UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS FACULTAD DE INGENIERÍA REGLAMENTO DE LAS CARRERAS DE MAESTRÍA DE MODALIDAD PRESENCIAL
|
|
- Jorge González Díaz
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría de Modalidad Presencial pag. 1/10 UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS FACULTAD DE INGENIERÍA REGLAMENTO DE LAS CARRERAS DE MAESTRÍA DE MODALIDAD PRESENCIAL
2 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 2 / 10 I- MARCO GENERAL Artículo 1 : Las pautas fijadas en este Reglamento se refieren exclusivamente a la modalidad presencial. Artículo 2 : Las Carreras de Maestría tienen por objeto proporcionar una formación superior en una disciplina o área interdisciplinaria, profundizando la formación teórica o tecnológica, los métodos de investigación y el estado del conocimiento correspondientes a dicha disciplina o área interdisciplinaria. El Plan de Estudios de una Maestría deberá incluir la realización de una Tesis de carácter individual y con la orientación de un Director de Tesis, y culminará con la evaluación de la misma por un Jurado de Tesis designado por el Consejo Directivo, que incluya al menos un miembro externo a la Carrera de Maestría. Mediante la Tesis, el maestrando deberá demostrar que posee solvencia en el manejo conceptual y metodológico, correspondiente al estado actual del conocimiento en la disciplina o área interdisciplinaria de la Maestría. Las Carreras de Maestría conducen al otorgamiento del título académico de Magíster con especificación precisa de la disciplina o área interdisciplinaria. Artículo 3 : Los planes de estudio de las Carreras de Maestría contemplarán un mínimo de 540 horas reales dictadas, distribuidas en cursos, talleres y seminarios. Se deberá incluir además un mínimo de 160 horas de tutorías y tareas de investigación, que no incluirán las horas dedicadas al desarrollo de la Tesis. Artículo 4 : Las carreras de Maestría se estructurarán en base a unidades de crédito académico. Un crédito es equivalente a 15 (quince) horas de actividad académica bajo supervisión docente presencial. Artículo 5 : La planificación de cada curso, taller o seminario de una Carrera de Maestría, será propuesta por el docente responsable del mismo a la Comisión de Posgrado para su análisis, la cual se elevará al Consejo Directivo para su aprobación. Artículo 6 : Dicha planificación se presentará bajo el formato que será provisto por la Secretaría de Posgrado, e incluirá el Programa, la Bibliografía que se utilizará, las condiciones de cursado y aprobación (asistencia, evaluación y calificación) y la nómina de docentes participantes, especificando quienes son docentes estables de la Maestría y quienes son docentes visitantes. El plazo máximo para aprobar un curso, taller o seminario no podrá exceder los 12 meses de iniciado el mismo. Artículo 7 : Las actas de calificaciones de cada curso, taller o seminario serán 2
3 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 3 / 10 refrendadas por el profesor responsable del curso, taller o seminario y dos docentes de la Carrera de Maestría. II DE LA ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN Artículo 8 : Podrán ser admitidos a una Carrera de Maestría los graduados de carreras universitarias, o egresados con título superior no universitario de carreras de al menos cuatro (4) años de duración, (en ambos casos se debe entender carreras afines con la de Maestría, que acrediten una formación que permita su desempeño como alumnos de la Carrera de Maestría). Los aspirantes deberán ser egresados de universidades o institutos, públicos o privados, de la Argentina o del extranjero, reconocidos por las autoridades competentes de nuestro país. En casos excepcionales, podrán ser admitidos postulantes que se encuentren fuera de los términos precedentes, siempre que demuestren poseer preparación y experiencia acordes con los requerimientos de la Carrera de Maestría que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarla satisfactoriamente. Artículo 9 : En todos los casos, la admisión a una Carrera de Maestría y la obtención del Título de Magister no acreditan al maestrando de manera alguna el Título de Grado considerado para su admisión en la Carrera de Maestría, como así tampoco significan la reválida de su Título de Grado. Artículo 10 : Para iniciar el proceso de admisión los postulantes deberán seguir el procedimiento que les corresponda según sea su condición: a) Argentinos o extranjeros residentes en Argentina: deberán presentar en la Secretaría de Posgrado de la FI-UNER, el Formulario de Solicitud de Admisión provisto por la misma, debidamente completado, adjuntando el curriculum vitae, y toda la documentación (en original o copia autenticada) que acredite fehacientemente los antecedentes invocados en su solicitud. Los diplomas que acreditan los títulos de grado deberán estar legalizados por el Ministerio de Educación de la Nación Argentina 1 ; si los diplomas fueron expedidos por instituciones extranjeras, previamente deberán ser legalizados por las autoridades educativas en el país de origen, el Consulado Argentino en el país de origen, y el Ministerio de Relaciones Exteriores en la República Argentina, en ese orden. b) Extranjeros no residentes en Argentina: deben dirigirse al Consulado 1 Al la fecha de sanción del presente Reglamento, la oficina pertinente es la Dirección Nacional de Gestión Universitaria (Área de Control Administrativo de Títulos y Certificaciones) 3
4 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 4 / 10 Argentino en los respectivos países de origen y solicitar una vacante bajo el régimen de la Resolución Ministerial Nº 1523/90 (Ministerio de Educación de la Nación Argentina). La solicitud de admisión será considerada desde el momento de la recepción de la planilla de estilo en la FI-UNER. Simultáneamente, deberán remitir a la Secretaría de Posgrado de la FI-UNER una copia de la solicitud, su curriculum vitae, y copias de toda la documentación que acredite fehacientemente los antecedentes invocados en su solicitud. Los diplomas debidamente legalizados, y los originales de los comprobantes (o copias autenticadas de los mismos), les serán exigidos por la FI-UNER antes de formalizar la inscripción. c) Personal de representaciones diplomáticas y/o sus familiares directos: Las solicitudes deberán ser suscriptas por la máxima autoridad diplomática de quien dependa el postulante, y canalizados a través del Ministerio de Relaciones Exteriores (Área de Comercio Internacional y Culto) de la República Argentina. Este organismo deberá girar la documentación para su tramitación a la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación de la Nación antes del 31 de marzo de cada año. Simultáneramente, los postulantes deberán remitir a la Secretaría de Posgrado de la FI-UNER una copia de la solicitud, su curriculum vitae, y copias de toda la documentación que acredite fehacientemente los antecedentes invocados en su solicitud. Los diplomas debidamente legalizados, y los originales de los comprobantes (o copias autenticadas de los mismos), les serán exigidos por la FI-UNER antes de formalizar la inscripción. En todos los casos y una vez resuelta la solicitud de admisión, los originales de la documentación probatoria presentada podrán ser retirados por el aspirante. Artículo 11 : La Comisión de Posgrado resolverá la admisión o el rechazo de la solicitud de cada aspirante a una Carrera de Maestría, sobre la base del análisis y evaluación de los antecedentes y la documentación presentada. En caso de que la Comisión de Posgrado lo considere pertinente, podrá convocar al postulante a una entrevista o solicitar ampliación de sus antecedentes. Artículo 12 : Los postulantes que se hayan graduado en la FI-UNER en una carrera de grado afín con una Carrera de Maestría, y que acrediten un promedio de 7 (siete) o superior, serán admitidos a la Maestría sin otro requisito que presentar la solicitud. Artículo 13 : Todos los aspirantes que resulten admitidos, deberán cumplimentar la 4
5 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 5 / 10 inscripción formal a la Carrera de Maestría. Artículo 14 : La inscripción a una Carrera de Maestría se realizará por medio de la Secretaría de Posgrado de la FI-UNER, completando formularios específicos provistos por la misma Secretaría, debiéndose abonar en ese acto, el arancel correspondiente. III DEL RÉGIMEN ACADÉMICO Artículo 15 : Para la obtención del Título de Magister, los maestrandos deberán cumplimentar los requisitos establecidos por el Plan de Estudios vigente para su Maestría, como así también las exigencias del régimen arancelario. Artículo 16 : A juicio de la Comisión de Posgrado y ante solicitud expresa del interesado, los créditos de otros cursos de posgrado o de una Carrera de Especialización, podrán ser reconocidos en la Carrera de Maestría cuando el área temática sea común a la misma, dando por cumplidos los créditos correspondientes. Artículo 17 : El plazo máximo para cumplir con todos los requisitos de graduación (incluídos los casos contemplados en los Artículo 32 : a Artículo 37 :) es de 4 (cuatro) años a partir de la fecha de inscripción. Superado este tiempo, el maestrando podrá solicitar a la Comisión de Posgrado, con el aval del Director de Tesis, prórroga en el vencimiento de este plazo. En caso de no concederse la prórroga, o de haber finalizado el plazo sin haber aprobado la Tesis, el maestrando será dado automáticamente de baja en la Carrera de Maestría. IV DE LA TESIS Artículo 18 : La Tesis será una realización individual del maestrando, bajo la orientación de un Director de Tesis (y un Codirector, si correspondiere), y en ella el maestrando deberá demostrar solvencia en el manejo conceptual y metodológico correspondiente al estado actual del conocimiento en la disciplina o área interdisciplinaria de la Carrera de Maestría. El tema de la Tesis se encuadrará en un campo afín con la Carrera de Maestría, y preferentemente en las áreas de concentración temática de la Maestría, si las hubiere. Artículo 19 : El Director de Tesis deberá poseer título de posgrado o formación equivalente, y acreditar sólida experiencia en el tema de Tesis propuesto por el maestrando. Desde el momento de ser aprobado el Anteproyecto de Tesis, y hasta 5
6 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 6 / 10 la aprobación definitiva de la Tesis, el Director de Tesis no podrá tener simultáneamente a su cargo más que un máximo de 5 (cinco) tesistas, incluyendo tesistas de cualesquiera carreras de posgrado, en diferentes instituciones, debiendo declararlo a la Comisión de Posgrado en el momento de aceptar su compromiso. Artículo 20 : De preferencia, el Director de tesis deberá ser Docente-investigador de la FI-UNER; cuando no se cumpla este requisito, el maestrando deberá proponer además un Codirector perteneciente a la FI-UNER. Artículo 21 : Dentro del primer año de cursado, el maestrando deberá presentar por medio de la Secretaría de Posgrado, el Anteproyecto de Tesis a la Comisión de Posgrado para su aprobación, en un documento (impreso y en soporte digital), cuyo formato y contenidos serán povistos por la Secretaría de Posgrado. La presentación del Anteproyecto de Tesis deberá ser acompañada de la aceptación formal del Director de Tesis (y del Codirector si correspondiere), declarando conocer el Reglamento y el Plan de Estudios de la Maestría, y expresando su aval para el Anteproyecto. Artículo 22 : Dentro de los 30 (treinta) días hábiles de haber sido presentada, la Comisión de Posgrado aprobará, o rechazará en forma fundada, la propuesta de Anteproyecto de Tesis. En el caso de que le sea rechazado (en parte o en su totalidad) el Anteproyecto, el maestrando deberá volver a presentar su propuesta corregida. En esta segunda instancia, la Comisión de Posgrado resolverá por la aceptación o el rechazo definitivo, dentro de los 30 (treinta) días hábiles desde la segunda presentación. De resultar definitivamente rechazado el Anteproyecto, el maestrando deberá elaborar un anteproyecto totalmente nuevo, y presentarlo en un plazo acordado previamente con la Comisión de Posgrado. Artículo 23 : Una vez finalizada la obtención de los Resultados en el Proyecto de Tesis, el maestrando, con el aval del Director de Tesis (y del Codirector si correspondiere), podrá solicitar a la Comisión de Posgrado que eleve la conformación del Jurado de Tesis al Consejo Directivo para su designación, en los plazos establecidos en el Artículo 28 :, en cuyo caso, deberá adjuntar a su pedido un Resumen del trabajo efectivamente realizado hasta el momento. Artículo 24 : El Documento de Tesis para Evaluación deberá redactarse de manera que permita al Jurado de Tesis conocer: 1. si el maestrando posee solvencia en el manejo conceptual y metodológico correspondiente al estado actual del conocimiento en la disciplina o área interdisciplinaria de la Maestría. 6
7 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 7 / si existe relación entre los objetivos y la metodología utilizada, con los resultados obtenidos y su interpretación. 3. si se han cumplido satisfactoriamente los objetivos del Proyecto de Tesis, o en caso contrario, si se ha encontrado una explicación razonable para ello. Artículo 25 : La redacción del Documento de Tesis para Evaluación se adecuará al formato de edición que será provisto por la Secretaría de Posgrado, y será presentado a la Comisión de Posgrado con el aval del Director de Tesis (y del Codirector si correspondiere). En esta instancia el Director podrá presentar a la Comisión de Posgrado una lista de posibles miembros del Jurado de Tesis. Artículo 26 : El plazo máximo para la presentación del Documento de Tesis para Evaluación, a partir de la inscripción en la carrera de Maestría, será de 3 (tres) años. Cualquier solicitud de prórroga deberá ser elevada a la Comisión de Posgrado con anterioridad al vencimiento de este plazo, y contar con el aval fundamentado del Director de Tesis (y del Codirector si correspondiere). Artículo 27 : El maestrando deberá presentar el Documento de Tesis para Evaluación a través de la Secretaría de Posgrado, de acuerdo a las siguientes disposiciones: 1. Un ejemplar (impreso y en soporte digital), destinado a la Comisión de Posgrado 2. Un ejemplar para cada miembro titular del Jurado de Tesis en el soporte elegido por ese miembro. Artículo 28 : De no haber sido designado el Jurado de Tesis hasta este momento, dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días hábiles posteriores a la presentación del Documento de Tesis para Evaluación, la Comisión de Posgrado elevará al Consejo Directivo de la FIUNER la propuesta de conformación del Jurado de Tesis compuesto por tres miembros titulares y dos miembros suplentes, los cuales deberán cumplir con los mismos requisitos exigibles para los Directores de Tesis (Artículo 19 :) excepto la limitación referida al número de Tesistas que no será de aplicación en este caso. Al menos uno de los miembros titulares deberá ser externo a la Carrera de Maestría y a la FI-UNER. El Consejo Directivo deberá designar al Jurado de Tesis dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días hábiles posteriores a la solicitud de la Comisión de Posgrado. Artículo 29 : La composición de su Jurado de Tesis será comunicada al maestrando, quien dentro de los 5 (cinco) días hábiles a partir de la notificación podrá recusar fundadamente a alguno o a todos sus miembros. Las causales de 7
8 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 8 / 10 recusación (y las de inhibición de los Jurados, si correspondiere) serán las mismas que las previstas en el Reglamento de Concursos para Profesores Ordinarios y deberán ser resueltas por el Consejo Directivo en un lapso no mayor de 45 (cuarenta y cinco) días hábiles, siendo su fallo inapelable. Si la recusación o la inhibición procede, a propuesta de la Comisión de Posgrado, el Consejo Directivo de la FI- UNER designará dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días hábiles a los reemplazantes. Artículo 30 : Una vez designado el Jurado de Tesis y de haber sido resueltas las recusaciones e inhibiciones (si correspondiere), la Secretaría de Posgrado hará llegar a cada uno de sus miembros un ejemplar del Documento de Tesis para Evaluación, junto con una copia del presente Reglamento, solicitando se emita dictamen. Los dictámenes serán individuales, se expedirán por escrito y se deberán remitir a la Secretaría de Posgrado de la FI-UNER dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a haber recibido la documentación pertinente. Artículo 31 : En sus dictámenes, los miembros del Jurado de Tesis deberán dar su opinión fundada sobre los siguientes aspectos: 1. si el documento refleja solvencia en el manejo conceptual y metodológico correspondiente al estado actual del conocimiento en la disciplina o área interdisciplinaria de la Maestría. 2. la relación entre el estado del arte, los objetivos y la metodología utilizada, con los resultados obtenidos y su interpretación 3. si se han cumplido satisfactoriamente los objetivos del Proyecto de Tesis, o en caso contrario, si se ha encontrado una explicación razonable para ello. Además, deberán concluir el dictamen indicando expresamente que el Documento de Tesis para Evaluación merece la calificación "aceptado", "aceptado con observaciones menores", "aceptación supeditada a correcciones mayores", o "rechazado". Artículo 32 : La Comisión de Posgrado, analizará los dictámenes del Jurado de Tesis, y en base a éstos resolverá que la Tesis sea: a) Rechazada b) Aceptable pero supeditada a correcciones mayores c) Aceptada con observaciones menores d) Aceptada, si el dictamen del Jurado por mayoría es "aceptado" para lo que tendrá un plazo de 20 (veinte) días hábiles, a partir del último dictamen recibido. a) Si resultó "rechazada", o si presentadas las situaciones b) ó c) el maestrando no aceptara seguir el procedimiento indicado para las correcciones, la Tesis se 8
9 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 9 / 10 considerará rechazada definitivamente. En este caso el maestrando deberá proponer otro Anteproyecto de Tesis. b) Si resultó "aceptable pero supeditada a correcciones mayores, la Comisión de Posgrado devolverá inmediatamente el Documento de Tesis para Evaluación al maestrando, quien deberá responder las observaciones del Jurado de Tesis, efectuar las modificaciones pertinentes y en caso necesario redactar nuevamente el Documento de Tesis para Evaluación. En un plazo no superior a 130 (ciento treinta) días hábiles, el maestrando remitirá el documento corregido a la Comisión de Posgrado, la cual lo enviará inmediatamente a los integrantes del Jurado de Tesis. Dentro de los 20 (veinte) días hábiles de haber recibido el Documento de Tesis corregido, los jurados remitirán a la Comisión de Posgrado su último dictamen, que podrá ser solamente aceptado o rechazado. La Comisión de Posgrado resolverá si la Tesis resulta aceptada o rechazada definitivamente. c) Si resultó "aceptada con observaciones menores", la Comisión de Posgrado devolverá inmediatamente el Documento de Tesis para Evaluación al maestrando, quien deberá responder las observaciones del Jurado de Tesis, efectuar las modificaciones pertinentes y regresar el documento corregido a la Comisión de Posgrado en un plazo no superior a los 45 (cuarenta y cinco) días hábiles. Cumplido lo cual la Tesis se considerará aceptada. d) Si resultó "aceptada", la Comisión de Posgrado dará inicio inmediatamente a los procedimientos de Defensa Oral de la Tesis. Simultáneamente, el maestrando presentará por Mesa de Entradas de la FI-UNER, tres ejemplares impresos y uno en soporte digital del Documento de Tesis Definitivo, a sus efectos. Artículo 33 : La Defensa Oral de la Tesis podrá realizarse una vez que el maestrando haya cumplimentado los créditos en cursos y horas de investigación o tutoría requeridos por el plan de estudios de la Maestría, y que la Tesis haya resultado aceptada. Las calificaciones de los cursos y de la Tesis, según el sistema vigente en la Universidad Nacional de Entre Ríos, se incorporarán al Legajo Personal del maestrando. Artículo 34 : Una vez que la Comisión de Posgrado haya habilitado la instancia de Defensa Oral de la Tesis, fijará la fecha de realización de la Defensa Oral y tomará los recaudos a fin de publicitarla. La Defensa Oral de la tesis será pública, abierta a la Comunidad Universitaria y ante una Comisión Evaluadora integrada por los miembros titulares del Jurado de Tesis. Ante la ausencia de cualquiera de los integrantes de la Comisión Evaluadora, la Comisión de Posgrado elevará al Decano 9
10 FI-UNER Reglamento de las Carreras de Maestría en Modalidad Presencial pag. 10 / 10 una propuesta de reemplazo para su designación. Artículo 35 : La Defensa Oral se iniciará con una exposición libre del maestrando que deberá durar no más de 60 minutos, durante la cual no podrá ser interrumpido. Concluida esta exposición, la Comisión Evaluadora promoverá el debate sobre la Tesis entre todos los asistentes, y podrá hacer preguntas sobre aspectos conceptuales generales vinculados con el trabajo. Concluido el debate, la Comisión Evaluadora, valorando la calidad del Documento definitivo de la Tesis, la Defensa Oral y el desempeño del maestrando durante el debate, decidirá si aprueba o no la Tesis, y transcribirá la calificación final al Acta correspondiente. Artículo 36 : Si en la instancia de Defensa Oral, la Tesis no resultara aprobada, el maestrando podrá realizar por única vez una nueva defensa de la Tesis, en fecha a definir por la Comisión de Posgrado. En caso de que la Tesis no resultara aprobada por segunda vez, el maestrando deberá proponer otro Anteproyecto de Tesis. Artículo 37 : Toda vez que la Tesis obtenga una calificación final mínima de "Aprobado", la Comisión de Posgrado tomará las medidas administrativas pertinentes para que se otorgue al maestrando el grado académico de Magister con especificación precisa de la disciplina o área interdisciplinaria, y se le expida el correspondiente Diploma. Artículo 38 : Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Consejo Directivo de la FI-UNER. 10
Maestría en Políticas Públicas para el Desarrollo con Inclusión
Maestría en Políticas Públicas para el Desarrollo con Inclusión REGLAMENTO DE TESIS Art. 1 Definición. Se denomina Tesis de Maestría al requisito académico final que deberá cumplir el maestrando de la
Más detallesNORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL
NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL CARRERA DE MAESTRÍA EN EXTENSIÓN AGROPECUARIA CAPITULO I OBJETIVOS ARTÍCULO 1: La Maestría en Extensión Agropecuaria
Más detallesCARRERAS DE MAESTRÍA (CAPITULO II, ORDENANZA, ESTUDIOS DE POSTGRADO Nº )
CARRERAS DE MAESTRÍA (CAPITULO II, ORDENANZA, ESTUDIOS DE POSTGRADO Nº 1-3-002-01-2010) Art. 14.- OBJETIVOS Y MODALIDAD DE DESARROLLO Las carreras de Maestría están orientadas al estudio y adiestramiento
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN
INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN REGLAMENTO DE TITULACION EN EL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN 1 Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que
Más detallesESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO
FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS
Más detallesCARRERA DE DOCTORADO EN CIENCIAS MÉDICAS
CARRERA DE DOCTORADO EN CIENCIAS MÉDICAS La Carrera de Doctorado en Ciencias Médicas de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de La Plata se encuentra acreditada por resolución 904/11
Más detallesRESUMEN DEL REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE POLITÓLOGO 1
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE CIENCIAS POLÍTICAS CÓDIGO 561 y 562 RESUMEN DEL REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE POLITÓLOGO 1 Monografía
Más detallesOPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE)
OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE) GUÍA INFORMATIVA En esta guía se presenta la descripción de las opciones de titulación de los programas educativos del Modelo Educativo ENFACE, el procedimiento
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO EN CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS
1 REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO EN CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS La Universidad Nacional del Sur a través el Programa de Posgrado en Ciencia y Tecnología de los
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento
Más detallesCREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I
138 CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0018662 de 21 de noviembre de 2000 1. Apruébase la creación del
Más detallesDoctorado en Ciencias Sociales UNGS-IDES Acreditación de la Coneau Categorizado B (Resolución 230/11)
Doctorado en Ciencias Sociales UNGS-IDES Acreditación de la Coneau Categorizado B (Resolución 230/11) Plan de estudios y Normas de funcionamiento del Doctorado La propuesta del Doctorado en Ciencias Sociales
Más detallesREQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016 DE LOS POSTULANTES. Podrán postularse al concurso de admisión para la Maestría en Defensa Nacional aquellas personas que ostenten
Más detallesCONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION Año de homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz
1 RESOLUCIÓN Nº: 488/09 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Teoría y Técnica del Proceso Judicial, de la Universidad Nacional del Nordeste, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas,
Más detallesUNIVERSIDAD MAYOR, REAL Y PONTIFICIA DE SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA
REGLAMENTO GENERAL PARA LA CREACIÓN DE CARRERAS NUEVAS, MODIFICACIÓN DE DISEÑOS CURRICULARES Y PLANES DE ESTUDIOS EN Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. (Objeto) El presente reglamento tiene
Más detalles"2011 - Año del Trabajo Decente, de la Salud y Seguridad de los Trabajadores" 1
"2011 - Año del Trabajo Decente, de la Salud y Seguridad de los Trabajadores" 1 Proyecto Nº 10.449/09: Especialización en Finanzas, Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales, Departamento de Posgrado.
Más detallesReglamento de Títulos y Grados (Documento Nº1.127 anexo al Decreto Nº142/92 del 7 de diciembre de 1992: modificado por decreto Nº97/2010 de fecha 10
Reglamento de Títulos y Grados (Documento Nº1.127 anexo al Decreto Nº142/92 del 7 de diciembre de 1992: modificado por decreto Nº97/2010 de fecha 10 de noviembre de 2010) Artículo 1 Corresponde exclusivamente
Más detallesREQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PARA LA DEFENSA CICLO LECTIVO 2015
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PARA LA DEFENSA CICLO LECTIVO 2015 DE LOS POSTULANTES. Podrán postularse al concurso de admisión para la Especialización en Gestión para la Defensa
Más detallesUNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO
UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesNormativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM
Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias y Artes para el Diseño
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias y Artes para el Diseño Maestría en Ciencias y Artes para el Diseño Grado: Maestro o Maestra en Ciencias y Artes para el Diseño
Más detallesREGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS REGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO
REGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS RÉGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO Página 1 de 9 REGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS REGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO TÍTULO I EN GENERAL ARTÍCULO 1 : El
Más detallesASPECTOS ACADÉMICOS TÍTULOS Y ESTRUCTURA DE LOS PLANES DE ESTUDIO.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y HUMANIDADES RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN ASESORAMIENTO Y GESTIÓN PEDAGÓGICA GENERALIDADES. ASPECTOS ACADÉMICOS La
Más detallesque se ha analizado el proyecto presentado a fs. 1/6 con el Reglamento de tesis vigente (resolución 78/05);
La Plata, 17 de mayo de 2012. VISTO la propuesta del nuevo reglamento de tesis de la carrera de Licenciatura en Turismo, presentado por el Director del Departamento de Turismo, Lic. Alejandro Víctor GARCIA;
Más detallesGUÍA PARA PRESENTACIÓN DEL EXAMEN DE CANDIDATURA. Doctorado en Ciencias de la Electrónica
GUÍA PARA PRESENTACIÓN DEL EXAMEN DE CANDIDATURA Doctorado en Ciencias de la Electrónica 1. Introducción De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2013, el estudiante del Programa deberá presentar
Más detallesConsejo de Gobierno 4 de marzo de 2015
NORMATIVA PARA LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015 Esta normativa
Más detallesReglamento de Trabajo de Grado
Reglamento de Trabajo de Grado Año 2014 1 REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO Barquisimeto, febrero 2014 3 Reglamento de Trabajo de Grado Página 3 Resolución: 2014-05-014 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Más detallesREGLAMENTO DE TITULACIÓN PROFESIONAL
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTOS INTERNOS REGLAMENTO DE TITULACIÓN PROFESIONAL Morelia, Michoacán, Mayo de 2009 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS
Más detallesDOCTORADO EN: ADMINISTRACIÓN
El Instituto Nacional de Estudios Fiscales En alianza con CONVOCA A Ser parte del DOCTORADO EN: ADMINISTRACIÓN Generación 2017-2019 El DOCTORADO en ADMINISTRACIÓN tiene como objetivo: Formar a través de
Más detallesMinisterio de Cultura y Educación Consejo Federal de Cultura y Educación Secretaría General
Ministerio de Cultura y Educación Consejo Federal de Cultura y Educación Secretaría General BUENOS AIRES, 04 de noviembre de 1998 RESOLUCION Nº 83/98 C.F.C. y E. VISTO El art. 53, inc. b); el art. 56,
Más detallesSERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL NACIONAL TELEVISION NACIONAL DEL URUGUAY DIVISIÓN RECURSOS HUMANOS INFORMACIÓN GENERAL
SERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL NACIONAL TELEVISION NACIONAL DEL URUGUAY DIVISIÓN RECURSOS HUMANOS INFORMACIÓN GENERAL Tipo de contratación: Contrato laboral Período de postulación: 06/12/2016 16/12/2016
Más detallesNORMAS INTERNAS SOBRE TRABAJOS ESPECIALES Y TRABAJOS DE GRADO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE RELACIONES PÚBLICAS DECRETO PRESIDENCIAL Nº 921 DEL 4 DE ABRIL DE 1972 RESOLUCIÓN
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:
EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: el Art. 356 de la Constitución de la República del Ecuador, entre otros principios establece que será gratuita la educación superior pública de
Más detallesDOCTORADO EN CIENCIAS DE LA CULTURA FÍSICA
DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA CULTURA FÍSICA CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADEMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD DEPORTIVA DEL SUR Y LA UNIVERSIDAD DE CIENCIAS DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE MANUEL FAJARDO PROGRAMA
Más detallesPROGRAMA DE VIDA UNIVERSITARIA REGLAMENTO
PROGRAMA DE VIDA UNIVERSITARIA REGLAMENTO Aprobado por Resolución CPCS N o 8/14 del 8/14/2014 ÍNDICE 1. Definición y objetivos... 1 2. Autoridades... 1 3. Actividades... 3 Obligatoriedad y reconocimiento
Más detallesDepartamento Académico de Sistemas Computacionales Maestría en Tecnologías de la Información UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR
La Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS), a través del Departamento Académico de Sistemas Computacionales (DASC) y la Dirección de Investigación Interdisciplinaria y Posgrado (DIIP) CONVOCA
Más detallesREGLAMENTO DE LA CARRERA DE DOCTORADO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS. Doctorado en Ciencias Agropecuarias.
ANEXO I REGLAMENTO DE LA CARRERA DE DOCTORADO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS CONSIDERACIONES GENERALES I- Denominación Doctorado en Ciencias Agropecuarias. La carrera del Doctorado en Ciencias Agropecuarias
Más detallesANEXO I Bases convocatoria BECAS DE INVESTIGACIÓN EN CÁNCER - Año 2015
ANEXO I Bases convocatoria BECAS DE INVESTIGACIÓN EN CÁNCER - Año 2015 El INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER abre una nueva convocatoria nacional para la adjudicación de Becas de Investigación en Cáncer dirigidas
Más detallesReglamento para la selección de Profesores Eventuales y Profesores Asistentes mediante el concurso de Banco de Datos
Universidad Autónoma de Chiriquí 1 Reglamento para la selección de Profesores Eventuales y Profesores Asistentes mediante el concurso de ARTÍCULO 1: Con anticipación a las posibles necesidades de contratación
Más detallesESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO
1256 ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO La ESPAE, mediante resolución No. 82-11-369, creó el
Más detallesDEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Alcance y objetivos 1. El trabajo de investigación culmina con la sustentación de una tesis o la sustentación temática de trabajos publicados, una vez que el estudiante ha
Más detallesReglamento de Tesis Art. 1 Del Reglamento Art. 2 La autoría de la tesis Art. 3 El tema de la tesis Art. 4 El proyecto de tesis
Reglamento de Tesis Art. 1 Del Reglamento Este Reglamento establece la normativa específica sobre elaboración y evaluación de tesis de la Maestría en Estudios y Relaciones del Trabajo de la FLACSO Argentina.
Más detallesSOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015
ANEXO I PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PEDIDOS DE SUBSIDIOS DE AYUDA PARA VIAJES, ESTADÍAS E INSCRIPCIÓN A CONGRESOS 1. Los beneficiarios serán docentes de la U.N.L.P que realicen tareas de investigación
Más detallesBASES DEL LLAMADO A ASPIRACIONES PARA FORMADORES EN LA ENSEÑANZA DE LA EXPRESIÓN CORPORAL (EDUCACIÓN ARTÍSTICA) DE LA FORMACIÓN EN SERVICIO DEL CEIP I
BASES DEL LLAMADO A ASPIRACIONES PARA FORMADORES EN LA ENSEÑANZA DE LA EXPRESIÓN CORPORAL (EDUCACIÓN ARTÍSTICA) DE LA FORMACIÓN EN SERVICIO DEL CEIP I. Objeto del llamado El Consejo de Educación Inicial
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL
REGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL TITULO I Parte General ARTÍCULO 1.- universitarios Con el objeto de impulsar la enseñanza sobre temas
Más detallesINSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY DIVISIÓN RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTO TÉCNICO
INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY DIVISIÓN RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTO TÉCNICO BASES DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE HASTA 10 (DIEZ) FUNCIONES
Más detallesUNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS ENERO 2016 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Condición de egresado 3 TÍTULO III Grado académico de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales
Universidad Católica del Norte Departamento de Educación. ANEXO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales Antofagasta, Septiembre 2010 INDICE INDICE 02 I. DISPOSICIONES GENERALES
Más detallesRESOLUCIÓN N 064/13 C.S.
RESOLUCIÓN N 064/13 C.S. ANEXO I FORMULARIO DE INSCRIPCION PARA CONCURSOS PUBLICOS DE TITULOS, ANTECEDENTES Y OPOSICION AL SECRETARIO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL SU DESPACHO:
Más detallesREQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA
EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL A TRAVÉS DE LA ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA UNIDAD ZACATENCO CONVOCA A TODOS LOS INTERESADOS A INGRESAR A LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN INGENIERÍA
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO
Núm. 179 Viernes 27 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 54035 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE FOMENTO 10069 Orden FOM/1649/2012, de 19 de julio, por la que se regula el procedimiento de acreditación
Más detallesMaestría en Educación Ambiental Promoción
La Universidad Autónoma de la Ciudad de México Convoca A los profesionistas titulados en cualquiera de las disciplinas del conocimiento, interesados en cursar la Maestría en Educación Ambiental Promoción
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS VERSIÓN 007 Aprobado por Consejo Universitario con Resolución N 0188-2016-CU-ULADECH Católica, de fecha 06 de febrero de 2016 CHIMBOTE PERÚ Versión:
Más detallesFacultad de Arquitectura, Planeamiento y Diseño Secretaría Académica
Facultad de Arquitectura, Planeamiento y Diseño Secretaría Académica Proyecto final de carrera Plan 2008 (Texto ordenado Res. 849/09 CS) Res. 126/13 CD (Proyecto final de carrera) Proyecto final de carrera
Más detallesANEXO I GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE CARRERAS DE POSGRADO
RES.Nº 722/98 C.S. ANEXO I GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE CARRERAS DE POSGRADO Los proyectos de Carreras de Posgrado (Especializaciones, Maestrías y Doctorados), a ser implementadas en las Unidades
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES
REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES Reglamento de becas y ayudas asistenciales REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES ARTÍCULO PRIMERO: Definición: El Reglamento es el conjunto de normas que
Más detallesPatentes, cómo registrar en Chile
Instituto Nacional de Propiedad Industrial 1 Patentes, cómo registrar en Chile Tanto a nivel mundial como en nuestro país, la obtención de una patente requiere el cumplimiento de una serie de formalidades,
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS 1997-I TACNA - PERU REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS DE LA ESCUELA PROFESIONAL
Más detallesLineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
Más detallesAutor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Reglamento REG-GEN-003-1 Para el egreso y titulación (RVOE estatal) Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES
Más detallesCONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO
CONVOCATORIA No. IFTDH - 006 DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar
Más detallesAño del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
1 2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Carrera nueva Nº 11.665/14: Especialización en Biocatálisis y Biotransformaciones, Universidad Nacional de Quilmes, Secretaría
Más detallesBASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO CARGO ENCARGADO BUENAS PRÁCTICAS LABORALES MINSAL PLANTA PROFESIONAL
BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO CARGO ENCARGADO BUENAS PRÁCTICAS LABORALES MINSAL PLANTA PROFESIONAL 1.- Presentación La Subsecretaría de Salud Pública convoca a participar del Llamado a Concurso
Más detallesREGLAMENTACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA COMITÉ DE EDUCACIÓN MÉDICA CONTINUADA REGLAMENTACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS Artículo 1 - De las Actividades Educativas en general Se dividen en tres
Más detallesPOR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES
RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la
Más detallesREGLAMENTO DE MONOGRAFÍA
UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA FACULTAD DE MEDICINA ESCUELA UNIVERSITARIA DE TECNOLOGÍA MÉDICA CARRERA DE NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA REGLAMENTO DE MONOGRAFÍA OBJETIVOS Artículo 1º.- La monografía es la instancia
Más detallesI Convocatoria a Proyectos de investigación para Graduados de Carreras de Grado/ 2016.
ANEXO II I Convocatoria a Proyectos de investigación para Graduados de Carreras de Grado/ 2016. La presente convocatoria esta dirigida a los graduados de Carreras de Grado de la Facultad de Ciencias Jurídicas.
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA A BECAS DE FORMACIÓN DOCTORAL PARA PROFESIONALES DEL SISTEMA DE SALUD PÚBLICA
BASES DE LA CONVOCATORIA A BECAS DE FORMACIÓN DOCTORAL PARA PROFESIONALES DEL SISTEMA DE SALUD PÚBLICA (Resolución 1089-S-2016 del Ministerio de Salud) La Coordinación de Investigación del Ministerio de
Más detallesCONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS PARA COORDINADOR INTERINO DE LA CARRERA DE INGENIERÍA EN MEDIO AMBIENTE CONVOCATORIA N /2016
CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS PARA COORDINADOR INTERINO DE LA CARRERA DE INGENIERÍA EN MEDIO AMBIENTE CONVOCATORIA N /2016 FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES La Facultad de Ciencias Agrícolas
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA MARÍA LA ANTIGUA Reglamento de Práctica Profesional Supervisada
UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA MARÍA LA ANTIGUA Reglamento de Práctica Profesional Supervisada Artículo 1. La Práctica Profesional Supervisada consiste en un trabajo individual debidamente planificado y controlado
Más detallesReglamento de Matrícula
Reglamento de Matrícula Colegio Profesional de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Córdoba REGLAMENTO DE MATRICULA CONTENIDOS Y REQUISITOS DE: MATRICULA SUBTITULO A MATRICULA SUBTITULO B
Más detallesREQUISITOS DE ADMISIÓN:
CONVOCATORIA El Instituto Politécnico Nacional, a través del Centro Interdisciplinario de Investigación para el Desarrollo Integral Regional Unidad Durango, convoca a los profesionistas en las áreas de
Más detallesREGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR
REGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR TITULO I DEFINICION Y OBJETIVOS Art. Nº1 Se denomina Matrículas de Honor aquellos premios académicos que constituyen exenciones del pago total o parcial del arancel de
Más detallesCONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo
1 RESOLUCIÓN Nº: 543/10 ASUNTO: Acreditar la carrera de Maestría en Ciencias Penales, de la Universidad Nacional del Nordeste, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas, que se dicta en la ciudad
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA Servicio de Relaciones Internacionales
NORMAS BÁSICAS PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO EN LOS INTERCAMBIOS SÓCRATES/ERASMUS Las presentes normas básicas tienen por objeto ordenar de modo general y servir de información a las distintas personas
Más detallesUniversidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina. División de Estudios de Posgrado
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina División de Estudios de Posgrado Lineamientos Operativos de los Cursos de Posgrado de Alta Especialidad en Medicina Este documento obedece a
Más detallesBuenos Aires, 11 de noviembre de Carrera Nº 4.357/07
1 RESOLUCIÓN N : 904/11 ASUNTO: Acreditar la carrera de Doctorado en Ciencias Médicas, de la Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Ciencias Médicas, que se dicta en la ciudad de La Plata, Prov.
Más detallesHabilitación de establecimientos de industrialización de productos pesqueros
Habilitación de establecimientos de industrialización de productos pesqueros Habilitación, aprobación, ampliación, modificación o reformas de Establecimientos de industrialización de productos pesqueros
Más detallesCONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Universidad Nacional del Nordeste BECAS DE ESTÍMULO A LAS VOCACIONES CIENTÍFICAS 2012 Pág.
CARATULA Detalle de la documentación presentada por el postulante para su inscripción al Concurso de Becas de Investigación. INSCRIPCION: Para la inscripción deberá presentar en la Secretaría General de
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN FEBRERO - 2015 TÍTULO I. Principios, políticas TÍTULO II. Objetivos TÍTULO III. De la estructura organizacional TÍTULO IV. De la admisión y nivelación TÍTULO V. De la
Más detallesReglamento de capacitación Externa
Reglamento de capacitación Externa El presente reglamento rige para todas las actividades de capacitación externa que Contraloría General de la República imparta a instituciones públicas. Título I De la
Más detallesUSAL UNIVERSIDAD DEL SALVADOR
CAPITULO 1 Consideraciones Generales. Art. 1. Este Reglamento se enmarca dentro de las disposiciones generales de la y particularmente, en el Reglamento General de Posgrados, según Resolución Rectoral
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO
REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas de admisión y matrícula para las carreras de Pregrado que imparte
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL T Í T U L O I DEL CONCEPTO, PROPÓSITO Y REQUISITOS. Artículo 1 : La Práctica Profesional/Final es el conjunto de actividades educativas que el alumno debe realizar
Más detallesPARANA, 28 de octubre de
PARANA, 28 de octubre de 2015.- VISTO, el Expediente Nº 1047/2015 O-UER, el Convenio ME Nº 1500/13, el Acta Paritaria de fecha 29/11/2013, el Decreto Nº 366/06 P.E.N., la Resolución Nº 096/08 CS y el Estatuto
Más detallesPROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES
PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2011 Por medio de este Programa, el Santander Río asigna a la Universidad de Buenos Aires la cantidad de 15 (quince)
Más detallesUNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN
TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD CADIVI SALUD INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DEPORTE CULTURA Y CASOS DE ESPECIAL URGENCIA 2 CONTENIDO I.- ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo I.2. Alcance I.3. Unidades
Más detallesBASES BECAS MAGÍSTER NACIONAL Núcleo Milenio Modelos de Crisis. El Caso de Chile. NS Año Académico 2015
BASES BECAS MAGÍSTER NACIONAL Núcleo Milenio Modelos de Crisis. El Caso de Chile. NS130017 Año Académico 2015 1. Objetivo La Beca de Magíster Nacional del Núcleo Milenio Modelos de Crisis tiene por objeto
Más detallesBECAS DE POSGRADO PARA CIUDADANOS ITALIANOS FORMULARIO DE SOLICITUD DE BECA CONVOCATORIA 2017
BECAS DE POSGRADO PARA CIUDADANOS ITALIANOS FORMULARIO DE SOLICITUD DE BECA CONVOCATORIA 2017 Instrucciones: los espacios grises permiten el ingreso de texto. Las casillas que requieren una desmarcan al
Más detallesESCUELA UNIVERSITARIA DE INGENIERÍA CARRERA DE INGENIERÍA SISTEMAS OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS
ESCUELA UNIVERSITARIA DE INGENIERÍA CARRERA DE INGENIERÍA SISTEMAS OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS INSTRUCTIVO Y PROCEDIMIENTOS PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE INGENIERO DE SISTEMAS Setiembre 2015 Normas
Más detallesA LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017
A LOS ALUMNOS DE LA UNAM PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 La Coordinación del Espacio Común de Educación Superior, ECOES informa de los requisitos generales que los
Más detallesApoyo a ajustes curriculares de los planes de estudios
UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA PRO RECTORADO DE ENSEÑANZA COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA LLAMADO: Apoyo a ajustes curriculares de los planes de estudios MODALIDAD : PROYECTOS CONCURSABLES DE CARÁCTER INSTITUCIONAL
Más detallesCada Departamento ha designado uno o varios responsables de su programa de Doctorado
1. - GENERALIDADES EL DOCTORADO como tercer ciclo de los estudios universitarios está regulado actualmente por el R.D. 778/1998 (BOE de 30 de Abril de 1998) en vigor en la Universidad Politécnica de Madrid
Más detallesCONVOCATORIA No. DRU - 041
CONVOCATORIA No. DRU - 041 La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar en el siguiente proceso de selección:
Más detallesVISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y
QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de
Más detallesMANUAL DE SOLICITUDES DE ESTUDIANTES
Universidad del Bío-Bío MANUAL DE SOLICITUDES DE ESTUDIANTES Formas de completar Dirección de Admisión, Registro y Control Académico Junio de 2011 INDICE ~ 1 ~ Solicitud de cambio de nombre 2 Solicitud
Más detallesINSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN
INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN SANTIAGO DE CHILE OCTUBRE - 2008 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: El presente instructivo regula
Más detallesJEFE/A RRHH Y ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL COLCHAGUA
La Dirección de Vialidad Región del Libertador General Bernardo O Higgins llama a Concurso para proveer el cargo de JEFE/A RRHH Y ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL COLCHAGUA Código 6 474 Tipo de Contrato: Contrata,
Más detallesANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO
Más detalles