publicará una sola días siguientes a su notificación. notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará esta notificación ha sido archivada con fecha de 28 de septiembre de En HUMACAO, Puerto Rico, el 28 de septiembre de Dominga Gomez Fuster, Secretaria. Keyla Perez Figueroa, CACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JOSÉ ANTONIO LEÓN GONZÁLEZ, POR SI, PARA SER NOTIFICADO POR EDICTO; POR CONDUCTO DEL LCDO. IGOR J. DOMÍNGUEZ LAW OFFICES, 1225 AVENIDA PONCE DE LEÓN, SUITE 1105, SAN JUAN, de septiembre de 2015, este notifi cación se publicará una sola días siguientes a su notifi cación. con fecha de 28 de septiembre de En Ponce, Puerto Rico, el 28 de septiembre de Lu Mayra Caraballo Garcia, Secretaria Regional. Unixy Figueroa Correa, Instancia, Sala Superior de CA- ROLINA. SUCN NARDA MATEO DIAZ Civil Num: FCD Sobre: EJECUCION DE HIPOTE- CA NOTIFICACION DE SEN- TENCIA POR EDICTO. A: FULANO, SUTANO Y MENGANO DE TAL 15 de septiembre de 2015, este notifi cación se publicará una sola vez en un periódico de cir- culación días siguientes a su notifi cación. con fecha de 28 de septiembre de En CAROLINA, Puerto Rico, el 28 de septiembre de Miriam Rosa Maldonado, Secretaria. Keila Garcia Solis,, INC LUIS EDGARDO DAVILA CINTRON T/C/C LUIS DAVILA CINTRON, SU ESPOSA CARMEN MILAGROS ORTIZ COLON T/C/C CARMEN ORTIZ COLON Y LA DE Civil: DCD (401) Sobre: IN REM EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA OR- DINARIA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LUIS EDGARDO DAVILA CINTRON T/C/C LUIS DAVILA CINTRON, SU ESPOSA CARMEN MILAGROS ORTIZ COLON T/C/C CARMEN ORTIZ COLON Y LA DE 21 de septiembre de 2015, este notifi cación se publicará una sola días siguientes a su notifi cación. Instancia, Sala Superior de Ponce. JOSÉ ANTONIO LEÓN GONZÁLEZ, POR SÍ Civil Num: JCD Sobre: EJECUCION DE HIPOTE- CA POR LA VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. NOTIFIla Sentencia, Sentencia Parcial con fecha de 28 de septiembre de En BAYAMON, Puerto Rico, el 28 de septiembre de Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional I. Luz Amador, FIRSTBANK GLOBAL MORTGAGE CORPORATION Civil Num: DCP Sala: 504 Sobre: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO NO- TIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO ENMENDADA. A: GLOBAL MORTGAGE CORPORATION, JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO Y CUALESQUIER PERSONA DESCONOCIDA CON POSIBLE INTERES EN LA OBLlGACION CUYA CANCELACION POR DECRETO JUDICIAL SE SOLlCITA. 31 de agosto de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notifi cación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notifi - cación. con fecha de 30 de septiembre de En BAYAMON, Puerto Rico, el 30 de septiembre de Ruth Aponte Cotto, Secretaria. Marisol Rodriguez Cancel,

8 The San Juan Daily Star Rico, TRIBUNAL GENERAL DE Instancia, Sala Superior de MANATI. GLENDA L. PAGAN DEL VALLE, SU ESPOSO FULANO DE TAL y LA ; Civil: CD Sobre: CO- BRO DE DINERO POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: GLENDA L. PAGAN DEL VALLE, SU ESPOSO FULANO DE TAL Y LA - BARRIO CANTITO, BUZON #25 CALLE 3, MANATI, PR de septiembre de 2015, este términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola siguientes a su notificación. Y,, por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los de 29 de septiembre de En MANATI, Puerto Rico, el 29 de septiembre de Soraya Gonzalez Maldonado, Secretaria Regional. Ana Celiz Arroyo Diaz, LA SUCESION DE MARIA MILAGROS COLON ROSARIO Civil: DCD Sala: 401 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NO- TIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SUCESION DE MARIA MILAGROS COLON ROSARIO; CONSTITUIDA POR: LYDlA COLON ROSARIO; JOSE ANTONIO COLON ROSARIO; SANDRA BERMUDEZ ROSARIO; MARIA JOSEFINA BERMUDEZ ROSARIO; MENGANO Y FULANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS. 21 de septiembre de 2015, este notifi cación se publicará una sola días siguientes a su notifi cación. con fecha de 30 de septiembre de En BAYAMON, Puerto Rico, el 30 de septiembre de Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional II. Carmen M. Pintado, ORIENTAL BANK JOHN DOE y RICHARD ROE Civil: DCP Sala: 703 Sobre: CANCELACION DE PA- GARE EXTRAVIADO ORDINA- RIA. NOTIFICACION DE SEN- TENCIA POR EDICTO. A: JOHN DOE y RICHARD ROE 8 de septiembre de 2015, este términos de la misma. Esta notifi cación se publicará una sola siguientes a su notificación. Y,, por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los de 28 de septiembre de En BAYAMON, Puerto Rico, el 28 de septiembre de Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional II. Danetsa Aponte Reyes, SCOTIABANK DE BELLO HOMES, CORPORATION; WILLIAM L. RODRIGUEZ LOPEZ; ETC Caso Civil Num: DCD (502) Sobre: COBRO DE DINE- RO Y EJECUCION DE HIPOTE- CA NOTIFICACION DE SEN- TENCIA POR EDICTO. A: LA SUCN. DE DONA EMELINA SERRANO GONZALEZ COMPUESTA POR: EDWIN RODRIGUEZ SERRANO 211 PASADENA DRIVE, TAMPA, FLORIDA 33615, WILLIAM RODRIGUEZ SERRANO E IVETTE RODRIGUEZ SERRANO - URB LA MILAGROSA, C-14 CALLE 10, BAYAMON PR RICHARD ROE, JANE ROE UNITED STATES OF AMERICA (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - TORRE CHARDON, CALLE CARLOS CHARDON STE 1201, SAN JUAN PR 17 de septiembre de 2015, este términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola siguientes a su notificación. Y,, por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los de 29 de septiembre de En BAYAMON, Puerto Rico, el 29 de septiembre de Ruth Aponte Cotto, Secretaria del Tribunal. Vivian Nevarez Santiago, JUDICIAL DE COAMO SALA SUPERIOR. DEMANDANTE VS. JOSE LUIS MORALES COLON, NYDIA MILAGROS TAPIA MATEO Y LA DEMANDADOS CIVIL NUM.: B2CI SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (Vía Ordinaria) EMPLAZAMIEN- TO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, El Presidente de los Estados Unidos El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A la parte demandada: José Luis Morales Colón por sí y como representante de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta con Nydia Milagros Tapia Mateo a su última dirección conocida FISICA Urb. Los Flamboyanes, C-2 Calle 3, Coamo, P.R Y POSTAL: Po Box 1582, Coamo, P.R Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante por concepto de hipoteca la suma de $95, por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de cuatro (4.00%) anual desde el primero (1ro) de febrero de Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a BPPR los cargos por demora de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $9, Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $9, para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $9, para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley, en caso de reclamación judicial y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 333 otorgada ante el Notario Félix R. Vega Fournier el día 11 de octubre de 2013 sobre la finca número 13,693, inscrita al folio 128 del tomo 245 de Coamo, del Registro de la Propiedad de Barranquitas. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de CARDONA & MALDONADO LAW OFFICES, P.S.C. ATENCIÓN al Lcdo. Duncan Maldonado Ejarque, P.O. Box , San Juan, Puerto Rico ; Tel (787) , Fax (787) , Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 28 de septiembre de 2015, en Coamo, Puerto Rico. Jessica Ramos Olivieri, Secretaria del Tribunal Confidencial II. Eiset Negron Resto, Secretaria Auxiliar. Instancia, Sala Superior de PONCE. CITIMORTGAGE, INC. ELADIO MUÑIZ RODRIGUEZ, SU ESPOSA MARIA DEL CARMEN MARTINEZ RODRIGUEZ Y LA COMPUESTA POR ; AUTORIDAD PARA EL Tuesday, October 6, 2015 FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO Civil Num: JCD Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NO- TIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ELADIO MUÑIZ RODRIGUEZ, POR SI Y EN REPRESENTACION DE LA DE COMPUESTA CON MARIA DEL CARMEN MARTINEZ RODRIGUEZ, PARA SER NOTIFICADO POR EDICTO; POR CONDUCTO DE LCDA. CARMEN APONTE REYES, 1499 W. PALMETTO PARK ROAD, SUITE 300, BOCA RATON, FL de septiembre de 2015, este términos de la misma. Esta notifi cación se publicará una sola siguientes a su notifi cación. Y,, por edicto de esta notifi cación, dirijo a usted esta notifi cación este edicto. Copia de esta notifi - cación ha sido archivada en los de 28 de septiembre de En Ponce, Puerto Rico, el 28 de septiembre de Luz Mayra Caraballo Garcia, Secretaria Regional. Unixy Figueroa Correa, Instancia, Sala Superior de Carolina En RG. PREFERRED MORTGAGE CORPORATION Civil: FBCI Salón: 0004 Sobre: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO NO- TIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. 39 Legal Notice A: FULANO DE TAL Y MENGANO DEL CUAL, o sea las personas desconocidas que puedan ser tenedores del pagare extraviado 17 de septiembre de 2015, este términos de la misma. Esta notifi cación se publicará una sola siguientes a su notifi cación. Y,, por edicto de esta notifi cación, dirijo a usted esta notifi cación este edicto. Copia de esta notifi - cación ha sido archivada en los de 29 de septiembre de En RIO GRANDE, Puerto Rico, el 29 de septiembre de Miriam Rosa Maldonado, Secretaria. Ana I. de Jesus Quiñones, SUPERIOR DE BAYAMÓN. PARTE DEMANDANTE VS. DANIEL VELÁZQUEZ VARGAS JULINES CARIÑO NIEVES CIVIL NÚM.: DCD (702) SOBRE: COBRO DE DINE- RO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTA- DOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTA- DOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AVISO DE PÚBLICA SU- BASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía con fecha de 23 de enero de 2015; la Orden de Ejecución de Sentencia 6 de abril de 2015 y el Mandamiento de Ejecución de 14 de abril de 2015 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 27 DE OCTUBRE DE 2015, a las 9:30 de la mañana en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en la carretera #2 Km Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Las Cascadas (Fase II), la cual forma parte del Complejo Las Cascadas II, localizado en el Barrio Mucarabones del término Municipal de Toa Alta, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción con el número, área y colindacias que se relacionan a continuación: Número del Solar: 50. Área del Solar: metros cuadrados, equivalentes a cuerdas. En lindes por el: NORTE: en una distancia de metros lineales, con la Calle Número 5 de la Urbanización; SUR: en una distancia de metros lineales con el remanente de la finca principal de la cual se segrega; ESTE: en una distancia de metros lineales, con el solar número 49 de la Urbanización; OESTE: en una distancia de metros lineales, con el solar número 51 de la Urbanización. Enclava una casa. La propiedad y la escritura de hipoteca, constan inscritas al Folio 57 del Tomo 536 de Toa Alta, Finca #27,190. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. El tipo mínimo para la primera subasta será de $269, De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una segunda subasta, el día 3 DE NOVIEMBRE DE 2015, a las 1:30 de la tarde en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $179, De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 10 DE NOVIEMBRE DE 2015, a las 1:30 de la tarde, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $134, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el acreedor la finca dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia en Rebeldía dictada el 23 de enero de 2015, por la suma de $264, de principal, más intereses sobre dicha suma al 4.5% anual desde el 1 de abril de 2014 hasta su completo pago, más el pago mensual por contribuciones territoriales, más $ mensual por concepto de recargos por demora adeudados desde el día 1 de mayo de 2014 hasta su total pago, y hasta la cantidad estipulada de $26, para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Para mayor información

9 Legal Notice 40 Tuesday, October 6, 2015 The San Juan Daily Star los interesados podrán referirse al expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal bajo el número de epígrafe, durante horas laborables, y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley; EXPIDO el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 1 de octubre de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Bayamón. ARECIBO. SCOTIABANK DE DEMANDANTE VS. NIEVES AYALA, ROBERTO (SUCN) DEMANDADO CASO: CCD SALON: 0302 COBRO DE DINERO EJE- CUCION DE HIPOTECA CAU- SAL/DELITO. A: SUCESION DE ROBERTO NIEVES AYALA COMPUESTA POR KATIAMAR NIEVES MOLINA, ROBERTO NIEVES MOLINAS, ASTRID DIANISE NIEVES MONTESINOS, NORMA DIANA MONTESINOS LA PUERTA Y FULANO DE TAL; NORMA DIANA MONTESINOS LA PUERTA; R.J. INVESTMENTS AND CONSULTANTS, S.P. NOTIFICACION DE SEN- TENCIA POR EDICTOS. EL SECRETARIO(A) QUE SUS- CRIBE LE NOTIFICA A USTED QUE EL 14 DE AGOSTO DE 2015, ESTE TRIBUNAL HA DIC- TADO SENTENCIA, SENTEN- CIA PARCIAL O RESOLUCION EN ESTE CASO, QUE HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRA- DA Y ARCHIVADA EN AUTOS DONDE PODRA USTED EN- TERARSE DETALLADAMEN- TE DE LOS TERMINOS DE LA MISMA. ESTA NOTIFICACION SE PUBLICARA UNA SOLA VEZ EN UN PERIODICO GE- NERAL EN LA ISLA DE PUER- TO RICO, DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACION. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCE- DIMIENTO SUJETA A LOS TERMINOS DE LA SENTEN- CIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RE- CURSO DE REVISION O APE- LACION DENTRO DEL TERMI- NO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLICACION POR EDICTO DE ESTA NOTI- FICACION, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACION QUE SE CONSIDERARA HECHA EN LA FECHA DE LA PUBLICACION DE ESTE EDICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACION HA SIDO ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE CON FECHA DE 02 DE SEPTIEMBRE DE RAMOS APONTE RAMON L PO BOX SAN JUAN, PR DE TAL, FULANO NO DISPONIBLE MONTESINOS LA PUERTA, NORMA DIANA URB ESTANCIAS DE RIO HONDO I A 13 CALLE RIO COROZAL BAYAMON, PR NIEVES AYALA, ROBERTO (SUCN) N/D NIEVES MOLINA, KATIAMAR* #22 EXT. PALMER CABO ROJ O PR NIEVES MOLINA, ROBERTO URB SUMMIT HILL 640 CALLE COLLINS SAN JUAN PR NIEVES MONTESINOS, ASTRID DIANISSE CARR VIEJA HATO TEJ AS #27 FRENTE A CARR #2 BAYAMON, PR RJ INVESTMENT AND CONSULTANTS, SP N/D EN ARECIBO,, A 02 DE SEPTIEMBRE DE VIVIAN Y. FRESSE GONZALEZ, SECRETARIA. POR: YESSICA SOTO DELGADO, SECRETA- RIA AUXILIAR. SAN JUAN. JAIME ALEJANDRO LOPEZ DIAZ y GLORIA MARINA CERRA QUIÑONES Demandantes v, ORIENTAL BANK & TRUST como sucesor de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA como sucesor de THE CRASE MANHATTAN BANK N.A., JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita ClVIL NUM. KCP (901) SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARE HIPOTECARIO EX- TRAVIADO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA EL PRE- SIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE. A: JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO como posibles tenedores y cualesquier persona.desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita En este caso la parte demandante ha radicado Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un (1) pagaré hipotecario a favor de The Chase Manhattan Bank N.A., o a su orden, por la suma principal de $100,000.00, con intereses al 8%, vencedero el 1 de junio de Dicho pagaré fue suscrito, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 9 de mayo de 1977, ante el Notario Público Héctor 1. Torres Vilá, inscrita al folio 21 vuelto del tomo 513 de Monacillos, fi nca número 18,514, inscripción 9a, garantizado por hipoteca constituida mediante la Escritura número 59, sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en el Reparto San Francisco de Monacillos de Río Piedras, Puerto Rico, que se marca el número dos (2) en el bloque E del plano de inscripción con una cabida de mil seiscientos cuarenta y dos punto. treinta y un (1,642.31) metros cuadrados, colindante OESTE, su frente en una distancia de treinta punto cero cero (30.00) metros con la calle B, por el ESTE, su fondo, en una distancia de treinta y cuatro punto ochenta y un (34.81) metros, con los solares número seis (6) y siete (7) del bloque En del Plano de Inscripción propiedad de Sein Realty Company Incorporado; por el SUR, su derecha entrando, en una distancia de cincuenta y uno punto dieciséis (51.16) metros, con el solar número tres (3) del bloque E del Plano de Inscripción propiedad de Sein Realty Company Incorporado; por el NORTE, su izquierda, entrando, en una distancia de cincuenta punto noventa y seis (50.96) metros, con, el solar número uno (1) del bloque En del Plano de Inscripción propiedad de Sein Realty Company Incorporado. En este solar enclava una casa de Concreto de una sola planta dedicada a vivienda. Inscrita al folio quince (15) del tomo quinientos trece (513) de Monacillos, finca número dieciocho mil quinientos catorce (18,514) (antes doce mil cuatrocientos treinta y seis (12,436)), Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de San Juan. La parte demandante alega que dicho pagare ha sido saldado según mas detalladamente consta en la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaria de este Tribunal. Por tratarse de una obligación hipotecaria y pudiendo usted tener interes en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado, se Ie emplaza por este edicto que se publicara una vez en un periódico de circulación diaria general de Puerto Rico y se Ie requiere para que radique en este Tribunal su contestación y notifique con copia de ella al licenciado Carlos M. Rivera Corujo, PMB 293, 405 Avenida Esmeralda Suite 102, Guaynabo, PR 00969, Tel. (787) , dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiendole que de no hacerlo así dentro del termino indicado, el Tribunal podrá anotar su rebeldia y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin mas citarle ni oírle. expido el presente Edicto por Orden del Tribunal, bajo mi firma y sello del Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy 18 de septiembre de Griselda Rodriguez Collado, Secretaria Regional. SAN JUAN. FIRSTBANK FRANCISCO RIVERA GONZALEZ y MARIA PALACIOS MIRANDA y la sociedad legal de gananciales compuesta entre ambos; JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita. CIVIL NUM. KCP (506) SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARE HIPOTECARIO EXTRAVIADO EMPLAZAMIEN- TO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRE- SIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTAOO LIBRE ASOCIADO DE. A: JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO como posibles tenedores y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita En este caso la parte demandante ha radicado Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un (1) pagaré hipotecario a favor de Firstbank Puerto Rico, por la suma principal de $105, Dicho pagaré fue suscrito el día 6 de octubre de 2005, ante el notario Félix Joel Zambrana, e inscrita al folio 193 del tomo 771 de Río Piedras Sur, finca número 5,509, inscripción 8a, garantizado por hipoteca constituida mediante la Escritura número 497, sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el número dos (2) del Bloque JJ de la Urbanización Extensión Borinquén Cardens, radicada en el Barrio Caimito del Municipio de San Juan, Puerto Rico, compuesto de cuatrocientos ochenta y seis (486.00) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en dieciocho (18.00) metros, con Court Number Three : por el SUR, en dieciocho (18.00) metros, con el solar número cinco (#5) del bloque JJ ; por el ESTE, en veintisiete (27.00) metros, con el solar número tres (#3) del bloque JJ ; y por el OESTE, en veintisiete (27.00) metros, con el solar número uno (#1) del bloque JJ. Contiene una casa. Inscrita al folio 211 del tomo 161 de Río Piedras Sur, finca número 5,509, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Cuarta de San Juan. La parte demandante alega que dicho pagare ha sido saldado según mas detalladamente consta en la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaria de este Tribunal. Por tratarse de una obligación hipotecaria y pudiendo usted tener interes en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado, se Ie emplaza por este edicto que se publicara una vez en un periódico de circulación diaria general de Puerto Rico y se Ie requiere para que radique en este Tribunal su contestación y notifique con copia de ella al licenciado Carlos M. Rivera Corujo, PMB 293, 405 Avenida Esmeralda Suite 102, Guaynabo, PR 00969, Tel. (787) , dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiendole que de no hacerlo así dentro del termino indicado, el Tribunal podrá anotar su rebeldia y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin mas citarle ni oírle. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto por Orden del Tribunal, bajo mi firma y sello del Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy 21 de septiembre de Griselda Rodriguez Collado, Secretaria Regional. CIÓN DE COMUNIDAD POST SOCIEDAD DE BIENES GA- NANCIALES EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. A: La Sucn. De Guido Barletta compuesta por: Gladys Barletta y/o Billy Barletta, Guido Barletta y/o Sandra Barletta, Nina Barletta y/o Jorge Barletta, Rafi Barletta, y José Pablo Barletta y/o Arleen Barletta DE: JOEL HIDALGO HILERIO (Nombre de la Parte demandante) p/c: Lcdo. Enrique Alcaraz Micheli; Apartado Postal 1408 Mayagüez, Puerto Rico (Dirección de la Parte demandante) POR LA PRESENTE se le emplaza, se le notifica que una demanda ha sido presentada en su contra y se le requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia de la misma a la parte demandante a la dirección antes indicada. Se le apercibe que de no hacerlo, se podrá dictar Sentencia en rebeldía concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin citarle ni oírle más. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 21 de septiembre de Griselda Rodriguez Collazo, Secretaria. MIchelle Rivera Rios, Sub-Secretaria. SUPERIOR DE BAYAMÓN. PARTE DEMANDANTE VS. OTTO A. SIERRA FORMISANO; MARIBEL ALICEA RIVERA Y LA CIVIL NÚM: DCD (401) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA OR- DINARIA IN REM ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRE- SIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LI- BRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AVISO DE PÚBLICA SU- BASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía con fecha de 8 de diciembre de 2014, la Orden de Ejecución de Sentencia de 30 de marzo de 2015 y el Mandamiento de Ejecución de 13 de abril de 2015 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 27 DE OCTUBRE DE 2015, a las 10:00 de la mañana en mi ofi cina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en la carretera #2 Km Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en la Urbanización de la Fuente, Sección Jardines de Casa Blanca, localizado en el barrio Mucarabones del Municipio de Toa Alta, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción, de la urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar 9 el bloque I, Área del solar metros cuadrados. En lindes: NORTE: En una distancia de metros lineales, con el solar número 4 del mismo bloque; SUR: En una distancia de metros lineales, con la calle número 1 de la urbanización; ESTE: En una distancia de metros lineales, con el solar número 10 del mismo bloque; OESTE: En una distancia de metros lineales, con el solar número 8 del mismo bloque. Enclava una casa. La propiedad consta inscrita en el Folio 51 del Tomo 399 de Toa Alta. Finca #20,188. Registro de Bayamón. Sección III. La escritura de la hipoteca consta inscrita al Folio 85 del Tomo 475 de Toa Alta. Inscripción séptima. Registro de Bayamón. Sección III. El tipo mínimo para la primera subasta será de $212, De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una segunda subasta, el día 3 DE NOVIEMBRE DE 2015, a las 2:00 de la tarde en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fi jado en la primera subasta, o sea, $141, De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 10 DE NOVIEMBRE 2015, a las 2:00 de la tarde, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $106, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el acreedor la fi nca dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia en Rebeldía dictada el 8 de diciembre de 2015, por la suma de $186, de principal, más intereses sobre dicha suma al 6% anual desde el 1 de enero de 2014 hasta su completo pago, más $ mensual de seguros contra riesgos, más el pago por contribuciones territoriales, EN EL TRIBU- NAL DE PRIMERA INSTANCIA DE TRIBUNAL SUPERIOR CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN. JOEL HIDALGO HILERIO, como administrador judicial de la Sucn. de Raquel Bravo Monagas, etc, Parte Demandante, Vs. LA SUCESIÓN DE RYNALDO BARLETTA BLASINI, etc, Parte, Vs. La Congregación de Siervas de María de Mayagüez; etc, Demandantes Compulsorios CIVIL NÚM. KAC (906) SOBRE: COBRO DE DINE- RO (Via Ordinaria) Y LIQUIDAmás $55.60 mensual por concepto de recargos por demora adeudados desde el día 1 de febrero de 2014 hasta su total pago, y hasta la cantidad estipulada de $21, para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Para mayor información los interesados podrán referirse al expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal bajo el número de epígrafe, durante horas laborables, y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fi jación en los sitios públicos requeridos por ley; EXPIDO el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de abril de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Bayamón. SUPERIOR DE BAYAMÓN SA- LAS DE FAMILIA Y MENORES. JOSÉ MIGUEL DÍAZ PÉREZ OMAYRA VÁZQUEZ RODRÍGUEZ CIVIL NUMERO: DDI (3003) SOBRE: DIVORCIO (RUPTURA IRREPARABLE) EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. S.S. ESTADO LI- BRE ASOCIADO DE P.R. A: OMAYRA VÁZQUEZ RODRÍGUEZ 3024 N. Percy St. Philadelphia, PA, Por la presente se le emplaza y se le notifi ca que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal una Demanda en la cual se solicita el siguiente remedio en su contra: Divorcio por la causal de Ruptura Irreparable. Dentro del término de treinta (30) días desde la publicación del presente edicto usted, la parte demandada, deberá presentar ante este Tribunal original de su contestación a dicha demanda y notifi car con copia de la misma al Lcda. Rosa L. Vázquez López, 379 Calle César González, Hato Rey, P.R., 00918, Tel. (787) /Fax (787) , correo electrónico: VAZQUEZ- YASOCIADOSPR@GMAIL. COM. Se le apercibe que de no hacerlo, se le anotará la rebeldía y se podrá dictar sentencia en su contra, concediendo los remedios solicitados, y cualquier otro remedio que el Tribunal, en el ejercicio de su discreción, lo estime procedente sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi fi rma y sello del Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy 21 de septiembre de Ruth N. aponte Cotto, Secretaria del Tribunal.

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