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1 Facultad de economía y empresa facultad de economía y empresa REGLAMENTO DE PRACTICAS ACADEMICAS EXTERNAS CURRICULARES DE LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE LA FACULTAD DE ECONOMIA Y EMPRESA DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (Aprobado por la Junta de Facultad en su sesión de 2 de julio de 2014)

2 PREÁMBULO ÍNDICE CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. Objeto Art. 2. Ámbito de aplicación y desarrollo Art. 3. Definición, naturaleza y caracteres de las PAEC Art. 4. Matrícula Art. 5. Destinatarios de las prácticas y requisitos para su realización Art. 6. Tutoría CAPITULO II: DEL PROYECTO FORMATIVO Art. 7. El proyecto formativo Art. 8. Convenios de Cooperación Educativa Art 9. Duración y horarios de realización de las prácticas CAPITULO III: OFERTA, DIFUSIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS PAEC Art. 10. Oferta de las PAEC Art. 11. Asignación de las PAEC CAPITULO IV: SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS PAEC Art. 12. Informe de seguimiento intermedio e informe final Art. 13. Evaluación de las prácticas Art. 14. Revisión de calificaciones Art 15. Archivo de los informes finales Art 16. Reconocimiento académico y acreditación CAPITULO V: DE LOS DERECHOS Y DEBERES Art 17. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas Art 18. Derechos y deberes del tutor de la entidad colaboradora Art 19. Derechos y deberes del tutor académico de la universidad Art 20. Normas supletorias Disposición Final. Entrada en vigor ANEXOS Anexo 1. Convenio de cooperación educativa Anexo 2. Relación de prácticas académicas externas curriculares ofertadas Anexo 3. Solicitud de prácticas académicas externas curriculares Anexo 4. Modelo de Acta para la adjudicación provisional/definitiva de prácticas académicas externas curriculares Anexo 5. PAEC. Solicitud del estudiante de cambio de tutor Anexo 6. PAEC. Solicitud del estudiante de cambio de entidad colaboradora Anexo 7. PAEC. Solicitud del tutor de cambio de estudiante Anexo 8. Informe de seguimiento Anexo 9. Informe final del tutor de la entidad colaboradora Anexo 10. Memoria final del estudiante Anexo 11. Informe de valoración de las prácticas académicas externas curriculares Anexo 12. Certificado Preámbulo

3 El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales indica en el artículo 12 que las enseñanzas oficiales de Grado contendrán toda la formación teórica y práctica que el estudiante debe adquirir, donde se mencionan las prácticas externas. El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios curriculares y extracurriculares, establece las directrices generales comunes de esta formación práctica. La presente normativa tiene como objetivo la unificación de los criterios y procedimientos que aseguren y garanticen homogeneidad en la organización, desarrollo y evaluación de las Prácticas Académicas Externas Curriculares en las titulaciones que se imparten en la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Salamanca. CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto 1. Este Reglamento contiene las directrices básicas relacionadas con la definición, desarrollo, tutela académica, seguimiento, evaluación, revisión y gestión administrativa de las Prácticas Académicas Externas Curriculares (PAEC) de los estudiantes universitarios de la Facultad de Economía y Empresa (FEyE) de la Universidad de Salamanca, desarrollando y adaptando el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre. Artículo 2. Ámbito de aplicación y desarrollo 1. Las previsiones contenidas en esta Normativa son de aplicación a las PAEC integradas en los planes de estudios de Grado en Administración y Dirección de Empresas, Grado en Economía y Grado en Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas ofertados por la FEyE de la Universidad de Salamanca. 2. La organización y coordinación de las PAEC corresponderá a la Comisión de Prácticas Académicas Externas Curriculares (CPAEC) de la FEyE, que estará formada por el Decano o persona en quien delegue, que actuará como presidente de la comisión, el Secretario de la FEyE, los coordinadores de los 3 títulos de Grado que se imparten en el centro y un representante de los estudiantes. 3. La renovación del representante de los estudiantes se realizará cada dos años y se aprobará en Junta de Facultad, y la del resto de miembros cuando se renueven los cargos que ocupan. Artículo 3. Definición, naturaleza y caracteres de las PAEC.

4 1. Las PAEC forman parte de los planes de estudio de los Grados que se imparten en la FEyE y equivalen a 24 créditos ECTS en el Grado en Economía y 18 ECTS en los Grados en Administración y Dirección de Empresas y Gestión en Pequeñas y Medianas Empresas. 2. Las PAEC constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios y supervisada por la Universidad, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. 3. Con la realización de las PAEC se pretenden alcanzar las competencias previstas en cada uno de los títulos así como los fines establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 1707/ Podrán realizarse en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional. 5. Dado el carácter formativo de las PAEC, de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. 6. Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase a la plantilla de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba salvo que en la correspondiente norma laboral aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto. Artículo 4. Matrícula. 1. La matrícula de las PAEC se llevará a cabo en la Secretaría del Centro, en los mismos plazos y de la misma forma que el resto de materias o asignaturas del plan de estudios del título de Grado. 2. El estudiante podrá formalizar la matrícula de las PAEC cuando tenga pendiente como máximo 90 créditos aparte de los correspondientes al TFG, incluyendo los correspondientes a las PAEC. Artículo 5. Destinatarios de las prácticas y requisitos para su realización. 1. Podrán realizar PAEC: a) Los estudiantes matriculados en la asignatura de Prácticas en Empresas de los

5 Grados en Administración y Dirección de Empresas, en Economía y en Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas. b) Los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se encuentren cursando estudios en alguno de estos tres Grados. 2. Para la realización de las PAEC los estudiantes no deben mantener ninguna relación contractual con las entidades colaboradoras. 3. Los estudiantes que quieran realizar parte de sus estudios acogidos en un programa de movilidad, podrán cursar PAEC en la Universidad de destino si así figura en el acuerdo académico. Esta actividad será reconocida siempre y cuando así se refleje en las convocatorias anuales de los distintos programas. 4. La realización de prácticas en empresas no implica remuneración o salario alguno. No obstante, esto no excluye la posibilidad de que la empresa o institución las dote de una bolsa o ayuda al estudio, lo cual permitiría, al menos, sufragar los costes de desplazamiento originados por la asistencia regular a la empresa o institución. Artículo 6. Tutoría 1. Para la realización de las PAEC los estudiantes contarán con un tutor de la entidad colaboradora y un tutor académico de la universidad. 2. El tutor designado por la entidad colaboradora deberá ser una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. No podrá coincidir con la persona que desempeña las funciones de tutor académico de la universidad. 3. Todos los profesores de la FEyE con docencia en el Grado en el que se realice la práctica tienen la obligación de actuar como tutores académicos. La CPAEC asignará tutores a las prácticas ofertadas cada año aplicando criterios de rotación que garanticen un reparto equilibrado de trabajo entre los docentes. No obstante, cada docente podrá solicitar razonadamente a la CPAEC actuar como tutor en determinadas prácticas o en un número superior de prácticas a las que le corresponden, siendo esta Comisión la que decidirá en cada momento sobre la conveniencia de atender dichas solicitudes. CAPITULO II: DEL PROYECTO FORMATIVO Artículo 7. El proyecto formativo. 1. El proyecto formativo en que se concreta la realización de cada práctica

6 académica externa deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas, genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo los contenidos de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados. 2. En todo caso, se procurará que el proyecto formativo se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Artículo 8. Convenios de Cooperación Educativa. 1. Para la realización de las PAEC se requerirá la suscripción de un Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad y la entidad colaboradora, que regulará la cooperación entre ambas partes para la formación práctica de los estudiantes. La formalización del convenio será previa a la incorporación de los estudiantes a la entidad colaboradora reglamento. Dicho convenio fomentará que éstas sean accesibles para la realización de prácticas de estudiantes con discapacidad procurando la disposición de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades. 2. Los convenios establecerán el marco regulador de las relaciones entre el estudiante, la entidad colaboradora y la Universidad de Salamanca. Para cada práctica ofertada se establecerá su proyecto formativo. Su formalización podrá realizarse a través del documento recogido en el ANEXO 1. Artículo 9. Duración y horarios de realización de las prácticas. 1. Las PAEC de los Grados en Administración y Dirección de Empresas y en Gestión de Pequeña y Medianas Empresas equivalen a 18 créditos ECTS, 450 h de formación del estudiante. La presencialidad obligatoria será como máximo del 80% de los ECTS (360 h de presencia física del estudiante en el lugar de realización de las prácticas). Si el estudiante, por requisitos del convenio de cooperación educativa suscrito, realiza más horas se contemplarán como prácticas académicas externas extracurriculares y estarán sujetas a lo establecido en la presente normativa para las PAEC. 2. Las PAEC del Grado en Economía equivalen a 24 créditos ECTS, 600 h de formación del estudiante. La presencialidad asignada a las PAEC será como máximo del 80% de los ECTS (480 h de presencia física del estudiante en el lugar de realización de las prácticas). Si el estudiante, por requisitos del convenio de cooperación educativa suscrito, realiza más horas se contemplarán como prácticas académicas externas

7 extracurriculares y estarán sujetas a lo establecido en la presente normativa para las PAEC. 3. El periodo de realización de las PAEC se hará de acuerdo al calendario académico y coincidirá preferentemente con el primer o el segundo semestre, excepto para los estudiantes del Grado en Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas, que tendrá lugar en el segundo semestre. Los estudiantes serán evaluados en las convocatorias oficiales. 4. Siempre que las normativas de rango superior lo permitan, las PAEC realizadas por los estudiantes en el periodo estival no lectivo (indicativamente los meses de julio y agosto) serán consideradas como prácticas curriculares. En esos casos, la asignatura será evaluada en la convocatoria correspondiente una vez que el estudiante se haya matriculado y haya recibido los informes pertinentes. La normativa aplicable durante la realización de las prácticas sería la prevista en este Reglamento. 5. Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la universidad. 6. Por norma general, se recomienda la realización de las PAEC en jornadas de 6 horas diarias, 5 días a la semana, durante semanas para los Grados en Administración y Dirección de Empresas y Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas y semanas para el Grado en Economía. No obstante, siempre y cuando la entidad colaboradora y el estudiante estén de acuerdo, podrá establecerse un horario diferente que quedará reflejado en el convenio de cooperación educativa. CAPITULO III: OFERTA, DIFUSIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS PAEC. Artículo 10. Oferta de las PAEC 1. Antes del comienzo del curso y, si es posible, antes del periodo de matriculación, la CPAEC hará público un listado con las PAEC ofertadas en cada cuatrimestre para cada Grado, los tutores responsables, el número de estudiantes que pueden escogerlas, los criterios de asignación, y las normas de seguimiento y evaluación de la mismas. Para ello podrá utilizarse el Anexo En el plazo establecido por la CPAEC y comunicado junto al listado al que hace referencia el punto anterior, los estudiantes podrán formalizar la solicitud de asignación de PAEC. El estudiante cubrirá un formulario (Anexo 3) con al menos diez entidades

8 colaboradoras ordenadas por nivel de preferencia. El estudiante, para optar a la asignación de prácticas, deberá haberse matriculado en la asignatura de prácticas. 3. Los estudiantes podrán proponer a la CPAEC entidades colaboradoras con las que la Universidad no tenga suscrito convenio en las que realizar las prácticas, acompañadas necesariamente de un escrito que incluya la aceptación de la entidad y el responsable de la firma del Convenio de Cooperación Educativa. Utilizará para ello el formulario recogido en el Anexo Siempre que las normativas de rango superior lo permitan, la CPAEC podrá hacer otras convocatorias extraordinarias de prácticas (por ejemplo, prácticas en el periodo estival), para las que se seguirán también los criterios de asignación descritos en el artículo 11. Dichas prácticas serán luego contempladas en la convocatoria ordinaria del periodo de matriculación, permitiendo a los estudiantes que las hicieron matricularse en las mismas y realizar el oportuno reconocimiento. Artículo. 11. Asignación de las PAEC. 1. Antes del comienzo de las prácticas del primer cuatrimestre y, preferiblemente, antes del comienzo del curso, la CPAEC publicará un listado con la asignación provisional de las PAEC, atendiendo, en la medida de lo posible, las preferencias manifestadas por los estudiantes. En caso de que una misma propuesta sea seleccionada por más de un estudiante, el criterio de asignación se basará en la nota media de sus expedientes académicos. En el caso de igualdad de expediente, estará por delante el estudiante con menor número de créditos pendientes por cursar. 2. El listado de las adjudicaciones definitivas se expondrá en el tablón de anuncios y en la web de la Facultad (Anexo 4). Los estudiantes no seleccionados para la realización de prácticas, podrán modificar su matrícula y elegir optativas para cubrir los créditos inicialmente cubiertos por la asignatura de prácticas. 3. El estudiante que quiera realizar un cambio de PAEC debe solicitarlo a la CPAEC por escrito, de manera motivada, en el plazo de quince días a contar desde la fecha de la difusión del listado definitivo, o, en su caso, desde la resolución de los recursos previstos en el epígrafe anterior. Podrá utilizar para ello los formularios incluidos como Anexos 5 y 6. La CPAEC resolverá sobre la petición de cambio en un plazo de quince días procediendo, en su caso, a la asignación de una nueva PAEC, tomando en consideración las opiniones de los interesados. 4. El tutor que quiera realizar un cambio de las PAEC asignadas, deberá solicitarlo a la CPAEC, de manera motivada, en el plazo de quince días a contar desde la fecha de la

9 difusión del listado definitivo. Podrá utilizar para ello el Anexo 7. La CPAEC resolverá sobre la petición de cambio en un plazo de quince días procediendo, en su caso, a la asignación de una nueva PAEC, tomando en consideración las opiniones de los interesados. 5. El estudiante dispondrá de dos días naturales desde la comunicación por parte de la empresa o institución para presentar, por escrito, su renuncia a la práctica. En caso de que la renuncia no este justificada, se podrá penalizar este hecho en futuros procesos de selección, a criterio de la CPAEC. 6. En el reparto de plazas se priorizará a los estudiantes que no hayan cursado antes la asignatura de Prácticas en Empresas. La asignación de un tutor y PAEC tendrá sólo validez en el curso académico en el que se encuentra matriculado el estudiante en el momento de la misma. 7. Si después de este proceso de adjudicación, quedasen prácticas vacantes, podrán ofertarse a los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se encuentren cursando estudios en la FEyE de la Universidad de Salamanca. CAPITULO IV: SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS PAEC Artículo 12. Informe de seguimiento intermedio e informe final 1. Una vez transcurrida la mitad del período de duración de las prácticas, y en caso de que la CPAEC considere adecuado su solicitud, el estudiante y el tutor de la entidad colaboradora dispondrán de 10 días para elaborar un informe de seguimiento intermedio que recoja la valoración del desarrollo del Proyecto Formativo. Al respecto podrá utilizarse el modelo recogido en el Anexo En los quince días siguientes a la finalización de las PAEC, el tutor de la entidad colaboradora remitirá al tutor académico de la universidad un informe final que recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y en el cual podrá valorar diferentes aspectos referidos, en su caso, tanto a las competencias genéricas como a las específicas, previstas en el correspondiente proyecto formativo. Al respecto, podrá utilizarse el Anexo En los quince días siguientes a la finalización de las PAEC, el estudiante elaborará y hará entrega al tutor académico de la universidad una memoria final. La memoria final presentada por los estudiantes no sobrepasará las 4 páginas de extensión. La tipografía y diseño de cada página podrían ajustarse a lo especificado a continuación: márgenes de 2,5 cm, interlineado de 1,5 y tipo y tamaño de letra igual o equivalente a Times New

10 Roman 12. Dicha memoria incluirá siempre una autoevaluación del rendimiento y el aprendizaje experimentados. Al respecto, podrá utilizarse el Anexo 10. Artículo 13. Evaluación de las prácticas. 1. El tutor académico de la universidad evaluará las prácticas desarrolladas, teniendo siempre en cuenta el informe del tutor externo y la memoria presentada por el estudiante. Para ello, cumplimentará el correspondiente informe de valoración (Anexo 11). Concretamente, la evaluación de las PAEC se realizará en función de los siguientes componentes: a) Evaluación interna: Evaluación de la memoria final presentada por el estudiante. b) Evaluación externa: Informe realizado por el tutor de la entidad colaboradora. c) Autoevaluación: Autoinforme realizado por parte del estudiante:. 2. La calificación final otorgada al alumno por el tutor académico será APTO o NO APTO. 3. La calificación definitiva será otorgada por la CPAEC y, por norma general, será la nota media del expediente en el momento de finalización de las prácticas para los estudiantes con la calificación de APTOS y de suspenso (4) para los NO APTOS. La CPAEC podrá conceder la mención de Matrícula de Honor a los estudiantes con la calificación de APTO con mejor expediente. Art. 14. Revisión de calificaciones. 1. Los estudiantes podrán recurrir su calificación final de las PAEC ante la Comisión de Docencia de la Facultad en el plazo de quince días hábiles desde la fecha fijada al efecto para la convocatoria correspondiente en el calendario académico oficial de la Universidad de Salamanca. 2. La Comisión de Docencia solicitará informe sobre el recurso al tutor académico y al tutor de la entidad colaboradora y lo resolverá en el plazo máximo de un mes desde la presentación del mismo por el estudiante. 3. La Comisión de Docencia notificará la resolución del recurso al estudiante y dará traslado de la misma a la Secretaría de la Facultad. 4. Contra la resolución de la Comisión de Docencia de la Facultad, el estudiante podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Salamanca. 5. La Comisión de Docencia de la Facultad emitirá anualmente un informe sobre las reclamaciones recibidas, que hará llegar a las Comisiones de Calidad de los Grados afectados. Art. 15. Archivo de los informes finales.

11 1. La CPAEC se encargará del archivo y la custodia de los informes de seguimiento y finales emitidos por el estudiante y el tutor de la entidad colaboradora. Artículo 16. Reconocimiento académico y acreditación. 1. Finalizadas las prácticas externas, la FEyE emitirá un documento acreditativo de las mismas que contendrá, al menos, lo reflejado en el anexo 12. CAPITULO V: DE LOS DERECHOS Y DEBERES Artículo 17. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas. 1. Durante la realización de las PAEC, los estudiantes tendrán los siguientes derechos: a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la universidad y por un profesional que preste servicio en la empresa, institución o entidad donde se realice la misma. b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad de Salamanca. c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento. d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio. e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia. f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales. g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora. h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones. i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad. j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los

12 correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad colaboradora. 2. Asimismo y, durante la realización de las PAEC los estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes: a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la Universidad de Salamanca. b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la universidad. c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos. d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma. e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo. f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 12 de este Reglamento y, en su caso, del informe intermedio. g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta. h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la Universidad de Salamanca. i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscrito por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad colaboradora. Artículo 18. Derechos y deberes del tutor de la entidad colaboradora. 1. El tutor de la entidad colaboradora tendrá los siguientes derechos: a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de la Universidad,

13 en los términos previstos en la normativa aplicable de la Universidad de Salamanca. b) A ser informado y tener acceso a la normativa que regula las prácticas externas así como del Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo. c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función. d) Aquellas otras consideraciones específicas que la Universidad pueda establecer. 2. Asimismo tendrá los siguientes deberes: a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el Proyecto Formativo. b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje. c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales. d) Coordinar con el tutor académico de la universidad el desarrollo de las actividades establecidas en el proyecto formativo, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la misma y el control de permisos para la realización de exámenes. e) Emitir los informes intermedio y final a que se refiere el artículo 12 de este Reglamento. f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la realización de las prácticas. g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de la práctica. h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y emprendimiento por parte del estudiante. i) Facilitar al tutor académico de la universidad el acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función. j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor. k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar

14 en el desempeño de las actividades que realiza en la misma. Artículo 19. Derechos y deberes del tutor académico de la universidad. 1. El tutor académico de la universidad tendrá los siguientes derechos: a) Al reconocimiento efectivo de su actividad académica en los términos que establezca la universidad, de acuerdo con su normativa interna. b) A ser informado y tener acceso a la normativa que regula las prácticas externas así como del Proyecto Formativo y de las condiciones bajo las que se desarrollará la estancia del estudiante a tutelar. c) Tener acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función. 2. Asimismo, tendrá los siguientes deberes: a) Velar por el normal desarrollo del Proyecto Formativo, garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas y de representación y participación del estudiante. b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor de la entidad colaboradora y vistos, en su caso, los informes de seguimiento. c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Proyecto Formativo. d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado de acuerdo con lo que se establece en el artículo 13 de este Reglamento. e) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor. f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas en la universidad de las posibles incidencias surgidas. g) Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios par asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Artículo 20. Normas Supletorias 1. En todos aquellos aspectos no previstos en esta normativa será de aplicación la normativa de la Universidad de Salamanca y demás normativas generales vigentes.

15 Disposición Final. Entrada en vigor. Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Junta de la Facultad de Economía y Empresa. ANEXO I Nº DE PROYECTO FORMATIVO: CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Y LA ENTIDAD/EMPRESA, FIRMADO EL Y CON NÚMERO DE CONVENIO, PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA. PROYECTO FORMATIVO (DETALLE DE LAS PRÁCTICAS) CENTRO: FACULTAD DE ECONOMÍA Y EMPRESA TITULACIÓN: CURSO: ESTUDIANTE: Teléfono de contacto, con NIF: FECHA DE INICIO: FECHA DE FINALIZACION: JORNADA DE PRÁCTICAS: PRÁCTICAS EXTRACURRICULARES Nombre de la asignatura: Total de ECTS: Total nº de días: Total horas: Horario: LUGAR DONDE SE REALIZAN LAS PRÁCTICAS: Nombre de la empresa o institución: C.I.F.: Dirección postal: Departamento: TUTOR POR LA EMPRESA:

16 Nombre y apellidos: Departamento: Teléfono: TUTOR ACADÉMICO: Nombre y apellidos: Teléfono: BOLSA O AYUDA AL ESTUDIO: - SI : CANTIDAD TOTAL: euros (su abono será realizado por la propia empresa) - NO Descripción de las tareas a desarrollar por el estudiante en prácticas: Descripción de las competencias específicas y transversales a desarrollar por el estudiante en prácticas:

17 Descripción del perfil profesional relacionado con las tareas y competencias que el estudiante desarrollará durante las prácticas:: RESCISIÓN ANTICIPADA DE LAS PRÁCTICAS: en caso de incumplimiento de sus términos por una de las partes, las prácticas se podrán suspender de forma anticipada. Salamanca, de de 2014 El tutor académico del Centro El/la estudiante El Tutor o representante de la Empresa Fdo.: Fdo.: Fdo.: Los arriba firmantes declaran su conformidad y aceptación del programa formativo y detalle de las prácticas, al amparo del Convenio suscrito entre la Universidad de Salamanca y la citada Entidad/Empresa; a fin de completar la formación del estudiante, ateniéndose a las normas contempladas en dicho Convenio de Cooperación Educativa, que desarrolla el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

18

19 ANEXO 2 facultad de economía y empresa RELACION DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES OFERTADAS. GRADO EN Nombre o razón social de la entidad colaboradora donde se realizará la práctica: Departamento: Dirección postal donde se realizarán las prácticas: Período: Horario: Nº de horas diarias: Horas totales de práctica: Bolsa o ayuda al estudio (en su caso, cuantía y forma de pago): Requisitos exigidos a los estudiantes: Número de estudiantes: Proyecto formativo (I. Actividades a desarrollar): Proyecto formativo (II. Competencias a desarrollar) Saber aplicar los conocimientos a un entorno de trabajo real Integrarse en la gestión de la organización

20 Entender el origen y funcionamiento de las instituciones, así como de los principios económicos que rigen el funcionamiento de las organizaciones Aportar racionalidad al análisis y descripción de cualquier aspecto de la realidad económica Emitir informes de asesoramiento Redactar proyectos de gestión económica Vocación emprendedora y creatividad Predisposición para asumir riesgos, tomar iniciativas y rapidez de reacción Uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el desempeño profesional Gestión del tiempo Autoemulación y cierta ambición Afán de aprender Creatividad Liderazgo Disposición para el trabajo en equipo Adaptabilidad al entorno Capacidad de adaptación a nuevas situaciones Seguridad y confianza en sí mismo Comunicar oralmente y por escrito de una manera coherente, convincente y eficaz Capacidad para la resolución de conflictos Desarrollar argumentos de forma coherente Actuar con responsabilidad social y con carácter cívico En Salamanca, a Fdo.:..

21 *Se cumplimentará para cada PAEC

22 ANEXO 3 facultad de economía y empresa SOLICITUD DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES Datos del estudiante y del trabajo Apellidos y Nombre: DNI: Tfno.: Grado: Cuatrimestre que se solicita: 1º Cuatrimestre 2º Cuatrimestre Señalar las entidades colaboradores por orden de preferencia Orden de Preferencia Código y Entidad Colaboradora Departamento Propuesta personal de Entidad Colaboradora* IDIOMAS NIVEL INFORMÁTICA Sistema operativo Software Lenguajes programación OTRA FORMACIÓN

23 Fdo.:.. *Deberá acompañarse de escrito de aceptación de la entidad y el responsable de la firma del Convenio de Cooperación Educativa. SR./SRA. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES

24 ANEXO 4 facultad de economía y empresa MODELO DE ACTA PARA LA ADJUDICACIÓN PROVISIONAL / DEFINITIVA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES La Comisión de Prácticas Académicas Externas Curriculares, en su sesión de, en consideración a los criterios establecidos en la normativa vigente, procede a dar publicidad a la adjudicación provisional/definitiva de las Prácticas Académicas Externas Curriculares para el Curso Académico 201_/201_ del Título Oficial de graduado/a en. Datos de los estudiantes Entidad colaboradora Tutor En Salamanca, a... de... de 20.. El Presidente El Secretario Fdo: Fdo:

25 ANEXO 5 facultad de economía y empresa PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES SOLICITUD DEL ESTUDIANTE DE CAMBIO DE TUTOR Primera solicitud Segunda solicitud o sucesivas Datos del estudiante y del trabajo Apellidos y Nombre: DNI: Tfno.: Grado: EXPONE: SOLICITA: Vº Bº y Firma del ESTUDIANTE SR./SRA. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES

26 ANEXO 6 facultad de economía y empresa PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES SOLICITUD DEL ESTUDIANTE DE CAMBIO DE ENTIDAD COLABORADORA Primera solicitud Segunda solicitud o sucesivas Datos del estudiante y del trabajo Apellidos y Nombre: DNI: Tfno.: Grado: EXPONE: SOLICITA: Vº Bº y Firma del ESTUDIANTE SR./SRA. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES

27 ANEXO 7 facultad de economía y empresa PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES SOLICITUD DEL TUTOR DE CAMBIO DE ESTUDIANTE Primera solicitud Segunda solicitud o sucesivas DATOS DEL TUTOR: Nombre: Apellidos: EXPONE: SOLICITA: DATOS DEL ESTUDIANTE ASIGNADO: APELLIDOS Y NOMBRE: D.N.I.: TELF.: DOMICILIO: C.P., CIUDAD: PROVINCIA: Vº Bº y Firma del TUTOR SR./SRA. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS CURRICULARES

28 ANEXO 8 facultad de economía y empresa INFORME DE SEGUIMIENTO D./Dna., en calidad de emito el presente Informe de seguimiento sobre las prácticas académicas externas a continuación identificadas: Entidad colaboradora donde se realizan las prácticas: Datos personales del estudiante: Duración y fechas de realización: Actividades realizadas: Realice una valoración sobre la adaptación del estudiante al puesto en la empresa: Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución:

29 Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora. Calificación global del desarrollo de las prácticas (de 1 a 10 puntos) En Salamanca, a de de Fdo:

30 ANEXO 9 facultad de economía y empresa INFORME FINAL DEL TUTOR DE LA ENTIDAD COLABORADORA Universidad de Salamanca Facultad de Economía y Empresa Grado en Curso / Entidad colaboradora: Estudiante:

31 D./Dna., en calidad de, de la entidad colaboradora, domiciliada en, como tutor de prácticas, emito el presente Informe sobre el estudiante: Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas: Datos personales del estudiante: Duración y fechas de realización: Actividades realizadas: Realice una valoración sobre la adaptación del estudiante al puesto en la empresa: Actividades o puestos para los que el estudiante parece estar más capacitado: Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución:

32 Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora. Valorar de 1 a 10, la consecución mostrada por el estudiante en relación con los siguientes objetivos educativos: Competencia Nota Competencia Nota Capacidad técnica Capacidad de aprendizaje Administración de trabajos Habilidades de comunicación oral y escrita Sentido de la responsabilidad Facilidad de adaptación Creatividad e iniciativa Implicación personal Motivación Receptividad a las críticas Capacidad de trabajo en equipo Relaciones con su entorno laboral Puntualidad Calificación global de la actitud, rendimiento y conocimientos adquiridos (de 1 a 10 puntos) En Salamanca, a de de Fdo: (firma y sello)

33 ANEXO 10 facultad de economía y empresa MEMORIA FINAL DEL ESTUDIANTE Universidad de Salamanca Facultad de Economía y Empresa Grado en Curso / Entidad colaboradora: Estudiante:

34 Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas: Datos personales del estudiante: Duración y fechas de realización: Actividades realizadas (Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y departamentos de la entidad a los que ha estado asignado): Realice una valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los estudios universitarios: Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto las prácticas:

35 Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución: Autoinforme (Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora). Autoevaluación global del rendimiento y conocimientos adquiridos (de 1 a 10 puntos) En Salamanca, a de de Fdo: (firma y sello)

36 ANEXO 11 facultad de economía y empresa INFORME DE VALORACIÓN DE LAS PRÁCTICAS ACADEMICAS EXTERNAS CURRICULARES El Profesor D., en su calidad de Tutor académico de las prácticas académicas externas curriculares realizadas en la entidad colaboradora por D., matriculado en el Grado, emite la siguiente valoración: I. Evaluación interna (a) APTO Ó NO APTO a. Valoración Memoria final del estudiante: II. Evaluación externa (b) b. Informe del tutor de la entidad colaboradora: III. Autoevaluación (c) c. Autoinforme realizado por parte del estudiante: CALIFICACION FINAL(Será APTO si los apartados I, II y III están calificados como APTO) En Salamanca, a de de Fdo.:

37 ANEXO 12 facultad de economía y empresa CERTIFICADO D., en calidad de Decano de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Salamanca, CERTIFICO: Que D/Dña., con DNI nº, estudiante del Grado en, ha realizado prácticas académicas externas en, desde el hasta el, con un total de horas. Que ha desarrollado las siguientes tareas: Que ha merecido la calificación global de Y para que así conste, expido el presente certificado. En, a de de Fdo: (firma y sello)

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