MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO EN MÉXICO
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- Guillermo San Martín Ortiz de Zárate
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1 MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO EN MÉXICO Judith Domínguez Gerencia de Políticas Públicas y Marco Legal Subdirección General de Planeación
2 Art. 4 Art. 27 Art. 115 MARCO CONSTITUCIONAL [ ] Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. DERECHO HUMANO AL AGUA Las aguas son propiedad de la Nación y se requiere concesión para su uso explotación y aprovechamiento; Se requiere concesión otorgadas por el Ejecutivo Federal III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; [ ]
3 MARCO LEGAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TRATADO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE AGUAS NACIONALES ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA LEY ORGANICA DE LA APF LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES LEY DE PLANEACION LEY DE AGUAS NACIONALES LEY FEDERAL DE DERECHOS LEY DE CONTRIBUCION DE MEJORAS LEY DE INGRESOS LEYES ESTATALES NORMAS OFICIALES MEXICANAS NORMAS MEXICANAS REGLAMENTOS MUNICIPALES
4 PARTICIPACIÓN INSTITUCIONALIZADA MARCO INSTITUCIONAL FEDERAL SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA Desconcentrado ORGANISMOS DE CUENCA INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGÍA DEL AGUA (IMTA) CONSEJOS DE CUENCA Investigación, ciencia y tecnología del agua Descentralizado DIRECCIONES LOCALES? COMISIONES DE CUENCA COMITÉS TÉCNICOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS CONSEJO CONSULTIVO DEL AGUA ASOCIACIONES DE USUARIOS
5 La gestión del agua se basa en la CUENCA y se realiza a través de 13 Regiones Hidrológicas-Administrativas I Península de Baja California II Noroeste III Pacífico Norte IV Balsas V Pacífico Sur VI Río Bravo VII Cuencas Centrales del Norte VIII Lerma Santiago Pacífico IX Golfo Norte X Golfo Centro XI Frontera Sur XII Península de Yucatán XIII Valle de México
6
7
8 COMISION NACIONAL DEL AGUA Órgano administrativo desconcentrado NIVEL NACIONAL: Política hídrica nacional NIVEL REGIONAL HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVO: Operación, ejecución administración, legales y de gestión ORGANISMOS DE CUENCA AUTORIDAD CUENCAS HIDROLÓGICAS REGIONES HIDROLÓGICAS REGIONES HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVAS
9 ORGANISMO DE CUENCA ÓRGANO INDEPENDIENTE, POR CADA CUENCA O GRUPO DE ÉSTAS Unidad técnica, jurídica y administrativa especializada CONSEJO CONSULTIVO CONSEJO DE CUENCA Integración mixta Secretarías, Representante de los Estados, Representante Presidencias municipales: voz y voto Representante de los usuarios: voz sin voto Autonomía técnica, ejecutiva y administrativa
10 CONSEJO DE CUENCA (La participación social institucionalizada) DIRECTOR GENERAL ASAMBLEA GENERAL DE USUARIOS COMISIÓN DE OPERACIÓN Y VIGILANCIA COMITÉ DIRECTIVO GERENCIA OPERATIVA AUXILIARES COMISIONES DE CUENCA Subcuenca COMITÉS DE CUENCA Inicio de la cuenca COTAS Aguas subterráneas
11 ACTORES Y RELACIONES EN TORNO AL AGUA
12 MARCO INSTITUCIONAL ESTATAL Y MUNICIPAL 32 ENTIDADES FEDERATIVAS (Estados) 32 LEYES ESTATALES DE AGUA MUNICIPIO REGLAMENTOS MUNICIPALES DE SERVICIOS PÚBLICOS COMISIONES ESTATALES DE AGUA ORGANISMOS OPERADORES ASOCIACIONES INTERMUNICIPALES Sistemas de agua municipales Comités Rurales Régimen Especial
13 LA REFORMA JURÍDICA E INSTITUCIONAL (PNH) Las reformas del sector: Programa Nacional Hídrico ( )
14 Fundamento: Plan Nacional de Desarrollo Con apego al PND , se establecen cinco lineamientos rectores para el sector hídrico en México: 1. El agua como elemento integrador de los mexicanos. 2. El agua como elemento de justicia social. 3. Sociedad informada y participativa para desarrollar una cultura del agua. 4. El agua como promotor del desarrollo sustentable. 5. México como referente en el tema del agua a nivel internacional.
15 PROGRAMA NACIONAL HÍDRICO
16 Programa Nacional Hídrico
17 REFORMA DEL SECTOR AGUA 1. Reforma del marco jurídico del agua para propiciar el fortalecimiento del sector hídrico. Creación de una ley general de aguas. Elaborar los reglamentos y normas pertinentes. 2. Reforma institucional del sector público del agua. Reingeniería de todas las instituciones del sector agua del Gobierno de la República. Reforma de las instituciones de los otros órdenes de gobierno. Revisión y adecuación del marco fiscal.
18 MODERNIZACIÓN DEL SECTOR 1. Políticas públicas en materia de agua y su gestión. México enfrenta una situación hídrica compleja que requiere medidas responsables y objetivas a fin de lograr la seguridad hídrica. Generación de políticas públicas del agua que permitan una gestión del recurso de manera sustentable.
19 Objetivos, estrategias y líneas de acción PNH Objetivo 1. Fortalecer la gestión integrada y sustentable del agua Estrategia 1.1 Ordenar y regular los usos del agua en cuencas y acuíferos Adecuar la Ley Federal de Derechos en función de las zonas de disponibilidad Ajustar las concesiones y asignaciones a la oferta y disponibilidad real de agua y a las prioridades nacionales Actualizar decretos de veda, reserva y zonas reglamentadas Regular las zonas de libre alumbramiento Regular cuencas y acuíferos. Estrategia 1.6 Fortalecer la gobernabilidad del agua Formular los instrumentos legales o reformar los existentes para adecuar el marco jurídico vigente Proponer e implementar las modificaciones a la Ley Federal de Derechos.
20 Objetivos, estrategias y líneas de acción PNH Objetivo 3. Fortalecer el abastecimiento de agua y el acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento Estrategia 3.5 Promover los instrumentos de coordinación que propicien la certeza jurídica para garantizar el derecho humano de acceso al agua Promover los instrumentos de coordinación que permitan la regulación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
21 MARCO JURÍDICO DE LA INFORMACIÓN DEL AGUA
22 MARCO JURÍDICO DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION SOBRE CANTIDAD, CALIDAD, USOS Y CONSERVACIÓN DEL AGUA (SINA) Constitución Mexicana El Estado contará con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica cuyos datos serán considerados oficiales para la Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios, los datos contenidos en el Sistema serán de uso obligatorio en los términos que establezca la Ley Articulo 26, Fracción B. Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica La información de interés nacional es aquella que resulte necesaria para el diseño y evaluación de las políticas públicas, que se elabore con base en una metodología científicamente sustentada, que sea generada en forma regular y periódica. En noviembre de 2009 se crea el Comité Técnico Especializado de Información en Materia de Agua (CETAGUA).
23 LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal. Artículo 4. Son objetivos de esta Ley: I. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos; II. Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información que generan los sujetos obligados; III. Garantizar la protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados; IV. Favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados; V. Mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos, y VI. Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del Estado de derecho.
24 Cómo debe darse la información? La información deberá estar a disposición del público, a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica. Los sujetos obligados deberán tener a disposición de las personas interesadas equipo de cómputo, a fin de que éstas puedan obtener la información, de manera directa o mediante impresiones. Asimismo, éstos deberán proporcionar apoyo a los usuarios que lo requieran y proveer todo tipo de asistencia respecto de los trámites y servicios que presten.
25 Ley de Aguas Nacionales (LAN) Comisión Nacional del Agua: Mantener actualizado y hacer público periódicamente el inventario de las aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes y de la infraestructura hidráulica federal. Elaborar balances en cantidad calidad del agua por regiones y cuencas hidrológicas. Establecer el Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del agua como instrumento básico y uno de los principios de la política hídrica nacional. En este sentido la LAN faculta a la Comisión Nacional del Agua para: Integrar el Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del agua, con la participación de los Organismos de Cuenca, en coordinación con los gobiernos de los estados y del Distrito Federal y con los Consejos de Cuenca... (Artículo 9, Fracción XLVII) La planificación y programación nacional hídrica y de las cuencas se sustentará en una Red integrada por el SINA y los SIRA.
26 El Sistema Nacional de Información del Agua en el PNH Se modernizará el Sistema Nacional de Información del Agua, inspirado en los mejores sistemas en el orbe en materia de planificación y desarrollo hídrico. Con ello, se facilitará el acceso a la información, de manera ágil, amena, moderna y eficaz. Además Objetivo 4. Incrementar las capacidades técnicas, científicas y tecnológicas del sector Estrategia 4.4 Generar y proveer información sobre el agua Fortalecer e innovar los sistemas de información del agua, nacional y regionales
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