INSTRUCTIVO INFORMACIÓN BURSÁTIL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INSTRUCTIVO INFORMACIÓN BURSÁTIL"

Transcripción

1 INSTRUCTIVO INFORMACIÓN BURSÁTIL La Junta Directiva de Bolsa de Valores de El Salvador, S.A. de C.V., en base a los artículos 15 y 9 de la Ley del Mercado de Valores y 13 del Reglamento Interno, y en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 29 de la Ley del Mercado de Valores en sesión de Junta Directiva, acordó autorizar el presente instructivo que regula la recolección y, cuando corresponda, difusión de la información acerca de los sujetos que intervienen en el mercado. TÍTULO I OBJETO Y SUJETOS OBJETO Art. 1- El objeto del presente Instructivo es regular la información y los hechos relevantes que deben comunicar los emisores y casas de corredores de bolsa a la Bolsa de Valores, así como la forma, mecanismos y plazos en que deben enviarla. SUJETOS Art. 2- Cuando se haga referencia a los sujetos que participan del mercado bursátil, se entenderán los emisores y las casas de corredores de bolsa. TÍTULO II EMISORES OBLIGACIÓN DE COMUNICAR Art. 3- Los emisores deberán comunicar a la Bolsa de Valores los hechos relevantes y la información, en la forma y plazos que se detallan en el presente Título. CAPÍTULO I HECHOS RELEVANTES HECHO RELEVANTE Art. 4- Se entenderá por hecho relevante, todo hecho o información esencial respecto de los sujetos que participan del mercado bursátil que puedan afectar positiva o negativamente en forma significativa, su situación jurídica, económica y financiera, o la posición de la entidad o de sus valores en el mercado; así como todo hecho que pueda afectar el precio de negociación de dichos valores, su rendimiento, su liquidez o bursatilidad en el mercado ó el volumen de su negociación. PLAZOS PARA INFORMAR

2 Art. 5- Para los efectos del presente Instructivo se considerarán hechos relevantes, entre otros, los detallados en los literales de este artículo, los que deberán informarse en los plazos que a continuación se detalla: I. TRES DIAS HABILES DESPUES DE OCURRIDO EL HECHO: a) Los Acuerdos tomados en Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas. b) Cambios en la Junta Directiva, ya sea por renuncia o nombramiento de alguno o algunos de sus miembros, o cambio del Administrador Único o de los administradores de la entidad c) Cambio de Representante legal o convencional de la entidad d) Cualquier tipo de eventos de reorganización empresarial e) Intervenciones por entidades supervisoras. II. OCHO DIAS HABILES DESPUES DE OCURRIDO EL HECHO: a) Modificaciones al Pacto Social, después de inscrita la escritura en el Registro de Comercio. b) Alianzas Estratégicas con otras sociedades c) Adquisición o Venta de empresas d) Inversiones en más del 50% del capital de otras sociedades. e) Embargos sobre bienes de la entidad III. EN LOS PRIMEROS VEINTE DIAS DE CADA MES Los traspasos de acciones que se efectúen en el mes o mención de no haberse realizado ningún traspaso. IV. EN LOS PRIMEROS VEINTE DÍAS HÁBILES AL CIERRE DE CADA TRIMESTRE El porcentaje de cobertura de la garantía de la emisión. V. TRIMESTRALMENTE Carta informando que ha recibido la Calificación de Riesgo, al día siguiente hábil de recibida. VI. INFORMACION A PRESENTAR EL MISMO DIA DE OCURRIDO EL HECHO: Embargos sobre títulos nominativos, el mismo día de trabado el embargo, según lo regulado en el artículo 52 de la Ley del Mercado de Valores. VI. EN EL PLAZO QUE LA BOLSA DE VALORES ESTABLEZCA: Todo hecho que la Bolsa de Valores considere relevante y cuya información le sea requerida al emisor por aquélla. CAPÍTULO II INFORMACIÓN Art. 6- Sin perjuicio de la obligación de los emisores de comunicar a la Bolsa de Valores los hechos relevantes, deberán enviar además, la información que se detalla en este capítulo, en los plazos que a continuación se especifican: 1. El balance general, y el estado de resultados, ambos a treinta de junio de cada año; así como los estados financieros auditados al treinta y uno de diciembre, junto con el dictamen del auditor y sus notas, los cuales deberán ser enviados dentro de los cuarenta

3 y cinco días siguientes a las respectivas fechas de cierre, con el objeto de cumplir con lo establecido en el Art. 34 de la Ley; 2. Balance general al treinta y uno de marzo y al treinta de septiembre, debidamente firmados y sellados por el representante legal, gerente general y contador general, los cuales deberán ser enviados a más tardar, treinta días después del cierre del trimestre; 3. Todo cambio en los requisitos que se consideraron para su inscripción, dentro de los ocho días hábiles después de ocurrido el cambio. Los emisores que tengan emisiones vigentes inscritas en la Bolsa deberán enviar, además de la información anterior, la siguiente: a) Cambios a las tasas de interés cuando el valor tenga, entre sus características, la reajustabilidad de las mismas. Cuando la tasa de referencia sea la Tasa de Interés Básica Pasiva (TIBP) publicada por el Banco Central de Reserva, el reajuste deberá ser informado a la Bolsa por el emisor a más tardar el día del reajuste. Cuando se trate de otro tipo de tasa de referencia, el reajuste será comunicado a la Bolsa, a más tardar tres días hábiles anteriores a la fecha de reajuste; b) Cualquier variación o cambio en la garantía que respalda una emisión, mensualmente, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes; c) Certificación del auditor externo del emisor, en el que indique que se han pagado al día el capital e intereses de las emisiones respectivas, a más tardar los primeros diez días hábiles posteriores al cierre de cada mes; y d) Los emisores que tengan inscritas sus acciones en la bolsa, deberán enviar mensualmente el valor contable de la acción, dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes. TÍTULO III CASAS DE CORREDORES DE BOLSA Art. 7- Las casas de corredores están obligadas a comunicar a la bolsa, los hechos relevantes y la información según se establece en el presente Instructivo. CAPÍTULO I HECHOS RELEVANTES Art. 8- Las casas de corredores de bolsa, están obligadas a notificar a la bolsa de valores los hechos relevantes que les ocurran, para tal efecto, les es aplicable el Capítulo I del Título II del presente Instructivo. CAPÍTULO II INFORMACIÓN Art. 9- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, las casas de corredores de bolsa activas, están obligadas a enviar a la Bolsa de Valores la siguiente información: a) El balance general al 30 de junio y los estados financieros generales auditados al 31 de diciembre de cada año, en los 45 días siguientes al cierre del trimestre.

4 b) Los estados financieros al 31 de marzo y 30 de septiembre en los 30 días siguientes al cierre del trimestre. c) Para darle cumplimiento a la Ley del Lavado de Dinero y Otros Activos, deberán enviar el formulario de Identificación de Transacciones de las operaciones realizadas por más de cincuenta y siete mil ciento cuarenta y dos Dólares de los Estados Unidos de América con ochenta y seis centavos de Dólar (US$57,142.86), el mismo día de realizadas las operaciones. d) Certificación de volúmenes presentados en el Sistema de Información Bursátil, en los primeros cinco días hábiles de cada mes. Sin perjuicio de lo establecido en los literales a) y b) del presente artículo, la Bolsa podrá requerir los estados financieros en fechas diferentes cuando así lo estime conveniente. TÍTULO IV PROCEDIMIENTO PARA INFORMAR CAPÍTULO ÚNICO PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PARA INFORMAR Art. 10- Los sujetos que participan del mercado bursátil, deberán comunicar a la Bolsa de Valores vía electrónica, a través de los formatos electrónicos que estarán dispuestos para tal efecto en la página web de la Bolsa, los hechos relevantes y la información a que se encuentran obligados y dentro de los plazos estipulados en este Instructivo. Posteriormente, los hechos relevantes que necesitan formalización, deberán notificarse por escrito a esta Bolsa, con las formalidades y plazos establecidos en el anexo 1 de este instructivo. La información que por su propia naturaleza sea imposible remitir a través de la página Web, deberá ser enviada por medio de correspondencia a la Bolsa, dentro de los plazos definidos en el anexo 1. OTROS MECANISMOS Art. 11- Sin perjuicio de la obligación de darle fiel cumplimiento a los plazos establecidos en el presente instructivo, los hechos relevantes y la información que puede ser enviada a través de la página web, podrá remitirse a través de fax o correspondencia dirigida a la Gerencia de Comunicaciones y Mercadeo de la Bolsa de Valores, únicamente cuando por razones de caso fortuito o fuerza mayor, alguno de los participantes del mercado se viere imposibilitado de enviarla por el medio establecido en el artículo anterior. En este caso, la comunicación deberá ser remitida y suscrita por la persona designada al efecto. RESPONSABLE DE INFORMAR

5 Art. 12- Los sujetos que participan del mercado bursátil, deberán designar a una persona encargada de realizar las comunicaciones a la Bolsa, para lo cual deberá proporcionar el nombre, firma y cargo de dicha persona, a fin de asignarle un usuario y una contraseña o password. La designación hará responsable a la entidad del contenido, la exactitud y la veracidad de todo lo que la persona designada comunique a la Bolsa de Valores, asimismo, será responsable de que la información que se ingrese esté completa. VERIFICACIÓN DE INFORMACIÓN Art. 13- La Bolsa de Valores realizará periódicamente auditorías a los sujetos que participan del mercado bursátil, a fin de constatar que los hechos o la información que han comunicado sean veraces y precisos; en caso se haya comunicado información o hechos parcial o totalmente falsos, o incompletos, se les impondrán las sanciones respectivas. SANCIÓN POR NO INFORMAR Art. 14- Cuando los sujetos que participan del mercado bursátil no realizaren las comunicaciones a la Bolsa de Valores de la manera prevista en este instructivo, se les aplicará la sanción dispuesta en el Art. 22 del Reglamento General Interno de la Bolsa de Valores. PUBLICACIÓN DE HECHOS RELEVANTES Art. 15- El Departamento de comunicaciones revisará diariamente la página web de la Bolsa a fin de recopilar la información y los hechos relevantes comunicados de parte de las entidades que participan del mercado bursátil, posteriormente deberá clasificarlos e incorporar los hechos relevantes en la página web de la Bolsa de Valores y en el SIB, a fin que puedan ser consultados por el público en general. Asimismo deberá utilizarla para incorporarlos en los boletines que publica la Bolsa mensual y trimestralmente. INFORMACIÓN RESERVADA Art. 16- Sin perjuicio de lo regulado en el presente Instructivo, los emisores podrán dar carácter de reservado a hechos o antecedentes relativos a negociaciones pendientes, que de ser conocidas pudieren perjudicar su resultado y en consecuencia, afectar el interés del emisor. Esta decisión deberá comunicarse por correspondencia a la Bolsa de Valores y a la Superintendencia a más tardar el día hábil siguiente a su adopción. Esta información reservada se sujetará en todo a lo regulado en el Artículo 35 de la Ley del Mercado de Valores. VIGENCIA El presente instructivo entrará en vigencia a partir de. Francisco Javier Mayora Re Gerente General.

6 ANEXO 1 HECHOS RELEVANTES QUE NECESITAN FORMALIZARSE EN LA BOLSA DE VALORES CAMBIO A FORMALIZAR DOCUMENTO A REMITIR PERIODICIDAD Aumentos de capital en la parte En los 8 días hábiles siguientes fija (únicamente en el caso de después de formalizada la tener inscritas sus acciones en Escritura Pública. Bolsa) - Solicitud de inscripción presentada a través de una Casa de Corredores de Bolsa -Fotocopia autenticada de Escritura de Aumento de Capital inscrita en el Registro de Comercio -Certificación de Punto de Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas en que se tomó el acuerdo -Proyecto del nuevo certificado de acción -Proyecto de Prospecto o de insertos al prospecto de Se les sugiere consultar el instructivo de Tarifas y Comisiones en nuestra página web ya que si ésta documentación se

7 CAMBIO A FORMALIZAR DOCUMENTO A REMITIR PERIODICIDAD emisión de acciones con información del grupo empresarial, financiera y legal actualizada -Listado actualizado de accionistas con el nuevo aumento de capital -Recibo de pago de derechos de inscripción en la Bolsa -SI LA SOCIEDAD EMISORA NO ES FISCALIZADA POR LA SSF Debe solicitar, previo a formalizar el aumento, la autorización de la BVES para modificar su pacto social por aumento de capital y acompañar a la solicitud de los documentos arriba mencionados excepto de la escritura de aumento de capital inscrita en el Registro de Comercio, pues esta se inscribirá hasta que la BVES autorice la modificación a su pacto social y deberá presentarse a la BVES dentro de los 10 días hábiles después de inscrita. presenta en tiempo el emisor obtendrá una reducción en la tarifa de inscripción de estos documentos. Aumento de capital en la parte variable (únicamente en el caso de tener inscritas sus acciones en Bolsa) Modificaciones al pacto social de sociedades emisoras en lo relativo a: naturaleza, domicilio y finalidad, cambio en denominación social, plazo o cualquier otro cambio que modifique las cláusulas de la misma. -Solicitud de inscripción presentada a través de una Casa de Corredores de Bolsa -Certificación de Punto de Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas en que se tomó el acuerdo -Certificación del aumento en el Libro de Registro de Aumentos y Disminuciones de Capital Social que lleva el emisor -Proyecto de prospecto o de insertos al prospecto de emisión de acciones con información del grupo empresarial, financiera y legal actualizada -Proyecto de certificado de acción a emitirse -Listado actualizado de accionistas a la fecha del aumento -Recibo de pago de derechos de inscripción en la Bolsa Solicitud de inscripción presentada a través de una Casa de Corredores de Bolsa -Certificación de punto de acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas en que se tomó el acuerdo de modificación -Escritura de Modificación al Pacto Social inscrita en el Registro de Comercio en caso que sea sociedad sujeta a fiscalización por parte de la SSF, en caso de tratarse de otras sociedades no fiscalizadas por esta institución se debe solicitar autorización a la Bolsa para modificar el pacto social y una vez autorizado a efectuarlo inscribir la escritura en el Registro de Comercio y enviarla inscrita a la BVES a más tardar diez días hábiles después de inscrita. Cuando aplique: Acuerdos de Junta Directiva, Informes de auditores externos. Otros documentos que comprueben el hecho relevante. En los 8 días hábiles siguientes después de Asentado el aumento en el Libro de Registro de Aumentos y Disminuciones de Capital Social que lleva el emisor. En los 8 días hábiles siguientes después de formalizada la Escritura Pública. Nombramiento y renuncias de: Miembros de la Junta Directiva. Gerente General. Director Ejecutivo - Fotocopia autenticada de las credenciales y poderes otorgados inscritos en el Registro de Comercio. - Datos personales de los directores y administradores - Fotocopia de los documentos de identidad (DUI ó pasaporte y NIT). - Currículum vitae. - Declaración jurada (cuando aplique). Conforme Art. 14 de la Ley del Mercado de Valores, se debe informar a la Bolsa de Valores, en los 3 días hábiles siguientes del cambio y remitirlo a la Superintendencia en los 8 días hábiles siguientes.

8 CAMBIO A FORMALIZAR DOCUMENTO A REMITIR PERIODICIDAD Interventores Liquidadores, Personal Gerencial y/o ejecutivos y Apoderados Información de cambios en la nómina de accionistas Cambio en la estructura organizativa. Información del grupo empresarial. Fusiones (cuando la sociedad absorbente sea la emisora) Escisiones de sociedades Traspaso de acciones El porcentaje de cobertura de garantía de la emisión. Informe de Embargos sobre valores nominativos emitidos por la sociedad registrada, detallando los datos pertinentes para su identificación Nómina de cancelaciones y nuevos accionistas, con: - Nombre, cantidad de acciones, porcentaje de participación, NIT, DUI; y - Declaración jurada de los que posean 10% o más (Véase modelo). Actualización del Organigrama Detallar las sociedades con participación accionaria o relacionadas por administración. -Solicitud de inscripción, presentada a través de una Casa Corredora de Bolsa -Certificación de Punto de Acta de Junta General de Accionistas de ambas sociedades participantes en la fusión, en el que se acuerde la fusión. -Escritura de Fusión inscrita en el Registro de Comercio -Proyecto de prospecto de emisor y de acciones en su caso. -Proyecto de certificado de acción, en su caso -Listado de accionistas de la sociedad absorbente -Recibo de pago de derechos de inscripción en la Bolsa -Solicitud de inscripción presentada a través de una Casa de Corredores de Bolsa -Certificación de Punto de Acta de Junta General de Accionistas en el que se acuerda la escisión -Escritura de modificación al pacto social de la sociedad inscrita en el Registro de Comercio -Proyecto de prospecto o de insertos al prospecto de acciones -Proyecto de certificado de acción -Listado de accionistas actualizado a la fecha de la escisión Listado de los traspasos de acciones realizados durante el mes, y cuando hayan accionistas que posean el 10% o más de las acciones, enviar declaraciones juradas. Certificación del Auditor Externo del monto de la cartera de créditos que garantiza la emisión Notificación por escrito, consignando los datos pertinentes. Conforme el Art. 15 de la Ley del Mercado de Valores, en los 8 días después de haberse aprobado o generado el cambio. Conforme el Art. 15 de la Ley del Mercado de Valores, en los 8 días después de haberse aprobado o generado el cambio. Conforme el Art. 15 de la Ley del Mercado de Valores, en los 8 días después de haberse aprobado o generado el cambio En los 8 días hábiles siguientes después de formalizada la Escritura Pública. En los 8 días hábiles siguientes después de formalizada la Escritura Pública. Mensualmente, dentro de los 20 primeros días de cada mes Dentro de los 20 días siguientes a cada trimestre. El mismo día que tenga conocimiento del embargo. Otros hechos relevantes tales como: Reparto de utilidades ya sea mediante pago de dividendos en efectivo o capitalización. Venta de principales activos Cuando corresponda: - Certificación de los puntos de Acta de Junta General de Accionistas; - Acuerdos de Junta Directiva; - Cartas suscritas por el Representante Legal, Gerente General o los funcionarios con autoridad para ello; - Informes de Auditores Externos; - Otros documentos que comprueben el hecho relevante. Cuando se de el hecho relevante.

9 CAMBIO A FORMALIZAR DOCUMENTO A REMITIR PERIODICIDAD productivos de la sociedad; Fusiones, adquisiciones y alianzas con otras sociedades; Redenciones anticipadas de valores, cuando así se haya autorizado en las características registradas; Recompra de valores registrados; Cambios en políticas contables; Revalúo de activos fijos; Apertura de sucursales o agencias; Nombramiento de Auditor Externo y Fiscal, propietario y suplente; Informe de juicios promovidos en su contra; Cambios en políticas de ventas, provisiones y otros 1) Información semestral de accionistas. 2) Información del grupo empresarial, detallar las sociedades con participación accionaria y por administración. 3) Información financiera, trimestral y anual; a) Estados Financieros trimestrales. INFORMACIÓN PERÍODICA A COMUNICAR Listado completo de accionistas con nombre, cantidad de acciones, porcentaje de participación, NIT y DUI. - Detalle actualizado de los nombres de sociedades que constituyen el grupo empresarial, controlante, y nómina de las sociedades en que tiene participación accionaria, y detalle de las sociedades relacionadas; - Del controlante del Emisor, remitir el detalle de accionistas con participación igual o mayor al 10%, y la nómina de la Junta Directiva; - Juntas Directivas de los accionistas del emisor con participación del 10% o más; - Detalle de las sociedades donde tiene acciones el emisor, informando la cantidad de acciones y porcentaje de participación; - De las sociedades en la que tiene el emisor más del 50%, detallar los accionistas con 10% o más de participación y su Junta Directiva; y, - Detalle de sociedades en las que tiene relación por participación menor del 10%; y de empresas relacionadas por administración. Balance de Comprobación o Situación y Estado de Resultados trimestrales del Emisor y Avalista; 8 días después del cierre semestral. 8 días después de comunicado el hecho relevante. 30 días después del cierre al 31 de marzo y 30 de septiembre;

10 CAMBIO A FORMALIZAR DOCUMENTO A REMITIR PERIODICIDAD b) Estados Financieros anuales Estados Financieros al 31 de diciembre, debiendo remitir entre ellos: 45 días después del cierre de ejercicio. - Los cuatro Estados Financieros básicos; - Notas a los Estados Financieros; y -Dictamen del Auditor Externo. 4) Información periódica de las emisiones de valores registradas: a) Reajustes de tasas de interés. Nota de comunicación de reajustes de tasas de interés. 3 días antes de darse el ajuste. b) Negociación de tramos de las emisiones de valores registradas. c) Certificación mensual de Auditor Externo de los saldos de las emisiones y la conformidad de los pagos de las obligaciones derivadas, intereses y capital. d) Actualización de garantía especial de emisiones de valores registradas (cuando aplique). (1) - Listado de cartera de préstamos hipotecarios que garantizan las emisiones, en lo aplicable. - Detalle mensual de los préstamos adicionados y sustituidos de la cartera de préstamos hipotecarios que garantizan emisiones de valores. - Listado trimestral de cartera de préstamos que garantizan emisiones de valores 1) Nota de comunicación de la oferta del tramo de los valores de las Emisiones registradas. 2) Acuerdo de quien corresponda de las características de los valores a ofertar; 3) Documentos que constituyen la garantía especial; 4) Escritura de Garantía; - Listado actualizado de préstamos hipotecarios que garantizan emisiones de valores, debidamente certificados por el Auditor Externo, suscrito por el Notario y el Presidente o quien el delegue. Certificación impresa. Formato electrónico remitido a la Superintendencia del Sistema Financiero. Formato impreso. 3 ó 5 días hábiles antes de la negociación de tramos, debe comunicarse a la Bolsa de Valores (conforme la normativa dictada por ésta). 10 días hábiles del mes siguiente. - Mensualmente en el plazo establecido por la Superintendencia del Sistema Financiero. - Mensualmente, 10 días hábiles después del cierre de mes. Formato impreso. - Trimestralmente, dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre del trimestre. - Declaración bimensual de voluntad manifestada por el Representante Legal del emisor, a través de la cual otorgue gravamen de los nuevos préstamos que se hayan afecto a la obligación, así como la desgravación de los préstamos sustituidos. 5) Información reservada, hechos que pueden afectar positiva o negativamente en forma significativa la situación financiera, posición de la sociedad o de sus valores en el mercado. Formato impreso. Nota en la que se comunique a la Superintendencia, de ser el caso, etiquetando el carácter de reservado. - Bimensual, 10 días hábiles después del cierre bimensual. Art. 35 de la Ley del Mercado de Valores, el día hábil siguiente a que se da el hecho o se adopte la información.

INSTRUCTIVO INFORMACIÓN BURSÁTIL TÍTULO I OBJETO Y SUJETOS

INSTRUCTIVO INFORMACIÓN BURSÁTIL TÍTULO I OBJETO Y SUJETOS La Junta Directiva de Bolsa de Valores de El Salvador, S.A. de C.V., con base en los artículos 9 y 15 de la Ley del Mercado de Valores y 13 del Reglamento General Interno, en ejercicio de las facultades

Más detalles

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION 1 Nombre o Razón Social: 2 Objeto Social: 3 Capital Social Autorizado: 4 Capital Suscrito y Pagado:

Más detalles

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública 1. Denominación del fideicomiso de a inscribir en el Registro: 2. Fiduciario de fideicomisos de : b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): e) Capital suscrito f) Capital Autorizado

Más detalles

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1. INSCRIPCIÓN REQUISITOS: Carta solicitud de trámite de registro dirigida al Comité Técnico Resolutivo de Obra Pública del Poder Ejecutivo y sus Organismos. Testimonio de acta constitutiva y modificaciones

Más detalles

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS ABC Circular externa 100-000007 Solicitud de información LIBRANZAS Comercialización y administración Solicitud de información sobre la actividad de comercialización y administración de créditos libranza

Más detalles

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión

Más detalles

Expedientes de Regulación de Empleo

Expedientes de Regulación de Empleo Documentación a presentar: Expedientes de Regulación de Empleo 1. Procedimiento de extinción de contratos de trabajo o despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:

Más detalles

Suplemento Informativo. República de Colombia

Suplemento Informativo. República de Colombia Suplemento Informativo Bonos Globales vencimiento en el año 2020 11.75% Bonos Globales con vencimiento en el 2020 Colombia pagará intereses de los bonos de manera semestral el 25 de febrero y el 25 de

Más detalles

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros Página 1 de 5 SECCIÓN NEGOCIACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS. Solicitud por el Estado Nacional, Provincial, Municipal, Entes Autárquicos y Empresas del Estado Nacional. 1. Presentación de solicitud de autorización

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR PARTE DE SOCIEDADES O ENTIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N 29720 CAPITULO I Disposición General Artículo 1.- Entidades

Más detalles

Derechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros

Derechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros DERECHO A SER INFORMADO: En lo relacionado con TASA de interés, COMISIONES, RECARGOS, montos, obligaciones como deudor. Recibir del proveedor información completa, precisa, veraz, clara y oportuna. A que

Más detalles

MANUAL DE REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE EMISORES Y EMISIONES

MANUAL DE REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE EMISORES Y EMISIONES MANUAL DE REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE EMISORES Y EMISIONES Bolsa de Valores de El Salvador 1 Manual actualizado a mayo 2016 PRESENTACIÓN La Bolsa de Valores de El Salvador, con el propósito de facilitar

Más detalles

República de Panamá Superintendencia de Bancos

República de Panamá Superintendencia de Bancos República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 004-2015 (de 11 de mayo de 2015) Por medio del cual se establece el procedimiento para el registro de los custodios de acciones al portador LA

Más detalles

NPB3-11 NORMAS PARA EL REQUERIMIENTO DE ACTIVOS LIQUIDOS DE LOS BANCOS CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS

NPB3-11 NORMAS PARA EL REQUERIMIENTO DE ACTIVOS LIQUIDOS DE LOS BANCOS CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CA Teléfono (503) 2281-2444 Email: informa@ssfgobsv Web: http:wwwssfgobsv NPB3-11 El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, con base en la potestad

Más detalles

RÉGIMEN INFORMATIVO PARA CASAS Y AGENCIAS DE CAMBIO NORMAS DE PROCEDIMIENTO

RÉGIMEN INFORMATIVO PARA CASAS Y AGENCIAS DE CAMBIO NORMAS DE PROCEDIMIENTO NORMAS DE PROCEDIMIENTO Instrucciones generales: Los importes se expresarán en pesos sin decimales. A los fines del redondeo de las magnitudes se incrementarán los valores en una unidad cuando el primer

Más detalles

BANCO RIPLEY AVISO DE EMISIÓN DE BONOS BANCARIOS DESMATERIALIZADOS AL PORTADOR

BANCO RIPLEY AVISO DE EMISIÓN DE BONOS BANCARIOS DESMATERIALIZADOS AL PORTADOR BANCO RIPLEY AVISO DE EMISIÓN DE BONOS BANCARIOS DESMATERIALIZADOS AL PORTADOR Señor Inversionista: Informamos a Ud. que Banco Ripley ha registrado una línea de bonos en el Registro Público de Valores

Más detalles

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila Las Constancias

Más detalles

ESTABLECE ESTADO DIARIO DE CONDICIONES DE LIQUIDEZ Y SOLVENCIA PATRIMONIAL. Para todos los corredores de bolsa y agentes de valores

ESTABLECE ESTADO DIARIO DE CONDICIONES DE LIQUIDEZ Y SOLVENCIA PATRIMONIAL. Para todos los corredores de bolsa y agentes de valores REF.: ESTABLECE ESTADO DIARIO DE CONDICIONES DE LIQUIDEZ Y SOLVENCIA PATRIMONIAL. Para todos los corredores de bolsa y agentes de valores Esta Superintendencia, en virtud de las disposiciones contenidas

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS

PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS Gerencia de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS Estimado contribuyente, para la Superintendencia de Administración

Más detalles

Informe Ejecutivo AL PRINCIPIO DE CONCENTRACION DEL MERCADO: ARTICULO 23 DE LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA

Informe Ejecutivo AL PRINCIPIO DE CONCENTRACION DEL MERCADO: ARTICULO 23 DE LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA Informe Ejecutivo AL-42-05 PRINCIPIO DE CONCENTRACION DEL MERCADO: ARTICULO 23 DE LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA A.- Qué es el? Se dice que un mercado es concentrado cuando todas

Más detalles

Normativa para el Registro Público del Mercado de Valores

Normativa para el Registro Público del Mercado de Valores Normativa para el Registro Público del Mercado de Valores "RESOLUCIÓN No.615/06-08-2002.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que la Comisión

Más detalles

CIRCULAR EXTERNA

CIRCULAR EXTERNA Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE

Más detalles

[LUNES 9 DE JULIO DE 2012]

[LUNES 9 DE JULIO DE 2012] Preguntas frecuentes sobre requisitos necesarios para el registro de empresas textiles ante la DNI ( para ampararse a los beneficios previstos en la ley 18.846 del 25/11/2011).- 1- Cómo y dónde se presenta

Más detalles

Antes de imprimir este documento piense en el medio ambiente!

Antes de imprimir este documento piense en el medio ambiente! Versión 5.0 Pág. 1 de 7 1. OBJETIVO Indicar las actividades para la constitución del rezago presupuestal (reservas presupuestales y cuentas por pagar) al cierre de la vigencia, su respectiva ejecución

Más detalles

INSTRUCTIVO COLOCACIONES EN BOLSA CAPITULO I "COLOCACION DE VALORES"

INSTRUCTIVO COLOCACIONES EN BOLSA CAPITULO I COLOCACION DE VALORES SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A. TELEFONO (503) 2281-2444 Web: http://www.ssf.gob.sv La Junta Directiva de Bolsa de Valores de El Salvador, S.A. de C.V., en ejercicio

Más detalles

Crédito Comercial Persona natural

Crédito Comercial Persona natural Crédito Comercial Persona natural Requisitos Poseer o abrir una cuenta en Banco Bicentenario del Pueblo, para el descuento de las cuotas. Presentar todos los recaudos necesarios, en cualquiera de nuestras

Más detalles

REGLAMENTO DE CRÉDITO

REGLAMENTO DE CRÉDITO Página 1 de 6 Por medio de este documento se compila las decisiones tomadas por la Junta Directiva sobre los préstamos a los Afiliados del Fondo Mutuo de Inversión de la Financiera de Desarrollo Territorial

Más detalles

Requisitos para ser Operador en MexDer

Requisitos para ser Operador en MexDer Requisitos para ser Operador en MexDer Market Data Reglas (6) VIGESIMO TERCERA.- Los Operadores, para poder celebrar las operaciones previstas en la regla anterior, tendrán que cumplir con los requisitos

Más detalles

1.- Solicitud de fianza debidamente llenada y firmada por el Representante Legal.

1.- Solicitud de fianza debidamente llenada y firmada por el Representante Legal. REQUISITOS DE FIANZAS. PERSONA MORAL. 1.- Solicitud de fianza debidamente llenada y firmada por el Representante Legal. 1 / 14 2.-Contrato donde le solicitan las fianzas u orden de compra. 3.-Copia de

Más detalles

Instructivo autorizado mediante resolución de la Superintendencia de Valores No. RSTE-1/2011 de fecha 29 de julio de 2011.

Instructivo autorizado mediante resolución de la Superintendencia de Valores No. RSTE-1/2011 de fecha 29 de julio de 2011. La Junta Directiva de Bolsa de Valores de El Salvador, S.A. de C.V., en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 29 de la Ley del Mercado de Valores en sesión de Junta Directiva JD-09/2011,

Más detalles

C I R C U L A R N 2.066

C I R C U L A R N 2.066 Montevideo, 17 de setiembre de 2010 C I R C U L A R N 2.066 Ref: INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA, CASAS DE CAMBIO Y EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS Modificaciones a la normativa de información

Más detalles

BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS ÍNDICE I. OBJETO. II. APLICACIÓN DE NORMAS LEGALES DE LA LEY DE SOCIEDADES ANONIMAS. 2.1. Operaciones con

Más detalles

TABLAS DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

TABLAS DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DECRETO No. 95 EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto Legislativo No. 957, de fecha 14 de diciembre de 2011, publicado en el Diario Oficial No. 235, Tomo

Más detalles

HSBC BANK (CHILE) MANUAL DE MANEJO DE INFORMACION DE INTERES PARA EL MERCADO

HSBC BANK (CHILE) MANUAL DE MANEJO DE INFORMACION DE INTERES PARA EL MERCADO MANUAL DE MANEJO DE INFORMACION DE INTERES PARA EL MERCADO MANUAL DE MANEJO DE INFORMACION DE INTERES PARA EL MERCADO Version 4.0 17 de Marzo de 2015 17/MAR/2015 Pág.1 / 6 1.- Introducción La Superintendencia

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO 6790

RESOLUCIÓN NÚMERO 6790 RESOLUCIÓN NÚMERO 6790 ( JUNIO 16 DE 2011 ) Por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual y Consolidada Precios de Transferencia

Más detalles

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario»)

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario») EBA/GL/2015/19 19.10.2015 Directrices sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario») 1 1. Obligaciones de

Más detalles

CRITERIOS DE EVALUACIÓN PROVEEDORES

CRITERIOS DE EVALUACIÓN PROVEEDORES Código: AP Página 1 de 8 1. OBJETIVO El Sistema de Evaluación de Proveedores de la Universidad del Pacífico, hace parte de los sistemas de apoyo que forman parte del Registro de Proveedores implementado

Más detalles

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer OFERTA PÚBLICA

Más detalles

Normativa de política de inversiones y valoración en Ecuador ECON. DIEGO JIJÓN NOVIEMBRE 2013

Normativa de política de inversiones y valoración en Ecuador ECON. DIEGO JIJÓN NOVIEMBRE 2013 Normativa de política de inversiones y valoración en Ecuador ECON. DIEGO JIJÓN NOVIEMBRE 2013 -FONDOS DE INVERSIÓN- Normativa de política de inversiones ASPECTOS LEGALES Art. 87.- Inversiones de los fondos.

Más detalles

Indexados a Títulos Valores

Indexados a Títulos Valores Página 1 INTRODUCCION Los activos financieros indexados a títulos valores constituyen préstamos de títulos valores para la sociedad. Los pasivos financieros indexados a títulos valores internacionalmente

Más detalles

Módulo de atención al Proveedor - MAP

Módulo de atención al Proveedor - MAP Proveedores Registrados Si usted es un Proveedor registrado de CADAFE, recuerde que debe mantener los datos de su empresa debidamente actualizados, por tanto, cualquier cambio en su empresa relacionado

Más detalles

Diligencie en original y copia.

Diligencie en original y copia. Declaración de Registro de Inversiones Internacionales por Reorganizaciones Empresariales Formulario 11A Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 20 de abril de 2016 Diligencie en original y copia. REGLAS

Más detalles

INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE VALORES I N D I C E

INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE VALORES I N D I C E INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE VALORES OBJETO Y BASE LEGAL Artículo 1. ALCANCE Artículo 2. I N D I C E OBLIGACION DE IDENTIFICAR AL CLIENTE Artículo 3. Artículo 4. Artículo 5. Artículo 6. OBLIGACION

Más detalles

POLITICA DE CERTIFICADO SELLO DE ADMINISTRACIÓN

POLITICA DE CERTIFICADO SELLO DE ADMINISTRACIÓN POLITICA DE CERTIFICADO SELLO DE ADMINISTRACIÓN Referencia: Política certificación Sello de Administración. Nº Versión: v 1.1 Fecha: 1 de julio de 2016 IZENPE 2016 Este documento es propiedad de IZENPE.

Más detalles

American Express Bank (México), S.A. Notas a los Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2014

American Express Bank (México), S.A. Notas a los Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2014 American Express Bank (México), S.A. Notas a los Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2014 BALANCE GENERAL Septiembre Diciembre Variación ACTIVO CAMBIOS SIGNIFICATIVOS EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA

Más detalles

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer OFERTA PÚBLICA

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 (marzo 23) CONSIDERANDO:

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 (marzo 23) CONSIDERANDO: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 002172 DE 2012 (marzo 23) por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual

Más detalles

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a

Más detalles

Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01

Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01 1. OBJETIVOS Y ALCANCE Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 Establecer los lineamientos para elaborar un presupuesto extraordinario, conforme con la normativa vigente, según la disponibilidad

Más detalles

MANUAL DE FACTURACIÓN Y CONTROL DE INGRESOS DE TESORERÍA GENERAL. Presentado por: Víctor Martínez Fecha: Viernes 10 de Junio de 2016

MANUAL DE FACTURACIÓN Y CONTROL DE INGRESOS DE TESORERÍA GENERAL. Presentado por: Víctor Martínez Fecha: Viernes 10 de Junio de 2016 MANUAL DE FACTURACIÓN Y CONTROL DE INGRESOS DE TESORERÍA GENERAL Presentado por: Víctor Martínez Fecha: Viernes 10 de Junio de 2016 ALCANCE Este manual presenta los procedimientos y políticas estandarizadas

Más detalles

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT. MANDATO DEL COMITÉ DE RIESGOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, S.A. DE C.V. (el Grupo) SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK

Más detalles

PROGRAMA DUAL DE CERTIFICADOS BURSÁTILES

PROGRAMA DUAL DE CERTIFICADOS BURSÁTILES PETRÓLEOS MEXICANOS PROGRAMA DUAL DE CERTIFICADOS BURSÁTILES PETRÓLEOS MEXICANOS ( PEMEX ) HA INCREMENTADO EL MONTO TOTAL AUTORIZADO DEL PROGRAMA DE CERTIFICADOS BURSÁTILES DE HASTA $70,000 000,000.00

Más detalles

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera Dirección de Control AUDITORIA FINANCIERA VHEG/SFB/mhl Dirección de Control - Departamento de Auditorias Puente Alto, Octubre de 2014 Página 1 TABLA DE CONTENIDO 1. RESUMEN EJECUTIVO.... 2 2. COMPETENCIA

Más detalles

Resolución CREG 084 de 2007

Resolución CREG 084 de 2007 Todos los derechos reservados para XM S.A. ESP INSTRUCTIVO PARA RECLAMACIÓN A LA FACTURACIÓN MENSUAL O AJUSTES A LA FACTURA EN EL MERCADO DE ENERGÍA MAYORISTA O A LA LIQUIDACIÓN Y FACTURACIÓN DE LOS CARGOS

Más detalles

ANEXO IV: REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

ANEXO IV: REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO TÍTULO I, CAPÍTULO III ANEXO IV: REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 1. Requisitos Operativos: 1.1. Capital primario.- Contar con el cien por ciento (100%) del capital primario

Más detalles

Personal Natural - Monto mínimo de apertura 5, Persona Natural (con Aviso de Operación) - Monto mínimo de apertura

Personal Natural - Monto mínimo de apertura 5, Persona Natural (con Aviso de Operación) - Monto mínimo de apertura Fecha de Publicación: 5 de agosto de 2015. CUENTAS DE AHORRO - LOCALES Balboas (B/.) Personal Natural - Monto mínimo de apertura 50.00 Personal Natural (con Aviso de Operación) - Monto mínimo de apertura

Más detalles

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Anexos Anexo I Anexo II Anexo III Contratación de bienes y servicios Deber de lealtad Procedimiento de operación con

Más detalles

PROSPECTO BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROSPECTO BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL Banco Popular y de Desarrollo Comunal PROSPECTO BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL Emisiones de Bonos y Papel Comercial Estandarizados en Colones Tipo Instrumento Nombre Monto Autorización Fecha Modificación

Más detalles

COMUNICADO N 877. ROSARIO, 20 de Diciembre de Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. S / D

COMUNICADO N 877. ROSARIO, 20 de Diciembre de Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. S / D COMUNICADO N 877 ROSARIO, 20 de Diciembre de 2013. Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. REF. Asamblea Extraordinaria del Mercado de Valores de Rosario S.A., a celebrarse el Jueves 23

Más detalles

Centrales de Riesgos

Centrales de Riesgos Centrales de Riesgos Qué es la Central de Riesgos? La Central de Riesgos (Central de Información Crediticia), es el sistema administrado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante el cual se

Más detalles

Tabla de Comisiones. Inscripción de Emisores y Emisiones

Tabla de Comisiones. Inscripción de Emisores y Emisiones Tabla de Comisiones Inscripción de Emisores y Emisiones I. Inscripción de un Emisor US$250.00 más IVA II. Inscripción de una emisión de valores de un emisor inscrito US$1,145.00 más IVA III. Inscripción

Más detalles

CONDICIONES FINALES Euros. Emitida bajo el Folleto de Base, registrado en la

CONDICIONES FINALES Euros. Emitida bajo el Folleto de Base, registrado en la CONDICIONES FINALES 56.000.000 Euros Emitida bajo el Folleto de Base, registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 5 de diciembre de 2013 Las presentes condiciones finales se complementan

Más detalles

(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES CIRCULAR 61 DE 2007 (mayo 10) Diario Oficial No. 46.632 de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Para Directores, Secretarios, Jefes de Oficina, Subdirectores, Subsecretarios,

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR Formularios para la presentación por los empleadores de información necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situación económica financiera de las empresas Lima, 31 de

Más detalles

Traducción no oficial de la versión en catalán. Comunicado nº 158/04

Traducción no oficial de la versión en catalán. Comunicado nº 158/04 Traducción no oficial án Comunicado nº 58/04 Ref. Autorización/Inscripción de actos en el INAF. Modificación del artículo Actos sometidos a inscripción de la Ley de regulación del régimen administrativo

Más detalles

Carlos F. Marín Orrego S.A. Corredores de Bolsa. Activo Circulante

Carlos F. Marín Orrego S.A. Corredores de Bolsa. Activo Circulante Razón Social: Carlos F. Marín Orrego S.A. Corredores De Bolsa Nº inscripción registro SVS: 051 Balance General resumido al: 31 de Diciembre 2010 y 2009 Cifras en Miles de pesos Activos 31/12/2010 31/12/2009

Más detalles

BUENOS AIRES, 20 de noviembre de 2008

BUENOS AIRES, 20 de noviembre de 2008 "2008 - Año de la Enseñanza de las Ciencias" Ministerio de Economía y Producción Secretaría de Hacienda BUENOS AIRES, 20 de noviembre de 2008 VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los

Más detalles

DATOS DE IDENTIFICACION. DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO Y DEL DESPACHO.

DATOS DE IDENTIFICACION. DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO Y DEL DESPACHO. INSTRUCTIVO DE CARACTERÍSTICAS PARA EL LLENADO Y PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2013 UTILIZANDO

Más detalles

NORMAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE LOS INTERMEDIARIOS DE SEGUROS CAPÍTULO I OBJETO Y SUJETOS

NORMAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE LOS INTERMEDIARIOS DE SEGUROS CAPÍTULO I OBJETO Y SUJETOS TELEFONO (503) 2281-2444, e-mail: informa@ssf.gob.sv. Web: http://www.ssf.gob.sv NPS4-11 El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, a efecto de darle cumplimiento al artículo 50

Más detalles

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V., comunica que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio número 313-114752/2014 de fecha 15 de mayo de 2014, autorizó la reforma al Reglamento

Más detalles

ACCIONES & VALORES S.A. COMISIONISTA DE BOLSA CONTROL INTERNO

ACCIONES & VALORES S.A. COMISIONISTA DE BOLSA CONTROL INTERNO 1. Adopción control interno: 1.1 Objetivo del Control Interno: ACCIONES & VALORES S.A. COMISIONISTA DE BOLSA CONTROL INTERNO Proporcionar seguridad razonable en las operaciones desarrolladas por Acciones

Más detalles

Las operaciones de Contratos de Intercambio de Flujos de Tasas ampara un valor nominal de $100,000 M.N. (Cien mil pesos 00/100 M.N.).

Las operaciones de Contratos de Intercambio de Flujos de Tasas ampara un valor nominal de $100,000 M.N. (Cien mil pesos 00/100 M.N.). Condiciones Generales de Contratación del Contrato de Intercambio sobre Tasas de Interés Nominales Fijas y Tasas de Interés Nominales Variables (TIIE28) (Swap de TIIE) I. OBJETO. 1. Activo Subyacente.

Más detalles

IT INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA MENSUAL

IT INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA MENSUAL OBJETIVO Proporcionar al exportador, los pasos a seguir para el llenado correcto del Formato de Declaraciones Juradas mensuales. Así el exportador puede proporcionar la información requerida por la Oficina

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Más detalles

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

NUEVAS NORMAS DEL BCU. Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia

NUEVAS NORMAS DEL BCU. Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia Enero 2016 NUEVAS NORMAS DEL BCU Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia - Debida Diligencia de Clientes La Circular prohíbe a

Más detalles

Asunción, Paraguay Marzo 2016

Asunción, Paraguay Marzo 2016 Socialización de la Reglamentación de Pagos Ocasionales de Subsidio Familiar (Objeto de Gasto 131), a Funcionarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). Asunción, Paraguay Marzo 2016 1 Objetivo

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA. ACUERDO GUBERNATIVO No Guatemala, 6 de abril 2,006 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE ECONOMIA. ACUERDO GUBERNATIVO No Guatemala, 6 de abril 2,006 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: MINISTERIO DE ECONOMIA ACUERDO GUBERNATIVO No. 180-2006 Guatemala, 6 de abril 2,006 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Que de conformidad con la Ley del Mercado de Valores y Mercancías, la calificación de riesgo

Más detalles

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 39/2016 Modificación. Resolución N 24/2001. Bs. As., 01/06/2016 VISTO el Expediente N S01:0052928/2016

Más detalles

INSTRUCTIVO DE CONTROL REGISTRO Y CONTROL DE PROVEEDORES

INSTRUCTIVO DE CONTROL REGISTRO Y CONTROL DE PROVEEDORES Código IA-ADVA-0009 Versión 5 Estado V INSTRUCTIVO DE CONTROL REGISTRO Y CONTROL DE PROVEEDORES Revisó: Dida Eugenia Sanchez Aprobó: Gustavo Florez Dulcey 1. OBJETO Establecer las actividades necesarias

Más detalles

MANUAL DE CUENTAS PARA ENTIDADES FINANCIERAS

MANUAL DE CUENTAS PARA ENTIDADES FINANCIERAS CÓDIGO 320.00 Representa los importes recibidos por concepto de primas de emisión, importes provenientes de la reinversión de utilidades por reemplazo de obligaciones subordinadas amortizadas y/o pagadas,

Más detalles

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Viceministerio de la Protección Social Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 El Artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 Propósito: Garantizar el acceso y goce efectivo del derecho

Más detalles

COMUNICACION INTERNA Nº

COMUNICACION INTERNA Nº Santiago, 16 de agosto de 2016 REF.: Inscripción e inicio de cotización de cuotas series A e I de BTG Pactual Brasil Short Duration BRL Fondo de Inversión. COMUNICACION INTERNA Nº 13.329 Señor Corredor:

Más detalles

b) El Socio Vitalicio al cincuenta por ciento de la cuota determinada.

b) El Socio Vitalicio al cincuenta por ciento de la cuota determinada. que tenga obligación de pagar cuotas ordinarias por ese lapso. Igual derecho tendrá, en las mismas condiciones, el Socio Transitorio, debiendo respaldar anualmente dicha situación con la documentación

Más detalles

Política de Comunicación y Contactos con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto

Política de Comunicación y Contactos con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto Política de Comunicación y Contactos con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto Fecha 28.12.2016 POLÍTICA DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y CONTACTOS CON ACCIONISTAS, INVERSORES INSTITUCIONALES

Más detalles

DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUDIOS E INFORMACIÓN SUBDIRECCION DE ESTADISTICAS

DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUDIOS E INFORMACIÓN SUBDIRECCION DE ESTADISTICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUDIOS E INFORMACIÓN SUBDIRECCION DE ESTADISTICAS MANUAL NOTIFICACION DE TRANSACCIONES REMITIDAS A LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF) VERSIÓN ACTUALIZADO AL: Página 2 de 13

Más detalles

Dirección de Peajes CDEC SIC

Dirección de Peajes CDEC SIC Guía de Aplicación: Contabilidad de Ingresos y Gastos de los Procesos de Licitación de Obras Nuevas del Sistema Troncal Dirección de Peajes CDEC SIC Autor Unidad de Desarrollo de Transmisión Fecha Junio

Más detalles

Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas AI

Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas AI Instrucciones para la presentación y seguimiento de denuncias por parte de personas físicas o jurídicas Fecha de aplicación 01/06/2009 Versión 2 1 de 6 1. Propósito Describir los aspectos que una persona

Más detalles

OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10)

OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10) 1 2 3 OPEN BANK SANTANDER CONSUMER, S.A. Epígrafe 10 Página 4 de 5 Entrada en vigor 02.02.2009 OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10) Nota 1 Las

Más detalles

REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO De acuerdo con el Reglamento interno de control de la morosidad, aprobado por el Comité Ejecutivo de FETEIA, en sesión celebrada el día 18 de octubre de 2006,

Más detalles

MANUAL DEL PROCESO DE COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA SUBPROCESO SUBCOORDINACIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO

MANUAL DEL PROCESO DE COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA SUBPROCESO SUBCOORDINACIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO PÁGINA: 1 de 7 ELABORADO POR: Coordinación General de Planificación Institucional REVISADO Y APROBADO POR: Priscila Kon, Subcoordinadora Nacional de Talento Humano, (e). FECHA: Noviembre 2012 FECHA: Noviembre

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCIO N DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIO N DEL TERRORISMO EN ISA. Medellín, enero de 2013

PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCIO N DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIO N DEL TERRORISMO EN ISA. Medellín, enero de 2013 PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCIO N DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIO N DEL TERRORISMO EN ISA Medellín, enero de 2013 TABLA DE CONTENIDO 1. PROCEDIMIENTOS PARA ACCIONISTAS E INVERSIONISTAS... 3 1.1 CONOCIMIENTO...

Más detalles

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones: REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL Artículo 1: Definiciones Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones: Crédito MIVIVIENDA Cartera Atrasada: :

Más detalles

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión , celebrada el 30 de enero del 2015,

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión , celebrada el 30 de enero del 2015, La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión 5677-2015, celebrada el 30 de enero del 2015, dispuso en firme remitir en consulta pública, con base en lo dispuesto

Más detalles

TABLA DE CONTENIDO 1 QUIENES SOMOS PROCESOS INTERNOS BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA REQUISITOS PARA SER PROVEEDOR APROBADO...

TABLA DE CONTENIDO 1 QUIENES SOMOS PROCESOS INTERNOS BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA REQUISITOS PARA SER PROVEEDOR APROBADO... Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1 QUIENES SOMOS... 2 2 PROCESOS INTERNOS BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA... 2 3 REQUISITOS PARA SER PROVEEDOR APROBADO... 4 4 POLITICAS GENERALES DE CONTRATACIÓN... 5 5 EJECUCION

Más detalles

ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016

ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016 ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA 2016 Bogotá, D. C., 2016 Página 1 de 6 Introducción Este documento contiene el Reglamento Operativo que rige la Convocatoria

Más detalles

einforma - Informe Promocional - TASTAVINS SL

einforma - Informe Promocional - TASTAVINS SL Informe Promocional TASTAVINS SL Domicilio Social: CALLE CORSEGA, 297 Teléfono: 937440008 Fecha del Informe: 06-07-2016 Página 1 de 6. INFORMA D&B, S.A. es el proveedor de información de riesgo-crédito

Más detalles

Señores PROVEEDORES SAN JOSÉ DE CÚCUTA. Asunto: Solicitud de cotización

Señores PROVEEDORES SAN JOSÉ DE CÚCUTA. Asunto: Solicitud de cotización 201300002049 San José de Cúcuta, 2013/04/25 Señores PROVEEDORES SAN JOSÉ DE CÚCUTA Asunto: Solicitud de cotización Adjunto a la presente solicitud de cotización de Ciento Noventa (190) uniformes para las

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: LIQUIDACIÓN Y PAGO DE COMISIONES A INTERMEDIARIOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: LIQUIDACIÓN Y PAGO DE COMISIONES A INTERMEDIARIOS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: LIQUIDACIÓN Y PAGO DE COMISIONES A INTERMEDIARIOS IMPORTANTE: La veracidad y exactitud de la información declarada en el presente es compromiso del responsable del mismo, por

Más detalles