POR UNA EDUCACIÓN NACIONAL, CIENTÍFICA Y DEMOCRÁTICA AL SERVICIO DEL PUEBLO LA SEGURIDAD SOCIAL DEL MAGISTERIO FISCAL DEL ECUADOR

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1 LA SEGURIDAD SOCIAL DEL MAGISTERIO FISCAL DEL ECUADOR El magisterio fiscal ecuatoriano durante décadas ha sido maltratado por los diferentes gobiernos neoliberales y dictatoriales al estipular los sueldos de los docentes como los más bajos en relación de los empleados del sector público y privado, en consecuencia la aportación para la seguridad social iba en perjuicio de su pensión jubilar irrisoria desmedrando la calidad de vida en los últimas años de su existencia. La UNIÓN NACIONAL DE EDUCADORES ha levantado diferentes luchas en pro del bienestar de todos los docentes mismos que han desbocado en las siguientes conquistas AHORRO MEDIANTE EL APORTE INDIVIDUAL PARA EL SEGURO DE CESANTIA ADICIONAL (SOLO MAGISTERIO) Mediante Decreto Ejecutivo No. 304 del 25 de octubre de 1960, publicado en el Registro Oficial No. 51 del 31 de Octubre de 1960, se facultó al Ministro de Educación para la suscripción del contrato referente al aumento del Seguro de Cesantía para los MAESTROS y empleados del ramo de la educación SEGURO CESANTIA ADICIONAL MAGISTERIO 3% 0% 0% 1964 SEGURO ADICIONAL PARA MEJORAR LA PENSIÓN JUBILAR Decreto Supremo 719 publicado en el Registro Oficial No. 240 del 05 de mayo de 1964, y el contrato del Seguro Adicional para el Magisterio Nacional, celebrado entre el Ministerio de Educación Pública y la Caja Nacional del Seguro Social. SEGURO ADICIONAL PARA MAGISTERIO FISCAL 5,00 5,00 10, La UNE levanta el proyecto de crear su propia institución financiera privada denominada FCME con el propósito de generar la cultura del ahorro en los maestros para que al momento de su jubilación tengan su recurso económico que coadyuve a mejorar su calidad de vida. 2005

2 El 85% los MAESTROS y empleados del ramo de la educación decidieron democráticamente aprobar que la administración de sus ahorros de Cesantía Adicional del Magisterio (CAM) que hasta ese entonces era administrado por el IESS pase a ser administrada por el Fondo de Cesantia del Magisterio Ecuatoriano (FCME) institución financiera manejada por los maestros desde La Ley Orgánica de Educación Intercultural (R.O. 417-SEGUNDO SUPLEMENTO, de 31 de marzo del 2011), en su Disposición Derogatoria Sexta deja sin efecto el Decreto Supremo 719, publicado en el RO del 5 de mayo de 1964, que estableció un aporte adicional del 5% de los aportes patronales y personales del magisterio, para financiar la jubilación de los profesores. En consecuencia, conforme lo señala expresamente la Disposición General Octava de esta Ley, la aportación patronal será de nueve punto quince por ciento y la personal será de once punto treinta y cinco por ciento. Dejando fuera de este beneficio a todos los maestros aportantes que se jubilares después del año 2016 La tabla de aportes al IESS se reduce de esta manera De los servidores públicos, incluido el magisterio y los funcionarios y empleados de la Función Judicial o de otras dependencias que prestan servicios públicos. Mediante remuneración variable, en forma de aranceles o similares. SEGURO DE INVALIDEZ, VEJEZ Y 8,64 1,10 9,74 MUERTE (12 pensiones mensuales, decimotercera, decimocuarta y auxilio de funerales) SEGURO DE SALUD (Enfermedad y maternidad del Seguro General, subsidio económico del seguro 0,00 5,71 5,71 general, atenciones de salud por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, órtesis y prótesis) SEGURO DE RIESGOS DEL TRABAJO 0,00 0,55 0,55 (Subsidios, indemnizaciones, 12 pensiones mensuales, decimotercera, decimocuarta, promoción y prevención) SEGURO DE CESANTIA 2,00 1,00 3,00 SEGURO SOCIAL CAMPESINO 0,35 0,35 0,70

3 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0,36 0,44 0,80 TOTAL 11,35 9,15 20, LEY DE JUSTICIA LABORAL Art reforma el Art. 237 ELIMINA EL 40% DE APORTES DEL ESTADO PARA CUBRIR LAS PENSIONES JUBILARES Art Financiamiento.- El Estado ecuatoriano reconoce el derecho a la seguridad social de todas las personas, independientemente de su situación laboral. El Estado Central será responsable subsidiario y garantizará el pago de las pensiones del Sistema de Seguridad Social únicamente cuando el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social no cuente con los recursos económicos para cubrir las obligaciones en curso de pago del Seguro General Obligatorio y del régimen especial del Seguro Social Campesino Sin el aporte del 40% por parte del Estado se da un golpe a la seguridad social, pues no se tiene la certeza si el régimen correista y los futuros gobernante puedan financiarlo pues con esta ley este fondo se descapitaliza. La falta de estudios técnicos hace que este artículo que ha sido reformado carezca de credibilidad. Sin la asignación fija en el presupuesto General el monto será analizando de acuerdo a la liquidez del Estado, este particular no garantiza el cumplimiento del Art, 37 de la Constitución Política de Repúblca el Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos ( ) la jublación universal La Organización Internacional del Trabajo (OIT) determina que si en Ecuador se suspendiera el pago del 40% será necesario la revisión de la edad de la jubilación, modificar la base del cálculo de la pensión o aumentar el aporte lo que significaría un perjuicio adicional al trabajador. 14 DE MAYO DEL 2015 SE CONSUMA ATRACO A LOS AHORROS DE LOS MAESTROS ECUATORIANOS Sin argumentos legales y con el uso de la fuerza pública funcionarios del BIES se toman las instalaciones y la Administración del Fondo de Cesantía del Magisterio Ecuatoriano (FCME)

4 La reforma al artículo 220 de la Ley de Seguridad Social, establece que: Los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados que en su origen o bajo cualquier modalidad hayan recibido aportes estatales, pasarán a ser administrados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a través de su Banco, mediante cuentas individuales. Su gestión se sujetará a los principios de seguridad, transparencia, solvencia, eficiencia, rentabilidad y a las regulaciones y controles de los órganos competentes. Además, incluye una disposición en el segundo párrafo del mismo artículo 220, que los fondos, que cuenten con la petición escrita de por lo menos la mitad más uno del total de los socios, podrán solicitar al órgano de control, mantener su propia administración privada. Para el efecto, este requerimiento deberá cumplir con tres exigencias: demostrar que los aportes al fondo fueron realizados voluntariamente, para lo cual se verificará la autorización escrita de cada uno de los participantes. También el fondo probará que los descuentos se hayan hecho sin coerción alguna a los socios o a terceros; garantizar que los recursos asignados en las cuentas individuales pueden ser restituidos a los partícipes en cualquier momento; y, reintegrar el valor de los recursos estatales recibidos por el fondo con los respectivos intereses, calculados a la tasa activa referencial determinada por el Banco Central del Ecuador para dada año. Por lo tanto queda demostrado que el dinero depositado en las cuentas individuales de los afiliados al FCME, privado y producto del ahorro de los maestros ecuatorianos no tiene ni un solo centavo del Estado. CÓMO LA UNE Y LOS MAESTROS RESPONDER Y DEFIENDEN AL FCME La Unión Nacional de Educadores conjuntamente con los extrabajadores del FCME nos trazamos las siguiente líneas Socializar al magisterio sobre el asalto a los ahorros privados Invitamos a los maestros a no desafialiarse sino que sigamos en la lucha para que la administración del FCME vuelva a las manos de los maestros Seguir denunciando ante la comunidad y a nivel internacional sobre la violación al derechos humanos fundamentales como la libertad individual y la libertad gremial Respaldar a todos los trabajadores que han sido ilegalmente despedidos quienes tienen que mantenerse firmes en las demandas laborales correspondientes Defender el FCME es defender los ahorros de los maestros y también del pueblo ecuatoriano Realizar actividades en cada una de las ciudades del país

5 La caída del precio del barril del petróleo desfinanció el Presupuesto General de Estado y con el afán de mantenerse en el poder utiliza un discurso de izquierda aprovecha una mayoría a su favor en la Asamblea Nacional para crear leyes que le permitan perpetrar la economía de la clase pobres del país. El valor del patrimonio del FCME es de 402 millones valor es a base del esfuerzo, la sabiduría de gente sencilla como es el maestro. NO DESCANSAREMOS EN DEFENDER LOS DERECHOS DE LOS MAESTROS Y DEL PUEBLO

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