Manual Ciudadano de Trámites Municipales Gobierno Autónomo Municipal de La Paz

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2 Manual Ciudadano de Trámites Municipales Gobierno Autónomo Municipal de La Paz Luís Revilla Herrero ALCALDE MUNICIPAL DE LA PAZ Jaqueline Amado Lordemann Secretaria General a.i. Edición: Manuel Bozo-Jantzen G. Unidad Quinta edición - agosto de 2012 Depósito legal Nº P.O.

3 Contenido I. Presentación 7 II. Trámites A. Bienes inmuebles (casas, departamentos, terrenos y otros) Pago de impuesto a la propiedad del bien inmueble (IPBI) 11 Inscripción en el PMC y alta del bien inmueble 12 Impuesto a la propiedad de bienes inmuebles valor libros, valor tablas (personas jurídicas) 16 Impuesto a la propiedad de bienes inmuebles según autoavalúo 18 Modificaciones de datos generales del contribuyente en el PMC 19 Modificaciones de las características técnicas del bien inmueble registrado en el PMC 21 Inspección predial 23 Transferencia de bienes inmuebles 25 Transferencia de bienes inmuebles por adjudicación judicial 27 Casos de rescisión, desistimiento o devolución por venta o permuta 29 Plan de pagos del impuesto de a la propiedad de bienes inmuebles 31 Crédito fiscal municipal 33 Baja del registro del bien inmueble en el PMC 35 Fusión de registros de inmuebles 38 Fraccionamiento de registros de inmuebles 40 Regularización de derecho propietario por sucesión hereditaria 42 Regularización de derecho propietario por anticipo de legítima, donación, aporte de capital u otros. 43 B. Administración Territorial Nuevo registro catastral 47 Actualización del registro catastral 49 Duplicado del certificado de registro catastral 51 Informes 53 Aprobación de planos arquitectónicos 55 Aprobación de planos de fraccionamiento en propiedad horizontal 58 Aprobación de planos de división y partición de predios 61 Servicio de autorización de obras menores 64 Regularización de trazos viales 68

4 C. Vehículos automotores Empadronamiento del contribuyente 73 Inscripción del vehículo automotor 74 Pago de impuesto a la propiedad de vehículos automotores (emisión de proformas) 76 Impuesto a la propiedad de vehículos automotores de acuerdo a valor en libros (personas jurídicas) 77 Impuesto a la propiedad de vehículos automotores de acuerdo a valor en tablas (personas naturales) 79 Impuesto municipal a la transferencia - vehículos 81 Casos de rescisión, desistimiento o devolución 83 Modificación de datos técnicos de vehículos - inspección técnica 85 Registro y actualización de datos del propietario 87 Duplicado de placas 88 Duplicado del certificado de propiedad de vehículos CRPVA (RUA 03) 90 Cambio de radicatoria 92 Baja en el registro de vehículos por exportación, obsolescencia, siniestro o robo 93 Plan de cuotas para el pago de impuesto a la propiedad de vehículos 95 Tercera Placa 96 Exenciones del impuesto a la propiedad de vehículos automotores 97 Prescripción del impuesto a la propiedad de vehiculos automotores 99 Reemplaque 101 Requisitos para entrega de placas 103 Requisitos para entrega de certificado de registro de propiedad de vehículos automores 103 D. Actividades económicas Licencia de funcionamiento para actividades económicas en general 107 Licencia de funcionamiento para servicios higiénicos 109 Licencia de funcionamiento para locales de expendio de alimentos y bebidas alcohólicas 111 Licencia de funcionamiento para juegos electrónicos, juegos en red internet y de azar 115 Licencia de funcionamiento para actividades industriales 117 Renovación de licencia de funcionamiento y alta de la 119 actividad económica (nueva sucursal) Legalización de licencias de funcionamiento y emisión de certificados 121 Modificación y rectificación de datos generales del contribuyente 123 Baja en el registro de actividades económicas 124 E. Otro tipo de trámites Publicidad Urbana Licencia de autorización para exhibición publicitaria mediante vallas gigantográficas (categoría I) 129 Licencia de autorización para exhibición publicitaria fija (categoría II) 132 Licencia de autorización para exhibición publicitaria móvil (categoría III) 135 Licencia de autorización para exhibición publicitaria eventual (categoría IV) 137 Baja de las licencias de autorización para exhibición de publicidad 139

5 Cementerio general Inhumaciones e internaciones 141 Revalidaciones (pago de nichos temporales) y pago de perpetuos (nichos y sarcófagos) 143 Servicio de cremación 144 Traslados 146 Cambio de nombre por cesión de derecho de uso a perpetuidad de nichos y sarcófagos 148 Cambio de nombre por sucesión hereditaria de nichos y sarcófagos perpetuos 150 Cambio de nombre de mausoleos familiares por cesión de derecho de uso perpetuo 152 Cambio de nombre de mausoleos familiares por sucesión hereditaria de nombre de uso perpetuo 154 Certificado de óbito 156 Mercados y comercio en vía pública Cambios y rectificaciones 159 Apertura de pasos a domicilios privados y tiendas comerciales 161 Resolución de conflictos y controversias entre particulares 162 Quejas y denuncias de nuevos asentamientos y transferecias de puestos de venta 163 Registro, actualización y baja de las actividades comerciales en mercados municipales 165 Otros Certificación de años de servicio, horas extras, aportes FONVIS y boletas de pago 167 Extensión de fotocopias legalizadas 169 Notas de interés 170

6 Presentación Uno de los principales retos que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz se ha impuesto afrontar y resolver durante mi gestión es la mejora continua de la atención prestada a las vecinas y vecinos por todas las unidades organizacionales del GAMLP, llevando adelante un verdadero proceso de desburocratización que, a tiempo de ratificar nuestra decisión estratégica de hacer de la transparencia la norma de conducta básica sobre la cual se sustenta la nueva concepción del servicio público, permita brindar un servicio cada vez más ágil y eficiente. El acceso a la información resulta, en ese orden de cosas, esencial a fin de permitir que nuestras vecinas y vecinos cuenten de manera oportuna con los datos precisos relativos a los procesos y procedimientos aplicados en cada uno de los múltiples trámites comprendidos en dichos servicios. Tal es el propósito de este Manual Ciudadano de Trámites Municipales, en su quinta versión actualizada, el cual constituye para el usuario un instrumento de orientación y para los servidores públicos una fuente obligatoria de consulta, puesto que ningún requisito, documento o insumo al margen de los establecidos en este Manual podrá ser exigido a quienes acuden a nuestras plataformas, ventanillas y oficinas. Esperamos que este sea un paso decisivo en la dirección arriba señalada. Y estaremos siempre atentos y dispuestos a recibir las sugerencias y criterios que nos permitan seguir mejorando y perfeccionando nuestras prestaciones en dirección a un criterio de calidad total, para así también contribuir a mejorar las condiciones de vida de nuestra comunidad. La Paz, agosto de Luís Revilla Herrero ALCALDE MUNICIPAL DE LA PAZ 7 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

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9 Pago del impuesto municipal a la propiedad de bienes inmuebles (IMPBI) En qué consiste? En el pago del impuesto anual a la propiedad de bienes inmuebles de las personas naturales o jurídicas, propietarios de inmuebles o terceros responsables, en la forma, medios, plazos y lugares establecidos por la Administración Tributaria Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. El impuesto de su bien inmueble ubicado en la ciudad de La Paz puede ser cancelado en todas las agencias de cobro autorizado a nivel nacional (entidades financieras), con la presentación de cualquiera de los siguientes documentos o datos: Proforma obtenida de la página web del RUAT ( Boleta de pago del impuesto anterior. Número de inmueble. Padrón Municipal del Contribuyente. 2. En caso de que el contribuyente requiera conocer su liquidación, podrá solicitar la emisión de la proforma del inmueble en ventanillas de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Para el efecto, deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos o datos: Cédula de identidad del propietario. Boleta de algún pago de impuesto anterior. NOTA.- El artículo 67 del Código Tributario establece que toda información proporcionada por esta Administración Tributaria es de carácter personal. 3. Las personas jurídicas para proceder al pago del IMPBI deben previamente tramitar su liquidación de valor libros o valor en tablas. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 2 al 10. Código Tributario, Ley Nº 2492, artículos 70, 71 y 78. Entidades bancarias o financieras autorizadas: Banco Bisa S.A. Banco de Crédito BCP. Banco Económico S.A. Banco Ganadero S.A. Banco Los Andes Procredit S.A. Banco Mercantil Santa Cruz S.A. Banco Nacional de Bolivia Banco Solidario S.A. Banco Unión. Banco FIE S.A. Fondo Financiero Privado Prodem S.A. Fortaleza FFP S.A. Mutual La Paz. Mutual La Primera. 11 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

10 Inscripción en el PMC y registro del bien inmueble En qué consiste? La inscripción de un bien inmueble (vivienda unifamiliar, terreno y/o propiedad horizontal) por primera vez en el Padrón Municipal del Contribuyente (PMC) del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, generará un registro, con el cual se identificará el bien inmueble a efectos del cumplimiento de la obligación tributaria. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: 40 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. El trámite es personal o con poder de representación legal. 2. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. 12 SITR@M-GAMLP Requisitos: Requisitos de bienes inmuebles área urbana Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad del o los propietarios. 2. Fotocopia del testimonio de propiedad. 3. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real. Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 4. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 5. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 6. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 7. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 8. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal. 2. Fotocopia del poder del representante legal. 3. Fotocopia del testimonio de propiedad. 4. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real. 5. Fotocopia del NIT (si corresponde). 6. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 7. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 9. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 10. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 11. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Registro de bienes inmuebles área rural Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad del o los propietarios. 2. Fotocopia del título ejecutorial o testimonio de propiedad. 3. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real (según corresponda).

11 Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 4. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 5. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 6. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 7. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 8. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal. 2. Fotocopia del poder del representante legal. 3. Fotocopia del NIT (si corresponde). 4. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). 5. Fotocopia del título ejecutorial o testimonio de propiedad. 6. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real (según corresponda). Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 7. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 9. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 10. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 11. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Registro de bienes inmuebles por posesión área urbana o rural Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad del o los poseedores. 2. Fotocopia del documento que acredite la tenencia del bien inmueble (contratos, recibos u otros, según corresponda). Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 3. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 4. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 5. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 6. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 7. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal. 2. Fotocopia del poder del representante legal. 3. Fotocopia del NIT (si corresponde). 4. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). 5. Fotocopia del documento que acredite la tenencia del bien inmueble (contratos, recibos u otros). Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 6. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 7. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 8. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 9. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 10. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. 13 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

12 Registro de bienes inmuebles por adjudicación judicial Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad del o los adjudicatarios. 2. Original de la información rápida emitida por Derechos Reales, actualizada. 3. Fotocopia del folio real (si posee). 4. Fotocopia de la minuta de adjudicación judicial. 5. Fotocopia del aviso de remate. 6. Fotocopia del avalúo pericial o catastral. Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 7. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 9. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 10. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 11. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal. 2. Fotocopia del poder del representante legal. 3. Fotocopia del NIT (si corresponde). 4. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). 5. Original de la información rápida emitida por Derechos Reales, actualizada. 6. Fotocopia del folio real (si posee). 7. Fotocopia de la minuta de adjudicación judicial. 8. Fotocopia del aviso de remate. 9. Fotocopia del avalúo pericial o catastral. Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 10. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 11. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 12. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 13. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Terceras personas 14. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Registro de bienes inmuebles por sucesión hereditaria Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad del o los beneficiarios. 2. Fotocopia del testimonio de propiedad del fallecido. 3. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real del fallecido. 4. Fotocopia del testimonio de declaratoria de herederos. Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 5. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 6. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 7. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 8. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 9. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. 14 SITR@M-GAMLP Registro de bienes inmuebles por anticipo de legítima, donación, aporte de capital y otros Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad del o los beneficiarios. 2. Fotocopia del testimonio de propiedad del cedente.

13 3. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real del cedente. 4. Fotocopia del testimonio de propiedad del beneficiario. Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 5. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 6. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 7. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 8. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 9. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal del beneficiario. 2. Fotocopia del poder del representante legal del beneficiario. 3. Fotocopia del testimonio de propiedad del cedente. 4. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real del cedente. 5. Fotocopia del testimonio de propiedad del beneficiario. 6. Fotocopia del NIT (beneficiario-cedente, según corresponda). 7. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Terrenos 8. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 9. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 10. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 11. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 12. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. NOTA.- Las fotocopias presentadas deben ser legibles. Marco legal: PASO Ley Municipal Nº 12/2011, artículos 2 al 10. Código Tributario, Ley Nº 2492, artículos 21 al 23, 70 y 78. Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos y procesamiento de información. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Presenta toda la documentación requerida, según sea el caso. Revisan los documentos presentados y procesan la información en el sistema. Emiten declaración jurada. 2. Inspección (si corresponde). Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Firma la solicitud de inspección predial. Acompaña al inspector hasta el predio. Programan fecha y hora de inspección. Asignan inspector. Efectúan la inspección. 3. Fin del trámite: Entrega de la proforma. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Revisa y firma la declaración jurada formulario 401. Emiten proforma con el número de inmueble asignado y le entregan la misma para el correspondiente pago en entidades financieras autorizadas. Le entregan un ejemplar de la declaración jurada. 15 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

14 Impuesto municipal a la propiedad de bienes inmuebles valor libros, valor tablas (personas jurídicas) En qué consiste? Es la declaración jurada que realizan los contribuyentes jurídicos, donde deben presentar anualmente sus estados financieros declarados en Impuestos Nacionales, que contenga la valuación realizada con respecto a los bienes que integran sus activos fijos, el cual es proporcionado a la Administración Tributaria Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, para la liquidación del impuesto municipal a la propiedad de bienes inmuebles, en la forma, medios, plazos y lugares establecidos. Para valor en tablas, las empresas o instituciones que no están obligadas a llevar registros contables que les permitan elaborar estados financieros anuales, presentarán anualmente una declaración jurada. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: Dependiendo del número de inmuebles registrados. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. La Administración Tributaria Municipal emite anualmente una Resolución Administrativa, señalando los plazos y formas para la presentación de los documentos para el trámite de valor en libros y la inserción de la base imponible en el PMC, con el cual se determina el monto del impuesto anual, plazo que una vez vencido genera la imposición de la multa por no presentación dentro del término establecido. 2. Usted puede encontrar la Resolución Administrativa emitida cada gestión en el portal web del GAMLP ( 3. Evite retrasos y multas presentando su documentación en los plazos establecidos. 4. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. 5. El trámite es personal o con poder de representación legal. Requisitos: Valor libros 1. Formulario 406 (firmado por el representante legal). 2. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal. 3. Fotocopia del poder de representante legal o documento equivalente que acredite la representación de la institución. 4. Fotocopia del balance con sello de Impuestos Nacionales o institución bancaria o tarjeta Galileo del portal web tributario del SIN NEWTON (si corresponde el balance auditado). 5. Original del detalle de inmuebles. Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Trámite realizado por terceras personas 6. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Si venció la fecha de presentación de valor libros, adicionar: 7. Fotocopia del Formulario Único Municipal (multa por incumplimiento a deberes formales). Valor tablas Persona natural 1. Formulario 406 (firmado y justificando la razón de la solicitud). 2. Fotocopia de cédula de identidad. 16 SITR@M-GAMLP

15 Persona jurídica 1. Formulario 406 (firmado por el representante legal y justificando la razón de la solicitud). 2. Fotocopia del NIT (si corresponde). 3. Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal. 4. Fotocopia del poder de representante legal o documento equivalente que acredite la representación de la institución. Además debe adicionar la siguiente documentación para: Trámite realizado por terceras personas 5. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Si venció la fecha de presentación de valor libros, adicionar: 6. Fotocopia del Formulario Único Municipal (multa por incumplimiento a deberes formales). NOTA.- Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 2 al 10. Decreto Municipal Nº 1/2012 (Reglamento de la Ley Municipal Nº 12/2011). Código Tributario, Ley Nº 2492, artículos 21 al 23, 70, 78 y 162. Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? PASO 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos y obtención del formulario Nº 406. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega toda la documentación requerida conforme a los plazos y formas establecidas en la Resolución Administrativa. Revisan los requisitos y le entregan ficha para atención en ventanillas. Emiten y entregan el formulario Nº Procesamiento de información. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Presenta los documentos requeridos para el caso y el formulario Nº 406. Revisan los documentos y el formulario Nº 406. Procesan la información en el sistema. 3. Fin del trámite. Entrega de la proforma. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente. Imprimen y le entregan la proforma de pago, para la cancelación de la misma. 17 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

16 Impuesto municipal a la propiedad de bienes inmuebles según autoavalúo En qué consiste? Es la autodeclaración de la base imponible para la liquidación del IMPBI ante la Administración Tributaria Municipal, en función al valor total del inmueble proporcionado por el propietario, asumiendo el carácter de declaración jurada. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: Dependiendo del número de inmuebles registrados. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. Los inmuebles que se registran mediante autoavalúo, son aquellos que se encuentran en áreas urbanas no zonificadas y/o propiedades fuera del radio urbano. 2. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. 3. El trámite es personal o con poder de representación legal. Requisitos: 1. Formulario 406 (llenado y firmado). 2. Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante. 3. Fotocopia del comprobante de pago. Para trámite realizado por terceras personas, adicionar: 4. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 2 al 10. Código Tributario, Ley Nº 2492, artículos 21 al 23, 70 y 78. Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? PASO 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos y obtención del formulario Nº 406. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega todos los documentos requeridos. Revisan los requisitos y le entregan ficha para atención en ventanillas. Emiten y entregan el formulario Nº Procesamiento de información. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Presenta toda la documentación requerida para el caso y el formulario Nº 406. Revisan la documentación y el formulario Nº 406. Procesan la información en el sistema. 3. Fin del trámite. Entrega de la proforma. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente. Imprimen y le entregan la proforma de pago, para que proceda a su cancelación. 18 SITR@M-GAMLP

17 Modificaciones de datos generales del contribuyente en el PMC En qué consiste? Cambios realizados al registro del Padrón Municipal del Contribuyente (PMC), por errores, omisiones o actualizaciones, en los datos personales del contribuyente. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: 20 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. Las modificaciones de los datos que vayan a insertarse en la identificación del contribuyente deben estar respaldadas. 2. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. 3. El trámite es personal o con poder de representación legal. Requisitos: Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad del o los propietarios. Además debe adicionar la siguiente documentación, para: Modificación del número de cédula de identidad 2. Certificación o Resolución de identificaciones (según corresponda). Modificación del domicilio del contribuyente 3. Fotocopia de la factura de luz, agua o algún documento que respalde la modificación. 4. Croquis de ubicación. Trámite realizado por terceras personas 5. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia del NIT (si corresponde). 2. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal. 3. Fotocopia del poder de representación legal. 4. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). Para modificación del número de NIT, adicionar: 5. Fotocopia del NIT. Modificación del domicilio del contribuyente 6. Fotocopia de la factura de luz, agua o algún documento que respalde la modificación. 7. Croquis de ubicación. Trámite realizado por terceras personas 8. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 2 al 10. Código Tributario, Ley Nº 2492, arts. 70, 71 y 78 y MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

18 Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? PASO 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega toda la documentación requerida. Revisan los requisitos y le entregan ficha de atención en ventanillas. 2. Procesamiento de información. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Presenta todos los documentos requeridos para el caso. Revisan la documentación y procesan la información en el sistema. 3. Fin del trámite. Entrega de la proforma. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente. Imprimen y entregan la proforma, para su posterior cancelación y constancia de la modificación de datos de identificación. 20 SITR@M-GAMLP

19 Modificaciones de las características técnicas del bien inmueble registrado en el PMC En qué consiste? Cambios realizados en los datos técnicos del inmueble registrado en el Padrón Municipal del Contribuyente del GAMLP, por omisiones o actualizaciones. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: 30 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente, en caso de no requerir inspección técnica. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. Las modificaciones requeridas para su bien inmueble deben estar respaldadas por documentos con valor técnico y legal. 2. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. 3. El trámite es personal o con poder de representación legal. Requisitos: Modificaciones de datos técnicos de forma directa Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del o los propietarios. 2. Fotocopia del testimonio de propiedad. 3. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real. 4. Fotocopia del comprobante de pago, a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la modificación. Para insertar construcción de vivienda unifamiliar, adicionar: 5. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral. 6. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Además debe agregar la siguiente documentación, para: Insertar construcción de propiedad horizontal 7. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Insertar servicios, modificar tipo de vía mayor a la declarada en el PMC 8. Plano de ubicación. Modificar superficie de terreno dentro del margen de tolerancia 9. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral. 10.Fotocopia del plano de lote o Certificado de Registro Catastral. Disminuir servicios, reducir el tipo de vía, modificar superficie de terreno y construcciones que estén fuera del margen de tolerancia 11. Informe técnico predial, emitido por la Administración Tributaria Municipal del GAMLP. Trámites realizados por terceras personas 12.Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia del NIT (si corresponde). 2. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal. 3. Fotocopia del poder del representante legal. 4. Fotocopia del testimonio de propiedad. 5. Fotocopia de tarjeta de registro de propiedad o folio real. 6. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). 7. Fotocopia del comprobante de pago, a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la modificación. 21 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

20 Para insertar construcción de vivienda unifamiliar, adicionar: 8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral. 9. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Además debe agregar la siguiente documentación, para: Insertar construcción de propiedad horizontal 10. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Insertar servicios, modificar tipo de vía mayor a la declarada en el PMC 11. Plano de ubicación. Modificar superficie de terreno dentro del margen de tolerancia 12. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral. 13. Fotocopia del plano de lote o Certificado de Registro Catastral. Disminuir servicios, reducir el tipo de vía, modificar superficie de terreno y construcciones que estén fuera del margen de tolerancia 14. Informe técnico predial, emitido por la Administración Tributaria Municipal del GAMLP. Trámites realizados por terceras personas 15. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 2 al 10. Código Tributario, Ley Nº 2492, arts. 70, 71 y 78 y 79. Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? PASO 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega toda la documentación requerida. Revisan los requisitos y le entregan ficha de atención en ventanillas. 2. Inspección (si corresponde). Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). En el inmueble sujeto a la inspección. Firma la solicitud de inspección predial. Conduce al inspector hasta el predio. Programan fecha y hora de la inspección. Asignan inspector. Efectúan la inspección. 3. Procesamiento de información. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Presenta toda la documentación técnica legal requerida para el caso. Revisan los documentos y procesan la información en el sistema. 4. Entrega de la proforma y/o formulario Nº 402. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente. Revisa y firma la declaración jurada formulario Nº 402. Emiten y entregan proforma, para su posterior cancelación en agencias bancarias o financieras autorizadas. Le entregan un ejemplar de la declaración jurada formulario Nº SITR@M-GAMLP

21 Inspección predial En qué consiste? Es la inspección in situ del bien inmueble a requerimiento del propietario, para verificación de datos técnicos que no se puedan verificar en gabinete (utilizando herramientas informáticas como ser: fotos satelitales, archivos de catastro, etc.) a efecto de la actualización de datos técnicos. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: De acuerdo al cronograma de programación. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. El trámite es personal o con poder de representación legal. 2. Debe apersonarse al Área de Inmuebles de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, para realizar la programación de fecha y hora de la inspección; caso contrario se procede a la suspensión del trámite. 3. Es necesario recoger al inspector predial y conducirlo hasta el inmueble. 4. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. Requisitos: Modificación de datos técnicos de bienes inmuebles con inspección in situ Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del o los propietarios. 2. Fotocopia del testimonio de propiedad. 3. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real. 4. Fotocopia del comprobante de pago, a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la modificación. Para vivienda unifamiliar, adjuntar: 5. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 6. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con sus respectivas medidas. Para terreno, adjuntar: 7. Fotocopia del plano del lote o plano de ubicación. 8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). Además debe agregar la siguiente documentación, para: Propiedad horizontal 9. Fotocopia del plano de fraccionamiento (no es necesario que esté aprobado). Trámites realizados por terceras personas 10. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia del NIT (si corresponde). 2. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal. 3. Fotocopia del poder del representante legal. 4. Fotocopia del testimonio de propiedad. 5. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real. 6. Fotocopia del comprobante de pago (a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la modificación). 7. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). 23 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

22 Además debe agregar la siguiente documentación, para: Vivienda unifamiliar 8. Fotocopia del Formulario Único Catastral (no es necesario que esté aprobado). 9. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Terreno 10. Fotocopia del Formulario Único Catastral (no es necesario que esté aprobado). 11. Fotocopia del plano del lote o fotocopia del plano de ubicación. Propiedad horizontal 12. Fotocopia del plano de fraccionamiento (no es necesario que esté aprobado). Trámite realizado por terceras personas 13. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 2 al 10. Código Tributario, Ley Nº 2492 artículos 66, 70, 78 y 79. Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? PASO 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega toda la documentación requerida. Revisan los requisitos y el llenado del formulario de solicitud, entregándole ficha para atención en ventanillas. 2. Verificación de datos. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega toda la documentación requerida. Revisan los datos técnicos y verifican la necesidad de inspección in situ. Registran el trámite en el sistema. 3. Programación de inspección. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Se apersona para coordinar fecha y hora de la inspección. Revisan los requisitos necesarios para la inspección. Verifican cronograma de inspecciones. Asignan hora y fecha para la inspección. 4. Inspección técnica. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1 edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). En el inmueble sujeto a la inspección. Conduce al inspector predial hasta el inmueble. El inspector asignado realiza la inspección del bien inmueble. Elabora el informe técnico predial. 5. Procesamiento de información. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Revisa y firma la declaración jurada formulario 401 o 402. Procesan en el sistema la información, según el informe predial. Emiten declaración jurada. 6. Fin del trámite. Entrega de la proforma de pago. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Emiten y le entregan la proforma de pago para el correspondiente pago en entidades financieras. Le entregan un ejemplar de la declaración jurada. 24 SITR@M-GAMLP

23 Transferencia de bienes inmuebles En qué consiste? Registro, procesamiento y liquidación del impuesto municipal a la transferencia (compraventa) de un bien inmueble. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: 40 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. El trámite es personal o con poder de representación legal. 2. En caso de que el vendedor no esté empadronado, debe realizar el empadronamiento, antes de proceder a la liquidación del impuesto municipal a la transferencia onerosa. 3. El trámite se puede procesar únicamente con la presencia de una de las partes siempre y cuando la declaración jurada esté actualizada. 4. El pago del impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles debe ser cancelado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de perfeccionamiento del hecho generador (firma de la minuta de compra-venta), vencido éste plazo se genera una multa por incumplimiento de deberes formales. 5. El comprobante de pago del impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles lo habilita para la protocolización de la minuta de compra-venta. 6. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. Requisitos: Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del o los compradores y vendedores. 2. Fotocopia del testimonio de propiedad. 3. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real. 4. Fotocopia de la minuta de transferencia. 5. El inmueble no debe tener deudas por concepto de impuestos. 6. Fotocopia del comprobante de pago, a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la transferencia. Además debe agregar la siguiente documentación, para: Terrenos 7. Plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté actualizado). 9. Fotocopia del plano de la construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 10. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 11. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal (compradorvendedor), según corresponda. 2. Fotocopia del poder específico del representante legal (comprador o vendedor), según corresponda. 3. Fotocopia del NIT (comprador-vendedor), según corresponda. 4. Fotocopia del testimonio de propiedad. 5. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real. 6. Fotocopia de la minuta de transferencia. 7. El inmueble no debe poseer deudas por concepto de impuestos. 25 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

24 8. Fotocopia del comprobante de pago del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la transferencia. 9. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). Además debe agregar la siguiente documentación, para: Terrenos 10. Fotocopia del plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 11. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 12. Plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 13. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámites realizados por terceras personas 14. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. NOTA.- Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 17 al 23. Decreto Municipal Nº 01/2012, artículos 34 al 45. Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? PASO 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega toda la documentación requerida. Revisan los requisitos y le entregan ficha para atención en ventanillas. 2. Procesamiento de la información. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Firma el formulario Nº 405, previa revisión del mismo. Verifican la existencia de obligación/adeudo tributario. Llenan el formulario Nº 405 para la firma correspondiente. Revisan la documentación y procesan la información en el sistema. 3. Fin del trámite. Entrega de la proforma. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente. Emiten la proforma de pago por impuesto municipal a la transferencia onerosa, para el correspondiente pago en entidades financieras autorizadas. Pague su impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles dentro del plazo establecido en las entidades financieras autorizadas. 26 SITR@M-GAMLP

25 Transferencia de bienes inmuebles por adjudicación judicial En qué consiste? Registro, procesamiento y liquidación del impuesto a la transferencia (compraventa) de un bien inmueble producto de una adjudicación judicial. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. Tiempo de duración: 40 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. El trámite es personal o con poder de representación legal. 2. En caso de que el inmueble no esté empadronado, antes de proceder a la liquidación del impuesto municipal a la transferencia, se debe realizar el empadronamiento del inmueble adjudicado, en aplicación al artículo 59 parágrafo II de la Ley 2492, a nombre del demandante o coactivado y efectuar el pago del IMPBI hasta la gestión fiscal vigente. 3. El pago del impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles debe ser pagado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de perfeccionamiento del hecho generador (firma de la minuta de compra- venta), vencido éste plazo se genera una multa por incumplimiento de deberes formales. 4. El comprobante de pago del impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles lo habilita para la protocolización de la minuta de compra-venta. 5. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. Requisitos: Persona natural 1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del o los adjudicatarios. 2. Original de la información rápida emitida por Derechos Reales, actualizada. 3. Fotocopia del folio real (si posee). 4. Fotocopia de la minuta de adjudicación judicial (adicionar fojas insertas en la minuta). 5. Fotocopia del aviso de remate. 6. Fotocopia del avalúo pericial o catastral. 7. El inmueble no debe tener deudas por concepto de impuestos. 8. Fotocopia del comprobante de pago del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la transferencia. Además debe agregar la siguiente documentación, para: Terrenos 9. Fotocopia de plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 10. Fotocopia de Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 11. Fotocopia de plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 12. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 13. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. 27 MANUAL CIUDADANO DE TRÁMITES MUNICIPALES

26 Persona jurídica 1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal del adjudicatario. 2. Fotocopia del poder específico del representante legal del adjudicatario. 3. Fotocopia del NIT (si corresponde). 4. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). 5. Original de la información rápida emitida por Derechos Reales, actualizada. 6. Fotocopia del folio real (si posee). 7. Fotocopia de la minuta de adjudicación judicial (adicionar fojas insertadas en la minuta). 8. Fotocopia del aviso de remate. 9. Fotocopia del avalúo pericial-catastral. 10. El inmueble no debe poseer deudas por concepto de impuestos. 11. Fotocopia del comprobante de pago del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, a efecto de identificar el número de inmueble objeto de la transferencia. Además debe agregar la siguiente documentación, para: Terrenos 12. Fotocopia del plano o croquis de ubicación. Vivienda unifamiliar 13. Fotocopia de Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 14. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. Propiedad horizontal 15. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 16. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. Marco legal: Ley Municipal Nº 012/2011, artículos 17 al 23. Decreto Municipal Nº 01/2012, artículos 34 al 45. Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted? PASO 1. Inicio del trámite. Presentación de requisitos. Plataforma de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Entrega toda la documentación requerida. Revisan los requisitos y le entregan ficha para atención en ventanillas. 2. Procesamiento de la información. En ventanillas con operadores de atención al contribuyente del Área de Inmuebles, piso 1, edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado). Firma el formulario Nº 405, previa revisión del mismo. Llenan el formulario Nº 405 para la firma correspondiente. Revisan la documentación y procesan la información en el sistema. 28 SITR@M-GAMLP

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