UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA Facultad de Economía y Administración Programa de Contaduría Pública Retención en la fuente A-2016

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1 1 UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA Facultad de Economía y Administración Programa de Contaduría Pública Retención en la fuente A-2016 JOSE HILARIO ARAQUE CARDENAS Docente 1

2 RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DE: 1.- Impuesto de Renta y Compl. 2.- Impuesto para la Equidad CREE 2.- Impuesto a las ventas IVA 3.- Impuesto de Timbre Nacional 4.- Impuesto del 4xmil (GMF) 5.- ICA (Industria y Comercio) 2

3 3 LA RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA

4 LA RETENCION EN LA FUENTE 4 ARTÍCULO 365 E.T. Facultad para establecerlas. El Gobierno Nacional podrá establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el del impuesto sobre la renta y sus complementarios, y determinará los porcentajes tomando en cuenta la de los pagos o abonos y las tarifas del impuesto vigentes. ARTICULO 367. Finalidad. La retención en la fuente tiene como objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

5 5 QUIENES SON LOS AGENTES DE RETENCION (Articulo 368 E.T.) Son agentes de retención en la fuente: Las personas naturales Las personas jurídicas Las entidades de derecho público Los fondos de pensiones de jubilación e invalidez Las empresas unipersonales Los consorcios y uniones temporales Las sociedades de hecho 5

6 6 PERSONAS NATURALES COMO AGENTES DE RETENCION RENTA Condiciones: (Articulo E. T.) 1.Tener la calidad de Comerciante, y que, 2.El Patrimonio Bruto o Ingresos brutos del año anterior sean superiores a UVT. 3.Si así se cumple, deben practicar retención fuente por algunos conceptos, no por todos (Arts.392, 395 y 401 del E. T.)

7 7 CONCEPTOS SUJETOS A RETENCION FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA Ingresos laborales y demás servicios personales Honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos. Dividendos y participaciones Intereses y demás rendimientos financieros Ingresos por loterías, rifas, premios, apuestas Enajenación activos fijos personas naturales Por pagos al exterior Otros ingresos tributarios 7

8 8 Elementos de la retención en la fuente 1. Sujeto activo: El Estado Colombiano-DIAN 2. Agente retenedor: Es la persona que realiza el pago 3. Sujeto Pasivo: Persona beneficiaria del pago, o persona que actúa como autorretenedor. 4. Pago o abono en cuenta: Es el valor de la operación representado en el ingreso o el reconocimiento de un acreedor beneficiario de un pago. 5. Base de retención: Base establecida para aplicar la tarifa. 5. Tarifa: Porcentaje previsto en la ley o reglamento que se aplica a la base. 6. El valor retenido: El que debe declarar y pagar al Estado.

9 9 RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA BASE DE RETENCION: Es el valor bruto del pago o abono en cuenta, salvo por ingresos laborales que opera por pago. NO FORMA PARTE DE LA BASE DE RETENCION 1. El IVA, impuesto al Consumo, Tasas y otros impuestos. 2. Los descuentos comerciales no condicionados siempre que consten en la respectiva factura. 9

10 10 RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA CUANDO NO SE EFECTUA RETENCION (Art. 369 E. T.) A los pagos o abonos en cuentas que se hagan a los no contribuyentes del impuesto de renta (Arts. 22 y 23 E. T.) A los pagos o abonos en cuentas exentos en cabeza del beneficiario. Los pagos o abonos en cuentas excluidos de retención en la fuente por disposiciones especiales. Los pagos o abonos en cuentas por debajo de una base de retención determinada en la ley y sus reglamento. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 10

11 11 RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA NO SE EFECTUA RETENCION A los pagos o abonos en cuentas que se efectúen a los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, salvo por rendimientos financieros. Los pagos o abonos en cuenta a las Cajas de Compensación Familiar y Fondos de Empleados, por los conceptos correspondientes a: Salud y Educación Recreación y Desarrollo social. 11

12 12 RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA EL AGENTE AUTORRETENEDOR: Es la persona autorizada por norma legal o por la Dian para autorretenerse. Es decir, la persona que compra no efectúa retención a la que vende, puesto que la que vende se AUTORRETIENE. 12

13 13 RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA EL AGENTE AUTORRETENEDOR: Se distinguen así: Designados por decreto: Ejemplo, las aerolíneas nacionales por la venta de tiquetes en trayectos nacionales; los sujetos pasivos del cree. Designados por la Dian: Previa solicitud del agente retenedor con el cumplimiento de los requisitos exigidos. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 13

14 14 Obligaciones del agente retenedor (Art. 375) 1. Inscribirse en el RUT como agente retenedor 2. Retener 3. Declarar 4. Consignar 5. Certificar 6. Conservar la información 7. Obligación de suministrar información JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 14

15 15 RETENCION FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO A LA RENTA CATEGORIA DE EMPLEADOS Ley 1607 DE 2012 (Dic. 26) Decretos Reglamentarios 099 y 1070 de 2013.

16 16 RETENCION FUENTE RENTAS DE TRABAJO EMPLEADOS 1) Por pagos gravables, cuando provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria o por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales de conformidad con lo establecido en el artículo 206, y 2) Por pagos o abonos en cuenta gravables, cuando se trate de relaciones contractuales distintas a las anteriores:

17 17 RETENCION FUENTE EMPLEADOS POR RENTAS DE TRABAJO ARTICULO 383 ET., DECRETO 099 ENERO 25 DE 2013 Corresponde a la que resulte de aplicar a dichos pagos o abonos en cuenta, según corresponda, la siguiente tabla de tarifas para obtener la retención en la fuente:

18 18 Tabla de tarifas retención Fuente RENTAS DE TRABAJO EMPLEADOS

19 19 Retención Fuente pagos laborales Base.- Opera sobre la totalidad de los pagos gravables directos o indirectos, bien sea que constituyan o no salario. 19

20 20 PROCEDIMIENTOS DE RETENCION PAGOS LABORALES Procedimiento uno: Primera opción (Art. 385 E.T.) Procedimiento dos: Segunda opción (Art. 386 E.T. ) 20

21 RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA INGRESOS LABORALES. PROCEDIMIENTO UNO OBTENCION DE LA BASE DE RETENCION: TOTAL INGRESO Directo o Indirecto (Menos) INGRESOS EXCLUIDOS Y/o NCRGO (Menos) DEDUCCIONES (Menos) RENTAS EXENTAS (Igual) BASE GRAVABLE para RETENCIÓN 21

22 OBTENCION DE LA BASE DE RETENCION INGRESOS LABORALES -PROCEDIMIENTO UNO- Decretos 099 y 1070 de 2013, Art. 2. A. Las exclusiones: Lo que no constituye ingreso para el trabajador y los que la ley taxativamente señala como no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. B. Las deducciones: Las que refiere el artículo 387 del Estatuto Tributario en la forma como lo indica el artículo 2 del Decreto 099 de Los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social en Salud. C. Las Exenciones: Son rentas que la ley taxativamente prevé como exentas (Artículos 126-1, y 206 ET). 22

23 Depuración del ingreso laboral y calculo de la Base Procedimiento Uno (Art E. T. ) A. LAS EXCLUSIONES QUE NO CONSTITUYE INGRESO PARA EL TRABAJADOR PAGOS A TERCEROS o ENTREGA DE VALES O TIQUETES PARA ALIMENTACIÓN del trabajador o su familia, o EL SUMINISTRO DE ALIMENTACION EN RESTAURANTES PROPIOS DEL EMPLEADOR O DE TERCEROS, hasta 41 UVT mensuales y el salario mensual no supere 310 UVT (Articulo ET, Art. 1 Decreto 1345/99) REEMBOLSO DE VIÁTICOS. Artículo 8 D. 823/87 INGESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA 23

24 24 Depuración del ingreso laboral Procedimiento Uno (Art. 387 E. T., articulo 2 Decreto 099 de 2013 y 2 Decreto 1070 de 2013) B. DEDUCCIONES: 1. Intereses o corrección monetaria pagados año anterior préstamos para vivienda límite de 100 UVT mensuales. ($ año 2016) 2. Pagos planes adicionales de salud (Medicina prepagada) siempre que el valor a disminuir mensualmente no supere 16 UVT mensuales. ($ año 2016). 3. El POS del respectivo mes. 4. Hasta el 10% del total de los ingresos brutos laborales del respectivo mes por DEPENDIENTES, hasta un máximo de 32 UVT mensuales ($ año 2016).

25 25 Depuración del ingreso laboral procedimiento Uno ( Arts , y 206 E. T. ) C. Las EXENCIONES o RENTAS EXENTAS 1. EL MONTO DEL APORTE OBLIGATORIO Y VOLUNTARIO A FONDOS DE PENSIONES. 2. EL MONTO DESTINADO A CUENTAS DE AHORRO AFC. Los aportes voluntarios a pensiones y el monto destinado a cuentas AFC, son exentos hasta un 30% del ingreso total, incluido los aportes obligatorios, y hasta un tope máximo de UVT por año. ($ en el 2016). 3. LAS DEMAS RENTAS EXENTAS del Art. 206 E.T., y 4. LA RENTA EXENTA DEL 25% también incluida en el art.206

26 26 Depuración del ingreso laboral Procedimiento Uno (Arts , y numeral 10 Art. 206 E. T. ) C. LA RENTA EXENTA DEL 25% 4. La renta exenta del 25% de los pagos laborales limitada a 240 UVT mensuales Numeral 4 art. 2 Decreto 1070/2013 Art. 26 Ley 1739 de 2014, adiciona Parágrafo 4 al numeral 10 Art. 206 E.T.

27 27 ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO No. 1 RETENCION EN LA FUENTE TOTAL INGRESOS LABORALES DEVENGADOS DEL MES, directos o indirectos, en dinero o en especie, sean o no factor salarial, menos cesantías e intereses sobre cesantías y prima mínima legal. Menos: Exclusiones Menos: Deducciones Menos: Rentas exentas Igual: BASE DE RETENCION. Veamos el Ejemplo: 27

28 28 EJERCICIO RETENCION FUENTE INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO UNO TABLA GENERAL- Salario devengado (enero de 2016 por ejemplo) Comisiones por ventas Otros pagos gravables TOTAL DEVENGADO Le descontaron en la nomina seguridad social así: 1) Aportes obligatorios a pensión $ ) Autoriza aportes voluntarios a pensión $ ) Aportes obligatorios a salud (Pos) $ Le Certifica a su pagador que tiene como dependientes: Cónyuge y dos hijos menores de edad. La pagaduría cuenta con otros certificados así: 1) Pago intereses préstamo vivienda año anterior $ ) Pago medicina prepagada año anterior $ ) Pago matriculas y pensiones hijos $

29 29 OBTENCION DE LA BASE PARA RETENCION PROCEDIMIENTO UNO -TABLA GENERAL- TOTALDEVENGADO $ MENOS: EXCLUSIONES: Pagos a terceros por alimentación 0 Reembolso de viáticos 0 Ingresos no constitutivos de renta 0 INGRESOS NETOS

30 30 EJERCICIO RETENCION FUENTE INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO UNO INGRESOS NETOS $ Menos: DEDUCCIONES 1. Intereses prestamos de vivienda $ Limite ($ ) 2. Salud Prepagada $ Limite $ $ Salud obligatoria Pos $ Dependientes:10% del ingreso bruto ($ ) sin exceder de 32 UVT ($ ) mensuales $ TOTAL DEDUCCIONES $ $ SUBTOTAL $

31 31 EJERCICIO RETENCION FUENTE INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO UNO TABLA GENERAL- SUBTOTAL $ Menos: RENTAS EXENTAS: Aportes obligatorios a Pensiones $ Aportes voluntarios a pensión $ Otras rentas exentas Art. 206 $ 0 $ SUBTOTAL $ Menos: El 25% pagos laborales $ Limite 240 UVT mensuales $ IGUAL: BASE GRAVABLE PARA RETENCION $ Vamos a la tabla: 31

32 32 EJERCICIO RETENCION FUENTE INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO UNO TABLA GENERAL- 1º. BASE GRAVABLE PARA RETENCION $ º. ING. LAB. GRAVADO EN UVT (1º/29.753) UVT 3º. RANGO DE LA TABLA MAYOR A 360 UVT 4º. Menos: UVT RANGO ANTERIOR UVT 5º. BASE PARA APLICAR TARIFA EN UVT (2º - 4º) UVT 6º. TARIFA 33% 7º. RETENCION EN UVT (5º * 6º) UVT 8º. Mas: RETENCION DE RANGOS ANTERIORES EN UVT UVT 9º. RETENCION TOTAL EN UVT ( 7º + 8º) UVT 10º.RETENCION EN PESOS (9º * $29.753) $

33 33 Tabla de tarifas retención Fuente RENTAS DE TRABAJO EMPLEADOS

34 34 RETENCION FUENTE MINIMA EMPLEADOS RENTAS DE TRABAJO. Art. 384 E.T. Art. 3 Decreto 099 de 2013 Solo para obligados a presentar declaración del impuesto a la renta. BASE: Pagos o abonos en cuenta mensuales o Mensualizados Menos: Aportes obligatorios al sistema general de seguridad social Los gastos de representación exentos (Numeral 7 Art. 206) Exceso de salario básico miembros fuerza publica Licencia por maternidad TARIFA: Tabla Art. 384E.T. RETENCION A DESCONTAR: La mayor que resulte de aplicar las dos tablas (Arts. 383 y 384 ET).

35 35 Pago Mensual o mensualizado (PM) desde (en UVT) Empleado Empleado Empleado Retención Retención (en UVT) (en UVT) Pago Mensual o mensualizado (PM) desde (en UVT) Pago Mensual o mensualizado (PM) desde (en UVT) Retención (en UVT) Menos de más de %*PM

36 36 RETENCION FUENTE MINIMA PARA EMPLEADOS TABLA ART. 384 ET Salario devengado (julio de 2015) Comisiones por ventas Otros pagos gravables TOTAL DEVENGADO Le descontaron en la nomina seguridad social así: 1) Aportes obligatorios a pensión y solidaridad $ ) Autoriza aportes voluntarios a pensión $ ) Aportes obligatorios a salud (Pos) $ Le Certifica a su pagador que tiene como dependientes: Cónyuge y, dos hijos menores de edad. Le entrega a su pagador otros certificados así: 1) Pago intereses préstamo vivienda año anterior $ ) Pagos planes adicionales de salud año anterior $

37 37 EJERCICIO RETENCION FUENTE MINIMA PARA EMPLEADOS TABLA ARTICULO 334 ET. DECRETOS 099 Y 1070 DE 2013 TOTALDEVENGADO MENOS: Aportes obligatorios seguridad social Licencia por Maternidad 000 Gastos de representación 000 BASE GRABLE PARA RETENCION $ /$29.753= UVT RETENCION FUENTE EN UVT UVT RETENCION FUENTE EN PESOS $

38 38 Pago Mensual o mensualizado (PM) desde (en UVT) Empleado Empleado Empleado Retención Retención (en UVT) (en UVT) Pago Mensual o mensualizado (PM) desde (en UVT) Pago Mensual o mensualizado (PM) desde (en UVT) Retención (en UVT) Menos de más de %*PM

39 39 Ejemplo: PROCEDIMIENTO Nº 1 Caso 2: 1º. BASE GRAVABLE PARA RETENCION FUENTE $ º. 39

40 40 Ejemplo: PROCEDIMIENTO Nº 1 Caso 3: 1º. BASE GRAVABLE PARA TENCION FUENTE $ º. 40

41 41 Ejemplo: PROCEDIMIENTO Nº 1 CASO 4 1º. BASE GRAVABLE PARA RETENCION FUENTE $

42 42 RETENCION RENTA PARA INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO No. 2 Segunda opción

43 43 Procedimiento No. 2 Ingresos laborales (Leer Art. 386 E.T. D.R. 3750/86) Este procedimiento es optativo por parte del agente retenedor. Su filosofía, es tener otra opción para obtener una base de retención en la fuente mas favorable al empleado.

44 44 PROCEDIMIENTO PARA OBTENER % FIJO DE RET. PROCEDIMIENTO No. 2 (Decretos 3750/86, 099 y 1070 de 2013) CALCULO DE % FIJO de Retencion: Para aplicar a la base gravable de los 6 meses siguientes (Enero a Junio 2016). TOTAL PAGOS LABORALES 12 MESES ANTERIORES (Nov a Dic. 2014), Se Incluye la prima legal. (-) Exclusiones: (=) Ingreso anual tributario/13 (=) Ingreso mensual promedio (-) Deducciones (-) Rentas exentas del articulo 206 E.T. (-) Renta exenta del 25% del ingreso laboral (=) Base gravable para porcentaje fijo de retención 44

45 45 PROCEDIMIENTO PARA OBTENER % FIJO DE RET. PROCEDIMIENTO No. 2 (Art. 386 E.T. D. 3750/86) Continuación (=) BASE GRAVABLE PARA % FIJO DE RETENCION Para calcular este % fijo, se sigue el procedimiento establecido en la tabla para determinar el valor del impuesto en UVT: (Valor Impuesto en UVT / Ing. laboral gravado en UVT x 100) = % FIJO DE RETENCION (Articulo 5 Decreto 1070 de 2013)

46 PROCEDIMIENTO PARA OBTENER % FIJO DE RET. PROCEDIMIENTO No. 2 (Art. 386 E.T. D. 3750/86) 46 Parágrafo 1 Art. 387 E.T., Parágrafo 2 Articulo 2 Decreto 099 de 2013 Cuando se trate del Procedimiento de Retención Número dos, el valor que sea procedente disminuir mensualmente, determinado en la forma señalada en el presente artículo, se tendrá en cuenta tanto para calcular el porcentaje fijo de retención semestral, como para determinar la base sometida a retención.

47 47 ESQUEMA PARA LA APLICACIÓN DEL % FIJO A LA BASE MENSUAL DE RETENCION Ahora tomamos el TOTAL DEVENGADO DEL RESPECTIVO MES (ENERO 2016). Menos: Exclusiones Menos: Deducciones Menos: Rentas exentas Igual: BASE DE RETENCION X % fijo de retención Retención fuente por el procedimiento No. 2 47

48 48 Ejemplo procedimiento 2 Lo devengado 12 meses anteriores Salarios Incentivos por ventas Bonificaciones TOTAL DEVENGADO 12 MESES ANTERIORES Menos: Exclusiones 000 Igual: Ingresos netos Igual: Ingreso mensual promedio Menos: DEDUCCIONES 1. Intereses prestamos de vivienda $ Salud Prepagada $ Limite (16 UVT) $ Salud obligatoria (pos) $ $ DEPENDIENTES 10% mensual del ingreso ($ ) sin exceder de 32 UVT ($ ) mensuales $ TOTAL DEDUCCIONES $ SUBTOTAL JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 48

49 Ejemplo procedimiento 2 49 SUBTOTAL... $ MENOS: EXENCIONES APORTES A PENSION Aportes obligatorios $ Aportes voluntarios $ Total aportes $ Limite: 30% del ingreso laboral $ $ SUBTOTAL $ Menos: 25% pagos laborales $ $ Limite 240 UVT $ BASE PARA DETERMINAR % fijo de RETENCION $ Lo llevamos a la tabla: JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 49

50 Ejemplo procedimiento º. ING. LAB. GRAVADO PROMEDIO EN PESOS $ º. ING. LAB. GRAVADO EN UVT (1º/$29.753) UVT 3º. RANGO DE LA TABLA: MAYOR A 150 UVT 4º. MENOS: UVT RANGO ANTERIOR 150 UVT 5º. BASE PARA APLICAR TARIFA (2º - 4º) 97.37UVT 6º. TARIFA SEGÚN TABLA 28% 7º. RETENCION EN UVT (5º * 6º) UVT 8º. MAS IMPTO RANGO ANTERIOR EN UVT UVT 9º. RETENCION TOTAL EN UVT (7º+8º) UVT 10º. DIVIDIDO POR ING. LAB. GRAVADO EN UVT UVT 11º. IGUAL: % FIJO DE RETENCION (9º/10º)*100) 15.06% 50

51 51 EJERCICIO RETENCION FUENTE INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO DOS Salario devengado mes de julio Comisiones por ventas Otros pagos gravables Cesantías e intereses -0- TOTAL DEVENGADO Certifica a su pagador que tiene como dependientes: Cónyuge y, dos hijos menores de edad. MENOS: EXCLUSIONES: 00 INGRESO NETO $

52 52 EJERCICIO RETENCION FUENTE INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO DOS INGRESOS NETOS $ Menos: DEDUCCIONES 1. Intereses prestamos de vivienda $ Limite ($ ) 2. Salud Prepagada $ Limite $ $ Salud obligatoria (pos) $ DEPENDIENTES 10% del ingreso bruto ($ ) sin Exceder de 32 UVT ($ ) mensuales $ TOTAL DEDUCCIONES $ $ SUBTOTAL.$

53 53 EJERCICIO RETENCION FUENTE INGRESOS LABORALES PROCEDIMIENTO DOS SUBTOTAL $ Menos: RENTAS EXENTAS: APORTES A PENSION Aportes obligatorios $ Aportes voluntarios $ $ Limite 30% del ingreso laboral $ SUBTOTAL $ Menos: 25% exento (Nral 10 Art. 206 E.T.) $ $ Limite $ BASE GRAVABLE PARA RETENCION FUENTE $ $ % FIJO DE RETENCION FUENTE 15.06% (=) RETENCION FUENTE PROCEDIMIENTO DOS $ RETENCION PROCEDIMIENTO 1 FUE DE $ JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 53

54 54 IMPORTANTE: No olvidar: Las tablas de los artículos 383 y 384 del E.T., aplica también para: Pagos o abonos en cuenta gravables en relaciones contractuales distintas a la laboral, siempre y cuando el trabajador independiente tenga la categoría de EMPLEADO. (D. R de 2013). JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario

55 OTROS CONCEPTOS, BASES Y TARIFAS

56 RETENCION FUENTE POR INDEMNIZACIONES LABORALES 1. Del sector Publico. De acuerdo al Art. 27 Ley 488/98, son exentas. 2. Sector Privado: Retencion fuente del 20% sobre el valor de la indemnización si el trabajador devenga ingresos superiores a 204 UVT mensuales ($ UVT 2016). (Art E. T.). Ver concepto Dian No Nov. 09 de

57 57 Retención en la fuente en indemnizaciones no laborales (Art ET) En demandas contra el Estado recibidas por RESIDENTES: 20% Las recibidas por EXTRANJEROS sin residencia: 33% 57

58 58 Retención fuente servicios personales cuando no reúna la calidad de Empleado. Art. 392 ET HONORARIOS COMISIONES, y SERVICIOS 58

59 59 Retención fuente por honorarios, comisiones y servicios Art. 392 E.T. Los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y servicios a personas que no pertenezcan a la categoría de empleados se les deberá practicar retención de conformidad con las normas generales (Decreto 260 de 2001). JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario

60 60 RETENCION FUENTE PARA HONORARIOS, COMISIONES y SERVICIOS HONORARIOS y COMISIONES: Arts. 1 y 2 D. 260/01 BASE: Totalidad del pago o abono en cuenta TARIFAS: PERSONAS JURIDICAS: 11% PERSONAS NATURALES: 10%, u 11% cuando los contratos sean superiores a UVT, o esta misma cifra se acumule en el respectivo año fiscal. 60

61 61 HONORARIOS, COMISIONES, SERVICIOS y ARRENDAMIENTOS SERVICIOS. Decreto 3110/04 BASE: 100% pagos o abonos en cuenta iguales o superiores a 4 UVT ($ año base 2016) TARIFAS: 4% declarantes. 6% no declarantes Otros servicios: 1) Servicio de transporte terrestre nacional de pasajeros: 3.5%. 2) Servicios temporales de empleo: 1% (D de 2001, Art. 2) 3) Servicios vigilancia y aseo: 2% (D de 2005, Art. 1) 4) Servicios públicos domiciliarios: 2.5%. Decreto 2885 de ) Contratos de construcción y urbanización: 2% (D ) 6) Arrendamiento bien raíz: 3,5% (Decretos 1020 de 2014 y 2418 de 2013) 7) Arrendamiento bienes muebles: 4%. Base 100% (D. 1626/2001) 8) Servicio transporte de carga: 1% (D. 1189/98, art. 14) 61

62 62 DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES GRAVADOS (Art. 390 E. T.) AGENTES DE RETENCION: Personas jurídicas BASE DE RETENCION: El pago o abono en cuenta realizado a título de dividendos o participaciones gravados con el impuesto de renta conforme a la regla del articulo 49 del E.T. 62

63 63 RETENCION DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES GRAVADOS Art. 390 E. T. Decreto 567 de 2007 TARIFAS: 1. SOCIEDADES U OTRAS ENTIDADES EXTRANJERAS Y PERSONAS NATURALES NO RESIDENTES: 33% 2. PERSONA DECLARANTE RENTA: 20%. 3. PERSONA NATURAL NO DECLARANTE RENTA: 33%. 63

64 64 RETENCION RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Arts. 395 y 396 E.T. Decretos 2418 y 3025 de 2013 BASE: 70% del respectivo pago o Abono en cuenta. TARIFA: 10%. PAGOS EXENTOS: Los generados por títulos de ahorro educativo, bonos de seguridad, bonos de solidaridad para la paz, aportes voluntarios a fondos de pensiones. 64

65 65 ENAJENACION DE ACTIVOS FIJOS DE PERSONAS NATURALES (Art. 398 y 399 E.T.) AGENTES DE RETENCION: Notarios: En venta de bienes raíces Oficinas de Tránsito: Traspaso de vehículos BASE : Precio Enajenación del bien. TARIFA: 1% (excepto vivienda interés social) 65

66 66 RETENCION OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS Art. 401 E.T. - Compras en general - Arrendamientos bienes inmuebles - Servicio de transporte de pasajeros - Ingresos por venta de bienes o servicios con tarjetas - Restaurante, hotel y hospedaje. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 66

67 67 ADQUISICION DE BIENES RAICES Y VEHICULOS Decreto 2418 de 2013 A) ADQUISICION BIENES RAICES PARA VIVIENDA DE HABITACION POR LAS PRIMERAS UVT: 1% POR EL EXCESO DE LAS UVT: 2.5% B) ADQUSICION DE BIENES RAICES PARA USO DIFERENTE DE VIVIENDA DE HABITACION: 2.5% C) ADQUSICION DE VEHICULOS: 1% 67

68 68 POR COMPRAS EN GENERAL y ARRENDAMIENTOS. Decretos 2418 de 2013 y 1020 de Compras a obligados a declarar: 2,5%. Base 27 UVT ($ ) 2. Compras a no obligados a declarar: 3.5%. Base 27 UVT 3. Adquisición productos agropecuarios sin procesamiento industrial, en BNA: 1,5%. Base 92 UVT ($ ). 4. Compra Café pergamino o cereza: 0,5%. Base 160 UVT ($ ) 5. Compras de Combustibles: 0,1%. Base 100% 6. Arrendamiento de bienes raíces obligados a declarar: 3.5% Base 27 UVT 7. Arrendamiento de bienes raíces no obligados a declarar: 3.5% 8. Arrendamientos de bienes muebles: 4%. Base no aplica (100%) 68

69 69 OTROS CONCEPTOS Decretos 2418 de 2013 y 1020 de Ventas con tarjeta: 1,5% base 85,5% 2. Servicios de Restaurante-hotel-hospedaje: 3,5%. Base 4 UVT. 3. Pagos por Emolumentos Eclesiásticos efectuados a personas naturales: No declarantes de renta: 3.5% base 27 UVT Declarante de renta: 4% base 27 UVT Ver Decreto 886 de

70 70 LOTERIAS, RIFAS, APUESTAS Y SIMILARES. ART. 402 Y 404 E.T. BASE: Valor en el respectivo plan de premios TARIFA: 20% sobre sumas superiores a 48 UVT (Decreto 4344/04 Art. 1.) CONCEPTOS ESPECIFICOS: Apuestas y concursos hípicos o caninos: 10% Colocación independiente juegos azar: 3%, sobre ingresos diarios que excedan de 5 UVT. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 70

71 71 POR PAGOS AL EXTERIOR ART. 406 ET: Por rentas sujetas a impuesto en Colombia a favor de sociedades sin domicilio en el país, y personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia. AGENTES DE RETENCION: Quienes hagan pagos al exterior. BASE DE RETENCION: El valor del pago TARIFA: Renta del 33%. 71

72 72 POR PAGOS AL EXTERIOR CONCEPTOS ESPECIFICOS, BASE Y TARIFA: 1. Rentas de Capital y de Trabajo: 33% 2. Profesores extranjeros: 7% 3. Explotación de películas: 33% sobre un 60% del pago. 4. Explotación programas de computador: 33% sobre un 80% del pago. 5. Arrendamiento de maquinaria: 2% 6. Consultorías, asistencia técnica:10% 72

73 73 POR PAGOS AL EXTERIOR CONCEPTOS ESPECIFICOS, BASE Y TARIFA: 7. Renta gravable de personas naturales extranjeras sin residencia en el país: 33% 8. Transporte internacional prestado por empresas aéreas y marítimas sin domicilio en el país: 3% 10. Dividendos: 33% Renta 11. Paraísos Fiscales Art. 9 Ley 863/03: 33% 12. Explotación, producción hidrocarburos: 7% 73

74 74 RETENCION A TITULO DEL IMPUESTO A LAS VENTAS. Art E. T. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 74

75 75 RETENCION A TITULO DE IMPUESTOS A LAS VENTAS (Art E. T.) AGENTES RETENEDORES: 1. Entidades Estatales y sociedades de economía Mixta 2. Grandes Contribuyentes 3. Régimen Común que negocien con Régimen simplificado 4. Quienes contraten con no residentes o no domiciliados en el país 5. Entidades Emisoras de Tarjetas Débito y Crédito 6. La Aeronáutica Civil 7. Los responsables del régimen común proveedores de sociedades de comercialización internacional, cuando adquieran bienes o servicios gravados a personas del régimen común, distintos de los dos primeros. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 75

76 76 RETENCION A TITULO DE IMPUESTOS A LAS VENTAS Decreto 1794 de 2013 TARIFA GENERAL: 15 % del Impuesto Liquidado TARIFAS ESPECIALES: Por servicios contratados con personas o entidades sin residencia o domicilio en el país: 100% Por venta de CHATARRA a las SIDERURGICAS: 100% Por ventas a la industria tabacalera de tabaco en rama o sin elaborar, o desperdicios de tabaco: 100% 76

77 77 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TITULO DE IVA ( Art E.T ) QUIENES SON LOS RETENIDOS 1. Como retención propiamente dicha, los responsables del impuesto sobre las ventas régimen común que no sean agentes retenedores. 2. Las personas naturales que pertenezcan al régimen simplificado en operaciones gravadas de bienes o servicios (Iva asumido). 77

78 78 Ejercicio: - De una entidad estatal a responsable régimen común: - De entidad estatal al régimen simplificado - De una estatal a gran contribuyente - De gran contribuyente a una entidad estatal - De gran contribuyente a gran contribuyente. - De gran contribuyente a régimen común - De gran contribuyente a régimen simplificado - De régimen común a régimen común - De régimen común a régimen simplificado 78

79 79 RETENCION FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Acuerdo 050 de 2009 Municipio de Neiva AGENTES RETENEDORES ( Art. 106 ) - Entidades de derecho público - Personas jurídicas que pertenezcan al régimen común en el impuesto a las ventas - Los consorcios o uniones temporales - La empresas personas jurídicas no responsables del IVA - Personas naturales cuyos ingresos en el año anterior sean superiores a UVT JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 79

80 80 RETENCION FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Acuerdo 050 de 2009 Municipio de Neiva CAUSACION ( Art. 107 ) La retención en la fuente se causará en el momento de pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero. TARIFA: (Art. 108) Cinco por mil ( 5 x mil) BASE MININA DE RETENCION (Art. 116) Se someterá a retención el 100% del pago o abono en cuenta. Compras: igual o superior a 30 U.V.T. Servicios: Igual o superior a 5 UVT, incluido último el arrendamiento de bienes inmuebles. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 80

81 81 RETENCION FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Acuerdo 050 de 2009 Municipio de Neiva Periodo gravable y declaración (art. 110) Los agentes de retención deberán declarar y pagar bimestralmente el valor de la retención del impuesto de industria y comercio, dentro de los quince (15) primeros días calendario, siguientes al vencimiento del respectivo bimestre, utilizando el formulario que para el efecto diseñe y proporcione la Secretaría de Hacienda Municipal. 81

82 82 RETENCION FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Acuerdo 050 de 2009 Municipio de Neiva SUJETOS DE LA RETENCION FUENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO La retención del Impuesto de Industria y Comercio se aplicará a los contribuyentes que sean proveedores de bienes y servicios, siempre y cuando no se trate de una operación no sujeta a retención. 82

83 83 RETENCION FUENTE A TITULO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Acuerdo 050 de 2009 Municipio de Neiva Operaciones no sujetas a retención (Art. 115) 1. Cuando los contribuyentes sean exentos o realicen actividades que no causan el Impuesto de Industria y Comercio. 2. Cuando la operación no esté gravada con el Impuesto de Industria y Comercio. 3. Cuando la operación no se realice en jurisdicción del Municipio de Neiva. 4. Cuando el comprador no sea agente retenedor. 5. Las operaciones realizadas con el sector financiero. JOSE HILARIO ARAQUE C. Asesor Consultor Tributario 83

84 AUTORRETENCION IMPUESTO A LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE- 84 Decreto 862 de abril 28 de Reglamento la aplicación de la retención en la fuente por parte de los agentes retenedores a partir del 1 de mayo y hasta agosto 30 de Decreto 1828 del 27 de agosto de Se ordena la autorretención a partir del 1 de septiembre de 2013 por parte de los sujetos pasivos de este impuesto y se establecen los periodos para la presentación de las declaraciones de autorretencion. A) Mensual, cuando los ingresos brutos a diciembre 31 del año anterior, fueron iguales o superiores a UVT. B) Cuatrimestral, cuando los ingresos bruto a diciembre 31 del año anterior, fueron inferiores a UVT.

85 85 LA AUTORRETENCION PARA EL CREE (Decreto 1828 de 2013 y Decreto 014 de 2014) TARIFAS Autorretención por parte de los sujetos pasivos de este impuesto con tarifas del 0.40%, 0.80% y 1.60% según actividad económica principal. El mecanismo se empezó a aplicar a partir del 1 de septiembre de 2013 sobre la totalidad de los ingresos gravados con el CREE, sin consideración a cuantías mínimas.

86 86

87 87

88 88 FIN Chévere- 88

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