REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE BIBLIOTECA"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

2 Contenido REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UNIVERSIDAD LA SALLE OAXACA Capítulo I De las disposiciones generales Capítulo II De los objetivos Capítulo III De la estructura Capítulo IV De los usuarios Capitulo V De los Derechos y Obligaciones de los Usuarios Capítulo VI De las Colecciones Capítulo VII De los Servicios Capítulo VIII De las Sanciones Transitorios

3 Capítulo II De los objetivos REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UNIVERSIDAD LA SALLE OAXACA Artículo 3. Los objetivos de la biblioteca son: I. Resguardar el patrimonio documental y de información de la Universidad en las condiciones y modalidades que en el presente Reglamento se establecen; II. Proporcionar y poner a disposición de los usuarios, los servicios de información y recursos documentales adecuados de manera eficaz y oportuna, que coadyuven en las tareas de docencia, investigación, difusión y cultura, para la máxima educación que el alumno lasallista debe de adquirir; Capítulo I De las disposiciones generales Artículo 1. El presente reglamento tiene como propósito establecer la normatividad para la organización y operación de la biblioteca, con el fin de apoyar los programas de estudio, docencia, investigación y difusión de la cultura de la Universidad La Salle Oaxaca, A.C. Artículo 2. La biblioteca de la Universidad La Salle Oaxaca, es una Biblioteca universitaria de carácter especializado en diversas temáticas del conocimiento, por lo que reúne, resguarda y difunde materiales bibliográficos, hemerográficos, audiovisuales y electrónicos, con el fin de apoyar a las actividades de investigación de la comunidad universitaria. III. Organizar las unidades de servicio que convengan para hacer alcanzable a los usuarios el conjunto de recursos disponibles; IV. Garantizar el acceso de toda la comunidad de la Universidad, a los materiales bibliográficos y no bibliográficos, mediante el desarrollo organizado de sus colecciones y el adecuado servicio al usuario, a fin de satisfacer sus necesidades de información; V. Promover el uso efectivo y permanente de los servicios que ofrece la Biblioteca en las actividades inherentes a la docencia, la investigación y programas de extensión; VI. Contribuir a la instrumentación de programas docentes y de investigación, haciendo accesibles los materiales y fuentes de información a los académicos, estudiantes e investigadores; VII. Participar en la integración de la tecnología educativa, orientando al usuario, sobre el uso y aprovechamiento de los recursos de información, documentación y medios de comunicación. 4 5

4 Capítulo III De la estructura Artículo 4. La biblioteca de la Universidad La Salle Oaxaca, con base al organigrama estructural, depende directamente de la Coordinación de investigación. Artículo 5. Para realizar sus actividades, la biblioteca se conforma por una Jefatura de la que dependen cuatro áreas: I. Desarrollo, adquisición y conservación de colecciones II. Procesos técnicos III. Atención a usuarios IV. Promoción cultural del acervo y la lectura Artículo 6. La descripción de perfiles de los titulares de las diversas áreas de la Jefatura de la Biblioteca se definirá en el manual de operaciones que para esta área determine la jefatura de Recursos Humanos de la Universidad. Artículo 7. El Responsable de la Jefatura de Biblioteca tiene las siguientes funciones: I. Es responsable, de manera general, de la organización y funcionamiento de la Biblioteca; II. Implementa y supervisa la operatividad del sistema de clasificación LCC (Library of Congress Classification) de la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos de Norteamérica, atendiendo a las necesidades de la Universidad; III. Orienta a los usuarios de la Biblioteca sobre los servicios de información para el acceso a la consulta del material que ofrece y facilita su préstamo interno y a domicilio, en los términos del presente Reglamento; IV. Organiza y promueve las visitas guiadas para presentar el servicio de Biblioteca a los diferentes usuarios; V. Realiza la selección y adquisición de los materiales bibliográficos, hemerográficos, y audiovisuales para las unidades académicas; VI. Asigna las funciones del personal de Biblioteca; VII. Capacita e informa permanentemente al personal a su cargo de los nuevos procedimientos y sistemas de control que se implementen en la Biblioteca; VIII. Actualiza periódicamente los listados del material incorporado al acervo bibliográfico; IX. Provee bases bibliográficas de datos propias, nacionales y extranjeras; X. Ofrece al usuario la lista de la información publicada en las áreas de su interés en forma oportuna y actualizada; XI. Elabora gráficos y estadísticas que muestren el desarrollo de las consultas dentro de la Biblioteca, y XII. Las demás que se encuentren previstas por la normativa universitaria y las que le asigne las autoridades Universitarias. Artículo 8. El Coordinador de Investigación y el responsable de la Jefatura de Biblioteca determinarán las funciones que correspondan al personal adscrito a esta área. 6 7

5 Capítulo IV De los usuarios Artículo 9. Los usuarios de la biblioteca se clasifican en: I. Internos. Se consideran a los alumnos inscritos en los programas académicos: bachillerato, licenciatura y posgrados, personal académico y personal administrativo. II. Externos. Las personas externas que se hayan registrado adecuadamente en la Biblioteca. Artículo 10. Para obtener los servicios que brinda la biblioteca a la comunidad universitaria, deberá tramitar su registro en el Sistema Automatizado de Biblioteca, acudiendo al módulo de recepción de ésta, presentando su credencial que lo acredite como alumno inscrito o egresado en los planes de estudio de bachillerato, universidad y posgrados. Artículo 11. Para obtener su registro temporal los usuarios externos, deberán entregar dos fotografías tamaño infantil, llenar el formato de registro con una firma de aval; y anexar copia de su identificación oficial y de un comprobante de domicilio. Los usuarios externos obtendrán autorización para solicitar los servicios de la biblioteca por periodos de un año, los cuales podrán ser prorrogables a través del refrendo de la credencial que para tal efecto se les expida. Artículo 12. Serán Usuarios Externos aquellas personas ajenas a la Comunidad Universitaria, bajo las modalidades siguientes: II. Los estudiantes de otras instituciones académicas públicas o privadas; III. Los miembros del personal académico y administrativo de otras instituciones académicas públicas o privadas, y IV. Los investigadores independientes, no señalados en las modalidades anteriores. Capítulo V De los Derechos y Obligaciones de los Usuarios Artículo 13. Son derechos de los usuarios los siguientes: I. En todo momento ser atendidos adecuada y respetuosamente por las autoridades y personal bibliotecario; II. Tener acceso al acervo de la biblioteca, que comprende material bibliográfico, hemerográfico, audiovisual y electrónico, haciendo uso de las instalaciones, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento; III. Recibir instrucción sobre el contenido y uso de los materiales de información con los que cuenta la Biblioteca; IV. Recibir orientación sobre el uso y mejor aprovechamiento de los recursos de información, así como de su pronta localización y ubicación. I. Los que conforme con la normatividad universitaria aplicable posean la calidad de ex-alumnos; 8 9

6 Artículo 14. Para ejercer el derecho de préstamo bibliotecario, se deberá atender a los siguientes lineamientos: I. Está prohibido sacar ejemplares marcados con punto rojo; esta característica la detentan los ejemplares número uno, así como Atlas, Diccionarios, Leyes y Ediciones especiales. II. Únicamente pueden pedirse en préstamo domiciliario dos libros a la vez; III. No se podrán sacar dos ejemplares con el mismo título; IV. Los libros únicamente serán prestados a domicilio durante dos días, con excepción de los estudiantes de posgrado, quienes podrán solicitar el préstamo a domicilio hasta por ocho días, sin posibilidad de refrendo del préstamo; V. Sólo está permitido un refrendo del préstamo de los libros que se tengan en préstamo, salvo el caso referido en la fracción anterior; VI. Todas las renovaciones deberán realizarse personalmente, presentando credencial de la universidad, y exhibiendo físicamente el libro, para verificar su estado de conservación; VII. Está prohibido solicitar el préstamo de los libros con una credencial ajena a la del solicitante; VIII. Los libros deberán ser entregados por la persona que lo solicitó, exhibiendo la credencial de la universidad; IX. El alumno es responsable del resguardo de los libros que recibe en préstamo, en caso de extravío o daño del libro, tendrá la obligación de restituirlo en la misma edición y características; X. La violación a cualquiera de estas reglas será reportada a las autoridades universitarias para que impongan las sanciones correspondientes. La gravedad de las faltas cometidas será determinada por las autoridades universitarias. Artículo 15. Los usuarios del servicio bibliotecario de la Universidad tendrán derecho a solicitar la reproducción del acervo bibliográfico, siempre que cumplan los siguientes requisitos: I. El servicio de fotocopiado será exclusivo para el acervo de la biblioteca. No se permitirá el servicio para documentos o libros externos; II. Está prohibido fotocopiar libros deteriorados o aquellos que por sus características, corren riesgo de maltrato; III. Está prohibido solicitar más del diez por ciento del número total de páginas de un libro; IV. La solicitud de copias procedentes de más de tres libros distintos, estará sujeta a un tiempo de espera determinado por el personal de fotocopiado; Las copias solicitadas no podrán exceder al porcentaje referido en la fracción anterior; V. El pago de los servicios de fotocopiado debe realizarse en moneda fraccionaria; VI. Los usuarios del servicio de fotocopia deberán esperar su turno para recibir atención. El préstamo y la devolución de libros tendrán prioridad en el turno de atención; y, VII. Los estudiantes deberán acatar las disposiciones administrativas que adicionalmente sean establecidas por las autoridades de la Biblioteca para efecto de garantizar la seguridad del acervo. Artículo 16. Los egresados en proceso de obtención de grado, gozarán de los mismos derechos y deberes que un estudiante regular, para el ejercicio del derecho de préstamo bibliotecario

7 Artículo 17. Los servicios bibliotecarios serán prestados en los horarios y fechas que establezcan las autoridades universitarias, quienes también tendrán facultades para determinar la interrupción temporal o parcial de los servicios con el objetivo de atender necesidades organizativas institucionales. Artículo 18. Los usuarios del servicio bibliotecario tendrán derecho a hacer uso de las computadoras de la biblioteca hasta por un lapso de dos horas, previo registro en el área de atención a usuarios de la biblioteca y exhibición de la credencial de la universidad. Artículo 19. Son obligaciones de los usuarios de Biblioteca las siguientes: I. Observar dentro de la Biblioteca una conducta acorde con la dignidad de la Universidad, mostrando el respeto hacia las autoridades, el personal y los demás usuarios; II. Abstenerse de introducir ni consumir alimentos ni bebidas en las áreas de la colecciones de la biblioteca; III. Abstenerse de fumar dentro del Campus Universitario. Por salud y respeto hacia los demás, la Universidad La Salle Oaxaca es una Universidad libre de humo de tabaco; IV. Abstenerse de acudir bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas; V. Respetar las instalaciones y el acervo de la Biblioteca; VI. Conservar en buen estado los materiales que se usen, asegurándose de no maltratarlos, ni de hacer marcas o anotaciones en ellos; VII. Evitar altercados, palabras soeces y riñas; VIII. Abstenerse de hablar en voz alta dentro de las salas de estudio o consulta; IX. Mostrar al personal de vigilancia el material que ingresa y extrae de la Biblioteca, así como mostrar el contenido de portafolios o bolsos, de igual forma cuando entre y salga de la biblioteca. X. Acatar las disposiciones de seguridad establecidas para salvaguardar la integridad del acervo así como la seguridad de los usuarios de la biblioteca. Artículo 20. Las mochilas portafolios y bolsas que ingresen a la biblioteca, se deben colocar debajo de las mesas de trabajo. Artículo 21. Todo libro sacado de la estantería deberá ser colocado en el carro de depósito para que el personal de biblioteca los devuelva a la estantería. Los libros que vayan a ser solicitados en préstamo deberán ser entregados a los encargados del área de atención a usuarios para registrar y validar la salida del libro. Capítulo VI De las Colecciones Artículo 22. El acervo de la biblioteca está integrado por seis colecciones básicas: I. La colección general, que es el conjunto organizado de libros que tratan sobre temas específicos en todas las áreas del conocimiento; II. La colección de consulta o referencia, que es el conjunto organizado de diccionarios, enciclopedias, bibliografías, manuales, di

8 rectorios y otros materiales como folletos, recortes y láminas, entre otros. Todos ellos ofrecen información breve y precisa sobre las diferentes áreas del conocimiento; III. Colecciones especiales; IV. La colección de tesis, que es el conjunto organizado de todos los trabajos recepcionales que se han presentado en cada una de las Escuelas y Facultades; V. La colección de material hemerográfico, que son un conjunto de publicaciones periódicas, tales como revistas, diarios y boletines; VI. La colección de material audiovisual y electrónico, que son el conjunto de casetes, videos, discos compactos (CD s) de música, CD s de programas, y CD s de multimedia, discos de video digital (DVD) y otros soportes tecnológicos. Capítulo VII De los Servicios Artículo 23. La Biblioteca cuenta con servicios de estantería abierta y cerrada. Los usuarios podrán utilizar los servicios de estantería abierta para acceder a las colecciones de consulta general y hemerográfica. Los fondos reservados, la colección de tesis y material audiovisual, serán accesibles a través de estantería cerrada. Artículo 24. Los servicios específicos que la Biblioteca otorga a sus usuarios son: I. Préstamo interno con estantería abierta, que consiste en que el usuario tenga acceso libre y directo al propio recinto y al acervo bibliográfico; II. Préstamo a domicilio, que consiste en la autorización que se otorga a los usuarios con credencial vigente, para trasladar fuera de las instalaciones de la Biblioteca los materiales del acervo; III. Préstamo interbibliotecario, que consiste en el intercambio de materiales bibliográficos con otras instituciones que cuenten con acuerdo de colaboración con la Universidad La Salle Oaxaca; IV. Préstamo de cubículos de estudio, que consiste en permitir a los usuarios hacer uso de pequeños recintos privados para estudio personal o de pequeños grupos; V. La consulta de catálogo en línea o por Internet, que es un instrumento para la fácil localización de un material determinado ya que la búsqueda se hará principalmente por título, autor o tema. El catálogo en línea se puede consultar dentro de la biblioteca en la computadora disponible para este servicio, pero también se podrá consultar por Internet desde cualquier lugar dentro o fuera de la Universidad, por medio de una URL; VI. La asesoría por parte del personal de la biblioteca para poner al alcance del usuario los materiales; así como información sobre la búsqueda de algún tema o sobre los servicios de la biblioteca; VII. Formación a usuarios, que consiste en proporcionar a éstos el conocimiento de los contenidos y servicios de la biblioteca, de tal manera que puedan hacer uso de ellos en su conjunto, con habilidad y eficacia; VIII. El fomento a la lectura, que consiste en ofrecer a la comunidad diversas actividades culturales encaminadas a promover su 14 15

9 acercamiento a la lectura y a fortalecer su vida cultural mediante actividades y medios como servicios de alerta, exposiciones bibliográficas, clubes de lectura, entre otros. IX. Salas de estudio o reuniones, las cuales están dispuestas para actividades académicas. Capítulo VIII De las Sanciones Artículo 25. Las infracciones al presente Reglamento serán sancionadas por las autoridades de la Universidad. Artículo 26. Las sanciones por faltas a este Reglamento se aplicarán independientemente de las acciones legales a que hubiere lugar. Artículo 27. Las Sanciones por faltas a este Reglamento, podrán ser: I. Multa, que deberá ser cubierta en caja de la Dirección de Administración y Finanzas de la Universidad: a) Económica, por una cantidad que definirán las autoridades de la Biblioteca, por día natural de mora en la entrega de cada libro; b) Dos veces la cantidad señalada en el inciso a) de este artículo, por cada día natural de mora en la entrega de cada material audiovisual, II. Reparación del daño: a) Por extraviar así como por dañar parcial o totalmente algún material, el usuario deberá reemplazarlo con un ejemplar nuevo o idéntico y pagar los costos del procesamiento biblioteconómico, envío, además de las multas a que haya incurrido por la demora en la entrega generados desde la fecha del préstamo hasta la fecha de su reposición. b) Si el libro perdido no se encuentra a la venta, las autoridades de la biblioteca determinarán el título que habrá de sustituirlo, independientemente del pago de la multa económica correspondiente con motivo de la mora generada desde a fecha de préstamo hasta la fecha en que se determine la restitución alternativa del documento. c) Al ocasionar desperfectos en las instalaciones, mobiliario o equipo de la Biblioteca, el usuario habrá de reparar el daño o restituirlo a la entera satisfacción de las autoridades universitarias. d) El monto de las multas en los casos de mora así como en los casos de pérdida o destrucción, serán definidos por las autoridades Universitarias. III. Suspensión del servicio: a) Por una semana, a quien se demore entre un día y una semana en la devolución de materiales solicitados en préstamo; por un mes a quien se demore más de una semana y hasta un mes en la devolución de materiales; por un semestre a quien se demore más de un mes en la devolución de un libro. b) Quienes intenten utilizar la credencial de otra persona para solicitar libros en préstamo, quedarán inhabilitados por un mes para solicitar préstamos bibliotecarios, c) Quienes sustraigan de manera irregular materiales de la biblioteca o bien, quienes se abstengan de devolver por más de dos meses materiales solicitados en préstamo, serán sancionados en los términos que determine el Comité de Asuntos Disciplinario de la Universidad y las demás autoridades de la Universidad

10 IV. Otras sanciones que se dispongan en la normatividad universitaria y en la legislación universitaria vigente aplicable. Transitorios PRIMERO. La interpretación del presente reglamento así como integración de los criterios para resolver los casos no previstos, quedará a cargo de las autoridades universitarias. SEGUNDO. El presente reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo Universitario y su publicación en la página de la Universidad La Salle Oaxaca. 18

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA EL CAMPUS AMÉRICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA EL CAMPUS AMÉRICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA EL CAMPUS AMÉRICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO INDIVISA MANENT Lo Unido Permanece León, Guanajuato, México. REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA EL CAMPUS AMÉRICAS DE LA

Más detalles

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS 5 BENITO JUÁREZ

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS 5 BENITO JUÁREZ DISPOSICIONES GENERALES PARA EL USO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS APROBADAS POR CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR DEL PLANTEL CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART.1. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA FRAY TORIBIO DE BENAVENTE

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA FRAY TORIBIO DE BENAVENTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA FRAY TORIBIO DE BENAVENTE INDIVISA MANET Lo Unido Permanece Puebla Pue., México. Julio 2016 ÍNDICE TÍTULO PRIMERO. Naturaleza y Fines TÍTULO SEGUNDO. De los Usuarios Capítulo I.

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACION DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA

REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACION DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA DISPOCISIONES GENERALES. Artículo 1. El presente reglamento es de carácter obligatorio para todos los usuarios y personal de la biblioteca y tiene como finalidad establecer los objetivos, estructura y

Más detalles

INSTITUTO FRANCISCO POSSENTI PRIMARIA SECUNDARIA PREPARATORIA BACHILLERATO per crucem ad lucem

INSTITUTO FRANCISCO POSSENTI PRIMARIA SECUNDARIA PREPARATORIA BACHILLERATO per crucem ad lucem INSTITUTO FRANCISCO POSSENTI PRIMARIA SECUNDARIA PREPARATORIA BACHILLERATO per crucem ad lucem Biblioteca Ildefonso Noris REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS Febrero 2014 I. BIBLIOTECA ESCOLAR: CONCEPTO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA)

REGLAMENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA) REGLAMENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA) CAPITULO 1 REFERENTE A LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA) Artículo 1.- El presente Reglamento rige la organización y los servicios

Más detalles

BIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE

BIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE BIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE ANTECEDENTES La Biblioteca San Juan Bautista de La Salle fue inaugurada el día 23 de febrero de 1993. Su propósito es cubrir las necesidades de información de la

Más detalles

Reglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante

Reglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante Reglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante Capítulo Primero. Disposiciones generales Capítulo Segundo. De la organización de la Biblioteca Capítulo Tercero. De los usuarios de la Biblioteca

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION Villahermosa Tabasco; julio de 2015. Elaboró: Revisó : Autorizó: Departamento de Centro de Información Dirección de Proyectos Rectoría Institucional CONTENIDO TÍTULO

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2

DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2 TÍTULO I Pág DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2 TÍTULO II...3 DE LA BIBLIOTECA...3 CAPÍTULO I...3 SERVICIOS...3

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ REGLAMENTO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ REGLAMENTO PAGINA 1 DE 9 PAGINA 2 DE 9 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL Articulo 1 La finalidad de este reglamento es establecer las políticas de servicios bibliotecarios para el optimó funcionamiento de la

Más detalles

CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS

CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS BIBLIOTECA CENTRAL REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART. 1º. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA, LOS ALUMNOS INSCRITOS EN LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS

Más detalles

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN. GUÍA DE SERVICIOS

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN. GUÍA DE SERVICIOS COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN. GUÍA DE SERVICIOS 1 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal GUÍA DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN.

Más detalles

MANUAL DE INDUCCION A BIBLIOTECA.

MANUAL DE INDUCCION A BIBLIOTECA. MANUAL DE INDUCCION A BIBLIOTECA. Nuestra misión es proporcionarte asesoría y acceso a la variedad de recursos documentales impresos, audiovisuales y en línea actualizados (libros, revistas, cd s, mapas,

Más detalles

Reglamento de Biblioteca

Reglamento de Biblioteca Reglamento de Biblioteca El propósito de este reglamento, es dar a conocer a los usuarios de la Biblioteca, sus derechos y obligaciones en relación con los servicios bibliotecarios. CAPÍTULO I GENERALIDADES

Más detalles

Lineamientos de servicios

Lineamientos de servicios Lineamientos de servicios Con el propósito de establecer las condiciones y los servicios que presta esta biblioteca se presentan las siguientes disposiciones. 1. Naturaleza y Objetivo La Biblioteca Rafael

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Dada la necesidad de actualizar las normas de los servicios que proporciona

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CONTENIDO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE LOS USUARIOS CAPÍTULO III DEL ACCESO A LAS DIFERENTES ÁREAS DE LA BIBLIOTECA CAPÍTULO IV DE LA CONDUCTA A OBSERVAR

Más detalles

Biblioteca "Adrián Mora Duhart" MISIÓN

Biblioteca Adrián Mora Duhart MISIÓN Biblioteca "Adrián Mora Duhart" MISIÓN Contribuir en la preparación y formación académica y profesional de la comunidad ISEC, satisfaciendo necesidades de información y fomentando habilidades y competencias

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS DE BIBLIOTECA CENTRAL R REC 01. A.04-SU Servicios Universitarios A.04-SU-BIB Biblioteca 21/12/2015 VERSIÓN 01

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS DE BIBLIOTECA CENTRAL R REC 01. A.04-SU Servicios Universitarios A.04-SU-BIB Biblioteca 21/12/2015 VERSIÓN 01 REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS DE BIBLIOTECA CENTRAL R REC 01 A.04-SU Servicios Universitarios A.04-SU-BIB Biblioteca FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 21/12/2015 VERSIÓN 01 NÚMERO DE PÁGINAS 12 APROBADO

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS DE BIBLIOTECA CENTRAL R DCU 01. A-SCU Servicio a la Comunidad Universitaria 21/12/2015 VERSIÓN 01

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS DE BIBLIOTECA CENTRAL R DCU 01. A-SCU Servicio a la Comunidad Universitaria 21/12/2015 VERSIÓN 01 REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS DE BIBLIOTECA CENTRAL R DCU 01 A-SCU Servicio a la Comunidad Universitaria FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 21/12/2015 VERSIÓN 01 NÚMERO DE PÁGINAS 09 APROBADO POR CONSEJO

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA MECÁNICA AGRÍCOLA Aprobado el 3 de Noviembre de 2004, por

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA.

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA. Página 1 de 7 ÍNDICE CAPÍTULO I NATURALEZA Y FINES. 3 CAPÍTULO II DE LOS USUARIOS. 4 CAPÍTULO III DEL PRÉSTAMO DE MATERIAL. 5 CAPÍTULO

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIDAD DE CIENCIAS SOCIALES CENTRO DE INVESTIGACIONES REGIONALES DR.

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIDAD DE CIENCIAS SOCIALES CENTRO DE INVESTIGACIONES REGIONALES DR. UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIDAD DE CIENCIAS SOCIALES CENTRO DE INVESTIGACIONES REGIONALES DR. HIDEYO NOGUCHI I. GENERALIDADES Artículo 1. La Biblioteca es una herramienta

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL CEPALE

LINEAMIENTOS DEL CEPALE UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO CENTRO DE ENSEÑANZA DE IDIOMAS CENTRO DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS PARA EL APRENDIZAJE DE LENGUAS EXTRANJERAS C E P A L E Villahermosa, Tabasco. 30 de marzo del 2009 LINEAMIENTOS

Más detalles

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA I.- Disposiciones Generales Artículo 1. La finalidad del presente Reglamento es establecer los objetivos, estructura y operación de la Biblioteca Universidad Tecnológica de San

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE TONALÁ. Capítulo I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE TONALÁ. Capítulo I. Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE TONALÁ Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El presente reglamento establece los servicios que se ofrecen en la Biblioteca del Centro Universitario

Más detalles

Reglamento de Biblioteca

Reglamento de Biblioteca SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA Reglamento de Biblioteca JESÚS REYES HEROLES Mayo 12, 2015 Reglamento de Biblioteca Exposición de motivos El personal de la Biblioteca Jesús Reyes Heroles, consciente del rol fundamental

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA REVISION: 04 HOJA 1 DE 8 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-22-01 MISIÓN Brindar eficiencia en la consulta de los materiales informativos que requieren los alumnos y maestros de la Universidad Cuauhtémoc, mediante

Más detalles

Aprobado por la Comisión Académica de Ensenada el. 12 de junio de 2003, según Acta INTRODUCCIÓN

Aprobado por la Comisión Académica de Ensenada el. 12 de junio de 2003, según Acta INTRODUCCIÓN Aprobado por la Comisión Académica de Ensenada el 12 de junio de 2003, según Acta 17-03 INTRODUCCIÓN Con la finalidad de dar cumplimiento al artículo 4º del "Reglamento General del Sistema Bibliotecario

Más detalles

ÍNDICE. INTRODUCCIÓN... l CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS... 1 CAPÍTULO II DE LOS SERVICIOS... 2 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS... 5

ÍNDICE. INTRODUCCIÓN... l CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS... 1 CAPÍTULO II DE LOS SERVICIOS... 2 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS... 5 ÍNDICE INTRODUCCIÓN... l CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS... 1 CAPÍTULO II DE LOS SERVICIOS... 2 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS... 5 CAPÍTULO IV DE LAS RESPONSABILIDADES... 6 CAPÍTULO V DE LAS SANCIONES... 8

Más detalles

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA JULIO DEL 2005 ÍNDICE Página CAPÍTULO I GENERALIDADES 2 CAPÍTULO II DE LAS COLECCIONES 2 CAPÍTULO III DE LOS SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS CAPÍTULO IV DEL

Más detalles

REGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente Reglamento regula los servicios de préstamo para los usuarios de la Biblioteca Ignacio Ramírez Calzada de

Más detalles

Liceo José Toribio Medina Biblioteca y C.R.A Reglamento de Biblioteca y C.R.A REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Y CRA TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Liceo José Toribio Medina Biblioteca y C.R.A Reglamento de Biblioteca y C.R.A REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Y CRA TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Biblioteca y C.R.A Reglamento de Biblioteca y C.R.A REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Y CRA TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Objetivos de Biblioteca. El presente Reglamento es un conjunto de normas

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PÉNJAMO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 21 FRACCIÓN VIII DEL DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 120, MEDIANTE EL CUAL SE CREA EL

Más detalles

Página 1 de 9 DEL CENTRO DE POLÍTICAS DE GÉNERO PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA

Página 1 de 9 DEL CENTRO DE POLÍTICAS DE GÉNERO PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA Página 1 de 9 DEL CENTRO DE POLÍTICAS DE GÉNERO PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA REGLAMENTO DEL CENTRO DOCUMENTAL DEL CENTRO DE POLÍTICAS DE GÉNERO PARA LA

Más detalles

Política de Prestación de Servicios POLÍTICA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS BCF_DN_PPS_7.2.1.C_2015_02

Política de Prestación de Servicios POLÍTICA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS BCF_DN_PPS_7.2.1.C_2015_02 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO BIBLIOTECA DE LA COMUNIDAD DE FILOSOFÍA POLÍTICA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS BCF_DN_PPS_7.2.1.C_2015_02 Política de Prestación de Servicios ÍNDICE 1. OBJETIVOS...

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE INFORMACIÓN

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE INFORMACIÓN REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Fecha: Octubre de 2015 Responsable: MTI. Alfredo Terrazas Porcayo Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1 La finalidad del presente Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TEHUACÁN. CONSIDERANDO

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TEHUACÁN. CONSIDERANDO REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TEHUACÁN. CONSIDERANDO Que la Universidad Tecnológica de Tehuacán es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES CHAPINGO, EDO. DE MÉXICO, 2 DE FEBRERO DE 1984 C O N T E N I D O CAPÍTULO

Más detalles

NORMATIVA DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN ARCHIVISTICA Y CIENCIAS AFINES DEL ARCHIVO NACIONAL

NORMATIVA DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN ARCHIVISTICA Y CIENCIAS AFINES DEL ARCHIVO NACIONAL NORMATIVA DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN ARCHIVISTICA Y CIENCIAS AFINES DEL ARCHIVO NACIONAL Capítulo I: Disposiciones Generales Artículo 1: La Biblioteca Especializada en Archivística

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA Articulo 1. El presente reglamento tiene como objetivo establecer los lineamientos que regulen el funcionamiento de la biblioteca de la Escuela de Economía de la Universidad

Más detalles

Reglamento de Biblioteca

Reglamento de Biblioteca Reglamento de Biblioteca Con el propósito de reglamentar los servicios que presta esta biblioteca se presentan las siguientes disposiciones. Cap. I. Naturaleza y Objetivo La Biblioteca Rafael Montejano

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Este reglamento se refiere al funcionamiento y al uso de los servicios, materiales e instalaciones que ofrece la Biblioteca de la Universidad La Salle Cancún. I. Horario La

Más detalles

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL º UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA EN INGENIERÍA Y TECNOLOGÍAS AVANZADAS Con base en las necesidades de los alumnos, el personal Académico, de Apoyo y Asistencia a la

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA.

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Página 1 de 6 ESCUELA SUPERIOR FRANCISCANA ESPECIALIZADA/AGAPE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Página 2 de 6 La finalidad del presente Reglamento es determinar la organización y operación de la Biblioteca. Objetivos:

Más detalles

Reglamento de Servicios Bibliotecarios

Reglamento de Servicios Bibliotecarios INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL REGIONAL UNIDAD OAXACA Reglamento de Servicios Bibliotecarios Subdirección de Intercambio Académico

Más detalles

Universidad Mundial REGLAMENTO DE BIBLIOTECA (Vigente a partir de Julio 2012) INDICE

Universidad Mundial REGLAMENTO DE BIBLIOTECA (Vigente a partir de Julio 2012) INDICE Universidad Mundial REGLAMENTO DE BIBLIOTECA (Vigente a partir de Julio 2012) INDICE MISIÓN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TITULO II TITULO III DE LOS SERVICIOS DEL COMPORTAMIENTO DE LOS USUARIOS TÍTULO

Más detalles

Universidad Autónoma de Nuevo León Facultad de Salud Pública y Nutrición

Universidad Autónoma de Nuevo León Facultad de Salud Pública y Nutrición CAPÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERNO BIBLIOTECA ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de observancia obligatoria para los usuarios de la biblioteca. ARTÍCULO 2.- La biblioteca tiene

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO DE INVESTIGACIONES EN GEOGRAFÍA AMBIENTAL REGLAMENTO DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO DE INVESTIGACIONES EN GEOGRAFÍA AMBIENTAL REGLAMENTO DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Artículo 1. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO DE INVESTIGACIONES EN GEOGRAFÍA AMBIENTAL REGLAMENTO DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN CAPITULO I. DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

Más detalles

Reglamento de los Servicios Integrales de la Biblioteca del Instituto Tecnológico Superior de la Sierra Negra de Ajalpan

Reglamento de los Servicios Integrales de la Biblioteca del Instituto Tecnológico Superior de la Sierra Negra de Ajalpan CAPITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación de los servicios de biblioteca con el propósito de apoyar el desarrollo integral y satisfacer las necesidades

Más detalles

Universidad Autónoma de Tlaxcala Reglamento del Sistema de Bibliotecas

Universidad Autónoma de Tlaxcala Reglamento del Sistema de Bibliotecas Universidad Autónoma de Tlaxcala Reglamento del Sistema de Bibliotecas Colección Documentos Universitarios Universidad Autónoma de Tlaxcala Reglamento del Sistema de Bibliotecas Colección Documentos Universitarios

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA PLANTEL (9) PEDRO DE ALBA BIBLIOTECA BENITO JUÁREZ GARCÍA

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA PLANTEL (9) PEDRO DE ALBA BIBLIOTECA BENITO JUÁREZ GARCÍA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA PLANTEL (9) PEDRO DE ALBA BIBLIOTECA BENITO JUÁREZ GARCÍA Con fundamento en los artículos 11 del Estatuto General de la UNAM, 1 y 4

Más detalles

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS No.4 LAZARO CARDENAS

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS No.4 LAZARO CARDENAS INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS No.4 LAZARO CARDENAS REGLAMENTO INTERNO BIBLIOTECA ING. MANUEL LEON SANTOYO OBJETIVO: Apoyar al programa de enseñanza y aprendizaje

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE JESÚS CARRANZA REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CONTENIDO PÁG. MISIÓN DEL CENTRO DE INFORMACIÓN... 2 CAPÍTULO I USUARIOS 2 CAPÍTULO II HORARIOS........2 CAPÍTULO III

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008. GOBIERNO DEL ESTADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica

Más detalles

Reglamento que regula la operación del Centro de Información del Centro de Investigación en Materiales Avanzados

Reglamento que regula la operación del Centro de Información del Centro de Investigación en Materiales Avanzados Centro de Investigación en Materiales Avanzados Centro de Información Octubre 2010 Reglamento que regula la operación del Centro de Información del Centro de Investigación en Materiales Avanzados DIRECTORIO

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento establece las normas generales de organización y operación

Más detalles

Instituto Tecnológico de Colima

Instituto Tecnológico de Colima Instituto Tecnológico de Colima TÍTULO PRIMERO USUARIOS Artículo 1: En el presente reglamento, son considerados como usuarios del Centro de Información (C.I): A. Usuarios Internos: Estudiantes regulares

Más detalles

REGLAMENTO BIBLIOTECA

REGLAMENTO BIBLIOTECA ÍNDICE REGLAMENTO BIBLIOTECA ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO SEGUNDO... 4 De los Servicios... 4 CAPÍTULO TERCERO... 5 Del Préstamo... 5 CAPÍTULO CUARTO... 6 Devolución de material...

Más detalles

INSTITUTO DE FILOSOFÍA

INSTITUTO DE FILOSOFÍA B I B L I OT E C A REGLAMENTO 1 ARTICULO 1 Sobre el horario De 8:30 a 2:30 de lunes a viernes ARTÍCULO 2 Sobre el usuario Se considera usuario interno: a) El docente, estudiante, pasante que prepare su

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS 1 INDICE CAPÍTULO PÁG. I.- DISPOSICIONES GENERALES 3 II.- DEL ACCESO 3 III.- DE LA DISCIPLINA 4 IV.- DE LOS PRÉSTAMOS 4 IV.- DE LOS SERVICIOS 5 V.- SANCIONES 5 TRANSITORIOS 6

Más detalles

5.4 Lineamientos para el uso de la biblioteca

5.4 Lineamientos para el uso de la biblioteca 5.4 Lineamientos para el uso de la biblioteca 5.4.1 Introducción El concepto de biblioteca ha cambiado con la historia del mismo hombre. Quizá evolucionó de una colección de libros y documentos particulares

Más detalles

Facultad de Enfermería Victoria

Facultad de Enfermería Victoria Facultad de Enfermería Victoria 10.1 Biblioteca y acervos El área de biblioteca está ubicada en el Edificio A de esta Facultad, en ella se cuenta con el acervo bibliográfico necesario para soportar las

Más detalles

Reglamento. Universidad Nacional Autónoma de México. Centro de Información y Servicios Bibliotecarios. Escuela Nacional de Trabajo Social 1

Reglamento. Universidad Nacional Autónoma de México. Centro de Información y Servicios Bibliotecarios. Escuela Nacional de Trabajo Social 1 Universidad Nacional Autónoma de México Reglamento Centro de Información y Servicios Bibliotecarios Escuela Nacional de Trabajo Social 1 Contenido Presentación Capítulo I De las Disposiciones Generales

Más detalles

D-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-41. Código: REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Fecha efectiva 08/11/2016. Página: 1 de 12. Versión: 00

D-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-41. Código: REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Fecha efectiva 08/11/2016. Página: 1 de 12. Versión: 00 UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Código: D-41 Versión: 00 Fecha efectiva 08/11/2016 Página: 1 de 12 D-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1 Por medio del cual

Más detalles

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEFINICION Y FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIAG

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEFINICION Y FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIAG Rivas, 27 julio de 2015. INTRODUCCION La Biblioteca San Alberto Magno Dominico de la Universidad Internacional de agricultura y Ganadería de Rivas, Nicaragua; ofrece sus servicios de préstamos y lectura

Más detalles

REGLAMENTO FRL CENTRO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA (BIBLIOTECA)

REGLAMENTO FRL CENTRO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA (BIBLIOTECA) INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO REGLAMENTO FRL CENTRO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA (BIBLIOTECA) Puerto Peñasco, Sonora REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA (BIBLIOTECA) DISPOSICIONES

Más detalles

UNIVERSIDAD SEK REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS. Decreto Rectoría 01/ 2016 Vigencia desde 01/03/2016 Versión anterior 01/03/2002 MARZO 2016

UNIVERSIDAD SEK REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS. Decreto Rectoría 01/ 2016 Vigencia desde 01/03/2016 Versión anterior 01/03/2002 MARZO 2016 UNIVERSIDAD SEK REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS Decreto Rectoría 01/ 2016 Vigencia desde 01/03/2016 Versión anterior 01/03/2002 MARZO 2016 Secretaría General Reglamento de Bibliotecas 2 3 REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA REGLAMENTO DE 1 INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES..3 CAPÍTULO II HORARIO DE SERVICIOS...4 CAPÍTULO III DE LOS USUARIOS..4 CAPÍTULO IV DE LAS COLECCIONES..5 CAPÍTULO V REQUISITOS PARA EL PRÉSTAMO.6

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS:

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS: REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO

REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO El presente Reglamento tiene como finalidad establecer normas de acceso, préstamo y uso de los materiales así como de los equipos e instalaciones con que cuenta la Biblioteca

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO. CAPÍTULO III. PRÉSTAMO EXTERNO Artículos 9 17

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO. CAPÍTULO III. PRÉSTAMO EXTERNO Artículos 9 17 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 5 CAPÍTULO II. INTEGRACIÓN Artículos 6 8 CAPÍTULO III. PRÉSTAMO

Más detalles

REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN

REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN Título I: Condiciones Generales: Artículo 1 El presente reglamento tiene por objeto regular el uso de la unidad de Biblioteca y Documentación del Centro

Más detalles

Reglamento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Britanico

Reglamento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Britanico Reglamento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Britanico Art. 1º El funcionamiento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Británico se regirá por el presente Reglamento. CAPITULO

Más detalles

NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA.

NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA. NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA. El presente documento interno pretende regular explícitamente, el uso del acceso,

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I. Disposiciones Generales REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La finalidad del presente Reglamento es establecer los objetivos, estructura y operación de la biblioteca, de la Universidad Tecnológica

Más detalles

CAPITULO I DE LA MISION Y LA VISION

CAPITULO I DE LA MISION Y LA VISION Página 1 de 7 CAPITULO I DE LA MISION Y LA VISION Artículo 1º. Misión Gestionar los recursos de información necesarios para que la comunidad educativa pueda cumplir sus objetivos en materia de docencia,

Más detalles

Instituto de Investigaciones Jurídicas

Instituto de Investigaciones Jurídicas UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Instituto de Investigaciones Jurídicas Biblioteca Dr. Jorge Carpizo REGLAMENTO DE LA BIBLOTECA DR. JORGE CARPIZO 1 Contenido Capítulo I Disposiciones generales Capítulo

Más detalles

Reglamento de Testoteca

Reglamento de Testoteca Reglamento de Testoteca 1 Índice Introducción 3 Disposiciones generales 3 De los usuarios 4 De los derechos 4 De las obligaciones 5 Faltas y sanciones 6 Transitorios 6 2 Introducción La Testoteca de la

Más detalles

CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS No. 13

CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS No. 13 REGLAMENTO CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS Artículo 1 - Son usuarios internos de la Biblioteca, los alumnos inscritos en el CECyT y el personal al servicio del mismo. Artículo 2 - Son usuarios externos, todas

Más detalles

INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN

INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1. Es responsabilidad de la Biblioteca

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Página 1 de 6 Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo cultural, que crece

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS

REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS Requerimiento: 8.1 No. Versión: 06 Página 1 de 9 REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS Elaboró: Revisó: Autorizó: Puesto Abogado General Abogado General Rectora Firma Nombre Lic. José Marcos Mendoza Bolón

Más detalles

Universidad Peruana de Investigación y Negocios

Universidad Peruana de Investigación y Negocios REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA UPEIN CAPITULO I GENERALIDADES ORGANIZACIÓN Y FINES DE LA BIBLIOTECA -UPEIN Artículo 1: La organización y funciones del Sistema de Biblioteca de UPEIN tienen como base: Ley

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CHIAPAS.

REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CHIAPAS. El Dr. Jorge Luis Zuart Macias, Rector de la Universidad Politécnica de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos20 y 23 fracciones XVIII, del Decreto que Reforma, Adiciona

Más detalles

REGLAMENTO DE USO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO

REGLAMENTO DE USO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE USO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO Oficina de Biblioteca REGLAMENTO DE USO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO La Universidad Privada Antenor

Más detalles

Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción

Reglamento Biblioteca Universitaria María Luisa Cortés Gay Introducción Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción Artículo 1 El presente reglamento se establece con la finalidad de salvaguardar el acervo bibliográfico y documental, así como

Más detalles

ESCUELA DE TECNOLOGIAS DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

ESCUELA DE TECNOLOGIAS DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA ESCUELA DE TECNOLOGIAS DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I OBJETIVO GENERAL Artículo No. 1. El presente reglamento tiene como fin normar el ingreso, funcionamiento y uso de la biblioteca de

Más detalles

Artículo 4 Son usuarios internos: los alumnos inscritos, el personal académico, pasantes y personal administrativo de la Unidad UPN 113 León.

Artículo 4 Son usuarios internos: los alumnos inscritos, el personal académico, pasantes y personal administrativo de la Unidad UPN 113 León. REGLAMENTO INTERNO DISPOSICIONES GENERALES Este documento incluye los requisitos que debe cubrir el personal de los servicios bibliotecarios en la Unidad UPN 113, y destaca las funciones y actividades

Más detalles

REGLAMENTO DE CEDITEC II

REGLAMENTO DE CEDITEC II REGLAMENTO DE CEDITEC 2011 - II ÍNDICE 1. Disposiciones generales 3 2. Servicios 4 2.1. Estantería abierta y lectura en sala 4 2.2. Préstamo de libros a domicilio 4 2.3. Préstamo interbibliotecario 4 2.4.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO V. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS. CAPITULO VI. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. CAPITULO 1 GENERALIDADES

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO V. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS. CAPITULO VI. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. CAPITULO 1 GENERALIDADES ANEXO 8. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO 1. GENERALIDADES. CAPITULO 11. HORARIOS Y SERVICIOS. CAPITULO 111. DE LOS PRÉSTAMOS EXTERNOS. CAPITULO IV. VENCIMIENTOS Y SANCIONES. CAPITULO V. DE LOS DERECHOS

Más detalles

reglamento del centro de información y documentación

reglamento del centro de información y documentación reglamento del centro de información y documentación título 1 Generalidades Artículo 1. Misión El Centro de Información y Documentación (CIDOC) de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina (UCAL),

Más detalles

Reglamento de la Biblioteca de la Universidad Politécnica de Altamira REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA

Reglamento de la Biblioteca de la Universidad Politécnica de Altamira REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA ÍNDICE CAPITULO PRIMERO Disposiciones generales CAPITULO SEGUNDO De los Servicios CAPITULO TERCERO Del uso de la biblioteca CAPITULO

Más detalles

CONSIDERANDO. Que en mérito de lo anterior; ha tenido a bien expedir el siguiente:

CONSIDERANDO. Que en mérito de lo anterior; ha tenido a bien expedir el siguiente: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL VALLE DE TOLUCA, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCION QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 12 FRACCION V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, POR EL QUE SE CREA

Más detalles