JORNADA sobre PROPIEDAD INTELECTUAL. C/ Ríos Rosas, 36-5º Centro MADRID Teléfono Fax
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- César Pereyra Cano
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1 JORNADA sobre PROPIEDAD INTELECTUAL C/ Ríos Rosas, 36-5º Centro MADRID Teléfono Fax
2 CONTRATO DE EDICIÓN I Pago de derechos de autor: TR. Ley de Propiedad Intelectual aprobado por RDL 1/1996 de 12 de abril: Remuneración al autor por cesión de derechos (Art. 46): Participación proporcional en los ingresos de la explotación. Regla general
3 CONTRATO DE EDICIÓN I Pago de derechos de autor: Ley de Propiedad Intelectual: Remuneración al autor por cesión de derechos (Art. 46): A tanto alzado. Supuestos tasados:» Dificultad de determinar los ingresos» Carácter accesorio no esencial» 1ª o única edición de: Antologías Prólogos Ilustraciones Traducciones Obras científicas Ediciones populares a precios reducidos
4 CONTRATO DE EDICIÓN I Pago de derechos de autor: Ley de Propiedad Intelectual: Cesión mediante compensación económica (Art. 58) Remuneración del autor (Art.60. 5) contenido mínimo del contrato de edición Causa de nulidad (Art. 61)
5 CONTRATO DE EDICIÓN I Pago de derechos de autor: Ley de Propiedad Intelectual: Edición en forma de libro Anticipos (Art. 62) % sobre PVP
6 CONTRATO DE EDICIÓN I Pago de derechos de autor: Ley de Propiedad Intelectual: Obligación del editor, satisfacer la remuneración estipulada (Art. 64.5) Resolución del contrato por incumplimiento (Art. 68)
7 CONTRATO DE EDICIÓN I Pago de derechos de autor: Liquidaciones: Contenido mínimo del certificado: Fabricación Distribución Existencias Periodicidad Justificantes
8 CONTRATO DE EDICIÓN I Pago de derechos de autor: Liquidaciones: Emisión de factura: IVA Exento (Artículo 20. UNO 26ª LIVA 37/1992) No exento
9 CESIÓN DE DERECHOS A TERCEROS TRADUCCIÓN Cesión de derechos de transformación Contrato con traductor OTRO TIPO DE TRANSFORMACIÓN CESIÓN A OTRA EDITORIAL EDICIÓN EN OTROS PAÍSES
10 COEDICIÓN Ley del libro 12 de marzo de 1975 definiciones: OBRA TERMINADA. Traducción (Art. 28) CREACIÓN DE OBRA. Reparto de funciones (Art. 29) COEDICIÓN PLENA. Publicación simultánea (Art. 30) No regulado en la LPI:
11 TERMINACIÓN NATURAL DEL CONTRATO DE EDICIÓN Por terminación del plazo de duración convenido Por cumplimiento del objeto del contrato Ej. Edición para venta de ejemplares con ocasión de una exposición Por transcurso de diez años si la remuneración se pactó a tanto alzado. Por transcurso de quince años desde que el autor puso al editor en Condiciones de realizar la reproducción de la obra.
12 EFECTOS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO Salvo pacto en contrario, el editor podrá enajenar los ejemplares que posea dentro de los tres años siguientes. La enajenación queda sujeta a las condiciones establecidas en el contrato extinguido. El autor podrá adquirir los ejemplares por el 60% del PVP o por el que se determine pericialmente u optar por ejercer tanteo sobre el precio de venta.
13 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE EDICIÓN Si el editor no realiza la edición en el plazo y condiciones convenidas. Si el editor no lleva mantiene una explotación continua y una difusión comercial conforme a los usos habituales del sector de la edición. Si el editor no satisface la remuneración estipulada. Debe liquidar al menos una vez al año y certificar los datos relativos a fabricación, distribución y existencias.
14 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE EDICIÓN Si el editor procede a la venta como saldo o destrucción sin respeta los requisitos del artículo 67 de la Ley Si el editor cede indebidamente los derechos a un tercero. Si el editor no efectúa la siguiente edición en un año desde que fuese requerido para ello por el autor. Supuestos de liquidación o cambio de titularidad de la empresa editorial si no se ha iniciado la reproducción de la obra.
15 DERECHO DE OPCIÓN PREFERENTE Otorga al editor preferencia para suscribir un contrato en iguales condiciones que las que el autor haya convenido con un tercero. * Una vez se haya extinguido el contrato de edición, para editar nuevamente la obra. * Vigente el contrato de edición, para explotar la obra en otras modalidades no contempladas en el contrato
16 DERECHO DE OPCIÓN PREFERENTE En el contrato donde se reconozca este derecho conviene: Establecer el plazo del que dispone el autor para comunicar al editor las condiciones convenidas con el tercero. Señalar el plazo del que dispone el editor para ejercitar el derecho de opción.
17 VENTA EN SALDO Venta de los ejemplares a un precio notablemente inferior al inicialmente fijado por el editor o convenido con el autor. Motivos: evitar gastos por almacenaje, evitar o contener pérdidas, desentenderse de una obra poco comercializable, promover nuevas obras del mismo tema. La venta en saldo antes de haber transcurrido dos años desde la puesta en circulación de los ejemplares, requiere autorización del autor.
18 VENTA EN SALDO Procedimiento: El editor debe comunicar fehacientemente al autor su decisión informando del precio y número de ejemplares a saldar. El autor, en los treinta días siguientes, podrá optar entre: Adquirir los ejemplares por el precio de saldo. Percibir el 10% del importe facturado por el editor. Nota.- El autor puede destinar los ejemplares al comercio.
19 DESTRUCCIÓN DE EJEMPLARES La destrucción antes de dos años desde la puesta en circulación de los ejemplares, requiere autorización del autor. Procedimiento: El editor deberá notificar al autor su decisión El autor, en los treinta días siguientes, podrá exigir que se le entreguen todos o parte de los ejemplares. Nota.- El autor no puede destinar los ejemplares al comercio.
20 E BOOK Objeto del contrato: explotación de la obra en formato digital. Cesión de derechos: reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la obra en formato digital a fin de: * digitalizarla y reproducirla en otros formatos. * ponerla a disposición del público en archivo digital * autorizar su descarga * comercializarla mediante POD, en su caso
21 E BOOK Exclusividad de la cesión. Ambito territorial: Países en los que el editor puede explotar la obra. Duración de la cesión. Plazo de entrega de la obra por el autor. Plazo para la publicación de la obra por el editor.
22 E BOOK Remuneración: por acceso en internet con/sin posibilidad de descarga. por descarga del archivo para lectura en lectores por ejemplar vendido en modalidad de POD Liquidaciones: Periodicidad y certificación de datos. Sistema de protección del archivo digital. Sistema de control de accesos y descargas.
23 PRECIO FIJO DEL LIBRO Antecedentes: RD 484/1990, de 30 de marzo y Ley 9/1975, de 12 de marzo Regulación actual: Ley 10/2007, de 22 de junio Posibilitar la lectura Difundir la cultura Garantizar el acceso a los libros a todos los potenciales lectores. Facilitar la coexistencia de ediciones de rápida y más larga rotación. Permitir el acceso igualitario y diverso a la cultura (artículo 44 CE)
24 PRECIO FIJO DEL LIBRO Regla general Excepciones Exclusiones
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