BASES PARA EL PROCESO DE LICITACIÓN CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA. No
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- Benito Gutiérrez Vargas
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1 BASES PARA EL PROCESO DE LICITACIÓN No PROCESO DE LICITACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y GASTOS MÉDICOS PARA LOS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA 01 DE ENERO 2010 A 31 DE DICIEMBRE 2011 Objeto de estas Bases de Licitación es proveer suficiente información de índole administrativo-legal y técnico a todos los interesados en presentar ofertas, a efecto de promover una competitividad entre proveedores que beneficie los intereses del Congreso de la República. Estas Bases de Licitación se enmarcan en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Dirección Administrativa Congreso de la República de Guatemala Guatemala de la Asunción, abril de 2,010 HOJA 1 DE 18 HOJAS
2 ÍNDICE DE CONTENIDO Hoja Carátula 1 Terminología utilizada en estas bases de licitación 3 Bases de Licitación 5 Formulario de cotización de precios 15 Especificaciones Técnicas 16 HOJA 2 DE 18 HOJAS
3 TERMINOLOGÍA UTILIZADA EN ESTAS BASES DE LICITACIÓN (EN ORDEN ALFABÉTICO) ADJUDICATARIO: Oferente a quien la JUNTA le adjudica el negocio. BASES DE LICITACIÓN: Documento que provee la información suficiente para que el oferente pueda presentar su oferta, con pleno conocimiento de los aspectos técnicos, legales, administrativos y financieros que rigen a este Proceso. CLÁUSULA DE COMPROMISO: Los oferentes aceptan que, en caso de obtener la adjudicación para la prestación del Seguro de Vida y Gastos Médicos para los señores Diputados y Señoras Diputadas al Congreso de la República, la vigencia del contrato se retrotraerá al uno (01) de enero del año dos mil diez (2010), y autorizan al Congreso de la República para que de la prima anual correspondiente de este año retenga el equivalente a la prima de los meses del uno (1) de enero al treinta (30) de junio, para pagar a la Compañía de Seguros G & T, la cobertura brindada a este Organismo de conformidad con el RESGUARDO DE PROTECCIÓN, como se identifica en estas bases. COINCIDENCIA: Si la compañía adjudicada fuera la misma que presta el Resguardo de Protección, las obligaciones de éste quedarán comprendidas dentro del contrato que se suscriba. En este caso, la Compañía que ofrece el resguardo cobrará la prima total anual correspondiente. CONGRESO: Congreso de la República de CONTRATISTA: Adjudicatario del negocio que suscribe el contrato. CONTRATO: Instrumento legal que se suscribe y que detalla las condiciones que rigen la negociación. Forman parte del contrato y quedan incorporadas a él, las bases, las especificaciones técnicas y generales y demás documentos entregados al oferente, la oferta y documentos anexos, y los documentos de calificación y adjudicación, y resoluciones que obran en el expediente respectivo. DIRECCION: Dirección Administrativa del Congreso de la República de Guatemala, dependencia encargada de llevar a cabo este proceso de licitación. JUNTA: Junta de Licitación nombrada por el Órgano Administrativo superior del Congreso de la República, para este Proceso y a la que le compete recibir, calificar las ofertas y adjudicar el negocio. HOJA 3 DE 18 HOJAS
4 LEY: Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número del Congreso de la República y sus reformas. OFERENTE (S): Compañía Aseguradora Nacional, que presenta una Oferta. OFERTA (S): Propuesta presentada por cada oferente para ejecutar el objeto de este proceso. La propuesta debe incluir los aspectos técnicos, económicos y legales, de acuerdo con lo solicitado en estas Bases de Licitación. PLAZO CONTRACTUAL: Dos años (comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2010, y del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011), prorrogable por períodos anuales de conformidad con las condiciones de las Bases de Licitación, como se hará constar en el contrato. PROCESO: Conjunto de actividades relacionadas con esta Licitación identificada como Congreso de la República No REGLAMENTO: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo No y sus reformas. RESGUARDO DE PROTECCIÓN: Cobertura del Seguro Colectivo de Vida y del Seguro de Gastos Médicos prestado por la Compañía de Seguros G & T, S. A., y aprobado por la Junta directiva del Congreso de la República, del uno (01) de enero al treinta (30) de junio de dos mil diez (2010), con iguales coberturas a las contempladas en la póliza vigente para los señores diputados y señoras diputadas al Congreso de la República hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil nueve (2009). VIGENCIA DE CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES. La vigencia del contrato que el Congreso de la República suscriba con la adjudicataria para la prestación del Seguro de Vida y Gastos Médicos para los señores Diputados y Señoras Diputadas al Congreso de la República, se retrotraerá al uno (1) de enero del año dos mil diez (2010); pero, la adjudicataria asumirá las obligaciones directas de esta contratación a partir del uno (1) de julio de dos mil diez (2010), hasta la terminación del plazo contratado y/o sus prórrogas, al vencimiento del resguardo de protección prestado por la Compañía de Seguros G & T, Sociedad Anónima (30 de junio de 2010). HOJA 4 DE 18 HOJAS
5 BASES DE LICITACIÓN 1. FUNDAMENTO LEGAL: La Junta Directiva del Congreso de la República resolvió la ejecución de este proceso de licitación con fundamento en lo prescrito por el artículo 906 del Decreto Número 2-70 y lo preceptuado en el Decreto Número 57-92, ambos del Congreso de la República, y el Acuerdo Gubernativo OBJETO El Objeto de estas Bases es proveer suficiente información de índole administrativo legal y técnica a todos los interesados en presentar ofertas, a efecto de promover una competitividad entre proveedores que beneficie los intereses del Congreso de la República; y recibir ofertas para la contratación de Seguro colectivo de Vida y Gastos Médicos para los señores Diputados y señoras Diputadas al Congreso de la República, para el período comprendido del 01 de enero de 2010 al 31 de diciembre de COBERTURAS SOLICITADAS: a) Seguro colectivo de vida, para cada uno de los señores Diputados y señoras diputadas que integran el Congreso de la República de Guatemala, con beneficios de doble y triple indemnización por muerte accidental, pérdida de miembros por accidente y exoneración de pago de primas por incapacidad: MONTO POR MUERTE NATURAL: Q.550, b) Seguro de gastos médicos para cada uno de los señores Diputados y señoras Diputadas que integran el Congreso de la República de Guatemala, con opción de incluir a sus familiares dependientes, MÁXIMO VITALICIO Q.2.500,000.00, para cada uno de los señores diputados y señoras diputadas, a partir del uno (1) de enero del año dos mil diez (2010), y que será restablecido cada año durante el tiempo que la póliza se mantenga vigente. HOJA 5 DE 18 HOJAS
6 4. CONVOCATORIA A OFERTAR La convocatoria para participar en esta licitación se realizará por el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por medio de la página Web y a través de una publicación en el Diario Oficial. Los interesados en ofertar en el presente proceso de licitación pueden descargar las bases de participación de la página Web de situación que será suficiente para acreditar su participación. 5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Inicio de la Difusión Pública del Evento en Guatecompras 3 de mayo de 2010 Publicación en el Diario Oficial 7 de mayo de 2010 Fecha para recepción de ofertas (de a horas) 14 de junio de 2010 Fecha límite para firma y aprobación del contrato 29 de junio de ACLARACIONES Los OFERENTES podrán solicitar por escrito a la Dirección Administrativa del CONGRESO, las aclaraciones que estimen pertinentes, de acuerdo al cronograma de actividades. Las respuestas a las aclaraciones presentadas se deberán de notificar a todos los OFERENTES por escrito y a través del sistema de información de contrataciones y adquisiciones del Estado GUATECOMPRAS. 7. VISITA OBLIGADA (CLÁUSULA DE COMPROMISO). Los oferentes deberán acudir a la Dirección Administrativa del Congreso de la República para conocer el texto del proyecto de contrato, y, en su caso, aceptar y suscribir la cláusula de compromiso que será incluida dentro del mismo, como se describe en la introducción de estas bases en cualquier fecha comprendida entre el cuatro y el once de junio 8. LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Los interesados presentarán sus ofertas en sobre cerrado ante la JUNTA, el catorce de Junio de dos mil diez (2010), a las diez horas (10:00 hrs.), teniendo como límite para la presentación a las diez horas con treinta minutos (10:30 hrs.), en el lugar que ocupa el SALÓN DEL PUEBLO del Congreso de la República, ubicado en la 9ª. Avenida 9-44 zona 1, Ciudad de Guatemala. HOJA 6 DE 18 HOJAS
7 9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN La Junta procederá a la evaluación de las ofertas y adjudicación dentro del plazo establecido en el artículo 12 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, prorrogable hasta un máximo de diez (10) días hábiles adicionales, conforme lo establecido en la ley. La Junta de Licitación nombrada de conformidad con la ley para este evento adjudicará en forma total el objeto de la presente Licitación, tomando en cuenta la oferta que mejor convenga a los intereses del Congreso de la República y cumpla con los requerimientos establecidos en las presentes bases, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 10. APROBACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN La Junta de Licitación por medio de la Dirección Administrativa, procederá a elevar a la Junta Directiva y/o Comisión Permanente del CONGRESO, la documentación de lo actuado dentro del plazo de DOS (2) días siguientes de que esté firme lo resuelto por la Junta. 11. PLAZO CONTRACTUAL El PLAZO CONTRACTUAL será de dos (2) años, comprendido del 01 de enero del dos mil diez al 31 de diciembre del dos mil once, prorrogable a voluntad de las partes, por períodos que no excederán de un año cada vez, mediante el simple cruce de cartas que deberá ser aceptado por el adjudicatario y por el Congreso de la República, con no menos de sesenta (60) días de anticipación al vencimiento del plazo, o, excepcionalmente, dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores, si no se interrumpió la cobertura, como se establecerá en el contenido del contrato. 12. CONDICIONES LEGALES 12.1 La OFERTA deberá referirse, concretarse y sujetarse a las condiciones establecidas en estas BASES; la presentación de la OFERTA constituirá evidencia que el OFERENTE las estudió completamente, lo que le ha permitido identificar de manera completa, clara y precisa lo requerido. En ningún caso se admitirán en la OFERTA condiciones que modifiquen o tergiversen estas BASES, o no que estén incluidas en las mismas, excepto que signifiquen beneficios adicionales sin costo de prima, que podrán ser aceptados o no por el Congreso de la República. HOJA 7 DE 18 HOJAS
8 12.2 Las OFERTAS recibidas en respuesta a esta solicitud no serán devueltas; el original y la copia quedarán en poder de la JUNTA para ser incorporadas a los expedientes respectivos La JUNTA y el CONGRESO se reservan el derecho y la facultad de confirmar y verificar la autenticidad de los documentos presentados, así como la veracidad de la información que contenga la OFERTA. De encontrar falsedad, la JUNTA eliminará la OFERTA y la trasladará a la Asesoría Jurídica del Congreso, para el ejercicio de las acciones penales, administrativas y civiles establecidas por las Leyes de la República de Guatemala El CONTRATO que deberá suscribirse se someterá a las leyes guatemaltecas y, en especial, a las normas pertinentes de la LEY y su REGLAMENTO, y a la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto número del Congreso de la República o a cualquier otra ley aplicable al presente PROCESO DE LICITACIÓN La OFERTA que se adjudique, así como estas BASES, formarán parte integral del CONTRATO que se suscriba, prevaleciendo el contenido de las BASES al de la OFERTA Los gastos en que incurra el OFERENTE para la preparación y presentación de su OFERTA, serán bajo su exclusiva cuenta y riesgo, razón por la cual no se reconocerá suma alguna ni se efectuarán reembolsos de ninguna naturaleza El CONGRESO podrá prescindir de la negociación en cualquier fase, previo a la suscripción del CONTRATO, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 37 de la LEY. 13. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS OFERENTES Y LA OFERTA Requisitos Fundamentales Los siguientes documentos son REQUISITOS FUNDAMENTALES y deberán incluirse en la OFERTA a presentar en el lugar, fecha y hora estipulada en el numeral 5 y cronograma de estas bases de licitación. De lo contrario, la OFERTA será rechazada FORMULARIO DE OFERTA DE PRECIOS Formulario de Oferta de Precios adjunto en el Anexo I de estas bases en original y copia, debidamente completado y firmado por el Representante Legal del oferente, en donde se indique el precio por unidad (por millar de seguro) y el valor total en Quetzales, en números y letras. HOJA 8 DE 18 HOJAS
9 Si existiera diferencia entre lo escrito en números con lo escrito en letras, se considerará válido lo escrito en letras. Si existiera diferencia entre el original de la documentación presentada y la copia, para todo efecto se considerará como válido el original. En cualquier caso, la JUNTA realizará las operaciones y correcciones correspondientes con base en lo anteriormente señalado. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto número del Congreso de la República y sus Reformas, el precio deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) GARANTÍA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA ARTÍCULO 64 DE LA LEY La Garantía de Sostenimiento de oferta deberá caucionarse en los términos del Artículo 64 de la Ley con una vigencia de ciento veinte (120) días y deberá constituirse por el tres por ciento (3%), del total del monto ofertado, a partir de la fecha señalada para la presentación de ofertas. El CONGRESO procederá a ejecutar la Garantía de Sostenimiento de Oferta en las siguientes circunstancias: 1. Si el ADJUDICATARIO no sostiene su OFERTA, o, 2. Si no concurre a suscribir el CONTRATO respectivo dentro del plazo que determina el Artículo 47 de la LEY, o, 3. Si habiéndolo hecho, no presenta la Garantía de Cumplimiento de Contrato conforme a lo que preceptúa el Artículo 65 de la LEY DECLARACIONES JURADAS Declaración Jurada del OFERENTE, contenida en Acta Notarial, en donde consten los literales siguientes: a) Que no es deudor moroso del Estado y que no tiene cuentas pendientes con las entidades a las que se refiere el artículo 1 de la LEY. b) Que no está comprendido en ninguna de las prohibiciones que establecen los artículos 26 y 80 de la LEY Constancia de inscripción en el registro de proveedores del sistema de información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, GUATECOMPRAS. HOJA 9 DE 18 HOJAS
10 13.5 Constancia de la visita efectuada a la Dirección Administrativa del Congreso de la República, de haber leído el borrador del contrato y aceptado la cláusula de compromiso, y estar de acuerdo con su contenido. 14. OTROS REQUISITOS (ARTÍCULO 41 DE LA LEY) Fotocopia autenticada de los siguientes documentos: - Testimonio de la Escritura de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones. - Acta de nombramiento del Representante Legal inscrito en el Registro Mercantil. - Cédula de Vecindad del Representante Legal (completa). - Patente de Comercio de Sociedad. - Patente de Comercio de Empresa, que indique que el giro comercial de la misma es afín al objeto de este PROCESO. - Carné de Número de Identificación Tributaria - Fotocopia de las constancias y/o finiquitos otorgados por las instituciones gubernamentales y no gubernamentales en las cuales el oferente ha prestado el mismo tipo de servicio, a entera satisfacción del interesado; así como el detalle (monto de cada contrato, nombre, dirección, teléfono de las empresas o instituciones a quienes dieron el servicio), del número de contratos de seguro suscrito por un período de doce (12) meses o más, con características iguales o similares al objeto de esta Licitación, celebrados en los últimos cinco años. 15. FORMALIDADES DE LA OFERTA a) Tendrá que ser presentada en dos plicas: original y copia. b) Tendrá que ser presentada en idioma español. c) Tendrá que ser expresada solamente en Quetzales, moneda en la cual se hará la evaluación de la misma. d) Tendrá que ser presentada en forma legible, ordenada, por legajos y numerados los folios, incluyendo el índice de la misma, de tal forma que sea posible su estudio y consulta de manera ágil y sin dar lugar a dudas o contradicciones. e) No tendrá que contener enmiendas, correcciones o borrones, ya que las mismas podrán implicar su rechazo. f) No se aceptarán OFERTAS presentadas por fax o enviadas por correo, ni presentadas extemporáneamente. g) De acuerdo con lo establecido en el Artículo 25 de la LEY, cada oferente sólo podrá presentar una OFERTA. h) La JUNTA podrá rechazar, sin responsabilidad alguna, las OFERTAS no legibles o que dieren lugar a dudas sobre su interpretación y aplicación. i) La JUNTA rechazará, sin responsabilidad alguna, cualquier OFERTA si se determinara que hay colusión entre OFERENTES HOJA 10 DE 18 HOJAS
11 j) La JUNTA rechazará, sin responsabilidad alguna, las OFERTAS presentadas por personas naturales o jurídicas de domicilio inexistente. 16. GARANTÍAS Las garantías deberán formalizarse mediante póliza extendida a favor del CONGRESO DE LA REPÚBLICA, por una institución afianzadora autorizada para operar en la República de Guatemala. 17. GARANTÍA DE CUMPLIMENTO DEL CONTRATO (ARTÍCULO 65 DE LA LEY), en caso de ser adjudicado. Después de suscribir el CONTRATO, el ADJUDICATARIO deberá presentar una Garantía de Cumplimiento por la totalidad de las obligaciones establecidas en el mismo, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del total de su oferta, que deberá mantenerse vigente durante todo el período contractual. Son causas de incumplimiento las siguientes: 1. CEDER, TRANSFERIR ó CONCESIONAR por cualquier medio la administración u obligaciones derivadas del contrato; 2. Proveer diferente póliza o cobertura a lo contratado de acuerdo con el OBJETO de las presentes bases; 3. Modificar o no cumplir con cualquiera de las cláusulas del CONTRATO; 4. Otras que contraríen los términos del contrato. Si el ADJUDICATARIO incumpliera en la totalidad o en parte con sus obligaciones contractuales, la ejecución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato deberá ser en forma total, sin perjuicio de que el Congreso de la República podrá demandar a la adjudicataria la devolución íntegra del monto de las primas no devengadas y el pago de responsabilidades civiles por el perjuicio causado. 18. Recepción de ofertas y Apertura de Plicas 18.1 La JUNTA entregará al oferente una constancia de recepción por medio del cual se acredite la entrega de su oferta La apertura de las OFERTAS se efectuará en acto público y de lo actuado la JUNTA elaborará un Acta, en que dejará constancia básicamente del nombre del OFERENTE u OFERENTES, y el monto global de la o las ofertas recibidas. HOJA 11 DE 18 HOJAS
12 18.3 Los OFERENTES que hayan presentado OFERTAS, podrán designar un Representante que actuará como observador durante la evaluación del proceso, sin voz ni voto dentro del evento. 19. ANÁLISIS Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Previo a la calificación, la JUNTA analizará las OFERTAS, para determinar que cumplan estrictamente con todos los requisitos establecidos en las Bases, para poder aplicar los parámetros de ponderación. En caso de que la JUNTA, conforme lo establecido en el Artículo 30 de la LEY, determine que el precio ofertado por cualquiera de los oferentes no se ajusta a los valores del mercado o no es conveniente a los intereses del Estado, podrá rechazar las OFERTAS. De igual manera, rechazará las OFERTAS de empresas con antecedentes de incumplimiento o mala calidad Calificación de las Ofertas La JUNTA procederá a la evaluación de las ofertas, verificando que el oferente acepte las pre-existencias, como se incluyen en las especificaciones técnicas de este proceso, y, como requisito indispensable, cuente con cobertura a nivel mundial para atención de futuras reclamaciones de los asegurados Criterios de evaluación para la oferta técnica Para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable a los intereses del Congreso de la República, se ha definido como criterios de evaluación para la negociación que se pretende contratar: a) Valor de la póliza b) Amplitud de coberturas técnicas; c) deducibles; d) Experiencia, e) Otros beneficios Ponderación de la oferta a. Valor de la Póliza. El oferente que presente el precio (valor de la póliza) más bajo será calificado con (30) treinta puntos, el resto recibirá el puntaje que inversamente proporcional le corresponda HOJA 12 DE 18 HOJAS
13 b. Amplitud de Coberturas Técnicas: se evaluará el nivel de sumas aseguradas y coberturas adicionales que presente el oferente. Al oferente que presente las mejores condiciones se le calificara con treinta (30) puntos, el resto recibirá el puntaje que inversamente proporcional le corresponda. El resto recibirá el puntaje que inversamente proporcional le corresponda, conforme la siguiente fórmula: la cantidad de coberturas adicionales por los puntos asegurados dividido por la cantidad de coberturas de la empresa c. El oferente que presente menores deducibles y los valores más favorables en los servicios que oferte, obtiene la calificación de veinte (20) puntos. El resto recibirá el puntaje que inversamente proporcional le corresponda, d. Experiencia. Se calificará con diez (10) puntos la experiencia en atención a instituciones del Estado en el ramo de seguros y la amplitud de la red de proveedores afiliados a la aseguradora, e. Otros beneficios. Se calificarán con diez (10) puntos, los beneficios adicionales que conlleva la oferta, para cada uno de los asegurados o aseguradas, que no representen costo adicional La suma de los puntos obtenidos en los numerales a, b, c, d y e constituirá la calificación total de la oferta, para la calificación inversamente proporcional la junta tomará en cuenta la siguiente fórmula: Precio más bajo X 30 Precio N Precio N: cada precio total subsiguiente al precio total más bajo 20. ADJUDICACIÓN La JUNTA hará la adjudicación al OFERENTE que, habiendo cumplido con todos y cada uno de los requisitos de estas BASES, obtenga la mayor sumatoria de puntos en cada uno de los renglones ofertados con criterios definidos en estos documentos Análisis y Calificación de las Ofertas. Las decisiones de la JUNTA serán objetivas, razonadas y estarán sujetas a la eventual verificación pública. 21. FORMA DE PAGO El importe de la prima será pagado por períodos anuales (12 meses), del uno (01) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil diez (2010), y del uno (01) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de del año dos mil once (2011), y, en caso de HOJA 13 DE 18 HOJAS
14 prórroga, por cada período anual de prórroga, con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente. Los pagos se harán en quetzales, moneda nacional, por medio de cheque o por medio electrónico, depositando el importe de la factura correspondiente en la cuenta de depósitos monetarios cuyo número indique el adjudicatario, en cualquiera de los bancos del sistema que él designe. Para el efecto el adjudicatario deberá presentar: a. Acta suscrita por la Comisión Receptora previamente nombrada por la Autoridad Administrativa Superior del Congreso, en donde se acredite que el CONTRATISTA ha cumplido con la entrega de la póliza y/o pólizas correspondientes de conformidad con lo establecido en el CONTRATO, o se ha cumplido con el trámite de la prórroga anual correspondiente. b. Factura del CONTRATISTA, conforme a las regulaciones tributarias vigentes, de acuerdo con las condiciones establecidas en el CONTRATO. 22. MODIFICACIONES PREVIAS A LA RECEPCIÓN DE OFERTAS En caso de que fuera necesario efectuar modificaciones o adiciones a las bases de Licitación, éstas se harán por medio de apéndices enviados por el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Guatemala GUATECOMPRAS- hasta diez (10) días antes del día fijado para la recepción de ofertas, en cuyo caso deben tomarse en consideración las disposiciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. HOJA 14 DE 18 HOJAS
15 FORMULARIO DE OFERTA DE PRECIOS CONGRESO DE LA REPÚBLICA NOMBRE DE LA DEPENDENCIA EJECUTORA DEL PROGRAMA. NOMBRE DEL PROVEEDOR O RAZÓN SOCIAL DIRECCIÓN: TELÉFONO: FORMULARIO DE OFERTA DE PRECIOS DIRECCION ADMINISTRATIVA NIT: PATENDE DE COMERCIO No.. OFERTA SOSTENIDA POR 120 DÍAS CANTIDAD 1 DESCRIPCIÓN Contratación de Seguro colectivo de Vida para los señores Diputados y señoras Diputadas al Congreso de la República. TIPO DE COBERTURA SUMA ASEGURADA VALOR TOTAL Suma asegurada monto por millar 2 Cobertura de Gastos Médicos para los señores Diputados y señoras Diputadas al Congreso de la República. 3 Cobertura dentro y fuera del país 4 Doble y triple indemnización por fallecimiento como consecuencia de accidente. 5 Indemnización por pérdida de miembros como consecuencia de accidente 6 Exoneración de pago de primas por incapacidad. 7 beneficios de la póliza Precio mensual en letras: Precio total anual en letras: NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL PROVEEDOR O SU REPRESENTANTE LEGAL Fecha: HOJA 15 DE 18 HOJAS
16 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Las especificaciones que se listan a continuación constituyen las especificaciones mínimas que el oferente debe cumplir. El OFERENTE debe tomar en cuenta que no se aceptarán servicios con especificaciones que disminuyan en rendimiento o capacidad de lo solicitado. 1. PREEXISTENCIA Y ELEGIBILIDAD PARA EL SEGURO DE VIDA: No aplicarán preexistencias, y serán elegibles todos los Diputados y Diputadas activamente trabajando a tiempo completo para el Congreso de la República menores de ochenta y seis (86) años de edad para el Seguro de Vida y beneficios de doble y triple indemnización por muerte accidental, pérdida de miembros por accidente y exoneración de pago de primas por incapacidad, y para el seguro de gastos médicos. Tampoco aplicarán preexistencias, y serán elegibles inmediatamente todos los dependientes de los señores Diputados y Diputadas al Congreso de la República, ya incluidos en la póliza vigente. 2. Los nuevos Diputados serán elegibles inmediatamente. 3. COBERTURA SOLICITADAS: a) Seguro colectivo de vida, para cada uno de los señores Diputados y señoras diputadas que integran el Congreso de la República de Guatemala, con beneficios de doble y triple indemnización por muerte accidental, pérdida de miembros por accidente y exoneración de pago de primas por incapacidad: MONTO POR MUERTE NATURAL: Q.550, b) Seguro de gastos médicos para cada uno de los señores Diputados y señoras Diputadas que integran el Congreso de la República de Guatemala, con opción de incluir a sus familiares dependientes, MÁXIMO VITALICIO Q.2.500,000.00, para cada uno de los señores diputados y señoras diputadas, a partir del uno (1) de enero del año dos mil diez (2010), y que será restablecido cada año durante el tiempo que la póliza se mantenga vigente. HOJA 16 DE 18 HOJAS
17 4. La Compañía de Seguros que se contrate, debe aceptar que el código científico de California sea por lo menos del año dos mil cuatro. 5. Cuarto y alimento diario Q. 1, mínimo Cuarto intensivo diario Q. 2, mínimo 6. Coaseguro Gastos incurridos dentro del territorio nacional y Centro América Gastos incurridos fuera de Centro América 80/20 máximo 80/20 máximo 7. Deducibles de cobertura por gastos médicos: 7.2 Dentro del territorio nacional Sin deducible 7.2 Área de Centroamérica, Panamá y Belice Q Deducible por evento fuera de Centro América US$ Para gastos médicos incurridos en el exterior la Compañía deberá extender una precertificación en el caso de cirugías electivas (no de emergencia). 9 Servicio de ambulancia terrestre al hospital local 10 Beneficio máximo de cirugía y anestesia. 11 Beneficio máximo por visita médica dentro y/o fuera del hospital. 12 Servicio de enfermería 13 Edad máxima de ingreso Asegurado y cónyuge: 85 años Hijos: 24 años 14 Edad a la que terminan los beneficios Asegurado y cónyuge. al cumplir 86 años Hijos. al cumplir 25 años HOJA 17 DE 18 HOJAS
18 15 No co-pago para exámenes especiales ni para emergencias. 16 COBERTURA DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS, EN IDÉNTICAS CONDICIONES, PARA LOS DEPENDIENTES DE LOS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, QUE OPTEN POR PAGAR LA PRIMA CORRESPONDIENTE. 17 OTROS BENEFICIOS: Transportación aérea para traslados en caso de emergencia, dentro del territorio nacional. Coberturas por maternidad Servicio Odontológico Servicio Funerario Otros En cada caso deberá indicarse claramente si cada uno de estos beneficios representan pago adicional de prima o si están incluidos dentro de la prima global del seguro colectivo de vida y seguro de gastos médicos. 18 VIGENCIA DE LAS COBERTURAS DEL SEGURO DE VIDA, CON BENEFICIOS DE DOBLE Y TRIPLE INDEMNIZACIÓN, Y EXONERACIÓN DE PAGO DE PRIMAS POR INCAPACIDAD, Y DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS, PARA LOS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS CON LICENCIA DE SUS OCUPACIONES; Y DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS PARA SUS DEPENDIENTES, SI, EN SU CASO, OPTAN POR EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE. 19 COLATERAL A ESTA PÓLIZA DEBERÁ MANTENERSE VIGENTE LA COBERTURA DE SEGURO DE VIDA, CON BENEFICIO DE DOBLE Y TRIPLE INDEMNIZACIÓN EN CASO DE FALLECIMIENTO Y/O PÉRDIDA DE MIEMBROS COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE, Y EXONERACIÓN DE PAGO DE PRIMAS POR INCAPACIDAD, Y LA COBERTURA DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS, EN LOS MONTOS VIGENTES ACTUALMENTE, PARA LOS SEÑORES EX-DIPUTADOS Y SEÑORAS EX-DIPUTADAS, Y SUS DEPENEDIENTES, QUE OPTEN POR EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE. 20 PROHIBICIONES. Al PROVEEDOR le queda prohibido ceder, transferir, enajenar o negociar total o parcialmente, en cualquier forma los derechos y obligaciones consecuencia de esta Licitación, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que son de su conocimiento, como consecuencia de los servicios que presta. HOJA 18 DE 18 HOJAS
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