PAPELETA DE CONCILIACIÓN INDIVIDUAL PREVIA A LA VÍA JUDICIAL LABORAL

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1 DE RECURSOS HUMANOS () APARTADO 6: PROCEDIMIENTO LABORAL. DIAPOSITIVA Nº: 2 CUESTIONES GENERALES DEL PROCESO LABORAL EJEMPLO Nº 1: Papeleta ante el SMAC por despido. PAPELETA DE CONCILIACIÓN INDIVIDUAL PREVIA A LA VÍA JUDICIAL LABORAL D/Dña xxx, mayor de edad, con domicilio en Madrid, y provisto de D.N.I. nº: y a efectos de notificaciones en el del despacho de su abogado xxxxxx con despacho en la Calle Felix Boix nº 3, 2ºCentro- Izqda. de Madrid (28036), ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación comparezco y, como mejor en Derecho proceda, Que mediante el presente escrito interpone PAPELETA DE CONCILIACION por el concepto de DESPIDO contra la empresa Empresa demandada S.A., con CIF A y código de Cta. de Cotización a la seguridad social 28/ , en la persona de su representante legal, con domicilio en Madrid (28001), en la calle xxxxxxxxxxxxxxx, entidad que se dedica a la actividad de SERVICIOS TÉCNICOS DE INGENIERIA, con el que le une relación laboral de carácter indefinido, con nivel 1 de convenio colectivo, licenciada en CC. Biológicas y percibiendo una retribución bruta diaria de 73,86 euros con inclusión de prorrateo de pagas extras, para celebrar el preceptivo acto de conciliación que ordena el artículo 4 del R.D 2756/1979, de 23 de noviembre, fundando la pretensión en los siguientes, HECHOS PRIMERO.- Que se inicia la relación laboral el día 25 de octubre de Que la compareciente presta sus servicios a jornada completa en el domicilio facilitado de la empresa. Que con fecha 18 de octubre de 2011, al incorporarse a su puesto de trabajo, fue notificada por la empresa mediante carta de su despido objetivo basado en el art. 52 c) 1

2 DE RECURSOS HUMANOS () del texto refundido del Estatuto de los trabajadores, debido a las supuestas dificultades productivas y económicas que atraviesa la empresa en la que presta sus servicios, así como el Grupo al que la misma pertenece, el cual sería efectivo a partir del día 31 de octubre del SEGUNDO.- Que no estando de acuerdo con el despido practicado viene a oponerse al mismo por considerarlo improcedente, solicitando se le readmita en su puesto de trabajo y, en el supuesto de no ser posible, se le fije la indemnización de x días por año trabajado con el límite de x mensualidades en aplicación de la normativa legal, lo cual asciende a xxxxxxxxxx euros aceptando que el salario diario es de euros con todos los conceptos incluidos conforme calcula recursos humanos de xxxxxxxxx el día 31 de octubre de Además se solicitarán en su momento los salarios de tramitación devengados. TERCERO.- Que el empleador demandado se dedica a la actividad de SERVICIOS TÉCNICOS DE INGENIERIA y la trabajadora despedida prestaba sus servicios en la División Internacional. La demandante se responsabilizaba de manera unitaria de concluir las actividades remanentes de la desaparecida Unidad de Gestión de la Cooperación Internacional, eliminada tras el despido de su hasta entonces director, y del otro único integrante de esta Unidad de tres personas, hace seis meses, el 25 abril de 2011, así como de dar soporte al desarrollo de la División Internacional. Se realiza este despido objetivo individual por causas económicas y productivas el 18 de octubre con efectos 31 de octubre y desde el día 14 del octubre de 2011 se lleva a cabo la comunicación de apertura de periodo de consultas con los representantes de los trabajadores con el fin de iniciar un Expediente de Regulación de Empleo dentro del Grupo xxxxxx después de más de dos semanas de negociación previa con los mismos sin llegar a un acuerdo. El día x de noviembre de 2011 y después de intensas negociaciones entre empresa y los 2

3 DE RECURSOS HUMANOS () representantes de los trabajadores se llega a un preacuerdo de extinción de contratos con una indemnización de 30 días de salario por año trabajado con el límite de 18 mensualidades (conforme se demostrará con acta). Los puntos acordados fueron votados asambleariamente por toda la plantilla, alcanzando la condición de acuerdo el día xxxx Se está procediendo actualmente al cierre del período de consultas de dicho ERE con acuerdo definitivo, en base a lo pre-acordado en el acta mencionada. Por lo tanto, la demandante tendría que estar en todo caso dentro del expediente de regulación de empleo y su despido no es conforme a derecho ni ajustado puesto que se están discutiendo con los representantes una salida de la empresa más beneficiosa para los trabajadores a los que se extinga el contrato. CUARTO.- Si entramos en la causa del despido objetivo por razones económicas se discuten las cifras aportadas y la supuesta causa económica. Las cifras de la memoria entregada junto a la carta de despido no guardan exacta coherencia entre ellas, ni con ni las cuentas anuales auditadas, publicadas en de la CNMV que obran en nuestro poder y que se presentaran en juicio. Por otro lado, se puede ver en las cuentas publicadas en la CNMV del 1er semestre de xxxx, que la empresa que tiene contratada a la demandante a Junio de 2011 obtiene un beneficio antes de impuestos mayor que el beneficio del ejercicio completo de Si bien la producción ha disminuido en el último semestre, hemos de significar que en los últimos 9 meses también ha disminuido considerablemente la plantilla, adecuándose a esta situación. La cartera de negocio en el 1er semestre de 2011 es equivalente a varios años de producción, según las estimaciones actuales. Además, Además, se hace costar la empresa xxxxx según aparecen en las cuentas auditadas ha realizado un préstamo muy significativo a otras empresas del xxxxxxx, redundando negativamente en sus resultados individuales. 3

4 DE RECURSOS HUMANOS () Si se han de tomar medidas extintivas no se entiende que sea en la empresa que obtiene y sigue obteniendo beneficios y tiene proyectos en vigor cuando existen otras empresas en el grupo que arrastran con una gestión deficiente al resto. QUINTO.- Aludiendo a la causa del despido objetivo por razones productivas, se discute la supuesta falta de trabajo suficiente que justifique la amortización del puesto de trabajo de la demandante. No han concluido las actividades remanentes de la desaparecida Unidad de xxxxxxx, y más allá de los proyectos en curso, la demandante ha contratado nuevos proyectos de 3 y 4 años de duración en los que consta como Directora de Proyecto, y todos los cuales gestiona en solitario. Además la demandante desarrolla varias actividades de manera exclusiva en la empresa. Así mismo, en la memoria entregada a la demandante se especifica que la empresa tiene como principal proyecto para conseguir un mayor dimensionamiento LA DIMENSIÓN INTERNACIONAL y posicionamiento en los mercados internacionales. No se entiende que se lleve a cabo esta decisión extintiva con la demandante si uno de los principales objetivos de la empresa va a ser aumentar el negocio internacional, acabando la demandante de contratar varios proyectos internacionales a largo plazo. SEXTO.- Que la compareciente no es representante legal de los trabajadores. Por todo lo expuesto, solicito al Servicio de mediación, arbitraje y conciliación (SMAC) de Madrid, que teniendo por presentado el presente escrito con sus copias correspondientes, lo admita y, en su virtud se sirva señalar día y hora citando al interesado (s) para la celebración del preceptivo INTENTO DE CONCILIACIÓN con el demandado (s), previo a la vía judicial laboral, todo ello de conformidad con lo previsto 4

5 DE RECURSOS HUMANOS () en el Real Decreto 2756/1979, de 23 de Noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas, Arts. 63 a 68 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, Real Decreto 932/1995, de 9 de junio sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral). El firmante DECLARA bajo su responsabilidad que los datos e informaciones contenidas en este documento de solicitud de conciliación son correctas, veraces, y que tiene la firme voluntad de dirigirse al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de Madrid para celebrar el acto de conciliación solicitado. En Madrid a 18 de noviembre de 2011 Fdo./Dña. Xxxxxxxxx Fdo./Dña. xxxxxxxxx Abogado 5

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