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1 &27,&+ &2/(*,2'(75$'8&725(6(,17e535(7(6'( &+,/( &2',*2'(e7,&$352)(6,1$/,',6326,&,21(6*(1(5$/(6 Este Código de Ética se aplica a los miembros del Colegio de Traductores e Intérpretes de Chile, COTICH. Para efectos de este Código, se entenderá que los términos profesional(es) o asociado(s) incluyen tanto a traductores como a intérpretes. El ejercicio de la profesión implica ciertos deberes y derechos que se refieren, en primer lugar, al desempeño profesional propiamente tal y, en segundo lugar, comprometen al asociado frente a sus clientes, a sus colegas y al Colegio, como asimismo a la sociedad en general. Este Código tiene por objeto regular la conducta de los profesionales asociados al Colegio y orientarlos al ejercicio de una actividad honesta y eficiente enmarcada en los principios que la rigen. La dignidad, la honestidad y la integridad moral son normas imperativas en el desarrollo de la actividad del asociado, atributos que se estiman fundamentales para su ejercicio profesional. En consecuencia, los asociados deben mantener una conducta profesional del más alto nivel moral, en favor del prestigio y las prerrogativas de su profesión.,,2%/,*$&,21(6352)(6,21$/(6 )250$&,Ï1 El asociado debe perfeccionarse y actualizarse permanentemente con el fin de aplicar sus conocimientos en provecho tanto de la sociedad como del suyo propio, para así contribuir al desarrollo científico y técnico de la profesión. 1

2 +21(67,'$'',*1,'$'<5(63(72'(/$61250$6 Es deber del asociado mantener la honestidad y la dignidad propias de su actividad y velar con estricto apego a las normas jurídicas y a las normas éticas definidas en este documento por los intereses y derechos de quienes requieren sus servicios. El asociado debe actuar con honradez y buena fe. No debe aconsejar actos fraudulentos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas o tendenciosas ni certificaciones incompletas o que no correspondan a la verdad. Ésta debe constituir una norma permanente de su conducta profesional. ),'(/,'$'$/7(;722'2&80(17225,*,1$/ Es deber y función principal del asociado recrear de la manera más fiel posible el texto original, para lo cual debe usar un lenguaje claro y preciso. Sin embargo, no se debe confundir una traducción/interpretación fiel con una traducción/interpretación literal, ya que la fidelidad de ésta no excluye contextualizar culturalmente el texto para transmitir el contenido. En consecuencia, siempre que pueda garantizar una buena calidad de la traducción/interpretación resultante, el asociado es libre de aplicar su mejor criterio para lograr dicho fin. &212&,0,(172'(/$/(1*8$ El asociado debe poseer un profundo conocimiento de las lenguas fuente y meta. Debe traducir/interpretar preferentemente a su lengua materna o principal o a un idioma que domine como su lengua materna o principal. &212&,0,(172 '( /$6 0$7(5,$6 48( 6( '(%(1 75$'8&,5,17(535(7$5 El asociado debe poseer o adquirir conocimientos de las materias que traduzca/interprete; en su defecto, debe abstenerse de aceptar trabajos en campos del saber que no sean de su competencia. /,%(57$'3$5$$&(37$525(&+$=$575$%$-26 El asociado tiene libertad para aceptar o rechazar trabajos que le propongan, sin necesidad de expresar los motivos de su decisión, salvo las excepciones que deriven del desempeño en determinados cargos o empleos. Además, debe negarse a dar al texto meta una interpretación impuesta diferente al espíritu del texto original. Asimismo, debe evitar trabajos que puedan implicar conflictos de interés. El asociado no debe aceptar trabajos en condiciones laborales denigrantes en términos de tiempo, ambiente laboral, espacio físico o remuneración. 2

3 5(63(72'(/26$5$1&(/(6 El asociado debe procurar respetar los parámetros o criterios de fijación de aranceles sugeridos por el Colegio, sin beneficiarse de la necesidad, desconocimiento o inexperiencia del cliente. Sin embargo, los asociados pueden servir gratuitamente a personas desprovistas de recursos económicos o a otras personas si estiman que el caso lo justifica. El asociado debe abstenerse de toda competencia desleal en el ejercicio de su profesión y mantener sus aranceles en un nivel equivalente al de sus pares. %$6(3$5$/$(67,0$&,Ï1'($5$1&(/(6 Como norma general, el asociado debe tener presente que el objetivo esencial de su actividad es prestar un servicio profesional eficiente. Sin perjuicio de lo que puedan disponer los aranceles de la profesión y la costumbre entre sus colegas, el asociado debe guiarse fundamentalmente por los siguientes criterios: Volumen del trabajo Nivel de complejidad del trabajo Riesgo económico y de prestigio profesional Experiencia, reputación y especialidad del asociado Conflictos de interés con otros colegas, clientes o terceros Servicios esporádicos o permanentes Responsabilidad que implica el trabajo (confidencialidad, difusión, etc.) Lugar y horario en que se deben prestar los servicios profesionales En el caso de los traductores, plazo de entrega fijado '(%(5'(/352)(6,21$/)5(17($/$8725 El asociado debe aceptar ciertas obligaciones especiales frente al autor de la obra original, ateniéndose a la normativa legal vigente en materia de derechos de autor y propiedad intelectual. Falta a la ética el asociado que incurre en el plagio de una obra, atribuyéndose su autoría. 5(63216$%,/,'$')5(17($(5525(6 El asociado tiene la responsabilidad exclusiva y total del trabajo que acepta realizar. Por lo tanto, debe asumir directamente las consecuencias correspondientes y no puede imputar error, omisión o faltas a terceros, con el fin de excusarse de inexactitudes o errores en el trabajo terminado. 3

4 En caso de detectar errores en el texto original, el asociado debe informar dicha situación a quien encarga el trabajo. ),50$'(75$'8&&,21(6275$%$-26'(5(9,6,Ï1(',&,Ï1 Ningún asociado debe permitir que se usen sus servicios o su nombre para facilitar o hacer posible el ejercicio de la profesión por quienes no están capacitados para ejercerla. Desmerece la dignidad de su profesión el asociado que firme traducciones que no haya preparado o revisado personalmente o que no se hayan realizado bajo su directa supervisión; al hacerlo, debe asumir las consecuencias que deriven de dicha acción.,,,5(/$&,21(6'(/$62&,$'2&21686&/,(17(6 &21),'(1&,$/,'$' La relación profesional entre el asociado y el cliente debe transcurrir con la más absoluta reserva y confidencialidad. El asociado no debe divulgar asunto alguno sin la autorización expresa de su cliente ni utilizar en su favor o en el de terceros el conocimiento de asuntos confidenciales de su cliente que haya adquirido en su labor profesional. Guardar el secreto profesional constituye una obligación y un derecho del asociado que, respecto del cliente, subsiste en forma indefinida, aun después de que haya dejado de prestarle sus servicios. El secreto profesional incluye toda información relacionada con el cliente. No obstante, el asociado queda eximido de guardar secreto en caso de ser citado a declarar ante un tribunal de justicia $/,'$'<(),&,(1&,$ El asociado debe servir a su cliente en forma eficiente, puntual y cabal. Una vez que haya aceptado realizar un trabajo, no puede renunciar a hacerlo, salvo causa justificada o grave, en cuyo caso debe comunicar esta circunstancia al cliente a la mayor brevedad.,95(/$&,ï1'(/$62&,$'2&21686&2/(*$6 )5$7(51,'$'<5(63(72 El asociado debe mostrar compañerismo, lealtad, espíritu de colaboración, fraternidad y respeto hacia sus colegas, absteniéndose de emitir opiniones negativas acerca de ellos. 4

5 El asociado debe respetar la propiedad intelectual de los trabajos de sus colegas y no debe atribuirse su autoría. Asimismo, no debe realizar directa o indirectamente gestiones que tiendan a desplazar o sustituir a un colega en una labor profesional. Los acuerdos profesionales entre colegas se deben cumplir estrictamente, aunque no se hayan celebrado por escrito. &217529(56,$6 Los asociados deben resolver cualquier controversia de una manera constructiva y profesional. En caso de una controversia no resuelta entre socios, ésta será sometida a la decisión del Directorio del Colegio. La decisión será obligatoria para las partes, aunque existirá el recurso de apelación según las normas del Colegio. Todo asociado tiene derecho a denunciar la conducta profesional que estime éticamente censurable de un colega asociado del Colegio. No obstante, toda denuncia calumniosa quedará sometida a lo establecido en el Código Penal. Si el sujeto de la denuncia o controversia pertenece a otra asociación gremial de traductores e intérpretes en Chile, ésta debe plantearse ante la Federación de Asociaciones Gremiales de Traductores e Intérpretes de Chile, en conformidad con los mecanismos que dicha Federación haya establecido. 96$1&,21(6 Los asociados que transgredan las normas de este Código de Ética Profesional se exponen a las sanciones que establece el Estatuto y el Reglamento del Colegio y a aquéllas que el Directorio en su caso resuelva imponer, tales como: a) Amonestación verbal b) Amonestación por escrito c) Sanción pecuniaria d) Suspensión de la calidad de asociado por un plazo máximo de un año y e) Expulsión. $SUREDGR SRU OD $VDPEOHD ([WUDRUGLQDULD GHO &ROHJLR GH 7UDGXFWRUHV H,QWpUSUHWHVGH&KLOHHOGHDEULOGH 5

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