MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

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1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ABRIL 2007

2 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 13 VI Con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 17 y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 y 17 fracción III del Reglamento Interior de este Órgano Administrativo Desconcentrado, he tenido a bien expedir el: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ING. ARMANDO RANGEL HERNÁNDEZ DIRECTOR EN JEFE

3 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 3 ÍNDICE PAG. PRESENTACIÓN 5 I. ANTECEDENTES 7 II. MARCO LEGAL 9 III. ATRIBUCIONES 15 IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA 21 V. ORGANIGRAMA 23 VI. OBJETIVOS Y FUNCIONES 25 TITULAR DEL 26 TITULAR DEL AREA DE AUDITORIA INTERNA Y TITULAR DEL AREA DE AUDITORIA DE CONTROL, EVALUACIÓN Y APOYO AL BUEN GOBIERNO 29 SUBDIRECCIÓN DE AUDITORÍA A OFICINAS CENTRALES 31 DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA ESPECÍFICA 33 DEPARTAMENTO DE AUDITORIA INTEGRAL 34 SUBDIRECCIÓN DE AUDITORÍA A DELEGACIONES 36 DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA A DELEGACIONES ZONA I Y II 38 DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA A DELEGACIONES ZONA III Y IV 40 SUBDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO 42 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y EVALUACIÓN 44 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO 45 TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES Y TITULAR DEL ÁREA DE QUEJAS 46

4 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 4 SUBDIRECCIÓN DE RESPONSABILIDADES E INCONFORMIDADES 48 DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS E INCONFORMIDADES 50 SUBDIRECCIÓN DE QUEJAS, DENUNCIAS Y ATENCIÓN CIUDADANA 51 DEPARTAMENTO DE QUEJAS Y DENUNCIAS 53 VII. GLOSARIRO DE TERMINOS 55

5 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 5 PRESENTACIÓN

6 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 6 PRESENTACIÓN Con el propósito de cumplir con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como de los Artículos 14, 17 fracción III y 18 fracción VI del Reglamento Interior del Registro, el Órgano Interno de Control da a conocer el presente Manual de Organización, el cual tiene como objetivo que los servidores públicos que lo integran cuenten con un documento que les permita conocer las funciones que en el ámbito de su competencia deben realizar. Las disposiciones y funciones que en este manual se señalan, tienen el carácter de obligatorias para todos aquellos funcionarios que se encuentran en la estructura del Órgano Interno de Control, por lo que deberán ser observadas para el correcto ejercicio de sus funciones. El presente manual presenta las atribuciones que le son conferidas por el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y el Reglamento Interior del Registro al Órgano Interno de Control, particularizándose posteriormente a cada una de las áreas que lo integran.

7 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 7 I. ANTECEDENTES

8 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 8 ANTECEDENTES El Órgano Interno de Control tiene su antecedente derivado del cambio del estatus administrativo del Registro y de las nuevas atribuciones conferidas a éste por la Ley Agraria, de fecha 11 de Agosto de 1992, a través de su Reglamento Interior teniendo modificación en enero de 1996 y abril de 1997, según publicación en el Diario Oficial de la Federación, reorganizando y adecuando el criterio de las funciones acorde a la prestación de servicios de este Órgano Desconcentrado. Mediante decreto que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1996, se reforman las leyes federales de las Entidades Paraestatales, de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de fortalecer las acciones de los Órganos Internos de Control y de las áreas de Auditoría, Quejas y Responsabilidades para que dependan jerárquica y funcionalmente de la entonces Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM), misma que modifica su denominación por la de Secretaría de la Función Pública (SFP) el 11 de abril de 2003 mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación. Asimismo, en dichos decretos, se faculta a los Titulares de los Órganos Internos de Control y a los de las áreas de Responsabilidades de los Órganos Internos de Control de la Administración Pública Federal, para aplicar el procedimiento Administrativo que les compete, así como para imponer sanciones administrativas. Actualmente la estructura orgánica del Órgano Interno de Control está conformada por el Titular del Órgano Interno de Control, Titular del Área de Auditoría Interna y Titular del Área de Auditoría de Control, Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno, Titular del Área de Responsabilidades y Titular del Área de Quejas, 5 Subdirectores y 8 Jefes de Departamento.

9 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 9 II. MARCO LEGAL

10 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MARCO LEGAL 10 CONSTITUCIÓN: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 5-II-1917 Reforma D.O.F. 12-II-2007 LEYES: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal D.O.F. 29-XII-1976 Reforma D.O.F. 07-VI-2006 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos D.O.F. 13-III-2002 Ley de Planeación D.O.F. 05-I-83 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos D.O.F. 31-XII-1982 Ley Agraria D.O.F Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. 04-I-2000 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 04-I-2000 Ley Federal de Procedimiento Administrativo D.O.F. 04-VIII-1994 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría. D.O.F. 30-III-2006 Ley de Amparo D.O.F. 10-I-1936 Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo D.O.F. 01-XII-2005 Ley Federal de Derechos D.O.F. 31-XII-1981 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental D.O.F. 11-VI-2002 Reforma D.O.F. 21-VIII-2006 Reforma D.O.F. 13-VI-2003 Reforma D.O.F. 13-VI-2003 Reforma D.O.F. 09-VII-1993 Reforma D.O.F. 20-II-2007 Reforma D.O.F. 07-VII-2005 Reforma D.O.F. 30-V-2000 Reforma D.O.F. 27-XII-2006 Reforma D.O.F. 24-IV-2006 Reforma D.O.F. 27-XII-2006 Modificada D.O.F. 27-XII-2006 Reforma D.O.F. 06-VI-2006

11 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 11 Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal D.O.F. 10-IV-2003 Reforma D.O.F. 09-I-2006 REGLAMENTOS: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. 20-VIII-2001 Reglamento de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas D.O.F. 20-VIII-2001 Reglamento del Código Fiscal de la Federación D.O.F. 29-XI-1981 Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Gubernamental D.O.F. 02-VI-2004 Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública D.O.F. 27-VI-2005 Reforma D.O.F. 30-XI-2006 Fé de Erratas D.O.F. 19-XI-2001 Reforma D.O.F. 29-XI-2006 Reforma D.O.F. 21-V-2002 Reforma D.O.F. 21-VI-2005 Reforma D.O.F. 21-VI-2006 Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental D.O.F. 11-VI-2003 Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria D.O.F. 11-VII-1995 Reforma D.O.F. 30-III-1998 Reglamento Interior del Registro D.O.F. 09-IV-1997 Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría D.O.F. 28-VI-2006 DECRETOS: Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. D.O.F. 14-IX-2005 Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 29-XI-2006 Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 30-XI-2006

12 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 12 Decreto por el que se reforma el Artículo 73 Fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 04-XII-2006 ACUERDOS: Acuerdo por el que se determinan los servidores públicos que deberán presentar declaración de situación patrimonial, en adición a los que se señalan en la ley de la materia. D.O.F. 04-IV-1997 Reforma D.O.F. 23-XI-2000 Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Funcionamiento de los Comités de Control y Auditoría D.O.F Acuerdo interinstitucional por el que se establecen los Lineamientos para la homologación, implantación y uso de la firma electrónica avanzada en la Administración Pública Federal. D.O.F. 24-VIII-2006 Acuerdo que establece las disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo, cargo o comisión, para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a su cargo y de los recursos que tengan asignados. D.O.F. 13-X-2005 Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la recepción y disposición de obsequios, donativos o beneficios en general que reciban los servidores públicos. D.O.F. 13-XII-2006 LINEAMIENTOS: Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la recepción, procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de acceso a datos personales que formulen los particulares, con exclusión de las solicitudes de corrección de dichos datos. D.O.F. 25-VIII-2003 Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la recepción, procesamiento y trámite de las solicitudes de acceso a la información gubernamental que formulen los particulares, así como en su resolución y notificación, y la entrega de la información en su caso, con exclusión de las solicitudes de acceso a datos personales y su corrección. D.O.F. 12-VI-2003 Lineamientos Generales para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 18-VIII-2003 Lineamientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para notificar al Instituto (IFAI) de sus sistemas de datos personales. D.O.F. 20-VIII-2003

13 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 13 Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para notificar al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública los índices de expedientes reservados. D.O.F. 09-XII-2003 Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de los Archivos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 20-II-2004 Lineamientos Generales para la Planeación, Elaboración y Presentación del Programa Anual de Trabajo de los Órganos Internos de Control Lineamientos de Protección de Datos Personales. D.O.F. 30-IX-2005 Lineamientos generales para la presentación de los informes y reportes del Sistema de Información Periódica. D.O.F. 06-X-2004 Lineamientos para el diseño, integración, operación, evaluación y control del Modelo Integral de Desempeño de Órganos de Vigilancia y Control. D.O.F. 07-X-2004 Lineamientos que habrán de observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la publicación de las obligaciones de transparencia señaladas en el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 01-XI-2006 NORMAS: Norma para la descripción, perfil y valuación de puestos. D.O.F. 2-V-2005 Norma para la capacitación de los servidores públicos, así como su anexo. D.O.F. 2-V-2005 MANUALES: Manual de Organización General del Registro D.O.F. 25-II-2000 Manual de Organización General del la Secretaría de la Función Pública D.O.F. 10-V-2006

14 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL BOLETINES: 14 Boletín A Carácter y Obligatoriedad de las Normas y Lineamientos que Regulan el Funcionamiento de los Órganos Internos de Control. Boletín B Normas Generales de Auditoría Pública.

15 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 15 III. ATRIBUCIONES

16 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ATRIBUCIONES 16 De conformidad a lo descrito en el primer párrafo del artículo 28 del Reglamento Interior del Registro y en apego a lo dispuesto en los Artículos 3 penúltimo párrafo, 66, 67 y 69 primer párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública los Titulares de los Órganos Internos de Control tendrán, en el ámbito de la dependencia, de sus Órganos Desconcentrados o Entidad de la Administración Pública Federal en la que sean designados o de la Procuraduría General de la República, las siguientes facultades: I. Titular del Órgano Interno de Control 1. Recibir quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y darles seguimiento; investigar y fincar las responsabilidades a que haya lugar e imponer las sanciones respectivas, en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades, con excepción de las que conozca la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial; determinar la suspensión temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así conviene a la conducción o continuación de las investigaciones, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento aludido y, en su caso, llevar a cabo las acciones que procedan conforme a la ley de la materia, a fin de garantizar el cobro de las sanciones económicas que se llegue a imponer a los servidores públicos con motivo de la infracción cometida; 2. Calificar los pliegos preventivos de responsabilidades que formulen las dependencias, las entidades y la Procuraduría, así como la Tesorería de la Federación, fincando, cuando proceda, los pliegos de responsabilidades a que haya lugar o, en su defecto, dispensar dichas responsabilidades, en los términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento, salvo los que sean competencia de la Dirección General mencionada en la fracción anterior; 3. Dictar las resoluciones en los recursos de revocación que interpongan los servidores públicos y de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de las inconformidades previstas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como en contra de aquellas resoluciones de los titulares de las áreas de responsabilidades que impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas; 4. Realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario, así como expedir las copias certificadas de los documentos que obren en los archivos del órgano interno de control; 5. Implementar el sistema integral de control gubernamental y coadyuvar a su debido funcionamiento; proponer las normas y lineamientos con un enfoque preventivo y analizar y mejorar los controles que al efecto se requieran y vigilar el cumplimiento de las normas de control que expida la Secretaría, así como aquellas que regulan el funcionamiento de la dependencia o entidad correspondiente o de la Procuraduría; 6. Programar, ordenar y realizar auditorias, investigaciones, inspecciones o visitas de cualquier tipo; informar periódicamente a la Secretaría sobre el resultado de las acciones de control que hayan realizado y proporcionar a ésta la ayuda necesaria para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, así como apoyar, verificar y evaluar las acciones que coadyuven a promover la

17 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 17 mejora administrativa de las dependencias, las entidades y la Procuraduría y alcanzar los logros propios del buen gobierno; 7. Recibir, tramitar y dictaminar las solicitudes de indemnización de los particulares relacionadas con servidores públicos de la dependencia o entidad de que se trate o de la Procuraduría; 8. Coordinar la formulación de los proyectos de programas y presupuesto del órgano interno de control correspondiente y proponer las adecuaciones que requiera el correcto ejercicio del presupuesto; 9. Denunciar ante las autoridades competentes, por sí o por conducto del servidor público del propio Órgano Interno de Control que el Titular de éste determine expresamente en cada caso, los hechos de que tengan conocimiento y que puedan ser constitutivos de delitos o, en su defecto, instar al área jurídica respectiva a formular las querellas a que haya lugar, cuando las conductas ilícitas requieran de este requisito de procedibilidad; 10. Requerir a las unidades administrativas de la dependencia o entidad que corresponda o la Procuraduría la información necesaria para cumplir con sus atribuciones y brindar la asesoría que les requieran en el ámbito de sus competencias; 11. Llevar a cabo programas específicos tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los servidores públicos de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría, y 12. Las demás que las disposiciones legales y administrativas les confieran y las que les encomienden el Secretario y el Coordinador General de Órganos de Vigilancia y Control. II. Titulares de las Áreas de Responsabilidades: 1. Citar al presunto responsable e iniciar e instruir el procedimiento de investigación, a fin de determinar las responsabilidades a que haya lugar e imponer, en su caso, las sanciones aplicables en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades y determinar la suspensión temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así conviene para la conducción o continuación de las investigaciones, de conformidad con lo previsto en el referido ordenamiento; 2. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos; 3. Dictar las resoluciones en los recursos de revocación interpuestos por los servidores públicos respecto de la imposición de sanciones administrativas, así como realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario;

18 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL Recibir y resolver las inconformidades interpuestas por los actos que contravengan lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y realizar, cuando lo considere conveniente, investigaciones de oficio a partir de las inconformidades de que haya conocido, en los términos de dichos ordenamientos, con excepción de aquellas que deba conocer la Dirección General de Inconformidades por acuerdo del Secretario; 5. Tramitar y resolver los procedimientos administrativos correspondientes e imponer las sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas e informar a la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal sobre el estado que guarde la tramitación de los expedientes de sanciones que sustancie, con excepción de los asuntos de que aquélla conozca; 6. Instruir los recursos de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de inconformidades, así como en contra de las resoluciones por las que se impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de las leyes de la materia y someterlos a la resolución del Titular del Órgano Interno de Control; 7. Auxiliar al Titular del Órgano Interno de Control en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en materia de responsabilidades, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera, y 8. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomienden el Secretario y el Titular del Órgano Interno de Control correspondiente; III. Titulares de las Áreas de Auditoría: a) De Auditoría Interna: 1. Realizar por sí o en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría o con aquellas instancias externas de fiscalización que se determine, las auditorias y revisiones que se requieran para verificar la eficacia, economía y eficiencia de las operaciones de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, la confiabilidad de su información financiera y operacional y el debido cumplimiento de las leyes, reglamentos y políticas aplicables; 2. Vigilar la aplicación oportuna de las medidas correctivas y recomendaciones derivadas de las auditorias o revisiones practicadas, por sí o por las diferentes instancias externas de fiscalización; 3. Requerir a las unidades administrativas de las dependencias, las entidades y la Procuraduría la información, documentación y su colaboración para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones; 4. Proponer al Titular del Órgano Interno de Control las intervenciones que en la materia se deban incorporar al Programa Anual de Trabajo;

19 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL Auxiliar al Titular del Órgano Interno de Control en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en la materia, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera; 6. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos, y 7. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomienden el Secretario y el Titular del Órgano Interno de Control correspondiente; b) De Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno: 1. Verificar el cumplimiento de las normas de control que emita la Secretaría, así como elaborar los proyectos de normas complementarias que se requieran en materia de control; 2. Evaluar la suficiencia y efectividad de la estructura de control interno establecido, informando periódicamente el estado que guarda; 3. Efectuar la evaluación de riesgos que puedan obstaculizar el cumplimiento de las metas y objetivos de las dependencias, las entidades y la Procuraduría; 4. Promover en el ámbito de las dependencias, las entidades y la Procuraduría el establecimiento de pronunciamientos de carácter ético, así como de programas orientados a la transparencia y el combate a la corrupción e impunidad; 5. Proponer al titular del órgano interno de control las intervenciones que en materia de evaluación y de control se deban integrar al Programa Anual de Trabajo; 6. Impulsar y dar seguimiento a la elaboración e implementación de un programa de desarrollo administrativo integral en las dependencias, las entidades y la Procuraduría, con base en las líneas estratégicas que emita la Secretaría; así como elaborar y presentar los reportes periódicos de resultados de las acciones de mejora que deriven del referido programa; 7. Promover y verificar en el ámbito de las dependencias, las entidades y la Procuraduría el establecimiento de acciones que coadyuven al mejoramiento y desarrollo administrativo de gestión, conforme a las líneas estratégicas en materias de simplificación, mejora regulatoria interna, profesionalización del servicio público y el incremento de la productividad que emita la Secretaría; 8. Dar seguimiento a las acciones que implementen las dependencias, las entidades y la Procuraduría para la mejora de sus procesos, a fin de apoyarlas en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos con un enfoque preventivo y brindarles asesoría en materia de desarrollo administrativo; 9. Promover el fortalecimiento de una cultura de control al interior de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, a fin de asegurar en mayor grado el cumplimiento de la normatividad, metas y objetivos;

20 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL Auxiliar al Titular del Órgano Interno de Control en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en la materia, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos, y 11. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran, así como las que le encomiende el Secretario y el Titular del Órgano Interno de Control correspondiente. 12. Cuando en un Órgano Interno de Control no coexistan el Titular del Área de Auditoría Interna y el de Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno, el servidor público que se desempeñe como Titular del Área de Auditoría ejercerá la totalidad de las atribuciones establecidas en la presente fracción. IV. Titulares de las Áreas de Quejas: 1. Coadyuvar en la recepción de quejas y denuncias que se formulen por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, llevando a cabo las investigaciones para efectos de su integración y turno al área de responsabilidades, cuando así proceda y realizar el seguimiento del procedimiento disciplinario correspondiente hasta su resolución, así como promover, captar, gestionar y dar seguimiento a las peticiones sobre los trámites y servicios que presente la ciudadanía y a los programas en materia de atención ciudadana que deriven del Plan Nacional de Desarrollo, de conformidad con las políticas y lineamientos que emita la Secretaría; 2. Coadyuvar en la promoción, implementación y seguimiento de mecanismos e instancias de participación ciudadana para el cumplimiento de estándares de servicio, así como en el establecimiento de indicadores para la mejora de trámites y prestación de servicios en las dependencias, entidades y la Procuraduría, conforme a la metodología que al efecto se emita; 3. Conocer previamente a la presentación de una inconformidad, las irregularidades que a juicio de los interesados se hayan cometido en los procedimientos de adjudicación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como respecto de la obra pública que lleven a cabo las dependencias, las entidades o la Procuraduría, a efecto de que las mismas se corrijan cuando así proceda; 4. Auxiliar al Titular del Órgano Interno de Control en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en la materia, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera; 5. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos, y 6. Las demás que les atribuya expresamente el Secretario y el Titular del Órgano Interno de Control correspondiente

21 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 21 IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA

22 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 22 ESTRUCTURA ORGÁNICA 1. Titular del Órgano Interno de Control 1.1. Titular del Área de Auditoría Interna y Titular del Área de Auditoría de Control, Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno Subdirección de Auditoría a Oficinas Centrales Departamento de Auditoría Específica Departamento de Auditoría Integral Subdirección de Auditoría a Delegaciones Departamento de Auditoría a Delegaciones Zona I y II Departamento de Auditoría a Delegaciones Zona III y IV Subdirección de Evaluación, Control y Seguimiento Departamento de Control y Evaluación Departamento de Desarrollo Administrativo 1.2. Titular del Área de Responsabilidades y Titular del Área de Quejas Subdirección de Responsabilidades e Inconformidades Departamento de Procedimientos Administrativos e Inconformidades Subdirección de Quejas, Denuncias y Atención Ciudadana Departamento de Quejas y Denuncias

23 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 23 V. ORGANIGRAMA

24 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 24

25 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 25 VI. OBJETIVOS Y FUNCIONES

26 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL Titular del Órgano Interno de Control Objetivo: 26 Coadyuvar para que la operación del Registro (RAN) se apegue a las políticas y lineamientos correspondientes para el cumplimiento de metas y objetivos establecidos; prevenir, determinar y abatir incumplimientos de las obligaciones; promover la Transparencia y el apego a la legalidad de los servidores públicos mediante la tramitación de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas; programar auditorias y revisiones de control que promuevan la mejora administrativa; establecer procedimientos administrativos de responsabilidades; asegurar la atención a las inconformidades derivadas de procesos licitatorios y proponer el uso eficiente de los recursos públicos. Funciones: Organizar y dirigir la verificación a la aplicación de las políticas, procedimientos y estrategias de operación conforme a las normas y directrices que fije el Titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP) en materia de control, fiscalización y evaluación, atención de quejas, responsabilidades e inconformidades. Coadyuvar a la gestión institucional, mediante la realización de las auditorias y revisiones de control y dirigir la verificación al cumplimiento de las normas y disposiciones aplicables, en lo correspondiente a los sistemas de control y el ejercicio del presupuesto autorizado en las unidades administrativas del RAN. Dirigir para que el ejercicio y destino de los recursos de que disponen las diversas áreas del RAN, se ajuste a las disposiciones legales y administrativas establecidas. Evaluar el cumplimiento de los programas y proyectos especiales en que participen las unidades administrativas del RAN. Evaluar a través de diversos mecanismos, la información generada por las unidades administrativas del RAN, a fin de proponer adecuaciones y/o correcciones para el mejoramiento de su operación en el marco de la vertiente preventiva de control. Dirigir la elaboración del Programa Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control, presentarlo ante la SFP y gestionar su registro ante ésta, de conformidad con los lineamientos y criterios emitidos. Evaluar los resultados que se obtengan en la ejecución del Programa Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control, a efecto de proponer las medidas necesarias para mejorar el desempeño de las unidades administrativas del RAN. Confirmar el cumplimiento oportuno de la instauración de medidas preventivas y correctivas determinadas en auditorias, así como de las acciones de mejora derivadas de las revisiones de control y de las propuestas para coadyuvar al mejoramiento del desempeño de las unidades administrativas del RAN.

27 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 27 Coordinar la recepción y turnar para su atención las peticiones y sugerencias de los particulares sobre el trámite y mejoramiento de los servicios a cargo del RAN. Organizar y dirigir las acciones de promoción y asesoría al RAN, para la implantación de la Agenda del Buen Gobierno. Organizar, dirigir y controlar la promoción y seguimiento de las acciones que se lleven a cabo para el cumplimiento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento en el RAN, de conformidad con la normatividad emitida por la SFP. Presentar las denuncias o querellas respectivas, en caso de detectar conductas delictuosas en los términos de lo previsto en la legislación en materia de responsabilidades de los servidores públicos y demás disposiciones legales aplicables. Acordar el inicio del procedimiento administrativo así como el cierre de instrucción previsto en la legislación en materia de responsabilidades de los servidores públicos. Acordar el fincar de responsabilidades y, en su caso, imponer las sanciones que correspondan conforme a lo previsto en la legislación en materia de responsabilidades de los servidores públicos, a fin de garantizar el cobro de las sanciones económicas que se impongan a los servidores públicos derivado de su actuación. Instruir y resolver los recursos de revocación o medios impugnativos que procedan y hagan valer los servidores públicos del RAN adscritos, respecto de las resoluciones por las que se impongan sanciones administrativas en su contra. Conocer previamente a la presentación de una inconformidad, de las irregularidades que a juicio de los interesados, se hayan cometido en los procedimientos de adjudicación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, a efecto de que las mismas se corrijan cuando así proceda. Dictar las resoluciones en los recursos de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de las inconformidades previstas en las Leyes de: Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas. Organizar y dirigir el Sistema de Atención Ciudadana, a fin de recibir las quejas y denuncias que se presenten en contra de los servidores públicos del RAN, por incumplimiento de las obligaciones o inobservancia de la legislación aplicable en materia de responsabilidades de los servidores públicos. Dirigir y evaluar las investigaciones que se realicen como apoyo en la atención y trámite de quejas, denuncias, inconformidades o auditorias sobre los actos de los servidores públicos presuntos responsables del RAN. Dirigir, controlar y evaluar la participación del Órgano Interno de Control en los Comités y Subcomités establecidos de acuerdo a la normatividad y en los actos que de éstos se deriven, así como en las actas administrativas de entrega - recepción de servicios y actas administrativas de entrega - recepción de cargos de servidores públicos que llevan a cabo las unidades administrativas del RAN.

28 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 28 Dirigir y controlar la asesoría a las unidades administrativas del RAN, en la aplicación de las disposiciones normativas en las diversas materias que lo regulan. Expedir cuando proceda, certificaciones de documentos que obren en los archivos del Órgano Interno de Control. Coadyuvar al cumplimiento de los indicadores del Modelo Integral de Desempeño de Órganos de Vigilancia y Control (MIDO). Dirigir, controlar y evaluar la integración del anteproyecto de presupuesto del Órgano Interno de Control, así como el ejercicio del presupuesto aprobado. Dirigir, coordinar y controlar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros autorizados al Órgano Interno de Control para su adecuado funcionamiento. Atender las demás funciones que otras disposiciones reglamentarias, administrativas y la superioridad le confieran, afines a las que anteceden.

29 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 29 Titular del Área de Auditoría Interna y Titular del Área de Auditoría de Control, Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno Objetivo: Planear, coordinar y supervisar la ejecución del Plan Anual de Trabajo (PAT) de acuerdo con la normatividad, políticas y procedimientos establecidos por la Secretaría de la Función Pública (SFP), para comprobar la razonabilidad de las operaciones del Órgano Desconcentrado, evaluar los procesos de las mismas y contribuir a una gestión honesta de los servidores públicos, así como al uso eficiente y transparente de los recursos. Asesorar con carácter preventivo a todas las áreas del RAN, fortaleciendo el control interno mediante una adecuada evaluación y administración de los riesgos, conforme a la normatividad y lineamientos establecidos, proponiendo acciones de mejora que coadyuven a la optimización de los procesos para alcanzar las metas y objetivos comprometidos. Funciones: Proponer al Titular del Órgano Interno de Control, las auditorias y revisiones de control que en el ámbito de su competencia se deban incluir en el Programa Anual de Trabajo. Analizar la información relevante de las áreas, sistemas y procesos operativos, con el objeto de vigilar los programas institucionales que representen mayor riesgo, evaluando a través de estándares predeterminados el desarrollo de las metas del RAN e informar al Titular del Órgano Interno de Control sobre los asuntos de mayor relevancia. Coordinar acciones con las Subdirecciones de Auditoría a Oficinas Centrales y a Delegaciones, a efecto de realizar auditorias específicas, integrales, de desempeño y técnicas; con la Subdirección de Evaluación, Control y Seguimiento para llevar a cabo las revisiones de control que se requieran; con el propósito de verificar y apoyar la eficacia, economía y eficiencia de las operaciones del Órgano Desconcentrado y el debido cumplimiento de las disposiciones jurídico-administrativas. Comunicar al Titular del Órgano Interno de Control sobre los resultados determinados como consecuencia de las auditorias y revisiones de control llevadas a cabo en las distintas unidades administrativas a efecto de promover el desarrollo e implementación de políticas, normas y procedimientos que coadyuven a mejorar el control interno en la ejecución de las actividades del RAN. Analizar conjuntamente con el Titular del Órgano Interno de Control, el contenido de los informes de auditoría y proponer a las instancias competentes las acciones que sean pertinentes. Vigilar la aplicación oportuna y el seguimiento de las medidas correctivas y preventivas derivadas de las auditorias practicadas, así como las determinadas por otras instancias fiscalizadoras, y su registro en el Sistema de Información Periódica de la Secretaría de la Función Pública. Coordinar acciones con el Titular del Órgano Interno de Control y dar vista de las investigaciones y auditorias que se hubieren practicado, y remitir los expedientes si se detectan presuntas

30 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 30 responsabilidades de los servidores públicos, para la imposición y aplicación de sanciones en los términos de las disposiciones legales aplicables. Comunicar al personal adscrito a las áreas de Auditoría la normatividad que emitan las unidades administrativas del RAN, para el cumplimiento de sus funciones, así como la que generen las diferentes instancias gubernamentales; con el objeto de que sean observadas por parte de los servidores públicos. Apoyar al Titular del Órgano Interno de Control a contribuir con el Control y Evaluación Gubernamental a través del Comité de Control y Auditoría a efecto de revisar periódica y oportunamente aspectos relacionados con la programación y presupuestación; la solventación de observaciones y acciones de mejora derivadas de la práctica de auditorias y de revisiones de control; el seguimiento de acuerdos del propio comité; los programas de fomento al ahorro, los avances en materia de modernización y desarrollo administrativo, y el cumplimiento de las medidas adoptadas en materia de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria, entre otros. Requerir a las unidades administrativas del RAN, la información necesaria para cumplir con sus atribuciones, y brindar la asesoría que le requieran en el ámbito de su competencia. Coordinar acciones con el Titular del Órgano Interno de Control, para vigilar el cumplimiento de las disposiciones que regulan los actos de Entrega-Recepción de los Servidores Públicos que se separen de su empleo, cargo o comisión, en los casos que se estimen pertinentes. Representar, en su caso, al Titular del Órgano Interno de Control en calidad de asesor con derecho a voz, pero no a voto, en las reuniones de los comités que se integren en el RAN. Supervisar y verificar el oportuno apoyo que requieran los Órganos Externos de Fiscalización para el desahogo de auditorias al RAN o al Órgano Interno de Control. Coordinar acciones con el Titular del Órgano Interno de Control y opinar previamente a su expedición, sobre los lineamientos que desarrollan las unidades administrativas del RAN en materia de control de acuerdo con sus atribuciones, para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de las disposiciones emitidas por las dependencias normativas y de Sector, así como las del propio Órgano Fiscalizador. Formular el programa de capacitación del personal adscrito al OIC, con el propósito de incrementar la productividad del área en coordinación con la Secretaría de la Función Pública y en cumplimiento al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Participar en los Comités y/o Subcomités que le sean designados por la superioridad. Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba de la Secretaría de la Función Pública. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las certificaciones de los documentos que obren en sus archivos. Atender las demás funciones que otras disposiciones reglamentarias, administrativas y la superioridad le confieran, afines a las que anteceden.

31 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 31 Subdirección de Auditorias a Oficinas Centrales Objetivo: Coordinar la elaboración del Programa Anual de Trabajo (PAT) y supervisar las auditorias programadas, correspondientes a la Subdirección, para asegurar el cumplimiento de la normatividad por parte de las áreas auditadas e informar los resultados obtenidos a la Secretaría de la Función Pública. Funciones: Coordinar acciones con el Titular del Área de Auditoría y participar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo respecto a las auditorias correspondiente. Difundir entre el personal adscrito a la Subdirección de Auditoría a Oficinas Centrales la normatividad que emita tanto la propia Dependencia como las diferentes instancias gubernamentales que regulen las operaciones de la Institución. Revisar los programas de trabajo de las auditorias a ejecutarse, con base en los lineamientos que norman la auditoría pública. Coordinar acciones con las Jefaturas de Departamento de Auditoría Integral y Específica, a efecto de dar inicio a las auditorias programadas y dar cabal cumplimiento al Programa Anual de Trabajo. Supervisar, analizar y evaluar los trabajos de auditoría, así como el informe de resultados y las observaciones determinadas, para informar al superior jerárquico de los asuntos de relevancia, y comentar con los Titulares de las áreas auditadas, el grado de cumplimiento de la normatividad. Coordinar el seguimiento de la implementación de las recomendaciones establecidas en las observaciones, para solventación de las mismas, tanto de las determinadas por el área de Auditoría Interna, como las de otras instancias fiscalizadoras. Supervisar los reportes remitidos a la Secretaría de la Función Pública mediante el Sistema de Información Periódica relativos a los resultados de las auditorias realizadas y del seguimiento de observaciones; así como de la información presupuestal. Coordinar acciones con el área de responsabilidades, para la elaboración de informes de presunta responsabilidad. Proporcionar a la Subdirección de Evaluación, Control y Seguimiento, la información en materia de auditorias que se requiera, para integrar al Sistema de Administración del Comité de Control y Auditoría, y la del Sistema de índices del Comité de Información requerida por el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI); en apego a la normatividad establecida. Asesorar a las diferentes áreas del Registro cuando así lo requieran, para dar cumplimiento a la normatividad que lo rige.

32 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 32 Coordinar las actividades extraordinarias que no reúnen requisitos de una auditoría, que requiera la Secretaría de la Función Pública u otras instancias internas como externas. Auxiliar al Titular de las Áreas de Auditoría en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en la materia; así como, solicitar la documentación y/o información requerida para el cumplimiento de sus funciones. Proporcionar al área de responsabilidades actas administrativas que hacen constar hechos que se derivan de las auditorias que se practican y que ameriten fincar la posible responsabilidad de los servidores públicos. Apoyar oportunamente a los Órganos Externos de Fiscalización para el desahogo de auditorias. Participar en la elaboración de los programas de capacitación y actualización de la Subdirección y vigilar su cumplimiento. Comprobar que los actos de entrega-recepción de los servidores públicos que se separen de su empleo, se lleven a cabo de conformidad con la normatividad establecida. Participar en los Comités y/o Subcomités que le sean designados por la superioridad. Analizar el comportamiento del presupuesto tanto del Registro como del Órgano Interno de Control, para detectar posibles irregularidades en su ejercicio. Atender las demás funciones que otras disposiciones reglamentarias, administrativas y la superioridad le confieran, afines a las que anteceden.

33 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 33 Departamento de Auditoría Específica Funciones: Participar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo (PAT) en lo que corresponde a las auditorias específicas a oficinas centrales. Determinar y desarrollar los programas de trabajo específicos de cada una de las auditorias, en coordinación con el personal encargado de la realización de las mismas. Cumplir con los lineamientos que emite la Secretaría de la Función Pública para la realización de las auditorias. Revisar los papeles de trabajo derivados de las auditorias, para comprobar que éstos sean elaborados conforme a las normas y procedimientos de auditoría. Formular y comunicar a la Subdirección de Auditoría a Oficinas Centrales, el informe de resultados y las observaciones determinadas en las auditorias específicas, para comentar con las áreas auditadas el nivel de cumplimiento de la normatividad. Analizar los informes generados como resultado de las auditorias específicas llevadas a cabo, con el propósito de dar a conocer a las diferentes instancias los hallazgos determinados. Dar seguimiento a la implementación de las recomendaciones derivadas de las observaciones de las auditorias, para la solventación de las mismas. Solicitar en caso de ser necesario la asesoría del área de responsabilidades, sobre los preceptos legales que repercuten directamente en el fundamento de las observaciones que se plasmen en el informe de auditoría. Elaborar informes de presunta responsabilidad, cuando procedan. Integrar trimestralmente la información de las auditorias específicas que se requiera para su incorporación en el Sistema de Información Periódica. Auxiliar al Subdirector de Auditoría a Oficinas Centrales en la formulación de requerimientos de información y/o documentación requerida en el ámbito de su competencia. Participar en los Comités y/o Subcomités que le sean designados por la superioridad. Desarrollar las actividades extraordinarias que no reúnen requisitos de una auditoría, que requieran instancias internas o externas diferentes a la Secretaría de la Función Pública. Atender las demás funciones que otras disposiciones reglamentarias, administrativas y la superioridad le confieran, afines a las que anteceden.

34 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 34 Departamento de Auditoría Integral Funciones: Participar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo (PAT) en lo correspondiente a las auditorias integrales. Determinar y desarrollar los programas de trabajo específicos de cada una de las auditorias integrales en coordinación con el personal encargado de la realización de las mismas. Cumplir con los lineamientos que emite la Secretaría de la Función Pública para la realización de las auditorias. Verificar y revisar los papeles de trabajo derivados de las auditorias, para comprobar que éstos sean elaborados conforme a las normas y procedimientos de auditoría. Formular y comunicar a la Subdirección de Auditoría a Oficinas Centrales, el informe de resultados y las observaciones determinadas en las auditorias, para comentar con las áreas auditadas el nivel de cumplimiento de la normatividad. Analizar los informes generados como resultado de las auditorias integrales llevadas a cabo con el propósito de dar a conocer a las diferentes instancias los hallazgos determinados. Dar seguimiento a la implementación de las recomendaciones derivadas de las observaciones de las auditorias, para la solventación de las mismas. Solicitar en caso de ser necesario la asesoría del área de responsabilidades, sobre los preceptos legales que repercutirán directamente en el fundamento de las observaciones que se plasmen en el informe de auditoría. Elaborar informes de presunta responsabilidad, cuando procedan. Integrar trimestralmente la información de las auditorias integrales que se requiera para su incorporación en el Sistema de Información Periódica. Proporcionar la información requerida a la Subdirección de Auditoría a Oficinas Centrales para la integración al Sistema de Administración del Comité de Control y Auditoría y la requerida por el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI). Auxiliar a la Subdirección de Auditoría a Oficinas Centrales en la formulación de requerimientos de información y/o documentación requerida en el ámbito de su competencia. Revisar la documentación soporte de los gastos de comunicación social y el ejercicio del presupuesto del Órgano Interno de Control. Participar en los Comités y/o Subcomités que le sean designados por la superioridad.

35 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 35 Desarrollar las actividades extraordinarias que no reúnen requisitos de una auditoría, que requieran instancias internas o externas diferentes a la Secretaría de la Función Pública. Atender las demás funciones que otras disposiciones reglamentarias, administrativas y la superioridad le confieran, afines a las que anteceden.

36 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL 36 Subdirección de Auditoría a Delegaciones Objetivo: Participar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo (PAT) y supervisar las auditorias técnicas programadas, correspondientes a la Subdirección, para asegurar el cumplimiento de la normatividad por parte de las áreas auditadas en las Delegaciones Estatales del Registro, e informar los resultados obtenidos a la Secretaría de la Función Pública. Funciones: Participar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo respecto a las auditorias técnicas a Delegaciones Estatales del RAN. Coordinar acciones con el Titular del Área Auditoría Interna, a efecto de dar inicio a las auditorias técnicas programadas. Difundir entre el personal adscrito a la Subdirección de Auditoría a Delegaciones la normatividad que emita tanto la propia Dependencia como las diferentes instancias gubernamentales que regulen las operaciones de la institución. Revisar los programas de trabajo de las auditorias técnicas a ejecutarse en las delegaciones estatales, con base a los lineamientos que normen la auditoría pública. Coordinar acciones con las Jefaturas de Departamento de Auditoría a Delegaciones Zona I, II, y III, IV; a efecto de dar inicio a las auditorias técnicas programadas y dar cabal cumplimiento al Programa Anual de Trabajo. Supervisar que se cumpla adecuadamente con los trabajos de las auditorias técnicas y vigilar la actuación del auditor en las delegaciones estatales. Supervisar los informes ejecutivos de auditoría y las observaciones, así como participar en el momento en que se comente el informe detallado con los responsables de las Delegaciones Estatales y áreas auditadas. Coordinar las auditorias de seguimiento que se realizan para verificar el cumplimiento a la implementación de las medidas preventivas y correctivas por parte de las Delegaciones. Supervisar los reportes remitidos a la Secretaría de la Función Pública, mediante el Sistema de Información Periódica, relativos a los resultados de las auditorias técnicas realizadas y del seguimiento de observaciones. Programar mecanismos de control que permitan evaluar los trabajos de auditoría en delegaciones durante y posterior a su ejecución, así como los respectivos para la evaluación y seguimiento en la aplicación de las medidas correctivas y preventivas para la solventación de las observaciones determinadas en la práctica de las auditorias técnicas.

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