Diputada ELVIRA LUNA PINEDA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido. Acción Nacional de la XVIII Legislatura Constitucional del Estado de Baja
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- Margarita Murillo Vargas
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1 Diputada ELVIRA LUNA PINEDA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la XVIII Legislatura Constitucional del Estado de Baja California, relativa al 45 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos de la Niñez. Esta Comisión, procedió al estudio y análisis de la Iniciativa de Acuerdo Económico y en cumplimiento de lo anterior, se somete el presente ACUERDO a la consideración del Pleno de este Honorable Congreso, bajo los siguientes; ANTECEDENTES: I.- Con fecha 18 de noviembre del 2004, los integrantes de esta Honorable XVIII Legislatura, recibieron Iniciativa de Acuerdo Económico, relativa al Día Internacional de la Infancia mediante la cual se hace un exhorto a diversas dependencias de gobierno con la finalidad de que fortalezcan y otorguen mayor apoyo a los programas de su competencia en favor de los niños y niñas de Baja California, propuesta realizada por la C. Diputada Elvira Luna Pineda Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. II.- En la sesión ordinaria de la misma fecha, la Directiva del Honorable Congreso del Estado de Baja California, turnó a la Comisión de Derechos Humanos y Equidad, para su estudio, análisis y en su caso, dar el trámite correspondiente. III.- Una vez recibida la Iniciativa de referencia y analizada que fue en todos y cada uno de sus términos, la Comisión que suscribe la estimó procedente, por lo que se realiza el presente acuerdo, bajo el siguiente; ANÁLISIS Y ESTUDIO:
2 a) La autora de la Iniciativa de acuerdo Económico aduce en su exposición de motivos, entre otros aspectos, lo siguiente: Fue el 20 de noviembre de 1959, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas se reunió a fin de proclamar la Declaración de los Derechos del Niño y con la sola idea de reafirmar los derechos universales del niño, por lo que se tomó el 20 de noviembre como el Día Internacional de la Infancia, para conmemorar esta declaración tan importante. En 1959 la asamblea General de las Naciones Unidas al redactar la declaración de los derechos del niño consideró, que éste por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento. Es importante recordar ahora los principios rectores de tan importante declaración: El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en la Declaración y serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia. El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
3 El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular. El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación. El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada. El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.
4 De la misma manera proteccionista la Convención sobre los Derechos de los Niños del 20 de noviembre de 1989 declaró en su artículo tercero que: En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. b) Aspectos Particulares: La iniciativa en estudio pretende exhortar a diversas dependencias de gobierno a fin de que en el ámbito de su competencias realicen diversas acciones a favor de las niñas y niños bajacalifornianos. Una vez realizado el anterior análisis y estudio, a continuación se da cuenta de los razonamientos que llevaron a esta Comisión a proponer la viabilidad de la Iniciativa de acuerdo económico, que se expone en los siguientes CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Tal y como lo manifiesta la autora de la Iniciativa, uno de los efectos más importantes de la Convención Internacional sobre los Derechos del niño es precisamente la consolidación del principio del interés superior de la infancia, el cual implica que las políticas, acciones y toma de decisiones, relacionadas con este periodo de la vida humana, tendrán que realizarse de tal manera que, en primer término, se busque el beneficio directo del niño o de la niña a quien van dirigidas, o bien, de la niñez en general cuando se trate de políticas públicas generales.
5 SEGUNDO: En nuestro estado de Baja California los niños y niñas debe ser una prioridad, pues ellos son el futuro de nuestra sociedad. TERCERO: El aseguramiento de la dignidad en su calidad de vida es en parte responsabilidad del poder público. CUARTO: La salud en los niños y niñas bajacalifornianas debe ser una prioridad en los programas gubernamentales, por lo que es necesario crear mas programas preventivos de salud a favor de ellos. QUINTO: Es pertinente subrayar que el derecho a la educación una base indispensable para el sano desarrollo intelectual de la niñez, por lo que su importancia hace necesario el fortalecimiento de los programas educativos existentes en el estado. SEXTO: Que la Iniciativa planteada tiene por objetivo atender los requerimientos de los niños y niñas bajacalifornianos Por lo anteriormente expuesto la Comisión que suscribe somete a la consideración de esta Honorable Asamblea de la XVIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Se considera viable la iniciativa de acuerdo económico presentada por la Diputada Elvira Luna Pineda para quedar en los siguientes términos: a) Se exhorta al Sistema DIF en el Estado de Baja California a fortalecer, sus programas asistenciales a favor de los niños y niñas. b) Se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado para que en todas las averiguaciones previas en las que se encuentren involucrados niñas o niños
6 en calidad de víctimas u ofendidos por la comisión de delitos, se resuelvan bajo el principio de Supremacía Constitucional de conformidad con el artículo 133 Constitucional y en relación con la Convención de los Derechos de los Niños, bajo la consideración primordial que se atenderá el interés superior de la niñez. c) Se Exhorta al Poder Judicial del Estado, para que en todos los asuntos de su competencia donde se encuentren involucrados niñas o niños, se resuelvan bajo el principio de Supremacía Constitucional de conformidad con el artículo 133 Constitucional y en relación con la Convención de los Derechos de la Niñez, bajo la consideración primordial que se atenderá el interés superior de la niñez. d) Se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a que otorgue especial atención en la observancia del impedimento a niños y niñas en el empleo, a través de los Servicios de Inspección de Normas Laborales que esta realiza. e) Se exhorta al Sistema Educativo Estatal, para que a través de la secretaría de Educación y Bienestar Social vele por una mayor calidad en los programas educativos a favor de la niñez bajacaliforniana. f) Se exhorta a los Ayuntamientos del Estado de Baja California a otorgar mayor apoyo a los Patronatos DARE a fin de que puedan alcanzar a un mayor número de niñas y niños para inculcar valores contra la drogadicción. Así mismo, se les exhorta a que se realicen las acciones necesarias a fin de crear un mayor número de programas de apoyo al deporte para niños y niñas en sus respectivos Municipios.
7 g) Remítase el texto íntegro del presente acuerdo, al Ejecutivo del Estado, al Poder Judicial del Estado, así como a los Municipios de la entidad, con el objeto de que den cumplimiento al mismo. DADO en la Sala de Sesiones Dr. Francisco Dueñas Montes del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California a los 01 días del mes de diciembre del año Firman integrantes de la Comisión de Derechos Humanos y Equidad. Es cuanto, señor Presidente.
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