TODO LO QUE NECESITA CONVENIO N 38 QUE SABER SOBRE EL REGULA AL DICOM JOSÉ IGNACIO HERNÁNDEZ G.

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1 TODO LO QUE NECESITA SABER SOBRE EL CONVENIO N 38 QUE REGULA AL DICOM JOSÉ IGNACIO HERNÁNDEZ G. 24/05/2017

2 TODO LO QUE NECESITA SABER SOBRE EL CONVENIO N 38 QUE REGULA AL DICOM En la Gaceta Oficial N extraordinario de 19 de mayo de 2017, fue publicado el Convenio Cambiario N 38, que regula al mercado cambiario complementario o DICOM. 1.- Qué es el DICOM? Según el artículo 1 del Convenio Cambiario N 38, es un mecanismo de subastas de divisas, mediante el pago en bolívares, en el cual podrán participar por personas naturales y jurídicas del sector privado, así como ciertos entes del sector público (incluido el Banco Central de Venezuela) que deseen presentar sus posturas de oferta y demanda. De manera limitada, también permite la venta u oferta de divisas por el sector público y privado. Las subastas se realizarán de manera automática bajo la regulación del Banco Central de Venezuela, en especial, a través del Comité de Subastas de Divisas. 2.- Cuál es la tasa a la cual se transan las operaciones en el DICOM? Las subastas de divisas se transan bajo un sistema de flotación administrada entre bandas móviles monitoreadas (artículo 2), de acuerdo con el anuncio que realice el Banco Central de Venezuela. Por lo tanto, solo se admitirían posturas cuya tasa implícita se ubique dentro del rango definido, como aclara el artículo 3. De esa manera, según el artículo 4, el tipo de cambio fluctuará entre el tope mínimo y máximo de la banda definida. A efectos de la Ley Orgánica de Precios Justos, el artículo 16 prevé que las personas jurídicas que adquieran divisas por el DICOM aplicarán como base de cálculo para su estructura de costos y demás fines, la tasa de cambio resultante de la subasta 1

3 3.- Cómo se fija la banda dentro de la cual fluctuará la tasa? El Convenio no aclara cómo se define la banda dentro de la cual fluctuará la tasa, lo que corresponde al Banco Central de Venezuela. En todo caso, de acuerdo con el artículo 15, el Banco Central de Venezuela y el Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, podrán de manera conjunta desplegar todas las acciones que estimen pertinentes para procurar el debido equilibrio del sistema cambiario, y generar las condiciones propicias para que el funcionamiento del mismo responda a sanas prácticas favorables. 4.- Quién anuncia la tasa flotante? El Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM) será publicado en la página web del Banco Central de Venezuela, así como en te página de acuerdo al tipo resultante de cada subasta realizada (artículo 12). Además, según el artículo 13, los operadores cambiarlos autorizados deberán anunciar en sus oficinas el Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM). 5.- Cómo se adjudican divisas? Las posturas realizadas dentro de ese rango serán adjudicadas en función a quien ofrezca el menor precio. Así, según el artículo 4, el precio adjudicado será el menor precio propuesto por los demandantes de divisas, es decir, el valor marginal sobre las demandas adjudicadas. Este valor será la base de cálculo para determinar el precio de las posturas de divisas ofertadas. En tal sentido, dispone el artículo 11 que el Comité de Subastas de Divisas, al cierre de cada acto, ejecutará el proceso de adjudicación que arroje el sistema informático, y notificará los resultados, según los términos de la convocatoria, indicando la cantidad adjudicada en divisas. Igualmente, suministrará información al Banco Central de Venezuela a los efectos de que ese instituto notifique los resultados al mercado financiero. 2

4 Las posturas que sean adjudicadas serán liquidadas por el Barco Central de Venezuela en fecha valor indicada en la convocatoria, a través de los operadores cambiarlos autorizados. Esa liquidación se realizará en las cuentas a que se contrae el Convenio Cambiario N 20. Según el artículo 12, será publicado el listado de las personas naturales y jurídicas a quienes se les adjudica divisas, así como las cantidades adjudicadas. 6.- Cómo se ofertas divisas? Las personas naturales y jurídicas interesadas en realizar operaciones de ventas de divisas por cantidades iguales o inferiores al equivalente a USD, podrán hacerlo a través de los operadores cambiarlos autorizados al Banco Central de Venezuela. El Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM) vigente al que se contrae el artículo 17 del Convenio Cambiario N 38, será la base de cálculo para dicha operación. El operador cambiarlo autorizado, deberá entregar las divisas al Banco Central de Venezuela en un plazo máximo de tres (3) días hábiles y recibirá del ente emisor el mismo monto en bolívares que haya pagado por las divisas recibidas, más lo correspondiente a la tarifa que se establezca at efecto, sin perjuicio de lo establecido en los Convenios Cambiarios. En el caso de las remesas se aplicará lo dispuesto en este artículo. 7.- Quiénes actúan como operadores autorizados? La participación como operadores cambiarlos estará regulada en los respectivos Convenios Cambiarlos, así como por las autorizaciones particulares conjuntas del Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas y el Banco Central de Venezuela (artículo 14). Tales operadores artículo 13- deberán hacer del conocimiento del público en general, a través de avisos disponibles en sus oficinas, el porcentaje o monto aplicable por concepto de comisión, tarifas y/o recargo establecido por el Banco Central de Venezuela al efecto. 3

5 8.- Cuántos tipos de subastas se regulan? Se regulan dos sistemas de subastas: la ordinaria y de contingencia (artículo 3). La subasta ordinaria está abierta a todos los sectores, bajo las restricciones aplicables en cada convocatoria. La subasta de contingencia será iniciada cuando la subasta ordinaria, por exceso de demanda u oferta, no logre asignar las divisas demandadas por debajo del precio superior o por encima del precio inferior de la banda establecida. Esta subasta es de acceso cerrado pues solo podrán participar aquellos sujetos incluidos dentro del sector, actividad o productos previamente definidos. De no producirse la adjudicación, conforme a las reglas del sistema aplicable, la asignación de divisas se asignará por un procedimiento aleatorio. 9.- Qué sujetos del sector privado puede participar para solicitar la adquisición de divisas? En las subastas ordinarias, podrán participar todas las personas naturales y jurídicas debidamente inscritas en el sistema administrado a través de la página La solicitud declarará la causa o motivo para la adquisición de las divisas, el destino de los fondos y la garantía de su contrapartida en bolívares en cuentas mantenidas en instituciones financieras autorizadas. Además, se requiere indicar su cuenta en moneda extranjera de acuerdo a lo previsto en el Convenio Cambiarlo N 20 de fecha 14 de junio de En las subastas de contingencia solo podrán participar quienes estén incluidos en los sectores definidos por el Gobierno Qué entes del sector público pueden participar? El Convenio admite la participación, solo como oferentes de divisas, del Banco de Desarrollo Económico y Social (BANDES), Petróleos de Venezuela (PDVSA) y sus empresas filiales y las empresas mixtas dedicadas a la materia de hidrocarburos; el Banco Central de Venezuela, así como, cualquier otro órgano o ente del sector público 4

6 autorizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Convenio Cambiarlo N 38. En tal sentido, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto, la participación de los órganos y entes del sector público en calidad de oferentes se regirá por las autorizaciones impartidas por el Ejecutivo Nacional. De acuerdo con la norma, se exceptúan los sujetos a los que se contrae el Decreto N 2.777, de 22 de marzo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial N Aun cuando no queda claro el sentido de esa disposición, ella pareciera aludir a que a Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), sus empresas filiales, y las empresas públicas mixtas a las cuales el Presidente de la República otorgue expresa dispensa, excluidas del Decreto N 2.777, podrán actuar también como demandantes de divisas Las posturas se someten a límites? La cantidad mínima por postura de demanda y oferta será determinado en la convocatoria que para ese acto se publique (artículo 8). Además, las personas naturales, podrán adquirir durante cada trimestre calendarlo un monto máximo de 500 USD y las personas jurídicas podrán adquirir mensualmente el equivalente al 30% del ingreso broto promedio mensual actualizado declarado en el Impuesto Sobre La Renta en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior, basta un monto máximo equivalente de USD (artículo 9) Pueden efectuarse solicitudes por montos superiores a los definidos en el Convenio? Las personas jurídicas que requieran formular demandas de divisas por montos superiores a los establecidos en el artículo 9, deberán registrarse en el sistema y llenar la solicitud con base a los formularios requeridos. El Comité de Subastas de Divisas podrá convocar dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes un comité ad hoc, que estará integrado por un representante del Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y otro por el Presidente del Banco Central de Venezuela, a los 5

7 fines de su valoración. Este comité ad hoc, en un lapso no mayor de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de su convocatoria, podrá autorizar o denegar la incorporación de las referidas demandas a la subasta ordinaria respectiva, en los mismos términos y condiciones requeridos para cualquier otra postura Estas solicitudes serán hasta por USD anuales Quién administra el DICOM? Dispone el artículo 7 que el DICOM será administrado, regulado y dirigido por el Comité de Subastas de Divisas, compuesto por tres miembros, que actuará como órgano integrado al Banco Central de Venezuela con autonomía para el ejercicio de sus funciones. Entre otras, el Comité tendrá las siguientes funciones: Anunciar las convocatorias de subastas, fijando las condiciones y requisitos a ser cumplidos para participar en éstas. Esto incluye la competencia para dictar la regulación de tal sistema. Definir la metodología para la adjudicación de las posturas, incluyendo el seguimiento y evaluación de la liquidación de las operaciones que se deriven de las subastas Cuál es la regulación de las importaciones con divisas propias? Según el artículo 17, las personas jurídicas que utilicen sus divisas, no adquiridas a través del presente Convenio Cambiario, para la importación de materia prima, insumos, bienes intermedios y finales, para su proceso productivo, deberán notificarlo al Comité de Subastas de Divisas para su registro y contabilización, sin pasar por el mecanismo de las subastas. La tasa de cambio a considerar para la estructura de costos, será 1a prevista en el Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM). 6

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