Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

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1 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS Nombre del organismo contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PROCEDIMIENTO DE SELECCION: Tipo: LICITACION PUBLICA Nº: 087/13 Ejercicio: 2013 Clase: Etapa Única Modalidad: Contratación Consolidada, con Precio Tope. Expediente: Rubro: Insumos Médicos Objeto de la contratación: La provisión de prótesis, implantes y elementos de uso en cirugía ortopédica y traumatológica para atender la demanda de los afiliados del Instituto de todo el país, por el término CIENTO OCHENTA (180) días corridos, renovable de común acuerdo. Costo del pliego: SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS Página de Internet del Instituto CONSULTAS AL PLIEGO Lugar / dirección Plazo y Horario Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Hasta 72 hs. previo al acto de apertura. Contrataciones, sita en la calle Corrientes 635/55, Piso 6º, C.A.B.A., Tel: (011) consultapliegos@pami.org.ar PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Lugar / dirección Plazo y Horario Sala de Aperturas de la Subgerencia de ComprasHasta la fecha y hora de fijada para la y Contrataciones - Corrientes 635/55, Planta Baja apertura. - C.A.B.A. ACTO DE APERTURA: Lugar / dirección Sala de Aperturas de la Subgerencia de Compras y Contrataciones - Corrientes 635/55, Planta Baja - C.A.B.A. Fecha y horario 20 / 12 / 2013 a las 12,00 horas. 1

2 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACION El presente llamado tiene por objeto la provisión de prótesis, implantes y elementos de uso en cirugía ortopédica y traumatológica para atender la demanda de los afiliados del Instituto de todo el país por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, renovable de común acuerdo, conforme al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, las cláusulas del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto aprobado por Resolución Nº 135/03-I del 8 de Agosto de Forman parte del presente pliego los siguientes Anexos: ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII ANEXO VIII ANEXO IX ANEXO X ANEXO XI Nomenclador de Insumos Precios Tope Consumo Estimado Circuito Operativo Solicitud de Implante Certificado de implante (anverso) y reverso Declaración Jurada de aceptación de normativa y prohibiciones Declaración Jurada sobre sanciones Planilla de Cotización Modelo de Contrata Cantidad de Afiliados por UGL y por Zona ARTÍCULO 2º.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y MODALIDAD De acuerdo a los artículos 19 inciso a); 25 incisos a) y c); 26 y 28 del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico-Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por la Resolución Nº 135/03-I, la contratación se encuadrará dentro de las modalidades Contratación Consolidada y Precio Tope. a) Contratación consolidada: La realiza el Nivel Central del INSTITUTO para todas las Unidades de Gestión Local del país. b) Precio Tope: Los precios unitarios ofertados no podrán exceder el precio tope que para cada Grupo de Insumos establece el ANEXO II. Los precios unitarios no variarán durante la vigencia del contrato. c) La cantidad de unidades de bienes a adquirir, consignados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos de la Licitación de referencia, debe interpretarse al sólo efecto estimativo para guía del oferente, basada en la previsión de los requerimientos, la reserva presupuestaria para su pago y para el cálculo de las garantías a constituir y no como un número máximo de unidades a requerir. Por consiguiente el I.N.S.S.J.P podrá, durante el período de vigencia del contrato, realizar los requerimientos de acuerdo con las necesidades del servicio, al precio unitario adjudicado. ARTÍCULO 3º.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACION I. DE LA PROVISIÓN Los adjudicatarios deberán proveer las prótesis e implantes ortopédicos y traumatológicos detallados en el ANEXO I del presente pliego, para su utilización en cirugía programada y de urgencia, incluyendo los servicios de apoyo técnico necesarios. 2

3 II.- ZONAS 1. La contratación se encuentra organizada en las Zonas que se encuentran comprendidas por las UGLs que se detallan a continuación: Zona A: UGL III Córdoba, XII Salta, XVII Chubut, XXII Jujuy, XXV La Rioja, XXVI San Luís, XXXI Junín y XXXVI Río Cuarto. Zona B: UGL I Tucumán, II Corrientes, VI Capital Federal, XIII Chaco, XVIII Misiones, XXIX Morón y XXXIII Tierra del Fuego. Zona C: UGL X Lanús, XIV Entre Ríos, XXIV Catamarca, XXVII Río Negro, XXXII Lujan, XXXIV Concordia, XXXV San Justo y XXXVII Quilmes. Zona D: UGL IV Mendoza, V Bahía Blanca, XI Mar del Plata, XV Santa Fe, XVI Neuquén, XX La Pampa, XXVIII Santa Cruz y XXXVIII Chivilcoy. Zona E: UGL VII La Plata, VIII San Martín, IX Rosario, XIX Santiago del Estero, XXI San Juan, XXIII Formosa y XXX Azul. 2. En caso que alguna/s Zona/s quedare/n desierta/s o fracasada/s, el INSTITUTO podrá realizar una petición de oferta a los oferentes o adjudicatarios del presente llamado para otras Zonas a los efectos de dar cobertura prestacional. III.- PROPUESTA 1. Los oferentes señalarán la/s Zona/s en las que estén en condiciones de atender la totalidad de la demanda de prótesis e implantes ortopédicos y traumatológicos dentro de las condiciones del pliego del llamado y la capacidad de atención que acredite en su oferta. 2. Se deberán cotizar por Zona todos y cada uno de los Grupos de Insumos detallados en el Anexo I. 3. La oferta económica consistirá en la aceptación de los Precios Tope del Anexo II, o una reducción porcentual general de los mismos que afectará a todos los Grupos de Insumos de la Zona ofertada. El precio incluirá todos los gastos que demande la entrega en las unidades sanatoriales u hospitalarias donde se efectúen las cirugías, como así también el instrumental que solicite en préstamo la Unidad Asistencial. 4. La cotización de los productos deberá realizarse en la Planilla de Cotización (ANEXO IX) del presente pliego, en pesos con hasta dos decimales, expresados en números y letras que deberán ser coincidentes. El monto total de la oferta deberá calcularse conforme la planilla complementaria de la/s Zona/s correspondientes/s. 5. No se admitirán en ningún caso cotizaciones en monedas extranjeras, ni cláusulas de ajuste. 6. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este INSTITUTO es considerado como exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el monto con la leyenda más I.V.A., se realizará el cálculo de la alícuota correspondiente. 7. Deberán incluir un programa para la atención de la demanda programada y la atención de emergencia. IV.- CONDICIONES GENERALES DE LAS PRESTACIONES 1. Los oferentes deberán cumplir con los plazos de entrega previstos en el Artículo 17º PLAZOS Y LUGARES DE ENTREGA, y el incumplimiento dará lugar a la aplicación de penalidades y/o sanciones conforme lo previsto en el Artículo 21º PENALIDADES Y SANCIONES. 2. Se deberán respetar los Circuitos Operativos establecidos en el Anexo IV. 3. Los adjudicatarios deberán asumir ante el INSTITUTO la responsabilidad en cuanto a la calidad de los elementos ofertados al INSTITUTO y la puntualidad en la entrega de los elementos y/o servicios requeridos en cada solicitud de provisión. 3

4 ARTICULO 4º.- COMUNICACIONES, CONSULTAS Y ACLARACIONES Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 3º, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno y en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente pliego. Las consultas y aclaraciones sobre el contenido de los pliegos que rigen la presente contratación deberán ser realizadas por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones, sita en Corrientes 635/55, piso 6º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 17:00 hs. ó por correo electrónico a la dirección consultapliegos@pami.org.ar, hasta el 72 hs. previo el acto de apertura. Las mismas podrán ser respondidas por circular aclaratoria que se enviará por correo electrónico a todos los interesados y se publicará en la página de Internet ARTÍCULO 5º.- REQUISITOS DE LOS OFERENTES Para participar de la presente licitación los oferentes deberán cumplir con lo establecido en el presente pliego y reunir los siguientes requisitos: 1. Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sí mismo o como integrante de un grupo o asociación. 2. Deberán contar para la provisión, como mínimo con un Centro Operativo, que funcionará las 24 horas, todos los días del año, durante el período de vigencia del contrato. Este Centro deberá contar con recursos humanos, espacio físico, equipamiento tecnológico y de comunicaciones suficiente, para poder realizar las provisiones en las condiciones que se establecen en el presente pliego. 3. Los oferentes deberán demostrar capacidad para proveer los insumos que ofrecen en las condiciones establecidas en el presente pliego y deberán acreditar mediante carta compromiso o carta intención de la empresa con la cual realizará la distribución, la capacidad y experiencia de la misma, como así también los planes de entrega alternativos ante situaciones de urgencia y posibles contingencias. En el caso que la empresa distribuidora fuera la misma prestadora, deberán presentar todos los elementos que acrediten esta capacidad y los correspondientes planes de entrega normal, urgencias y alternativo ante contingencias. 4. Para acreditar la habilitación y autorización de funcionamiento de la empresa se deberá presentar la documentación prevista en cualquiera de las dos alternativas siguientes: a) Disposición y certificado de habilitación y autorización de funcionamiento de la empresa según Disposición A.N.M.A.T. Nº 2319/02 (t.o. 2004), acompañada de Certificado de Buenas Prácticas de fabricación vigente. El rubro de autorización está determinado por el Certificado de BPF y no por el certificado de habilitación, motivos por el cual ambos deben presentarse en forma conjunta, careciendo de validez por separado. b) Disposición y certificado de habilitación de establecimiento según Res. 255/94- Ms y AS, donde consten la vigencia y el rubro de los productos médicos. 5. Contar los lugares de producción y comercialización con las habilitaciones requeridas por las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales. 6. En caso de no ser el fabricante, contar con el reconocimiento del establecimiento productor como representante y/o distribuidor autorizado, su autorización para presentarse en el presente llamado y la documentación que acredite que la empresa a la cual representa cuenta con las correspondientes habilitaciones para fabricar los productos ofrecidos, haciéndose solidario de la garantía de fabricación. 7. Acreditar la provisión de los insumos requeridos a obras sociales nacionales o provinciales y sistemas de medicina prepaga. 8. Deberán constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de correo electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al procedimiento del presente llamado. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al Instituto. 4

5 9. de ser fabricantes inscripción en el Registro Industrial de la Nación. ARTICULO 6º - PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR No podrán presentar ofertas: 1. Las personas físicas y jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el INSTITUTO, por causa atribuible al incumplimiento de sus obligaciones. 2. Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueran excluidas del Registro de Proveedores del INSTITUTO. 3. Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación societaria, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública Nº Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de ética pública. 5. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. 6. Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delito contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. 7. Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social. 8. Las personas físicas o jurídicas respecto de las cuales se haya declarado la quiebra o se encuentren en estado de liquidación. 9. No será admitida la presentación de uniones transitorias de empresas ni ninguna otra forma asociativa o representativa que se genere al efecto o formada para contrataciones similares. ARTÍCULO 7 - REQUISITOS DE LOS PRODUCTOS 1. Para acreditar la Inscripción de los productos, se deberá presentar la documentación prevista cualquiera de las tres alternativas siguientes: a) Certificado de registro según disposición 2318/05 (t.o. 2004) firmado y sellado por el Director Nacional o Interventor de A.N.M.A.T. b) Certificado de Inscripción según Disposición 3802/04, firmado y sellado por funcionario autorizado de la Dirección de Tecnología Médica. c) Declaración Jurada emitida en el formulario aprobado por Anexo I de la Disposición A.N.M.A.T. Nº 3802/04 acompañada de copias de los documentos previstos en el artículo 9º de la norma mencionada, integrando en único cuerpo documental, firmado en original en todas sus fojas por el representante legal y el director técnico de la empresa titular, e intervenido con el sello fechador de la Mesa de entradas de la A.N.M.A.T., el cual será suficiente constancia de empadronamiento según el Artículo 8º de la Disposición 3802/04 (Conf. Art. 3º Disp. 4831/05). 2. Los productos ofertados no se deberán encontrar en etapa de experimentación. 3. Los productos deberán ser garantizados por un mínimo de un año a partir de la fecha de colocación de la prótesis o implante debiendo durante ese plazo el proveedor hacerse cargo de su reposición en caso de falla. ARTICULO 8º - CONTENIDO DE LA OFERTA Las ofertas deberán presentarse en sobre o caja en original y duplicado y cumplir con los requisitos formales establecidos en los artículos 7 y 10º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 8 del mismo Pliego. La presentación estará debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado del oferente y deberá contener: 5

6 1. Índice de la documentación presentada, con indicación de las hojas que conforman cada una de sus partes, con mención de la cantidad total de fojas de la oferta. 2. Carta de presentación del oferente, con todos los datos y documentación que correspondan a su individualización y personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad y responsables de la conducción y la administración. 3. Documentación suficiente que acredite la personería del representante legal, si la misma no surge del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la personería del apoderado. 4. Domicilio que constituye con teléfono, fax y dirección de correo electrónico. 5. En caso de no ser el fabricante, contar con el reconocimiento del establecimiento productor como representante y/o distribuidor autorizado, su autorización para presentarse en el presente llamado y la documentación que acredite que la empresa a la cual representa cuenta con las correspondientes habilitaciones para fabricar los productos ofrecidos, haciéndose solidario de la garantía de fabricación. 6. Inscripción en la Inspección General de Personas Jurídicas y/o del Registro Público de Comercio, vigente. 7. Certificado fiscal para contratar vigente o constancia de iniciación del trámite. 8. Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, vigente. 9. Planilla de Cotización (ANEXO IX) firmada. La misma deberá acompañarse en planilla formato Excel en digital. 10. Garantía de mantenimiento de oferta según Art. 10º del presente pliego. 11. Copia de las habilitaciones requeridas por las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales. 12. De ser fabricantes, inscripción en el Registro Industrial de la Nación. 13. La habilitación de la empresa como fabricante se acreditara mediante copia certificada de la documentación requerida en el punto 4 del Artículo 5º del presente pliego. 14. La inscripción de los productos se acreditará mediante la presentación de copia certificada de la documentación requerida en el punto 1 del Artículo 7º del presente pliego. 15. Toda la información que considere conveniente sobre los productos ofrecidos y capacidad de producción. 16. Dirección, números de teléfono y fax y correo electrónico del o de los centros operativos destinados a atender la demanda. 17. Planes de trabajo para entrega normal, urgencias y contingencias según lo requerido. 18. Copia de los Balances Generales de Cierre de Ejercicio firmadas por Contador Público y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondiente a los dos (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta. 19. Listado de sucursales y/o representaciones en el ámbito nacional, con mención de la relación comercial que los une con el oferente. Indicar dirección, teléfonos, fax o correo electrónico. 20. Nómina de los principales clientes del sector público, privado y obras sociales y entidades bancarias con las que opera. 21. Declaración Jurada de aceptación de normativa y de no estar comprendido en las causales determinadas en el artículo 6 del presente pliego (ANEXO VII). 22. Declaración jurada, confirmando que el oferente no registra apercibimientos y/o sanciones por parte del Instituto, la A.N.M.A.T. o las autoridades de salud nacional y provincial, y en los organismos técnicos nacionales (ANEXO VIII). 23. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos, firmado en todas sus fojas como constancia de adhesión a las cláusulas del mismo y las correspondientes del Pliego Único de Bases y Condiciones 6

7 Generales del Instituto Nacional de Servicios Sociales, aprobado por la Resolución N 218/03-I, que puede obtener a través de la página de Internet Toda la documentación deberá entregarse en idioma original. Si no fuera en español deberá acompañarse por su traducción al idioma nacional certificada por traductor público nacional. No será necesaria la incorporación a la oferta de toda aquella documentación requerida en el presente Artículo que se encuentre debidamente presentada y actualizada en el Registro de Proveedores dependiente de la Subgerencia de Compras y Contrataciones de este Instituto. ARTÍCULO 9 - MANTENIMIENTO DE LA OFERTA El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha del acto de apertura de ofertas, prorrogables en las formas y modalidades previstas en el Artículo 51º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Medico Asistenciales y Sociales del Instituto. ARTÍCULO 10º - GARANTÍAS Deberán constituirse Garantías de Mantenimiento de Oferta y de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo determinado en el artículo 5º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La garantía de mantenimiento de oferta será presentada conjuntamente con la oferta y su valor será equivalente cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta. Dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación, los adjudicatarios deberán presentar la garantía de cumplimiento del contrato por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del monto total de lo adjudicado. Si vencido dicho plazo no constituye la garantía de cumplimiento, no se emitirá la orden de compra ni se suscribirá el contrato, adjudicando la contratación al oferente ubicado en segundo lugar en el Acta de Evaluación de Ofertas, con la pérdida de la garantía de la oferta del proponente incumplidor. Formas de constitución de las garantías: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central. b) Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad de Buenos Aires o el Gran Buenos Aires. c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del INSSJP, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSSJP. f) Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los créditos que se 7

8 encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº y Resolución Nº 267/03 del Ministerio de Economía. ARTICULO 11º.- LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las propuestas presentadas conforme lo establecido por el Artículo 6 del presente pliego, deberán encontrarse perfectamente cerradas, identificadas con los datos del Procedimiento de Selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, y serán admitidas hasta LA HORA FIJADA para el Acto de Apertura, en la Sala de Aperturas de la SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES sita en Corrientes 635/55, Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde tendrá lugar la misma. Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. ARTÍCULO 12º.- APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar y hora antes indicada, cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar: a) Número de Expediente e identificación del procedimiento de selección b) Fecha y hora en que se labre el acta. c) El número de orden asignado a cada oferta. d) La denominación del oferente. e) Renglones ofrecidos. f) Montos de las ofertas. g) La garantía de mantenimiento de oferta. h) La cantidad de fojas que contiene cada oferta original. i) Las observaciones que se formulen. j) Hora de cierre del acto. El acta será suscripta por los agentes del Instituto designados al efecto y por los oferentes que lo desearen. ARTÍCULO 13º.- EVALUACION DE LAS OFERTAS Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que será designada por la máxima autoridad del Instituto. Para ello, analizará la documentación presentada por los oferentes y evaluará las propuestas, a efectos de verificar la admisibilidad y conveniencia de las mismas considerando: a) El cumplimiento de los aspectos formales y el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Artículos 16º y 17º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la documentación exigida por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos y el Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del INSSJP, aprobado por la Resolución Nº 135/03-I. La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación de aspectos formales o requerir las aclaraciones que crea conveniente. b) Antecedentes en el mercado nacional. c) La propuesta económica para las cuales el oferente presente oferta. d) Todo otro aspecto que la Comisión Evaluadora considere analizar y sirva para una mejor evaluación de las ofertas presentadas. La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes toda información que considere necesaria. Asimismo podrá solicitarles la presentación de muestras de los productos ofrecidos. El Instituto podrá determinar la retención de muestras a los adjudicatarios, procediéndose a la devolución de las restantes en los términos del Artículo 11º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales La Comisión Evaluadora suscribirá un acta-dictamen en los términos del Artículo 18 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, donde se incluirán: a) Las ofertas admitidas. 8

9 b) Los renglones declarados fracasados o desiertos con una breve justificación. c) Sobre la base a las ofertas admisibles la Comisión Evaluadora emitirá el orden de prelación para cada renglón encabezado por el oferente que haya realizado la mejor oferta económica, quedando como alternativa la oferta siguiente en orden de prelación; y así sucesivamente se ubicará a los demás oferentes. d) Recomendación de la/s oferta/s más conveniente a los intereses del Instituto. ARTÍCULO 14º.- IGUALDAD DE OFERTAS De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 19º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en caso de igualdad de zs y calidad, en uno o más renglones se solicitará a los oferentes empatados que formulen una mejora en sus ofertas. El silencio por parte del oferente, se entenderá como ratificación de su oferta. Si se mantuviera la igualdad se procederá al sorteo de las ofertas en cuestión. ARTÍCULO 15º.- ADJUDICACIÓN DE OFERTAS La adjudicación tendrá en cuenta el acta de la Comisión Evaluadora y demás dictámenes e informes que considere necesario agregar, de acuerdo a lo que el INSTITUTO considere más conveniente. La adjudicación se realizará por Zona. Se adjudicará el total de los Grupos de Insumos para cada una de las Zonas. El Adjudicatario de cada Zona deberá proveer la totalidad de las prótesis y el material incluidos en cada Grupo de Insumos. ARTÍCULO 16º - EJECUCIÓN DEL CONTRATO Durante la ejecución del mismo los adjudicatarios tendrán las siguientes obligaciones: - Realizar las provisiones únicamente a través de la aplicación de las normas indicadas en el presente Pliego y sus anexos. - Proveer exclusivamente los insumos que haya presentado en la oferta aceptada obligándose a mantener la continuidad de la producción y el stock suficiente para atender la demanda en los plazos estipulados. El reemplazo de los productos ofrecidos sólo podrá aceptarse, previa conformidad del INSTITUTO, para mejorar la calidad o por razones de fuerza mayor. El elemento de reemplazo deberá poseer las mismas certificaciones que el original. - La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o parcial sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del INSSJP; en cuyo caso el adjudicatario cedente continuará obligado en forma solidaria, mancomunada e ilimitadamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por culpa del adjudicatario. El INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser adjudicatario del INSSJP. - La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. ARTÍCULO 17º - PLAZOS Y LUGARES DE ENTREGA El proveedor deberá cumplimentar la entrega de las prótesis e implantes, solicitadas para cada uno de los beneficiarios domiciliados en la UGL de provisión adjudicada a dicho proveedor, independientemente del lugar donde se realice la cirugía, dentro de los siguientes plazos: a) Intervenciones quirúrgicas de Urgencia: Inmediata. b) Intervenciones quirúrgicas de carácter programado: Será establecido por el médico tratante. El prestador deberá entregar el insumo con un mínimo 48 horas de antelación a la cirugía. 9

10 Las Prótesis e Implantes deberán ser entregados en las Instituciones Sanatoriales u Hospitalarias solicitantes, aun en el caso de que estas no se encuentren localizadas en su UGL de provisión. ARTÍCULO 18º - RESPONSABILIDADES DE LOS ADJUDICATARIOS Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de bases y condiciones, o en la restante documentación contractual, el adjudicatario estará obligado por lo siguiente: 1 RESPONSABILIDAD CIVIL Y PATRIMONIAL a) Los proveedores deberán asumir expresamente la responsabilidad civil integral y culpa objetiva por riesgos o vicios, sin ningún tipo de limitación cuantitativa o temporal, por cualquier daño que cause con motivo u ocasión de sus servicios. b) El Instituto estará exento por cualquier daño que sufra los proveedores con motivo y ocasión de eventos de toda especie y actividades de cualquier índole, comprendidas o relativas al servicio prestado. c) El INSTITUTO no será responsable de los daños que puedan ser causados a los elementos a proveer durante su transporte y almacenamiento, debiendo el proveedor contratar los seguros correspondientes. d) El adjudicatario deberá contar con seguros de responsabilidad civil con las coberturas que exija el INSTITUTO. 2 INDEMNIDAD a) El PROVEEDOR deberá mantener indemne al Instituto frente a cualquier reclamo judicial o extra judicial que pudieran realizar los Afiliados del INSTITUTO o cualquier tercero por causas derivadas del cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones del contrato. b) El Instituto no responderá, en ningún caso, ante terceros, como así tampoco intervendrá en ninguna discrepancia, reclamo o juicio que pudiera producirse entre terceros y el PROVEEDOR, motivo por el cual consigna en forma expresa la renuncia, a cualquier acción judicial o reclamo extra judicial contra el INSTITUTO. c) Estarán a cargo del proveedor los montos de las indemnizaciones que hubiera tenido que abonar el INSTITUTO a sus Afiliados por causas derivadas del cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones del contrato. ARTÍCULO 19º.- FACTURACION El/los adjudicatarios deberán confeccionar su factura electrónica obligatoriamente de conformidad a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Res. N 2485/2008 y sus modificaciones) y Res. 781/13 DE, donde deberá constar el N de Orden de Compra, Item facturado y mes de prestación del servicio. Los comprobantes de factura electrónica deberán ser cargado a través de la Plataforma de Autogestión del Sistema Interactivo de Información.- /link: Prestadores - Factura Electrónica - Paso N 3.- A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace saber que el INSTITUTO se encuentra exento. ARTÍCULO 20º - FORMA Y CONDICIONES DE PAGO Los pagos de las prótesis e implantes ortopédicos y traumatológicos se realizarán dentro de los treinta (30) días corridos de la presentación de la factura. ARTÍCULO 21º - PENALIDADES Y SANCIONES Además de las penalidades y sanciones establecidas en el Artículo 25 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y a la promoción de acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el Instituto queda facultado a aplicar las penalidades que se enuncian a continuación: 10

11 A) MULTA Por la falta de entrega de las prótesis e implantes dentro de los plazos establecidos en el Pliego o la entrega de elementos defectuosos que no puedan utilizarse en la práctica quirúrgica, sin dar solución inmediata o respuesta satisfactoria a los requerimientos del INSTITUTO, se aplicará una multa que será diez (10) veces el valor de adquisición de la prótesis no entregada o de los elementos defectuosos entregados. Por no mantener abierto el Centro Operativo, los días y horarios indicados en el art. 3º punto 2, se aplicará una penalidad equivalente al 5% de la facturación presentada. Sin perjuicio de aplicación de una multa, en caso de corresponder, el Instituto podrá efectuar la adquisición directa, en plaza, a un tercero, del elemento indicado en la solicitud de provisión que no haya sido entregada por el adjudicatario estando a cargo de este los mayores costos que demande. B) RESCISION A partir de la quinta reiteración de las causales antes citadas el Instituto podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor. De verificarse que el Proveedor proveyó elementos de calidad inferior a los aceptados en la adjudicación el Instituto procederá a la rescisión del contrato en forma inmediata e iniciará las acciones legales correspondientes. Las sanciones y penalidades aplicadas serán comunicadas a la Gerencia de Administración para su incorporación en el sistema de información sobre Proveedores y Prestadores. Las sanciones y penalidades que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños y perjuicios a los afiliados o a los prestadores de atención médica. El Instituto podrá debitar de cualquier factura en trámite de cobro los cargos imputables por incumplimiento del presente contrato, o de cualquier cuenta del proveedor. ARTICULO 22º - AUTORIDAD SANCIONATORIA PROCEDIMIENTO Denunciado y/o verificado el incumplimiento el INSTITUTO lo comunicará al proveedor. El adjudicatario deberá documentar el cumplimiento en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas de haber recibido el reclamo por cualquier medio (nota, fax, correo electrónico, comunicación telefónica grabada o cualquier otra vía que lo documente) o efectuar el descargo correspondiente por los mismos medios y dentro del mismo plazo. El descargo será resuelto por el INSTITUTO en las veinticuatro (24) horas siguientes. La penalidad se aplicará una vez vencido el plazo acordado para el descargo, sin que se haya recibido respuesta por parte del adjudicatario o cuando el INSTITUTO desestime el descargo. Las multas o penalidades serán resueltas por acto dispositivo de la Gerencia de Prestaciones Médicas. ARTICULO 23º - AUDITORIAS El INSTITUTO, a través de sus áreas competentes de Nivel Central o de las Unidades de Gestión Local, podrá, en cualquier oportunidad, realizar auditorias, monitoreos, inspecciones, consultas con los profesionales y establecimientos asistenciales o con los beneficiarios o sus representantes y demás acciones que considere conveniente para evaluar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los adjudicatarios, así como la calidad de los productos y/o servicios que presta y solicitar mejoras o aplicar sanciones si correspondiere. Los controles podrá hacerlos por sí o a través de universidades, centros de investigación y desarrollo científico y tecnológico o cualquier otra institución especializadas, ya sean públicas o entidades sin fines de lucro. ARTÍCULO 24º.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Los adjudicatarios deberán, dentro de los cinco días de notificada la adjudicación, constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Si vencido dicho plazo no constituye la citada garantía, no se emitirá la Orden de Compra y se procederá a realizar una nueva adjudicación 11

12 dentro de las ofertas declaradas admisibles, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. El contrato quedará perfeccionado en el momento de suscribirse la respectiva contrata. ARTÍCULO 25º.- VIGENCIA DE LOS CONTRATOS La prestación del servicio de provisión que se celebre con el adjudicatario tendrá una duración CIENTO OCHENTA (180) días corridos contados a partir de la suscripción de la respectiva contrata. Los contratos se podrán renovar de común acuerdo por un plazo de hasta CIENTO OCHENTA (180) días corridos, debidamente fundado en razones prestacionales se podrá renovar por un plazo superior. No obstante, sus cláusulas seguirán vigentes hasta que se hayan cumplido todos los servicios derivados de su ejecución. ARTÍCULO 26º - NORMATIVA APLICABLE Y ORDEN DE PRELACIÓN Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: 1. La Orden de Compra. 2. La contrata a partir de la firma. 3. La adjudicación a partir de su resolución 4. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos, junto con las circulares que se dicten en consecuencia. 5. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 6. La Oferta y sus Accesorios. 7. El Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico-Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por Resolución Nº 135/03-I. Las disposiciones reglamentarias del Instituto en materia de compras, contrataciones, recepción de bienes y servicios, facturación, pago y abastecimiento de insumos médicos. ARTÍCULO 27º -COMPETENCIA A todos los efectos legales derivados del presente contrato serán competentes los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. ARTICULO 28º.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este Instituto a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho trámite previo a la emisión de la Orden de Compra. A los fines expuestos se deberá ingresar a la página web del Instituto ( o dirigirse a la División Registro y calificación del Departamento Proveedores, sito en Corrientes 635/55 Piso 6º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Te: (Int / 6046). ARTICULO 29º- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la página de Internet del Instituto y que rige para la contratación en todas sus cláusulas que no fueran modificadas expresamente por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos. 12

13 RAZON SOCIAL... DOMICILIO... LOCALIDAD... FIRMA DEL PROVEEDOR SELLO COMERCIAL 13

14 ANEXO I Nomenclador de Insumos CODIGO / GRUPO DE INSUMOS CADERA 200- TRATAMIENTO DE FRACTURAS DE CADERA PACIENTES CON BAJA DEMANDA DEAMBULACIÓN INTRADOMICILIARIA 201- TRATAMIIENTO DE FRACTURAS DE CADERA PACIENTES CON DEMANDA INTERMEDIA DEAMBULACIÓN EXTRADOMICILIARIA ESPORÁDICA 202- TRATAMIENTO DE FRACTURAS/ COXARTROSIS PACIENTES CON ALTA DEMANDA DEAMBULACIÓN EXTRADOMICILIARIA CODIGO INSUMO /35/36/ /35/36/ /35/36/37/31 DESCRIPCIÓN 1) Prótesis Parcial de Cadera Thompson / Austin Moore cuello corto o 2) Prótesis Parcial de Cadera Thompson / Austin Moore cuello largo, o 3) Prótesis Thompson cuello largo tallo largo con 33) cemento sin antibiótico, 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape 37) U Drape. 4) Prótesis Parcial de Cadera Bipolar acero con 33) cemento sin antibiótico, 35) Hemosuctor 36) Steri Drape 37) U Drape. 6) Prótesis Total de Cadera Charnley / Muller reforzada, Tallo y Cotilo o 7) Prótesis Total de Cadera Charnley / Muller standard, Tallo y Cotilo, o 8) Prótesis Modulares de Cadera Charnley / Muller, Tallo, cabeza y Cotilo. 15) Prótesis Charnley/Muller Autobloqueante, cabeza intercambiable, Cotilo y Tallo Cementado o 33) Cemento sin antibiótico dosis requeridas 35) Hemosuctor 36) Steri Drape y 37) U Drape 31)Tapon Endomedular 203- TRATAMIENTO DE FRACTURAS/COXARTROSIS PACIENTES CON ALTA DEMANDA DEAMBULACIÓN EXTRADOMICILIARIA MENORES DE 75 AÑOS 204- TRATAMIENTO DE FRACTURAS COXARTROSIS CON PREDISPOSICION A LUXACIONES 205-TRATAMIENTO REVISION DE CADERA UN COMPONENTE /35/36/37/38/ //35/36/37/38/ /35/36/37/31 9) Prótesis de Cadera Híbrida Acero Inoxidable 10) Prótesis de Cadera Híbrida de Titanio, Cotilo CR-CO- MO, Tallo cementado 11) Prótesis Total de Cadera no cementada titanio, Tallo y Cotilo, con 33) Cemento sin antibiótico 35) Hemosuctor 36) Steri Drape y 37) U Drape. Incluye 38) Cemento Gun si lo solicita el cirujano. 31)Tapon Endomedular 29) Prótesis Total de Cadera Autorretentiva y/o Tripolar y/o Monoblock, con 33) Cemento sin antibiótico 35) Hemosuctor 36) Steri Drape y 37) U Drape. Incluye 38) Cemento Gun si lo solicita el cirujano. 31)Tapon Endomedular 12) Cotilo Prótesis de Cadera de Revisión Cementada, y/o 19) Cabezas Modulares diámetro 22 y 28 mm,y/o 26) Tallo Charnley / Muller de Revisión con 34) Cemento con antibiótico 35) Hemosuctor 36) Steri Drape y 37) U Drape. 31)Tapon Endomedular 14

15 206-TRATAMIENTO DE REVISION DE CADERA UN COMPONENTE NO CEMENTADO 207-TRATAMIENTO DE REVISION DE CADERA NO CEMENTADO 208- TRATAMIENTO DE CADERA DE REVISION HIBRIDA 209-TRATAMIENTO DE REVISION DE CADERA CEMENTADO 210-TRATAMIENTO DE REVISIÓN EN PACIENTES CON PREDISPOSICION A LUXACION 211- TRATAMIENTO DE LOS DEFECTOS OSEOS ACETABULARES O FEMORALES 212- TRATAMIENTO DEL CONTROL DE INFECCIONES EN CADERA 213-TRATAMIENTO DE TUMORES DEL EXTREMO PROXIMAL DEL FEMUR O REVISIONES COMPLEJAS 214-TRATAMIENO DE TUMORES MASIVOS DE FEMUR O MULTI REVISIONES /36/ /36/ /35/36/37/38/ /35/36/37/38/ /35/36/37/38/31 17/ /36/ /35/36/ /35/36/37 20)Cotilo no cementado protesis hibrida revisión, o 27) Tallo ranurado de revisón con agarre distal con 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape 37) U Drape. 13) Prótesis de Cadera de Revisión no Cementada, Tallo fijacion distal y Cotilo, 35) Hemosuctor 36) Steri Drape y 37) U Drape. 14) Prótesis de Cadera de Revisión Híbrida, Tallo y Cotilo, con 34) Cemento con antibiótico dosis requeridas, 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape y 37) U Drape. Incluye 38) Cemento Gun si lo solicita el cirujano. 31)Tapon Endomedular. 16) Prótesis Charnley / Muller Autobloqueante, revisión, cabeza intercambiable, Cotilo y Tallo 28) Prótesis Cadera Revisión Charnley/Muller Modular 34) cemento con antibiótico dosis requeridas, 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape y 37) U Drape. Incluye 38) Cemento Gun si lo solicita el cirujano 31)Tapon Endomedular 5) Protesis parcial de cadera Bipolar revisión, o 30) Prótesis Total de Cadera Autorretentiva de Revisión y/o Monoblock y/o Tripolar, 34) cemento con antibiótico dosis requeridas 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape 37) U Drape. Incluye 38) Cemento Gun si lo solicita el cirujano 31)Tapon Endomedular 17)Refuerzos Acetabulares o 32) Malla Metálica / titanio 18) Espaciador de Cadera, 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape, 37) U Drape 22) Endoprótesis hasta ½ de Fémur no cementada o cementada de resección proximal con 34) cemento con antibiótico dosis requeridas 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape 37) U Drape 23) Endoprótesis Fémur total o resección total cementada o no cementada con 34) cemento con antibiótico dosis requeridas 35) Hemosuctor, 36) Steri Drape 37) U Drape 15

16 215-ELEMENTOS VARIOS 21 24/25 21) Cotilo cementado, Y/o 24,Tallo Charley/ 25) Muller Standard y reforzado CEMENTOS Y DESCARTABLES (Solo en caso que exceda el módulo) 33/34/35/38 33) Cemento, o 34) Cemento con antibiótico, o 35) Hemosuctor, o 38) Cemento Gun TODOS LOS MODULOS INCLUYEN ASISTENCIA TECNICA Y DECEMENTACION CUANDO CORRESPONDA MAS SIERRA DE CORTE A PRESTAMO RODILLA 300- TRATAMIENTO PROTESICO PRIMARIO DE LA GONARTROSIS /58/59/60 42) Prótesis Total de Rodilla fija primaria, o 43) Prótesis Total de Rodilla Modular Anatómica, o 44) Prótesis Total de Rodilla con conservación de ligamentos cruzados, o 47) Prótesis Total de Rodilla Unicompartimental, con 56) Cemento dosis requerida, 58) Hemosuctor 59) Steri Drape, 60) U Drape. 301-TRATAMIENTO PROTESICO ONCOLOGICO / REVISIONES COMPLEJAS 302- TRATAMIENTO DE LAS REVISIONES DE RODILLA 303-TRATAMIENTO DE LA GONARTROSIS O REVISIONES CON DEFECTO OSEO /58/59/ /58/59/ /58/59/60 40) Prótesis no convencional 41) Endoprótesis hasta ½ Tibia o Tibia completa 57) Cemento con antibiótico dosis requeridas, 58) Hemosuctor., 59) Steri Drape, 60) U Drape. 45) Prótesis Total de Rodilla, Revisión Fija,o 46) Prótesis Revisión Modular, o 48) Espaciador de Rodilla, con 57) con Cemento con antibiótico dosis requeridas, 58) Hemosuctor, 59) Steri Drape, 60) U Drape 49) Prótesis Total de Rodilla modular o revisión con vástagos y cuñas, con 57) con Cemento con antibiótico dosis requeridas, 58) Hemosuctor, 59) Steri Drape, 60) U Drape 304- CEMENTOS Y DESCARTABLES (Solo en caso que exceda el módulo) 56/57/58/61 56) Cemento, o 57) Cemento con antibiótico, o 58) Hemosuctor, o 61) Cemento Gun TODOS LOS MODULOS INCLUYEN ASISTENCIA TECNICA Y DECEMENTACION CUANDO CORRESPONDA MAS SIERRA DE CORTE A PRESTAMO COLUMNA 401- SET DE ARTRODESIS DE COLUMNA BASICA TITANIO 402- SET DE ARTRODESIS DE COLUMNA COMPLEJO TITANIO /80 69) Sistema con Tornillos Transpediculares Mono y Poliaxiales, con Tulipa extendida, Ganchos, Barras y Uniones Transversales Hasta 3 Niveles Titanio 79) Hemosuctor, 80) Steri Drape 70) Sistema con Tornillos Transpediculares Mono y Poliaxiales, con Tulipa extendida, Ganchos, Barras y Uniones Transversales Hasta 6 Niveles, Titanio, o 71) Sistema con Tornillos Transpendiculares Mono y Poliaxiales, con Tulipa extendida, Ganchos, Barras y Uniones Transversales más de 6 Niveles, Titanio. 79) Hemosuctor, 80) Steri Drape. 16

17 403- TRATAMIENTO DE COLUMNA CERVICAL VIA POSTERIOR 404- TRATAMIENTO DE COLUMNA CERVICAL VIA ANTERIOR ) Placa para laminoplastía con Tornillos cervical posterior en Titanio 79) Hemosuctor, 80) Steri Drape. 73) Placa con Tornillos cervical Anterior en Titanio. 79) Hemosuctor, 80) Steri Drape CAJAS INTERSOMATICAS 74 74)PLIF/ALIF/ACIF/Cages en PEEK y/o Titanio 406- ESTABILIZACION DINAMICA Y TRATAMIENTOS PERCUTANEOS ) Separador Interespinoso en Titanio y/o Peek, o 76) Vertebroplastía Percutanea. 79) Hemosuctor, 80) Steri Drape TODOS LOS MODULOS INCLUYEN ASISTENCIA TECNICA Y DECEMENTACION CUANDO CORRESPONDA MATERIAL DE OSTEOSINTESIS 500-PEQUEÑOS ELEMENTOS DE OSTEOSÍNTESIS 501-SET DE TRATAMIENTO DE FRACTURAS PROXIMALES DE FEMUR ESTATICOS 502-SET DE TRATAMIENTO DE FRACTURAS PROXIMALES DE FEMUR DINAMICOS SET DE TRATAMIENTO ENDOMEDULARES BASICOS DE FRACTURAS 504- SET DE TRATAMIENTO ENDOMEDULARES COMPLEJOS SET DE TRATAMIENTO DE FRACTURAS DEL HALLUX VALGUS Y FRACTURA DE ESCAFOIDES *** 506- SET DE OSTEOSINTESIS BASICAS 507-SET DE OSTESINTESIS COMPLEJAS 84 84) Alambre de Kirschner, o 85 85) Alambre Quirúrgico, o 91 91) Clavos de Rusch, o 93 93) Clavos Steimann, o ) Tornillos Corticales, o ) Tornillos Esponjosa, o ) Tornillos Maleolares, o ) Grapas, o ) Arandelas 95 95) Clavo Placa de Muller con Tornillos, o 92 92) Clavos de Ender, o 94 94) Clavo Placa de Jewet con sus Tornillos 96 96) Clavo Placa Deslizante con Tornillos, DHS /DCS, o 97) Clavo Placa Deslizante Autocompresivo, DHS / DCS 86 86) Clavo endomedular para Fémur, Tibia o Húmero, ) Clavo endomedular acerrojado para Fémur, Tibia o Húmero. 88) Clavo Endomedular Acerrojado de Titanio para Fémur, Tibia o Húmero, o 89) Clavo Endomedular Retrógrado para Fémur o Húmero, o 90) Clavo Endomedular con Tornillo Cefálico tipo Gamma ó tipo PFN Tornillos canulados doble rosca tipo Baruck o Herbert ) Set de Placas con Tornillos de 2 a 4,5 mm, o ) Tornillos Canulados de Titanio o Acero, o 98 98) Clavo Placa Coventry, o 99 99) Placa de Orificios Divergentes con Tornillos de 2 a 4,5 mm 100) Placa Bloqueada con tornillos de 2 a 4,5 mm para muñeca, antebrazo, codo, húmero, fémur, tibia, tipo 100 lambda, tipo Pi o ) Placa Cable, o ) Placa Maxilofacial de Titanio, o ) Clavo Placa para Osteotomía tipo Puddu 17

18 HOMBRO 508- DESCARTABLES 130/131/ TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD ONCOLOGICA DE HUMERO PROXIMAL O REVISION COMPLEJA 601-TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD ONCOLOGICA DE HUMERO COMPLETO O REVISION COMPLEJA 602-TRATAMIENTO DE ARTROSIS GLENO HUMERAL O FRACTURAS CODO 50 57/58/ /58/ /58/ TRATAMIENTO DE LOS DESGARROS TENDINOSOS ARTROPLASTIA DE CODO ARTROSCOPIA 55 /56/58/59 130) Hemosuctor, 131) Steri Drape, 132) U Drape 50) Endoprótesis hasta 1/2 húmero(*), 57) Dosis de Cemento C/antibiótico, 58) Hemosuctor, 59) Steri Drape. 51) Endoprótesis Húmero Completo 57) Dosis de Cemento c/antibiótico, 58) Hemosuctor. 59)Steri Drape. 52) Prótesis Cementada Parcial, 54) Prótesis Cementada Total, 56) Dosis de Cemento s/antibiótico, 58) Hemosuctor, 59) Steri Drape. 53) Arpones con suturas de alta resistencia. 55)Prótesis de Codo Abisagrada 56) Dosis de Cemento s/antibiótico, 58) Hemosuctor, 59) Steri Drape. 700-SET DE RECONSTRUCCION DE LIGAMENTOS CRUZADOS BASICO SET DE RECONSTRUCCION DE LIGAMENTOS CRUZADOS COMPLEJO ARPONES TUTORES EXTERNOS 801- TUTORES A 802- TUTORES B 119/ ) Tornillos Interferenciales de Titanio, 116) Grapa para ligamento cruzado. 115) Tornillo para semitendinoso, semimembranoso. Incluye tornillo femoral transversal y tornillo tibial + grapa 117) Set artroscópico con sutura alta resistencia más set de descartables. 118) Arpones Meniscales. 119)120) Tutor externo monoplanar, muñeca, antebrazo, pierna y brazo. 122)123) Tutor externo biplanar/multiplanar/ilizarov, 122/123 muñeca, antebrazo, pierna y brazo ) Tutor externo monoplanar, femur y pelvis ) Tutor externo tubular muñeca y antebrazo TUTORES C 126/ DESCARTABLES ) Hemosuctor 124) Tutor externo biplanar/ multiplanar/ilizarov, femur y pelvis 126) Kit Charnley. 127) Tutor externo tubular pierna, brazo, fémur y pelvis. Los Grupos de Cotización 216 y 304 son de utilización excepcional en casos de requerir algún descartable extra Todos los implantes quedan sujetos a auditoria post quirúrgica. 18

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 493 Ejercicio: 2017 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCION: Tipo: TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 1160 Ejercicio: 2018 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 1218 Ejercicio: 2018 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

Más detalles

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 1220 Ejercicio: 2018 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

Más detalles

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 4135 Ejercicio: 2016 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

Más detalles

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 1168 Ejercicio: 2018 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

Más detalles

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 3673 Ejercicio: 2016 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

Más detalles

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 419 Ejercicio: 2018 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

Más detalles

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo TRÁMITE SIMPLIFICADO Nº: 3893 Ejercicio: 2017 Causal: Artículo 19, inciso d), apartado 10 Modalidad:

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