Reglamento de la Mesa de Turismo de la Región 12 Centro
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- Ricardo Gallego Aranda
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1 SECRETARIA TECNICA DE PLANIFICACION Y COOPERACION EXTERNA SEPLAN DIRECCION GENERAL DE COORDINACION REGIONAL UNIDAD TECNICA PERMANENTE REGIONAL REGION 12 CENTRO Reglamento de la Mesa de Turismo de la Región 12 Centro TEGUCIGALPA MC, 07 de abril de
2 CAPITULO I CREACION, DENOMINACION SOCIAL, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION ARTICULO 1. Se constituye la Mesa de Turismo de la Región 12 Centro, como espacio de diálogo a través de la cual se busca generar consenso entre el Gobierno Central, los Gobiernos Municipales, la Sociedad Civil, la Cooperación Internacional y todos los Actores Clave de la Región 12 Centro, con el fin de identificar problemas comunes, potencialidades, estimular equipos de trabajo que faciliten el intercambio de información y experiencias para la toma de decisiones en materia de turismo y temas que la relacionan a otros sectores, para apoyar distintos procesos de desarrollo en la región fundamentalmente participativos coherentes con la demanda de la sociedad civil y que obedecen a las prioridades establecidas en materia de desarrollo integral y planificación regional/territorial. ARTICULO 2. La Mesa de Turismo, tiene como objetivos: GENERAL a. Fortalecer el seguimiento y diálogo entre el Gobierno Central, Gobiernos Locales, la Sociedad Civil y la Comunidad de Cooperantes presentes en la Región sobre temas sectoriales de corto, mediano y largo plazo, identificando las iniciativas y propuestas de proyectos, para elevarlas a la Asamblea del Consejo Regional de Desarrollo, quien las analiza, define, prioriza y luego las traslada para su aprobación al Consejo del Plan Nación y que a la vez sean incorporadas al Presupuesto General de la Republica. b. Fortalecer las capacidades de los actores locales para la gestión de fondos, atracción de la inversión y la ejecución de proyectos, incluida la promoción de Honduras como destino turístico, producto de la visión de común de la región, con el propósito de incidir en las políticas públicas para potenciar las fuentes de riqueza del territorio a partir de los capitales tangibles e intangibles que dispone la región. ESPECÍFICOS a) Servir de instancia de coordinación con la cooperación internacional, los Gobiernos Municipales y la sociedad civil, con base en políticas y lineamientos establecidos en la Visión de País y Plan de Nación. b) Armonizar la Estrategia Nacional de Turismo con la Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Región 12 Centro en la misma materia, basada en los esfuerzos ya realizados, que contengan programas y proyectos realistas y viables, sin obviar los estudios y diagnósticos de la región en esta materia, que permita el desarrollo de la región aparejado la misma a los esfuerzos que se hacen en el nivel nacional y de acuerdo al flujo internacional del sector. c) Educar en materia turística y divulgar estos esfuerzos. d) Identificar las necesidades y potencialidades relacionadas a las iniciativas, programas y proyectos regionales a corto, mediano y largo plazo. e) Sistematizar y comunicar los esfuerzos, estudios y experiencias exitosas que fomenten el desarrollo de la región. f) Coadyuvar en la identificación de problemas y soluciones sobre temas urgentes y de alta prioridad a nivel de la Región. 2
3 g) Propiciar una visión conjunta de la Región, que permita la identificación de prioridades, señalando la necesidad de los recursos en función de las mismas. h) Contribuir a institucionalizar la Visión de País y Plan de Nación como sistema permanente de participación ciudadana y diálogo en la Región. i) Optimizar la ejecución de proyectos, fortaleciendo el seguimiento y la evaluación de los mismos. j) Establecer y mantener un enlace permanente con los otros sectores y mesas temáticas para el beneficio del sector turismo en la región. k) Fomentar el empleo sostenible, con la participación de los sectores tradicionalmente excluidos, impulsado por la Mesa Temática de Turismo de la Región. l) Coadyuvar esfuerzos para la promoción de Honduras como destino turístico. ARTICULO 3. La duración de la Mesa de Turismo de la Región 12 Centro será por tiempo indefinido. CAPITULO II ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ARTÍCULO 4.- La Mesa de Turismo de la Región 12 Centro estará adscrita al Consejo Regional de Desarrollo y su vinculación será a través de la Coordinación de la Mesa, quien la convocará para informar y retroalimentar sobre sus actividades. CAPITULO III DE LA MESA SECTORIAL DE TURISMO DE LA REGION 12 CENTRO ARTÍCULO 5.- Con la coordinación de la Unidad Técnica Permanente Regional que es el brazo técnico del Consejo Regional de Desarrollo, se conformará la Mesa Sectorial de Turismo que servirá a la Región. Tendrán las siguientes funciones: a. Apoyar el seguimiento y la evaluación de programas y proyectos a nivel regional para el fortalecimiento del sector turístico como elemento propulsor de la economía de la región. b. Propiciar una visión integral de los sectores temáticos, orientada a la priorización, focalización y articulación de las iniciativas, programas y proyectos en la región. c. Fortalecer los espacios de consulta y diálogo en apoyo a la ejecución descentralizada de la gestión pública. d. Definir estrategias, mecanismos y planes de acción para apoyar el proceso conjunto del desarrollo. e. Desarrollar el estudio de los temas definidos en el plan de trabajo, dentro de las directrices y alcances establecidos en este Reglamento. f. Promover la creación de grupos de trabajo para el estudio y agilización de los temas asignados. g. Gestionar e implementar programas y proyectos en el tema turístico con la participación de la cooperación internacional. h. Fomentar el desarrollo y difusión de los resultados de la Mesa. 3
4 i. Las acciones y/o actividades de la Mesa deberán ser consensuadas con los actores en el tema mediante procedimientos que faciliten este proceso. j. Coordinar y establecer alianzas con otros sectores para fortalecer el sector turismo a través del principio de subsidiariedad. CONFORMACION DE LA MESA DE TURISMO DE LA REGION 12 CENTRO ARTÍCULO 6.- La Mesa Temática de Turismo estará integradas por los Representantes de todos los Actores Claves de la Región, los Gobiernos Municipales, la Sociedad Civil, las Organizaciones No Gubernamentales, los Organismos Internacionales de Cooperación, los Gremios profesionales, empresariales, campesinos, Universidades, mediana, pequeña y microempresa, red de mujeres, red de jóvenes, los sectores sociales de la economía, los consultores, entre otros. ARTÍCULO 7: Para su dirección y funcionamiento, la Mesa Temática de Turismo elegirá: a) Un(a) Coordinador(a) b) Un(a) Sub Coordinar(a) c) Un(a) Secretario(a) d) Comité técnicos Comité Legal Institucional Comité de Gestión de Proyectos Comité de Información y Comunicación e) Enlaces para las Mesas Temáticas/Sectoriales ARTÍCULO 8.- La elección de estos cargos deberá realizarse al momento de la conformación de la mesa y se efectuará por mayoría de votos de los integrantes presentes. ARTICULO 9.- El período de duración de la estructura organizativa de la Mesa será de un año podrá ser reelegible por un periodo adicional en todos los cargos. En caso de tres inasistencias consecutivas no justificadas correspondiente a cada cargo, automáticamente cesan sus funciones; por lo tanto se procederá a la reelección. Con respecto a los miembros de la Mesa Temática de Turismo, cada uno deberá de informar por su inasistencia, informarse sobre las decisiones y asumir las responsabilidades, en caso que se hubiera asignado en esa reunión. 4
5 DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS CARGOS DIRECTIVOS DE LA MESA SECTORIAL DE TURISMO ARTÍCULO 10.- Todos los cargos contemplados dentro de la Mesa Sectorial de Turismo son de carácter ad honorem. ARTÍCULO 11.- El/a Coordinador/a es la persona cuyo papel consiste en presidir, direccionar y asegurar el logro de los resultados de la mesa por lo que tendrá las siguientes funciones específicas: a. Identificar los actores que conformaran la mesa b. Proponer e invitar si es el caso un experto que de apoyo a la temática de la mesa c. Moderar las discusiones generadas en la mesa de trabajo d. Guiar a la mesa para la obtención de los objetivos propuestos e. Con la ayuda del Secretario y de las Comisiones coordinar el proceso de elaboración del Plan, cronograma y estrategia de trabajo. ARTICULO 12.- El(a) Subcoordinador(a), en ausencia del(a) Coordinador(a) asumirá sus funciones; sin embargo, independientemente de las funciones del(a) Coordinador deberá de apoyar de manera permanente relacionadas al buen funcionamiento de las Comisiones y Enlaces de la Mesa. ARTÍCULO 13.- El/a Secretario/a es la persona que realizará las labores de apoyo y soporte a la mesa, para el alcance de los objetivos de la misma por lo que tendrá las siguientes funciones específicas: a. Facilitar los documentos de discusión para los integrantes de la mesa b. Apoyar al líder de mesa para la coordinación c. Levantar las actas resultantes de las reuniones d. Documentar el proceso de desarrollo de la Mesa. e. Presentar junto al coordinador de la mesa las iniciativas generadas en la mesa de Turismo al CRD, Cooperantes y otros actores. ARTÍCULO 14.- De las Comisiones Técnicas: a. Comité Legal Institucional: Elabora el Reglamento de la Mesa de Turismo Revisa y dictamina sobre los marcos legales que inciden en materia de turismo a solicitud de la mesa. 5
6 b. Comité de Gestión de Proyectos: Identifica, formula, gestiona la búsqueda de recursos financieros, da seguimiento, evaluación y sistematiza las iniciativas y proyectos Caracteriza, coordina y establece la línea base de la Región 12 Centro (indicadores en el tema de turismo) que sirven para la gestión de proyectos c. Comité de Información y Comunicación: Identifica y sistematiza los proyectos en el tema de turismo de la Región 12 Centro con énfasis en los proyectos exitosos, surgidos de la iniciativa de esta mesa y de otros procesos y experiencias Genera las estadísticas sociales, empresariales y legales que sustentan los estudios solicitados por la Mesa y comités de trabajo Identifica las necesidades de capacitación relacionadas a las necesidades de la Mesa y convoca a los expertos en esta materia Representa a la Mesa frente a los medios de comunicación masivos en coordinación con la Coordinación de la Mesa Coordina cualquier estrategia de comunicación. Los comités técnicos funcionarán de forma permanente y sus miembros serán acreditados anualmente. ARTICULO 15.- Enlaces para las Mesas Temáticas/Sectoriales Con su debida acreditación, el/a Enlace de la Mesa de Turismo, representa e informa sobre los avances de esta Mesa a las demás mesas de la Región 12 Centro. Informa y retroalimenta a los miembros de la Mesa de Turismo de las actividades vinculantes de las demás mesas. Socializa las acciones y la priorización de proyectos de la Mesa, al tiempo que busca la alineación e involucramiento de los otros actores de las mesas sectoriales y/o temáticas para optimizar recursos. Identifica y establece alianzas estratégicas con las demás mesas/sectores PROGRAMA DE TRABAJO ARTÍCULO 16.- La Mesa Temática de Turismo orienta sus acciones con base en los siguientes resultados esperados: a) Empoderamiento de la Mesa por todos los actores involucrados. b) Desarrollo de capacidades locales y regionales. c) Planificación del trabajo. d) Calendarización de reuniones e) Informes de apoyo a las reuniones de Grupos Consultivos y de Comisiones de Trabajo 6
7 f) Recomendaciones para los niveles de decisión sobre soluciones a obstáculos y problemas en la ejecución de los programas del sector turismo. g) Información sectorial socializada sobre las acciones realizadas por las partes involucradas en las mesas h) Alianzas estratégicas. i) Memorias de los eventos de discusión sobre temas relacionados con el sector j) Informe Mensual sobre el funcionamiento de la Mesa y recomendaciones para su mejoramiento k) Fortalecer los espacios de consulta y dialogo en apoyo a la ejecución descentralizada de la gestión pública l) Difusión de los logros y avances de la Mesa en todos los niveles. ARTÍCULO 17.- El estudio y alcance de los temas a tratar en la Mesa Temática de Turismo se regirá por un programa estructurado de manera que permita una flexibilidad que dé respuesta permanente a las necesidades y/o prioridades temáticas identificadas en la Región. ARTÍCULO 18.- La Mesa se reunirá una vez al mes o a solicitud del/a Coordinador/a. En los casos que amerite, se podrán celebrar reuniones extraordinarias para tratar asuntos de relevancia. ARTÍCULO 19.- De cada reunión de la Mesa se elaborara una Ayuda Memoria y será remitida a la Junta Directiva del Consejo Regional de Desarrollo. En base a las Ayudas Memorias se prepararán informes mensuales de desempeño de la Mesa. Dichos informes mostrarán las actividades, logros y recomendaciones respectivas. ARTÍCULO 20.- Para cada sesión se levantará una lista de asistencia con los nombres de cada uno de los presentes y la institución que representa, de la cual quedará constancia en la ayuda memoria correspondiente. El Quórum será establecido con la presencia de la mitad más uno de los representantes; y bastará con una simple mayoría para aprobar consensos en la toma de decisiones. Se asegurará la participación equitativa de las partes. De no lograrse el quórum requerido, se tomarán las decisiones luego de una hora, con los asistentes, siempre y cuándo estén representados todos los diferentes sectores. ARTÍCULO 21.- Para fines operativos la mesa establecerá una zonificación regional de acuerdo a los intereses y necesidades de los actores regionales. ARTÍCULO 22.- Al menos una vez al año, se realizará una reunión general de todas las Mesas Sectoriales para hacer una revisión amplia de los avances; establecer limitantes y retos futuros; y formular recomendaciones sobre los temas a abordar. 7
8 CAPITULO IV DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 23.- Este Reglamento sólo podrá ser reformado total o parcialmente cuando así lo acordaren las dos terceras partes de los miembros presentes en La Mesa de Turismo. ARTÍCULO 24.- La vigencia de este borrador de Reglamento será de un año a partir de la conformación de las Mesas Temáticas y/o Sectoriales, de no haber ninguna reforma, el presente seguirá vigente. ARTICULO 25.- Todo lo no contemplado en este Reglamento será decidido por la Asamblea General del Consejo Regional de Desarrollo. ARTICULO 26.- El presente Reglamento fue aprobado por los miembros que conforman la Mesa de Turismo de la Región 12 Centro, celebrada en la ciudad de Tegucigalpa el día 02 del mes dejunio del año Coordinadora Mesa de Turismo Dina Núñez Azzed. Secretario de la Mesa de Turismo Josué Andrade 8
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