Nº EXPTE.: AAI/021/2006. TITULAR: ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A.
|
|
- Sandra Aguilar Vázquez
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Nº EXPTE.: AAI/021/2006. TITULAR: ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A. RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA COMO CONSECUENCIA DE LA CONEXIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES AL SISTEMA GENERAL DE SANEAMIENTO DE LA CUENCA FLUVIAL SAJA BESAYA Y, POR LA ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO LER ASIGNADO A DOS DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS GENERADOS EN EL NORMAL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA. ANTECEDENTES Primero. Con fecha 24 de abril de 2008, la Dirección General de Medio Ambiente emite Resolución por la que se otorga a la empresa ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A. Autorización Ambiental Integrada para el conjunto de instalaciones que conforman el proyecto: Instalación para la transformación de materias plásticas y fabricación de embalajes flexibles, con una capacidad de consumo de disolventes orgánicos de t/año, instalaciones ubicadas en la localidad de Torrelavega, término municipal de Torrelavega. (B.O.C. núm. 108, de fecha 4 de junio de 2008), modificada mediante Resolución de fecha 14 de julio de En dicha resolución, en el artículo SEGUNDO, en los apartados C.- CALIDAD DE LAS AGUAS y G.- PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL, punto G.1.- Medidas preventivas y correctoras, en el epígrafe b) relativo a Control de las aguas residuales, se especifican las características y condiciones que deben cumplir los vertidos de las aguas residuales de la empresa al dominio público hidráulico, concretamente sobre el río Saja, y se establecen los controles e inspecciones a que se someten dichos vertidos; en el apartado E.- GESTIÓN DE RESIDUOS GENERADOS EN PLANTA, se indican los residuos generados en el desarrollo de la actividad de la empresa y las normas de aplicación para su correcta gestión. Mientras que en el artículo PRIMERO se describen someramente las instalaciones de la empresa, incluidas las de tratamiento de aguas residuales, así como las distintas afecciones de la actividad sobre el medio. Página 1 de 14
2 En el punto C.4 relativo a Instalaciones de depuración de aguas residuales, del apartado C del artículo SEGUNDO de la Resolución de referencia, se establece que: En el momento en el que exista viabilidad técnica para ello, deberían conectarse las aguas sanitarias a la red de saneamiento municipal. En el momento en el que se realice la conexión se actualizarán los valores límite del vertido.. Segundo. Con fecha 24 de marzo de 2009, se publica en el Boletín Oficial de Cantabria el Decreto 18/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria, por el que se establecen las normas reguladoras de la calidad de los vertidos a los sistemas de saneamiento. En él se regula la protección de las instalaciones de saneamiento y depuración; la definición de los vertidos prohibidos y tolerados; la obligación de obtener permiso previo para los vertidos de naturaleza no doméstica, así como el procedimiento y contenido de dicho permiso; régimen de situaciones de emergencia y de vertidos accidentales; y el régimen de inspecciones, tomas de muestra y análisis de los vertidos. Tercero. Con fecha 23 de noviembre de 2009 la empresa presenta escrito por el que se solicita de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua autorización para la conexión de las aguas residuales al Sistema General de Saneamiento de la Cuenca Saja Besaya y la adaptación de los valores límite del vertido de la empresa a los valores admitidos para el vertido de aguas residuales a colector de saneamiento. Con el escrito se adjunta copia del Proyecto denominado: Conexión del Saneamiento de las instalaciones de Plásticos Españoles, S.A. con el Saneamiento del Saja Besaya en Torrelavega (Cantabria), visado por el Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Cantabria con fecha de 29 de mayo de 2009 y firmado por D. José Ignacio Álvaro González con número de colegiado del citado Colegio Profesional. Cuarto. Con fecha 13 de abril de 2010 se recibe escrito de la empresa por el que solicita la modificación de los códigos LER asignados a dos de los residuos peligrosos que genera en el normal desarrollo de su actividad, al haber sido cambiados dichos códigos por el gestor autorizado que los gestiona, con el escrito se aportan los correspondientes documentos de aceptación. Página 2 de 14
3 Quinto. Con fecha 1 de septiembre de 2010, la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua del Gobierno de Cantabria, otorga permiso para la conexión de los vertidos de aguas residuales de las instalaciones de la factoría de la empresa ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A., ubicada en Torrelavega, al Sistema General de Saneamiento de la Cuenca Saja Besaya, a través del pozo de registro previo al Aliviadero de La Lechera, quedando expresamente excluida la conexión de las citadas aguas residuales o de cualquier otras, sea cual sea su procedencia, al Colector interceptor. Sexto. Con fecha 26 de mayo de 2011, por parte de la empresa se pone en conocimiento de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua que con fecha 11 de mayo de 2011 se concluyen las obras de conexión al sistema general de saneamiento y que por parte de la Dirección Facultativa se emite el correspondiente Certificado Final de Obra, dentro del que se incluye plano con el estado final de la instalación proyectada, por lo que solicita la actualización de los parámetros de control del vertido incluidos en la Autorización Ambiental Integrada de la empresa, en base a las nuevas condiciones de vertido. Séptimo. De conformidad con el procedimiento de tramitación establecido en los artículos 82 y 83 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con fecha 27 de septiembre de 2011, se solicita informe en el ámbito de sus competencias a las empresas ASPLA-PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A. y MEDIO AMBIENTE, AGUA, RESIDUOS Y ENERGÍA, S.A. (en adelante MARE, S.A.), a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, a la Subdirección General de Aguas (antes Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua), al Ayuntamiento de Torrelavega, así como al Servicio de Prevención y Control de la Contaminación de ésta Dirección General. Octavo. Con fecha 4 de octubre de 2011, el Servicio de Prevención y Control de la Contaminación informa que el cometido de dicho Servicio es el control de lo recogido en las Autorizaciones Ambientales Integradas y la autorización de instalaciones excluidas del ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de acuerdo con las competencias establecidas en la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente aprobada mediante Decreto 73/2005; con independencia de solicitudes de información específica obrantes en dicho Servicio. Página 3 de 14
4 Noveno. Con fecha 21 de octubre de 2011, la Subdirección General de Aguas remite informe del Servicio de Planificación Hidráulica de fecha 20 de octubre de 2011, por el que se comunica que con fecha 3 de junio de 2011 se ha solicitado informe de la empresa MARE, S.A. como Gestor de las infraestructuras del Saneamiento Saja Besaya. Informe que no ha sido emitido hasta la fecha y puesto que lo considera preceptivo y vinculante, no está en disposición de emitir el informe requerido. Décimo. Con fecha 21 de octubre de 2011, el Ayuntamiento de Torrelavega informa que sometida la propuesta de modificación a la consideración del Servicio de Abastecimiento de Aguas y Saneamiento, éste manifiesta que no existe inconveniente, en lo que afecta al abastecimiento de agua y al saneamiento municipales, dado que la conexión al alcantarillado se efectúa al Colector Secundario de La Lechera del Saneamiento Saja Besaya, cuya competencia corresponde al Gobierno de Cantabria. Undécimo. Con fecha 31 de octubre de 2011, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico requiere que le sea remitida copia de la documentación presentada por ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A. en relación al vertido incorporado al sistema general de saneamiento de la cuenca Saja Besaya, o a cualquier otro que pudiera continuar efectuándose a dominio público hidráulico, en su caso, con objeto de emitir el informe solicitado. Mediante escrito con fecha de 8 de noviembre de 2011, se da traslado de la documentación requerida hasta el Organismo de cuenca. Sin que hasta la fecha haya emitido informe. Duodécimo. Con fecha 14 de noviembre de 2011 la empresa pública MARE, S.A., manifiesta estar de acuerdo y no presentar alegación alguna, a la vista de los apartados de la propuesta de modificación que pueden tener influencia sobre los sistemas de saneamiento que gestiona. Decimotercero. Con fecha 1 de diciembre de 2011, la Subdirección General de Aguas remite informe del Servicio de Planificación Hidráulica, de fecha 25 de noviembre de 2011, por el que se pone manifiesto que tras recibir el informe solicitado de la empresa MARE, S.A. como Gestor de las infraestructuras del Saneamiento Saja Besaya, no encuentra inconveniente en que se pueda acceder a la actualización de los parámetros regulados en la Autorización Ambiental Integrada, de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas: Página 4 de 14
5 Está prohibido verter al saneamiento las sustancias reguladas en el Anexo I del Decreto 18/2009, de 12 de marzo. El caudal punta máximo admisible, será de 50 l/seg. El volumen máximo diario admisible, será de m 3 /día. Los valores límite de vertido a colector, se ajustarán a los máximos de la tabla siguiente: Parámetro Valor límite autorizado Unidad ph 5,5-10 U ph MES mg/l DBO mg O 2/l DQO mg O 2/l Amonio 100 mg NH 4 + /l Aceites y grasas 250 mg/l Para el resto de parámetros de los recogidos en el Anexo II del Decreto 18/2009, de 12 de marzo, los valores límite de vertido serán de aplicación los máximos recogidos en el mencionado Anexo II. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. El artículo 10.3 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, señala que el titular que pretenda llevar a cabo una modificación de una instalación sometida a autorización ambiental integrada, deberá comunicarlo al órgano competente para otorgar la misma, indicando razonadamente si considera que se trata de una modificación sustancial o no sustancial. De conformidad con el artículo 10.4 de la citada ley estatal, cuando el titular de la instalación considere que la modificación proyectada no es sustancial procederá a llevarla a cabo, siempre que el órgano competente para otorgar dicha autorización no manifieste lo contrario en el plazo de un mes. El artículo 16.4 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, establece que: Página 5 de 14
6 En todo caso, cualquier modificación de las características de una instalación o actividad sujeta a autorización ambiental integrada que no revista carácter sustancial, según lo dispuesto en el apartado anterior, deberá ser puesta en conocimiento de la Administración de la Comunidad Autónoma. Si la Administración entendiera que la modificación tiene carácter sustancial comunicará al titular, en el plazo máximo de un mes, la necesidad de obtener la preceptiva autorización ambiental integrada. La falta de notificación en plazo de la resolución autorizará al interesado a llevar a cabo las modificaciones pretendidas. Segundo. De acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, y tal como se establece en el Decreto 73/2005, de 30 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica y se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, el órgano competente para pronunciarse sobre las modificaciones que solicite el titular de una empresa sometida a autorización ambiental integrada es la Dirección General de Medio Ambiente. En virtud de todo lo anterior, visto el informe técnico emitido y de conformidad con la legislación aplicable, ésta Dirección General de Medio Ambiente, RESUELVE PRIMERO: Otorgar a la empresa ASPLA - PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A., con domicilio social en Avenida Pablo Garnica, CP: 39300, Torrelavega (Cantabria) y CIF: A , Autorización para una modificación no sustancial del conjunto de instalaciones que conforman el Proyecto: Instalación de transformación de materias plásticas y fabricación de embalajes flexibles con una capacidad de consumo de disolventes orgánicos de t/año, sometido al procedimiento de otorgamiento de la Autorización Ambiental Integrada, con un doble objetivo, por un lado, consiste en eliminar toda referencia al vertido de aguas residuales de la empresa sobre el dominio público hidráulico, al haber sido conectadas las aguas residuales al Sistema General de Saneamiento de la Cuenca Fluvial Saja Besaya y adaptar los apartados que recogen las características y condiciones que deben cumplir los vertidos al nuevo medio receptor y a lo preceptuado en el Decreto de Cantabria 18/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria. Por otro lado, consiste en actualizar los códigos LER asignados a dos de los residuos peligrosos generados en el normal desarrollo de la actividad de la empresa. Página 6 de 14
7 SEGUNDO. Modificar la Resolución emitida por la Dirección General de Medio Ambiente, con fecha 24 de abril de 2008, por la que se otorga a la empresa ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A. Autorización Ambiental Integrada para el conjunto de instalaciones que conforman el proyecto: Instalación para la transformación de materias plásticas y fabricación de embalajes flexibles con una capacidad de consumo de disolventes orgánicos de t/año, instalaciones ubicadas en la localidad de Torrelavega, término municipal de Torrelavega, modificada mediante Resolución de fecha 14 de julio de 2009, en los siguientes extremos: A) En el Artículo PRIMERO de la Resolución, se describen someramente el conjunto de instalaciones de la empresa, así como las distintas afecciones que genera el desarrollo de la actividad sobre el medio. En el antepenúltimo párrafo de este Artículo además de describir la procedencia de las aguas residuales industriales de la empresa y las instalaciones de tratamiento con que cuenta la actividad, se cita que el vertido de la empresa se realiza al dominio público hidráulico. En cuanto a los vertidos generados, éstos se corresponden con aguas sanitarias y purgas del sistema de refrigeración que se tratan en un sistema de tratamiento biológico, consistente en una reja de desbaste, desarenador, tratamiento biológico con sistema de fangos activos y decantador secundario. El efluente procedente de la depuradora se vierte al río Saja mediante un único punto de vertido. Se ha de modificar su redacción al objeto de cambiar el medio sobre el que la empresa realiza dichos vertidos, al pasar a verter sobre sistema de saneamiento y describir las instalaciones de tratamiento de aguas residuales aunque no se empleen tras la conexión de las aguas residuales al sistema de saneamiento, a través del pozo de registro previo al Aliviadero de la Lechera, por lo que se redacta de la siguiente forma: En cuanto a los vertidos generados, éstos se corresponden con aguas sanitarias, purgas del sistema de refrigeración y pluviales potencialmente contaminadas que se vierten al Sistema General de Saneamiento de la cuenca Saja Besaya, por un único punto de vertido. Hasta su conexión a colector del saneamiento, las aguas residuales de la empresa eran tratadas mediante un sistema de tratamiento biológico, actualmente en desuso, consistente en una reja de desbaste, desarenador, tratamiento biológico con sistema de fangos activos y decantador secundario. Página 7 de 14
8 Mientras que en el último párrafo del Artículo PRIMERO de la Resolución, se describen las instalaciones que el proyecto incorpora y que pueden ser consideradas como mejores técnicas disponibles (en adelante MTD s). El proyecto incorpora las siguientes instalaciones que pueden considerarse MTD s, de acuerdo con el Reference Document on Best Available Techniques on Surface Treatment using Organic Solvents adoptado por el European Integrated Pollution Prevention and Control Bureau en Agosto de 2007: - MTD s para la minimización de emisión de disolventes a la atmósfera: Oxidador Térmico Regenerativo, mantenimiento autotérmico del tratamiento de oxidación que consta de la optimización de la concentración de la corriente a tratar, la minimización de la cantidad a tratar y el pretratamiento del efluente de salida. - MTD s para la minimización de contaminantes en vertidos: tratamiento biológico para las aguas sanitarias y purgas de refrigeración. Se ha de modificar su redacción al objeto suprimir el último guión relativo a las instalaciones que pueden considerarse como MTD s para la minimización de contaminantes en vertidos, al estar en desuso la estación depuradora de aguas residuales de la empresa tras la conexión de las aguas residuales al saneamiento, por lo que se redacta de la siguiente forma: El proyecto incorpora las siguientes instalaciones que pueden considerarse MTD s, de acuerdo con el Reference Document on Best Available Techniques on Surface Treatment using Organic Solvents adoptado por el European Integrated Pollution Prevention and Control Bureau en Agosto de 2007: - MTD s para la minimización de emisión de disolventes a la atmósfera: Oxidador Térmico Regenerativo, mantenimiento autotérmico del tratamiento de oxidación que consta de la optimización de la concentración de la corriente a tratar, la minimización de la cantidad a tratar y el pretratamiento del efluente de salida. B) Al no existir en la actualidad vertidos de aguas residuales sobre el dominio público hidráulico, procede eliminar toda referencia a los citados vertidos y adaptar las condiciones que deben cumplir los vertidos de la empresa al nuevo medio receptor; para lo que se ha de modificar íntegramente el apartado C del artículo SEGUNDO de la Resolución. Página 8 de 14
9 Por otra parte, con fecha 24 de marzo de 2009, se publica en el Boletín Oficial de Cantabria el Decreto 18/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria, en cuyo artículo 8, se establecen las prohibiciones y limitaciones de los vertidos a colector. Por lo que se ha de: Incorporar las prohibiciones establecidas en el artículo 8 del Decreto 18/2009; como son el verter al sistema de saneamiento aquellas sustancias relacionadas en el Anexo I de dicho Decreto, el utilizar técnicas de dilución para alcanzar los valores límite de emisión y el vertido de aguas blancas cuando exista una solución técnica alternativa. Establecer que para aquellos parámetros del Anexo II del Decreto 18/2009, de 12 de marzo, para los que no se especifiquen limitaciones en la Resolución por la que se otorga autorización ambiental integrada a las instalaciones del titular, las limitaciones serán las especificadas en el citado Anexo. El apartado C.- CALIDAD DE LAS AGUAS del artículo SEGUNDO de la Resolución, queda redactado de la siguiente forma: C.-CALIDAD DE LAS AGUAS Los efluentes generados como consecuencia de las actividades desarrolladas por ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A., se corresponden principalmente con: purgas del sistema de refrigeración, aguas residuales sanitarias procedentes de los aseos y vestuarios del personal y; aguas pluviales potencialmente contaminadas. C.1.- Punto de Vertido. Existe un único punto de vertido al Sistema General de Saneamiento de la cuenca Saja Besaya, la conexión se realiza en la arqueta de registro que conecta el saneamiento con el Aliviadero de La Lechera, en las coordenadas: X: ,23 Y: ,18 Página 9 de 14
10 Dado que la conexión se realiza en el último pozo de registro, antes de incorporarse al saneamiento general a través del Aliviadero de La Lechera, y ante la posibilidad de que el colector general entre en carga, la conexión del ramal procedente de la empresa a dicho pozo, se deberá realizar a una profundidad no mayor de 50 cm., ya que si no, al entrar en carga el colector general propiciaría la entrada en carga del ramal de la empresa. En caso de que no hubiera cota suficiente para respetar esos 50 cm. de resguardo en el pozo de conexión, la conexión del vertido procedente de la empresa se deberá hacer mediante impulsión forzada, o en su defecto, el titular del vertido deberá dotar a su instalación de un sistema antirretorno, que impida el paso del agua del sistema Saja Besaya en dirección a las instalaciones de la empresa. En caso de optar por esta alternativa, los posibles problemas y consecuencias derivados de la capacidad de desagüe de las aguas procedentes de ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A., no serán responsabilidad ni del Gobierno de Cantabria, ni de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, ni de la entidad gestora del Sistema General de Saneamiento de la cuenca Saja Besaya. El mantenimiento, explotación y gestión de la acometida (conducción y arquetas) entre el complejo fabril y el punto de conexión del saneamiento en Alta, será competencia del propietario de la acometida y nunca de la Consejería de Medio Ambiente o de la Entidad en quien esta delegue para la explotación de la red en Alta. C. 2.- Caudal de vertido. Caudal punta máximo admisible: Volumen máximo diario: 50 l/s m 3 /d. Si como consecuencia de la revisión de la Autorización Ambiental Integrada, se produjera una modificación en la caracterización de las aguas pluviales (contaminadas y no contaminadas), así como de las aguas de proceso que provengan exclusivamente de la refrigeración, posibilitando que estas pudieran verterse directamente al dominio público hidráulico, los caudales punta y los volúmenes máximos diarios autorizados, se deberán someter a la oportuna revisión. C.3.- Valores límite de vertido a colector. Los parámetros característicos de contaminación del vertido de aguas residuales a colector, son los que se relacionan a continuación: Página 10 de 14
11 Parámetro Valor límite autorizado Unidad ph 5,5-10 U ph MES mg/l DBO5 750 mg O2/l DQO mg O2/l Amonio 100 mg NH4 + /l Aceites y grasas 250 mg/l Para aquellos parámetros recogidos en el Anexo II del Decreto 18/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria, para los que no se especifican limitaciones en la tabla anterior, las limitaciones serán las especificadas en dicho Anexo. Está prohibido el vertido al sistema de saneamiento de las sustancias relacionadas en el Anexo I del citado Decreto 18/2009, de 12 de marzo. No se podrán utilizar técnicas de dilución para alcanzar los valores límite de emisión, excepto en los supuestos de emergencia o peligro inminente, en cuyo caso, se deberá proceder a comunicar de forma inmediata estas circunstancias a la Entidad gestora del sistema de saneamiento. Asimismo, se prohíbe el vertido de aguas blancas cuando exista una solución técnica alternativa, en caso contrario, se deberá obtener un permiso específico para dichos vertidos. Se dispondrá de una arqueta de control de vertido, fácilmente accesible e identificable, que permita las labores de inspección y control a realizar por la Administración, en el ejercicio de sus competencias, que deberá reunir las características necesarias para poder obtener muestras representativas de los vertidos. ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A., vendrá obligada a facilitar en todo momento la entrada a las instalaciones fabriles, siguiendo los protocolos de seguridad instaurados en la empresa, del personal designado por la administración competente en materia de vertidos, así como del personal encargado de la explotación y/o gestión del Sistema General de Saneamiento Saja Besaya, al objeto de poder ejercer sus competencias en materia de inspección y control de vertidos al sistema público de saneamiento. Página 11 de 14
12 C) En el Apartado G- PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL, punto G.1.- Medidas preventivas y correctoras, del artículo SEGUNDO de la Resolución, procede adaptar el epígrafe b) relativo a Control de las aguas residuales en función del medio receptor y establecer los controles a realizar de forma periódica para aquellos parámetros para los que se establece valor límite en la Resolución. Por otra parte, el Decreto 18/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria, en su Anexo VI recoge las condiciones de preservación de muestras y los métodos analíticos para estos vertidos, las cuales han de ser consideradas. Del mismo modo, en aplicación de los apartados d) y e) del artículo 12 del citado Decreto 18/2009, de 12 de marzo, se considera oportuno incorporar la potestad de poder exigir del titular de la autorización, con carácter obligatorio, la instalación en la arqueta de inspección y control, de los elementos de toma de muestras y aforo, en continuo, del vertido autorizado. Con lo que el epígrafe b) relativo a Control de las aguas residuales queda redactado: b) Control de las aguas residuales. Semestralmente, un laboratorio acreditado (ECAMAS) tomará muestras y realizará el análisis de los parámetros indicados en la tabla del punto C.3 de la presente Resolución, relativo a valores límite de vertido a colector. Los resultados de dichos análisis deberán ser correctamente registrados y, remitidos a la Dirección General de Medio Ambiente. Dichos controles se llevarán a cabo en la arqueta de control de vertido habilitada para tal fin, que deberá reunir las características necesarias para poder obtener muestras representativas de los vertidos. En aplicación del artículo 12 del Decreto 18/2009, de 12 de marzo, la Dirección General de Medio Ambiente se reserva la potestad de poder exigir del titular de la autorización, con carácter obligatorio, la instalación en la arqueta de inspección y control, de los elementos de toma de muestras y de aforo, en continuo, del vertido autorizado. Las condiciones de preservación de muestras y los métodos analíticos serán los establecidos por el Anexo VI del Decreto 18/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria. Página 12 de 14
13 D) En el Apartado E.- GESTION DE RESIDUOS GENERADOS EN PLANTA, del artículo SEGUNDO de la Resolución, se recogen las normas de aplicación para la producción y correcta gestión de los residuos generados por la empresa y se incluye el listado de los residuos peligrosos y no peligrosos autorizados, clasificados de acuerdo con la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. Dicha gestión, se realizará en el marco legislación sectorial aplicable en la materia. Desde la publicación de la autorización ambiental integrada, se da la circunstancia de que por parte del gestor autorizado que gestiona dos de los residuos peligrosos que produce la empresa en el normal desarrollo de su actividad se han cambiado los códigos LER asignados a estos residuos. De los que la empresa aporta los correspondientes documentos de aceptación emitidos por gestor autorizado. Lo que aconseja actualizar la lista de los residuos peligrosos recogida en la tabla del punto E.1. Residuos Peligrosos al objeto de sustituir el código LER * del residuo Adhesivos de poliisobutileno y poliuretano por el código LER * y el código LER * del residuo Aceites usados por el código LER *. Por lo que en la Tabla del punto E.1. Residuos Peligrosos del apartado E.- GESTION DE RESIDUOS GENERADOS EN PLANTA del artículo SEGUNDO, la fila décima y la decimotercera correspondientes, respectivamente, a los residuos denominados Adhesivos de poliisobutileno y poliuretano y Aceites usados, quedan redactadas de la siguiente forma: Código LER DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO PROCESO GENERADOR Código según anexo I del RD 952/1997 Cantidad Generada (t) * Aceites usados Mantenimiento y cogeneración R 9 Generación esporádica * Adhesivos de poliisobutileno y poliuretano Producción R TERCERO: Comunicar el contenido de la presente Resolución a las empresas ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A. y MEDIO AMBIENTE, AGUA, RESIDUOS Y ENERGÍA, S.A., a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, al Ayuntamiento de Torrelavega, a la Subdirección General de Aguas, al Servicio de Prevención y Control de la Contaminación y al Servicio de Impacto y Autorizaciones Ambientales. Página 13 de 14
14 CUARTO: Ordenar la publicación de la presente Resolución en la página web de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Gobierno de Cantabria y un anuncio indicativo en el Boletín Oficial de Cantabria. QUINTO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y el procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación. Asimismo, en el caso de otras Administraciones Públicas interesadas, podrá interponerse Requerimiento Previo en los términos previstos en el Artículo 132 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ante el Gobierno de Cantabria en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, o directamente Recurso Contencioso- Administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en idéntico plazo a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el Recurso, la Resolución será firme a todos los efectos. Santander, a 20 de enero de 2012 EL DIRECTOR GENERAL DE MEDIO AMBIENTE EMILIO FLOR PÉREZ ASPLA PLÁSTICOS ESPAÑOLES, S.A. AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS. MEDIO AMBIENTE, AGUA, RESIDUOS Y ENERGÍA, S.A. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO. SERVICIO DE IMPACTO Y AUTORIZACIONES AMBIENTALES. SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN. Página 14 de 14
RESOLUCION SOBRE MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL IRRELEVANTE DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA DE
RESOLUCION SOBRE MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL IRRELEVANTE DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA DE LAS INSTALACIONES QUE CONFORMAN EL COMPLEJO INDUSTRIAL DE LA EMPRESA CEMENTOS ALFA, S.A., UBICADO EN MATAPORQUERA,
Más detallesANTECEDENTES FUNDAMENTOS DE DERECHO
RESOLUCION PARA UNA MODIFICACION NO SUBSTANCIAL IRRELEVANTE DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA A CONSECUENCIA DE LA NUEVA SALA DE CUCHILLAS DEL CONJUNTO DE INSTALACIONES FABRICACIÓN Y ENVASADO DE PRODUCTOS
Más detallesREGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS. (Decreto 18/2015, de 27 de enero)
REGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS (Decreto 18/2015, de 27 de enero) REGLAMENTO QUE REGULA EL RÉGIMEN APLICABLE A LOS SUELOS CONTAMINADOS (Aprobado por Decreto 18/2015, de 27 de enero) Este Reglamento establece
Más detallesANTECEDENTES. Licencia Fecha de Resolución N/REF. Licencia Singular de Máquinas de Azar 13/07/2016 MAZ/2016/036
RESOLUCIÓN DE LA POR LA QUE SE HOMOLOGA EL SISTEMA TÉCNICO DE LA ENTIDAD TELE APOSTUAK PROMOTORA DE JUEGOS Y APUESTAS, S.A. En cumplimiento de los preceptos contenidos en la Ley 13/2011, de 27 de mayo,
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 29 de 5-ii-2016 1/5 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Empleo, Industria y Turismo Resolución de 25 de enero de 2016, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL
ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL Artículo 1. Sujeción a la licencia ambiental 1. El ejercicio de las actividades comprendidas en el Anexo de la presente Ordenanza precisará la previa obtención
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 29726 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 7762 Resolución de 2 de septiembre de 2016, conjunta de la Dirección General de Calidad Educativa y Formación
Más detallesSUBCONTRATAS, PROVEEDORES: BUENAS PRACTICAS MEDIOAMBIENTALES
Página 1 de 7 PORTADA Este procedimiento es propiedad de PENTIA INGENIEROS, S.A. y podrá ser modificado, por las personas autorizadas, siempre que se estime conveniente. No genera ningún derecho de cliente,
Más detallesDocumento descargado de El portal de los profesionales de la seguridad
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ENERGÍA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ISLAS BALEARES, POR LA CUAL SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE LA CIRCULAR DEL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA DE 17 DE SEPTIEMBRE
Más detallesCOMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES
DON JAIME ALMENAR BELENGUER, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado
Más detallesBOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.
CIRCULAR 1/2016 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO APLICABLES A LA INCORPORACIÓN Y EXCLUSIÓN DE VALORES NEGOCIABLES AL MERCADO DE VALORES LATINOAMERICANOS El Reglamento del Mercado de Valores Latinoamericanos
Más detallesGESTIÓN DE RESTOS VEGETALES
GESTIÓN DE RESTOS VEGETALES Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Almería NORMATIVA EN LA GESTIÓN DE RESTOS VEGETALES LEY 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 6461 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo 1826 Resolución de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera por la que
Más detallesLEGISLACIÓN SOBRE AGUAS RESIDUALES INTERNACIONAL
LEGISLACIÓN SOBRE AGUAS RESIDUALES INTERNACIONAL Acuerdo Europeo sobre limitación del empleo de ciertos detergentes en los productos de lavado y limpieza, hecho en Estrasburgo el 16 de Septiembre de 1968
Más detallesLey sobre Control Integrado de la Contaminación
Ley sobre Control Integrado de la Contaminación Ley 16/2002, de 1 de julio de Prevención y Control Integrados de la contaminación (BOE 2 de julio de 2002). Modificada por la Ley 27/2006, de 18 de julio,
Más detallesCOMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES
D. LUIS BERMÚDEZ ODRIOZOLA, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado
Más detallesINFORME SOBRE LA CONSULTA DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DEL GOBIERNO VASCO SOBRE CONEXIÓN A LA RED DE BAJA TENSIÓN DE UNA
INFORME SOBRE LA CONSULTA DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DEL GOBIERNO VASCO SOBRE CONEXIÓN A LA RED DE BAJA TENSIÓN DE UNA INSTALACIÓN DE COGENERACIÓN CON GENERADOR SÍNCRONO DE 75 KVA.
Más detallesXII. Los residuos de origen industrial asimilables a urbanos. FERNANDO MARTÍNEZ ESCRICHE LEGISLACIÓN SOBRE LOS RESIDUOS URBANOS Y ASIMILABLES 361
LEGISLACIÓN SOBRE 361 XII Los residuos de origen industrial asimilables a urbanos. FERNANDO MARTÍNEZ ESCRICHE Capítulo XII LOS RESIDUOS DE ORIGEN INDUSTRIAL ASIMILABLES A URBANOS 1 INTRODUCCIÓN. En este
Más detalles1. NORMATIVA APLICABLE
SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL NOTA SOBRE LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA
Más detallesBOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Page 1 of 5 Página 10155.- Núm. 152 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Lunes, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN Y EMPLEO Orden 28/2008 de 17 de noviembre de 2008 de la Consejería de
Más detallesANEXO III: MODELO DE SOLICITUD DE VERTIDOS PARA AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES
ANEXO III: MODELO DE SOLICITUD DE VERTIDOS PARA AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES 1 Nº. PÓLIZA ABONADO Don / Doña con domicilio en y DNI nº en representación de la empresa dedicada a con domicilio municipio
Más detallesCLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN
CLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN AUTORIZACIONES AMBIENTALES (LEY 4/2009 DE PAI. BORM 22 DE MAYO DE 2009) GRUPO I. Autorización Ambiental Integrada GRUPO II. Autorización
Más detallesSUSTITUCIÓN CUBIERTA BALSA E.T.A.P
09/06/2016 - ANUNCIO DE CORRECCIÓN DE ERROR EN LA PUBLICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA ESTABLECIDA EN LA CONDICIÓN 3 DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SUSTITUCIÓN
Más detallesTEMA : MEMORIA LABORATORIO MUNICIPAL
TEMA : MEMORIA LABORATORIO MUNICIPAL 2011-2015 ACTUACIONES 1.-RELACIONADAS CON AGUAS POTABLES Control de calidad, dentro del Sistema de vigilancia de aguas destinadas al consumo humano, implantado por
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA Primera.- Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la natación como
Más detallesMASTER DE GESTION INTEGRADA DE LA CALIDAD AMBIENTAL ANALISIS DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE UNIDADES DIDACTICAS
ANALISIS DE SOSTENIBILIDAD Y DESARROLLO SOSTENIBLE UNIDADES DIDACTICAS MASTER DE GESTION INTEGRADA DE LA CALIDAD ANALISIS TECNICO-CIENTIFICO DE INGENIERIA MEDIO El Master tiene la doble característica
Más detallesANUNCIO recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia
ANUNCIO Mediante Resolución núm. 186-TC, de fecha 12 de abril de 2016, dictada por la Concejal- Delegada de Patrimonio y Recursos Culturales, se ha dispuesto: Primero.- Aprobar las Bases por las que ha
Más detalles1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo?
Tema 1 (medidas generales) Las respuestas correctas se encuentran marcadas al final 1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española
Más detallesLECCIÓN 4 "ENCARGO Y CONTRATACIÓN DEL PROYECTO"
LECCIÓN 4 "ENCARGO Y CONTRATACIÓN DEL PROYECTO" ÍNDICE 4.1. PLANTEAMIENTO DE LA PROPIEDAD. 4.2. MODALIDADES DE CONTRATACIÓN. 4.3. PROCESO DE ADJUDICACIÓN. 4.4. TRÁMITES DE LEGALIZACIÓN DEL PROYECTO. 4.5.
Más detallesRESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN
RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011
Más detallesArtículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Orden TAS/ por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos. La ORDEN TAS/3261/2006, de 19 de octubre,
Más detallesLEGALIZACIÓN DE INSTALACIONES PARA AUTOCONSUMO Carmen Montañés Fernández. Madrid, 10 de Abril de 2014
LEGALIZACIÓN DE INSTALACIONES PARA AUTOCONSUMO Carmen Montañés Fernández Madrid, 10 de Abril de 2014 1. Consideraciones generales Regulación de Instalaciones solares de autoconsumo interconectadas
Más detallesRESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía
RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación de XXX contra la Empresa Municipal de Aguas de Rota (AREMSA, S.A.) en materia de
Más detallesRégimen de concesión.
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN de 3 de febrero 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se convocan las ayudas con destino a actuaciones en el sector turístico en la provincia de Teruel
Más detallesRESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL JUEGO POR LA QUE SE HOMOLOGA EL SISTEMA TÉCNICO DE LA ENTIDAD "LUCKIA GAMES, SA"
Ref: C0/1 019/2012/0211 RESOLUCIÓN DE LA POR LA QUE SE HOMOLOGA EL SISTEMA TÉCNICO DE LA ENTIDAD "LUCKIA GAMES, SA" En cumplimiento de los preceptos contenidos en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 151 LUNES 27 DE JUNIO DE 2016 Pág. 111 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 19 RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2016, de la Dirección General
Más detallesCONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA
17925 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2015, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede a la Fundación ECOTIC la autorización
Más detallesACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD
Registro de entrada Anexo III: SOLICITUD DE AYUDAS R2CITIES PROPUESTA DE ACTUACIONES A REALIZAR (marcar lo que proceda): ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD ACTUACIONES EFICIENCIA
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 30786 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 10556 Resolución de 18 de junio de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación
Más detallesConsejería de Cooperación
Consejería de Cooperación 979 DECRETO 62/1994, de 16 de junio, por el que se establecen normas complementarias para la caracterización de los vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento
Más detallesCalendario escolar
SEPTIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 DICIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 MARZO 2017 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 JUNIO
Más detallesCuadro de enfermedades profesionales
Página 1 de 7 English Français Português mapa del web contactar buscador del ministerio ir Novedades y Presentación Documentación Normativa Organizaciones actualidad INSHT Inicio Estudios e Homologación
Más detallesREGLAMENTO REGULADOR DE LOS VERTIDOS DE CISTERNAS EN LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (E.D.A.R.) DE CRISPIJANA
REGLAMENTO REGULADOR DE LOS VERTIDOS DE CISTERNAS EN LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (E.D.A.R.) DE CRISPIJANA INDICE TITULO I- Disposiciones generales Art. 1.-Objeto Art. 2.-Usuarios/as TITULO
Más detallesGUIA PARA LA CONFECCION DEL REPORTE OPERACIONAL
GUIA PARA LA CONFECCION DEL REPORTE OPERACIONAL Según lo establece el Artículo 4 del Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales (Decreto Ejecutivo No. 26042 publicado en La Gaceta del 19 de junio
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO 2013034419 DE 2013 (noviembre 20) por la cual se reglamenta el procedimiento para las autorizaciones sanitarias de importación
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0660/2008
Informe 0660/2008 La consulta plantea diversas dudas relativas a la adecuación a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la publicación en la página
Más detallesORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA.
ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA. La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida
Más detallesINFORME SOBRE LA CONSULTA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS RELATIVA AL ARTÍCULO 78 DE LA LEY 34/1998 SOBRE LÍNEAS DIRECTAS DE GAS NATURAL
INFORME SOBRE LA CONSULTA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS RELATIVA AL ARTÍCULO 78 DE LA LEY 34/1998 SOBRE LÍNEAS DIRECTAS DE GAS NATURAL 20 de febrero de 2001 INFORME SOBRE LA CONSULTA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Más detallesNorma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.
Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada Sumario: Artículo único. Aprobación de la
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.
Más detallesRED DE SEGUIMIENTO DE LAS AGUAS SUPERFICIALES
RED DE SEGUIMIENTO DE LAS AGUAS SUPERFICIALES INTRODUCCIÓN DEFINICIÓN MARCO LEGAL INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA ASOCIADA AL SERVICIO INFORMACIÓN ALFANUMÉRICA ASOCIADA AL SERVICIO INTRODUCCIÓN El servicio RED
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se crea el portal de procedimientos para el intercambio de datos y aplicaciones del censo electoral entre la Oficina del
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL EMPLEADOS
A. Identidad y domicilio del Responsable AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL EMPLEADOS En virtud de lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en adelante,
Más detallesMemoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2
Modelo CEDER-1 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR EN LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE AYUDA DEL PROGRAMA TERRITORIAL LEADER DE CEDER ALCARRIA CONQUENSE Para poder proceder a la firma de la Solicitud de Ayuda del
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MADRID OTROS ANUNCIOS
BOCM SÁBADO 6 DE AGOSTO DE 2016 Pág. 7 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 2 MADRID OTROS ANUNCIOS Acuerdo de 14 de julio de 2016, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba
Más detallesVista el Acta de la mesa de contratación de apertura de proposiciones celebrada el día 14 de marzo de 2016, que dice:
SECRETARIA/CONTRATACION Expte. 4/2016 PGS/mjhs DECRETO NÚM. 2016000730 - Visto el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de febrero de 2016, de incoación del procedimiento negociado con publicidad para
Más detalles5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales
1 de octubre 2015 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 192 página 149 5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural Anuncio de 25 de septiembre
Más detallesSecretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 39/2016 Modificación. Resolución N 24/2001. Bs. As., 01/06/2016 VISTO el Expediente N S01:0052928/2016
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
Más detallesPROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE
PROCESO CAS N 048--ANA COMISION PERMANENTE CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN PROFESIONAL ESPECIALISTA EN LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS SEDE
Más detallesLey de Prevención y Control Integrados de la Contaminación Marco legal y régimen jurídico de la Autorización Ambiental Integrada CEPCO
Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación Marco legal y régimen jurídico de la Autorización Ambiental Integrada CEPCO Madrid 27 de septiembre de 2002 Carmen Canales Canales Jefa de Área
Más detallesGESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. P-DC-01. Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. Edición: 1 Página 1 de 8 ÍNDICE
Edición: 1 Página 1 de 8 Elaborado por: Unidad de Prevención de Riesgos Laborales Fecha: Octubre de 2013 Aprobado por: Secretaría General Técnica Fecha: febrero de 2014 Procedimiento PROCEDIMIENTO CONTROL
Más detallesMINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
BOE núm. 311 Viernes 28 diciembre 2001 49997 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 24746 REAL DECRETO 1377/2001, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1980/1998, de 18 de
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
23464 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a
Más detallesINFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015
INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015 I. INTRODUCCIÓN El Comité de Auditoría de, S.A. (en adelante, "" o la Sociedad ) en su sesión celebrada
Más detallesDESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EXISTENTE EN BODEGAS STRATUS. LANZAROTE.
Ingeniería de la Tierra DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EXISTENTE EN BODEGAS STRATUS. LANZAROTE. Antonio Merino Gil. 13 diciembre de 2013. 1 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN. 2. PETICIONARIO. 3. REDACTOR.
Más detallesINFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN
INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN 7 de mayo de 2009 INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN REDES DE BAJA
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A.
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Art. 1. Objeto. De acuerdo con lo establecido en el
Más detallesReglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria
Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer
Más detallesCircular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES
Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
RESOLUCIÓN DE 25 DE MARZO DE 2014 DEL DIRECTOR DE SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CUYO OBJETO ES SERVICIO
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 206 LUNES 1 DE OCTUBRE DE 2012 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 61 MADRID ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Área Institucional e Internacional Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno Acuerdo
Más detallesLA ORDENANZA MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS DEL AYTO. DE ALMERIA
LA ORDENANZA MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS DEL AYTO. DE ALMERIA COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TÉCNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACIÓN DE ALMERIA 22 DE MARZO DE 2.012 Francisco Javier
Más detallesDocumento actualizado: 30/3/2015. Sección de Calificaciones Ambientales y Control del Ruido. Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad
Documento actualizado: 30/3/2015 Documentación para Memoria Técnica de medidas de prevención medioambiental Sección de Calificaciones Ambientales y Control del Ruido Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad
Más detallesESTUDIO DE IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN REGLA DE CONSERVACIÓN DECLARACIONES ANUALES DE PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS
ESTUDIO DE IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN Número 045 REGLA DE CONSERVACIÓN Código 031 DECLARACIONES ANUALES DE PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS 1.- ARCHIVO PROPONENTE Nombre ARCHIVO CENTRAL CONSEJERIA DE
Más detallesCONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA
Página núm. 15.287 adjudicado en la subasta, determinará el procedimiento a seguir para la fijación de condiciones. En cualquier caso, el tipo que se determine se ajustará en función del plazo exacto del
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 20495 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Educación, Cultura y Universidades 6200 Orden de 14 de mayo de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por
Más detallesRESPUESTA A LA CONSULTA DE UNA EMPRESA GENERADORA SOBRE EL IMPUESTO DE LA ELECTRICIDAD PARA COGENERACIONES EN MODO DE PRODUCCIÓN TODO-TODO
RESPUESTA A LA CONSULTA DE UNA EMPRESA GENERADORA SOBRE EL IMPUESTO DE LA ELECTRICIDAD PARA COGENERACIONES EN MODO DE PRODUCCIÓN TODO-TODO 22 de abril de 2009 RESPUESTA A LA CONSULTA DE UNA EMPRESA GENERADORA
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN Y USO DE DESFIBRILADORES PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PROC C12
Edición: Fecha: Página 1 de 7 PROCEDIMIENTO C12 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN Y USO DE DESFIBRILADORES Edición: Fecha: Página 2 de 7 ÍNDICE 1.- Objeto 2.- Alcance 3.- Documentación de referencia 4.-
Más detallesExpte. DI-115/ EXCMO. SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Pº María Agustín 36. Edificio Pignatelli Zaragoza Zaragoza SUGERENCIA
Expte. DI-115/2016-6 EXCMO. SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Pº María Agustín 36. Edificio Pignatelli 50004 Zaragoza Zaragoza SUGERENCIA Primero.- En el marco del interés del Justicia por los colectivos más
Más detallesREGLAMENTO CRT: 1997 REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS
REGLAMENTO CRT: 1997 Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS
Más detallesprocedimiento de expedición del carné, su período de validez, caducidad y renovación, y cualesquiera otras cuestiones necesarias para una regulación
Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 239/2008,de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación
Más detallesSolicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten a trabajadores
Dirección General de Formación CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA ANEXO I Etiqueta del Registro Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten
Más detallesAumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS/TAXIS Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. F ************
Más detallesTema 15. Distribución farmacéutica. Legislación y deontología farmacéutica
Tema 15. Distribución farmacéutica Legislación y deontología farmacéutica 1 LEGISLACIÓN ESTATAL DISPOSICIONES LEGALES Real decreto 2259/1994 por el que se regula los almacenes farmacéuticos y la distribución
Más detallesLEGISLACIÓN DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
LEGISLACIÓN DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Rango: Título: REAL DECRETO REAL DECRETO 85/1996, de 26 de enero, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CEE) 1836/93, del Consejo,
Más detallesANEXO IX RECLAMACIONES DE EVALUACIÓN
ANEXO IX RECLAMACIONES DE EVALUACIÓN 1 ÍNDICE RECLAMACIÓN EN 1ª INSTANCIA ANTE LA JEFATURA DE ESTUDIOS DE JEFATURA DE ESTUDIOS AL TUTOR DEL CURSO MODELO PARA INFORMAR DE LA NO PROMOCIÓN MODELO PARA INFORMAR
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A INSTANCIA DE PARTE
Ayuntamiento de Castellón de la Plana Gestión Tributaria ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A INSTANCIA DE PARTE VIGENCIA: A PARTIR DEL DIA
Más detallesREQUISITOS EXIGIBLES AL MATERIAL DE RELLENO PROCEDENTE DEL EXTERIOR ÍNDICE DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL Y DE LA FUENTE DE SUMINISTRO
Pag.: 1 de 7 ÍNDICE 1.- OBJETO Y ALCANCE 2.- REQUISITOS TÉCNICOS 2.1.- DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL Y DE LA FUENTE DE SUMINISTRO 2.2.- TIPOS DE MATERIALES 3.- REQUISITOS MEDIOAMBIENTALES PARA SUELOS ALTERADOS
Más detallesBOICAC Nº 20 BOE
ORDEN de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas inmobiliarias.("ver orden de 11 de Mayo de 2001") BOICAC Nº 20 BOE 04.01.95
Más detallesEDAR de La Reguera. El ciclo integral del agua. Saneamiento
EDAR de La Reguera El ciclo integral del agua. Saneamiento EDAR de La Reguera Situada en la cuenca del río Guadarrama, en el término municipal de Móstoles, la estación depuradora de aguas residuales (EDAR)
Más detalleslas organizaciones sindicales y empresariales estructura
REAL DECRETO 416/2015, DE 29 DE MAYO, SOBRE DEPÓSITO DE ESTATUTOS DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y EMPRESARIALES Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN PARA LA CEC Y TODAS LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES RESUMEN
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.
TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro
Más detallesNúm Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones para la puesta en funcionamiento de la oferta parcial de formación profesional
Más detallesFICHA DE PROCESO. Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Gestión Ambiental
Página: 2/9 1. OBJETO El objeto del presente documento es el establecer el procedimiento para comunicar accidentes e incidentes que ocurran en instalaciones de la Universidad de Burgos, así como aquellos
Más detallesA N T E C E D E N T ES
Resolución del Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se adjudica el expediente de contratación de los servicios de ejecución de diseño general, creatividad,
Más detallesIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
III. Otras Disposiciones y Acuerdos DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2016, del Director General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, por la que se actualiza
Más detallesDICTAMEN 187/2015. (Pleno) FUNDAMENTOS
DICTAMEN 187/2015 (Pleno) La Laguna, a 13 de mayo de 2015. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Canarias en relación con el Proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E
ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...
Más detalles