REGLAMENTO PARA LA PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA DE ALUMNOS DE LA CARRERA DE BIOINGENIERIA. I Definición.
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- Pedro Flores Correa
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1 ANEXO: Resolución C.D. 364/07 REGLAMENTO PARA LA PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA DE ALUMNOS DE LA CARRERA DE BIOINGENIERIA. I Definición. Artículo 1º: Se denomina Práctica Profesional Supervisada (PPS) al trayecto del Plan de Estudios de la Carrera de Bioingeniería, en el cual el alumno realiza una de las actividades contempladas en los alcances del título de Bioingeniero, bajo la forma de un Plan de PPS, supervisado por un Director de PPS. Artículo 2º: La PPS será una actividad desarrollada en forma individual por cada alumno. Artículo 3º: Las Pasantías optativas que los alumnos desarrollen en el marco del RÉGIMEN DE PASANTÍAS DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE INGENIERIA UNER (Texto Ordenado Anexo Resolución C.D. Nº 006/95, y modificatorias C.D. Nº 191/97 y C.D. Nº 125/98).-se considerarán equivalentes a las PPS a los efectos de acreditarse el cumplimiento de la PPS en el Plan de Estudios. II Objetivos. Artículo 4º: Son objetivos de la PPS: a)- Facilitar la transición del futuro graduado desde el ambiente académico al laboral. b)-brindar al estudiante la posibilidad de adquirir experiencia profesional y práctica aplicando la formación académica desarrollada hasta el momento de la PPS, logrando una adecuada integración entre conocimientos, destrezas, y actitud profesional. c)-que el alumno tome, por medio de la práctica en instituciones públicas o privadas, contacto directo con las actividades profesionales de la Bioingeniería. d)-ejercitar su creatividad en la solución eficiente de problemas reales que se presentan en el ámbito laboral propio de la Bioingeniería. e)- Adquirir práctica en las relaciones humanas dentro de una organización laboral. f)- Desarrollar actividades que refuercen la relación Universidad - Medio, permitiendo una mejor inserción de la FI-UNER en el medio social y productivo. III MODALIDAD OPERATIVA. a) Ámbito de desarrollo de la PPS. Artículo 5º: La entidad en la cual se lleva a cabo una PPS se denomina en adelante entidad anfitriona. Las entidades anfitrionas deberán cumplir con: a)- La FI-UNER es entidad anfitriona, y en ella las PPS se desarrollarán en sus Departamentos, Laboratorios o Cátedras. b)- Además de la FI-UNER, podrán ser entidades anfitrionas, organismos, instituciones o empresas, públicas o privadas, con o sin fines de lucro. c)- En cualquier caso, las entidades anfitrionas deberán reunir los siguientes requisitos: * Desarrollar actividades vinculadas a los alcances del título de Bioingeniero. * Poseer un marco legal de acuerdo con las normativas vigentes. * Demostrar capacidad para el cumplimiento de los objetivos de la PPS. d) El hecho de que un alumno mantenga una relación laboral con una entidad anfitriona, no será obstáculo para que él desarrolle su PPS en la misma.
2 b) Acuerdos. Artículo 6º: La FI-UNER establecerá los Convenios Marco que garanticen la provisión de los lugares adecuados para la realización de PPS. Artículo 7º: Cada PPS individual se desarrollará como Convenio Específico signado por la FI-UNER y la entidad anfitriona, dentro de un Convenio Marco. El Convenio Específico pormenorizará toda la información necesaria para establecer la relación entre el alumno y la entidad anfitriona debiendo anexarse el Plan de PPS completo. El alumno que elija una determinada PPS deberá promover la firma del Convenio Específico de su PPS. c) Coordinación a cargo de la Cátedra Proyecto Final. Artículo 8º: Al igual que sucede con las Pasantías optativas, las tareas de planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de la PPS son actividades propias de la Cátedra Proyecto Final de la Carrera de Bioingeniería, bajo la responsabilidad del Profesor a cargo de la misma. d) Duración y régimen horario. Artículo 9º: La PPS tendrá una duración total no menor a doscientas (200) horas ni mayor que trescientas (300) horas. El régimen horario de la PPS se acomodará a las modalidades de trabajo en la entidad anfitriona, pero no podrá superar las veinte (20) horas/semana. El régimen horario deberá constar en el cronograma de actividades del Plan de PPS. e) Director de PPS. Artículo 10º: El Director de la PPS será la persona perteneciente a la entidad anfitriona que se hará responsable del cumplimiento del Plan de PPS en todos sus aspectos. Deberá acreditar capacitación y experiencia suficientes para su cometido. Será propuesto por el alumno en su Plan de PPS, y será considerado por el Profesor responsable de Proyecto Final, quien deberá expedirse en el plazo reglamentario (Articulo 19) por su aceptación o rechazo. En caso necesario, y por la vía de excepción, el Profesor responsable de Proyecto Final podrá solicitar a la FI-UNER que designe un co-director perteneciente a la misma. f) Plan de PPS. Artículo 11 º: El Plan de PPS formará parte del Convenio Específico. Deberá contener los elementos de juicio suficientes para poder valorar si cumple los Objetivos de la PPS y su factibilidad dentro de los plazos estipulados en el cronograma. Como mínimo deberá contener: título del Plan de PPS, datos del alumno y de la entidad anfitriona, objetivos específicos del Plan de PPS, breve descripción del trabajo, carga horaria y cronograma detallado, indicadores de cumplimiento, y propuesta de Director de PPS. Artículo 12º: El director de la PPS, podrá autorizar el cambio del cronograma de actividades, si ello fuera necesario. g) Oferta y publicidad de las PPS. Artículo 13º: La Cátedra de Proyecto Final mantendrá una base de datos pública que contenga la nómina de empresas y organismos con las cuales la FI-UNER tiene Convenios Marco vigentes a los efectos de las PPS, y la lista de propuestas de PPS
3 (internas o externas a la FI-UNER) que hayan sido preaceptadas por las entidades anfitrionas. Sin perjuicio de otros medios de publicidad que se consideren adecuados, durante la semana de inicio de cada mes, la oferta actualizada de PPS se publicará (con fecha de publicación) en una cartelera específica en la cual quedará expuesta durante ese mes, y además en el Boletín de la FI-UNER. Artículo 14º: La información publicada sobre cada propuesta deberá expresar con claridad los objetivos y métodos del trabajo, a los efectos de que el alumno pueda evaluar y elegir la PPS de su preferencia. Cada propuesta de PPS informará como mínimo acerca de: título, resumen de la actividad, filiación y localización de la entidad anfitriona, plazas disponibles, carácter honorario o rentado, requisitos especiales a cumplir por el alumno, nombre del contacto en la entidad anfitriona. Artículo 15º: Cuando un alumno desee optar por una PPS que no figura en dicha oferta, él mismo presentará su propuesta, la cual será evaluada por el Profesor responsable de Proyecto Final a efectos de poder asignársela al alumno. h) Solicitud y asignación de la PPS. Artículo 16º: El requisito para que los alumnos puedan realizar su PPS será acreditar como mínimo el ciclo básico aprobado y regularizadas las asignaturas del área de conocimientos pertinentes al proyecto de PPS solicitado. Artículo 17º: Durante los quince (15) días hábiles subsiguientes a la fecha de publicación de oferta de PPS en Cartelera, la Cátedra Proyecto Final recibirá las solicitudes de los alumnos que estando en condiciones reglamentarias, expresen sus preferencias respecto de la/las PPS. Las solicitudes deberán ser acompañadas del Certificado Analítico de asignaturas regularizadas y aprobadas, con constancia de ser alumno regular, expedido por el Departamento Alumnado de la FI-UNER. Artículo 18º: Pasado el período de inscripción, la Cátedra Proyecto final publicará dentro del mes en curso el listado de solicitudes de PPS y la preasignación realizada. Para solicitudes únicas, la preasignación será directa. En el caso de que varios alumnos soliciten la misma plaza, tendrá prioridad el alumno con mayor cantidad de materias aprobadas, y si dos o más alumnos tuvieran la misma cantidad de materias aprobadas, se realizará un sorteo para determinar el beneficiario de la plaza. Las solicitudes que no cumplan con lo establecido en el (Artículo 15º) serán rechazadas automáticamente. Artículo 19º: Luego de publicada la lista de preasignaciones, cada alumno deberá presentar su propuesta de Plan de PPS, a los efectos de su evaluación y formalización del Convenio Específico, de acuerdo con lo establecido en el (Artículo 11º). Artículo 20º: Una vez presentado el Plan de PPS, dentro de los siguientes quince (15) días hábiles, el Profesor responsable de Proyecto Final deberá expedirse por su aprobación o su rechazo con fundamento. En caso de resultar aprobado, el Profesor responsable de Proyecto Final tomara los recaudos para proceder a la firma del Convenio específico, cuya fecha se tomará como fecha de inicio de la PPS. Artículo 21º: En caso de resultar rechazado el Plan de PPS, el alumno deberá realizar una nueva presentación del mismo, atendiendo a los fundamentos del rechazo, dentro de
4 los siguientes diez (10) días hábiles de haberse notificado del dictamen. De producirse una segunda instancia de rechazo, el alumno deberá realizar una nueva solicitud de PPS. i) Financiamiento de la PPS. Artículo 22. La FI-UNER arbitrará los medios a su alcance para facilitar acuerdos con entidades externas para el financiamiento de las PPS. j) De parte del alumno. Artículo 23º: A los efectos de un correcto seguimiento, el alumno deberá llevar una bitácora personal de sus actividades durante la PPS (el cual podrá ser requerido por el director de la misma toda vez que lo estime necesario). Este registro deberá formar parte del Informe Final. Artículo 24º: El alumno se comprometerá a dar estricto cumplimiento a las normas y reglamentos internos de la entidad anfitriona, no pudiendo realizar en la misma, actividades de otra índole que las que se expliciten en el acuerdo de PPS. Tampoco podrá utilizar la información fuera de lo estrictamente académico, tanto durante la ejecución del acuerdo, como luego de su expiración. IV. ACREDITACION DE LA PPS. Artículo 25º: En caso de producirse inconvenientes que hagan imposible la continuidad de las actividades establecidas en la Propuesta, y que a juicio del director de la PPS no sean imputables al alumno, éste podrá presentar una nueva Propuesta o reformular la anterior. a) Presentación del Informe. Artículo 26º: Transcurrido los plazos establecidos y cumplimentados los objetivos previstos, de común acuerdo con la Entidad anfitriona y la Facultad, el alumno realizará su Informe Final de PPS cuyo contenido será: * Presentación del autor y la Entidad. * Resumen del trabajo efectuado. * Descripción pormenorizada de las actividades desarrolladas. * Conclusiones. * Anexos. * Nota del representante de la Entidad manifestando su opinión respecto del trabajo realizado. (Anexo). b) Tribunal evaluador. Artículo 27º: El Tribunal Examinador estará constituido por el Profesor responsable de la asignatura Proyecto Final, y otros profesores o Jefes de Trabajos Prácticos de la FI- UNER, propuestos por él, a la Secretaría Académica. c) Finalización. Artículo 28º: El Tribunal Examinador recibirá el Informe y procederá a su evaluación. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación del informe por parte del alumno, la Comisión deberá expedirse por su aprobación, o por su rechazo fundamentado. Si el Informe es aprobado, el Departamento Alumnado labrará un Acta donde conste tal situación y su acreditación se hará constar en el Legajo del alumno sin calificación.
5 Artículo 29º: En caso de resultar rechazado el Informe, el alumno deberá realizar una nueva presentación del mismo, atendiendo a los fundamentos del rechazo, dentro de los siguientes diez (10) días hábiles de haberse notificado del dictamen. De producirse una segunda instancia de rechazo, el alumno deberá realizar nuevamente su PPS. Artículo 30º: Los casos especiales no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Consejo Directivo.
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