VICERRECTORÍA ACADÉMICA Resolución No. 23 de 2007 (Octubre 31) Por la cual se establece EL MANUAL DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE LENGUAS
|
|
- Juan Manuel Sánchez Giménez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 UNIVERSIDAD DE LA SALLE VICERRECTORÍA ACADÉMICA Resolución No. 23 de 2007 (Octubre 31) Por la cual se establece EL MANUAL DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE LENGUAS EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE en ejercicio de sus funciones estatutarias y CONSIDERANDO: Que el Artículo 69 de la Constitución Política consagró la Autonomía Universitaria, la cual fue desarrollada por los Artículos 28 y 29 de la Ley 30 de Que mediante Acuerdo No. 022 de noviembre 10 de 2005 el Consejo Directivo aprobó el nuevo Organigrama Institucional, en el cual, el Centro de Lenguas quedó adscrito a la Vicerrectoría Académica. En dicho Centro, los estudiantes de los Programas Académicos de la Universidad surten los requisitos curriculares respecto a lengua extranjera. Que el Ministerio de Educación Nacional mediante el Decreto 3870 de noviembre 2 de 2006 reglamentó la organización y funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas y estableció las condiciones mínimas de calidad, en el cual, en su artículo 4, numeral 6 se requiere de un reglamento de estudiantes. Que el Centro de Lenguas ofrece cursos libres como Extensión Universitaria. Que el Reglamento Estudiantil de la Universidad define que "El aspirante a estudiante no regular deberá cumplir con los requisitos de inscripdón que se establezcan para los cursos, seminarios, diplomados, y demás programas que se ofrezcan, para lo cual deberá someterse al proceso de selección determinada en la respectiva reglamentación" y que "El Régimen AcadémicoDisciplinario en lo pertinente es aplicable para los estudiantes No Regulares" (Reglamento Estudiantil, artículo 8). RESUELVE: Artículo 1. Del Usuario. Usuario es la persona que está vinculada en un programa académico ofrecido por el Centro de Lenguas, y se define en dos tipos: a. Usuario Interno: Persona natural con un vínculo académico o laboral con la Universidad de La Salle. b. Usuario Externo o Estudiante No Regular: Persona natural que toma clases de lenguas en los cursos ofrecidos por el Centro y que genera vínculo con la Universidad a través del Centro de Lenguas. El Centro de Lenguas ofrecerá formación de calidad y aplicará la metodología para la enseñanza de las lenguas a los Usuarios que se matriculen para el aprendizaje de la respectiva lengua extranjera ofrecida. Artículo 2. De las pruebas de clasificación. El usuario tiene la posibilidad de presentar una prueba de clasificación en el caso de tener conodmientos previos en el idioma para iniciar con un programa de formación en idiomas.
2 t.. UNIVERSIDAD DE LA SALLE Para el efecto de la clasificación del usuario externo, éste deberá pagar el valor correspondiente de la prueba. Dicho valor será determinado anualmente por la Universidad. El valor de la prueba de clasificación podrá ser incluido como parte de pago, una vez el usuario determine formalizar su proceso de inscripción para el nivel correspondiente. Artículo 30. De la Inscripción. La inscripción es el acto individual que una persona natural realiza teniendo en cuenta su preferencia con respecto a un idioma, a su capacitación y a la disponibilidad horaria. Para cursar los niveles correspondientes, deberá cumplir con los requisitos institucionales establecidos para tal fin. Artículo 40. De la admisión. La admisión es el acto mediante el cual el Centro de Lenguas otorga al aspirante el derecho a cursar los niveles de un programa de formación en un idioma específico. El proceso de admisión se llevará a cabo por la Dirección del Centro de Lenguas al momento de presentar la documentación correspondiente. El Centro de Lenguas se reserva el derecho de admisión de los aspirantes según las políticas institucionales. Artículo 5. De los pagos pecuniarios. Toda persona admitida por el Centro de Lenguas deberá pagar el valor correspondiente a cada uno de los niveles del programa académico. El valor de cada nivel será establecido anualmente por la Universidad..' Parágrafo. Los estudiantes regulares de la Universidad de La Salle a quienes se les aplica el artículo 44 del Reglamento Estudiantil, se encuentran exonerados del pago correspondiente a ciento veinte (120) horas de formación en lengua extranjera. Artículo 6. Del año y Calendario Académico. El Calendario Académico se organizará teniendo en cuenta las siguientes modalidades: Cursos ofrecidos de lunes a viernes Cursos de un día a la semana Cursos de dos días a la semana Cursos sábados y/o domingos Cursos Vacacionales El calendario académico señalará las siguientes fechas: inscripciones a los niveles en todos los ciclos, inscripciones para pruebas de clasificación e idoneidad, comienzo y fin de cada ciclo, inicio y finalización de clases, exámenes, registro de calificaciones en el sistema de información académica, vacaciones y actividades académicas y culturales. El calendario académico del Centro de Lenguas se establecerá conforme a los ciclos académicos ofrecidos para un año y será divulgado previa aprobación de la Vicerrectoría Académica; cualquier cambio o modificación requiere también de la aprobación de la Vicerrectoría y será dado a conocer oportunamente mediante comunicación escrita. Artículo 7. De la asistencia a clase. El usuario deberá presentarse a clases a partir de la fecha estipulada en el calendario académico para el inicio del curso. Los niveles ofrecidos en el Centro de Lenguas son de modalidad presencial. Parágrafo 1: Se permiten cambios de grupo hasta la primera semana de clase, con carta de solicitud previa y dirigida a la Dirección del Centro de Lenguas, la cual podrá negar el cambio por consideraciones de cupo.
3 UNIVERSIDAD DE LA SALLE ) Parágrafo 2: Cada ausencia a una hora de clase equivale a una falla. La inasistencia a más de 8 horas de clase resultará en pérdida del curso. Las ausencias se registrarán siempre, cualquiera que sea el motivo por el cual el usuario no haya asistido a clase. Parágrafo 3: El profesor no admitirá en la clase a usuarios que no hayan cumplido con todos los procesos requeridos por parte de la Dirección del Centro de Lenguas. Parágrafo 4: El usuario puede presentar las pruebas académicas pendientes cuando tenga incapacidad médica debidamente avalada por el servicio médico de la Universidad o ante la respectiva Entidad Prestadora de Salud (EPS) o el SISBEN, en un plazo máximo de tres días hábiles después de 'su reintegro, siempre y cuando el número de fallas no sea mayor al establecido por el Reglamento del Centro de Lenguas. La fecha de regreso a clases la determina la incapacidad. Artículo 8. De la cancelación del nivel. El usuario podrá solicitar cancelación de un nivel para cualquier programa de formación, dentro de los dos primeros días hábiles a partir de la iniciación de clases del respectivo nivel, mediante carta dirigida a la Dirección del Centro de Lenguas. En este caso, la Universidad le hará devolución del 90% del valor pagado de los derechos pecuniarios del nivel. No se aceptará la cancelación posterior a la fecha señalada, como tampoco se hará devolución de dinero. Parágrafo: El Centro de Lenguas se reserva el derecho de no abrir los niveles ofrecidos que no reúnan el número mínimo de usuarios requerido. En estos casos se hará devolución por el valor total de los derechos pecuniarios respectivos. Artículo 100. De la evaluación. La evaluación es un proceso formativo donde al final del mismo, el usuario recibe un concepto dependiendo de su desempeño durante cada nivel. El reporte final se hará teniendo en cuenta la siguiente escala: A= Desempeño excelente: El usuario demuestra una constante de reporte excepcional en su desempeño comunicativo y en cuanto a las asignaciones académicas durante el nivel. B= Desempeño destacado: El usuario demuestra un reporte destacado en su desempeño comunicativo y en cuanto a las asignaciones académicas durante el nivel. C= Desempeño aceptable: El usuario demuestra un reporte de rendimiento y desempeño comunicativo satisfactorio en cuanto a las asignaciones académicas durante el nivel. D= Desempeño ajustado al nivel: El usuario demuestra un reporte de desempeño comunicativo en el que cumple con los requerimientos mínimos para ser promovido al siguiente nivel pero con algunas debilidades e inconstancias en cuanto a las asignaciones académicas del nivel. E= Desempeño Insuficiente: El usuario demuestra un reporte de desempeño comunicativo insatisfactorio, en el que no cumple con las expectativas mínimas en cuanto a las asignaciones académicas del nivel. F= Desempeño Deficiente: El usuario pierde el nivel por no haber asistido al número exigido de clases de acuerdo con lo determinado en el parágrafo 20 del artículo 7 de esta Resolución. Para mayor claridad y teniendo en cuenta que en el Centro de Lenguas se emplea una escala numérica de desempeño de 0.0 a 5.0; la correlación entre el concepto cualitativo y la escala numérica puede representarse de la siguiente forma:
4 ~ UNIVERSIDAD DE LA SALLE CONCEPTO A B C D E F PORCENTAJEDE APROVECHAMIENTO 4.5 a a a a a 2.9 Pérdida por fallas Durante cada nivel, se seguirá el siguiente proceso de evaluación por parte del docente titular asignado: a) Al menos seis actividades propuestas y realizadas durante el nivel. b) Dos exámenes parciales llevados a cabo a las horas veinte (20) y cuarenta (40) del nivel. c) Un examen final al cierre del nivel. Una vez el nivel termine, se hará la retroalimentación del proceso de forma cualitativa por parte del profesor. Parágrafo 1: La modalidad de examen supletorio se considera sólo para los exámenes señalados en los literales b y c del presente artículo, previa aprobación de la Coordinación Académica del Centro. Se debe solicitar y justificar por escrito, anexando los documentos que demuestran la fuerza mayor o caso fortuito o las razones de la no presentación del examen en la fecha establecida. El usuario deberá realizar el pago correspondiente al examen supletorio según el costo í estipulado anualmente por la Universidad. Parágrafo 2: El concepto mínimo aprobatorio y de promoción para un nivel superior o siguiente será Desempeño Ajustado (D). Parágrafo 3. Cuando un usuario haya suspendido durante más de seis meses su estudio de lengua, en el caso de querer continuar, deberá presentar la prueba de clasificación. Artículo 10. Incentivos. Los usuarios que se hayan destacado por sus méritos académicos serán reconocidos a través de la publicación de sus nombres en la página Web de la Universidad y en la cartelera de usuarios meritorios. Artículo 11. Asuntos no previstos. Lo no previsto en este Manual, y de manera particular para los Usuarios Internos que toman niveles de lenguas para cumplir los requisitos establecidos por la Universidad respecto a lengua extranjera, se regulará por lo establecido en el Reglamento Estudiantil de la Universidad de La Salle y por las demás normas institucionales. Artículo 12. De la interpretación del presente Manual del Usuario del Centro de Lenguas. La Vicerrectoría Académica queda facultado para interpretar el presente Reglamento y autorizar excepciones a éste, si la atención preferente a la persona así lo aconseja y justifica, sin que con ello se atente contra los derechos constitucionales de los usuarios. Artículo 13. Vigencia. El presente Manual de losl Usuarios rige a partir de su fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
5 ;'.=:J ;;"~3: [&J UNIVERSIDAD DE LA SALLE Vicerrectoría Académica. Resolución NO.23 de Dada en Bogotá a los 31 días del mes de octubre de dos mil siete (2007). COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE HNO. CAR'tPS G. GÓMEZ RESTREPO Vicerrector Académico
UNIVERSIDAD DE NARIÑO Consejo Académico
Modificado por Acuerdo No. 081 del 5 de mayo de 2009 Y adicionado por Acuerdo No. 271 de 2015 (click aquí) UNIVERSIDAD DE NARIÑO Consejo Académico ACUERDO NUMERO 064 (Abril 12 de 2007) Por el cual se adopta
Más detalles"Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2016, para los proyectos curriculares de pregrado"
RESOLUCIÓN N 071 (Julio 12 de ) "Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año, para los proyectos curriculares de pregrado" El Consejo Académico de la Universidad Distrital Francisco
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015 «Por la cual se establece una transición para la contratación de los profesores en las Sedes Regionales
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DE MONITORÍAS
CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DE MONITORÍAS INTRODUCCIÓN Se aprueba y se adopta el presente Reglamento Interno de Monitorías con el fin de posibilitar la adecuada implementación de este recurso
Más detallesCALENDARIO ACADEMICO INSTITUCIONAL AÑO PROGRAMAS ACADÉMICOS DIFERENTES A SALUD. ACTIVIDAD PROGRAMACION UNIDAD RESPONSABLE PERIODO ENERO - JUNIO
CALENDARIO ACADEMICO INSTITUCIONAL AÑO 2.016 PROGRAMAS ACADÉMICOS DIFERENTES A SALUD. ACTIVIDAD PROGRAMACION UNIDAD RESPONSABLE PERIODO ENERO - JUNIO Inscripciones Estudiantes Nuevos Entrevistas Aspirantes.
Más detallesMediante la cual se ordena la apertura de la convocatoria para movilidad estudiantil para el periodo académico 2016-II y I
Página 1 de 7 Mediante la cual se ordena la apertura de la convocatoria para movilidad estudiantil para el periodo académico 2016-II y 2017 -I EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL en uso de sus facultades
Más detallesRESOLUCIÓN RECTORAL No (Junio 8 de 2010)
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 053-2010 (Junio 8 de 2010) Por la cual se reglamenta el régimen financiero para los proyectos de extensión de la Universidad Central El Rector de la Universidad Central en uso de
Más detallesACUERDO NÚMERO 02 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2015
ACUERDO NÚMERO 02 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2015 Por medio del cual se adopta el calendario para la presentación de Exámenes Preparatorios y la realización de Cursos de Actualización para el año lectivo 2016
Más detallesJUNTA DIRECTIVA Resolución No 20 de 2016 ACTA No. 25
JUNTA DIRECTIVA Resolución No 20 de 2016 ACTA No. 25 Personería Jurídica No. 7786 MEN ICFES Por medio de la cual se establecen los valores de matrículas y otros derechos académicos para el año 2017 La
Más detallesARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.
VICERRECTORÍA ACADÉMICA RESOLUCIÓN No. 013 DE 2005 (25 de mayo) Por la cual se reglamentan los intercambios académicos de estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia realizados
Más detallesPROCESO DE INSCRIPCIÓN
El Colegio Colsubsidio Norte es una institución privada, creada en el año 1990 para atender las necesidades educativas y culturales de los hijos de los afiliados a la Caja. Cuenta con Licencia de Funcionamiento
Más detallesACUERDO NÚMERO 04 DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2014
ACUERDO NÚMERO 04 DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2014 Por medio del cual se adopta el calendario para la presentación de Exámenes Preparatorios y la realización de Cursos de Actualización para el año lectivo 2015
Más detallesCONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012
CONSEJO ADMINISTRATIVO POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZAN LAS POLÍTICAS DE DESCUENTO PARA LOS PROGRAMAS DE PREGRADO, POSGRADO Y EDUCACIÓN PERMANENTE El Consejo Administrativo de la Universidad Tecnológica
Más detallesEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
Expediente Nos. 500/9830CD Rosario, 23 de agosto de 2010 VISTO: que la Secretaria Académica, Lic. María de las Mercedes CAILA eleva, para su aprobación el Texto Ordenado del Reglamento de Cursado de Asignaturas;
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 089 Noviembre 27 de 2002
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 089 Noviembre 27 de 2002 Por la cual se reglamentan los factores y requisitos de ingreso, reingreso y ascenso en el escalafón
Más detallesFUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD
REGLAMENTO PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS Con el objetivo de establecer directrices institucionales que permitan cumplir con el Programa Nacional de Bilingüismo 2004-2019 que el Ministerio de Educación
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN FEBRERO - 2015 TÍTULO I. Principios, políticas TÍTULO II. Objetivos TÍTULO III. De la estructura organizacional TÍTULO IV. De la admisión y nivelación TÍTULO V. De la
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL T Í T U L O I DEL CONCEPTO, PROPÓSITO Y REQUISITOS. Artículo 1 : La Práctica Profesional/Final es el conjunto de actividades educativas que el alumno debe realizar
Más detallesACUERDO 365 (04 de noviembre de 2014)
POR MEDIO DEL CUAL SE DETERMINA EL PAGO DE HORA CÁTEDRA EN LOS PROGRAMAS DE PREGRADO Y POSGRADO, LA RETRIBUCIÓN POR SERVICIOS CONTRATADOS CON COORDINADORES Y DOCENTES, GASTOS DE TRANSPORTE, EL CONSEJO
Más detallesPROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO
Revisó: Director de Admisiones y Registro Académico Coordinador de Registro Académico Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 9 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 004 Resolución N 885 OBJETIVO
Más detalles2 9 '.-,',",,~.. ). 2008
REPUBLlCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA 2 9 '.-,',",,~.. ). 2008 DECRET-G'Nó. 624 1 " " ~',, (.' \~td.~.' Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos
Más detallesREGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL DE PREGRADO. Acuerdo 01 de 2010
REGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL DE PREGRADO Acuerdo 01 de 2010 CAPÍTULO VIII CURSOS, EVALUACIÓN Y CALIFICACIONES a)regulares Ofrecidos bajo modalidad presencial y/o a distancia. Desarrollan el contenido
Más detallesRESOLUCIÓN 13 DE 2013 (02 de abril)
Código: D-LC-P03-F02 Versión: 03 Página 1 de 6 RESOLUCIÓN 13 DE 2013 (02 de abril) POR LA CUAL SE APRUEBA LA REESTRUCTURACIÓN AL PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA TÉCNICO PROFESIONAL EN PRODUCCIÓN Y TRANSFORMACIÓN
Más detallesUNIVERSIDAD DEL CAUCA FACULTAD DE INGENIERIA ELECTRONICA Y TELECOMUNICACIONES. Reglamento Líneas de Énfasis
UNIVERSIDAD DEL CAUCA FACULTAD DE INGENIERIA ELECTRONICA Y TELECOMUNICACIONES Reglamento Líneas de Énfasis 1. Presentación Los Programas de la Facultad de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones, han
Más detallesGUIA PARA EL PROCESO DE TRASLADO Y CONVOCATORIA DE ASCENSO PARA EL LLENO DE VACANTES EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE
GUIA PARA EL PROCESO DE TRASLADO Y CONVOCATORIA DE ASCENSO PARA EL LLENO DE VACANTES EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE Santiago de Cali 2009 1/8 JUSTIFICACION Esta guía de orientación tiene como propósito dar
Más detallesACUERDO de octubre de 2016
ACUERDO 264 20 de octubre de 2016 Por el cual se modifican los acuerdos 193 del 18 de octubre de 2012, 198 del 29 de septiembre de 2014 2 (nuevas pruebas) y el 063 del 10 de febrero de 2016, sobre los
Más detallesCALENDARIO ACADÉMICO (ENMENDADO) para el año y las Sesiones de Verano 2009 PRIMER SEMESTRE
CALENDARIO ACADÉMICO (ENMENDADO) para el año 2008-2009 y las Sesiones de Verano 2009 PRIMER SEMESTRE 2008-2009 Próximos 10 días laborables a partir de la fecha en que se entreguen exámenes o trabajos calificados.
Más detallesFUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL CONSEJO SUPERIOR. ACUERDO No. 132 (Abril 16 de 2010)
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL CONSEJO SUPERIOR ACUERDO No. 132 (Abril 16 de 2010) POR EL CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE GRADO DE PREGRADO EL CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNDACIÓN
Más detallesPROCESO DE INSCRIPCIÓN
Haga realidad una educación de calidad para sus hijos! En la Ciudadela Colsubsidio Maiporé, ubicada sobre la Autopista Sur, municipio de Soacha, Cundinamarca, está ubicado el Colegio Colsubsidio Maiporé.
Más detallesESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO
1256 ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO La ESPAE, mediante resolución No. 82-11-369, creó el
Más detallesESTABLECIMIENTO PÚBLICO DEL ORDEN NACIONAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL NIT ACUERDO NO. 04 (23 de noviembre de 2016)
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNICO NACIONAL DE COMERCIO SIMON RODRIGUEZ INTENALCO EDUCACION SUPERIOR, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias y en especial las que le confiere la
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA
EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Régimen Académico del Sistema Nacional de Educación Superior en el Art. 18 establece que el crédito es una unidad de tiempo
Más detallesIII PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS
EXTRACTO, MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN PARA EL INGRESO A LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL, III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS 3. Estudiantes especiales
Más detallesQuiénes pueden inscribirse en la UCV?
Para ser considerado alumno regular de la Universidad Central de Venezuela, es condición indispensable formalizar su inscripción tanto en la Secretaría General de la UCV como en el Departamento de Control
Más detallesUNIVERSIDAD DE CALDAS FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD OFICINA DE POSTGRADOS E INVESTIGACIONES OFICINA DE REGISTRO ACADÉMICO
UNIVERSIDAD DE CALDAS FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD OFICINA DE POSTGRADOS E INVESTIGACIONES OFICINA DE REGISTRO ACADÉMICO CONVOCATORIA PARA ASPIRANTES A MAESTRIAS AÑO 2017 Aprobación por el Consejo
Más detallesTRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA. (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA En primer término se hace claridad a los señores estudiantes, que
Más detallesALCALDIA MAYOR De aocyora a.c. MAMAOS Secretada de Educación EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA, D.C.
ALCALDIA MAYOR De aocyora a.c. MAMAOS Secretada de Educación RESOLUCIÓN No 2050 31 OCT 2013 "Por medio de la cual se establece el Calendario Académico para el año lectivo 2014, en los establecimientos
Más detallesUniversidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO 6790
RESOLUCIÓN NÚMERO 6790 ( JUNIO 16 DE 2011 ) Por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual y Consolidada Precios de Transferencia
Más detallesUniversidad Nacional Abierta y a Distancia Consejo Académico - Secretaría General ACUERDO NÚMERO 006 DE JULIO 17 DE 2007
Página 1 de 13 EL CONSEJO ACADÈMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA - UNAD En uso de sus atribuciones legales y estatutarias CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 11, del Estatuto
Más detallesREGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
1 REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo VII de la Sesión Ordinaria No.35, según acta No.43-2012, del 20 de noviembre
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN N. 16 DE (17 de marzo)
RESOLUCIÓN N. 16 DE 2009 (17 de marzo) POR LA CUAL SE REGLAMENTA LAS MODALIDADES DE TRABAJO DE GRADO PARA LOS ESTUDIANTES DE LOS PROGRAMAS DE PREGRADO PRESENCIALES DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA
Más detallesDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 (marzo 23) CONSIDERANDO:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 002172 DE 2012 (marzo 23) por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD DECRETO EJECUTIVO 339. (De 27 de agosto de 2007) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD DECRETO EJECUTIVO 339 (De 27 de agosto de 2007) "Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 22 de julio de 2003, que modifica artículos de la Ley 2 de 1962, para reconocer
Más detallesCAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE FENALCO ANDI CEDESARROLLO COMFENALCO CALENDARIO ACADEMICO
Según Acuerdo No. 009 de 2015 Mediante el cual se promulga el Calendario Académico Para el primer y segundo periodo académico del año EL CONSEJO DIRECTIVO DE CEDESARROLLO COMFENALCO, en uso de sus facultades
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO
CGU-REGL.-13 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL NOMBRAMIENTO POR RESOLUCIÓN PARA EL SECTOR DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ
Más detallesRESOLUCIÓN No DE 1 DE OCTUBRE DE 2014
RESOLUCIÓN No. 3665 DE 1 DE OCTUBRE DE 2014 Por medio de la cual se deroga la Resolución No. 3220 de 2 de septiembre de 2013 y se reglamenta el Curso para ser Juez Nacional de Caballos Criollos Colombianos
Más detallesNormas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.
Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia CAPITULO I De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos. ARTICULO 1.- El Curso de Maestría en Inmunología es un
Más detallesPROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN NO FORMAL
PROCESO EXTENÓN/ SUBPROCESO GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE LA EXTENÓN Revisó: Vicerrector de Investigación y Extensión Directora Transferencia de Conocimiento PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN FORMAL Aprobó: Rector Página
Más detallesACUERDO No 27 DE (12 de diciembre de 2013) Por medio del cual se aprueba el reglamento de admisiones para la modalidad virtual
ACUERDO No 27 DE 2013. (12 de diciembre de 2013) Por medio del cual se aprueba el reglamento de admisiones para la modalidad virtual El Consejo Superior de LA FUNDACION PARA LA EDUCACION SUPERIOR SAN MATEO,
Más detallesConvocatoria para Cursos de Francés Conexión Global para la Movilidad Internacional y la Excelencia Académica.
1. DENOMINACIÓN 2. FECHA DE PUBLICACIÓN Diciembre 07 de 2016 3. ENTIDADES OFERENTES UNIMAGDALENA 4. AREA GEOGRAFICA DE ALCANCE Santa Marta, Colombia. Campus de UNIMAGDALENA 5. OFERTA La convocatoria cuenta
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN 2016. OPUESTA 2015 Página 1 TÍTULO I NORMAS GENERALES DE LA CONVALIDACIÓN Artículo 1 Se entenderá por convalidación de asignaturas el reconocimiento de la equivalencia existente
Más detallesFEDERACIÓN COLOMBIANA DE GOLF DIVISIÓN PROFESIONAL REGLAMENTO 003
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE GOLF DIVISIÓN PROFESIONAL REGLAMENTO 003 Por medio del cual se reglamentan las categorías de los profesionales de golf en Colombia y la expedición de los respectivos carnés EL
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO ACUERDO No. 010 Noviembre 04 de 2009
1 El Consejo Superior de la Universidad del Quindío en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y especialmente las consagradas en la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 005 de 2005 y, CONSIDERANDO:
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE EVALUACION DEL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL EN LOS INSTITUTOS Y COLEGIOS UNIVERSITARIOS. CAPITULO I Disposiciones Generales
REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACION DEL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL EN LOS INSTITUTOS Y COLEGIOS UNIVERSITARIOS CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El rendimiento estudiantil en los Institutos y Colegios
Más detallesEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA, D.C.
RESOLUCIÓN No 1990 fa 1 OCT 2014 "Por medio de la cual se establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de
Más detallesCONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N MTC/24
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N 036-2016-MTC/24 I. GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria: Contratar los servicios de una persona natural con aptitudes
Más detallesReglamento de Créditos Académicos Extracurriculares de las Carreras de Ingeniería Electrónica e Ingeniería Informática
Universidad Católica Nuestra Señora de la Asunción Departamento de Ingeniería Electrónica e Informática Reglamento de las Carreras de Ingeniería Electrónica e Ingeniería Informática Aprobado por Consejo
Más detallesREQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO
REQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO ASPIRANTE NUEVO Es quien cumple con los requisitos reglamentarios de la Educación media, e ingresa por primera vez a la Institución Universitaria de Envigado.
Más detallesGuía del Postulante Programa Formativo de Conductores de Tren VI edición Modalidad Part Time
Guía del Postulante Programa Formativo de Conductores de Tren VI edición Modalidad Part Time CONCAR S.A. es la empresa del Grupo Graña y Montero encargada de la operación de la LÍNEA 1 del Metro de Lima,
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO
Revisó: Vicerrector Académico Subdirectora Académica Instituto de Proyección Regional y Educación a distancia Director de Admisiones y Registro Académico Coordinador de Registro Académico Profesional Vicerrectoría
Más detallesLa Ordenanza C.A./I.B. N 03/05 por la que el Consejo Académico aprobó un marco reglamentario para las Escuelas José A. Balseiro,
San Carlos de Bariloche, 8 de abril de 2011 VISTO: La Ordenanza C.A./I.B. N 03/05 por la que el Consejo Académico aprobó un marco reglamentario para las Escuelas José A. Balseiro, CONSIDERANDO: Que, en
Más detallesCIRCULAR ASIGNACIONES DE ESTUDIOS
CIRCULAR ASIGNACIONES DE ESTUDIOS 2013 Señores Adherentes Beneficiarios y Pensionados Afiliados Presente Ref.: Postulación Asignación de Estudio año 2013 De nuestra consideración: Nos es especialmente
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIONES
REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2015 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus
Más detallesASIGNACIÓN DOCENTE DE BECAS DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN LA I.U.CESMAG INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA CESMAG.
REGLAMENTO REFORMA ESTATUTO PARA LA ASIGNACIÓN DOCENTE DE BECAS DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN LA I.U.CESMAG INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA CESMAG www.iucesmag.edu.co 1 ACUERDO 010 DE 2003 (FEBRERO 19 ) Por el
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO:
REGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO: Que, el Art. 356 de la Constitución de la República señala que en cuanto a la educación,
Más detallesLineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca
Lineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca Aprobados en el Consejo Académico del Abril 30 de 2013 1. La Opción de Grado La opción de grado es un espacio académico que tiene como objetivos i)
Más detallesGCO_GRC_D011_Politica_Pagos_Descuentos_Reembolsos
POLÍTICA DE PAGOS, DESCUENTOS Y DIPLOMATA CONSULTORES Medellín, Enero de 2015 1 INDICE DE REVISIONES Índice revisión modificación Modificaciones 0 26-Ene-2015 original No. 0 1 2 3 Elaboró : Nombre Marcela
Más detallesNORMATIVA ACADÉMICA MASTERS Y POSGRADOS DE BAU, ESCOLA SUPERIOR DE DISSENY
Índice 1. Preámbulo 2. Órganos responsables de los masters y posgrados 3. Acceso y admisión 4. Matrícula 5. Proyecto Final de máster o posgrado 6. Evaluación y sistema de calificación 7. Expedición del
Más detallesRESOLUCIÓN No. 015 (Diciembre 10 de 2004) CONSIDERANDO
RECTORÍA RESOLUCIÓN No. 015 (Diciembre 10 de 2004) Por la cual se promulga el Reglamento de Monitores Académicos de UNISANGIL El Rector de la Fundación Universitaria de San Gil UNISANGIL-, en uso de sus
Más detallesPROCESOS ACADÉMICOS. Estudiantes de Psicología Sede UVD Calle 80 (Bogotá)
PROCESOS ACADÉMICOS Estudiantes de Psicología Sede UVD Calle 80 (Bogotá) Metodología 1 2 Primer Momento (8 semanas) Agosto 29 a Octubre 17) Segundo Momento (8 semanas) Octubre 24 a Diciembre 12 ) TERCER
Más detallesDIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN EN ENSEÑANZA DE LENGUAS MENCIÓN ESPAÑOL LENGUA EXTRANJERA
DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN EN ENSEÑANZA DE LENGUAS MENCIÓN ESPAÑOL LENGUA EXTRANJERA La de la Universidad de la República anuncia la apertura del Diploma de Especialización en Enseñanza de lenguas Mención
Más detallesReglamento Trabajo de Grado de las Maestrías
Reglamento Trabajo de Grado de las Maestrías Reglamento de Trabajo de Grado de las Maestrías REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO DE LAS MAESTRÍAS Tabla de contenido Articulo 1. Objetivo.... 5 Articulo 2. Alcance
Más detallesCALENDARIO ACADÈMICO PROGRAMA TECNOLOGIA EN INVESTIGACION CRIMINAL.
CALENDARIO ACADÈMICO 2016-1 PROGRAMA TECNOLOGIA EN INVESTIGACION CRIMINAL. Por la cual se modifica el calendario académico del programa de tecnología en investigación criminal, periodo electivo 2016-1
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo
REGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo ARTÍCULO ÚNICO. Reemplázase, a contar del 1 de enero del año 2008, el Reglamento de Pregrado Facultad
Más detallesNormas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Normas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Capítulo I De la Definición y Naturaleza Artículo: 1 La actividad de evaluación extraordinaria
Más detallesPontificia Universidad Católica del Ecuador
CALENDARIO ACADÉMICO SEGUNDO SEMESTRE 2015 N ACTIVIDADES FECHAS Nº DE DÍAS 1 Inscripciones de aspirantes para el ingreso a la PUCE - Pregrado (II semestre 2015 ): primera llamada 2 Exámenes de ingreso
Más detallesUNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO
UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesACUERDO 035 DE 2008 (Acta 13 del 11 de noviembre)
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ACUERDO 035 DE 2008 (Acta 13 del 11 de noviembre) Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el requisito de grado de demostrar la suficiencia en idioma Inglés
Más detallesDocumento de orientación para los alumnos
Documento de orientación para los alumnos Plan 529/09 Bienvenidos: El ingreso al Nivel Superior seguramente te genera expectativas, temores e inquietudes. Representa la entrada a un mundo nuevo y particularmente
Más detallesUNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS DE LA EDUCACION
UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS DE LA EDUCACION Los períodos de tiempo contemplados en el Reglamento General de Estudios de la UMCE y también los establecidos en los respectivos instructivos, deberán
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS Contenido CAPÍTULO I: CONVALIDACIÓN DE CURSOS Artículo 1.- Definición. Artículo 1-A.- Convalidación de cursos o pasantías de investigación Artículo
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
DE 2015 Por la cual se convoca a los Directores de Programa del Campó de Conocimiento definido por el Consejo Académico (Biología, Ingeniería Electrónica, Ingeniería de Sistemas, Administración de Empresas,
Más detallesUNIVERSIDAD DEL ROSARIO VICERRECTORÍA DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN ACADÉMICA Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD
UNIVERSIDAD DEL ROSARIO VICERRECTORÍA DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN ACADÉMICA Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PERIODO SABÁTICO El procedimiento definido por la Universidad
Más detallesBogotá, D. C., martes, 21 de junio de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Diario Oficial 49.911 Bogotá, D. C., martes, 21 de junio de 2016 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 000051 DE 2016 (junio 17) por medio de la cual se establece el procedimiento
Más detallesDepartamento de Idiomas. Segundo y Tercer Idioma Lineamientos Generales y Opciones de Acreditación
Departamento de Idiomas Segundo y Tercer Idioma Lineamientos Generales y Opciones de Acreditación De conformidad con el Artículo 41 de Reglamento Estudiantil en la Corporación Universitaria Republicana
Más detallesCIRCULAR GENERAL DE GRADOS
CIRCULAR GENERAL DE GRADOS Respetado Estudiante: La ceremonia de grados es una actividad solemne que la Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium realiza dos veces por año y ratifica la misión de
Más detallesREGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS
REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS El Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, en ejercicio de la atribución consagrada en el Capítulo V, numeral 89 del Reglamento
Más detallesBASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL
BASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL En sesión de Consejo Académico de la Universidad Santa María-Campus Guayaquil, celebrada
Más detallesPROCESO DE POSTULACIÓN AL NIVEL EDUCACIÓN INICIAL - PREKINDERGARTEN 2018
PROCESO DE POSTULACIÓN AL NIVEL EDUCACIÓN INICIAL - PREKINDERGARTEN 2018 CRITERIOS GENERALES DE TODA POSTULACIÓN AL CSS Como Colegio Suizo en el Extranjero, en concordancia con la legislación suiza sobre
Más detallesGestión de la Calidad. Hoja de vida del servicio
Página: 1 de 5 1. Nombre del servicio: Formación académica e investigativa en de Postgrados. Fecha de elaboración: 31/01/2015 No. de actualización: 01 2. En qué consiste el servicio?: (indique la descripción
Más detallesCONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N MTC/24
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N 014-2016-MTC/24 I. GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria: Contratar los servicios de una persona natural con aptitudes
Más detallesELITE - ESCUELA LATINOAMERICANA DE INGENIEROS, TECNÓLOGOS Y EMPRESARIOS. ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO No DE FEBRERO DE 2015
ELITE - ESCUELA LATINOAMERICANA DE INGENIEROS, TECNÓLOGOS Y EMPRESARIOS ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO No. 54 19 DE FEBRERO DE 2015 Por medio del cual se aprueba la POLÍTICA DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO DOCENTE.
Más detallesResumen de Notas de Vigencia
ACUERDO 64 DE 2007 (diciembre 19) Diario Oficial No. 46.915 de 27 de febrero de 2008 INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR
Más detallesEL CONSEJO DE FACULTAD DE INGENIERÍA en uso de sus atribuciones estatutarias, y CONSIDERANDO:
FACULTAD DE INGENIERIA CONSEJO DE FACULTAD RESOLUCION No. 175 de 2009 ACTA No. 006 DE ABRIL 16 DE 2009 Por la cual se especifican los créditos, y las asignaturas de los planes de estudios del programa
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN PERIODO DE PRUEBA
TALENTO HUMANO / ASUNTOS PERSONAL DOCENTE Revisó: Jefe División Recursos Humanos Profesional Vicerrectoría Académica Profesional Asuntos Personal Docente Profesional Planeación Aprobó: Rector Página 1
Más detallesAutor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Reglamento General de Becas Autor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES SU RÉGIMEN, COMPROMISO Y DEFINICIÓN Artículo
Más detallesRESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a
Más detallesRequisitos para inscribirse en Concursos Docentes:
Requisitos para inscribirse en Concursos Docentes: Para cargos de Profesor: Adjuntar 4 copias de CV. ANEXO Res. CSU-229/2008 REGLAMENTO DE CONCURSOS DE PROFESORES ORDINARIOS ARTICULO 6.- Para presentarse
Más detallesINSTITUTO DE NIVEL TERCIARIO EN EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA PROVINCIA DEL CHACO
Instituto de Nivel Terciario de Educación Técnica y Profesional RÉGIMEN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN Anexo I a la Resolución N º 1406 Modificatorio del Anexo V de la Resolución 1304/99 M.E.C.C. y T. EDUCACIÓN
Más detalles