GUIA SOBRE ACCIONES PREVENTIVAS Y BENEFICIOS POR FALLECIMIENTO

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1 ASOCIACIÒN DE EX FUNCIONARIOS SUPERIORES DE LA INDUSTRIA PETROLERA, A.C. GUIA SOBRE ACCIONES PREVENTIVAS Y BENEFICIOS POR FALLECIMIENTO Directiva Página 1

2 CONTENIDO I.- Archivo Familiar II.- Guía sobre acciones preventivas. III.- Beneficios post mortem para deudos. IV.- Qué hacer cuando ocurra el deceso. INTRODUCCION Una de las mayores preocupaciones de ésta Asociación ha sido velar por el bienestar de nuestros asociados y de sus familias. En este contexto se ha preparado una guía que contiene recomendaciones para la integración de un archivo familiar, una referencia para la integración de expedientes de documentos importantes, información sobre acciones preventivas a tomar y orientar sobre los beneficios y pagos por parte de Petróleos Mexicanos y los Organismos Subsidiarios, a que tienen derecho los beneficiarios, en caso de fallecimiento, así como los trámites que se deben llevar a cabo. Las recomendaciones tienen coma base la normatividad y las disposiciones contenidas en el Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios 2000 (RTPC) y en el Contrato Colectivo de Trabajo en vigor (CCTV). Esta guía deberá actualizarse cuando existan cambios en los documentos normativos referidos. Algunos montos podrán variar en función de que existan acuerdos complementarios a aquellos con los que fuimos jubilados, o como productos de las revisiones contractuales. Página 2

3 I.- ARCHIVO FAMILIAR Se sugiere tener organizado un archivo general, acompañado de un índice y un instructivo, con el propósito de facilitar su manejo, de esta forma el acceso se hará fácil para localizar los datos y documentos, dicho archivo deberá ser del conocimiento de toda la familia o de quien actúe como albacea. Este archivo facilitará a los beneficiarios, disponer de los documentos necesarios para realizar los trámites que se requieran, en caso de fallecimiento del jefe de familia. Es indispensable abrir un expediente para cada uno de los temas y guardar esta información en un lugar seguro. Es importante que al menos cada seis meses se revise y se mantenga actualizado. Al hacer un archivo se debe conservar siempre un orden, mismo que puede ser: alfabético, temático, cronológico, etc. Ejemplo por orden alfabético los siguientes documentos: Actas del Registro Civil Agua Asociaciones Bienes Inmuebles Caja de Seguridad Contratos Clubes Credenciales Nacimiento, matrimonio, etc. Contratos, recibos Civiles, mercantiles Escrituras, Títulos de Propiedad Contrato, llaves Laborales, de Arrendamiento, otros. Sociales y Deportivos Duplicados o fotocopias. Cuentas bancarias, acciones, y fideicomisos Declaración de beneficiarios Declaración de impuestos Declaración patrimonial Contratos y Estados de cuenta Formatos Institucionales Copias Copias Página 3

4 Facturas Gas Hipotecas Luz Seguros Servicios Funerarios Predial Préstamos Teléfono Testamento Vehículos Originales o copias Contrato y recibo Escrituras y contrato Contrato y recibos Pólizas y recibos Contratos y recibos Boletas y recibos Pedidos y otorgados Contrato y recibos Documento notarial Facturas, tenencias, verificaciones. II.-GUIA SOBRE ACCIONES PREVENTIVAS --TESTAMENTO Para evitar cualquier problema a los familiares, es menester contar con los testamentos debidamente actualizados. Se recomienda hacerlo en forma individual, designando hasta terceros y cuartos herederos. Es conveniente que se tenga bien claro qué se hereda y a quién se hereda, ya sea por legado o porcentaje. Los solteros, casados por sociedad conyugal o por separación de bienes, deberán testar individualmente. --ASESORES PARA LA FAMILIA Se deben nombrar personas de confianza que puedan asesorar a la familia aspectos familiares, laborales, jurídicos y morales. Para este fin puede hacerse un pequeño directorio con sus datos a fin de que la familia pueda contactarlos fácilmente. Página 4

5 --DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS ANTE PEMEX El formato de declaración de beneficiarios viene a ser el testamento laboral, en el que el trabajador o jubilado expresa su voluntad para el pago de prestaciones post mortem a que tienen derecho sus dependientes económicos y beneficiarios. Es conveniente revisarla anualmente y actualizarla cuando fallezca alguno de los beneficiarios, así como también mantener actualizado el registro en el Censo Médico de la Institución. Es importante mencionar que para el pago del seguro de vida y de la pensión post mortem, el jubilado deberá señalar a sus beneficiarios que deban recibir estas prestaciones. Para tales fines, la cónyuge y/o hijos que dependan económicamente de él deben recibir por lo menos el 50%, pudiendo disponer libremente del restante. Cuando carezca de derechohabientes registrados en el censo médico, podrá disponer libremente del 100% para designar a los beneficiarios que considere conveniente. En caso de que no se hubiere designado beneficiarios para el pago del seguro de vida y de la pensión post mortem, se pagará en partes guales a la cónyuge y/o hijos que dependían económicamente de él, y que se encuentren registrados y vigentes en el censo médico. A falta de designación expresa o derechohabientes registrados en el censo médico, se pagará el seguro de vida y la pensión post mortem a las personas que demuestren su dependencia económica ante las autoridades del trabajo correspondientes (Junta Federal de Conciliación y Arbitraje). Es conveniente mencionar que para los funcionarios que se hayan jubilado con nivel 45 o superior, así como para los de nivel 44 que hayan obtenido el beneficio de la jubilación a partir de abril de 1997, conservan como protección adicional, el seguro de vida de mandos medios y superiores, que es de libre designación, y existe un formato específico para éste. En caso de que no se haya requisitado dicho formato, se aplicará la designación de beneficiarios para el seguro de vida de jubilados y pensión post mortem. Página 5

6 III.- BENEFICIOS POST MORTEM Este capítulo tiene como propósito orientar sobre los pagos y beneficios a que se tiene derecho en caso de fallecimiento, para quienes hayan sido designados como beneficiarios por parte del trabajador o jubilado, en términos de la normatividad de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Al respecto, dichos beneficios se señalan en los Artículos 88, 89 y 91 del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza, así como las Cláusulas 132 y 136 del Contrato Colectivo de Trabajo, principalmente, y a manera de resumen, consisten en: - Gastos Funerarios 140 días de pensión jubilatoria, pagaderos a la persona que compruebe haber efectuado los gastos (sin importar la cuantía de estos), para lo cual deberá proporcionar el original de la factura correspondiente (emitida a su nombre, no debe ser a nombre del fallecido, de Petróleos Mexicanos o de los Organismos Subsidiarios), copia certificada del acta de defunción, y copia simple de identificación oficial, - Seguro de Vida (jubilado) Por la cantidad de $59, (monto actualizado a agosto de 2013), pagadero conforme la designación de beneficiarios. - Pensión post mortem Petróleos Mexicanos pagara cada 15 días a los beneficiarios registrados, una pensión calculada sobre la pensión jubilatoria que recibía el fallecido y registrada en su declaración de beneficiario, de acuerdo con los porcentajes consignados en las siguientes opciones: PENSION TIPO AÑOS PORCENTAJE A 3 100% B 5 90% C 8 80% D Vitalicia En términos del Reglamento Correspondiente Página 6

7 Asimismo, se cubrirá únicamente a la viuda o mujer que haya hecho vida marital con el jubilado, el 100% de la Canasta básica de alimentos, y la Bonificación por venta de productos Gas Doméstico, mientras dure la vigencia de la pensión postmortem. Cuando la pensión no sea vitalicia, también se cubrirá a la viuda o mujer que haya hecho vida marital con el jubilado, la Bonificación por venta de productos Gasolina y Lubricantes. La Pensión Tipo D, consiste en el pago de la pensión post-mortem en forma vitalicia a la viuda o concubina (debidamente registrada en el censo médico de la Institución) de hasta el 80% de la pensión jubilatoria o del 70% si concurren como beneficiarios tres hijos o más; y de hasta el 10% a los hijos menores de 18 años o hasta de 25 años, si se encuentran estudiando y no perciban salario o pensión alguna. - Servicio Médico Atención médica integral en las instalaciones de Petróleos Mexicanos, a los derechohabientes debidamente registrados en el Censo Médico de la Institución y en su declaración de beneficiarios, conforme a la normatividad específica. - Beneficio de protección adicional Para los funcionarios que se hayan jubilado con nivel 45 o superior, así como para los de nivel 44 que hayan obtenido el beneficio de la jubilación a partir de abril de 1997, cuentan como protección adicional, el seguro de vida de mandos medios y superiores, por cuota fija, conforme a lo siguiente: NIVEL SUMA ASEGURADA (M.N.) (Actualizada a enero de 2010) , , , , Página 7

8 ---ALCANCES INSOLUTOS Pensión jubilatoria y pagos asociados y proporción de aguinaldo pendientes de pago a la fecha del fallecimiento, disminuyendo los adeudos que tuviera con la Institución. IV.- QUÉ HACER CUANDO OCURRE EL DECESO? Al ocurrir el deceso, los familiares y/o beneficiarios deberán presentarse en la Subgerencia de Administración de Beneficios y Servicios a Mandos Superiores, en el piso 10 del Edificio A, en la que se les requerirán, los siguientes documentos: Tres originales o copias certificadas del acta de defunción Copia de la última declaración de beneficiarios para el seguro de vida institucional y el de mandos medios y superiores, si es el caso. Copia de identificación oficial de los beneficiarios. Datos bancarios para el depósito de los beneficios por fallecimiento. En su caso, comprobantes de estudio y/o copias certificadas de las actas de matrimonio y nacimiento de los hijos que sean beneficiarios. -Original de la factura de gastos funerarios a nombre de quien erogo. Oficina en la que deben realizarse todos los trámites. Para cualquier asesoría, llenado de los formatos para la designación de beneficiarios, así como cualquier trámite relacionado con la gestión de los pagos derivados del deceso de algún jubilado, se deberá acudir al Centro Administrativo PEMEX, a la : Subgerencia de Administración de Beneficios y Servicios a Mandos Superiores Subdirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales Av. Marina Nacional 329 Edificio A Piso 10, Del. Miguel Hidalgo, D.F., C.P Teléfono directo Conmutador: ext 14291, Página 8

9 CONSEJO DIRECTIVO Presidente Vicepresidente Secretario Tesorero Vocal Corporativo Vocal PEP Vocal PREF Vocal PGPB Vocal PPQ Comisión Conc. y Derechos Comision de Desarrollo Comisión Normatividad Comisión de Planeación Comisión de Salud Comisión de Información Coordinador Coatzacoalcos Coordinador Monterrey Coordinador Veracruz Coordinador Villahermosa Ing. Ignácio Armendáriz Molina Ing. José Alberto Celestinos Isaac Ing. Fernando Casillas Tostado Ing. Carlos Osornio Vázquez Act. Emilio Marco Aguilar Ing. Carlos Balderas Lic. Rosario Arenas Cosio Ing. Fernando Casillas Tostado Ing. Rodolfo Reyes Zavala Sr. Julio Pindter González Lic. Rosario Arenas Cosio Ing. Carlos Islas Silva Ing. Pablo Ramírez Romanillos M en I. Juan José Vilchis Vivero Ing. Francisco Mondragón Ing. Guillermo Vivanco Monroy. Ing. Carlos López Blumenkron Ing. José Luís Fernández Cado. Ing. José Luciano Flores Plauchu Página 9

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