INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE Resolución 273 Diciembre 10 de Derechos reservados. Prohibida su reproducción

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1 INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE Resolución 273 Diciembre 10 de Derechos reservados. Prohibida su reproducción

2 Decreto N Ministerio de hacienda y Crédito Público. Publicado D.O del Exogena 2014\Decreto 2819.pdf

3 Res 273 Título I Título II Titulo III Título IV Descripción Artículos del E.T. Plazos Información de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras Información de las Cámaras de Comercio Información de las bolsas de valores y comisionistas de Bolsa Información de la Registraduría Nacional del Estado Civil 623, y 623-2(sic) y 628 Grandes Contribuyentes Abril 21 Mayo 6 Personas Jurídicas Mayo 7 Junio 4 Exogena 2014\Accesos\ENTIDADES FINANCIERAS.pdf Grandes Contribuyentes Abril 21 - Mayo 6 de 2014 Personas Jurídicas y asimiladas y Personas Naturales ( Mayo 7 a Junio 4 de 2014) de Marzo 2014

4 Res 273 Descripción Artículos del E.T. Plazos Título V Información de los Notarios 629 y Grandes Contribuyentes Abril 21 - Mayo 6 de 2014 Personas Jurídicas y asimiladas y Personas Naturales ( Mayo 7 a Junio 4 de 2014) Título VI Título VII Título VIII Título IX Información de las persona o entidades que elaboran facturas o documentos equivalentes Información referente a estados financieros consolidados por parte de los grupos empresariales Para estudios y cruces de información Información mensual de la entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica Junio 30 de literales a), b), c), e), f), g), h), i) y k) Grandes Contribuyentes Abril 21 - Mayo 6 de 2014 Personas Jurídicas y asimiladas y Personas Naturales ( Mayo 7 a Junio 4 de 2014) A mas tardar el último día hábil del mes siguiente al periodo objeto de reporte

5 TITULO VIII INFORMACION EXOGENA AÑO GRTAVABLE 2.013

6 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable 2012 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($ ). b) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2012 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($ ). c) Todas las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos mutuos de inversión, carteras colectivas, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los fondos de empleados, las comunidades organizadas y las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho que efectuaron retenciones y autorretenciones en la fuente, a título del impuesto sobre la renta, IVA, Timbre e impuesto sobre la renta para la equidad CREE, independientemente del monto de los ingresos obtenidos. d) Los consorcios y uniones temporales que durante el año gravable 2013 hubieren efectuado transacciones económicas, sin perjuicio de la información que deban suministrar los consorciados de las operaciones inherentes a su actividad económica ejecutadas directamente por ellos.

7 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 e) Las personas o entidades que actuaron como mandatarios o contratistas, durante el año gravable 2013, en relación con las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos de mandato o de administración delegada. f) Las personas o entidades que actuaron en condición de operador o quien haga sus veces, en condición de solo riesgo o poseedoras del título minero, en los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, independientemente del monto de sus ingresos. g) Las sociedades fiduciarias que durante el año gravable 2013 administraron patrimonios autónomos y/o encargos fiduciarios. h) Los entes públicos del nivel nacional y territorial de los órdenes central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio. i) Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, no enunciados en los literales b), o h) del presente artículo, independiente de la cuantía de ingresos obtenidos. j) Las personas naturales y asimiladas y entidades, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios que hayan recibido ingresos para terceros, cuando la suma de los ingresos propios más los ingresos recibidos para terceros, en el año 2013, sea superior a quinientos millones de pesos ($ ).

8 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR a) b) c) e) Personas o entidades que sean socias, accionistas, cooperadas, comuneras o asociadas de la respectiva entidad Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la fuente Personas o entidades que les hubieren practicado retención en la fuente Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo, deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la compra de activos fijos o movibles $ Sin cuantía mínima Sin cuantía mínima Valor acumulado = o > $ Pagos por salarios, comisiones y servicios = o > $ f) Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e impuesto generado Valor acumulado = o > $

9 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR g) Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos para terceros y de los terceros a cuyo nombre se recibieron los ingresos. Sin cuantía h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Valor acumulado = o > $ Si Saldo Pasivo a > $ Valor acumulado Por Tercero > $ i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o > $ Si Saldo Pasivo a > $ Valor acumulado Por Tercero > $ k) Discriminación total o parcial de las partidas consignadas en los formularios de las declaraciones tributarias DECRETO NÚMERO 1738 del 21 de agosto de 1998 Sin cuantía mínima Los Secretarios Generales de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, o quien haga sus veces

10 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones practicadas Retenciones en la Fuente que le practicarón Impuesto a las Ventas por Pagar (Descontable) Impuestos a las Ventas por Pagar (Generado) Ingresos Recibidos Saldos de Cuentas por cobrar al 31 de Diciembre Saldos de Cuentas por pagar al 31 de Diciembre Información de Socios, Accionistas, Comuneros y/o Cooperados Información de las Declaraciones Tributarias Información de las Declaraciones Tributarias, Acciones y Aportes e Inversiones en bonos, certificados, titulos y demás inversiones tributarias Información de Ingresos Recibidos para Terceros

11 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Exogena 2014\Proyecto_Resolucion_EXOGENA_2013_03_12_2013.pdf Anexo 4 PAGOS Y RETENCIONES PRACTICADAS POR OPERACIONES PROPIAS FORMATO 1001 VERSION 9 Denominació n casilla Concepto Tipo de document o Número identificación DV Primer apellido del informado Segundo apellido del informado Primer nombre del informado Otros nombres del informado Razón social informado Direcci ón Códi go dpto Códi go mcp País de residenci a o domicilio Pago o abono en cuenta deducible Pago o abono en cuenta NO deducible IVA MAYOR VALOR DEL COSTO O DEL GASTO DEDUCIBLE IVA MAYOR VALOR DEL COSTO O DEL GASTO NO DEDUCIBLE Retención en la fuente asumida RENTA Retención en la fuente practicada Iva Regimen comun Retención en la fuente asumida Regimen Simplificado Retención en la fuente practicada Iva no domiciliados RETENCION EN LA FUENTE PRACTICADA CREE RETENCIO N EN LA FUENTE ASUMIDA CREE

12 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE FORMATO 1006 VERSION 8 Tipo Documento Número Identificación DV Primer Apellido Informado Segundo Apellido Informado Primer Nombre Informado Otros Nombre Informado Razón Social Informado Impuesto Generado IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas Rescindidas o resueltas IMPTO Al Consumo

13 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE AGENTES DE RETENCIÓN Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Todas las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos mutuos de inversión, carteras colectivas, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas y las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho que hayan practicado retenciones en la fuente durante el año gravable Información a suministrar por parte de los obligados La información de que trata el literal b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario,

14 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Consorcios y uniones temporales Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Los consorcios y uniones temporales que durante el año gravable 2013 hubieren efectuado transacciones económicas, independientemente del monto de los ingresos obtenidos, sin perjuicio de la información que deban suministrar los consorciados de las operaciones inherentes a su actividad económica ejecutadas directamente por ellos. Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario. Lo anterior sin perjuicio de la información que deban suministrar los consorciados o asociados, si cumplen los topes establecidos en el artículo 1 de la presente Resolución, de las operaciones inherentes a su actividad económica.

15 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Consorcios y uniones temporales ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR b) e) f) Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la fuente Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo, deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la compra de activos fijos o movibles Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e impuesto generado h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Sin cuantía mínima Valor acumulado = o > $ Pagos por salarios, comisiones y servicios = o > $ Valor acumulado = o > $ Valor acumulado = o > $ Si Saldo Pasivo a > $ Valor acumulado Por Tercero > $ i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o > $

16 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Consorcios y uniones temporales ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE Pagos o Abonos en cuentas y Retenciones practicada a través de Consorcios y uniones temporales Ingresos recibidos por consorcios y uniones temporales Las ventas por pagar (descontables) en consorcios y uniones temporales Impuestos a las ventas por pagar (generados) impuesto al consumo en consorcios y uniones temporales Cuentas por cobrar al 31 de diciembre en consorcios o uniones temporales Saldos de cuentas por pagar al 31 de diciembre en consorcios o uniones temporales.

17 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Contratos de Mandato o de Administración Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Las personas o entidades que actuaron como mandatarios o contratistas, durante el año gravable 2013, independientemente del monto de los ingresos percibidos, en relación con las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos de mandato o de administración delegada. Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario, relacionada con las operaciones inherentes a las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos de mandato o de administración delegada. Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar el mandatario o administrador si cumple los topes establecidos en el artículo 1 de la presente Resolución, de las operaciones inherentes a su actividad económica.

18 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Contratos de Mandato o de Administración ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR b) e) f) Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la fuente Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo, deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la compra de activos fijos o movibles Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e impuesto generado h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Sin cuantía mínima Valor acumulado = o > $ Pagos por salarios, comisiones y servicios = o > $ Valor acumulado = o > $ Valor acumulado = o > $ Si Saldo Pasivo a > $ Valor acumulado Por Tercero > $ i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o > $

19 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE Contratos de Mandato o de Administración ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE Pagos o Abonos en cuentas y Retenciones practicada en contratos de mandato o de administración delegada Ingresos recibidos por contratos de mandato o de administración delegada Información de saldos de cuentas por cobrar al 31 de diciembre en contratos de mandato o de administración delegada Información de saldos de cuentas por cobrar al 31 de diciembre en contratos de mandato o de administración delegada Impuesto a las ventas descontable Impuesto a las ventas por pagar (generados) e impuesto al consumo en contratos de mandato o de administración delegada.

20 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE EN LOS CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN de hidrocarburos, gases y minerales Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Las personas o entidades que actuaron en condición de operador o quien haga sus veces, las personas o entidades que actuaron en condición de solo riesgo y las personas o entidades poseedoras de títulos mineros. Información a suministrar por parte de los obligados Las personas o entidades que actuaron en condición de operador o quien haga sus veces, el valor total de las operaciones inherentes a la cuenta conjunta. Las personas o entidades que actuaron en condición de solo riesgo y las personas o entidades poseedoras de títulos mineros, el valor total de las operaciones, suministrando la información de que tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

21 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE EN LOS CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN de hidrocarburos, gases y minerales ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR b) e) f) Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la fuente Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo, deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la compra de activos fijos o movibles Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e impuesto generado h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Sin cuantía mínima Valor acumulado = o > $ Pagos por salarios, comisiones y servicios = o > $ Valor acumulado = o > $ Valor acumulado = o > $ Si Saldo Pasivo a > $ Valor acumulado Por Tercero > $ i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o > $

22 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE EN LOS CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN de hidrocarburos, gases y minerales ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE Pagos o Abonos en cuentas y Retenciones practicada en contratos de mandato o de administración delegada Información de Retenciones en la Fuente practicadas a través de los contratos de asociación para exploración y explotación minera Informacion de ingresos recibidos de los contratos de asociación para explotación y exploración Minera Impuesto a las ventas por pagar (descontable ) en contratos de asociación para explotación y exploración Minera Cambio versión eliminado Cambio versión Cambio versión Impuesto a las ventas por pagar generado en contratos de asociación para explotación y exploración Minera descontable Saldos por cuentas por cobrar al 31 de diciembre en contratos de asociación para explotación y exploración Minera Cambio versión Cambio versión Saldos por cuentas por pagar al 31 de diciembre en contratos de asociación para explotación y exploración Minera Cambio versión

23 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE SOCIEDADES FIDUCIARIAS Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Las sociedades fiduciarias que durante el año gravable 2013 administraron patrimonios autónomos y/o encargos fiduciarios, independientemente del monto de sus ingresos. Información a suministrar por parte de los obligados Bajo su propio NIT y Razón Social el valor patrimonial de los derechos fiduciarios, las utilidades causadas, el valor de los ingresos recibidos con cargo a cada uno de los fideicomisos, los pagos o abonos en cuenta realizados con recursos del fideicomiso y las retenciones practicadas y asumidas. Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar la fiduciaria si cumple los topes establecidos en el artículo 1 de la presente Resolución, en relación con operaciones propias.

24 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE SOCIEDADES FIDUCIARIAS ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE Información de los Fideicomisos que administran. Valor total de las utilidades causadas y valor Patrimonial de los derechos fiduciarios. Por tipo y Subtipo de Negocio Fiduciario. Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones practicadas con Recursos del Fideicomiso Ingresos recibidos con cargo al Fideicomiso o Patrimonio Autónomo INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA 2013

25 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE ENTES PÚBLICOS NACIONALES Y TERRITORIALES Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Los entes públicos del nivel nacional y territorial de los órdenes central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio, independientemente del monto de sus ingresos. Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

26 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE ENTES PÚBLICOS NACIONALES Y TERRITORIALES PAGOS Y RETENCIONES PRACTICADAS POR OPERACIONES PROPIAS Denominació n casilla Concepto Tipo de document o Número identificación DV Primer apellido del informado Segundo apellido del informado Primer nombre del informado NUMERO CASILLA Cambio descripcion Cambio desccasilla nueva casilla nueva Otros nombres del informado Razón social informado Direcci ón Códi go dpto Códi go mcp País de residenci a o domicilio Pago o abono en cuenta deducible Pago o abono en cuenta NO deducible IVA MAYOR VALOR DEL COSTO O DEL GASTO DEDUCIBLE IVA MAYOR VALOR DEL COSTO O DEL GASTO NO DEDUCIBLE casilla nueva casilla nueva casilla nueva casilla nueva casilla nueva Retención en Retención en la Retención en la Retención en la Retención en la fuente fuente asumida fuente practicada fuente la fuente practicada Iva Regimen Iva no practicada RENTA asumida RENTA Regimen Simplificado domiciliados comun RETENCION EN LA FUENTE PRACTICADA CREE } CREE RETENCION N LA FUENTE ASUMIDA

27 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE SECRETARIOS GENERALES Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, no enunciados en los literales b) o h) del artículo 1º, independiente de la cuantía de ingresos obtenidos. Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario Pagos o abonos cuenta y retenciones practicadas por secretarios generales que administran recursos del tesoro

28 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE LOS QUE RECIBEN INGRESOS PARA TERCEROS Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2013 Las personas naturales y asimiladas, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que hayan recibido ingresos para terceros. Información a suministrar por parte de los obligados La información de que trata el literal g) del artículo 631 del Estatuto Tributario

29 RESOLUCIÓN 273 DICIEMBRE 10 DE LOS QUE RECIBEN INGRESOS PARA TERCEROS FORMATO 1647 INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS PARA TERCEROS (Formato nuevo) D e nconcept o o m i Tipo de documen to Número identifica ción DV Primer apellido del informado Segundo apellido del informado Primer nombre del informado Otros nombres del informado Razón social informad o País de residencia o domicilio Ingresos recibidos para terceros Tipo de documento del tercero beneficiario ingreso Identificación del tercero beneficiario ingreso Primer apellido del tercero beneficiario ingreso Segundo apellido del tercero beneficiari o ingreso Primer nombre del tercero beneficiari o ingreso Otros nombres del tercero beneficiari o ingreso Razón social del tercero beneficiari o ingreso Dirección Código dpto Código mcp

30 Artículo 139 de la ley 1607 de 2012 Modifica el primer inciso y el parágrafo 3 del artículo 631 del Estatuto Tributario Artículo 139. Modifíquese el primer inciso y el parágrafo 3 del artículo 631 del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así: Artículo 631. Para estudios y cruces de información y el cumplimiento de otras funciones. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 684 y demás normas que regulan las facultades de la Administración de Impuestos, el Director de Impuestos Nacionales podrá solicitar a las personas o entidades, contribuyentes y no contribuyentes, una o varias de las siguientes informaciones, con el fin de efectuar los estudios y cruces de información necesarios para el debido control de los tributos, así como de cumplir con otras funciones de su competencia, INFORMACIÓN incluidas las relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones y compromisos consagrados en las convenciones y tratados tributarios suscritos por Colombia. INFORMACION EXOGENA AÑO GRAVABLE 2.013

31 Artículo 139 de la ley 1607 de 2012 Modifica el primer inciso y el parágrafo 3 del artículo 631 del Estatuto Tributario Artículo 139. Modifíquese el primer inciso y el parágrafo 3 del artículo 631 del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así: Parágrafo 3. La información a que se refiere el presente artículo, así como la establecida en los artículos 624, 625, 628 Y629 del Estatuto Tributario, deberá presentarse en medios magnéticos o cualquier otro medio electrónico para la transmisión de datos, cuyo contenido y características técnicas serán definidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por lo menos INFORMACIÓN con dos meses de anterioridad al último día del año gravable anterior al cual se solicita la información INFORMACION EXOGENA AÑO GRAVBLE 2.013

32 RESOLUCION DE DICIEMBRE 7 DE Por medio del cual se Gradúa la sanción Establecida en el Literal a) del Art.651 del E.T. SANCION MAXIMA UVT VALOR UVT AÑO GRAVABLE $ MAXIMA SANCION A.G $

33 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2005 (7 DIC. 2005) Por medio de la cual se regula la aplicación de la sanción establecida en el artículo 651 del Estatuto Tributario ARTICULO 1. Graduación de la sanción cuando existe base para imponerla..la sanción de que trata el inciso segundo del literal a) del artículo 651 del Estatuto Tributario se aplicará en forma gradual de acuerdo con la conducta en la cual incurrió el contribuyente o el obligado, según el caso, teniendo en cuenta el tope máximo establecido en el citado literal y los criterios que a continuación se enuncian: a) Cuando se trate de la información exigida y no suministrada, se aplicará el (5%), del total de la sumatoria de la información no suministrada. b) Cuando se trate de la información suministrada en forma extemporánea, se aplicará el (5%), del total de la sumatoria de la información suministrada en forma extemporánea. c) Cuando se trate de la información, pero sin el cumplimiento de las características técnicas exigidas en las resoluciones que para tal efecto emite la DIAN, la sanción será del (4%) del valor total suministrado en forma errónea. d) Cuando se trate de la información, pero presente errores de contenido se aplicará una sanción del (3%) sobre el monto de los registros errados.

34 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2005 (7 DIC. 2005) Por medio de la cual se regula la aplicación de la sanción establecida en el artículo 651 del Estatuto Tributario Articulo 2. Graduación de la sanción cuando no sea posible establecer la base para imponerla o la información no tuviere cuantía. Se aplicará en forma general sobre el valor de los ingresos netos del periodo por el cual se solicita la información; si no existieren ingresos sobre el patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente al año inmediatamente anterior o al que figure en la última declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y patrimonio, teniendo en cuenta los siguientes criterios: a) Si la información suministrada en forma extemporánea, se aplicará (0.5%) de los ingresos netos o del patrimonio bruto. b) Si la información exigida es suministrada, pero no cumple con las especificaciones técnicas establecidas, la sanción es del (0.4%) de los ingresos netos o del patrimonio bruto. c) Si la información reportada por presenta errores de contenido, la sanción es del (0.3%) de los ingresos netos o del patrimonio bruto.

35 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE Diario Oficial Nro De Oct. 31 de Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, por el año gravable 2014, la información tributaria establecida en los artículos 623, (sic), 623-3, 624, 625, 627, 628, 629, 629-1, 631, 631-1, 631-2, y 633 del Estatuto Tributario, en el Decreto 1738 de 1998 y en el artículo 58 de la Ley 863 de 2003 y en el Decreto 4660 de 2007, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

36 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE Consideraciones Art. 631 Modificado por el Art,. 139 de la Ley 1607/2012 y del E.T. Que los artículos 623, (sic), 623-3, 624, 627, 628, 629, 629-1, 631, 631-2, 631-3, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario y el artículo 2 del Decreto 1738 de , señalan los obligados y el tipo de información que podrá ser requerida.

37 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE Continuación Consideraciones Que el parágrafo tercero del artículo 631 del Estatuto Tributario, modificado por el 139 de la Ley 1607 de 2012, dispuso que el contenido y características técnicas de la información. deben ser definidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por lo menos con dos (2) meses de anterioridad al último día del año gravable anterior al cual se solicita la información

38 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE INFORMANTES POR PERIODICIDAD DATOS BASICOS DE LOS TERCEROS MENSUALES ANUALES POR PERIODOS MENSUALES ANUALES POR PERIODOS BIMESTRALES ANUALES

39 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE INFORMACION DE LOS DATOS BASICOS DE LOS TERCEROS

40 Tipo de documento Número de identificación Naturaleza Primer apellido Segundo apellido Primer nombre Otros nombres Razón social Dirección Actividad Económica Código País Código Departamento (DPTO) Código Municipio Correo electrónico Teléfono fijo (código área + número) Teléfono celular Accesos\Tipo de docuemnto.pdf RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE Art. 5. Información de los Datos Básicos de Los terceros.

41 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE ENTIDADES PUBLICAS O PRIVADAS QUE CELEBRAN CONVENIOS DE COOPERACION O ASISTENCIA TECNICA

42 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE ANUALES POR PERIODOS MENSUALES Entidades Vigiladas Por Super Financiera Bolsas de Valores Venta mediante Bonos Electrónicos Adquisición de Bonos para Benf. De Trabajadores Dos o Más Empleados con o sin Vinculación laboral

43 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE ANUALES POR PERIODOS BIMESTRALES PERSONAS 1 NATURALES Y ASIMILADAS CON TOPE DE INGRESOS (2012) PERSONAS 2 JURIDICAS Y ASIMILADAS CON TOPES (2012) 3 ENTIDADES DE DERECHO PUBLICO Y FONDOS DE INVERSION AGENTES DE RETENCION 8 ENTES PUBLICOS NIVEL NAL. Y TERRITOTIAL ART 22 ET 9 SECRETARIOS GENERALES Numerales 1,2,3,4,5,6,7,8,9 Y 10 Art. 3. Obligados a Llevar Libros de Contabilidad Art. 21 No Obligados a Llevar Libros de Contab. Art CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES 5 MANDATARIOS O CONTRATISTAS DATOS BASICOS 6 OPERADOR SOLO RIESGO TITULO MINERO 7 PATRIMONIOS AUTONOMOS O ENCARGOS FID. Numerales 4,5,6,7 Y 10 Art. 3 Obligados Por Clase De Contrato Art. 23 PERSONAS NATURALES Y ASIMILADAS 10 PERSONAS JURIDICAS Y ASIMILADAS QUE HAYAN RECIBIDO INGRESOS PARA TERCEROS ING PROPIOS +ING PARA TERCEROS > 500, (2014) PERSONAS NATURALES Y ASIMILADAS 11 PERSONAS JURIDICAS Y ASIMILADAS CON I.B. > (2012) UTILICEN SISTEMA DE FACTURACION POR TALONARIO, POS, COMPUTADOR,PLU

44 RESOLUCION 228 OCTUBRE 31 DE ANUALES REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL GRUPOS EMPRESARIALES PERSONAS O ENTIDAES QUE ELABORAN FACTURAS CAMARAS DE COMERCIO LOS NOTARIOS PERSONAS NATURALES Y ASIMILADAS, JURIDICAS Y ASIMILAD. ENUNCIADAS NUMERALES 1 Y 2 DEL Art. 3. LITERAL K)

45 INFORMANTES MENSUALES Art. 1 Res. 228/2013 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS ENTID. PUBLICAS O PRIVADAS QUE CELEBRAN CONVENIOS DE COOPER. O ASISTENCIA TECNICA Datos básicos de terceros Información de convenio Información de los contratos Beneficiarios de pagos o abonos en cuenta. PLAZOS ULTIMO DIA HABIL DEL MES SIGUIENTE

46 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES MENSUALES Art. 2 Res. 228/2013 ENTIDADES VIGILADAS POR SUPERFINANCIERA, COOPERATIVAS FONDOS DE EMPLEADOS. Datos básicos de terceros Cuentas ahorro y/o Ctes. Inversiones CDT-CDAT-Bonos Cons.Tarjetas Débito-Crédito Fondos - Préstamos. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

47 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES MENSUALES Art. 2 Res. 228/2013 BOLSAS DE VALORES COMISIONISTAS DE BOLSA Datos Básicos de Terceros Información Operaciones Comisionistas. Información operaciones clientes PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

48 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES MENSUALES Art. 2 Res. 228/2013 Sociedad Administradora de Depósito de Valores Deceval Datos Básicos Terceros Depósitos de valores o Títulos superiores a 1 Millón por período. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

49 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES MENSUALES Art. 2 Res. 228/2013 Venta de Bonos Electrónicos o Papel de servicio, cheque o vales (631-3) Datos Básicos Terceros. PN o PJ que obtuvieron Ingresos por la Venta de Bonos, papel o cheque para beneficio del trabajador. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

50 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES MENSUALES Art. 2 Res. 228/2013 Compra de Bonos Electrónicos o Papel de servicio, cheque o vales (631-3) Datos Básicos Terceros. PN o PJ que adquirieron Bonos, papel o cheque para beneficio del trabajador. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

51 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES MENSUALES Art. 2 Res. 228/2013 Dos o Más Trabajadores con o Sin vinculación laboral durante el período. Art. 20 res. 228/2013 PN o PJ, entidades públicas o Privadas. Datos Básicos. Información de Nómina. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

52 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES BIMESTRALES Art. 3 Res. 228/2013 Obligados a llevar libros de Contabilidad de conformidad Al C.C. Art. 21 Res. 228/2013 Sujetos señalados en numerales 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10 del Art. 3 Datos Básicos Balance de Prueba. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

53 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES BIMESTRALES Art. 3 Res. 228/2013 No Obligados a llevar libros de Contabilidad. Art. 22 Resol. 228 de Sujetos señalados en numerales 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10 del Art. 3 Datos Básicos - Beneficiarios Pagos e Ingresos. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

54 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES BIMESTRALES Art. 3 Res. 228/2013 Obligados por clase de Contrato que desarrollen. Pagos o Abonos, Ingresos, CxC, CxP, Descontable, generado. Art. 23 Res. 228 Num. 4,5,6,7,10 del Art. 3 Consorcios y U. Temporales C. De Mandato y admon deleg. Exploración y Explotación Entidades Fiduciarias e Ingresos Para terceros. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

55 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES BIMESTRALES Art. 3 Res. 228/2013 Ingresos Recibidos para Terceros Literal g) 631 ET. Art. 23 resol 228/2013 Num. 10 del Art. 3 PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio PN-PJ Ingresos Propios + Ingresos de Terceros > (A.G )

56 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES BIMESTRALES Art. 3 Res. 228/2013 Personas o Entidades obligadas a Facturar Art. 24 de Res. 228 de Num. 11 del Art. 3 PN-PJ Ingresos > (A.G ) y utilicen Sistema de Facturación para sus ventas. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

57 RESOLUCION 228 DE RESUMEN OBLIGADOS CARACTERIZADOS INFORMANTES ANUALES Art. 4 Res. 228/2013 Artículos 25 al 33 Res. 228/2013 Cámaras de Comercio Registraduria Nacional (Feb. 27 de 2.015) Notarios Personas que elaboran Facturas Grupos Empresariales (Junio 30 de 2.015) Literal k) Art. 631 ET. PLAZOS GRANDES Abril 20 Mayo PLAZOS OTROS Mayo 5 Junio

58 Pedro José Franco Cárdenas DIAN Medellín Jefe GIT Asistencia Tecnológica Medellín Ext 60144

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