Sus derechos comienzan en casa: Protéjase en su trabajo como doméstica
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- María Dolores Herrero Lucero
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3 Sus derechos comienzan en casa: Protéjase en su trabajo como doméstica Copyright 2001 Asian American Legal Defense and Education Fund and National Employment Law Project All rights reserved Transaltion of this brochure into Spanish was provided by está en tus manos.
4 Chaumtoli Huq Naomi Zauderer y Amelia Toledo y Monika Batra Asian American Legal Defense National Employment and Education Fund Law Project 99 Hudson St., piso John Street, piso 7 New York, NY New York, NY Tel. (212) Tel. (212) Fax (212) Fax (212) El Asian American Legal Defense and Education Fund (AALDEF) (Fondo Asiático Américano de Defensa Legal y Educación), fundado en 1974, es la organización de derechos civiles más importante en Nueva York, cuyo objetivo es dar asistencia a las comunidades américano-asiáticas a través de litigación, abogacía y a la vez dar instrucción sobre temas relacionados como: derecho al voto, defensa frente a la violencia policial y hostigamiento racial, los derechos del inmigrante, los derechos de idioma y los derechos de los trabajadores. El National Employment Law Project (NELP)(Proyecto Legal de Empleo Nacional) aboga por los derechos de trabajadores de bajos ingresos, por los pobres y los desempleados. Su prioridad es asegurar que las leyes laborales cubran a todos los trabajadores y buscar que estas se extiendan para atender las necesidades del trabajador (y su familia) particularmente los que se encuentran en condiciones económicas inestables. NELP igualmente apoya la organización de trabajadores, promueve alianzas entre grupos existentes, y facilita las relaciones del trabajador con su empleo y sus beneficios. Agradeciemientos Este manual se ha hecho con información adquirida de varias organizaciones. Queremos agradecer a las siguientes entidades por haber compartido sus materiales con nosotros: Anolan, The Brooklyn Low-Income Taxpayer Clinic (Clínica para el Contribuyentre de Bajos Ingresos de Brooklyn), CAAAV's Women Workers Project (Proyecto de Mujeres Trabajadoras de CAAAV), Campaign for Migrant Domestic Workers Rights at the Institute for Policy Studies (Campaña Para Los Derechos de los Trabajadores Domésticos Inmigrantes del Instituto de Estudios de Política), Coalition for Humane Immigrant Rights of Los Angeles (Coalición por los Derechos Humanos de Inmigrantes de Los Angeles), Filipino Civil Rights Advocates-NY (Abogados de Derechos Civiles para Filipinos-NY), NOW Legal Defense and Education Fund (NOW Fondo de Defensa Legal y Educación) Shared Communities (Comunidades Compartidas), The Women's Law Project of the Legal Assistance Foundation of Chicago (Proyecto Legal de Mujeres de la Fundación de Asistencia Legal de Chicago), Women's Right to Work (Derecho de la Mujer al Trabajo), y Workers Awaaz (Trabajadores Awaaz). Adicionalmente, queremos agradecer a Andolan, CAAAV's Women Workers Project (Proyecto de las Trabajadoras de CAAAV), Filipino Civil Rights Advocates-NY (Abogados de Derechos Civiles para Filipinos-NY), y Workers Awaaz (Trabajadores Awaaz) por haber revisado este manual y darnos sus comentarios. El desarrollo y la publicación de este manual se ha hecho gracias a una beca especial de Asian American Federation (Federacion Asiática Américana) de Nueva York. Mayo 2001
5 CONTENIDO Introducción Guías para buscar empleo Entrevista con el empleador Lo que debe obtener por escrito Cómo me protejo durante las horas de empleo? Su primer día de pago Derechos de la trabajadora o el trabajador doméstico Temas de inmigración relacionados al empleo Después de que ha comenzado a trabajar, cómo responder a preguntas o declaraciones hechas por el empleador Qué hago si...? Apéndices A. Ejemplo de contrato de trabajo para trabajadores domésticos B. Ejemplo de carta de confirmación C. Leyes laborales, federales y estatales D. Recursos gubernamentales E. Recursos en su comunidad Organizaciones de base en su comunidad Ayuda legal y representación
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7 INTRODUCCIÓN El trabajador doméstico, hombre o mujer, generalmente trabaja solo, sin compañeros de trabajo que les den consejos sobre sus derechos. Muchos son inmigrantes con escasos conocimientos sobre las leyes de este país, muchos son indocumentados y viven con el temor de ser deportados. El objetivo de este manual es ayudar a los trabajadores domésticos a proteger sus derechos contemplados en las leyes laborales del Estado de Nueva York, asi como las regulaciones salariales de la ciudad de Nueva York y del área metopolitana. Aunque las leyes no cubran la totalidad de los derechos del trabajador, sí ofrecen protección a todos sin importar su condiciones migratorias. Aunque las leyes de algunos estados ofrecen más protección que otros, la información en este manual está basada en las leyes del Estado de Nueva York. No obstante las limitaciones de las leyes laborales, organizaciones de base en Nueva York y en otros estados han utilizado estrategias creativas e innovadoras para obtener mayor protección a los trabajadores domésticos. Haciendo respetar las leyes existentes y propiciando la organización para ampliar la protección podremos mejorar las condiciones laborales de todos los trabajadores domésticos. Las leyes que no se aplican sólo tienen un valor simbólico. El primer paso para empoderar a los trabajadores es educándolos sobre sus derechos. Este manual es parte de ese primer paso. PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 1
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9 GUÍAS PARA CONSEGUIR EMPLEO INTRODUCCIÓN Para conseguir empleo doméstico usted puede llamar a una agencia de empleos, responder a un aviso de periódico, o llamar a una persona que alguien le recomiende. Los siguientes párrafos describen los tipos de entrevistas y las cosas que usted debe tener en cuenta en relación con el empleo que busca. RESPONDIENDO A UN ANUNCIO DE PERIÓDICO Cuando usted llama al empleador es común que él o ella quiera concertar una cita para conocerle en lugar de hablar largo tiempo por teléfono. Cosas que debe recordar cuando está respondiendo a un anuncio: Recorte y guarde el anuncio. Informe a un familiar o amigo sobre la entrevista, en dónde es, cuando piensa ir, cuando estará de regreso. Si es posible trate que alguien le acompañe. Lleve papel y lápiz para tomar nota sobre lo que hablen. Si es el caso usted puede pedirle al empleador que le pague el costo del viaje ida y vuelta. AGENCIAS DE EMPLEO Las agencias de empleo tienen listados de gentes que buscan ayuda doméstica. La agencia cobra una comisión al empleador si obtiene el empleo para el trabajador. Si usted va a usar una agencia busque una que no le cobre dinero a usted. Si la agencia le cobra asegúrese que el monto no sea más de lo permitido por la ley. (Lea "Leyes laborales, estatales y federales"). Cosas que debe llevar a la entrevista: Cuaderno y lapiz para anotar lo que la agencia le promete y le dice. Copia de un contrato modelo o de las guías para conseguir empleo (Vea el apéndice) PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 3
10 La agencia puede pedirle una fotografía y documentos que demuestren que usted tiene permiso para trabajar. Si la agencia insiste en ver los documentos, usted puede escoger cuáles documentos mostrar: pasaporte, tarjeta de seguro social, certificado de nacimiento nacional o extranjero, tarjeta de residente, tarjeta de residencia temporal, documento de viaje de refugiados. Solo presente fotocopias. Lo que usted debe solicitar a la agencia: Alguien de la agencia la acompañará a la entrevista? La agencia pagará el costo del transporte? La agencia se informará que clase de empleador esta buscando ayuda doméstica? Esto es importante para asegurarle a usted que se trata de un hogar seguro y de personas respetuosas. La agencia tendrá un acuerdo de servicio con el empleador? Pida que se lo muestren. Tiene la agencia información sobre las razones que tuvieron los trabajadores anteriores para dejar el empleo que le estan ofreciendo? La agencia le exije firmar contrato? Asegurese a qué se compromete antes de firmar el contrato. Pidaselo para consultarlo con alguien antes de firmarlo. A quién le llega el pago por su trabajo? A la agencia o a usted? Cuánto tiempo tiene usted que permanecer en ese empleo para que la agencia reciba su comisión completa? Se encargará la agencia de informar al empleador acerca de su obligación de pagar a su nombre el seguro social, la compensación de trabajo, y el seguro de desempleo? Qué sistema tiene la agencia para recibir las quejas del trabajador en caso de trato abusivo, de no pago sobretiempo, de negar el día de descanso? En caso de su retiro de ese empleo la agencia le ayudará a encontrar otro? 4 SUS DERECHOS COMIENZAN EN CASA
11 Tenga cuidado con agencias que: No le permiten llevarse el contrato para consultarlo, que no le den tiempo de leerlo! Exigen en recibir el dinero directamente del empleador y luego pagarle a usted su salario! Exigen que la entrege su pasaporte u otros documentos originales! Le cobran a usted por encontrarle empleo! No se informan sobre sus capacidades de trabajo antes de enviarlo a la entrevista! PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 5
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13 LA ENTREVISTA CON EL EMPLEADOR El trato que usted reciba en la entrevista le dara una idea sobre la clase de empleador y el trato que usted posiblemente recibirá. Es importante dejar muy claro con el empleador cuales son sus obligaciones respecto al empleo que le esta ofreciendo y las condiciones de trabajo. Tome nota por escrito sobre lo que acuerden y comentelo con familiares o amigos. Preguntas que usted puede hacerle al empleador Cuáles son mis responsabilidades? Tengo que cuidar a los niños y limpiar la casa? O debe sólo cuidar a los niños? O sólo tengo oficios de limpieza? Si le dicen que debe hacer una limpieza leve, pida que le den detalles (especialmente si usted va a vivir en el hogar y si las responsabilidades están vagamente definidas). La mayor claridad evitará que le aumenten sus responsabilidades. Cuánta gente vive en la casa? Tienen animales domésticos y son estos mi responsabilidad? Tienen planes de tener familiares o huéspedes viviendo en casa. Si tienen más hijos recibiré mayor sueldo? Si tiene planes de tener huéspedes en la casa cuánto dinero más me pagarán? Cuántas residencias tienen? Cuántos empleados tienen en casa y cuáles son sus responsabilidades? Tengo que ir con el empleador si va de viaje? Si no voy, recibiré mi salario mientras que está de viaje? Soy yo la primera persona que hace este trabajo en su casa? Por qué razón se fue su última empleada doméstica? Cuánto tiempo trabajó para usted? Tendré días de descanso regularmente? A qué hora comienza mi día de trabajo y a qué hora termina? Cómo cenaré yo? Puedo traer mi almuerzo? Paga usted sobretiempo después de 8 horas de trabajo? Con cuánta anticipación avisará usted que necesitará sobretiempo? PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 7
14 Paga usted días inhábiles? Si ese es el caso, puedo estar segura de que si pido un día inhábil no se me negará indebidamente? Cuántos días de vacaciones tendré con salario? Al cabo de cuánto tiempo se me aumentará el sueldo? Paga usted los costos de mi transporte? Si trabajo tarde, pagará usted el taxi para llevarme a casa? Paga usted el seguro para compensacíon laboral? Si usted va a vivir en el sitio de empleo: Dónde dormiré yo? Tiene calefacción? Dormiré en la misma recámara que el niño o la niña? Dónde tomaré mis comidas? Hay un presupuesto para mis comidas? Hay algún límite a mi acceso al teléfono o al correo? Con cuánta anticipación me notificará usted si no necesita más de mis servicios? Señales peligrosas El empleador no deja que venga acompañado a la entrevista por una amiga o amigo! El empleador evade sus preguntas! El empleador va agregando responsabilidades a medida que se desarrolla la entrevista! El empleador comenta sobre su dominio del idioma inglés! El empleador se niega a comprometerse inmediatamente a sus requisitos/demandas! El empleador hace comentarios sexistas o racistas! El empleador le pide que firme algún documento en el cual le compromete su derecho a recibir el salario mínimo estipulado por la ley o el de pagarle sobretiempo. El empleador requiere que usted trabaje más de 40 horas a la semana (si usted vive fuera) ó más de 44 horas por semana (si usted vive en su hogar) antes de pagarle sobretiempo! El empleador le dice que no le pagará la primera o segunda semana de trabajo porque usted está en entrenamiento! Es ilegal no pagar esas semanas de entrenamiento! 8 SUS DERECHOS COMIENZAN EN CASA
15 El empleador pide ver su pasaporte o tarjeta de residente! Si el empleador pide que usted le muestre si tiene permiso para trabajar, usted puede elegir cuáles papeles quiere mostrarle. Cosas que el empleador podría preguntar o decir durante la entrevista Preguntas Personales Qué edad tiene usted? Esta casada? Tiene novio? Dónde está su familia? Tiene hijos? Planea tener hijos pronto? De dónde es usted? Tiene usted discapacidades o algún problema de salud? Sabe leer inglés? Se siente cómoda contestando el teléfono? Cuánto tiempo lleva en este país? La mayor parte de estas preguntas son ilegales. A veces el empleador hace estas preguntas para concerle. A veces el empleador puede usar estas preguntas para tratar de discriminarle. Si usted no quiere responder alguna pregunta simplemente puede preguntarle al empleador si ella tiene algo que ver con los requisitos del trabajo. Autorización para trabajar Es usted ciudadana o tiene tarjeta de residente? Muéstreme por favor. Es importante tener en mente que usted tiene el derecho a no contestar y de poder hablar con un abogado si alguien le pide sus papeles de inmigración. Usted sólo está obligada a mostrar que tiene permiso de trabjar. Nunca tiene usted que entregarle a nadie sus documentos originales. Con una copia basta. PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 9
16 Temas sobre el pago Le pagaré en efectivo. Esto tiene sus desventajas. Este modo de pago hace muy fácil que el empleador no page compensación laboral, seguro de desempleo, o seguro social. Esto implica que será muy difícil para usted poder comprobar que usted sería elegible para aprovechar de estos beneficios. (Los beneficios de la compensación laboral son accesibles a todo trabajador sin importar su estado de inmigración. Para recibir los beneficios de desempleo o de seguro social usted necesita tener permiso para trabajar.) Cuando el empleador le paga con cheque, se crea un registro de pagos para usted que puede ser importante si llega a surgir algún problema en relación a su pago. No importa cómo usted recibe su pago, en la mayor parte de los casos usted tiene la obligación de pagar impuestos si su ingreso anual es más de $7.050.* Si usted no tiene permiso para trabajar, usted puede pagar sus impuestos consiguiendo un "número de identidad individual de pago de impuestos" (Individual Taxpayer Identification Number - ITIN). Esto establece un historial de su trabajo el cual puede serle útil en el futuro para conseguir su residencia permanente.** * Por ejemplo, si usted es soltera, residente de la ciudad de Nueva York, sin hijos en el año 2000, y su sueldo anual fue $20,000, la probabilidad es que usted deba $1,924 en impuestos federles, $490 en impuestos estatales, y $337 en impuestos a la cuidad. Además, si usted está empleada, el empleador automaticamente debe restar de su cheque impuestos de Medicare y del seguro social (7.65% de su ingreso). Si usted trabaja independientemente (self-employed), estos impuestos representan el 15.3% de sus ingresos. ** Para aplicar por el ITIN usted debe llenar el formulario W-7 del IRS (Internal Revenue Service) "Application for IRS Individual Taxpayer Number". Para obtener ese formulario, usted puede llamar al TAX FORM, ir a la oficina más cercana del IRS, acudir al Consulado de los Estados Unidos en su país de origen o donde se encuentre usted, o usar la página de Web de la IRS: Este formulario debe ser enviado a la IRS con papeles de identidad. 10 SUS DERECHOS COMIENZAN EN CASA
17 El pago aqui es X Puede ser útil comparar el sueldo que se le ofrece con el de otras personas que están haciendo el mismo tipo de trabajo. El siguiente cuadro es un listado de salarios comunes para la clase de trabajo desempeñado. Su trabajo probablemente vale más de lo que señalan estos salarios. Si se siente segura de sí misma, usted puede pedir que le pagen más. Promedio de salarios para trabajo doméstico de acuerdo a la descripción de las responsabilidades Descripción del trabajo Niñera para un/a hijo/a (sin limpieza) Limpieza (solamente) Niñera para un hijo + limpieza liviana Niñera para dos niños Niñera para mellizos Niñera para dos niños + limpieza liviana Niñera para tres niños Niñera para tres niños + limpieza liviana Promedio de salario semanal $450 ó $11/hora $480 ó $12/hora $560 ó $14/hora $600 ó $15/hora $640 ó $16/hora $680 ó $17/hora $680 ó $17/hora $720 ó $18/hora Tome nota: Estos salarios representan un promedio por 40 horas de trabajo por semana (8 horas al día, 5 días a la semana). Están basados en una encuesta hecha por Women's Workers Project de CAAAV (vea Recursos en la Comunidad en el apéndice). No deben considerarse como el máximo posible. Acuérdese también que por cada hora de trabajo que exceda las 40 horas, usted debe recibir tiempo y medio. También recuerde que todo trabajo que requiere cuidar a más de un/a niño/a o cuidar a un niño y hacer limpieza es un trabajo bastante duro, esencialmente pide que una empleada haga el trabajo de dos. PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 11
18 This contract is made between (the employer) and (the employee) on, and has the following terms: 1. The employee shall be employed for a minimum of one year commencing on and ending on. 2. The employee shall work at employer s residence at 3. The employee (shall, shall not) reside at the employer s residence. State below the number of persons to be served on a regular basis: adult minors (between 5-18) minors (below expecting babies. persons requiring constant care attention. 4. Description of persons requiring constant attention: 5. If hired as a full-time babysitter or nanny, responsibilities include and are limited to: a) Taking care of baby/child; b) Giving baths; c) Feeding breakfast, lunch and dinner; d) Helping to clean up after the child; e) Keeping child/baby s play area tidy; f) Arranging play-dates and any other activities; 6. If hired as a full-time housekeeper, responsibilities include and are limited to: 7. The normal work day shall be eight hours per day. Employee shall be compensated time and a half for every hour worked exceeding eight hours. 8. The employee shall not take up, and shall not be required by the employer to take up any other employment with any other person. 9. Employer shall pay employee per week, not including overtime. 10. Employee shall receive her/his weekly wages every (specify day of week). 11. Employer shall pay a penalty of for every day that the employee s wages are paid late. 12. Employer shall provide a receipt for the payment of wages and any food allowance, and employee shall acknowledge receipt of this amount with her/his signature. 13. Employee is entitled to an hour lunch break every day. 12 SUS DERECHOS COMIENZAN EN CASA
19 LO QUE USTED DEBE OBTENER POR ESCRITO Es importante poner por escrito los términos y las condiciones de su empleo para asegurar que usted y su empleador se han entendido correctamente. Además un contrato firmado por usted y su empleador puede ser certificado por la corte. El contrato o acuerdo debe incluir lo siguiente: Las horas, el salario, y el horario de trabajo Días de fiesta y vacaciones Días personales y días inhábiles Beneficios de salud El plazo del empleo y la anticipación con la que se deberá anunciar el término del empleo. Vaya al apéndice para ver el modelo del contrato. Al presentar el contrato a su empleador usted puede decirle las siguientes cosas: Trabajadoras domésticas y sus empleadores usan frecuentemente este contrato en la ciudad de Nueva York. Pienso que puede ser útil para nosotros. Éste es un modelo de cómo podría ser nuestro acuerdo; podemos hacer cambios o podemos escribir nuestro propio acuerdo. Por favor léalo y podemos hablar sobre cualquier parte que le moleste. Si no puede obtener un contrato, pídale a su empleador que le dé una carta firmada que incluya la misma información. Este acuerdo también puede ser certificado por una corte. Vaya al apéndice para ver el modelo de la carta de confirmación. Si no puede obtener una carta de confirmación, escriba en un papel todo lo que usted y su empleador han acordado, escriba la fecha y guárdelo en un sitio seguro. PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 13
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21 CÓMO PUEDO PROTE- GERME EN MI EMPLEO? Infórmese sobre el nombre y apellido de su empleador, su dirección y su número de teléfono. Siempre guarde copias de sus papeles y documentos originales con un amigo o persona de confianza. Si usted le ha entregado sus papeles a su empleador, usted tiene derecho a que se los devuelva. Es ilegal que su empleador se quede con ellos. Asegúrese siempre de tener en su posesión su pasaporte y otros documentos oficiales, así como la información sobre sus cuentas de banco. No se los dé a guardar a su empleador. Si su empleador insiste en guardarlos, déle fotocopias, no los originales. Haga un registro de: 1. Las horas que usted trabaja cada día 2. Las responsabilidades que tiene cada día 3. La fecha y la cantidad que se le paga semanalmente 4. Los recibos de todos sus cheques, fotocopias del cheque, o recibos escritos a mano si le pagan en efectivo 5. Los nombres y los teléfonos de otros empleados que trabajan para su empleador 6. Cualquier cosa que le incomode. Escriba qué pasó y cuándo. ( Fue algo que su empleador dijo? Fue algún trabajo que su empleador le pidió que hiciera?) 7. Todas las promesas que su empleador le haga a usted Guarde estos registros en un sitio seguro! Asegurese de: Decirle a otras personas dónde trabaja usted Si usted tiene una cuenta en el banco, sólo usted debe tener acceso a esa cuenta Que sólo usted tiene acceso a su dinero, inclusive si no lo tiene en el banco Usted debe recibir su salario directamente Es más seguro para usted si usted y no su empleador deposita su dinero en el banco Usted puede ponerse en contacto con una organización de su comunidad para que le ayude a abrir una cuenta bancaria o para enviar su dinero al exterior PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 15
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23 SU PRIMER DÍA DE PAGO Usted tiene derecho a que se le pague en dólares américanos cada semana. Su empleador puede restarle ciertos costos pero sólo los que se describen aquí. Deducciones autorizadas aquellas requeridas por la ley como el seguro social y los impuestos sobre sus ingresos aquellas deducciones que le beneficien a usted y que usted ha autorizado por escrito como cuotas para el seguro de salud, su pensión o cuotas para su sindicato. Si su empleador le da comida y un sitio donde vivir, él/ella puede restar de su pago: $1.75 por comida $2.20 diario por estadía $4.50 al día por un apartamento y servicios Deducciones ilegales Su empleador no puede restarle dinero si a usted se le rompe o se le daña algo accidentalmente. Si usted viaja con su empleador él o ella debe pagar los costos del viaje para usted. Su empleador no puede pedirle que usted pague las cuotas del seguro para compensación del trabajador o beneficios de desempleo. Trabajando para las fiestas o reuniones de su empleador El empleador no puede pedirle o acceptar, directamente o indirectamente, las propinas que la/el empleada/o haya recibido. Aunque usted reciba propinas, su empleador está obligado a pagarle su salario mínimo y sobretiempo. PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 17
24 er you are documented or undocumented, you are protected by most fe ate labor laws. ES AND HOURS re entitled to: minimum wage of $5.15 a hour; ayment for all hours worked; payment of wages (in US $) once a week; overtime pay of 1 and _ times your regular hourly wage for every extra hour you work over 40 hours in a week if you live-out and 1 and _ tim your hourly wage for every extra hour you work over 44 hours in a w if you live in; one hour s additional pay at the minimum wage for any day in which work more than 10 hours or there is a split shift. You do not have to accept lower wages because of your immigration status. BENEFITS If you work more than 40 hours a week for the same employer, you h to Workers Compensation which pays for your medical bills and gives you get injured on the job and miss work. If you are documented and have worked for at least 20 weeks and yo pays you an average of $123 per week, you can get Unemployment I leave your job for good cause or are fired. ABUSE AND HARRASSMENT It is illegal for your employer to to beat or hurt you in any way force you to have physical or sexual contact demand sex from you 18 SUS DERECHOS COMIENZAN EN CASA
25 LOS DERECHOS DE LOS TRAJADORES DOMÉSTICOS No importa si usted tiene o no tiene documentos, usted esta protegida/o por muchas leyes laborales federales y del estado. SALARIOS Y HORAS Usted tiene derecho a: el salario mínimo de $5.15 por hora pago por todas las horas que usted trabaja pago en dólares américanos una vez por semana pago de sobretiempo equivalente a 1 1/2 por su salario por hora, por cada hora que usted trabaja más de las 40 horas por semana (si usted vive fuera), o las 44 horas por semana (si usted vive en casa de su empleador) una hora extra de pago al salario mínimo por cada día en que usted trabaja más de 10 horas o donde hay doble jornada (split shifts). Usted no tiene que aceptar un salario inferior al salario mínimo a causa de su estado de inmigración. BENEFICIOS Si usted trabaja más de 40 horas por semana para el mismo empleador usted tiene derecho a recibir Compensación de Trabajadores (Workers Compensation) que paga por sus costos médicos y salarios perdidos si usted se lastima en el trabajo y no puede trabajar. Si usted tiene documentos y ganó por lo menos $2,400 el año anterior, con un promedio de $123 dólares por semana, usted puede recibir Seguro de Desempleo (Unemployment Insurance) si usted deja su empleo por una buena razón o si la/lo despiden. ABUSO Y OSTIGAMIENTO Es ilegal que su empleador: le pegue o lastime le obligue a tener contacto físico o sexual demande tener relaciones sexuales con usted Si usted registra una queja por falta de pago, compensación de trabajadores o cualquier problema relacionado con desempleo, no es necesario que usted conteste preguntas sobre su estado de inmigración para que su caso sea procesado. PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 19
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27 TEMAS DE INMIGRACIÓN RELACIONADOS AL EMPLEO Sólo el Servicio de Inmigracíon y Naturalización (INS), la migra, hace válida las leyes de inmigración, no su empleador o las agencias laborales. Nunca dé información sobre su estado de inmigración a nadie. Usted tiene derecho a permancer callado y hablar con un abogado si alguien le pide sus papeles de inmigración. Amenazas del empleador de que la reportarán a la migra Es ilegal que su empleador la amenace con reportarla a la INS si usted pregunta sobre sus derechos laborales. La migra tiene una política interna que se llama Instrucción de Operación (Operating Instruction) que requiere que la INS le pregunte al empleador si la información solicitada sobre el estatus de inmigración de usted, está siendo informada para interferir en una disputa laboral. Una disputa laboral incluye quejas sobre el pago, las horas, la salud, la seguridad y sobre la compesanción y discriminación. Si la migra decide que la información que se está brindando es para interferir con los derechos laborales de usted, el empleador no podrá tomar acción alguna sin que el Abogado del Distrito de la INS revise el caso y sin la aprobación del Asistente del Director de Distrito. Esto no quiere decir que la migra no tomará ninguna acción pero que para hacerlo necesitará que oficiales de muy alto nivel aprueben cualquier decisión. Si la migra viene a su trabajo y se entera que sí existe una disputa laboral, la INS tiene que notificar a la agencia apropiada que se encarga de esas quejas. Por ejemplo si a usted no se le ha pagado su salario, la migra tiene que informar al Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (US Department of Labor). Tenga en mente que si su empleador le amenaza con reportarla a la migra, él (o ella) está sujeto a multas muy altas y a penalidades legales si es que usted fue contratada para trabajar después de 1986 y su empleador sabía que usted no tenía documentos. Si su empleador conoce estas consecuencias bajo las leyes de inmigración, tal vez esté menos dispuesto a reportala a la migra. PROTÉJASE EN SU TRABAJO COMO DOMÉSTICA 21
28 Promesas falsas de conseguirle una tarjeta de residente Su empleador puede ofrecerle encargarse de sus asuntos de inmigración. No confíe en su palabra. Consulte con un abogado de inmigración usted misma. (Vea Recursos de la Comunidad en el apéndice). Frecuentemente el empleador dice que le servirá de sponsor para conseguirle su tarjeta de residente, sin embargo, esto puede tomar de 10 a 15 años para lograr conseguir la residencia cómo trabajadora doméstica. Si usted se va de su empleo, usted tendrá que comenzar el proceso nuevamente. Si su empleador se ofrece a servirle de sponsor, ustedes dos tienen que firmar un documento llamado "Aplicación Para Certificación de Empleo para Extranjero" (Application for Alien Employment Certification) y enviarlo al Departamento de Trabajo. Si su empleador no le ha pedido firmar ese documento o no puede darle una copia del documento, probablemente no está sirviendo de sponsor para su tarjeta de residente. 22 SUS DERECHOS COMIENZAN EN CASA
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