GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Miercoles 16 de Noviembre de 2016

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Miercoles 16 de Noviembre de 2016"

Transcripción

1 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 047 Año: 2016 Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Miercoles 16 de Noviembre de 2016 Ayuntamiento Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente SUMARIO: I. CAMPAÑA PARA LA REGULARIZACIÓN FISCAL DE LOS CONTRIBUYENTES, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES A TRAVÉS DE CONDONACIÓN DE ACCESORIOS (MULTAS Y RECARGOS) DEL IMPUESTO PREDIAL DEL 100% PARA EL PLAZO QUE VA DEL 17 DE NOVIEMBRE AL 20 DE DICIEMBRE DE 2016, A FAVOR DE PROPIETARIOS O POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y/O COMERCIO, DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y EJERCICIOS ANTERIORES.

2 2 EL C. VICTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, POR EL PERIODO , A SUS HABITANTES, SABED: QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3, 31 FRACCION I, 48 FRACCION III Y 91 FRACCION VIII DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MEXICO, EL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, POR EL PERIODO EXPIDE EL PRESENTE: DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO CINCO, DE LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA EL DÍA MIÉRCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2016; EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR: I. CAMPAÑA PARA LA REGULARIZACIÓN FISCAL DE LOS CONTRIBUYENTES, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES A TRAVÉS DE CONDONACIÓN DE ACCESORIOS (MULTAS Y RECARGOS) DEL IMPUESTO PREDIAL DEL 100% PARA EL PLAZO QUE VA DEL 17 DE NOVIEMBRE AL 20 DE DICIEMBRE DE 2016, A FAVOR DE PROPIETARIOS O POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y/O COMERCIO, DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y EJERCICIOS ANTERIORES. CINCO.- Se somete a consideración del Ayuntamiento el asunto relativo a la Aprobación, en su caso, de la Campaña para la Regularización Fiscal de los Contribuyentes, Mediante el Otorgamiento de Estímulos Fiscales a través de Condonación de Accesorios (Multas y Recargos) del Impuesto Predial del 100% para el Plazo que va del 17 de Noviembre al 20 de Diciembre de 2016, a Favor de Propietarios o Poseedores de Inmuebles Destinados a Casa Habitación y/o Comercio, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, para el Ejercicio Fiscal 2015 y Ejercicios Anteriores; en Términos de lo Dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios para el Ejercicio Fiscal del Año 2016, y de Conformidad con los Términos y Requisitos para su Otorgamiento que para tal efecto señalen las Autoridades Fiscales Municipales. Aprobándose por unanimidad, bajo el siguiente: En términos de lo previsto por los artículos 115 fracciones I, II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113, 116, 122, 123, 125 primer párrafo y 128 fracciones I, II y XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 27 primer párrafo, 31 fracciones I y XXXIX, 48 fracciones I, II, XVI; 49, 86, 87 fracción II; y 95

3 3 fracción XI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 27, 30, 34, 35 y 38 fracción II del Bando Municipal 2016 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 2 fracción IV, 3 fracción I inciso b), 5, 23 fracción II inciso c) y 24 fracciones I, V y VI del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 3, 6 y 78 fracciones II y III del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período , le solicito atentamente, de conformidad con sus atribuciones y de considerarlo procedente, que por su conducto se incluya dentro del Orden del Día de la Sesión del Ayuntamiento, el siguiente: PUNTO DE ACUERDO APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LA CAMPAÑA PARA LA REGULARIZACIÓN FISCAL DE LOS CONTRIBUYENTES, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES A TRAVÉS DE CONDONACIÓN DE ACCESORIOS (MULTAS Y RECARGOS) DEL IMPUESTO PREDIAL DEL 100% PARA EL PLAZO QUE VA DEL 17 DE NOVIEMBRE AL 20 DE DICIEMBRE DE 2016, A FAVOR DE PROPIETARIOS O POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y/O COMERCIO, DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y EJERCICIOS ANTERIORES; EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2016, Y DE CONFORMIDAD CON LOS TÉRMINOS Y REQUISITOS PARA SU OTORGAMIENTO QUE PARA TAL EFECTO SEÑALEN LAS AUTORIDADES FISCALES MUNICIPALES. Lo anterior, de conformidad con lo siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con la finalidad de coadyuvar con el ciudadano a que regularice la situación fiscal de su patrimonio al mismo tiempo que se fortalece la Hacienda Pública Municipal, e incentiva al contribuyente para inscribirse al padrón fiscal y ponerse al corriente en el pago de sus contribuciones, otorgándole estímulos para que cumpla con sus obligaciones fiscales y contribuya al gasto público. Derivado de la crisis económica preponderante en todo el país, particularmente en el Estado de México y sus Municipios, misma que se refleja en la falta de liquidez financiera de los ciudadanos, que ha impedido que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con el pago de sus obligaciones fiscales en especial los que son propietarios, poseedores o aquellos que han llegado a adquirir alguna propiedad y que dejan pendiente el pago de sus impuestos sobre Predial y sus accesorios por falta de recursos, ocasionando rezago en los plazos estipulados causando recargos y multas en su caso, al enterar extemporáneamente el Impuesto correspondiente, es por ello que la presente administración, a través de la Tesorería Municipal, propone a este pleno la APROBACIÓN DE LA CAMPAÑA PARA LA REGULARIZACIÓN FISCAL DE LOS CONTRIBUYENTES, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES A TRAVÉS DE CONDONACIÓN DE ACCESORIOS (MULTAS Y RECARGOS) DEL IMPUESTO PREDIAL DEL 100% PARA EL PLAZO QUE VA DEL 17 DE NOVIEMBRE AL 20 DE DICIEMBRE DE 2016, A FAVOR DE PROPIETARIOS O POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A

4 4 CASA HABITACIÓN Y/O COMERCIO, DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y EJERCICIOS ANTERIORES; EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2016, Y DE CONFORMIDAD CON LOS TÉRMINOS Y REQUISITOS PARA SU OTORGAMIENTO QUE PARA TAL EFECTO SEÑALEN LAS AUTORIDADES FISCALES MUNICIPALES, siguientes: TÉRMINOS: CONTRIBUCIONES, PROPORCIÓN DE LOS BENEFICIOS, PLAZOS Y REQUISITOS. Condonación de Accesorios (multas y recargos) del Impuesto Predial, a favor de propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación y/o comercio, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, para el Ejercicio Fiscal 2015 y ejercicios anteriores: PLAZO DEL 17 DE NOVIEMBRE AL 20 DE DICIEMBRE DEL 2016 CONDONACIÓN DE MULTAS Y RECARGOS 100% REQUISITOS: A efecto de dar trámite a los beneficios de este acuerdo se estará en la presentación de los siguientes requisitos: I.- Para Contribuyentes inscritos en el Padrón Catastral con adeudos pendientes de pago: Último recibo de pago de Impuesto Predial. II.- Para Contribuyentes Omisos (no inscritos en el Padrón Catastral): 1.- Cualquiera de los documentos que acrediten la propiedad o posesión del inmueble, siguientes: A. Testimonio notarial. B. Contrato privado de compra-venta, cesión o donación. C. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria. D. Manifestación del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente. E. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social. F. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regulación de la tenencia de la tierra. G. Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el tribunal agrario. H. Inmatriculación Administrativa o Judicial.

5 5 2.- Identificación oficial vigente: A. La Credencial para votar, el pasaporte, la matrícula consular mexicana, la licencia para conducir. B. La carta de naturalización, en su caso; C. Las credenciales expedidas por autoridades educativas, las cédulas profesionales o de pasante y en caso de los varones, la cartilla del servicio militar nacional. D. Las demás identificaciones reconocidas como oficiales. 3.- En caso de las personas jurídico-colectivas presentar: A. Acta constitutiva. B. Poder general para actos de administración con cláusula de especiales, y/o C. Carta poder con identificación del otorgante y dos testigos. 4.- Fotografía del inmueble impresa. 5.- Croquis de ubicación vista satelital (GOOGLE MAPS). 6.- Requisitar formato de trámites (gratuito). III.- En el caso de los Convenios de Pago del Impuesto Predial vigentes, se realizará la restructuración correspondiente, de tal forma que sea aplicable la presente Campaña de Regularización. Con la aprobación de la presente iniciativa se dará cumplimiento a lo previsto en el Plan de Desarrollo Municipal de Cuautitlán Izcalli, que contempla dentro del Eje Transversal: Financiamiento para el Desarrollo, en su Función: 0105 Asuntos Financieros y Hacendarios; Programa: Fortalecimiento de los Ingresos, en su Objetivo General 1, Estrategia 1; Líneas de Acción 1.1 Fortalecer las finanzas públicas mediante la instrumentación de medidas que incentiven la recaudación de los ingresos propios, para realizar las acciones que ayuden a cumplir los objetivos de la política pública que genera el Municipio de Cuautitlán Izcalli, fortalecer la recaudación llevando a cabo campañas de regularización recaudatoria, realizando la difusión de las mismas para incrementar la base de los contribuyentes y a su vez un aumento en la recaudación por omisiones y rezago. Lo anterior, tiene su fundamento en lo dispuesto en los siguientes: El artículo 115 fracciones I, II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; dispone que: los Estados adoptaran, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre; que cada municipio será gobernada por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la ley determine; que el Municipio estará investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la Ley; y que los Municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las

6 6 contribuciones y otros ingresos que las Legislaturas establezcan a su favor. Los artículos 113, 116, 122, 123, 125 primer párrafo y 128 fracciones I, II y XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establecen que cada Municipio será gobernado por un ayuntamiento con la competencia que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y las leyes que de ellas emanen; que los ayuntamientos serán asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propias en los asuntos que se sometan a su decisión, pero la ejecución de esta corresponderá exclusivamente a los presidentes municipales; que los ayuntamientos de los municipios tienen las atribuciones que establece la Constitución Federal, y demás disposiciones legales aplicables; que los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, desempeñaran facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables; que los municipios administraran libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que la ley establezca; que dentro de las atribuciones de los presidentes municipales, están, entre otras las de presidir las sesiones de sus ayuntamientos, ejecutar las decisiones de los ayuntamientos e informar su cumplimiento, expedir los acuerdos necesarios para el cumplimiento de las determinaciones del Ayuntamiento. La Ley Orgánica Municipal del Estado de México en sus artículos 3 y 27 primer párrafo que indican que los Municipios del Estado regularán su funcionamiento de conformidad con lo que establece esta Ley, los Bandos municipales, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables; que los ayuntamiento como órganos deliberantes, deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia; y prosigue con la determinación de las atribuciones del Ayuntamiento; en el artículo 31 fracciones I y XXXIX establece entre otras, la de expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones; así como promover en la esfera de su competencia lo necesario para el mejor desempeño de sus funciones. El artículo 86 prevé que para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el ayuntamiento se auxiliará con las dependencias y entidades de la administración pública municipal, que en cada caso acuerde el cabildo a propuesta del presidente municipal, las que estarán subordinadas a este servidor público. El servidor público titular de las referidas dependencias y entidades de la administración municipal, ejercerá las funciones propias de su competencia y será responsable por el ejercicio de dichas funciones y atribuciones contenidas en la Ley, sus reglamentos interiores, manuales, acuerdos, circulares y otras disposiciones legales que tiendan a regular el funcionamiento del Municipio. La fracción II del artículo 87, establece que para el despacho, estudio y planeación de los diversos asuntos de la administración municipal, el ayuntamiento contará entre otras con la Tesorería Municipal; el 95 fracciones I, II y XI señala que entre las atribuciones del Tesorero Municipal, se encuentran la de administrar la hacienda pública municipal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las

7 7 contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables y, en su caso, aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables; así como, proponer la política de ingresos de la Tesorería Municipal; por último el artículo 97 fracción V establece que la hacienda pública municipal se integra de entre otros, de las contribuciones y demás ingresos determinados en la Ley de Ingresos de los Municipios, los que decrete la Legislatura y otros que por cualquier título legal reciba. Los artículos 12, 31 fracciones II y III, y su último párrafo; y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, prevén que son accesorios de las contribuciones y de los aprovechamientos, los recargos, las multas, los gastos de ejecución y la indemnización por la devolución de cheques, y participan de la naturaleza de la suerte principal, cuando se encuentren vinculados directamente a la misma; que el ayuntamiento, mediante resoluciones de carácter general que publiquen en el Periódico Oficial, podrán entre otras, conceder subsidios y estímulos fiscales, condonar el pago de accesorios, en campañas para la regularización fiscal de los contribuyentes; que las resoluciones que conforme a este artículo se dicten, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como, el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados; y que para la inscripción o actualización de un inmueble, deberá presentarse el documento con el que se acredite la propiedad o posesión. La Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del Año 2016 en su artículo 1, numeral , establece como ingreso de los Municipios del Estado de México durante el Ejercicio Fiscal del Año 2016, los ingresos provenientes del Impuesto Predial, en tanto que los numerales y , señalan las multas y los recargos. Los artículos 27, 30, 34, 35, 38 fracción II y 44 del Bando Municipal 2016 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, prevén que el gobierno del Municipio está depositado en un cuerpo colegiado denominado Ayuntamiento, y la ejecución de sus acuerdos corresponderá a la o el Presidente Municipal; que para el cumplimiento de sus funciones la o el Presidente Municipal se auxiliará de las demás personas que integran el Ayuntamiento; que la o el Presidente tienen la representación jurídica del Municipio, del Ayuntamiento y de las Dependencias que conforman la Administración Pública Municipal; que la o el Presidente podrá expedir los acuerdos y ejecutar las acciones necesarias para el buen funcionamiento de la Administración Pública Municipal, recabando la autorización del Ayuntamiento, cuando proceda, en términos de Ley; que la Administración Pública Municipal, contará, entre otras dependencias, con la Tesorería Municipal; y que son autoridades fiscales municipales, el Ayuntamiento; la o el Presidente Municipal; las y los Síndicos Municipales, la o el Tesorero Municipal y las y los demás que establezcan las disposiciones aplicables. Los artículos 3 fracción I inciso b), 23 fracción II inciso c) y 24 fracciones I, V y VI del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, establece que la Administración Pública Municipal estará conformada entre otras, por dependencias, entre las que está la Tesorería Municipal; que la Tesorería Municipal para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia contará, entre otras unidades administrativas, la Subtesorería de Ingresos

8 8 a través del Departamento de Control de Obligaciones Fiscales; que dentro de las atribuciones conferidas a la Tesorería Municipal, se encuentran: proponer y ejecutar la política hacendaria del Municipio, emitiendo los acuerdos o resoluciones como autoridad hacendaria municipal; proponer al Ayuntamiento, en acuerdo con el Presidente Municipal, las políticas, estrategias y campañas para incrementar los ingresos de la hacienda pública municipal y proponer al Ayuntamiento, en acuerdo con la o el Presidente Municipal, el otorgamiento de estímulos fiscales, subsidios, condonaciones y exenciones. Los artículos 5, 6 y 78 fracciones II y III del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período , prevén que las sesiones del Ayuntamiento serán dirigidas y presididas por la o el Presidente Municipal; que el Ayuntamiento tiene autoridad y competencias propias en los asuntos que se someten a su consideración, correspondiéndole la definición de las políticas generales del gobierno y para la administración municipal, así como las decisiones que atañan a la población, territorio, organización política y administrativa del Municipio, conforme a lo dispuesto en las leyes, reglamentos y demás disposiciones normativas aplicables; que dentro de las atribuciones de la o el Presidente Municipal, están entre otras, las de presidir y dirigir las sesiones del Ayuntamiento, así como proponer puntos de acuerdo. Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, se somete a consideración, y en su caso, aprobación del Ayuntamiento el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- SE APRUEBA LA CAMPAÑA PARA LA REGULARIZACIÓN FISCAL DE LOS CONTRIBUYENTES, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES A TRAVÉS DE CONDONACIÓN DE ACCESORIOS (MULTAS Y RECARGOS) DEL IMPUESTO PREDIAL DEL 100% PARA EL PLAZO QUE VA DEL 17 DE NOVIEMBRE AL 20 DE DICIEMBRE DE 2016, A FAVOR DE PROPIETARIOS O POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y/O COMERCIO, DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y EJERCICIOS ANTERIORES; EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2016, Y DE CONFORMIDAD CON LOS TÉRMINOS Y REQUISITOS PARA SU OTORGAMIENTO QUE PARA TAL EFECTO SEÑALEN LAS AUTORIDADES FISCALES MUNICIPALES, siguientes: TÉRMINOS: CONTRIBUCIONES, PROPORCIÓN DE LOS BENEFICIOS, PLAZOS Y REQUISITOS. Condonación de Accesorios (multas y recargos) del Impuesto Predial, a favor de propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación y/o comercio, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, para el Ejercicio Fiscal 2015 y ejercicios anteriores:

9 9 PLAZO DEL 17 DE NOVIEMBRE AL 20 DE DICIEMBRE DEL 2016 CONDONACIÓN DE MULTAS Y RECARGOS 100% REQUISITOS: A efecto de dar trámite a los beneficios de este acuerdo se estará en la presentación de los siguientes requisitos: I.- Para Contribuyentes inscritos en el Padrón Catastral con adeudos pendientes de pago: Último recibo de pago de Impuesto Predial. II.- Para Contribuyentes Omisos (no inscritos en el Padrón Catastral): 1.- Cualquiera de los documentos que acrediten la propiedad o posesión del inmueble, siguientes: A. Testimonio notarial. B. Contrato privado de compra-venta, cesión o donación. C. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria. D. Manifestación del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente. E. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social. F. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regulación de la tenencia de la tierra. G. Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el tribunal agrario. H. Inmatriculación Administrativa o Judicial. 2.- Identificación oficial vigente: A. La Credencial para votar, el pasaporte, la matrícula consular mexicana, la licencia para conducir. B. La carta de naturalización, en su caso; C. Las credenciales expedidas por autoridades educativas, las cédulas profesionales o de pasante y en caso de los varones, la cartilla del servicio militar nacional. D. Las demás identificaciones reconocidas como oficiales. 3.- En caso de las personas jurídico-colectivas presentar: A. Acta constitutiva. B. Poder general para actos de administración con cláusula de especiales, y/o C. Carta poder con identificación del otorgante y dos testigos. 4.- Fotografía del inmueble impresa.

10 Croquis de ubicación vista satelital (GOOGLE MAPS). 6.- Requisitar formato de trámites (gratuito). III.- En el caso de los Convenios de Pago del Impuesto Predial vigentes, se realizará la restructuración correspondiente, de tal forma que sea aplicable la presente Campaña de Regularización. SEGUNDO.- INSTRÚYASE AL TESORERO MUNICIPAL PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA DÉ CUMPLIMIENTO AL NUMERAL PRIMERO DEL PRESENTE ACUERDO. TERCERO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA MUNICIPAL, PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. CUARTO.- CÚMPLASE. DADO EN EL SALÓN DE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, EN LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, EL DIECISÉIS DE NOVIEMBRE DEL 2016, POR LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

11 11 SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO El C. Secretario del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, C. RUBÉN REYES MADERO, en uso de las facultades que le confieren las fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, certificó y ordenó la publicación de esta Gaceta Municipal para el conocimiento de los vecinos de Cuautitlán Izcalli.

12 12

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Jueves 19 de Mayo de 2016

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Jueves 19 de Mayo de 2016 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 022 Año: 2016 Cd. Cuautitlán Izcalli,

Más detalles

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Viernes 19 de febrero de 2016

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Viernes 19 de febrero de 2016 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 009 Año: 2016 Cd. Cuautitlán Izcalli,

Más detalles

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones

Más detalles

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y coordinar la política fiscal del ayuntamiento, previo acuerdo

Más detalles

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones

Más detalles

Nombre del Trámite: Solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Alta Descripción del Trámite: Fundamento Legal:

Nombre del Trámite: Solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Alta Descripción del Trámite: Fundamento Legal: Solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Alta representantes legales de personas morales que ejerzan cualquier actividad comercial, industrial o de prestación de servicios en unidades económicas

Más detalles

Instituto Mexiquense de la Vivienda Social Normateca

Instituto Mexiquense de la Vivienda Social Normateca a) DISPOSICIONES POR EMISOR LEYES DE EMISIÓN ESTATAL. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL SECRETARIO DE FINANZAS DA A CONOCER EL MANUAL DE OPERACIÓN

Más detalles

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario Intervención del diputado, Miguel Ángel Albarrán Almazán con la Iniciativa de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la

Más detalles

Comisión de Obras y Servicios Públicos

Comisión de Obras y Servicios Públicos H. CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE.- La Comisión de Obras y Servicios Públicos, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración de este

Más detalles

CONSIDERANDO TRANSITORIOS. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

CONSIDERANDO TRANSITORIOS. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Más detalles

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO Director: Lic. Jorge Armando Verdín López Sección Trigésima Tercera Tepic, Nayarit; 20 de Diciembre de 2008 SUMARIO Tomo CLXXXIII Número: 115 Tiraje: 150 SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL

Más detalles

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Enero de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN Y SE DAN A CONOCER LAS FORMAS OFICIALES PARA LA SOLICITUD DE REGISTRO

Más detalles

Identifica los documentos necesarios para obtener tu Credencial para Votar

Identifica los documentos necesarios para obtener tu Credencial para Votar Identifica los documentos necesarios para obtener tu Credencial para Votar Para llevar a cabo cualquier trámite es necesario que cumplas ciertos requisitos que garanticen la veracidad de la información

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Aprobado mediante Acta de Cabildo No. 44-Bis de fecha 25 de Agosto de 2015. Reglamento Interno De La Dirección de Asentamientos Humanos. Capitulo I

Más detalles

Considerando: Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente:

Considerando: Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente: Acuerdo AAFY xx/2016 por el que se delegan facultades en los Jefes de Departamento:de Control y Evaluación de Obligaciones de la Dirección de Servicios al Contribuyente, de Cobro Coactivo y de Control

Más detalles

Dirección de Egresos. Dirección de Contabilidad y Cuenta Pública. Dirección de Recaudación Inmobiliaria. Dirección de Planeación Presupuestal

Dirección de Egresos. Dirección de Contabilidad y Cuenta Pública. Dirección de Recaudación Inmobiliaria. Dirección de Planeación Presupuestal TESORERÍA MUNICIPAL Tesorería Municipal Oficina Ejecutiva de la Tesorería Dirección de Ingresos Dirección de Egresos Dirección de Patrimonio Dirección de Recaudación Inmobiliaria Dirección de Contabilidad

Más detalles

Al Margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.

Al Margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos. Al Margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos. Alberto Cárdenas Jiménez. Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O JGE90/2002 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA POR EL QUE SE AUTORIZA UN INCREMENTO DEL DIECISEIS POR CIENTO A LAS PLAZAS DE HONORARIOS PERMANENTES DE AUXILIAR TECNICO B, AUXILIAR TECNICO C, AUXILIAR

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA. Gaceta Municipal. Órgano Oficial. Número 005 Año 01

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA. Gaceta Municipal. Órgano Oficial. Número 005 Año 01 0 H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA Gaceta Municipal Órgano Oficial Número 005 Año 01 22 de enero de 2016 1 PRESENTACIÓN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA,

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA DEL AYUNTAMIENTO DE AMECAMECA ADMINISTRACIÓN 2013-2015 CONTENIDO. I. INTRODUCCIÓN. II JUSTIFICACIÓN.

Más detalles

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1. INSCRIPCIÓN REQUISITOS: Carta solicitud de trámite de registro dirigida al Comité Técnico Resolutivo de Obra Pública del Poder Ejecutivo y sus Organismos. Testimonio de acta constitutiva y modificaciones

Más detalles

GOBIERNO MUNICIPAL

GOBIERNO MUNICIPAL R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. - A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud referente a emitir DICTAMEN PARA LA RENOVACIÓN DE CONTRATO DE COMODATO POR 1-UN

Más detalles

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS E INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER PERIÓDICO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA. A) Ayuntamientos DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES

Más detalles

Decreto Número 73. ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue:

Decreto Número 73. ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue: RAMO: GOBERNACION No. OFICIO: 1031 EXPEDIENTE: I-E-3-05 ASUNTO: DECRETO NUMERO 73. 28 de julio del 2005. C. ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT GOBERNADOR DEL ESTADO. P R E S E N T E. La LIX Legislatura del

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O CC. SECRETARIOS DE LA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO. P R E S E N T E. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, Estado Libre y Soberano de Puebla; y Gobernador Constitucional del C O N S I D E R A N D

Más detalles

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO Director: Lic. Jorge Armando Verdín López Sección Segunda Tepic, Nayarit; 14 de Marzo de 2007 Tomo CLXXX Número: 045 Tiraje: 080 SUMARIO CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO

Más detalles

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL)

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) DECRETO No. 46-94, Aprobado el 28 de Octubre de 1994 Publicado en

Más detalles

SISTEMA DE TESORERIA

SISTEMA DE TESORERIA Aprobado mediante: Resolución Ministerial 011 de 11 enero de 2013 SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CIUDADANOS DE LA HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. CIUDAD.- LICENCIADO FÉLIX ARTURO GONZÁLEZ CANTO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA ACUERDO 3-EXT94: 07/09/2012 Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia por el que se aprueba realizar la supervisión y el seguimiento de las actividades que lleva a cabo

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS 2013-2015 GACETA MUNICIPAL No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS RESERVA No. 01238/09 04 DE OCTUBRE DEL 2014 MAESTRO

Más detalles

HÉCTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed:

HÉCTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed: para el Ejercicio Fiscal 2010. Secretaría Parlamentaria Congreso. Texto Original Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el día 8 de diciembre de 2009. Al margen un sello con el Escudo

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 208-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que adiciona los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación. 2.

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN TESORERÍA MUNICIPAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN TESORERÍA MUNICIPAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN TESORERÍA MUNICIPAL Page 1 INDICE INTRODUCCIÓN 3 LESGILACIÓN O BASE LEGAL 4 ORGANIGRAMA 6 MISIÓN 7 DESCRIPCIÓN DE PUESTOS 8 (OBJETIVOS Y FUNCIONES) AUTORIZACIÓN 14 Page 2 INTRODUCCIÓN

Más detalles

Viernes 20 de septiembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)

Viernes 20 de septiembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate: Autorización ACUSE DE RECIBO Si va a realizar alguno de los siguientes trámites proporcione el número y fecha de oficio con el que se otorgó la autorización.

Más detalles

REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Del Movimiento de Trabajadores y Productores El Movimiento de Trabajadores y Productores, es

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO

Más detalles

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones Misión Visión Organización Antecedentes Funciones Actividades y Proyectos Misión Contribuir a la función legislativa en materia de economía y finanzas públicas, mediante el análisis, seguimiento y evaluación

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA LIC. TOMÁS GARCÍA VILLAR ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNCIPAL DE LERMA, ESTADO DE MÉXICO Lic. Tomás García Villar Encargado

Más detalles

26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013

26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013 26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013 ACUERDO por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado Básico (SSB) para los Municipios con Menos de

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NÚMERO 167.- ARTÍCULO ÚNICO.- Se ADICIONAN: la fracción I-A al artículo 27, los párrafos segundo, tercero y

Más detalles

Uso de espacios físicos IPN

Uso de espacios físicos IPN Uso de espacios físicos IPN Uso de espacios físicos a partir del año 2014 En esta Casa de Estudios, el uso de espacios físicos se otorga por medio de un contrato validado por la Oficina del Abogado General

Más detalles

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3,7,8, 14, 19 Y 45 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; Y

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3,7,8, 14, 19 Y 45 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; Y CESAR CAMACHO QUIROZ, GOBERNADOR DEL ESTADO DE MEXICO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 77 FRACCIONES 11 Y XXXVIII Y 80 DE LA CONSTITUCION POLlTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO;

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ésta Junta Directiva emite el siguiente:

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ésta Junta Directiva emite el siguiente: La H. Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 13 y 22 fracciones I, II, VII y VIII del Decreto Gubernativo número 231,

Más detalles

subcontraloría de auditoría financiera y contable

subcontraloría de auditoría financiera y contable Manual de Organización de la subcontraloría de auditoría financiera y contable ENERO 2015 1 Manual de Organización del Departamento de Auditoria Financiera y Contable C. Gerardo Allende de la Fuente Contralor

Más detalles

Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones

Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones Artículo 14.- La definición del capítulo, conceptos, partidas genéricas y específicas de gasto correspondientes a inversiones financieras

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O ACTA POR LA QUE SE RATIFICAN Y REFRENDAN LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE COORDINACIÓN METROPOLITANA Y QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LA ASAMBLEA GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 90 FRACCION VI DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACION DEL ESTADO

Más detalles

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 04 de Abril del año 2015; Núm. 18, pág DECRETO No. 483

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 04 de Abril del año 2015; Núm. 18, pág DECRETO No. 483 Tomo 100, Colima, Col., Sábado 04 de Abril del año 2015; Núm. 18, pág. 550. DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO DECRETO No. 483 POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO, DE LA LEY DE

Más detalles

OBJETIVO MISIÓN VISIÓN FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

OBJETIVO MISIÓN VISIÓN FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES OBJETIVO Vigilar y defender los intereses legales del municipio y Representar jurídicamente al ayuntamiento ante toda clase de autoridades, atendiendo satisfactoriamente a los procesos legales, para otorgar

Más detalles

LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL AYUNTAMIENTO DE TAXCO DE ALARCON "SERVICIOS MUNICIPALES DE LIMPIA DE TAXCO".

LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL AYUNTAMIENTO DE TAXCO DE ALARCON SERVICIOS MUNICIPALES DE LIMPIA DE TAXCO. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL AYUNTAMIENTO DE TAXCO DE ALARCON "SERVICIOS MUNICIPALES DE LIMPIA DE TAXCO". CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES.........................................

Más detalles

GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA

GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA 03-15-06 GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA EVALUAR LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA LA RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS POR EL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO (CFG), A TRAVÉS DEL FONDO DE

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO CAPITULO I De las Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento es de interés público y social, además

Más detalles

DECLARACIONES 1. DE "LA AUDITORÍA":

DECLARACIONES 1. DE LA AUDITORÍA: CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, QUE-CELEBRAN. POR UNA PARTE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, REPRESENTADA. POR SU TITULAR EL C.P. C. ARTURO GONZÁLEZ DE ARAGÓN O. Y, POR LA

Más detalles

Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la

Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1. Quiénes lo realizan? Personas morales constituidas

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL CAICEDONIA VALLE

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL CAICEDONIA VALLE EL HONORABLE DE CAICEDONIA, VALLE DEL CAUCA, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EN ESPECIAL LAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 18 DE LA LEY 1551 DE 2012, ARTICULO 95 DE LA LEY 388 DE 1997,

Más detalles

A n t e c e d e n t e s

A n t e c e d e n t e s CG40/2009 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITEN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2, PÁRRAFO 2 DEL CÓDIGO FEDERAL

Más detalles

REGISTRO AGRARIO NACIONAL MORELOS

REGISTRO AGRARIO NACIONAL MORELOS REGISTRO AGRARIO NACIONAL MORELOS TENENCIA DE LA PROPIEDAD SOCIAL EN MÉXICO El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las bases para la regulación de la propiedad

Más detalles

NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública.

NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública. NORMAS y modelo de estructura de información relativa a los Fondos de Ayuda Federal para la Seguridad Pública. Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 77, último párrafo, de la Ley General

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 36351 III. Otras Resoluciones Consejería de Turismo, Cultura y Deportes 4899 Dirección General de Deportes.- Resolución de 12 de diciembre de 2016, por la que se hace pública la modificación de los Estatutos

Más detalles

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación

Más detalles

1.- Formato único de solicitudes de alta de Licencia de Funcionamiento SARE

1.- Formato único de solicitudes de alta de Licencia de Funcionamiento SARE Formato de Único de Apertura H. AYUNTAMIENTO DE EL ORO 206-208 SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS INSTRUCTIVO PARA TRÁMITES Y SERVICIOS TRÁMITE O SERVICIO FORMATO ÚNICO PARA EL SISTEMA DE APERTURA

Más detalles

HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:

HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA: COMISIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA: A la Comisión de Estudios Legislativos de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Tamaulipas, fue

Más detalles

R E S U L T A N D O S

R E S U L T A N D O S CG-A-22/15 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL PROYECTO DE PRESUPUESTO ANUAL DE EGRESOS DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. Reunidos

Más detalles

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015 LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015 Ley publicada en la Gaceta Oficial, Órgano de Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral. ACUERDO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA POR EL QUE SE APRUEBAN LOS MEDIOS Y PROCEDIMIENTOS DE IDENTIFICACIÓN PARA OBTENER LA CREDENCIAL PARA VOTAR. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que

Más detalles

LA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS

LA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS LA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS LA TRANSPARENCIA La transparencia responde a una demanda de la sociedad por conocer cómo toman decisiones quienes tienen encomendadas las tareas públicas y, en

Más detalles

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005.

Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 08 de junio de 1971. LEY DE LA CASA DE LA CULTURA OAXAQUEÑA

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E: Diputados Elías Abaid Kuri, Jesús Ricardo Morales Manzo y José Venancio Ojeda Hoyos; integrantes

Más detalles

LEY QUE REGULA A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN SERVICIO DE ACCESO A INTERNET EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA

LEY QUE REGULA A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN SERVICIO DE ACCESO A INTERNET EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA Ley que Regula a los Establecimientos que Prestan Ley que Regula a los Establecimientos que Prestan Servicio de Acceso a Internet en el Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado No. 75 del 17 de

Más detalles

Gobierno del Estado de Morelos

Gobierno del Estado de Morelos Gobierno del Estado de Morelos Consejería Jurídica REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE DOCUMENTACIÓN DE MORELOS. Fecha de Aprobación 2011/09/26 Fecha de Publicación 2011/10/05 Vigencia 2011/10/06

Más detalles

ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO. Fiscalización Superior

ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO. Fiscalización Superior ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Fiscalización Superior ENTES SUJETOS DE FISCALIZACIÓN PODER EJECUTIVO ORGANISMOS PODER LEGISLATIVO SUJETOS DE FISCALIZACIÓN PODER JUDICIAL ENTES AUTÓNOMOS

Más detalles

LEY QUE CREA EL ÓRGANO DESCENTRALIZADO CENTRAL DE ABASTO DE MÉRIDA

LEY QUE CREA EL ÓRGANO DESCENTRALIZADO CENTRAL DE ABASTO DE MÉRIDA H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN LEY QUE CREA EL ÓRGANO DESCENTRALIZADO CENTRAL DE ABASTO DE MÉRIDA SECRETARÍA GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO UNIDAD DE SERVICIOS TÉCNICO-LEGISLATIVOS Publicación en el

Más detalles

H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa. Manual de Organización

H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa. Manual de Organización H. AYUNTAMIENTO DEYECAPIXTLA Sección Pág. 1 de 15 H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa Dirección de Contabilidad y Presupuestos. Manual de Organización Dirección de contabilidad y Presupuestos. Yecapixtla, Mor.,

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO GOBIERNO DEL ESTADO ACUERDO DE AJUSTE DE TARIFAS EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA MODALIDAD DE URBANO Y SUBURBANO ( CAMIONES URBANOS ) ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador

Más detalles

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas, principios y criterios

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo

Más detalles

Tablas comparativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE)

Tablas comparativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) Agrupaciones Políticas Nacionales (APN) Constitución y registro Artículo 22.- 1. La agrupación política nacional que pretenda constituirse en partido político para participar en las elecciones federales

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y

Más detalles

IV. NORMAS BASICAS DE COMPETENCIA, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO QUE INCLUYAN TRAMITES, REQUISITOS, FORMATOS, MANUALES DE ORGANIZACIÓN

IV. NORMAS BASICAS DE COMPETENCIA, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO QUE INCLUYAN TRAMITES, REQUISITOS, FORMATOS, MANUALES DE ORGANIZACIÓN IV. NORMAS BASICAS DE COMPETENCIA, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO QUE INCLUYAN TRAMITES, REQUISITOS, FORMATOS, MANUALES DE ORGANIZACIÓN NORMAS BASICAS DE COMPETENCIA A) ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA

Más detalles

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008.

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. TEXTO ORIGINAL Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. DECRETO NÚMERO 194 La Sexagésima Legislatura Constitucional

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE

Más detalles

ELABORACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS

ELABORACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS ELABORACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS ELABORACIÓN REVISIÓN APROBACIÓN Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dora Rocío Gómez Cuartas Dora Rocío Gómez Cuartas Osbaldo Morales Robi Cargo: Director

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO 6790

RESOLUCIÓN NÚMERO 6790 RESOLUCIÓN NÚMERO 6790 ( JUNIO 16 DE 2011 ) Por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual y Consolidada Precios de Transferencia

Más detalles

CONTENIDO. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas. 6. Diagrama de bloque del Procedimiento

CONTENIDO. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas. 6. Diagrama de bloque del Procedimiento Versión vigente No. 02 Fecha: 15/01/10 CONTENIDO 1. Propósito 2. Alcance 3. Responsabilidad y autoridad 4. Normatividad aplicable 5. Políticas 6. Diagrama bloque l Procedimiento 7. Glosario 8. Anexos 9.

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O S

A Y U N T A M I E N T O S A Y U N T A M I E N T O S El C. Lic. Octavio Guerrero Bernal, Presidente Municipal Constitucional de San Ignacio, Sinaloa; en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 115 Fracción 11 de la Constitución

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL Nombre del Servicio Solicitar el uso mediante arrendamiento, de inmuebles federales que no sean compartidos por dos o más Instituciones Públicas. Unidad Administrativa Dirección General de Administración

Más detalles

Ley de Ingresos del Estado para el año 2009 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2009

Ley de Ingresos del Estado para el año 2009 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2009 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2009 1 2 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, PARA EL AÑO 2009 Publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 1 de Enero de 2009. Artículo

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz-Llave.

Más detalles

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO 335/2016 AVISO DIVERSO

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO 335/2016 AVISO DIVERSO PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., LUNES 4 DE ENERO DE 2016. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO 335/2016 POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS Y ESTÍMULOS FISCALES PARA LA REGULARIZACIÓN

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE CREA A LA UNIDAD DEPORTIVA DE CD. ALTAMIRANO COMO ESTABLECIMIENTO PÚBLICO DE BIENESTAR SOCIAL

DECRETO POR EL QUE SE CREA A LA UNIDAD DEPORTIVA DE CD. ALTAMIRANO COMO ESTABLECIMIENTO PÚBLICO DE BIENESTAR SOCIAL DECRETO POR EL QUE SE CREA A LA UNIDAD DEPORTIVA DE CD. ALTAMIRANO COMO ESTABLECIMIENTO PÚBLICO DE BIENESTAR SOCIAL CAPITULO PRIMERO NATURALEZA Y OBJETO.......................................... 3 CAPITULO

Más detalles