PLAN DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PREVILABOR SERVICIO DE PREVENCIÓN HEMAG S.A.

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1 12.2 V15 1 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES PLAN DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PREVILABOR SERVICIO DE PREVENCIÓN

2 12.2 V15 2 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETIVO 3. DATOS Y CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO DE TRABAJO 4. RELACIÓN DE MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES 4.1 Medios humanos 4.2 Medios materiales 5. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA 5.1 Normas de prevención 5.2 Procedimiento de actuación al detectar un incendio 5.3 Normas generales de evacuación 5.4 Secuencia de actuación en caso de accidente 6. IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA 6.1 Responsabilidad 6.2 Organización 6.3 Implantación 6.4 Revisión y actualización 6.5 Formación del personal encargado de las medidas de emergencia 6.6 Mantenimiento de medios materiales ANEXOS: Anexo 1 - Directorio de teléfonos de emergencias Anexo 2 - Programa de mantenimiento de los medios de lucha contra incendios Anexo 3 Plantilla de recibí de información Página 2 de 11

3 12.2 V15 3 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES 1. INTRODUCCIÓN. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales establece, en su artículo 2 sobre medidas de emergencia: El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas. 2. OBJETIVO. El presente documento establece las pautas básicas de actuación en caso de emergencias, con objeto de cumplir lo establecido en la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, Art. 2 - Medidas de emergencias. - Conocer las características relevantes, desde el punto de vista de las emergencias del centro de trabajo, instalaciones, actividad y medios de protección. - Programar la actuación frente a posibles emergencias: incendios, accidentes personales, explosiones, intrusión o atraco, amenaza de bomba, tormentas, inundaciones, etc. - Disponer de personas organizadas, formadas y adiestradas, para garantizar la rapidez y máxima eficiencia en las acciones a emprender, para el control de las situaciones de emergencia. - Prevenir y minimizar el riesgo de daños personales a los trabajadores y daños materiales en las instalaciones, en caso de emergencia. - Aportar información de cómo deben actuar los ocupantes del centro de trabajo, ante una emergencia, y en condiciones normales para su prevención. Página 3 de 11

4 12.2 V15 4 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES 3. DATOS Y CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO DE TRABAJO. DATOS GENERALES DEL CENTRO DE TRABAJO RAZON SOCIAL: DOMICILIO: Calle Gremio de los Canteros 13, LOCALIDAD: Hontoria PROVINCIA: Segovia C. POSTAL: 4195 CARACTERISTICAS Actividad desarrollada en el centro de trabajo: carga y descarga de material para realizar la sustitución de contadores. Nº de plantas: 1 Superficie total construida: 25 m2 Accesos al centro de trabajo: 1 Salidas de evacuación: 1 Nº trabajadores Distribución Turnos: Punto / zona de reunión en caso de evacuación: Calle Gremio de los Canteros Página 4 de 11

5 12.2 V15 5 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES 4. RELACIÓN DE MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES Medios humanos. De acuerdo con lo indicado en el artículo 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el centro de trabajo se deberá contar con personal con conocimientos en primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación, que será el personal encargado de las emergencias. El número de personas encargadas de las emergencias será en función del número de trabajadores, dimensiones y grado de ocupación del centro, actividades desarrolladas, y gravedad de los riesgos previsibles que puedan ocurrir (tanto por su probabilidad como por sus posibles consecuencias), de forma que siempre se encuentren presentes medios humanos suficientes para afrontar situaciones de emergencia. Relación de personal encargado para emergencias y primeros auxilios (Nombre y puesto de trabajo) 4.2. Medios materiales. Medios materiales de protección contra incendios - 2 extintores de polvo de 6 kg, de eficacia 21A/113B/C. - 3 extintores de polvo de 6 kg, de eficacia 27A/183B/C sobre el suelo. - Existencia de sistema de iluminación de emergencia pero con algunas luminarias con sus luces piloto fundidas. La empresa podrá adjuntar en Anexo, la relación de estos medios de protección contra incendios existentes, y de acuerdo al mantenimiento efectuado con la empresa mantenedora contratada. Página 5 de 11

6 12.2 V15 6 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES 5. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA Normas de prevención. - Mantener un correcto estado de orden y limpieza. - No se debe sobrecargar la instalación eléctrica enchufando muchos aparatos a la misma toma de corriente. - No almacenar ni poner material combustible próximo a cuadros eléctricos, aparatos eléctricos o focos de ignición. - Los medios de extinción de incendios deben estar visible y accesibles. - Todos los trabajadores deben estar informados de los medios humanos y materiales disponibles en el centro de trabajo para combatir las posibles situaciones de emergencia Procedimiento de actuación al detectar un incendio. Si detecta un incendio: - Mantenga la calma, no grite. - Avise del incendio al personal encargado de emergencias. Comunique su nombre, tipo de emergencia, lugar donde sucede la emergencia. - Trate de combatir la emergencia con los medios que tenga disponibles. NO PONGA NUNCA EN PELIGRO SU INTEGRIDAD FÍSICA. - Si la magnitud del incendio lo permite, inicie la extinción con los extintores portátiles de la zona, hasta la llegada del personal encargado de emergencias. El personal encargado de emergencias valorará la magnitud del siniestro y las posibilidades reales de controlar la situación con los medios disponibles. Si el fuego es de pequeña magnitud, y con los medios disponibles se consigue el control y la extinción del fuego, se dará por finalizada la emergencia. Si, por el contrario, la extinción se complica y ésta no se consigue, o el fuego se considera de gran magnitud, el personal encargado de emergencias dará la orden de evacuación del centro, y solicitará ayuda a los Servicios Públicos de Extinción. El personal encargado de emergencias recibirá a los Servicios Públicos de Extinción, informándoles de la situación. A la recepción y valoración de la situación, los Servicios Públicos de Extinción asumirán la dirección y el control de la emergencia. Página 6 de 11

7 12.2 V15 7 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES 5.3. Normas generales de evacuación. Una vez ordenada la evacuación, todo el personal del centro se trasladará al punto de reunión, de forma ordenada y siguiendo las instrucciones definidas. Al recibir la orden de evacuación, cada trabajador dejará el puesto de trabajo o instalación en la que estuviera actuando, en las mejores condiciones de seguridad posible, especialmente en lo concerniente a: - Parar y desconectar los equipos o máquinas que estuviese utilizando. - Apagar los posibles puntos calientes - No dejar abiertas ninguna toma o conexión de gas o agua, o conectado algún equipo eléctrico. Inmediatamente asumirá las funciones que tenga asignadas en caso de emergencia. En caso de no tener funciones específicas se dirigirá al punto de reunión, teniendo en cuenta: - Mantener la calma y evitar el pánico; salir sin correr ni gritar. - No entrar nunca en la zona de peligro afectada por el siniestro. - No retroceder ni entretenerse en recoger objetos personales. - Ayudar en los desplazamientos aquellas personas que necesiten atenciones especiales. - Comprobar la presencia de los compañeros de trabajo más próximos. - Si ha recibido alguna visita, localizarla y acompañarla hasta el punto de encuentro. - Utilizar siempre vías de evacuación asignadas. - Seguir las instrucciones del personal que se encargue de la evacuación. - Diríjase al punto de encuentro y espere instrucciones y colabore en el recuento del personal. Una vez en el punto de reunión se procederá al control de ausencias, avisando al personal encargado de emergencias de cualquier ausencia de personal, que pudiera permanecer aún en el interior. Una vez extinguido el incendio se dará fin a la situación de emergencia. Se realizará un análisis de las causas y consecuencias del incendio, y se realizarán las acciones preventivas necesarias. Página 7 de 11

8 12.2 V15 8 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES 5.4. Secuencia de actuación en caso de accidente. El personal que detecte la emergencia, lo comunicará al personal encargado de emergencias y primeros auxilios, quienes se personarán inmediatamente en el lugar del accidente. En caso de accidente leve, si es posible, se realizará la primera cura con el material sanitario disponible en la empresa (botiquín de primeros auxilios) y se trasladará al accidentado al centro asistencial de la mutua de accidentes más cercano, o bien si es necesario al centro de urgencias. En el caso de un posible accidente grave, de forma inmediata se comunicará a los servicios externos para su traslado al hospital o al centro de urgencias más cercano. 6. IMPLANTACION DE LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA 6.1. Responsabilidad. La implantación y puesta en práctica de las medidas de actuación en caso de emergencia, es responsabilidad del titular de la actividad. Corresponde a todos los trabajadores, mandos intermedios, y personal directivo de la empresa, participar activamente en la implantación de las medidas de actuación recogidas en el presente documento Organización. El titular de la actividad será responsable de coordinar las acciones necesarias para la implantación y el mantenimiento de las medias de actuación en caso de emergencia. Para ello designará al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobará periódicamente su correcto funcionamiento. El empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con los servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia y salvamento y lucha contra incendios, de forma que se garantice la rapidez y eficacia de sus actuaciones Implantación. La implantación del presente documento conlleva las siguientes actividades, que deberán ser objeto de planificación: - Informar sobre el contenido del presente documento a las personas designadas en los equipos de actuación y estudio del mismo. - Distribuir a todos los trabajadores las consignas e instrucciones de actuación en caso de emergencia, además de al personal ajeno que regularmente esté presente en el centro de trabajo. Página 8 de 11

9 12.2 V15 9 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES - El directorio de teléfonos y la relación del personal designado para emergencias, se encontrará visible en lugar accesible a todo el personal del centro de trabajo. - Elaboración del programa de formación del personal encargado de emergencias. - Mantenimiento y revisión de las medidas de emergencia. - Investigación y estudio de las causas y consecuencias de las emergencias ocurridas, y tomar las medidas de prevención necesarias para evitar daños Revisión y actualización. Cualquier cambio que se realice en la empresa, ya sea de tipo estructural o productivo, lleva consigo un aumento o disminución de los riesgos y, a veces, un cambio en la forma de actuación ante la emergencia, lo que hará necesaria o no la revisión del documento. De la misma forma, se revisarán las medidas siempre que se den cambios en la legislación vigente, modificación de reglamentación interna de la empresa, conclusiones y deficiencias observadas a partir de la realización de simulacros o de emergencias reales, cambios en el personal designado, etc Formación del personal encargado de las medidas de emergencia. El personal designado como encargado para las emergencias y primeros auxilios, recibirá la formación necesaria en relación a la prevención y extinción de incendios, situaciones de emergencia y primeros auxilios que corresponda. Todos los trabajadores que regularmente se encuentren en el centro de trabajo deberán conocer las instrucciones de este documento, y los medios materiales y humanos disponibles para afrontar las emergencias Mantenimiento de medios materiales. El Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, establece las condiciones de mantenimiento que deben reunir las citadas instalaciones para lograr que su empleo, en caso de incendio, sea eficaz. Así, es de obligado cumplimiento mantener un estricto control de las medidas de conservación y mantenimiento de los medios de lucha contra incendios. Tanto el mantenedor como el usuario o titular de la instalación, conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento, indicando, como mínimo: - Las operaciones efectuadas y en qué fechas. - El resultado de las verificaciones y pruebas. - La sustitución de elementos defectuosos que se hayan realizado. Página 9 de 11

10 12.2 V15 1 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES DIRECTORIO DE TELEFONOS DE EMERGENCIAS DATOS GENERALES DEL CENTRO DE TRABAJO RAZON SOCIAL: DOMICILIO: Calle Gremio de los Canteros 13, LOCALIDAD: Hontoria PROVINCIA: Segovia C. POSTAL: 4195 TELEFONO: FAX: MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES - Compañía, dirección y teléfono - Electricidad: Agua: Gas: Otros: Emergencia general: TELEFONOS DE URGENCIAS - Dirección y Teléfono. - Bomberos: Policía Local: Guardia Civil: Ambulancias: Protección Civil: Centro asistencial INSALUD: Centro asistencia Mutua de A.T. y E.P.: Información Toxicología: Otros de interés:

11 12.2 V15 11 de MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES ANEXO 2 Programa de mantenimiento de los medios de lucha contra incendio EXTINTORES DE INCENDIO Cada tres meses: Comprobación de la accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación. Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc. Comprobación del peso y presión en su caso. Inspección ocular del estado externo de las partes mecánicas (boquilla, válvula, manguera, etc.). Cada Año: Comprobación del peso y presión en su caso. Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas. Nota: En esta revisión anual no será necesaria la apertura de los extintores portátiles de polvo con presión permanente, salvo que en las comprobaciones que se citan se hayan observado anomalías que lo justifique. En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situará en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado la revisión interior del aparato. Cada 5 años: A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se procederá al retimbrado del mismo de acuerdo con la ITC-MIE-AP5 del Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios. Rechazo: Se rechazarán aquellos extintores que, a juicio de la empresa mantenedora presenten defectos que pongan en duda el correcto funcionamiento y la seguridad del extintor o bien aquellos para los que no existan piezas originales que garanticen el mantenimiento de las condiciones de fabricación. BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS - B. I. E. Cada tres meses: Comprobación de la buena accesibilidad y señalización de los equipos. Comprobación por inspección de todos los componentes, procediendo a desenrollar la manguera en toda su extensión y accionamiento de la boquilla caso de ser de varias posiciones. Comprobación, por lectura del manómetro, de la presión de servicio. Limpieza del conjunto y engrase de cierres y bisagras en puertas del armario. Cada año: Desmontaje de la manguera y ensayo de ésta en lugar adecuado. Comprobación del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y del sistema de cierre. Comprobación de la estanquidad de los racores y manguera y estado de las juntas. Comprobación de la indicación del manómetro con otro de referencia (patrón) acoplado en el racor de conexión de la manguera. Cada 5 años: La manguera debe ser sometida a una presión de prueba de 15 kg/cm2. HIDRANTES Cada tres meses: Comprobar la accesibilidad a su entorno y la señalización en los hidrantes enterrados. Inspección visual comprobando la estanquidad del conjunto. Quitar las tapas de las salidas, engrasar las roscas y comprobar el estado de las juntas de los racores. Cada seis meses: Engrasar la tuerca de accionamiento o rellenar la cámara de aceite del mismo. Abrir y cerrar el hidrante, comprobando el funcionamiento correcto de la válvula principal y del sistema de drenaje. Operaciones a realizar por personal de una empresa mantenedora autorizada, o bien, por el personal del usuario o titular de la instalación.

12 2. MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA PYMES 12.2 V15 12 de 12 NOMBRE Y APELLIDOS DEL TRABAJADOR PUESTO DE TRABAJO DNI FECHA FIRMA DEL TRABAJADOR TODAS LAS PERSONAS QUE HAN FIRMADO EN ESTA RELACIÓN HAN RECIBIDO LA INFORMACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA EN EL CENTRO DE TRABAJO, LA CUAL SE COMPROMETEN A CONOCER Y RESPETAR.

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