ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA DIEZ DE ENERO DE

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1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA DIEZ DE ENERO DE ASISTENTES: PRESIDENTE D. Leocadio Marín Rodríguez CONCEJALES. -Dª. Mª Dolores Marín Torres -D. Bartolomé Cruz Sánchez. -D. Rodrigo Checa Lorite. -Dª. Juana Ruiz Ortega. -Dª. María Ortega Ortega. AUSENTES: SECRETARIO General: D. Víctor Castilla Penalva INTERVENTOR/A:... En la ciudad de Baeza, siendo las trece horas del día diez de enero del año dos mil catorce, se reúnen en Sala de Juntas del Excmo. Ayuntamiento, los señores arriba indicados, para celebrar sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, a la que habían sido convocados con la antelación suficiente, y a la que asisten los anteriormente relacionados, para tratar los asuntos del Orden del día siguientes: ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR: Lectura y aprobación, si procede. 2.- Licencias de obras, de actividad y calificaciones ambientales. 3.- Proyectos de obra 4.- Asuntos económicos 5.- Aprobación documentación relacionada con petición de subvenciones 6.- Solicitudes, escritos, peticiones y expedientes. 7.- Urgencias -1-

2 1º. -ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR: Lectura y aprobación, si procede. Abierta la sesión, por la Presidencia se pregunta si hay alguna observación que formular al acta de la sesión de 20 de diciembre de 2013, y resultando que no, la Junta de Gobierno Local por unanimidad aprobó el borrador del acta, quedando elevado a la condición de acta, para su transcripción al libro correspondiente de las sesiones de la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento. 2º.- LICENCIAS DE OBRAS, DE ACTIVIDAD Y CALIFICACIONES AMBIENTALES. 2º-A. - LICENCIAS DE OBRAS. -Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el Alcalde tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. -Resultando que por Resolución de se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias. -Vistos los informes favorables técnicos y jurídicos, y sus condicionantes, que se determinan en cada expediente. - Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. - Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en los expedientes de su razón y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros ( Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955). La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Las licencias urbanísticas de las obras e instalaciones y usos que seguidamente -2-

3 se reseñan (con los condicionantes establecidos en los informes de las mismas), si bien su virtualidad requerirá el previo pago de los tributos correspondientes y el depósito de la fianza que se concreta en el expediente de cada obra, y que cuando esta esté destinada a instalación que precise de licencia de legalización, apertura o funcionamiento de actividad, la obtención previa de la misma a la construcción. SEGUNDO.- Comunicar a los interesados desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. La liquidación definitiva correspondiente, según lo autoliquidado en cuanto se refiere al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, con referencia al presupuesto de ejecución material a continuación determinado en el expediente de cada obra. 2.b. La condiciones que se indican en los en los informes del expediente de cada obra. 2.c. El régimen de recursos. -1 Nº Expediente: 337/2008 SOLICITANTE: D. MARTÍN PALOMERES RENTERO Domicilio de notificación: Acera de la Trinidad, 16-3º. Actuación solicitada: -Reformado de proyecto de ejecución de un edificio de dos viviendas y local (antes tres viviendas, local y trastero). - Reformado de plano de alzados. Emplazamiento de la Acera de la Trinidad, 44, esquina C/Santa Ana Egido. obra: Condiciones: Conforme a informes Presupuesto: PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: INFORMES: Vistos los informes favorables y sus condicionantes obrantes en el expediente, informe técnico municipal de fecha 26 de diciembre de 2013 y jurídico de fecha 8 de enero de Observaciones: Procede conceder la licencia urbanística solicitada en los términos del informe técnico municipal de fecha 26 de diciembre de Nº Expediente: 157/2012 SOLICITANTE: Dª IRENE CRUZ GARCÍA Domicilio de notificación: C/Blas Infante, 9. ÚBEDA. -3-

4 Nº Expediente: 157/2012 Actuación solicitada: Reformado de proyecto básico y de ejecución de una vivienda unifamiliar aislada en Sector SUO-LY-SE11 (Parcela 11) LA YEDRA. Emplazamiento de la C/Vallezuelo, 12. LA YEDRA. obra: Condiciones: Conforme a informes Presupuesto: PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: El reformado supone aumento de presupuesto de ejecución material equivalente a ,60 INFORMES: Vistos los informes favorables y sus condicionantes obrantes en el expediente, informe técnico municipal y jurídico, ambos de fecha 8 de enero de Observaciones: Procede conceder la licencia urbanística solicitada en los términos del informe técnico municipal de fecha 8 de enero de B.- CALIFICACIÓN AMBIENTAL y LICENCIA DE OBRAS. -Resultando que en virtud del artículo 21.1.q y 21.1.s., de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el Alcalde tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias; y Las demás que expresamente le atribuyan la leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales. -Resultando que por Resolución de 7-julio-11 se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias de obras mayores y calificación ambiental. -Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. -Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. -Visto informe favorable del Ingeniero Técnico Industrial Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Baeza de fecha 20 de diciembre de 2013, que literalmente dice: -4-

5 1.-El emplazamiento de la actividad SI está de acuerdo con lo dispuesto en el Plan General de Ordenación Urbana de Baeza. 2.- En la misma zona o en sus proximidades SI existen otras actividades análogas que pueden producir efectos aditivos o acumulativos. 3.- La actuación de IMPRESIÓN Y PRODUCCIÓN DE PUBLICIDAD se encuentra entre la incluidas en el Anexo I de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley 7/2007, de 9 de julio, Boja ), apartados CA, por lo que debe someterse al trámite de Calificación Ambiental al objeto de comprobar su adecuación a la normativa ambiental vigente y determinar las medidas correctoras o precautorias necesarias para prevenir o compensar sus posibles efectos negativos sobre el medio ambiente, de acuerdo con el Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental. 4.- El proyecto técnico y la documentación complementaria contempla la ejecución de las instalaciones y medidas correctoras que resultan necesarias a los efectos indicados. 5.- Además de lo anterior, se dará cumplimiento de los condicionantes que a continuación se expresan: -Superficie total: 400,16 m2. -Carga de fuego: 300 MJ/m2 riesgo bajo 1. -Sistema de protección contra incendios: 4 ud extintor portátil de eficacia mínima 21 A -113 B, a menos de 15 de m de recorrido, 3 ud pulsador manual de alarma de incendios, uno en cada sector de incendios adoptado. Se aportará plano de instalaciones de protección contra incendios indicadas anteriormente. - Deberá de disponer de alumbrado de emergencia en todas las zonas de trabajo: oficina, sala de ordenadores y taller. -Los residuos generados por la actividad deberán de ser entregados a gestor autorizado. -Autorización control de contaminación ambiental por la consejería competente en materia de medio ambiente. - Deberá de aportar documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las instalaciones ejecutadas conforme a su normativa reguladora. 6.- En el plazo de 10 días contados a partir de la fecha de resolución relativa al otorgamiento o denegación de la licencia se comunicará a la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente el resultado del expediente. CONCLUSIÓN: Considerando la normativa urbanística y ambiental vigente y los posibles efectos aditivos o acumulativos, se propone para la actividad solicitada la CALIFICACIÓN AMBIENTAL FAVORABLE, así como la concesión de la licencia urbanística solicitada, con las siguientes

6 CONDICIONES: Para el inicio de la actividad deberá de presentar la siguiente documentación: - Licencia urbanística que faculte para el pretendido destino urbanístico del establecimiento (licencia de utilización). - Certificación suscrita por el director técnico del proyecto en la que se acredite que se ha dado cumplimiento a todas las medidas y condiciones ambientales impuestas en la resolución de Calificación Ambiental y se detallen las mediciones y comprobaciones técnicas realizadas al efecto, así como de las demás condiciones expresadas en el presente informe. Se aportará plano de instalaciones de protección contra incendios. - Copia de la documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las instalaciones ejecutadas conforme a su normativa reguladora. - Certificado energético andaluz del edificio terminado. (Art. 27 del Decreto 169/2011, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Fomento de las Energías Renovables, el Ahorro y la Eficiencia en Andalucía) - Declaración responsable suscrita por el titular de la actividad, en los términos establecidos en la Ordenanza Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el Ejercicio de Actividades Económicas de Baeza (BOP. Número 81, de 26 de abril de 2012). Por todo ello, a juicio del técnico informante, y con las condiciones expresadas en el presente informe, procede la concesión de la licencia solicitada. -Visto el expediente: Nº Expediente: 161/2012 SOLICITANTE: D. DANIEL ESCOBAR MONTORO Domicilio de notificación: C/Córdoba, 3 de Baeza. Actuación solicitada: Proyecto de segregación de nave industrial para división de actividad y modificación al proyecto. Emplazamiento de la C/Río Guadiato, 2, Polígono Industrial la Dehesilla, Baeza. obra: Condiciones: Conforme a informes Presupuesto: PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: 3.788,58 INFORMES: Vistos los informes favorables y sus condicionantes obrantes en el expediente: -Informes técnicos municipales favorables: a) del Ingeniero Técnico Industrial municipal de fecha 20 de diciembre de 2013; b) de la Arquitecta municipal de fecha 26 de diciembre de Informe jurídico favorable, de fecha 8 de enero de

7 Nº Expediente: 161/2012 Observaciones: Procede otorgar a la actividad la CALIFICACIÓN AMBIENTAL FAVORABLE y concender la licencia urbanística solicitada, con las condiciones expresadas en los finformes técnicos con fechas 20 y 26 de diciembre de Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en EL expediente y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros ( Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955). La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Conceder la CALIFICACIÓN AMBIENTAL a las instalaciones proyectadas en el Expediente número 161/2012 de: TITULAR: D. DANIEL ESCOBAR MONTORO ACTUACIÓN: Proyecto de segregación de nave industrial para división de actividad y modificación al proyecto. CLASIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN: Apartado CA del Anexo I de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley 7/2007, de 9 de julio, Boja ) SITUACIÓN: C/Río Guadiato, 2, Polígono Industrial la Dehesilla, Baeza. SEGUNDO- La licencia urbanística de las obras e instalaciones y usos para la actuación con número de expediente 161/2012, de proyecto de segregación de nave industrial para división de actividad y modificación al proyecto, cuyo titular es D. DANIEL ESCOBAR MONTORO, con las condiciones contenidas en los informes técnicos municipales favorables de fechas 20 y 26 de diciembre de 2013; previo pago de los tributos correspondientes. TERCERO.- Comunicar a la parte interesada desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. La liquidación definitiva correspondiente, según lo autoliquidado en cuanto se refiere al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, con referencia al presupuesto de ejecución material determinado en el expediente de obra. 2.b. La condiciones que se indican en los en los informes del expediente de obra. 2.c. El régimen de recursos. -7-

8 2º-C. - LICENCIA DE OBRAS Y LIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA: EXPTE 336/2009. Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el Alcalde tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. Resultando que por Resolución de se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias. -Vistos los informes técnico y jurídico favorables y sus condicionantes, ambos de fecha 7 de enero de 2014 que se determinan en el expediente. - Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. - Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. -Visto informe favorable de la Arquitecta Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Baeza de fecha 7 de enero de 2014, que se indica que: Motivo del reformado: Disminución de la superficie construida del sótano, aumento de superficie de porche, modificación de tabiquería y sustitución del sistema de producción de ACS de colectores solares a caldera de biomasa. Observaciones: El reformado supone un aumento de presupuesto de ejecución material equivalente a 610,73. -Visto el expediente: Nº Expediente: 336/2009 SOLICITANTE: D. PEDRO GUERRERO RODRÍGUEZ Domicilio de notificación: Plaza primero de mayo, 15. ÚBEDA. Actuación solicitada: Proyecto 2º reformado de proyecto de vivienda unifamiliar y garaje. Emplazamiento de la Parcela 23, Urbanización Santander de La Yedra. obra: Condiciones: Conforme a informes -8-

9 Nº Expediente: 336/2009 Presupuesto: PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: El reformado supone un aumento de presupuesto de ejecución material equivalente a 610,73 INFORMES: Vistos los informes favorables obrantes en el expediente, informe técnico municipal y jurídico, ambos de fecha 7 de enero de Observaciones: Procede conceder la licencia urbanística solicitada en los términos del informe técnico municipal favorable de fecha 7 de enero de Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en el expedientes las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros ( Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- La licencia urbanística del expediente número 336/2009, consistente en proyecto de 2º reformado de proyecto de vivienda unifamiliar y garaje, en la Parcela 23, Urbanización Santander de La Yedra, del solicitante D. PEDRO GUERRERO RODRÍGUEZ (con los condicionantes establecidos en los informes de las mismas), previo pago de los tributos correspondientes. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación complementaria por la diferencia entre lo presupuestado inicialmente y lo revisado por informe técnico municipal de fecha 7 de enero de TERCERO.- Comunicar a la parte interesada desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. La liquidación definitiva correspondiente, según lo autoliquidado en cuanto se refiere al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, con referencia al presupuesto de ejecución material determinado con la liquidación complementaria en el expediente de obra. 2.b. La condiciones que se indican en los en los informes del expediente de obra. 2.c. El régimen de recursos. 3º.-PROYECTOS DE OBRA -9-

10 No se presentaron. 4º.- ASUNTOS ECONÓMICOS. No se presentaron. 5.- APROBACIÓN DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON PETICIÓN DE SUBVENCIONES RECTIFICACIÓN DE ERRORES EN PROPUESTA DE OBRAS A INCLUIR EN EL PLAN PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL PARA EL AÑO I-Resultando que la Junta de Gobierno de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 5 de diciembre de dos mil trece, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar y proponer a la Excma. Diputación Provincial que se incluyan en el Plan Provincial de Corporación para el año 2014 las siguientes inversiones: 1.- TERMINACIÓN DEL CONSERVATORIO BARTOLOMÉ RAMOS PAREJA, por importe de: , INTERVENCIÓN EN LA CALLE CONCEPCIÓN, por importe de: , INTERVENCIONES EN PARQUES INFANTILES, por importe de: ,08 II-Resultando que se ha detectado error en el importe de la inversión primera de Terminación del Conservatorio Bartolomé Ramos Pareja y donde dice: ,98, debe poner: III-Resultando que como consecuencia de esta modificación en el tercer acuerdo tomado en la Junta de Gobierno citada de 5 de diciembre, donde dice: Tercero.- Comprometer el gasto de la aportación municipal para las obras, aprobadas en el punto primero, por importe de ,01 euros correspondiente al 10 por 100, ; debe poner: Tercero.- Comprometer el gasto de la aportación municipal para las obras, aprobadas en el punto primero, por importe de ,22 euros correspondiente al 10 por 100,

11 ACTA JGL N" II2OI4 sscnnrtnía ceneral III- Considerando el artículo de la Ley , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, otorga la posibilidad ala administración de rectificar en cualquier momento de of,rcio los errores. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes ACUERDA: Primero- Hace rectificación del citado acuerdo, donde dice:24.708,98, debe poner: ',19 C. Segundo-Hacer rectificación del citado acuerdo donde dice: o'tercero.- Comprometer el gasto de la aportación municipal para las obras, aprobadas en el punto primero, por importe de ,01 euros correspondiente al l0 por 100,... "; debe poner: "Tercero.- Comprometer el gasto de la aportación municipal para las obras, aprobadas en el punto primero, por importe de ,22 euros correspondiente al 10 por " 6.- SOLICITUDES. ESCRITOS. PETICIONES Y EXPEDIENTES No se oresentaron. 7.- URGENCIAS No se presentaron. Y no habiendo más asuntos que tratar, por el Sr. Presidente selevanta la sesión siendo las trece horas y treinta minutos, extendiendo de ella la presente acta es autorizada con la firma del Sr. Presidente v del Sr. Secretario. EL PRESIDENTE La Alcaldesa en funciones r4) f'. EL SEC Fdo. Mu Dolores Marín Torres -11-

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