A- Nuevo apartado y) incluido en el artículo 7 de la Ley 35/2006 del IRPF por el RD-L 9/2015.
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- Elena Reyes Cruz
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1 NOVEDADES EN INFORMATIVAS OM ppt Formas de OM ppt OM ppt OM ppt presentación de las de A- Nuevo apartado y) incluido en el artículo 7 de la Ley 35/2006 del IRPF por el RD-L 9/2015. El apartado uno del artículo 1 del Real Decreto-Ley añade, con efectos desde el 1 de de enero de 2015, una nueva letra y) en el artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la que se establecen los siguientes nuevos supuestos de exención: *rentas mínimas de inserción establecidas por las Comunidades Autónomas, así como las *demás ayudas establecidas por estas o por entidades locales para atender a //colectivos en riesgo de exclusión social, //situaciones de emergencia social, //necesidades habitacionales de personas sin recursos o //necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos o personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes. Estas ayudas estarán exentas hasta un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples. -Estas ayudas exentas se deben declarar en el 190 (Clave L); y por tanto no en el 347? -Por cierto. Para las no exentas ya se cambió el periodo de imputación en la Ley 26/2014 de reforma de la L 35/2006. Efectos 1 de enero de 2015.Se imputan al periodo impositivo en que se cobren (con carácter general) 1 Charla Informativas 2015 Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Murcia
2 OM HAP 2762/2015, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAP/2194/2013, DE 22 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS Y LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE DETERMINADAS AUTOLIQUIDACIONES Y DECLARACIONES INFORMATIVAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA. (I) 1. SE INCLUYEN EN EL ÁMBITO DE LA OM NUEVOS MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN Modelos 308, 341, 568 y 576, la presentación se podrá realizar: Certificado electrónico Cl@ve-PIN Modelos 309 la presentación se podrá realizar: Certificado electrónico Cl@ve-PIN Predeclaración 1
3 OM HAP 2762/2015 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAP/2194/2013, DE 22 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS Y LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE DETERMINADAS AUTOLIQUIDACIONES Y DECLARACIONES INFORMATIVAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA (II). 2. SE INCLUYEN POR PRIMERA VEZ EN EL ÁMBITO DE LA ORDEN MINISTERIAL MODELOS DE COMUNICACIONES, DECLARACIONES CENSALES Y SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN Modelos 030, 140, la presentación se podrá realizar: Certificado electrónico. Cl@ve-PIN. En papel impreso, que podrá ser descargado directamente de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o bien podrá ser obtenido en las Delegaciones o Administraciones de la Agencia. 3. SE ESTABLECE LA POSIBILIDAD DE REALIZAR EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS CUYA GESTIÓN TIENE ATRIBUIDA LA AEAT CON TARJETA EN LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA A PARTIR DEL 1/7/2016 2
4 Formas de presentación de las declaraciones informativas 2015 Persona entidad declarante o N.º de registros de percepción Forma de presentación DCGC / UGGE Hasta 10 Mill registros Electrónica, a través de Internet, utilizando un Ce reconocido y admisible para AEAT.. SA y SRL AAPP Más 10 Mill registros Electrónica, a través de Internet, utilizando un Ce reconocido y admisible para AEAT.. Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R). Personas Físicas Restantes declarantes Hasta 10 Mill registros Más 10 Mill registros Hasta 10 Mill registros Más 10 Mill registros Electrónica, a través de Internet, con el sistema Cl@ve PIN (3). Electrónica, a través de Internet, utilizando un Ce reconocido y admisible para AEAT.. Electrónica, a través de Internet con el sistema Cl@ve PIN. Electrónica, a través de Internet, utilizando un Ce reconocido y admisible para AEAT.. Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R). Electrónica, a través de Internet, utilizando un Ce reconocido y admisible para AEAT Electrónica, a través de Internet, utilizando un Ce reconocido y admisible para AEAT.. Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R).
5 También están obligados a la presentación con certificado electrónico en todo caso: Respecto al modelo 390, los obligados tributarios cuyo período de liquidación coincida con el mes natural. Los modelos 194 y 480 en todo caso se presentará con certificado electrónico. (3) Podrán utilizar el sistema Cl@ve PIN exclusivamente personas físicas no obligadas a la utilización de un certificado electrónico, en los modelos 038, 180, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 720. Asimismo, podrán utilizar el sistema Cl@ve PIN los apoderados personas físicas para sus poderdantes, aunque éstos sean personas jurídicas, para la presentación, modificación y consulta de los citados modelos. (4) Quienes no estén obligados a utilizar un certificado electrónico podrán efectuar la presentación por mensaje SMS (requiere obtener previamente la declaración mediante la utilización del servicio desarrollado a estos efectos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en su Sede Electrónica) en relación con los siguientes modelos: Modelo 390 Declaración resumen anual IVA. Modelo 347 Declaración anual de operaciones con terceras personas cuando el declarante sea una entidad a la que sea de aplicación la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre la propiedad horizontal y siempre que su declaración no contenga más de 15 registros declarados. Modelo 190 Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Resumen anual, cuando el declarante sea una entidad a la que sea de aplicación la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre la propiedad horizontal y siempre que su declaración no contenga más de 15 registros declarados.
6 OM HAP/2118/2015, APRUEBA MODELO 280- PALP Y SE MODIFICA EL MODELO 188-RVA (I) I) MODELO 280- DISP. ADICIONAL VIGÉSIMA SEXTA LIRPF Y 69.3 RIRPF 1. Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo (SIALP). 2. Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo (CIALP). Características: Exención RCM (+) siempre que el contribuyente no efectúe disposición alguna del capital resultante del Plan antes de finalizar el plazo de cinco años desde su apertura. Aportación máxima anual de euros. Se pueden movilizar de un PALP a otro pero solo se puede ser titular de uno. Disposición por el importe total y sólo en forma de capital. Declaración informativa: Tipo de PALP e identificación (1. CIALP, 2. SIALP). Clave de alta: A)constituido en el ejercicio o en uno anterior, B) baja por movilización C) alta por movilización D) alta y movilización en el ejercicio de la apertura. Aportaciones en el ejercicio. RCM (+) y RCM (-) durante el ejercicio. Extinción: 1. Antes de 5 años o por incumplir límite 2. Otros (vencimiento). Fecha. RCM (+) y RCM (-) acumulados. Base retención. Sólo si se extingue por motivo 1. Al tipo del 19 %. RCM (-) imputables: para minorarlos de los RCM (+) que hubiesen estado exentos. 1 Plazo: 29 febrero.
7 OM HAP/2118/2015, APRUEBA EL MODELO 280- PALP Y MODIFICA EL MODELO 188-RVA (II). II) A) MODELO 188 (DECLARACIÓN INFORMATIVA DE OPERACIONES DE CAPITALIZACIÓN Y DE CONTRATOS DE SEGURO DE VIDA O INVALIDEZ) ARTÍCULO 38.3 LEY 35/2006 Y 42 RIRPF Características: Exención de gravamen de las GP de contribuyentes mayores de 65 años y derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (uno o varios). El importe (todo o parte) se debe destinar a la constitución de una renta vitalicia asegurada a su favor en 6 meses. Cantidad máxima destinada a constituir la RVA: euros. Anticipación total o parcial de los derechos económicos derivados de la RVA: sometimiento a gravamen de la GP.. Declaración informativa: Identificación de la RVA: Clave A: constitución RVA art 42 LIRPF Clave B. anticipación total o parcial de los derechos económicos Fecha de constitución. Prima aportada. Fecha de anticipación de los derechos económicos. Plazo: 1 de febrero. 2
8 OM HAP/2118/2015, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 280- PALP Y SE MODIFICA EL MODELO 188-RVA (III). II) B) MODELO 188 DISPOSICIÓN ADICIONAL 40ª LEY 35/2006 Características: No retención las prestaciones derivadas de seguros que cubran contingencia de incapacidad si el beneficiario es el acreedor hipotecario y se destina a amortizar la deuda hipotecaria (total o parcialmente). Declaración informativa: Nueva clave para identificación del importe RCM no sometido a retención. Plazo: 1 de febrero. 3
9 OM HAP/2250/2015, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 184 Y SE MODIFICAN LOS MODELOS 182 Y 187 (I). I) MODELO 184. DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN ATRIBUCIÓN DE RENTAS A pesar de que aprueba el nuevo modelo 184, en realidad se trata de una OM Refundida o consolidada, dado que la OM HAP 171/2014 fue objeto de numerosas modificaciones desde Algunos de sus preceptos (ejemplo: forma de presentación ) debían considerarse tácitamente derogados por OM posteriores (disposición derogatoria única de la Orden HAP/2194/2013). Aprovechando la nueva OM, se adapta la misma a las modificaciones derivadas de la reforma tributaria (fundamentalmente, en la desaparición del periodo de generación de las G y P patrimoniales como determinantes de un concreto régimen de tributación). 1
10 OM HAP/2250/2015, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 184 Y SE MODIFICAN LOS MODELOS 182 Y 187 (II). I) MODELO DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN ATRIBUCIÓN DE RENTAS Adaptación a reforma tributaria L 26/2014. Desaparece el distinto tratamiento de las G y P según el periodo de generación (> 1 año y < 1 año): se modifica el 184 eliminando esta distinción hasta ahora existente Se incrementa el detalle de los gastos deducibles soportados por la Entidad que desarrollen actividades económicas: gastos de personal, adquisiciones de bienes y servicios, tributos deducibles, gastos financieros, y otros gastos Nueva clave para consignar separadamente los inmuebles situados en País Vasco y Navarra. La Entidad debe consignar la referencia catastral de los inmuebles generadores de RCI, evitando que los miembros tengan que identificarla como hasta ahora en su autoliquidación del IRPF. 2
11 OM HAP/2250/2015, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 184 Y SE MODIFICAN LOS MODELOS 182 Y 187 (III). II) MODELO 182 DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES RECIBIDAS Y DISPOSICIONES REALIZADAS. La nueva deducción en cuota por cuotas de afiliación y donaciones a partidos políticos (20% con límite 600 euros) conlleva que éstos tengan la obligación de presentar esta declaración informativa. La modificación de la deducción por donativos de la Ley 49/2002, con nuevos % de deducción implica la modificación de la información a suministrar por todos los declarantes del modelo en función de la cantidad donada y de la fidelización del donante. III) MODELO 187.INFORMATIVA SOBRE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE IIC Y RETENCIONES SOBRE RENDIMIENTOS Y GANANCIAS DERIVADOS DE TRANSMISIÓN Y REEMBOLSO DE ESAS ACCIONES Y PARTICIPACIONES. Se elimina al igual que en el 184 la distinción entre G y P < y > 1 año. Todas van a la BIA. Se establece una clave nueva para identificar si la transmisión se ha acogido a los porcentajes reductores de la DT 9ª LIRPF. 3
12 OM HAP/2429/2015, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS MODELOS 190 Y 390 (I). I) MODELO 190 DE RESUMEN ANUAL DE RETENCIONES. Supresión campo prolongación actividad laboral y se introduce otro: Movilidad geográfica aceptación en Nuevas claves y subclaves: Subclaves dentro de las clave A para diferenciar las prestaciones por incapacidad laboral abonadas directamente por el empleador, del resto de retribuciones consignadas con la clave A. Subclaves dentro de la clave B, para diferenciar las percepciones en concepto de incapacidad laboral abonadas por la Seguridad social o Mutua que la sustituya, de las demás percepciones que se incluyen en esta clave Subclaves dentro de la clave E: para diferenciar las retribuciones de consejeros/addores en función del importe de la cifra de negocio de la entidad. Nueva redacción a la subclave 04 de rendimientos profesionales (G). Para recoger el tipo de retención reducido hasta 11 de julio de
13 OM HAP/2429/2015, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS MODELOS 190 Y 390 (II). Subclave dentro de la clave K: para los premios obtenidos por la participación en concursos o combinaciones aleatorias con fines publicitarios, en los que no se realice un desembolso económico, y en los que no es posible deducir ningún gasto en el cómputo de la ganancia patrimonial correspondiente. 4 nuevas subclaves dentro de la clave L (rentas exentas) para consignar: Las retribuciones en especie exentas art 42.3 letras a) a f) LIRPF. Los rendimientos del trabajo del titular de un patrimonio protegido derivados de las aportaciones a dichos patrimonios protegidos, que estén exentas según el artículo 7, letra w) párrafo segundo. Las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas exentas art 7 y) primer párrafo. Las ayudas concedidas a víctimas de género exentas de acuerdo con el art 7 y) segundo párrafo. II) MODELO 390: ADAPTACIÓN A LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS EN EL 303 Y 322 Cuotas regularizadas de acuerdo con el artículo 80.Cinco.5ª LIVA. IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso. 2
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