Mujeres decidiendo en autonomias
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- Gustavo Correa Valverde
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1 Mujeres decidiendo en autonomias Boletín Informativo Tarija, julio de 2014 Año 3. Nº 9
2 Presentación Cada vez que los medios de comunicación, amplifican la Agenda Política desde las Mujeres, la memoria colectiva recuerda que los movimientos de mujeres, construimos periódicamente Agendas Políticas con el objetivo de hacer conocer nuestras propuestas de transformación de las estructuras patriarcales dominantes en los Estados y de los patrones culturales discriminatorios remozados en las sociedades, en las que vivimos. Agendas Políticas, dirigidas a candidatas y candidatos a ocupar cargos de autoridad en los diferentes niveles del Estado, cuyas ofertas electorales se expresan en programas de gobierno, que al ser favorecidos por el voto mayoritario, pueden: Consolidar estructuras excluyentes que impidan el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres en general y de los derechos políticos en particular, o Constituir alternativas de inclusión, disminución de las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, y construcción de la igualdad de género. En Bolivia, la Agenda Política desde las Mujeres para las elecciones 2009 y y 2015, es el resultado del análisis y la reflexión permanente acerca de las condiciones de la vida cotidiana, en la que las mujeres desarrollamos el ejercicio de nuestros derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, ambientales, y de pertenencia a naciones y pueblos indígena originario campesinos. Agenda política, que da a conocer el posicionamiento de las mujeres en torno a la proyección transformadora que nos hemos propuesto construir: una agenda para despatriarcalizar el Estado y la sociedad. Estado Que se rige por normas, políticas, planes, programas, proyectos y/o servicios que: No garantizan la igualdad real entre mujeres y hombres, Mantienen el acceso inequitativo a recursos, ingresos y oportunidades, Desconocen el aporte de las mujeres a la riqueza del país, y Desvalorizan el trabajo doméstico y de cuidado que recae en la mayoría de las mujeres. Sociedad Cuyas actitudes y comportamientos: Reproducen patrones culturales discriminatorios de opresión, violencia y subordinación hacia las mujeres, a través de su institucionalización en la educación, los medios de comunicación, y otros mecanismos. Impidiendo la autonomía física, económica y en la toma de decisiones, de las mujeres.
3 Estado, que mantiene desigualdades, limitando el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres, como podemos ver en el siguiente recuento histórico. Años Norma Respaldatoria Situación 1826 a 1880 Primeras Constituciones Políticas del Estado Sujeto masculino, ejerce ciudadanía Constitución Política del Estado Debate acerca del acceso de mujeres a la participación ciudadana Se reconoce derecho a elegir y ser elegidas y 1949 Elecciones Municipales Participan como candidatas, las que saben leer y escribir Se reconoce el derecho al voto universal de mujeres, campesinos e indígenas Elecciones Nacionales Las mujeres ejercen el derecho al voto Se reconoce la ciudadanía para mujeres y hombres, cualquiera fuera su grado de instrucción, ocupación o renta. Convención sobre la eliminación de todas las formas de 1994 discriminación contra la mujer Ingresa con fuerza la noción de equidad de género. Ley Nº 1551 de Participación Popular Ratifica la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres Ley de Cuotas Nº 1779 Acción afirmativa de 30,0% de mujeres en listas de candidaturas Ley Nº 1983 de Partidos Políticos Obliga a garantizar la participación de las mujeres. No sanciona incumplimiento Ley Nº 2410 de Necesidad de Reformas a la CPE Reconocimiento de la igualdad de mujeres y hombres. Sanciona la discriminación Ley Nº 2771 de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas Código Electoral Establece 50,0 % para las mujeres en todas las candidaturas con alternancia. Cuota del 30,0 % y criterio de alternancia en senaturías, diputaciones y concejalías Ley Especial de convocatoria a la Asamblea Constituyente Alternancia con 34,0% de participación de mujeres Constitución Política del Estado Artículos clave de equidad de género y participación política de las mujeres. Ley Nº 4021 del Régimen Electoral Transitorio Paridad y alternancia en Diputadas y Diputados Plurinominales. Ley Nº 018 del Órgano Electoral Plurinacional Equivalencia, paridad y alternancia en procesos electorales y normas internas de organizaciones políticas Ley Nº 026 del Régimen Electoral Democracia intercultural, equivalencia, paridad y alternancia. Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización Equidad de género en gobiernos autónomos. Perspectiva de género en planes de desarrollo. Régimen de Igualdad de género en Estatutos y Cartas Orgánicas. Fuente: Elaboración propia en base a Caminos de la Paridad: Mujer y Ciudadanía en el proceso Post Constituyente. Coordinadora de la Mujer IDEA. Pilar Uriona C
4 Agenda política 2009 y y 2015, que demandan la participación política en equivalencia de condiciones entre mujeres y hombres. Sustentada en la CPE. Artículos Constitución Política del Estado Principios, Valores y fines del Estado II. El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien. Sistema de Gobierno I. La República de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres. Derechos Fundamentales y Garantías II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, tipo de ocupación, grado de instrucción, discapacidad, embarazo, u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona. Derechos Políticos I. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. Composición y Atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional I. En la elección de asambleístas se garantizará la igual participación de hombres y mujeres. Representación Política Las candidatas y los candidatos a los cargos públicos electos, con excepción de los cargos elegibles del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional serán postuladas y postulados a través de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las agrupaciones ciudadanas y los partidos políticos, en igualdad de condiciones y de acuerdo con la ley. Representación Política II. La elección interna de las dirigentes y los dirigentes y de las candidatas y los candidatos de las agrupaciones ciudadanas y de los partidos políticos será regulada y fiscalizada por el Órgano Electoral Plurinacional, que garantizará la igual participación de hombres y mujeres. Organización Territorial del Estado Los principios que rigen la organización territorial y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas son: la unidad, voluntariedad, solidaridad, equidad, bien común, autogobierno, igualdad, complementariedad, reciprocidad, equidad de género, subsidiariedad, gradualidad, coordinación y lealtad institucional, transparencia, participación y control social, provisión de recursos económicos y preexistencia de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, en los términos establecidos en esta Constitución. Autonomía Departamental II. La Ley determinará los criterios generales para la elección de asambleístas departamentales, tomando en cuenta representación poblacional, territorial, de identidad cultural y lingüística cuando son minorías indígena originario campesinas, y paridad y alternancia de género. Los Estatutos Autonómicos definirán su aplicación de acuerdo a la realidad y condiciones específicas de su jurisdicción. Fuente: Copia textual de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. 07/02/2009.
5 Proceso que ha generado a su vez, un proceso post constituyente desafiando a las mujeres organizadas, a participar en la Agenda Legislativa Plurinacional. 6 Leyes Promulgadas Alcance Ley Nº 045 contra el racismo y toda forma de Discriminación. 08/10/10 Ley Nº 073 de Deslinde Jurisdiccional. 29/12/10. Ley Nº 243 contra el Acoso y la violencia política hacia las mujeres.28/05/12. Ley Nº 071 Orgánica del Ministerio Público. 11/07/12. Ley Nº 264 del Sistema Nacional de Seguridad ciudadana Para Una vida Segura. 31/07/12. Ley Nº 263 Integral contra la Trata y Tráfico de Personas. 31/07/12. Fuente: Boletín Nº 3. Coordinadora de la Mujer. Octubre Creación de política pública de prevención y lucha contra toda forma de discriminación con perspectiva de género. Principios de igualdad de género, acceso de las mujeres a la justicia y a cargos de decisión. Define como delitos y faltas los actos de acoso y violencia política hacia las mujeres. Capacitación de Fiscales y Servidores/as con enfoque de Género. Equidad de género como marco de políticas públicas de seguridad ciudadana. Política de lucha contra la Trata y Tráfico con equidad de género y sin discriminación. Proceso de incidencia política -emblemática- en la aplicabilidad de la normativa favorable a la equidad de género, en leyes, como la presente. Artículos Ley del Régimen Transitorio Electoral De los Derechos Políticos I. Todas las ciudadanas y ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes y de manera individual o colectiva. 4 II. La participación ciudadana deberá ser equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. III. Toda ciudadana o ciudadano puede participar en organizaciones con fines políticos de acuerdo a la Constitución y las leyes. Ciudadanía I. La ciudadanía consiste en concurrir como elector o elegible y en el derecho a ejercer funciones públicas sin otro 6 requisito que la idoneidad. Todas las bolivianas y bolivianos ejercen la ciudadanía a partir de los 18 años y tienen derecho a una participación eleccionaria en igualdad de condiciones, cualquiera sea su nivel de instrucción, ocupación, salario, renta o género. De la Igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres I.Las listas de candidatas y candidatos a Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados titulares y suplentes, Asambleístas Departamentales, Consejeros Departamentales, Concejales Municipales y autoridades en los municipios deberán respetar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de tal manera que exista un candidato 9 titular varón y enseguida una candidata titular mujer, una candidata suplente mujer y un candidato suplente varón, o viceversa. En el caso de las diputaciones uninominales la alternancia se expresa en titulares y suplentes en cada circunscripción. II. Las listas de las candidatas y candidatos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, serán nominados de acuerdo a sus propias normas y procedimientos. Fuente: Copia textual de la Ley del Régimen Transitorio Electoral Nº 4021 de 14/04/2009. Normativa transitoria cuyo proceso electoral, ha configurado un nuevo escenario político, que además se diferencia de los anteriores en varios aspectos.
6 Diferencias Sustantivas Reelección Presidencial. Padrón Biométrico. Voto en países extranjeros: 1 voto para Presidenta o Presidente y para Vicepresidenta o Vicepresidente. Modalidad de voto en el territorio nacional: 1 voto para Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, Senadoras, Senadores, Diputadas y Diputados Plurinacionales, y 1 voto para Diputadas y Diputados Uninominales. En 4 tipos de circunscripciones: 1 Nacional para elegir a Presidenta o Presidente y Vicepresidenta o Vicepresidente. 9 Departamentales para elegir a Senadoras, Senadores, y Diputadas, Diputados Plurinacionales. 70 distribuidas al interior de las 9 Departamentales para elegir a Diputadas y Diputados Uninominales. 7 Especiales para elegir a Diputadas y Diputados indígena originario campesinos. 166 bancas en la Asamblea Legislativa Plurinacional: 36 bancas en Cámara de Senadoras y Senadores. 130 bancas en Cámara de Diputadas y Diputados. 70 Uninominales. 53 Plurinominales. 7 Especiales. Elecciones Municipales en 337 municipios: 1 voto para Alcaldesa o Alcalde. 1 voto para Concejalas y Concejales. Elecciones Departamentales: 1 voto para Gobernadora o Gobernador. 1 voto para Asambleístas por Territorio (provincias). 1 voto para Asambleístas por Población. 1 voto para Ejecutivos Seccionales de Desarrollo. En 3 Tipos de circunscripciones: 1 Departamental para elegir a Gobernadora o Gobernador y Asambleístas por población. 1 Municipal para elegir a Ejecutivos Seccionales de Desarrollo. 1 Provincial para elegir a Asambleístas por territorio. Elección de Asambleístas Regionales en la provincia Gran Chaco (Yacuiba, Carapari, Villamontes) del Departamento de Tarija. Fuente: Elaboración propia en base a datos del Atlas Electoral de Bolivia Escenario político de carácter plurinacional, que visibiliza resultados -evidentes- de la posibilidad de participación política de las mujeres, tanto en los Órganos Ejecutivos como en los Órganos Legislativos de los diferentes niveles del Estado: central, departamental y municipal. Recordemos algunos datos. La proporción de género, en la Asamblea Legislativa Plurinacional, es decir, entre las Senadoras y Senadores lo mismo que entre Diputadas y Diputados Plurinominales, esta entre 4 y 5 bancas. Donde realmente se nota la brecha de desigualdad es entre Diputadas y Diputados Uninominales son 65 bancas! y más aún entre Diputadas y Diputados Especiales porque prácticamente las mujeres no tenemos representación. En el departamento de Tarija, la tendencia se repite.
7 Departamento Asambleas Legislativas Departamentales/Elecciones 2009 Asambleistas por población Asambleistas por territorio Asambleistas indígenas Total Asambleístas Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Chuquisaca La Paz Cochabamba Oruro Potosí Tarija Santa Cruz Beni Pando SubTotal Total Fuente: Elaboración propia en base a datos del Atlas Electoral de Bolivia En las Asambleas Legislativas Departamentales, sucede lo mismo con las mujeres Asambleístas por Territorio que alcanzan 19,0% y Asambleístas Indígenas que apenas llegan al 4,0%, y en general solamente al 26,0% del total de Asambleístas. Nuevamente nos toca analizar el rol que juega la sociedad civil en la obtención de estos resultados. Gobiernos Autónomos Municipales de Ciudades Capitales/Elecciones 2009 Ciudad Órgano Ejecutivo Total Órgano Legislativo Total Capital Alcaldesas Alcaldes Concejalas Concejales Sucre La Paz Cochabamba Oruro Potosí Tarija Santa Cruz Trinidad Cobija Total Fuente: Elaboración propia en base a datos del Atlas Electoral de Bolivia Fuente: Observatorio de Género. Coordinadora de la Mujer 2011.
8 La figura del nivel central del Estado se repite, los principales candidatos de los gobiernos autónomos municipales son hombres, por lo menos en las ciudades capitales. Será que las mujeres tenemos que pensar en propuestas estratégicas para convencer al electorado? Para el Efecto, la Articulación de Organizaciones Sociales de Mujeres de Bolivia 1 que moviliza a más de 300 organizaciones, reunida en encuentros nacionales, departamentales y en el caso de Tarija también municipal 2, ha construido la Agenda Política desde las Mujeres 2014, organizada y distribuida en 5 ejes temáticos, considerados estratégicos, indispensables. En esta oportunidad, y con el fin de incidir en los derechos políticos, vamos a focalizar la atención en la comprensión del primer eje - sin que esto signifique dejar de lado los demásen el proceso de incidencia política, con candidatas y candidatos: Eje 1: Democratización del Poder y Participación Política de las mujeres 1 Horizonte Despatriarcalizador Propuestas Redistribución del poder. Democratización del sistema político y de representación. Mujeres con participación y representación política. Mujeres con poder político. Mujeres con autonomía política. Mujeres con ejercicio de derechos. Democratizar el poder. Paridad y Alternancia. Candidatas titulares en Circunscripciones Uninominales. Reconocimiento de las trayectorias políticas de las mujeres. Ejercicio pleno de los derechos políticos. Participación política con autonomía y libres de acoso y violencia política. Inclusión de la Agenda Política de las Mujeres en los Programas de Gobierno. Fuente: Plegable. Agenda Política desde las Mujeres. Elecciones Nacionales Una Agenda para Despatriarcalizar. AOSMB 1 Copia textual del plegable elaborado por la Coordinadora de la Mujer y entregado a sus instituciones afiliadas 2 Constituida por Organizaciones de Mujeres, la Coordinadora de la Mujer y sus instituciones afiliadas. Entre las que se encuentra el ECAM de Tarija. Directora de publicación Peky Rubín de Celis Méndez Editora e investigadora Ma. Virginia Ayoroa Bedregal Diagramación Javier Vargas Con el auspicio de:
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