FUNCIONARIZACIÓN DEL PAS LABORAL UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

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1 FUNCIONARIZACIÓN DEL PAS LABORAL UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Introducción La Gerencia de la Universidad de Almería promovió desde junio de dos mil siete la puesta en marcha de un proceso de funcionarización del Personal de Administración y Servicios en régimen Laboral (en adelante, PASL). Desde el tres de septiembre de dos mil siete se han mantenido diversas reuniones, tanto con los representantes del PASL a través del Comité de Empresa, como con los representantes de los miembros del Personal de Administración y Servicios en régimen funcionarial (en adelante, PASF), a través de la Junta de Personal; estas reuniones se extendieron al seno del Consejo del Personal de Administración y Servicios, constituido en fecha diecinueve de octubre de dos mil siete al amparo del artículo ciento cuarenta y cuatro de los Estatutos de la Universidad de Almería. El día treinta de enero de dos mil ocho el Comité de Empresa ratifica el documento Acuerdo de condiciones de Funcionarización del PAS Laboral de la Universidad de Almería por unanimidad (Anexo I del presente Acuerdo, en adelante, ACoFu), haciendo lo propio la Junta de Personal el siete de febrero de dos mil ocho. Desde entonces se han mantenido múltiples reuniones con los órganos de los representantes de los trabajadores (PASL y PASF) para sintonizar los distintos intereses de uno y otro colectivo en este complejo proceso. Fruto de todas estas reuniones es el presente Acuerdo, ratificado por el Comité de Empresa y la Junta de Personal con fecha xxxxxxxxxxxxxxxx de dos mil ocho, en el que se explicitan los procesos que van a realizarse en los próximos meses para que las condiciones fijadas en el Anexo I puedan llevarse a cabo con garantía para todos los miembros del PAS de la Universidad de Almería. En esta fecha, los miembros del Comité de Empresa y de la Junta de personal acordaron de la creación de la Escala Técnica de Gestión y la modificación parcial del ACoFu en relación a su punto tercero (Integración en las escalas de funcionarios), apartado C (Integración del grupo II) y la Disposición Adicional Segunda en los términos del Anexo II Los Módulos de Formación La Gerencia de la Universidad de Almería garantiza la debida formación para el acceso de la función pública poniendo a disposición de aquellos trabajadores que así lo deseen la posibilidad de cursar un Módulo Legislativo (Anexo III), se igual forma se facilitará un el Módulo Ofimático para aquellos que deseen desarrollar estas competencias. (Anexo IV). El Módulo Legislativo comenzó a impartirse, en horas de trabajo, el día veintisiete de mayo de dos mil ocho, finalizando el veintiséis de junio. Para aquellos trabajadores que no puedan asistir les será facilitado el material docente empleado en el mismo.

2 El Módulo Ofimático comenzó a impartirse, fuera de su jornada laboral, el día cinco de mayo de dos mil ocho, habiendo finalizado el treinta de junio de dos mil ocho. La Relación de Puestos de Trabajo 2008 (RPT2008) La RPT2008 de la Universidad de Almería será elaborada por la Gerencia y posteriormente negociada y acordada con los representantes de los trabajadores. Se celebrará una reunión del Comité de Empresa-Gerencia para la aprobación de la RPT 2008, previamente negociada en lo que afecta a las plazas de personal laboral a funcionarizar, e inmediatamente después, el mismo día, se celebrará una reunión de la Junta de Personal-Gerencia con el siguiente orden del día: 1º aprobación de la RPT2008 previa negociación en lo que afecta al actual personal funcionario. 2º convocatoria de un concurso de provisión de puestos de trabajo para el PASF 3º plan de promoción interna para el actual personal funcionario. En la reunión del Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, posterior a las reuniones de la Junta de Personal y Comité de Empresa indicadas en el párrafo anterior incluirá en el orden del día la aprobación, si procede, de la RPT2008. La Funcionarización El Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería en la sesión en que se apruebe la RPT, incluirá en el orden del día la aprobación, si procede, del Documento Definitivo por el que se regulan las Condiciones para la Funcionarización del PAS LABORAL de la Universidad de Almería y la Convocatoria del proceso selectivo por promoción interna mediante el procedimiento de concurso-oposición para el personal laboral fijo de esta Universidad (Anexo VI), a los diferentes cuerpos y escalas propias de la Universidad de Almería (Funcionarización del PASL). La Gerencia remitirá a BOE (por vía de urgencia) la Convocatoria, ajustando los plazos para que las pruebas de Oposición puedan llevarse a cabo lo antes posible. Para participar en el proceso de funcionarización se requerirá, entre otras: 1. Pertenecer como personal laboral fijo de plantilla de la Universidad de Almería y prestar servicios en puestos de trabajo reservados a personal funcionario de dichas Escalas de acuerdo con la naturaleza de las tareas atendidas propias de su categoría profesional. Asimismo, podrá presentarse el personal laboral fijo de plantilla que se encontrase en situación distinta a la de servicio activo. 2. Estar en posesión del Título o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de solicitudes, que se indica a continuación: Para las Escalas del Subgrupo A1: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o titulación equivalente. Para las Escalas de Subgrupo A2: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación equivalente.

3 Para las Escalas de Grupo C1: Título de Bachillerato LOGSE; de Formación Profesional de Grado Superior; de Bachillerato Unificado Polivalente; de Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional de II Grado, titulación equivalente o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. En sustitución de las titulaciones, podrán acceder quienes tengan una antigüedad de diez años en categorías profesionales adscritas al Grupo III o inferior del anterior y del actual convenio colectivo, o de cinco años y superen un curso específico de formación, que a tales efectos haya convocado la Universidad de Almería: MÓDULO LEGISLATIVO. Para las Escalas de Grupo C2: Título de Graduado en Educación Secundaria, de Formación Profesional de Grado Medio, de Educación General Básica, de Técnico o Técnico Auxiliar de Formación Profesional de I Grado, Graduado Escolar o titulación equivalente. En sustitución de las titulaciones, podrán acceder quienes tengan una antigüedad de diez años en categorías profesionales adscritas al Grupo IV o inferior del anterior y del actual convenio colectivo, o de cinco años y superen un curso específico de formación, que a tales efectos haya convocado la Universidad de Almería: MÓDULO LEGISLATIVO. Estos requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el nombramiento de funcionarios de carrera. Superado el proceso se procederá al nombramiento como funcionarios de carrera y quedarán destinados en los puestos de trabajo que tuvieran asignados con carácter definitivo como PAS LABORAL, con las retribuciones recogidas en el ACoFu. Aquellos funcionarios que se queden sin puesto de trabajo después de la promoción a C1-17, quedarán adscritos provisionalmente a la gerencia, estableciéndose los procesos necesarios para la reubicación de este personal a otros puestos vacantes en la R.P.T. en función de las habilitaciones que estos trabajadores posean y respetando los turnos de trabajo Todo el PASL se funcionariza en sus propias escalas y puestos de trabajo y se promociona de acuerdo a lo previsto en el ACoFu y en este documento, teniendo en cuenta la extinción de los puestos base de limpieza y de los correspondientes puestos base de información. Los puestos vacantes, y en su caso los ofertados por la Gerencia, como consecuencia de la promoción efectuada de C2 a C1, se adjudicarán con carácter definitivo de acuerdo con la puntuación obtenida en el concurso-oposición. Quienes accedan a la condición de funcionario desde situación distinta a la de servicio activo se mantendrán en la situación administrativa que les corresponda, computándose el periodo de tiempo transcurrido en la misma situación en régimen de derecho laboral a efectos de reingreso. Adscripción Provisional de funcionarios a tareas de administración La Gerencia, inmediatamente posterior al proceso de funcionarización, adscribirá provisionalmente a un máximo de cincuenta y tres de los nuevos funcionarios, el desempeño de tareas de administración; para ello se convocará un proceso voluntario en

4 el que se valorarán los conocimientos de ofimática y legislación, pudiéndose realizar para tal fin las pruebas que acrediten su conocimiento. Entre los que hayan superado la prueba, se realizará una selección de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Reglamento de Provisión de Provisión de Puestos de Trabajo del PAS FUNCIONARIO. Si el número de inscritos no superara los cincuenta y tres previstos en este documento, la Gerencia podrá completar este número con aquellos trabajadores que hayan superado con aprovechamiento los Módulos Legislativo y Ofimático y cualesquiera miembros del antiguo PASL que demuestren los conocimientos incluidos en los Módulos Legislativo y Ofimático, de acuerdo con la siguiente prelación: puestos extintos según la RPT2008, resto personal laboral. La Gerencia hará públicos los destinos temporales de dichos funcionarios, comenzando su tarea efectiva el uno de septiembre de dos mil ocho. La adscripción provisional cesará en el momento en el que el personal funcionario promocione a puestos C1-17 dentro de la Escala Técnica Administrativa, puestos que tendrán el carácter de definitivo. El futuro Reglamento de provisión que se negocie y acuerde, deberá incluir la regulación de las Atribuciones Temporales y las Adscripciones Provisionales. La Promoción Interna Los días tres de noviembre de dos mil ocho tendrá lugar la Convocatoria de Promoción interna de C2-15 hasta C1-17. Para promocionar de grupo C2 a C1, se realizará por Concurso-Oposición. En la fase de Concurso se valorarán: experiencia profesional en la escala relacionada 1 inmediatamente inferior (40%), antigüedad en la UAL (35%) y formación (25%). La formación será valorada en función de un Módulo de Formación Específico (MFE), según la escala a la que se concurse, cuyo contenido y duración será negociado y acordado con los representantes de los trabajadores; cursos específicos de formación organizados por la Universidad de Almería u otra administración pública que estén relacionados con la Escala a la que se concursa y titulación universitaria. Los pesos de cada uno de estos subapartados son: - Módulo formativo: 60% - Cursos: 20% - Titulación: 20% No obstante lo anterior, será requisito imprescindible para poder participar en el Concurso haber realizado y superado el MFE al que se hace mención en el párrafo anterior, según la legislación vigente. 1 Se entienden por escalas relacionadas: auxiliar administrativa-administrativa; auxiliar técnica-resto escalas técnicas grupo C1.

5 La puntuación del Concurso se realizará sobre la base de un máximo de 100 puntos, baremándose de la siguiente forma: - Experiencia: máx. 40 puntos. - Antigüedad: máx. 35 puntos. - Formación : máx. 25 puntos. El baremo que regirá será el siguiente: - Experiencia: 0.25 puntos por mes o fracción en la Escala inmediatamente inferior de la UAL. - Antigüedad: 0,25 puntos por mes o fracción en la Universidad de Almería. - Formación: a. MFE: máximo 15 puntos. b. Cursos: 0,02 puntos por hora de cursos de formación relacionados con las funciones del puesto de trabajo, impartidos por la Universidad de Almería, cualquier Administración Pública u homologados por la UAL. Máximo 5 puntos. c. Titulación: 1 puntos ESO, 2 puntos Bachiller, 3 puntos Diplomado, 4 puntos Licenciado y 5 puntos Doctor. La Habilitación El Documento Definitivo de Condiciones de Funcionarización del PAS LABORAL de la Universidad de Almería, recogerá de manera explícita la habilitación a la Escala Administrativa del personal funcionarizado, así como el resto de habilitaciones a las diferentes escalas en la que se le considerará como méritos el tiempo de comisión de servicios realizadas en las distintas escalas. El contenido de la misma será negociado y acordado entre Gerencia y la Junta de Personal (en adelante, Habilitación). Las Habilitaciones ordinarias se convocarán con carácter global para todas las escalas de forma previa a los concursos generales y se permitirá la promoción interna entre escalas de distintos ámbitos. En tanto no se desarrollen las habilitaciones definitivas, se procederá: 1.- La Habilitación para la escala Técnica Administrativa de Mantenimiento y Equipamiento se entenderá concedida de manera automática al personal que ocupe los puestos base de mantenimiento. 2.- Se entenderá habilitado para las distintas escalas a todo el personal laboral actual que haya ocupado puestos de trabajo equivalentes, realizado movilidad funcional en una categoría concreta, haya realizado tareas de superior categoría o haya superado las pruebas para el acceso a dicha movilidad funcional o procesos selectivos para las diferentes categorías. A tal efecto se creará una Comisión de Seguimiento que estudiará y aprobará posibles habilitaciones automáticas en función de las tareas recogidas en el catálogo de funciones.

6 La Hoja de Ruta El proceso anteriormente descrito es sumamente complejo; por ello, para una mejor visualización espacio-temporal del mismo se añade como Anexo V una Hoja de Ruta que resume todas las acciones que van a llevarse a cabo. Todas las plazas pendientes de publicación o adjudicación correspondientes a la actual RPT de personal laboral, se adjuntarán a este documento con el compromiso de cubrirlas temporalmente en por cualquiera de los procedimientos de provisión establecidos y de forma definitiva por concurso. Igualmente las resultas de estas plazas serán cubiertas por personal laboral funcionarizado antes del proceso general de habilitación. Aquellas otras plazas de nueva creación en la futura RPT, se ofertarán a concurso para su cobertura definitiva. Este concurso para el personal funcionarizado debe realizarse inmediatamente después del proceso de promoción interna y antes de los procesos de habilitación general.

7 ANEXO I Acuerdo de Condiciones de Funcionarización del Personal Laboral de la Universidad de Almería de 30 de enero y 7 de febrero de 2008 (ACoFu) INTRODUCCIÓN. La Universidad de Almería como Administración Pública al servicio de los ciudadanos debe contar con los medios organizativos, tanto materiales como humanos, que garanticen el derecho de los ciudadanos a una buena administración, que propicie nuestra adaptación y consolidación en el Espacio Europeo de Enseñanza Superior (EEES) y que apueste por el desarrollo económico, social y cultural de nuestro entorno. Para ello, la Dirección y Gestión de los Recursos Humanos, en especial del Personal de Administración y Servicios, es un elemento clave en el futuro de nuestra Universidad. Para afrontar con éxito los objetivos de la Sociedad del Conocimiento, debemos ser capaces no sólo de transformar y mejorar nuestras prácticas de recursos humanos, sino también de estimular a nuestros empleados públicos en el cumplimiento eficiente de sus funciones y responsabilidades. Debemos proporcionar los medios materiales y económicos que faciliten una formación adecuada en habilidades directivas y técnicas, proporcionando oportunidades de carrera profesional y garantizando una gestión de recursos humanos objetiva, coherente, ágil, flexible y participativa. En la actualidad, el Personal de Administración y Servicios está sometido a diferentes regímenes jurídicos (funcionarios y laborales) que suscita continuamente problemas de aplicación, de interpretación y de gestión de nuestro personal que deben sustanciarse en diferentes ámbitos de negociación, con la pérdida de homogeneidad y coherencia en el diseño y planificación de nuestro futuro como empleados públicos. En estas circunstancias, debemos asumir la importancia estratégica que supone para nuestra Administración el reto de la unificación de regímenes jurídicos de todo el Personal de Administración y Servicios y, en concreto, el reto de acometer un proceso de funcionarización del Personal Laboral por las siguientes razones: 1. Estabilidad. En la situación actual, la percepción de la estabilidad en el empleo público tiene connotaciones más fuertes ligadas a la condición de funcionario público, frente a otras figuras contractuales. Es importante reseñarlo, dado que se avecinan cambios importantes en nuestro entorno: plena integración en la estructura del EEES con una nueva configuración del Mapa de Titulaciones en cada Universidad, descenso de la población universitaria, etc. Finalmente, se está produciendo una revisión de las estructuras organizativas soportes de nuevos procesos impulsados por el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación, como o la Enseñanza Virtual, que pronostican una reorganización del trabajo y una mayor cualificación de los funcionarios públicos. 2. Carrera profesional: El proceso de funcionariación del Personal de Administración y Servicios Laboral (PASL) permitirá establecer una carrera profesional integrada y única en la Administración de la Universidad de Almería. La carrera profesional del PASL está limitada a determinadas áreas y servicios, siendo imposible su acceso a otras actividades reservadas a funcionarios públicos, haciendo en la práctica inexistente dicha carrera. El proceso de funcionarización permitirá habilitar procesos de promoción e integración de carácter transversal a las Escalas reservadas hasta ahora a funcionarios públicos, optimizando los recursos humanos existentes y satisfaciendo las necesidades de realización personal y profesional del PASL. Asimismo, este proceso implicará una apertura de posibilidades al Personal de Administración y

8 Servicios Funcionarios que permitirán su ingreso en Escalas de otras áreas a las que hasta ahora no se les permitía su acceso. 3. Organización del trabajo: Con el proceso de funcionarización se consuma el objetivo de alcanzar una más ágil y flexible organización del trabajo en la Administración de la Universidad de Almería. PRIMERO: BASE LEGAL. El amparo legal de la funcionarización del Personal Laboral de la Universidad de Almería se fundamenta en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en su DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Personal laboral fijo que desempeña funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario, esta establece: El personal laboral fijo que a la entrada en vigor del presente Estatuto esté desempeñando funciones de personal funcionario, o pase a desempeñarlos en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha, podrán seguir desempeñándolos. Asimismo, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente o conjunta con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos Cuerpos y Escalas a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición. En el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería en su artículo 136. Creación, modificación y supresión de escalas, establece: La creación, modificación y supresión de escalas propias del personal funcionario de administración y servicios serán aprobadas por el Consejo de Gobierno, a propuesta del Rector, previa negociación con los órganos de representación del personal de administración y servicios y con los sindicatos con representación en la Universidad de Almería. Las escalas propias de funcionarios de la Universidad se agruparán según la titulación exigida para el ingreso en las mismas, de acuerdo con las disposiciones vigentes. Hasta que no se dicten las Leyes de Función Pública y las Normas reglamentarias de desarrollo se mantendrán en vigor en cada Administración Pública las normas vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos en tanto no se opongan a lo establecido en este Estatuto. DISPOSICIÓN FINAL CUARTA.- ENTRADA EN VIGOR del Estatuto Básico del Empleado Público. SEGUNDO: GARANTÍA RETRIBUTIVA. El régimen retributivo será el general para la función pública, garantizando la Universidad de Almería el nivel retributivo del personal laboral que opte por la funcionarización a través de la percepción de idénticos haberes que como personal laboral. Se realizará con la asignación de Complementos de carácter personal equivalentes a las diferencias entre los conceptos retributivos de ambos regímenes, con motivo de la asignación del nuevo puesto de trabajo como funcionarios:

9 - Complemento Personal Absorbible Revisable. Retribuciones en las que se incluirán las diferencias entre los conceptos retributivos de ambos regímenes y sólo será absorbible por futuras mejoras retributivas (sueldo, complemento de destino y complemento específico) con ocasión del cambio de puestos de trabajo o de Escalas de grupo superior con carácter definitivo. En el caso de que el trabajador desempeñe un puesto con carácter provisional de superior nivel y retribuciones, percibirá éstas, recuperando el citado complemento una vez cese en dicho puesto. Se incluirá en este complemento el importe que percibe un trabajador como consecuencia de una adecuación por disminución de capacidad. - Complemento Personal No Absorbible Revisable. Garantizará con carácter indefinido las diferencias entre los conceptos retributivos de antigüedad (trienios), como consecuencia de la merma sufrida en la percepción de éstos derivada del proceso de funcionarización, así como, de la no percepción de los correspondientes a la paga extraordinaria del mes de septiembre que al día de la toma de posesión como funcionario público se tengan consolidados. Los trabajadores funcionarizados que provienen de las categorías profesionales de grupo III TESTOEM, Conductor mecánico, T.E. de laboratorio y T.E. de prevención, integrados en un puesto C1 NIVEL 20 y los Técnicos Superiores de Apoyo a la Docencia y la Investigación que provienen de Grupo I, integrados en un puesto A1 nivel 25, percibirán como complemento al puesto por el requerimiento de conocimientos específicos, una cantidad fija de 900 anuales. Este complemento, como los anteriores será objeto de revisión y actualización periódica. Aquellos trabajadores, que reciban con carácter mensual, periódico y fijo algún tipo de complemento personal, se le garantizará su cuantía y su devengo en las mismas condiciones que lo venían percibiendo como personal laboral, dejándolo de percibir en el momento que cambie de puesto de trabajo. Los Complementos Personales se actualizarán anualmente, mientras que éstos existan, con los incrementos retributivos establecidos al efecto para el personal de las administraciones públicas y en especial los establecidos para las Universidades Públicas Andaluzas. TERCERO: INTEGRACIÓN EN LAS ESCALAS DE FUNCIONARIOS. A. Integración del grupo IV. El personal laboral de GRUPO IV que se funcionarice se integrará en la Escala Auxiliar Técnica, perteneciente al Grupo C2 y con un Nivel 15 de Complemento de Destino, el Complemento Específico será el mismo que le corresponda al mismo nivel de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Almería. Los puestos específicos que desempeñarán son: - Puesto Base de Mantenimiento. Se integrarán los Técnicos Auxiliares Servicio Técnico, Obras, Equipamiento y Mantenimiento. - Puesto Base de Actividades Deportivas. Se integrarán los Técnicos Auxiliares de Instalaciones Deportivas. - Puesto Base de Información. Se integrarán los Técnicos Auxiliares del Servicio de Conserjería y la Telefonista. - Puesto Base de Limpieza. (A extinguir). Se integrarán los Técnicos Auxiliares de Limpieza.

10 B. Integración del grupo III. El personal laboral del grupo III que se funcionarice se integrará en las siguientes Escalas: - Escala Técnica Administrativa de Biblioteca y Archivo (C1)). Se integrarán en ésta los grupos III, Técnicos Especialistas de Biblioteca, Archivo y Museos y los Encargados de Equipo adscritos a la Biblioteca y Archivo Los puestos específicos que podrán desempeñar son: o Puesto Base Técnico de Biblioteca y Archivo (Nivel 17 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Este puesto será el correspondiente para el acceso a la función pública para esta Escala. o Puesto Técnico de Biblioteca y Archivo (Nivel 20 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). o Gestor de Equipos (Nivel 23 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). - Escala Técnica Administrativa de Tecnologías de la Información y la Comunicación (C1). Se integrarán en ésta los grupos III, Técnicos Especialistas de Laboratorio destinados en el Servicio de Tecnologías de la Información y la Comunicación. Los puestos específicos que podrán desempeñar son: o Puesto Base Técnico de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Nivel 17 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). o Puesto Técnico de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Nivel 20 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Este puesto será el correspondiente para el acceso a la función pública para esta Escala. o Gestor de Equipos (Nivel 23 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). - Escala Técnica Administrativa de Apoyo a Docencia y la Investigación (C1). Se integrarán en ésta los grupos III, Técnicos Especialistas de Laboratorio destinados en los laboratorios y en el Servicio Técnico y Delineante. Los puestos específicos que podrán desempeñar son: o Puesto Base Técnico de Apoyo a la Docencia y la Investigación (Nivel 17 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). o Puesto Técnico de Apoyo a la Docencia y la Investigación (Nivel 20 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Este puesto será el correspondiente para el acceso a la función pública para esta Escala. o Gestor de Equipos (Nivel 23 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). (control y coordinación de grupo no inferior a cinco personas y excepción RPT). - Escala Técnica Administrativa de Mantenimiento y Equipamiento (C1). Se integrarán en ésta los grupos III, Técnicos Especialistas Servicios Técnicos, Obras, Equipamiento y Mantenimiento, Delineante y Encargados de Equipo adscritos a mantenimiento y equipamiento. Los puestos específicos que podrán desempeñar son: o Puesto Base Técnico de Mantenimiento y Equipamiento (Nivel 17 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). o Puesto Técnico de Mantenimiento y Equipamiento (Nivel 20 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Este puesto será el correspondiente para el acceso a la función pública para esta Escala. o Gestor de Equipos (Nivel 23 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa).

11 - Escala Técnica Administrativa (C1). Se integrarán en ésta los grupos III, Conductores Mecánicos, Técnico Especialista de Almacén, Intérprete/informador, Técnicos Especialistas de Deportes, Técnicos Especialistas en Prevención, Técnicos Especialistas de Telecomunicaciones, Técnicos Especialistas de Prensa e Información, Técnicos Especialistas y Encargados de Equipo adscritos a Conserjería, Limpieza y Seguridad. Los puestos específicos que podrán desempeñar son: Los puestos específicos que podrán desempeñar son: o o o o o o Puesto Base Técnico Administrativo (Nivel 17 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Puesto Base Técnico Conductor Mecánico (Nivel 17 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Puesto Base Técnico Información (Nivel 17 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Puesto Técnico Administración (Nivel 20 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Puesto Técnico Conductor Mecánico (Nivel 20 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). Gestor de Equipos (Nivel 23 y Complemento Específico igual al mismo nivel de la Escala Administrativa). C. Integración del grupo II. El personal laboral del grupo II que se funcionarice se integrará en las siguientes Escalas: - Escala Técnica de Gestión de Sistemas de Informática (A2). Se integrarán en ésta los T.G.M. de Apoyo a la Docencia y la Investigación adscritos al Servicio de Tecnologías de la Información y la Comunicación. Los puestos serán los definidos para el PAS funcionario. o Puestos Base (Nivel 20). o Gestor Informática (Nivel 23). o Administrador procesos (Nivel 25). o Responsable de Área (Nivel 27). - Escala de Gestión Administrativa (A2). Se integrarán en ésta los grupos II, Técnicos de Grado Medio, TGM de Deportes, TGM de Actividades Culturales, TGM de Prevención de Riesgos Laborales y Trabajador Social. Los puestos serán los definidos para el PAS funcionario. o Gestor II (Nivel 20). o Gestor Administración (Nivel 23). o Administrador procesos (Nivel 25). o Responsable de Área (Nivel 27). D. Integración del grupo I. El personal laboral del grupo I que se funcionarice se integrará en las siguientes Escalas: - Escala Técnica de Apoyo a la Docencia e Investigación (A1). Se integrarán en ésta los Titulados Superiores de Apoyo a la Docencia y la Investigación. o Puesto Base (Nivel 22). o Responsable de Procesos (Nivel 25). Este puesto será el correspondiente para el acceso a la función pública para esta Escala. o Responsable de Área (Nivel 27).

12 CUARTO: FUNCIONES. Las funciones del personal funcionarizado son las que se describen en los Acuerdos de Homologación teniendo en cuenta las competencias para los puestos tipo y las funciones por cada una de las competencias descritas. La Gerencia y la Junta de Personal acordará antes de fin de 2008 un catálogo de funciones, que incluirá las descripciones precisas de las tareas, funciones y niveles de responsabilidad de los distintos puestos de trabajo contemplados en la RPT. No obstante, las funciones para cada una de las escalas del grupo C1 anteriormente citadas serán, entre otras: Escala Auxiliar Técnica: - Auxiliar de mantenimiento y reparación de instalaciones y dependencias. - Vigilancia y control de edificios y dependencias, distribución de correo y atención e información al público. - Auxiliar de realización de comunicaciones telefónicas y control de los sistemas de de comunicaciones telefónicas. - Control del uso y el funcionamiento de las instalaciones deportivas y material deportivo. Escala Técnica Administrativa de Biblioteca y Archivo: - Ordenación, conservación, préstamo y archivo de fondos bibliográficos y documentales, así como de información al usuario. - Coordinación y organización de equipos de trabajo cuyas funciones sean las anteriormente especificadas. Escala Técnica Administrativa de Tecnologías de la Información y la Comunicación: - Aplicación de las nuevas tecnologías y reparación de material informático. - Instalación y aplicación de software y mantenimiento de equipos informáticos. - Organización, control y producción de montajes audiovisuales. - Coordinación y organización de equipos de trabajo cuyas funciones sean las anteriormente especificadas. Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y la Investigación: - Apoyo para la realización de técnicas de experimentación de campo, apoyo a los procesos analíticos y específicos de laboratorio. - Trazado de planos. - Manejo de herramientas y aparatos que sean precisos para la docencia y la investigación. Escala Técnica Administrativa de Mantenimiento y Equipamiento: - Mantenimiento y reparación de instalaciones y dependencias. - Trazado de planos. - Coordinación y organización de equipos de trabajo cuyas funciones sean las anteriormente especificadas. Escala Técnica Administrativa: - Vigilancia y control de edificios y dependencias, distribución de correo y atención e información al público. - Conducción de vehículos y mantenimiento y reparación de los mismos. - Organización, control y supervisión del funcionamiento del almacén. - Utilización de los sistemas de comunicaciones telefónicas y de la explotación de los datos derivados de los mismos.

13 - Control del uso y el funcionamiento de las instalaciones deportivas y material deportivo. - Ejecución, control y evaluación de las actividades físico-deportivas. - Atención al público a los cursos de extranjeros o a los alumnos extranjeros en los centros o unidades correspondientes y traducción del material que se le encomiende. - Relación con los medios de comunicación, distribución de publicaciones y recogida de extractos de prensa. - Coordinación y organización de equipos de trabajo cuyas funciones sean las anteriormente especificadas. QUINTO: PROMOCIÓN Y CARRERA PROFESIONAL. El artículo 14 Derechos del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su apartado c, el derecho del trabajador a la progresión en la carrera profesional y promoción interna, regulada con posterioridad en el Capítulo II del Título III. De acuerdo con lo previsto en dicho Estatuto, la Universidad garantizará en el periodo , la Promoción Interna y la Carrera horizontal de los trabajadores que se funcionaricen y que son personal laboral fijo al día de la fecha de la firma del presente ACUERDO con arreglo a las siguientes tablas: PROMOCIÓN INTERNA: De grupo C2 Nivel 15 a grupo C1 Nivel 17 AÑO 2008 AÑO 2009 AÑO % 33 % 17 % El periodo que medie entre las promociones del año 2008 y 2009 no será superior a tres meses. La promoción del año 2010 se realizará en el primer semestre del año. CARRERA PROFESIONAL AÑO % plazas de C1 17 a C1 20. Correspondientes a las categorías profesionales de: Delineante, intérprete, T.E. de prensa e información, T.E. de almacén, T.E. de biblioteca, T.E. de deportes, T.E. Telecomunicaciones y T. Especialista. 100% plazas de A2 20 a A2 23. Correspondientes a las categorías profesionales de: T.G.M. de actividades culturales, Trabajador social, T.G.M. de deportes y T.G. medio. 100% plazas de A2 23 a A2 25. Correspondientes a las categorías profesionales de: T.G.M. de apoyo a la docencia y la investigación y T.G.M. de prevención. 36% plazas de C1 20 a C1 23. Correspondientes a cuatro plazas de encargado de equipo. AÑO % plazas C1 20 con complemento al puesto. 100% plazas A1 25 con complemento al puesto. 64% plazas de las plazas C1 20 a C1 23. Correspondientes a siete plazas de encargado de equipo. SEXTO: ESTABILIZACIÓN. Al personal de la lista de sustituciones y vacantes de limpieza, según Convocatoria de Resolución 27 de diciembre de 2000, se le garantizará la contratación fija y la posterior funcionarización a puestos tipificados C2 Nivel 15 en la Escala Auxiliar Técnica. Dicho personal no podrá promocionar en el periodo , pudiéndolo realizar a partir de esa fecha.

14 SÉPTIMO: PRUEBAS. Las pruebas de funcionarización se realizarán en el primer semestre del año 2008, comprometiéndose la Universidad de Almería a facilitar el apoyo formativo necesario a todo el personal. El temario será facilitado por la Universidad. Los procesos selectivos serán convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente, en los que solamente podrán participar el personal laboral fijo de la Universidad de Almería para aquellos Cuerpos y Escalas creadas y siempre que se posea la titulación necesaria y se reúnan los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo. OCTAVO: PERSONAL NO FUNCIONARIZADO El Personal de Administración y Servicios que no opte por la funcionarización permanecerá en su puesto de trabajo como personal laboral a extinguir, y adscrito a la RPT DE PERSONAL FUNCIONARIO. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Se procederá a la externalización del Servicio de Limpieza, de acuerdo con el pliego de condiciones elaborado por la Universidad de Almería. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Se optimizarán los Recursos Humanos del Servicio de Conserjería, garantizando el turno de trabajo y de Acuerdo con la siguiente tabla, que refleja la situación a fecha de firma del presente Acuerdo. DOTACIÓN DEPENDENCIAS/EDIFICIOS MAÑANA TARDE Rectorado y Órganos de Gobierno 2 1 Edificio Central 3 2 Escuela Politécnica Superior 1 1 CITE I (Químicas) 1 1 CITE II (Ingenieros) 2 2 CITE III (Matemáticas e Informática) 1 1 Depart. A 1 1 Depart. B 1 1 Depart. C 2 1 Depart. D 1 1 Biblioteca 2 1 CAE 1 1 Aulario I 2 2 Aulario II 2 2 Aulario III 2 2 Aulario IV 2 2

15 CITE IV 1 1 Correturnos 9 6 TOTAL: Los mecanismos para la aplicación de la presente tabla serán los establecidos según la DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA y FINAL de este documento. Concluido el proceso de funcionarización, aquellos funcionarios que se queden sin puesto de trabajo según la tabla anterior, quedaran adscritos provisionalmente a la gerencia, estableciéndose los procesos necesarios para la reubicación de este personal a otros puestos vacantes en la R.P.T. en función de las habilitaciones que estos trabajadores posean y respetando los turnos de trabajo. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Se fomentará por parte de la Universidad de Almería la jubilación parcial de aquellos trabajadores laborales fijos que al día de la fecha tengan cumplidos más de 60 años mediante CONTRATOS DE RELEVO, al amparo de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, por el que se regulan la figura de la jubilación parcial. Los contratos derivados de la jubilación parcial se realizarán con la lista para cubrir sustituciones y vacantes de Técnico Auxiliar de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Jardines), según Convocatoria de Resolución de 11 de julio de DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Se confeccionaran una lista de interinos para cada una de las Escalas de Grupo C2. Auxiliar Administrativo: Ampliación de vigencia de la lista actualmente vigente con carácter indefinido. Auxiliar Técnica: Confeccionada con la lista para cubrir sustituciones y vacantes de Técnico Auxiliar de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Jardines), según Convocatoria de Resolución de 11 de julio de DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. El presente Acuerdo estará supeditado al cumplimiento de los pactos y acuerdos firmados por esta Universidad con la Junta de Andalucía y en especial al Convenio de Saneamiento de la Situación Financiera de 3 de julio de DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. El acceso a la función pública de personal laboral objeto de este acuerdo y la provisión del mismo (promoción y carrera profesional), tal como se establece en la cláusula quinta, será negociado y acordado con los representantes de los trabajadores. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEPTIMA. En caso de revisión de los acuerdos de homologación, y que estos lo permitan, se garantizará que las retribuciones por complemento al puesto se adecuarán como intervalo propio o nivel. DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA.

16 En el caso de adecuación por disminución de capacidad, el trabajador percibirá las retribuciones del nuevo puesto que tenga asignado, salvo que fuesen inferiores al que venía percibiendo en su puesto de origen, en cuyo caso, seguirá percibiendo las de éste, incluidas las retribuciones del Complemento Personal No Absorbible Revisable y del Complemento al puesto a las que hace referencia la cláusula segunda de este ACUERDO. El resto de complementos personales serán en todo caso los del nuevo puesto de trabajo. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. La Universidad de Almería no publicará Oferta de Empleo Público en el periodo , salvo que la Gerencia estime lo contrario. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Se constituye la Comisión Paritaria de Interpretación, Vigilancia y Aplicación del presente Acuerdo. La Comisión estará compuesta por 5 representantes de los trabajadores designados por el Consejo del P.A.S. de entre sus miembros y 5 por la Administración universitaria nombrados por la Gerencia. Se reunirá con carácter ordinario una vez cada seis meses y de forma extraordinaria cuando lo manifieste alguna de las partes, que lo comunicará a la otra con una antelación de al menos 5 días hábiles, con manifestación expresa de las causas que la motivan. Concluido el proceso de funcionarización establecido en el presente Acuerdo, la Comisión se disolverá. DISPOSICIÓN FINAL. El proceso de funcionarización recogido en este Acuerdo, estará supeditado, y no comenzará a ejecutarse hasta la aprobación de la RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PAS FUNCIONARIO DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, que será negociada y acordada, con los representantes de los trabajadores, momento en que se hará fijo al personal de la lista de limpieza del año 2000.

17 ANEXO II (Modificación del ACoFu de fecha 9 de mayo de 2008) Se modifica el punto TERCERO C DEL ACUERDO DE CONDICIONES DE FUNCIONARIZACIÓN, quedando de la siguiente forma: C. Integración del grupo II. El personal laboral del grupo II que se funcionarice se integrará en las siguientes Escalas: - Escala Técnica de Gestión de Sistemas de Informática (A2). Se integrarán en ésta los T.G.M. de Apoyo a la Docencia y la Investigación adscritos al Servicio de Tecnologías de la Información y la Comunicación. Los puestos serán los definidos para el PAS funcionario. o Puestos Base (Nivel 20). o Gestor Informática (Nivel 23). o Administrador procesos (Nivel 25). o Responsable de Área (Nivel 27). - Escala de Técnica de Gestión (A2). Se integrarán en ésta los grupos II, Técnicos de Grado Medio, TGM de Deportes, TGM de Actividades Culturales, TGM de Prevención de Riesgos Laborales y Trabajador Social. Los puestos serán los definidos para el PAS funcionario. o Gestor II (Nivel 20). o Gestor Administración (Nivel 23). o Administrador procesos (Nivel 25). o Responsable de Área (Nivel 27). Se modifica, igualmente el Documento de Condiciones de Funcionarización para añadir en su punto CUARTO, las funciones de la nueva escala, quedaría: Escala Técnica de Gestión: - Desempeñar en el ámbito de los Servicios en los que estén destinados, puestos de trabajo que comporta responsabilidad directa en el ejercicio de las funciones de colaboración, ejecución, control y coordinación para aquellas otras para las que están facultados, en virtud del título que es requerido para ello. - Desempeñar en el ámbito de la Administración Universitaria, funciones de responsabilidad de información, valoración, orientación y gestión de demandas y problemática sociales para las que está facultado en virtud del título requerido para ello.

18 DISTRIBUCIÓN RRHH SERVICIO DE CONSERJERÍA DOTACIÓN DEPENDENCIAS/EDIFICIOS MAÑANA TARDE Rectorado y Órganos de Gobierno 2 1 Edificio Central 3 2 Escuela Politécnica Superior 2 1 CITE I (Químicas) 2 2 CITE II (Ingenieros) 2 2 CITE III (Matemáticas e Informática) 2 2 Depart. A 2 2 Depart. B 2 2 Depart. C 2 2 Depart. D 3 2 Biblioteca 2 1 CAE 2 1 Aulario I 2 2 Aulario II 2 2 Aulario III 2 2 Aulario IV 2 2 CITE IV 2 1 TOTAL: 36 29

19 ANEXO III: Módulo Legislativo TODO EL PAS LABORAL TEMA 1º. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. TEMA 2º. Derechos de los empleados públicos. TEMA 3º. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta. TEMA 4º. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. TEMA 5º. Ordenación de la actividad profesional: Estructuración del empleo público. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. TEMA 6º. Situaciones administrativas. TEMA 7º. De los Órganos de las Administraciones Públicas: Principios generales y competencia. Órganos colegiados. Abstención y recusación. TEMA 8º. De los Interesados. TEMA 9º. De la actividad de las Administraciones Públicas. TEMA 10º. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. AMPLIACIÓN GRUPOS I y II TEMA 11º. Ordenación de la actividad profesional: Planificación de Recursos Humanos. TEMA 12º. Régimen disciplinario. TEMA 13º. Cooperación entre las administraciones públicas. TEMA 14º. De las administraciones públicas y sus relaciones. TEMA 15º. De las disposiciones y los actos administrativos. TEMA 16º. De las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos. TEMA 17º. De la revisión de os actos en vía administrativa. TEMA 18º. De la potestad sancionadora.

20 ANEXO IV: Módulo Ofimático 1. WORD nivel usuario. Introducción Administración de documentos Tareas de Edición de texto Opciones de impresión Formato de carácter Formato de párrafos Bordes y Sombreados Listas y Viñetas Ortografía y gramática Estilos Plantillas Columnas y tablas Cartas y Correspondencia Manejo de Gráficos 2. ACCESS nivel usuario. Definiciones básicas Determinar los campos para una base de datos Crear, abrir y cerrar Bases de Datos Tablas Modificar las opciones de los campos Crear consultas básicas 3. EXCEL nivel usuario. El Entorno de Excel Crear, abrir y guardar documentos Formato de celdas, filas y columnas Inserción y edición de datos en las celdas Corrección ortográfica Operaciones de impresión Insertar fórmulas en Excel Trabajar con funciones Insertar hojas de cálculo Crear gráficos a partir de la información Ordenar, validar y filtrar datos

21 ANEXO V. Hoja de Ruta Fecha Órgano Acción 5 de mayo PASL que lo solicitó Inicio Módulo Ofimático 9 de mayo 10:00 Comité de Empresa Aprobación Documento Procesos Informe sobre nueva Escala Técnica de Gestión 11:00 Junta de Personal Aprobación Documento Procesos Informe sobre nueva Escala Técnica de Gestión 19 de mayo PASL Inicio Módulo Legislativo 30 de mayo 10:00 Comité de Empresa Aprobación de la RPT 11:00 Junta de Personal Aprobación de la RPT Convocatoria Concurso provisión de puestos de trabajo para PASF 2 de junio PASL Inicio Módulo Legislativo (bis) 3 de junio 10:00 Consejo de Gobierno Aprobación de la RPT Aprobación de la Convocatoria de Funcionarización del PASL 11:00 Gerencia BOE extraordinario Convocatoria de Funcionarización 6 de junio 21:00 PASL Fin Módulo legislativo 24 de junio PASL que lo solicitó Fin Módulo Ofimático 26 de junio 9:00 PASL Oposición para la funcionarización 21 de julio Gerencia Selección 53 nuevos funcionarios para tareas administrativas 24 de julio Junta de Personal Adscripción Temporal de los 53 nuevos funcionarios para tareas administrativas 1 de septiembre 9:00 Gerencia Destino temporal de los 53 nuevos funcionarios en tareas administrativas 15 de septiembre Comité de Empresa Acuerdo de contenidos de los Módulos de Formación Específicos 1 de octubre Gerencia Inicio Módulos de Formación Específicos 3 de noviembre Gerencia Primera promoción interna C2 a C1 2 de febrero Gerencia Segunda promoción interna C2 a C1 BOE extraordinario Convocatoria de Habilitación 26 de febrero PAS Oposición para la habilitación

22 ANEXO VI. Convocatoria de Funcionarización RESOLUCION de xx de xxxxxxx de 2008, de la Universidad de Almería, por la que se convocan DOSCIENTAS CINCUENTA Y TRES PLAZAS por concurso-oposición a los diferentes cuerpos y escalas propias de la Universidad de Almería mediante proceso selectivo de promoción interna para el personal laboral fijo de esta Universidad.

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